SERVIPERÚ. Perú. Grupo de Trabajo en Microseguros del CGAP Buenas y Malas Prácticas en Microseguros Estudio de Caso No. 1

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1 SERVIPERÚ Perú Grupo de Trabajo en Microseguros del CGAP Buenas y Malas Prácticas en Microseguros Estudio de Caso No. 1 Máximo U. Rodríguez y Bernardo Miranda - Enero de 2004

2 Buenas y Malas Prácticas en Microseguros Este documento fue creado por el proyecto "Buenas y Malas Prácticas en Microseguros". Manejado por el Programa de Finanzas Social de la OIT para el grupo de trabajo en microseguros del CGAP, este proyecto es financiado por SIDA, DFID, GTZ y la OIT. Los principales resultados del proyecto son: 1. Una serie de estudios de caso para identificar buenas y malas prácticas en microseguros. 2. Un documento de síntesis de buenas y malas prácticas en microseguros para los practicantes basados en un análisis de los estudios de caso. Las lecciones claves de los estudios de caso también serán publicadas en una serie de notas de dos páginas para un acceso fácil por los practicantes. 3. Líneas directivas para los donantes para financiar microseguros. El Grupo de Trabajo en Microseguros del CGAP El grupo de trabajo en microseguros del CGAP incluye donantes, aseguradores y otros partidos interesados. El grupo de trabajo coordina las actividades de los donantes como contribuyen al desarrollo y a la proliferación de los servicios de seguros a las familias de bajos recursos en los países en vía de desarrollo. Las actividades principales del grupo de trabajo incluyen: 1. Desarrollar las líneas directivas de los donantes para soportar microseguros. 2. Estudios de caso sobre los productos de seguros y el proceso de distribución. 3. Una comisión de investigación sobre cuestiones claves tales como el ambiente regulador para microseguros. 4. Soportar la innovación que expandirá la disponibilidad de productos de microseguros apropiados. 5. Publicar un boletín de noticias trimestral en microseguros. 6. Manejo del contenido del sitio web Microinsurance Focus : i

3 Contenido Buenas y Malas Prácticas en Microseguros... i Resumen Ejecutivo...iii 1. Contexto Datos Macroeconómicos Rol del Estado en los Seguros y en la Protección Social Promoción del Estado en las actividades de seguros El rol del Estado en la Protección Social Bases de la Industria de los Seguros La Institución Breve historia de la Institución Tabla Básica Administración y Manejo Recursos Relaciones Externas Productos de Administración del Riesgo Ofrecidos por la Institución Políticas de la Institución de Asignación y Distribución de Utilidades Políticas de la Institución de Inversiones de Reservas Reaseguro Clientes o Miembros Descripción de las Condiciones Sociales, Económicas y Geográficas Vulnerabilidades y Primeras Estrategias Consideradas Services Relaciones entre los riesgos de los clientes y los servicios de la institución Familiaridad de los Clientes con los Seguros Los Productos Alianzas o Asociación (Partners) Canales de Distribución Beneficios Calculo de las Primas Recaudación de Primas Manejo de los reclamos Administración del riesgo Mercadeo Satisfacción de los Clientes Entrenamiento Resultados Resultados Operacionales y Financieros Reservas Impacto sobre las políticas de protección social Desarrollo de Productos de Microseguros Conclusiones Lecciones en Microseguros Planes Futuros i

4 Agradecimiento Nuestro agradecimiento al Señor William Bojorquez Gerente General de Serviperúy a todo su Equipo Ejecutivo y Operativo; por todo el apoyo e información brindada para la elaboración del presente caso. Los autores ii

5 Resumen Ejecutivo Durante los años finales de la década de los ochenta y primeros años de los noventa, se presentó en el Perú una fuerte crisis económica que llevó a la implementación de fuertes medidas de ajuste estructural para lograr una estabilidad macroeconómica en el país. Estas políticas llevaron a un mayor desarrollo del sistema financiero, generando nuevos tipos de instituciones microfinancieras. En este esquema sectores de la población que anteriormente no tenían acceso al crédito, encontraron en las instituciones microfinancieras alternativas de financiamiento acordes a sus posibilidades, lo que les ha permitido acrecentar sus ingresos y mejorar sus condiciones de vida. No obstante este desarrollo alcanzado en el micro crédito, no tuvo su correlación con un crecimiento en los seguros que las compañías aseguradoras debían otorgar a este sector. La promulgación de una nueva Ley de Seguros en el año 1993, no promovió productos de seguros para estos sectores a lo contrario- las nuevas exigencias de capital de la nueva Ley de Seguros provocaron la fusión de ciertas compañías de seguros, así como la salida del mercado de otras. Este estudio de caso tarta de la experiencia de un asegurador, SEGUROSCOOP, que fue afectado por los cambios reguladores, y sufrió una perdida de su mercado principal, las cooperativas peruanas, que no habían resistido eficazmente a la hiperinflación y la inestabilidad macroeconómica. A partir de Octubre de 1994, SEGUROSCOOP tuvo que dejar de operar como compañía de seguros orientada al sector cooperativo y buscar una transformación en una empresa de servicios de protección, como es actualmente SERVIPERU. Así entonces Serviperú tuvo una transformación interesante a partir de Octubre de 1994, la cual implicó los siguientes cambios en sus años sucesivos: Se constituyó la empresa filial Serviperú Asesores y Corredores de Seguros. Se transfirió la cartera de seguros a una Compañía Aseguradora, con la que se suscribió un convenio de beneficios recíprocos. La Junta General acordó que el nuevo objeto social de la Cooperativa sería: Brindar servicios de Atención funeraria. Brindar servicios de Salud Preventiva. Se constituyen tres marcas de servicios para tres Unidades de Negocios: Seguro de Previsión Familiar, manejado por la filial Serviperú Asesores y Corredores de Seguros. Funerales Los Olivos, manejado por la División de Servicios Funerarios. Centro Médico Servisalud, manejado por la División de Servicios de Salud. El mercado principal al que se direccionó la compañía fueron los sectores de bajos recursos. El desarrollo y consolidación a lo largo de los años de la anterior transformación, ha tenido muy buenas practicas, así como algunas limitaciones. Dado el interés primordial de este iii

