ELEMENTO CARACTERÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES. 25 (m) entre primera arista y puerta
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- Hugo Macías Núñez
- hace 7 años
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1 ELEMENTO CARARÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES ESCALERAS HABITABILIDAD Ancho entre paramentos 220 cm. (m) Huella (h) 28.0 cm. Mínimo (m) Tabica (c) 18.5 cm. Máximo (M) Rectos Longitud (l) 100 cm. Mínimo (m) Curvos Rectos Curvos Rectos Curvos Rectos Curvos Tabica (c) 18.5 Máximo (M) 100 (m) anchura 120 (m) fondo si dan a viviendas o locales 150 (m) fondo si dan ascensores. A un lado para anchura 100 (a) Ambos lados para anchura 120 (a) o sea curva Altura (h) h = 100 Huella (h) 29.0 (m) Tabica (c) 17.5 Máximo (M) Longitud (l) 100 (m) Desnivel a salvar 320 (M) Tabica (c) 13.0 < h < 18.5 Se cumplirá además 54 2c+h 70 Anchura mínimo igual a la escalera Meseta entre tramos con la misma dirección 100 (m) Meseta entre tramos con distinta dirección, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta. Altura (h) 90 < h < (m) entre primera arista y puerta 25 (m) entre primera arista y puerta La huella se mide a 50 del borde interior y no será mayor de 42 en el borde exterior. No computa como anchura útil a efectos de evacuación la zona en que la huella sea inferior a 17. Separación entre balaustres 12 (M) Se interrumpirá en los descansillos intermedios, prolongándose al menos 30 en el comienzo y final de la escalera. Además de la configuración de tramos rectos y curvos, se permite una composición a partir de estas dos. (Mixtos) Las tabicas serán verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda de 15º con la vertical. En tramos curvos, la medida de la huella se realizará a una distancia de 50 del borde interior y a 44 del borde exterior. La medida de la huella se realizará, en cada peldaño, según la dirección de la marcha. En tramos curvos, el radio de curvatura será constante y todos los peldaños tendrán la misma huella medida a lo largo de toda la línea equidistante de uno de los lados de la escalera. No computa como anchura útil la zona en que la huella sea inferior a 17. Ver características constructivas en SU 1, Anchura peldaño (a) a 120 Anchura peldaño (a) a > 120 Partidas. en ángulo. Escaleras compensadas escaleras previstas par evacuación ascendente. RESIDENCIAL PRIVADA EDIFICIO PLURIFAMILIAR
2 ELEMENTO CARARÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES HABITABILIDAD Número de peldaños 19 (M) Se permiten escaleras curvas o compensadas con ojo de 30 y mesetas partidas y en ángulo. Rectos Huella (h) (m) Tabica (c) 18.5 cm. Máximo (M) Longitud (l) 90 cm. Mínimo (m) Curvos Separación entre balaustres 12 cm. (M) ESCALERAS CONVERTIBLE Rectos Curvos Rectos Curvos Huella (h) 29.0 (m) Tabica (c) 17.5 Máximo (M) Longitud (l) 100 (m) Anchura (a) 80 (m) Las especificaciones de las condiciones de una escalera de Vivienda Convertible, no están reguladas, debiendo cumplirse los parámetros marcados por el Decreto de Habitabilidad. Sin interrumpirse en los descansillos intermedios, prolongándose al menos 30 en el comienzo y final de la escalera. Separación con el paramento menor a 4 cm. RESIDENCIAL PRIVADA VIVIENDA UNIFAMILIAR Rectos Curvos Huella (h) 22.0 (m) Tabica (c) 22.0 (M) Permitidas mesetas partidas con peldaños a 45º Anchura peldaño (a) a 120 Anchura peldaño (a) a > 120 Corresponde con Uso Restringido. En tramos curvos, la medida de la huella se realizará en el eje cuando la anchura del peldaño se menor que 100, y a 50 del lado mas estrecho cuando sea mayor. Además, la huella cumplirá en los dos bordes: 5 h 44 La medida de la huella se realizará, en cada peldaño, según la dirección de la marcha. Permitidos escalones sin tabica, siendo necesario solapar las huellas al menos 2.5 escaleras previstas par evacuación ascendente.
