La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.

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1 Base Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3 Ley General de Educación Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación. 12 de noviembre del Ley Estatal de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 13, 22 y 23 Fracción IV, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 16 de junio de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10, Fracciones XXVI, XXVII y XXX. Periódico Oficial del Estado del 20 de Julio del La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones. Informes Para el trámite de Incorporación el interesado (a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación. Calle Coronel Romero No. 660 Col. Jardínes del Estadio C.P Ext. 224 y 227 Directo: Instructivo para el procedimiento de la Incorporación de Planteles Particulares seer_dp@slp.gob.mx Febrero, 2013 / San Luis Potosí, S.L.P.

2 Trámite para solicitar Autorización: Los Particulares requieren de autorización para impartir estudios de: Preescolar, Primaria y Secundaria Trámite para solicitar Reconocimiento: Requieren de reconocimiento de validez oficial de estudios del nivel: Medio Terminal Documentos que debe presentar el Solicitante, para obtener autorización o el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios 1. En materia de Planeación 1.1 Introducción: Consiste en la descripción general del proyecto de apertura de la institución. 1.2 Objetivo General y Específico: Refiere al proyecto de apertura. 1.3 Justificación: Consiste en explicar la necesidad que existe en la zona de influencia (radio de influencia 1 km.) 1.4 Misión 1.5 Visión 1.6 Pronósticos: Consiste en determinar el escenario tendencial de la apertura de la Institución 1.7 Conclusiones: Consiste en la elaboración de una síntesis del Proyecto. 1.8 Referencias Bibliográficas 2. Del Propietario 2.1 Solicitud de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios según sea el caso y Anexo número 2 ( instalaciones). 2.2 Fotocopia notariada de acta para consignación de persona moral, en caso de que se trate de Asociación, Congregación, etc. Documentación que acredite a su Representante Legal. 2.3 Fotocopia del acta de nacimiento del Propietario o Representante Legal certificada por el Departamento de Control Escolar o por Notario Público, si la Escuela está ubicada fuera del Estado. 2.4 Fotocopia de credencial de identificación IFE y original para cotejo del Propietario o Representante Legal. 2.5 Fotocopia de la CURP. 2.6 Carta compromiso de otorgamiento de becas. 3. Del Inmueble 3.1 Plano o croquis acotado del inmueble, en hoja tamaño carta u oficio especificando espacios a ocupar, ejemplo: aula, anexos, dirección, servicios sanitarios, etc. 3.2 Plano de localización del inmueble formato SEER-CCT-NM (anexo) mismo que se agrega a la solicitud. 3.3 Constancia del uso de suelo expedida por la autoridad competente. 3.4 Fotocopia notariada del Registro Público de la Propiedad del inmueble o contrato de arrendamiento o comodato. 3.5 Constancia de Seguridad Estructural del inmueble, expedida por perito autorizado en la materia ante la dirección de Obras Públicas del Municipio, anexando copia de pago de actualización de permiso y cédula profesional. 3.6 Dictamen de higiene expedido por la Secretaría de Salud. 3.7 Constancia de Seguridad contra incendios, expedido por el H. Cuerpo de Bomberos. 3.8 Dictamen de verificación de instalaciones eléctricas en baja tensión. 3.9 Dictamen aprobatorio de Medidas de Seguridad emitido por Protección Civil Fotografía de fachada e interiores del inmueble: aula, anexos, dirección, servicios sanitarios por separado alumnas, alumnos, personal docente y administrativo, una de cada espacio, pegada en hoja tamaño carta u oficio con pie de fotografía Justificación del nombre de la Escuela; Personaje finado destacado en cualquier actividad humana, hecho social o histórico, presentar tres propuestas (Nombre completo sin título nobiliario y/o profesión) En caso de contar ya con un nivel incorporado, deberán de acreditar que cuente con los espacios independientes a la institución ya establecida, de tal forma que los recintos académicos no sean compartidos y las áreas de esparcimiento y deportes sean suficientes para ambos niveles. 4. Del Personal Docente 4.1 Plantilla de Personal. 4.2 Fotocopia certificada por la Jefa del Departamento de Control Escolar de: Cédula Profesional, título o certificado de materias y acta de nacimiento (Fuera de la capital pueden ser notariadas). 4.3 Original y fotocopia para cotejo de la credencial del IFE. 4.4 Original de certificado médico. 4.5 Fotocopia de la CURP. 4.6 En caso de ser extranjero el particular deberá acreditar que cuenta con la calidad migratoria para desempeñar esas funciones en el país. 4.7 Los formatos de los puntos: 2.1 del Propietario, 3.2. Formato SEER-CCT- NM (anexo), 3.11 del Inmueble, y 4.1 del Personal Docente se proporcionarán en la Dirección de Planeación y Evaluación, después de la última revisión del expediente. 4.8 Toda la documentación anteriormente mencionada, deberá ser revisada por el personal de la Dirección de Planeación y Evaluación y entregada una vez que se cumpla con el total de la información en original y dos copias fotostáticas, en folder tamaño carta u oficio con broche bacco (no engargolados) en el orden numérico que se establece en este mismo instructivo. 5. Requisitos Técnico Pedagógicos 5.1 Que el Personal acredite la preparación académica al nivel solicitado, tanto para desarrollar las actividades Directivas como Docentes. 5.2 Que las instalaciones satisfagan las condiciones de: Higiene, ventilación, iluminación, sanitarios, etc Seguridad (constancia de seguridad estructural del edificio) Pedagógicas: material didáctico, aulas, mobiliario, biblioteca, talleres, laboratorios y equipo necesario (según sea el caso). 5.3 El inspector del nivel correspondiente será el comisionado para llevar a cabo una visita de supervisión técnica pedagógica, apoyado por un supervisor técnico del Departamento de Planeación. 5.4 Para obtener la autorización para impartir Educación Preescolar, Primaria o Secundaria, se deberá cumplir con el Plan y Programas oficiales de estudio vigentes, así como otros programas que implemente la Secretaría de Educación. 5.5 Para obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios en el Nivel Medio Terminal (Capacitación para el trabajo) se sujetarán a los Planes y Programas existentes en el Sistema Educativo Estatal Regular, en caso de solicitar la incorporación de Carreras distintas a las que oficialmente funcionan, el Solicitante propondrá los Planes y Programas de estudio para su aprobación. Tratándose de solicitudes de reconocimiento en las áreas de salud, el dictamen emitido por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud. (CIFRHS). Nota TODOS LOS CAMBIOS DE: NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN, DOMICILIO, INFRAESTRUCTURA, PROPIETARIO, REPRESENTANTE L E G A L, D E B E R Á N R E P O R T A R S E A L A I N S P E C C I Ó N CORRESPONDIENTE PARA SU VALIDACIÓN Y POSTERIORMENTE ENTREGAR A LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN PARA EL TRÁMITE Y REGISTRO. EN AQUELLOS CASOS DE MODIFICACIÓN AL INMUEBLE, POSTERIOR A LA INCORPORACIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR PLANOS AUTORIZADOS POR OBRAS PÚBLICAS DEL H. AYUNTAMIENTO DE LA CAPITAL O SU EQUIVALENTE EN CADA MUNICIPIO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