6 estudio, por conocer las buenas y malas practicas en el desarrollo y manejo de microseguro, se presentan seguidamente las principales conclusiones obtenidas del presente estudio. Muchas veces se escucha que las crisis deben ser oportunidades para crecer. Pues un ejemplo de esto ha sido Serviperú. La compañía tuvo que hacer frente a dos crisis cercanas: en primer lugar, la reducción drástica de su mercado natural, producto de las crisis de las cooperativas a raíz de las medidas de ajuste estructural de la economía en los años y, en segundo lugar, la promulgación de la nueva Ley de Seguros en 1993 que les imponía un capital muy difícil de alcanzar para continuar operando como compañía de seguros. Serviperú nos da las siguientes lecciones: Primero analizar opciones para seguir operando y no liquidarse. Ve en su cartera de seguros que ha formado por muchos años, una fortaleza importante, por lo que no deja que se le pierda. Decide hacer una empresa filial de corretaje de seguros para trabajar sobre la base de dicha cartera. Buscar una alianza estratégica con un asegurador para continuar brindado los servicios de aseguramiento a sus clientes y desarrollar nuevos servicios en el futuro. Es importante resaltar dentro de los criterios de esta búsqueda -aparte de los beneficios económicos, solidez y servicio que la aseguradora podría brindarel obtener una lealtad y confianza para desarrollar el manejo de nuevos negocios conjuntos en el futuro. Fue importante también en el momento de tener que dejar de operar como aseguradora, el pensar en el desarrollo de una nueva línea de servicio y negocio (crear una funeraria), que se generaría sobre la base del seguro funerario ofrecido por ellos desde muchos años atrás. Podríamos llamar a esto, el pensar en crear un mayor valor en los servicios a ofrecer al cliente. El tomar -a nivel del equipo gerencial y operativo- una identidad con los nuevos proyectos; lo que significó para ellos una actitud de trabajo en equipo, un compromiso fuerte y hasta un sacrificio económico en el primer año. Un factor importante en el desarrollo de los nuevos proyectos, fue ver, conocer y compartir las experiencias de algunas otras organizaciones cooperativas en este tipo de proyectos, como fueron por ejemplo, las cooperativas funerarias de Québec y Funeraria Los Olivos de Colombia. También, el disponer de una asistencia técnica por parte de SOCODEVI (Sociedad de Cooperación para el Desarrollo Internacional) la cual incluyó además, apoyo financiero, apoyo tecnológico y obtención de donaciones de equipos médicos. Fue importante para ofrecer y comercializar los nuevos servicios, el crear un producto un microseguro- conocido como Previsión Familiar; el cual permitía a la gente de bajos ingresos disponer de los servicios funerarios y de salud. También para ServiPerú fue importante desarrollar y consolidar bien primeramente un proyecto (Servicios Funerarios) y luego desarrollar otros (El Centro Medico). El distinguirse por dar un servicio funerario de excelencia hizo crear una imagen favorable de Serviperú; la cual ayudó posteriormente al ofrecer los nuevos servicios médicos. iv

