Remuneración a. Objetivo

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1 Alternativas de Remuneración a Trabajadores Objetivo Analizar opciones para establecer un plan de remuneraciones y prestaciones salariales acorde a las necesidades y posibilidades tanto de la empresa como de sus trabajadores, bajo un esquema apegado al cabal cumplimiento de obligaciones legales y que represente la menor carga social posible. 1

2 Premisas Generales Artículo 31 CPEUM. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Premisas Generales Artículo 5 CFF: Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refiren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. 2

3 Premisas (ISR) Ingreso no Objeto, o Ingreso Exento, total o parcial Deducible para Patrón Opción no, para empresas perdedoras Beneficio Implícito o Explícito Premisas (ISR) Ingresos en Servicios para Personas Físicas: Artículo 106: Serán Objeto cuando la Ley expresamente lo señale. Solo los contempla en artículo

4 Premisas (IMSS-Infonavit) Artículo 5 A. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:... VIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal. Para efectos de esta Ley, el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y Premisas (IMSS-Infonavit).... cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepción de los conceptos previstos en el artículo 27 de la Ley. 4

5 Premisas (IMSS-Infonavit) LFT. Artículo 82. Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. LFT. Artículo 84. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: V, Abril de Tesis: XXI.2o.12 L SALARIO, PRESTACIONES QUE LO INTEGRAN. De una sana interpretación del artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, se desprende que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, así como cualquier otra prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, debiéndose entender por esto último que sea percibida en forma ordinaria y permanente, de tal manera que si el empleado acreditó que percibía, además del salario ordinario, también en forma periódica y permanente, cantidades por concepto de premios de responsabilidad, puntualidad, asistencia y productividad, debe concluirse que tales percepciones son integrantes del salario. 5

6 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Tomo: 53, Mayo de Tesis: V.1o. J/16 SALARIO, LAS CANTIDADES POR CONCEPTO DE AYUDA EN EL PAGO DE ARTICULOS DE CONSUMO, ENERGIA ELECTRICA Y GAS DOMESTICO, SON PARTE INTEGRANTE DEL. El artículo 84, de la Ley Federal del Trabajo, establece que... y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al actor por su trabajo. Por lo que las cantidades por concepto de ayuda para la compra de artículos de consumo, pago de energía eléctrica y gas doméstico en cantidades fijas y cuyo pago era invariable, constituyen prestaciones que se otorgan a la parte actora por su trabajo, entonces, es dable concluir que en vista de estas circunstancias sí integraron el salario del trabajador. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tomo: VIII, Agosto de Tesis: III.T. J/22 SALARIO, NO FORMAN PARTE DEL, VIÁTICOS, GASTOS Y AUTOMÓVIL. Es cierto que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 84, dispone que dentro del salario quedan comprendidos no sólo los pagos hechos por cuotas, sino también las gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad que sea entregada al trabajador a cambio de su trabajo; empero, para que una prestación pueda considerarse parte integrante del salario, es indispensable, que se entregue a cambio del trabajo, lo que no ocurre con el automóvil, viáticos y gastos de representación, pues lo que al empleado se le entregaba por los conceptos anotados, se le proporcionaba sólo para que, con mayor eficacia, pudiera desempeñar sus labores 6

7 Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XV, Mayo de Tesis: 2a./J. 35/2002 Pág. 270 SALARIO. LA AYUDA PARA TRANSPORTE. ES PARTE INTEGRANTE DEL MISMO... si se toma en consideración, en primer término, que tal ayuda constituye una prestación de carácter convencional que puede derivar de un contrato individual o colectivo de trabajo, cuyo objeto consiste en proporcionar al trabajador cierta cantidad de dinero para cubrir los gastos que efectúa por el traslado a su trabajo y, en segundo, que el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo establece que el salario se integra con.. se concluye que, con independencia de que a través de la ayuda para transporte se pretendan resarcir gastos extraordinarios i del trabajador, dicha prestación debe considerarse parte del salario, siempre que se entregue de manera ordinaria y permanente y no esté condicionada a que se efectúen los citados gastos,. 7

8 Beneficios Económicos TrabajadoresT b j d Patrones Compartidos Opciones a analizar A continuación analizaremos, una serie de figuras jurídicas y prestaciones diversas que consideramos pueden ser perfectamente adaptadas en las empresas, destacando que obviamente, cada una de estas tendrá características especiales y que, eso conllevará a evaluar la idoneidad de c/u. 8

9 Sindicato Propio Blindaje Laboral Cuotas Patronales Deducibles No Contribuyentes Privilegiados Beneficios a Trabajadores No Objeto en ISR y S.S. Facilita evitar problemática de Deducibilidad. Empresa Flujo Operativo S U E L D O Trabajador Sindicato 9

10 Trabajadores de Confianza LFT. Artículo 183. Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos de los demás trabajadores, ni serán tomados en consideración en los recuentos que se efectúen para determinar la mayoría en los casos de huelga, ni podrán ser representantes de los trabajadores en los organismos que se integren de conformidad con las disposiciones de esta ley. Trabajadores de Confianza LFT. Artículo 363. No pueden ingresar en los sindicatos de los demás trabajadores, los trabajadores de confianza. Los estatutos de los sindicatos podrán determinar la condición y los derechos de sus miembros, que sean promovidos a un puesto de confianza. 10