3 Páginas web de consulta La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones. Informes Para el trámite de Incorporación el interesado (a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación. Calle Coronel Romero No. 660 Col. Jardínes del Estadio C.P Ext. 224 y 227 Directo: seer_dp@slp.gob.mx anexo de Nivel Preescolar Febrero, 2013 / San Luis Potosí, S.L.P.

4 preescolar Base Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3 Ley General de Educación Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación. 28 de enero del Ley Estatal de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 13, 22 y 23 Fracción IV, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 16 de junio de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10, Fracciones XXVI, XXVII y XXX. Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del Acuerdo 278 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Preescolar. Diario Oficial de la Federación, 20 de junio del Acuerdo 357 por el que se establecen los requisitos y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Preescolar. Diario Oficial de la Federación, 3 de junio del Acuerdo 648 por el que se establece las Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica. Diario Oficial de la Federación del 17 de Agosto del Normas de Inscripción, Reinscripción y Acreditación, Regularización y Certificación del Nivel Básico Del Personal A. Para ser Director Técnico con/sin Grupo se requiere: Ser Profesor de Educación Preescolar o Licenciado en Educación Preescolar egresado de escuela normal pública o particular incorporado, o bien, profesionista titulado en alguna licenciatura, de preferencia vinculada con educación. B. Para el Personal Docente Preferentemente ser Educadora o Lic. en Educación Preescolar egresada de Escuela Normal Oficial o Particular incorporada. En caso de ser extranjero el particular deberá acreditar que cuenta con la calidad migratoria para desempeñar esas funciones en el país. C. Para ser Profesor de Educación Física Ser Licenciado en Educación Física o contar con el certificado de entrenador deportivo expedido por la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) o por la Autoridad Deportiva Estatal que corresponda, o bien contar con una experiencia mínima de tres años con los conocimientos necesarios para impartir dicha materia. D. Documentos Documento que acredite un curso de capacitación didáctica en Educación Preescolar, expedido por la Autoridad Educativa o por alguna Institución Oficial o Particular incorporada. De las Instalaciones De acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones INIFED.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Que satisfagan las condiciones higiénicas de seguridad y pedagógicas, evitar locales con las consideraciones que en orden de importancia se dan a continuación: Mala estabilidad de la construcción. Dimensiones inadecuadas de las aulas. Ventilación e iluminación defectuosa. Zona deportiva insuficiente. Contaminación sanitaria y por ruido. Dimensión del aula tipo 6 x 8 mts. 2 Área aproximada 1.00 m por alumno. Nota: Adecuar el número de alumnos en el aula propuesta. Servicios Sanitarios Por separado: Alumnas: inodoros y lavabos Alumnos: inodoros, mingitorios y lavabos Personal Docente y Administrativo: Mujeres: inodoros y lavabos Hombres: Inodoros y lavabos

