Norma / Estándar Operacional ESCALERAS FIJAS INDUSTRIALES DE SERVICIO
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- Blanca Ávila Castilla
- hace 7 años
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1 Norma / Estándar Operacional : 2005 Escaleras Fijas Industriales de Servicio CONTIENE: REQUISITOS MINIMOS Y ESTANDARES DE SEGURIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LAS ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO INDUSTRIA- LES, COMO VIAS DE CIRCULACION Y SUPERFICIES DE TRABAJO UTILIZADAS PARA ACCESO DE SERVICIO OCASIONALES Y POR PERSONAS AUTORIZADAS, PARA PROTEGER LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS DE LA DIVISION Y DE LAS EMPRESAS COLA- BORADORAS, CUYAS ACTIVIDADES REQUIEREN UTILIZACION DE ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO EN LUGARES DE TRABAJO. ESTÁNDARES PARA PROTEGER LAS INSTALACIONES Y LUGARES DE TRABAJO DE LA DIVISION, QUE CUMPLIEN CON LAS DIS- POSICIONES Y REQUISITOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS APLICABLES A LAS FAENAS MINERAS. CONTIENE LISTAS DE CHEQUEO, COMO METODO DE EVALUACION RAPIDO DE RIESGOS PARA EVALUAR LA CONFORMIDAD DE LAS ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO Y ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DE SEGURIDAD. 1 Preparada por Gerencia de Riesgo, Ambiente y Calidad Dirección de Riesgo y Salud Ocupacional
2 Norma Estándar Operacional Escaleras Fijas Industriales de Servicio Primera Edición: 2004 Revisión: 0 Actualización: Octubre, 2005 Preparada por la Dirección Riesgo y Salud Ocupacional, Gerencia Riesgo, Ambiente y Calidad, CODELCO Norte. Disponible y publicada en la INTRANET de la División CODELCO Norte (Gerencia Riesgo, Ambiente y Calidad) del sitio Portal CODELCO. 2
3 Norma Estándar Operacional Escaleras Fijas Industriales de Servicio Estándares de Seguridad 1. Propósito Esta norma tiene por objeto: a) Especificar los requisitos mínimos y establecer estándares de seguridad que deben cumplir las escaleras fijas de servicio industriales, como vías de circulación y superficies de trabajo utilizadas para acceso de servicio ocasionales y por personas autorizadas, para proteger la integridad de las personas de la División y de las empresas contratistas colaboradoras, cuyas actividades requieren la utilización de escaleras fijas de servicio en los lugares de trabajo. b) Proteger las instalaciones y lugares de trabajo de la División. c) Cumplir con las disposiciones y requisitos legales y reglamentarios aplicables a las faenas mineras. d) Utilización de registro de inspección que contiene listas de chequeo, como método de evaluación rápido de riesgos para evaluar la conformidad de las escaleras fijas de servicio y asegurar el cumplimiento de los estándares de seguridad. e) Propender al mejoramiento continuo de las condiciones de los lugares trabajo, para garantizar la seguridad de los usuarios. 2. Campo de Aplicación Esta norma se aplica a todas las escaleras fijas de servicio industriales; superficies de trabajo utilizadas sólo para acceso de servicio ocasionales y por personas autorizadas, que se instalen en los recintos industriales de la División que tienen un ángulo de inclinación entre 45º y 60º. Es importante considerar que siempre es recomendable la construcción e instalación de escaleras fijas de acceso normal (ver Norma NEO 44 Escaleras Fijas Industriales de Acceso Normal en relación a las escaleras fijas de servicio, que se instalarán sólo en aquellos casos en que por razones justificadas (espacio reducido, etc.) sirvan como medio de acceso de servicios ocasionales por un número limitado de personas. Las escaleras fijas de servicio se montarán cuando no sea factible montar una escalera de acceso normal, con un ancho libre mínimo de 1,10 m. Las escaleras de servicio construidas e instaladas antes de la fecha de publicación y edición de esta norma, se exceptúan de los requisitos de seguridad exigidos, siempre que no signifiquen riesgos para la integridad de las personas que requieren de su utilización. 3