3 ESCALERAS ELEMENTO CARARÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES Rectos Curvos Rectos Curvos Rectos Curvos Anchura (a) 100 cm. Mínimo (m) Desnivel a salvar 210 cm. Máximo (M) Huella (h) 29.0 cm. Mínimo (m) Tabica (c) 17.5 cm. Máximo (M) Longitud (l) 100 cm. Mínimo (m) a 1* Sección DB SI3 (m) a 1* Desnivel a salvar 320 (M) 2* 3 peldaños mínimo 3* Tabica (c) 13.0 < h < * Se cumplirá además 54 2c+h 70 Anchura mínimo igual a la escalera. Meseta en tramos con igual dirección 100 (m) 5* Altura (h) 90 h 110 Altura (h) pasamanos adicional 65 h 75 En Usos Docente Infantil y Primaria. Se interrumpirá en los descansillos intermedios, prolongándose al menos 30 en el comienzo y final de la escalera. Además de la configuración de tramos rectos y curvos, se permite una composición a partir de estas dos, (Mixtos) excepto en zonas de hospitalización y tratamientos intensivos, escuelas infantiles y en centros de enseñanza primaria o secundaria, donde únicamente podrán ser rectos. La anchura se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar pasamanos si sobresalen menos de 12. En un mismo tramo, todos los peldaños tendrán la misma contrahuella. Las tabicas serán verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda de 15º con la vertical. No computa como anchura útil la zona en que la huella sea inferior a 17. En tramos rectos, todos los peldaños tendrán la misma huella. En tramos curvos, la medida de la huella se realizará a una distancia de 50 del borde interior y a 44 del borde exterior. La medida de la huella se realizará, en cada peldaño, según la dirección de la marcha. El radio de curvatura será constante y todos los peldaños tendrán la misma huella medida a lo largo de toda la línea equidistante de uno de los lados de la escalera. En tramos mixtos, la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas. Meseta entre tramos con distinta dirección, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta, y la zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos, excepto el barrido de puertas de zonas de Ocupación Nula. Condiciones determinadas para las mesetas en zonas de público según el apartado del DB SU. Anchura libre peldaño (a) a 120 Anchura libre peldaño (a) a > 120 Fácil de asir, estará separado del paramento más de 40 y su sistema de sujeción permitirá el paso continuo de la mano escaleras previstas para evacuación ascendente, o que estén utilizadas preferentemente por niños, ancianos o personas con discapacidad. ADMINISTRATIVO, COMERCIAL, DOCENTE, PUBLICA CONCURRENCIA, SANITARIO, APARCAMIENTO 1* Uso Docente Escolarización infantil, Centros de Enseñanza Primaria y Secundaria (a) = 120 / Uso Sanitario (a) = 120, excepto en zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obliguen a giros iguales o mayores que 90º, donde (a) = 140 / Uso Comercial y Pública Concurrencia (a) = * En Uso Sanitario la máxima altura a salvar por un solo tramo queda reducida a 250 y en el caso de Escuelas Infantiles, Centros de Enseñanza Primaria y edificios utilizados principalmente por ancianos, a * Exceptuando los accesos a los Edificios, ya sea desde el exterior, u otro espacio o uso. Igualmente se exceptúan las salidas previstas únicamente para casos de emergencia, así como el acceso a un estrado o escenario. 4* Excepto en escuelas infantiles, centros de enseñanza primaria o secundaria y edificios utilizados principalmente por ancianos, donde la contrahuella medirá 17 como máximo 5* La profundidad de la mesetas en zonas de hospitalización o tratamientos intensivos, en las que el recorrido obligue a giros de 180º será 160 (m)