5 Páginas web de consulta La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones. Informes Para el trámite de Incorporación el interesado (a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación. Calle Coronel Romero No. 660 Col. Jardínes del Estadio C.P Ext. 224 y 227 Directo: seer_dp@slp.gob.mx anexo de Nivel Primaria Febrero, 2013 / San Luis Potosí, S.L.P.

6 primaria Base Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3 Ley General de Educación Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 28 de enero del Ley Estatal de Educación de San Luis Potosí, Artículo 1, 22 y 23 Fracción XI, 77, 80, 81, 82 Periódico Oficial del Estado del 16 de junio de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX. Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del Acuerdo 96 por el que se establece la Organización y Funcionamiento de las Escuelas Primarias. Diario Oficial de la Federación del 7 de diciembre de Acuerdo 254 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Primaria. Diario Oficial de la Federación del 26 de marzo de Acuerdo 648 por el que se establece las Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica. Diario Oficial de la Federación del 17 de Agosto del Normas de Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Regularización y Certificación del Nivel Básico Del Personal A. Para ser Director Técnico con/sin Grupo se requiere Ser profesor normalista egresado de escuela normal oficial o incorporada o profesionista titulado de alguna carrera universitaria, preferentemente vinculada a la educación. B. Para el Personal Docente Ser Profesor Normalista egresado de escuela normal oficial o incorporada, o licenciado en: educación primaria, educación básica, educación especial, psicología educativa, pedagogía, ciencias de la educación, administración escolar, o cualquier otra carrera a fin. C. Para ser Profesor de Educación Física Ser Licenciado en Educación Física o contar con el certificado de entrenador deportivo expedido por la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) o por la Autoridad Deportiva Estatal que corresponda, o bien contar con una experiencia mínima de tres años con los conocimientos necesarios para impartir dicha materia. D. Documentos Documento (s) que acredite un curso de capacitación didáctica en Educación Primaria, expedido por la Autoridad Educativa o por alguna Institución Oficial o Particular incorporada. De las Instalaciones De acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones INIFED: Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Que satisfagan las condiciones higiénicas de seguridad y pedagógicas, evitar locales con las consideraciones que en orden de importancia se dan a continuación: Mala estabilidad de la construcción. Dimensiones inadecuadas de las aulas. Ventilación e iluminación defectuosa. Zona deportiva insuficiente. Contaminación sanitaria y por ruido. Dimensiones del aula tipo 6 x 8 mts. 2 Área aproximada por alumno 1.13 m. Nota: Adecuar el número de alumnos en el aula propuesta. Servicios Sanitarios Por separado: Alumnas: inodoros y lavabos. Alumnos: inodoros, mingitorios y lavabos. Personal Docente y Administrativo: Mujeres: inodoros y lavabos. Hombres: inodoros y lavabos.

7 Páginas web de consulta La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones. Calle Coronel Romero No. 660 Col. Jardínes del Estadio C.P Informes Para el trámite de Incorporación el interesado (a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación Ext. 224 y 227 Directo: seer_dp@slp.gob.mx anexo de Nivel Secundaria Febrero, 2013/ San Luis Potosí, S.L.P.