4 Esta norma no se aplica a las escaleras fijas de acceso normal, las cuáles deben ajustarse a la Norma NEO 44, superficies de trabajo que tienen un ángulo de inclinación entre 20º y 45º, respecto a la horizontal. Esta norma no se aplica a las escalas fijas verticales o escalas de gato, adosadas a 90º a muros, ni escalas fijas inclinadas con un ángulo entre 60º y 75º respecto a la horizontal. Esta norma no tiene aplicación en escaleras mecánicas de ningún tipo. 3. Referencias Legales, Reglamentarias y Otras Referencias a) Decreto Supremo Nº 72 Reglamento de Seguridad Minera y sus modificaciones vigentes. b) Decreto Supremo Nº 594 y modificaciones vigentes Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. c) Decreto Supremo Nº 47/1992 y sus decretos modificatorios vigentes Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Otras Referencias: a) Norma NTP 404 Escaleras Fijas. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, España. b) Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Ministerio del Trabajo, España. Esta norma, no reemplaza las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, sino que es un complemento de dicha legislación. 4. Términos y Definiciones Aplicables en esta Norma Escaleras Fijas Industriales de Servicio.- Son estructuras metálicas, utilizadas para acceder de un nivel a otro para acceso de servicio ocasional, con uso restringido a personal autorizado, con ángulos de inclinación entre 45º y 60º. Escaleras Fijas.- Son elementos estructurales de servicio fijados en forma permanente a las estructuras. Peldaños y/o Escalones.- Planos horizontales sucesivos de una escalera, formados por huellas y contrahuellas. Huella.- Corresponde al ancho del escalón o peldaño, medido en planta entre dos contrahuellas sucesivas. Contrahuella.- Parte vertical del fondo del peldaño que determina la altura del peldaño. Descanso o Rellano.- Es la superficie horizontal en que termina cada tramo de la escalera, que debe tener el mismo ancho que la longitud de los peldaños o ancho de la escalera. 4
5 Ancho de la Escalera.- Es la longitud de los peldaños o ancho de la escalera. Tiro o Tramo de Escalera.- Sucesión continua de peldaños. Caja de Escalera.- Escalera con muros por los costados. Proyectura o Nariz del Peldaño o Extensiones del Peldaño.- Parte que sobresale en el plano de apoyo de un peldaño. Es la extensión del peldaño. Rodapiés en Escalera.- Es un reborde metálico de 15 centímetros colocado e incorporado en los largueros inclinados estructurales de escaleras, con el propósito de impedir el deslizamiento y caídas de personas por los costados abiertos de las escaleras fijas de servicio. 5.- Esquema de Escalera Fija de Servicio Representación gráfica de las medidas de las escaleras fijas de servicio. Descans o intermedio z 2,50 metros (recomendabl e) 3,70 metros Altura recomendable entre descansos para escaleras fijas de s ervicio. t h y Baranda superior o pasamanos o o8 x Ancho de desc ans o medi do en dirección a l a esc alera. (Figura Nº 1) 8 y z x t h o Angulo de inclinación de la escalera fija de servicio. Altura o espacio libre vertical (medido desde peldaño). Altura o espacio libre diagonal (perpendicular al ángulo de inclinación de la escalera). Altura del pasamanos o baranda superior. Ancho de la huella, excluida la saliente. Altura de la contrahuella. 5
6 Clasificación de las escaleras fijas de servicio, de acuerdo al ángulo de inclinación 90º Escalas Escala Fija Inclinada 60º Escaleras Fijas de Servicio 45º Angulo Crítico Escaleras Fijas de Acceso Normal Angulo Crítico 20º (Figura Nº 2) El esquema muestra los ángulos de inclinación de las escaleras fijas de servicio, respecto a los ángulos de inclinación de escaleras fijas de acceso normal y escalas. (Figura Nº 2). Representación de las partes de una escalera (Figura Nº 3) (Figura Nº 3) Tiro o tramo Rellano o meseta Proyectura Peldaño o escalón Líneas de huella Proyectura Huella Peldaño Calabazada Contrahuella huella Altura de peldaño Contrahuella Altura de peldaño ámbito 6