4 ELEMENTO CARARÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES HABITAB 1* p 16 % Rectos p 12 % Curvos Si es Vivienda Unifamiliar la pendiente en tramos rectos, se puede incrementar hasta el 18%. RAMPAS Anchura (a) 90 cm. Mínimo (m) Desnivel a salvar (d) 120 cm. Máximo (M) p 12 % (M) si (d) 30 p 10 % (M) si 31 (d) 80 p 8 % (M) si 81 (d) Arranque y desembarco fondos (f) 120 (m) Altura (h) 90 h 95 Desnivel a salvar (d) 120 (M) p 10 % (M) si (d) 30 p 8 % (M) si 31 (d) 80 p 8 % (M) y mesetas cada 1200 (M) si 80 < (d) Meseta entre tramos 150 (m) Arranque y desembarco fondos (f) 150 (m) Altura (h) 90 h 95 y 70 h 75. Anchura (a) Según las exigencias de evacuación Sección DB SI3 2* Longitud (l) 1500 (M) Longitud (l) 900 (M) Usuarios en silla de ruedas Se señalarán o protegerán los pasos bajo las rampas que tengan una altura inferior a 210. transversal máxima en exteriores 2%. En cambios de dirección, tendrá una longitud de 120 (m). Las medidas de las mesetas, establecidas en la directriz de la rampa. No se interrumpirá en los descansillos intermedios, prolongándose al menos 30 en el comienzo y final de la rampa. Fácil de asir, estará separado del paramento más de 4 y su sistema de sujeción permitirá el paso continuo de la mano Si tiene bordes libres, contarán con zócalo o protección lateral de 10 mínimo de altura, si el desnivel es mayor a 20. Se señalarán o protegerán los pasos bajo las rampas que tengan una altura inferior a 210. transversal máxima en exteriores 2%. En cambios de dirección, tendrá una longitud de 150 (m). Las medidas de las mesetas, establecidas en la directriz de la rampa.. No se interrumpirá en los descansillos intermedios, prolongándose al menos 30 en el comienzo y final de la rampa. Fácil de asir, estará separado del paramento más de 4 y su sistema de sujeción permitirá el paso continuo de la mano Si tiene bordes libres, contarán con zócalo o protección lateral de 10 mínimo de altura, si el desnivel es mayor a 20. La anchura se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar pasamanos si sobresalen menos de 12. La anchura estará libre de obstáculos. Si la rampa está prevista para Usuarios en sillas de ruedas, los tramos serán rectos y anchura constante de 120 (m). Si tiene bordes libres, contarán con zócalo o protección lateral de 10 mínimo de altura. Rampas escalonadas. Rampas escalonadas. p 12 % Usuarios en general. Si p > 6% y Uso General 3* o Descansillos p 10 % y l 300 p 8 % y l 600 p 6 % y l > 600 Usuarios sillas de ruedas. Meseta en tramos con igual dirección(a) mínimo igual a la de la rampa y longitud (l) 150 Meseta en tramos con distinta dirección (a) no se verá reducida a lo largo de la misma. Meseta entre tramos con distinta dirección, la anchura de la rampa no se reducirá a lo largo de la meseta, y la zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos, excepto el barrido de puertas de zonas de Ocupación Nula. No habrá puertas ni pasillos de anchura inferior a 120 situados a menos de 40 de distancia del arranque de un tramo, y si la rampa está prevista para Usuarios en sillas de ruedas, dicha distancia será de 150 (m). Altura (h) 90 h 110 Altura (h) pasamanos adicional 65 h 75 En Usos Docente Infantil y Primaria, así como Usuarios en sillas de ruedas. o >15 si se destinan a personas con movilidad reducida. Anchura libre (a) a 120 Anchura libre peldaño (a) a > 120 Fácil de asir, estará separado del paramento más de 4 y su sistema de sujeción permitirá el paso continuo de la mano. 1* Para Garajes de Viviendas, el Decreto de Habitabilidad, y exclusivamente para ese uso, indica las pendientes máximas que aquí se reflejan. 2* En cualquier caso, como mínimo: Uso Docente Escolarización infantil, Centros de Enseñanza Primaria y Secundaria (a) = 120 / Uso Sanitario (a) = 120, excepto en zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obliguen a giros iguales o mayores que 90º, donde (a) = 140 / Uso Comercial y Pública Concurrencia (a) = 120 / Restantes Usos (a) = * Si la rampa es para circulación de vehículos en aparcamientos y estén al mismo tiempo previstas para circulación de personas, su pendiente máxima habrá de ser del 18%. Al mismo tiempo, el Uso Aparcamiento ha de prever un espacio de acceso y espera en su incorporación al exterior, el cual si tiene pendiente, habrá de ser como máximo del 5%.