11 Instancia: Cuarta Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo: LXXXII. Página: 3683 TRABAJADORES DE CONFIANZA AGREMIADOS. El hecho de que se hubiera registrado el sindicato actor, por el Departamento de Trabajo, no implica necesariamente que sus agremiados no tengan el carácter de trabajadores de confianza, pues la ley no prohíbe a los empleados de esta naturaleza el derecho de asociarse, como no lo hace tampoco con aquellos que deban considerarse como representantes del patrono, puesto que el artículo 237 del a ley del trabajo, lo único que establece es que no pueden ser miembros de los sindicatos de los demás trabajadores, yesto en atención a su doble posición, que podría conducirlos a traicionar los intereses del patrono, o a no poder respaldar las exigencias obreras. Prestaciones Diversas Premios por Asistencia y Puntualidad Se permite otorgar hasta un 10% del S.B.C., para que no grave S.S. e Infonavit. Para ISR estaría gravado y laboralmente es Salario. Ideal para salarios bajos y medios 11

12 Prestaciones Diversas Subsidio de Cuotas Obreras al IMSS Exento de ISR No integra Salario para S.S. e Infonavit Sencillísima implementación Ideal para todos los trabajadores Prestaciones Diversas Reembolsos de Gastos Médicos, Dentales, Hospitalarios y de Funeral Es Previsión Social Privilegiada para I.S.R. No integra para S.S. e Infonavit Requiere de control específico Ideal para salarios medios y altos 12

13 Prestaciones Diversas Seguros de Vida y de Gastos Médicos Deben otorgarse en forma general, ya sea a los sindicalizados o a los demás. Es Previsión Social Privilegiada No integra para S.S. Ideal sueldos medios y altos Prestaciones Diversas Fondo de Ahorro Deben otorgarse en forma general Es Previsión Social Privilegiada No integra para S.S. Cuidar Topes y Limitantes a Retiros Aplicable a todos los trabajadores 13

14 Prestaciones Diversas Ropa Tipificada como Instrumento de Trabajo No Ingreso para ISR NointegraparaS.S. Requiere control específico Aplicable a todos los trabajadores Prestaciones Diversas Habitación Recomendable a través de reembolso o pago contra entrega de comprobante Para renta, compra, pagos a cuenta de vivienda, o aportaciones Infonavit No grava ni ISR ni S.S. Requiere control específico Aplicable a todos los trabajadores 14

15 Prestaciones Diversas Aportaciones Adicionales SAR Permite resarcir a futuro la disminución del Salario Base de Cotización para efectos de pensiones Ingreso no Acumulable para ISR No integra para S.S. Prestaciones Diversas Seguros Dotales Pagarlo en forma personal = estímulo fiscal, y en su caso, gravaría al momento de recibir la indemnización o efectuar retiros. Si lo paga la sociedad, sería deducible para ésta, y se gravaría en los mismos términos. 15

16 Prestaciones Diversas Previsión Social Diversa Con tope para ISR, en función a Sueldo. Concepto amplísimo en la Ley. Evaluar efecto en S.S. según el concepto y la forma de entrega. Ideal para Salarios Bajos Amparos La Suprema Corte de Justicia de Justicia i de la Nación, sesionando en Pleno, los días 26 y 30 de Enero, así como el pasado 2 de Marzo, ha emitido diversas Jurisprudencias respecto de Proceso Legislativo, Equidad y Legalidad. 16

17 Prestaciones Diversas Indemnizaciones x Riesgos Art. 473, L.F.T. Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de trabajo. De conformidad con Contrato Colectivo Debidamente soportado Prestaciones Diversas Trabajadores de Salario Mínimo Prestaciones distintas del salario Calculadas sobre la base del SMG Que no excedan límites LFT 17

18 Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XV, Mayo de Tesis: 2a./J. 34/2002 Página: 270 SALARIO. EL PREMIO POR PRODUCTIVIDAD O BONO DE LOGRO DE OBJETIVO, ES PARTE INTEGRANTE DEL MISMO. El premio por productividad o bono de logro de objetivo es un concepto integrador del salario, que a su vez sirve de base para cuantificar la indemnización a que se refiere el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo, dado que conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de dicha ley. e indudablemente d al gozar el estímulo referido de la naturaleza de constituir una prestación que se entrega al trabajador a cambio de su trabajo, ya que su finalidad es incentivar la productividad laboral del trabajador, se constituye en una ventaja económica en favor de éste que debe ser considerada como integradora del salario, siempre que se perciba en forma ordinaria y permanente, sin que sea obstáculo para lo anterior el hecho de que el estímulo en cuestión cuente con la característica de variabilidad, toda vez que este rasgo distintivo no es impedimento para considerarlo como parte del salario, pues el propio numeral 84 prevé como integrantes del mismo diversos conceptos que también son variables. 18

19 Por su atención Muchas Gracias!!! 19

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