7 o8 o8 7. Estándares de Seguridad en Escaleras Fijas Industriales de Servicio Especificaciones Angulo de inclinación de la escalera respecto a la horizontal. Estándares de Seguridad (Valores recomendados) Mínimo 20 º 45 º máximo Angulo de inclinación Tg = h / t h = Altura de la contrahuella t = Huella o piso de la escalera t h Altura de contrahuella. Distancia vertical entre peldaños. b) Altura de Barandas.- Las barandas y pasamanos tendrán una altura de un metro y 20 centímetros (1,20 m) medido desde el nivel del piso terminado (baranda superior). Las barandas contah centímetros No menor de 20 centímetros No mayor de 25 centímetros Ancho de huella o profundidad del peldaño de la escalera en proyección horizontal. t Huella mínima 15 centímetros de ancho. No está considerada la saliente o extensión del peldaño. Ancho libre mínimo de la escalera. Altura libre vertical Y. Altura libre Z. 60 centímetros. Ancho libre mínimo* 2,20 metros mínimo 2,00 metros Descanso o rellano de la escalera de servicio Ancho del descanso medido en dirección a la escalera. Saliente o proyectura del peldaño. * Ancho libre mínimo: Sólo considerado para escaleras fijas de servicio. Es recomendable la construcción de un descanso cada 10 ó 12 peldaños, ó cada 2,50 metros. 1,12 metros. 2 a 5 centímetros. 8. Condiciones y Requisitos de Seguridad de Escaleras Fijas Industriales de Servicio Las escaleras fijas de servicio serán diseñadas, construidas y mantenidas de tal forma que sus condiciones físicas garanticen la máxima seguridad a las personas que las utilicen. Las escaleras deberán tener la resistencia adecuada para soportar los esfuerzos a los que van a estar sometidas, disponiendo de un sistema de armado, sujeción o apoyo que garantice su estabilidad. Las escaleras se mantendrán limpias y libres de obstáculos. Se evitará la acumulación de materiales y herramientas en los descansos y en cualquier sector de la escalera. a) Barandas Metálicas Tubulares.- Todos los costados abiertos de las escaleras fijas de servicio y descansos, que se encuentren a una altura superior a 1 metro por sobre el suelo, estarán siempre provistas de barandas tubulares metálicas que les permita resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura de 100 kg/ml como mínimo (kilos por metro lineal). 7
8 rán con separaciones paralelas al pasamanos o baranda superior (barandas intermedias) cada cuarenta centímetros (0,40 m). Ver Figura Nº 4. Todas las escaleras fijas de servicio industriales que tengan cuatro (4) o más contrahuellas o contrapeldaños, se protegerán con barandillas metálicas tubulares en los lados abiertos y pasamanos en los lados cerrados y barandas intermedias. c) Rodapiés.- Las escaleras fijas de servicio deben contar en sus tramos inclinados con rodapiés o rebordes metálicos, para evitar la caída de personas por sus costados abiertos. El rodapiés estará constituido por las estructuras metálicas que soportan los peldaños o por una protección adicional incorporada en los lados abiertos de la escalera. (Figura Nº 4). Escalera Fija de Servicio de uso industrial de peldaños encajados en largueros metálicos inclinados. Rodapiés o reborde de seguridad inferior de 15 cm de alto en los lados abiertos de largueros o tramos laterales inclinados o costados abiertos de la escalera. (Color de seguridad amarillo). (Figura Nº 4) Barandas metálicas tubulares de 1,20 m altura similar a altura de barandas de pasarelas o pisos y pasillos elevados con pasamanos y separaciones paralelas al pasamanos cada 40 centímetros (0,40 m). ( Color de seguridad amarillo). Mínimo = 40 mm. (Figura Nº 5) Diámetro interior mínimo de 38 mm y no mayor de 50 mm. d) Pasamanos.- Las barandas / pasamanos de tubo metálico tubular deben tener un diámetro interior mínimo de 38 milímetros (1 1/2 pulgadas), y no mayor de 50 milímetros de diámetro, de tal manera que la mano se deslice y a la vez se agarre al pasamanos en forma segura. Ver Figura Nº 5. Es recomendable, en caso que sea posible, que el extremo final del pasamanos se prolongue al suelo o pared, para evitar enganches o atrapamiento de ropa. La baranda superior / pasamanos no debe tener bordes filosos o abrasivos. d) Ancho Libre Mínimo de Escaleras Fijas de Servicio.- El ancho libre mínimo de las escaleras fijas de servicio, será de 60 centímetros. Es importante advertir que estas escaleras no son de acceso normal, sino esporádico y restringido. (El ancho mínimo de una escalera de acceso normal es de 1,10 m). e) Huellas y Contrahuellas.- Todos los peldaños o escalones tendrán las mismas dimensiones. No debe existir variación en el ancho o largo de las huellas, ni en la altura de las contrahuellas en ningún tramo de la escalera. 8