5 ELEMENTO CARARÍSTICAS OBSERVACIONES PROHIBICIONES PISCINAS DECRETO 54/2002 1* Profundidad Vaso s (%) Señalización y Protecciones Materiales Escaleras Profundidad Vaso s (%) Infantiles 60 cm. Máximo (M) Recreativas o Polivalentes 100(m) y 350 (M) Infantiles % 10% 2.5% % 10% si p 150 2% % Sin determinar si p > 150 Profundidades 150 cm. serán indicadas. Anchura andén 150 cm. Mínimo (m) Las piscinas infantiles, han de estar ubicadas independientemente de otras, de modo que los niños no puedan acceder accidentalmente a otros vasos. Además se indicarán las zonas donde se produzcan cambios de pendiente. Esta señalización debe efectuarse al menos en el borde de la piscina y en las paredes laterales mediante franja de color rojo de 10 de ancho, aproximadamente, e indicando la profundidad. Se colocarán vallas o elementos de protección que no puedan ser evitados, los cuales tendrán 100 (m) de alto. No obstante, si no fuera posible, se podría obviar esta condición, siempre que se limitara el aforo de bañistas a 30. Además, el andén tendrá una pendiente superior al 2% hacia el exterior del vaso, que evite los encharcamientos y vertidos de agua hacia el vaso. Revestimiento vaso de color claro, antideslizante. Los materiales han de permitir una fácil limpieza y serán de suficiente resistencia y estabilidad frente a los productos utilizados en el tratamiento del agua. Mínimo 4 Se ubicarán en las esquinas o en lugares equidistantes en los vasos con otras formas geométricas. Igualmente se En piscinas infantiles y p 30 no son obligatorias instalarán en los cambios de pendiente. Al menos 1 en piscinas infantiles y 30 p 60 Preferentemente de peldaños de superficie plana, material inoxidable, no resbaladizos, sin aristas vivas, fácil limpieza y desinfección, que garanticen en todo momento la seguridad de los usuarios. Dimensiones adecuadas para su cómoda utilización y alcanzarán bajo el agua la profundidad necesaria para que el bañista pueda salir con facilidad. Infantiles 50 (M) Resto 300 (M) Infantiles 6% (M) Recreo o Polivalentes 10% (M) si p 140 Recreo o Polivalentes 35% (M) si p > 140 En las piscinas que no sean infantiles, debe haber zonas cuya profundidad esté por debajo de 140 Las escaleras no deben llegar al fondo del vaso. 2* Señalización y Protecciones Materiales Escaleras Profundidades 140 serán indicadas. Profundidad Máxima. Profundidad Mínima. Anchura andén 120 (m) Si p 150 el fondo será Clase 3 Revestimiento vaso de color claro Exceptuando piscinas infantiles: Hasta 100 (m) bajo el agua O Desde 30(M) sobre el fondo Esta señalización se realizará mediante rótulos al menos en las paredes del vaso y en el andén. Los huecos practicados en el vaso se protegerá, mediante rejas u otro dispositivo de seguridad que impidan el atrapamiento de los usuarios. Si el acceso de niños no está controlado, se colocarán barreras de protección, los cuales tendrán elementos practicables con sistema de cierre y bloqueo. Serán de 120 (m) de alto, y conforme al DB SU 1. La Clase 3 hace mención a su resbaladicidad según el DB SU1 Se colocarán en la proximidad de los ángulos del vaso y en los cambios de pendiente, de forma que no disten mas de 1500 entre ellas. antideslizantes. Carecerán de aristas vivas y no deben sobresalir del plano de la pared del vaso. 1* Este Decreto fue parcialmente modificado por el Decreto 38/2004. Ambos constituyen el Reglamento sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Es de aplicación a todas las piscinas de Uso Colectivo, excluyéndose las piscinas unifamiliares y las de Comunidades de Propietarios que tengan un máximo de veinte viviendas. Tampoco es de aplicación a las piscinas termales, hidroterapia, rehabilitación, así como las piscinas naturales. 2* Aplicable a todas las piscinas de Uso Colectivo, salvo las destinadas exclusivamente a competición o a enseñanza. No es de aplicación a las piscinas de las viviendas unifamiliares, así como los baños termales, los centros de tratamiento de hidroterapia y otros dedicados a usos exclusivamente médicos.
3.2 Características de las barreras de protección
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