8 secundaria Base Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3 Ley General de Educación Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 28 de enero del Ley Estatal de Educación de San Luis Potosí Artículo 1 y 22 Fracción XI, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 16 de junio de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX. Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del Acuerdo 98 por el que se establecen la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Secundaria. Diario Oficial de la Federación del 7 de diciembre de Acuerdo 255 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Secundaria. Diario Oficial de la Federación del 13 de abril de Acuerdo 648 por el que se establece las Normas por las que se establecen Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica. Diario Oficial de la Federación del 17 de Agosto del Normas de Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Regularización y Certificación de Nivel Básico Del Personal A. Para ser Director Técnico con /sin Grupo Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos académicos, administrativos y docentes del Plantel. Se requiere: Ser Profesor o Licenciado Normalista, egresado de escuela normal pública o particular incorporada o bien, profesionista titulado de alguna licenciatura, de preferencia vinculada con la educación. B. Para ser Personal Docente Ser egresado de Escuela Normal Superior, poseer título, cédula profesional, carta de pasante o estudios en el campo en el que desempeñará funciones académicas. En caso de ser extranjero el particular deberá acreditar que cuenta con la calidad migratoria para desempeñar funciones docentes en el país. Para Profesores de actividades tecnológicas, el certificado de Preparatoria o equivalente y los documentos que acrediten su preparación en la materia. Los candidatos a Profesores de Historia de México, Formación Cívica y Ética, así como de Geografía de México, deberá ser de Nacionalidad Mexicana. C. Para ser Profesor de Educación Física Ser Licenciado de Educación Física o contar con el certificado de entrenador deportivo expedido por la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) o por la Autoridad Deportiva Estatal que corresponda, o bien contar con una experiencia mínima de tres años con los conocimientos necesarios para impartir dicha materia. D. Documentos Documento (s) que acredite un curso de capacitación didáctica de acuerdo a la materia que vaya a impartir, expedido por la Autoridad Educativa o por alguna Institución Oficial o Particular incorporada. De las Instalaciones De acuerdo a las Normas y Especificaciones para estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones INIFED: Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa Que satisfagan las condiciones higiénicas de seguridad y pedagógicas, evitar locales con las consideraciones que en orden de importancia se dan a continuación: Mala estabilidad de la construcción. Dimensiones inadecuadas de las aulas. Ventilación e iluminación defectuosa. Zona deportiva insuficiente. Contaminación sanitaria y por ruido. Dimensiones del aula tipo 6 x 8 mts. 2 Área aproximada por alumno1.35 m. Nota: Adecuar el número de alumnos en el aula propuesta. Servicios Sanitarios Por separado: Alumnas: Alumnos: inodoros y lavabos. inodoros, mingitorio y lavabos. Personal Docente y Administrativo: Mujeres: Hombres: inodoros y lavabos. inodoros y lavabos.

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10 medio terminal Base Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3 Ley General de Educación Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 28 de enero del Ley Estatal de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 22, Fracción XI, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 16 de junio de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX. Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del Acuerdo 648 por el que se establece las Normas por las que se establecen Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica. Diario Oficial de la Federación del 17 de Agosto del Normas de Certificación y Titulación del Nivel Medio Terminal Del Personal A. Para ser Director Técnico con/sin Grupo Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos académicos, administrativos y docentes del Plantel. Se requiere: Ser Profesor o Licenciado Normalista, egresado de escuela normal oficial o particular incorporada, o bien, profesionista titulado en alguna licenciatura, de preferencia vinculada con la educación. En caso de ser extranjero el particular deberá acreditar que cuenta con la calidad migratoria para desempeñar esas funciones en el país. B. Para ser Personal Docente Poseer título, cédula profesional, carta de pasante o estudios en el campo en el que desempeñará funciones académicas. Para Profesores de actividades tecnológicas, el certificado de Preparatoria o equivalente y los documentos que acrediten su preparación en la materia. De las Instalaciones De acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones INIFED.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa Que satisfagan las condiciones higiénicas de seguridad y pedagógicas, evitar locales con las consideraciones que en orden de importancia se dan a continuación: Mala estabilidad de la construcción Dimensiones inadecuadas de las aulas. Ventilación e iluminación defectuosa. Zona deportiva insuficiente. Contaminación sanitaria y por ruido. Dimensión del aula tipo 6 x 8 mts. 2 Área aproximada por alumno 1.35 m. Nota: Adecuar el número de alumnos en el aula propuesta. Deberá contar con los espacios apropiados a los tipos de Carrera que impartan. Servicios Sanitarios Por separado: Alumnas: inodoros y lavabos. Alumnos: Inodoros, mingitorio y lavabos. Personal Docente y Administrativo: Mujeres: inodoros y lavabos. Hombres: Inodoros y lavabos.

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