9 f) Medidas de Huellas y Altura de Contrahuellas.- Los peldaños de una escalera fija de servicio tendrán un ancho de huella no inferior a 15 centímetros, en proyección horizontal y una altura de contrahuellas máxima de 25 centímetros. g) Superficie de Piso.- La superficie de piso de las escaleras y descansos deben ser de alta resistencia, con mínima deflexión y con sujeción antiderrapante efectiva. h) Altura o Espacio Libre Vertical (Altura Y).- La altura o espacio libre vertical no será inferior a 2,20 metros, medido desde los peldaños. i) Altura Libre Inclinada (Altura Z).- La altura libre inclinada (altura o espacio libre Z) será de 2,00 metros de altura mínima. j) Ventanas en Descansos.- Si existen ventanas en los descansos de las escaleras, cuando sean mayores de 30 centímetros y el antepecho esté a menos de 90 centímetros sobre el descanso (suelo), se resguardarán con barras o protecciones metálicas (enrejados) para evitar caídas. k) Descansos o Rellanos en Escaleras Fijas Industriales de Servicio.- La altura máxima entre los descansos de una escalera será de 3,70 metros. La profundidad de los descansos intermedios, medida en dirección a la escalera, tendrá como mínimo 1,12 metros. Es recomendable la construcción de un descanso intermedio cada 10 ó 12 peldaños, o bien cada 2,50 metros aproximadamente de altura. (En caso que sea factible). Los descansos de las escaleras deben ser de construcción, estabilidad y dimensiones adecuadas y deben contar con barandas a 1,20 metros de altura, con barandas intermedias paralelas al pasamanos o baranda superior y con rodapiés. Los pasamanos deben ser agarrados firmemente, por lo tanto, el espacio libre entre el pasamanos y la pared será como mínimo de 40 mm (4 centímetros). Ver Figura Nº 5 en página 8. l) Resistencia de la Escalera (Factor o Coeficiente de Seguridad).- Las estructuras de las escaleras, descansos y/o plataformas adyacentes ofrecerán suficiente resistencia para soportar una carga móvil mínima de 500 kg/m 2, con un factor o coeficiente de seguridad de 4, o deberán tener la resistencia mínima que requiera el proyecto. m) Superficies de Peldaños / Huellas de Escaleras Fijas de Servicio.- Las superficies de peldaños o pisos de las escaleras y descansos, serán de materiales antideslizantes como grating antiderrapantes o láminas de acero desplegado para uso industrial, que permitan evitar la acumulación de grasas, tierra y barro. Los peldaños o huellas de material perforado o de rejilla tendrán una abertura que no exceda de 10 milímetros (1 centímetro). n) Materiales de Construcción.- Las escaleras deben ser construidas o recubiertas con materiales ignífugos. ñ) Señalización de Seguridad y Advertencia de Riesgos en Escaleras.- Los accesos de las escaleras fijas de servicio estarán señalizadas con letreros que indiquen claramente que es una escalera restringida sólo a personal autorizado, por lo tanto, de uso restringido, además de las señales que correspondan. 9
10 o) Nivel de Iluminación de Escaleras Fijas de Servicio.- La iluminación de las escaleras fijas de servicio deben permitir que los usuarios dispongan de condiciones de visibilidad apropiadas. El nivel mínimo de iluminación promedio en las escaleras será de 150 lux (Lx). El valor indicado se entenderá medido sobre el suelo del recinto (en caso de las escaleras). Las escaleras deben estar iluminadas con una intensidad de iluminación suficiente y uniforme en toda su extensión. Se debe evitar las sombras, reflejos y defectos de iluminación y deslumbramientos debido a la posición defectuosa del foco luminoso. Las escaleras de servicio deberán disponer de un alumbrado de emergencia de evacuación y de seguridad. 9. Código de Colores de Seguridad en Escaleras Fijas de Servicio Elemento Barandas, pasamanos y barandas intermedias paralelas al pasamanos y rodapiés. Franjas de color de los peldaños iniciales o finales en la parte frontal y arriba de la huella. Estructura de tramos inclinados de las escaleras. En los costados de escaleras, bajo los cuales haya circulación de personas, equipos o vehículos para indicar y advertir peligro / riesgo de choque o impacto contra la estructura. Color Amarillo. Amarillo. Amarillo. Color amarillo con negro en franjas verticales. En pilares y estructuras verticales o diagonales de escaleras que expongan a ries- Color amarillo con negro en franjas verticales. gos de caídas y daños. Rodapiés o reborde metálico de seguridad (resguardo para evitar caídas. Amarillo. NOTA.- La intensidad del color amarillo corresponde a un color amarillo puro, sin mezclas (color amarillo de seguridad). En caso que se pinten las huellas o piso de grating o láminas de acero desplegado, éstas serán de color amarillo. 10. Inspección Planeada de Escaleras Fijas de Servicio a) Todas las escaleras fijas de servicio deberán ser sometidas a inspecciones periódicas, en función de su uso y las condiciones a las que estén sometidas, siendo recomendable hacerlo trimestralmente o de acuerdo con el programa de inspecciones de seguridad establecido en el área. b) La supervisión asignada en cada área donde existan escaleras fijas, debe mantener un registro que contenga las especificaciones y número de identificación de las escaleras existentes. c) El registro de inspección incluirá una lista de chequeo de los ítemes inspeccionados, para verificar la conformidad de las escaleras con los estándares de seguridad establecidos. d) Cualquier defecto o condición subestándar o desviación de los estándares establecidos debe ser corregido a la brevedad, advirtiendo y controlando cualquier riesgo potencial de accidente, aún cuando dicha condición no haya sido contemplada en esta norma. 10
11 REGISTRO DE INSPECCION DE ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO Registro Nº: Fecha: GERENCIA: AREA DE INSPECCION: UBICACION DE ESCALERA: FECHA DE INSPECCION: INSPECCION REALIZADA POR: FIRMA INSPECCION REVISADA POR: FIRMA ESCALERA SATISFACE PERIODO DE INSPECCION CODIGO DE COLOR ESTANDARES DE SEGURIDAD SI NO LISTA DE CHEQUEO CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO 3: SUPERCRITICO CUMPLE CON ESTANDARES ESPECIFICADOS ESTANDARES DE SEGURIDAD SI NO CR* OBSERVACIONES/CORRECCIONES El diseño, construcción e instalación de la escalera es adecuado en función del propósito que debe cumplir. Los peldaños se mantienen limpios de polvo, grasa, aceite, desechos. Los peldaños y descansos están despejados y libres de obstáculos. Las huellas de la escalera tienen la misma dimensión, peldaños uniformes, nivelados y asegurados. La superficie de los peldaños (huellas) está en buenas condiciones. (Verificar si existe corrosión, desgaste, hundimientos, parrillas rotas, torcidas o inexistentes). El ángulo de inclinación de la escalera de servicio no es inferior a 45º ni superior a 60º (ángulo crítico). Las barandas de acero, tubulares y separaciones o barandas intermedias paralelas al pasamanos en buenas condiciones de uso y resistencia apropiada contra sobrecarga horizontal (verificar estado de barandas / pasamanos y separaciones o barandas intermedias), barandas sueltas o faltantes, secciones de barandas faltantes. La altura libre vertical Y medida desde los peldaños o huellas, es apropiada (2,20 metros). 11
12 REGISTRO DE INSPECCION DE ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO LISTA DE CHEQUEO CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO 3: SUPERCRITICO CUMPLE CON ESTANDARES ESPECIFICADOS ESTANDARES DE SEGURIDAD SI NO CR* OBSERVACIONES/CORRECCIONES La altura inclinada Z es apropiada: 2,00 metros de altura mínima. Nivel de iluminación es suficiente y uniforme en toda la extensión de la escalera. (Verificar defectos de iluminación y deslumbramientos debido a la posición defectuosa del foco luminoso). La escalera dispone de un sistema de alumbrado de emergencia. (Verificar fallas o inexistencia). Colores de estructura de escalera corresponden a código de colores estándar (colores de seguridad). La superficie de peldaños (huellas) es antideslizante, no resbaladiza o dispone de piso con sujeción antiderrapante. El ancho mínimo de la escalera fija de servicio es de 60 centímetros. El ancho del descanso medido en dirección a la escalera es adecuado (mínimo 1,12 m). Pasamanos de escalera en buenas condiciones de seguridad (lisos, uniformes). El diámetro del pasamanos es adecuado de tubo, mínimo de 38 mm (verificar si es muy angosto o ancho) y no mayor de 50 mm de diámetro. La altura de las contrahuellas o contrapeldaño es adecuado, no menor de 20 cm y no mayor de 25 cm. (Verificar si las contrahuellas son demasiado altas o bajas). La escalera cuenta con barandas en sus lados abiertos y pasamanos en los lados cerrados o adosados al muro o pared. La altura de las barandas es adecuada en los tramos inclinados de la escalera (altura: 1,20 m) con separaciones o barandas paralelas intermedias. El espacio libre entre el pasamanos y muro es de 4 cm como mínimo. (Si no aplica, no considerar). Otros ítemes que deben ser considerados: 12
13 CERTIFICADO Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma Estándar Operacional Escaleras Fijas Industriales de Servicio. Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores o actividades diarias. Nombre :... Cargo :... Area de Trabajo:... Archivo :... R.U.T. :... Firma :... Fecha :... Entregado por:... Cargo :... Fecha :... Firma :... Copia para el Trabajador. 13
14 PAGINA EN BLANCO 14
15 CERTIFICADO Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma Estándar Operacional Escaleras Fijas Industriales de Servicio. Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores o actividades diarias. Nombre :... Cargo :... Area de Trabajo:... cortar Archivo :... R.U.T. :... Firma :... Fecha :... Entregado por:... Cargo :... Fecha :... Firma :... Copia para Carpeta de Antecedentes del Trabajador. 15
16 Escaleras Fijas Industriales de Servicio Propósito.- Esta norma tiene por objeto especificar requisitos mínimos y establecer estándares de seguridad que deben cumplir las escaleras fijas de servicio industriales, como vías de circulación y superficies de trabajo utilizadas para acceso de servicio ocasionales y por personas autorizadas, para proteger la integridad de las personas, tanto de la División como de empresas colaboradoras, cuyas actividades requieren la utilización de escaleras fijas de servicio en los lugares de trabajo. Proteger las instalaciones y lugares de trabajo de la División. Cumplir con las disposiciones, requisitos legales y reglamentarios aplicables a las faenas mineras. Utilización de listas de chequeo, como método de evaluación rápido de riesgos en la conformidad de las escaleras fijas de servicio y asegurar el cumplimiento de los estándares de seguridad. Propender al mejoramiento continuo de las condiciones de los lugares trabajo, para garantizar la seguridad de los usuarios. Campo de Aplicación.- Esta norma se aplica a todas las escaleras fijas de servicio industriales; superficies de trabajo utilizadas sólo para acceso de servicio ocasionales y por personas autorizadas, que se instalen en los recintos industriales de la División que tienen un ángulo de inclinación entre 45º y 60º. Es importante considerar que siempre es recomendable la construcción e instalación de escaleras fijas de acceso normal (ver Norma NEO 44 Escaleras Fijas Industriales de Acceso Normal en relación a las escaleras fijas de servicio, que se instalarán sólo en aquellos casos en que por razones justificadas (espacio reducido, etc.) sirvan como medio de acceso de servicios ocasionales por un número limitado de personas. Las escaleras fijas de servicio se montarán cuando no sea factible montar una escalera de acceso normal, con un ancho libre mínimo de 1,10 m. Se exceptúan de los requisitos de seguridad exigidos las escaleras de servicio construidas e instaladas antes de la fecha de publicación y edición de esta norma, siempre que no signifiquen riesgos para la integridad de las personas que requieren de su utilización. Esta norma no se aplica a las escaleras fijas de acceso normal, las cuáles deben ajustarse a la Norma NEO 44, superficies de trabajo que tienen un ángulo de inclinación entre 20º y 45º, respecto a la horizontal. Tampoco se aplica a las escalas fijas verticales o escalas de gato, adosadas a 90º a muros, ni escalas fijas inclinadas con un ángulo entre 60º y 75º respecto a la horizontal. Esta norma no tiene aplicación en escaleras mecánicas de ningún tipo. : 2005 :
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