7 Los nuevos servicios médicos que se fueron desarrollando, fueron incorporados como coberturas adicionales al microseguro Previsión Familiar. Esto hizo que dicho producto progresivamente se fuera mejorando. Fue mucho más positivo tener un desarrollo de nuevas coberturas asociadas al producto y no desarrollar otros muchos productos separados. De esta manera la marca Previsión Familiar se ha venido consolidando. Previsión Familiar, a diferencia de otros planes de seguros, tiene la particularidad de ofrecer los beneficios en prestación de servicios, lo que le ha llevado a buscar eficiencia y calidad en la prestación de los servicios ofrecidos, ya que estos servicios hacen que la marca Previsión Familiar sea considerada un producto del que los clientes sientan satisfacción y recomienden a otros clientes. El ofrecer los beneficios en prestación de servicios ha sido un elemento para que los sectores de ingresos bajos adquieran el plan. La razón es que estos sectores por lo general no compran un seguro, mientras que sí comprarían el poder recibir principalmente unos servicios de salud para ellos y sus familiares a un precio bajo. Dentro de la búsqueda de la eficiencia en el Centro Medico, ha sido importante el control y monitoreo de los costos y el cubrir los costos de los honorarios médicos en función de la cantidad de las consultas que brindan. También ha sido importante para lograr mejores condiciones para la cartera asegurada a través de la empresa filial de Corretaje que posee Serviperú, la concientización que han creado en sus clientes por la prevención y cuidar la siniestralidad, para que en el futuro no les afecten sus precios. Dentro de las limitantes que se han tenido del microseguro Previsión Familiar están las siguientes: Los sectores de la población a los que se ha dirigido el producto, son sectores muy inestables en sus ingresos, lo que genera mayor caducidad y mayores costos de recaudación y conservación. Esto llevará a que progresivamente se busque posicionar el producto en clases poblacionales de ingresos más estables. Es necesario contar con una mayor base de clientes estables, para lograr que el producto genere una mayor rentabilidad y que permita también promoverlo dentro de las clases de la economía informal. El desarrollo del Centro Médico es un proyecto costoso y se ha venido consolidando conforme a las capacidades económicas disponibles y donaciones recibidas. Esto ha generado una capacidad instalada bastante buena, pero con algunas limitaciones para brindar un servicio más amplio, tanto en horas de atención y servicios de hospitalización. El basar sus beneficios en gran medida en prestaciones de servicios medicas en sus propias instalaciones, es una limitante para extender el producto a una mayor cobertura geográfica. Así por ejemplo, para extender los servicios a la zona norte de Lima, se está con el proyecto de desarrollo de un policlínico en dicha la región y hasta tanto dichas instalaciones no estén equipadas y funcionando adecuadamente, no se puede prospectar y comercializar el producto agresivamente en esa zona. Podríamos decir también que la v

8 expansión del proyecto a zonas del interior del país (fuera de Lima) requiere de mucho mayor capital e inversiones. Las cooperativas han prestado un bajo apoyo en la extensión del microseguro Previsión Familiar dentro de sus miembros, ya que más de un 90% de la cobertura total del microseguro, se encuentra en personas no cooperativistas. La enseñanza aquí para lograr un mayor apoyo y evitar resistencia de las cooperativas, estará en una mayor promoción, divulgación e identificación de sus dirigentes con el microseguro. vi

9 1. Contexto 1.1 Datos Macroeconómicos Tabla 1. Datos Macro Datos Año/ Periodo Fuentes PIB (US$ Billones) PNUD Población (millones) Organización Mundial de la Salud Densidad de la Población por km PNUD Porcentaje de población urbana / rural 73.1/ PNUD PIB/Capita (US$) PNUD Tasa de Crecimiento del PIIB (%) Banco Mundial Inflación (%) CIA World Factbook Tasa de Cambio (Soles por US$1) CIA World Factbook Tasa de Mortalidad Infantil (por 1000 nacimientos vivos) PNUD Mortalidad primeros cinco años (por millar) PNUD Mortalidad Maternal (por 100,000 nacimientos vivos) PNUD Acceso al agua potable (% de la población) PNUD Publico: 2.8 Gasto en Salud como porcentaje del PIB Privado: 2.0 (público /privado /total) Total: PNUD Gasto en Salud per capita (US$) Banco Mundial Doctores por millar de personas 0.9 (médicos) 1998 Banco Mundial Camas de Hospital por millar de personas 1.5 (urbano: (urbano /rural) Nd; rural: Nd) 1998 Banco Mundial Tasa de Analfabetismo (%) Banco Mundial 1.2 Rol del Estado en los Seguros y en la Protección Social Esta sección proporciona una descripción de la industria de seguro de Perú y resume las circunstancias legislativas y reguladoras principales. Legislación Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de las Superintendencia de Banca y Seguros (LGSFS) (Ley N 26702). Esta ley de Esta tasa vendría a ser utilizada dentro de este documento, en los cálculos de conversión de la moneda nacional a US Dólares.. 1

10 establece el marco de control y supervisión al cual se someten las empresas que operan en el sistema financiero y de seguros, así como aquellas empresas que realizan actividades ligadas al sector financiero. Esto obliga a toda persona que realiza actividades en el marco de la ley a obtener una autorización previa de la Superintendencia conforme a las normas establecidas en dicha ley. Esta define por consiguiente las actividades que requieren tal autorización, actividades relacionadas, en particular a la colecta o recepción, de manera habitual, de dinero de terceros y de colocar usualmente tales recursos en forma de créditos, entre otros. En cuanto a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con terceros, la ley precisa particularmente que el control de estas Cooperativas recae, en primera instancia, en su Consejo de Vigilancia y en su Asamblea General de Socios. La LGSFS dedica, por último, su sección cuarta al órgano de supervisión, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y reconoce la autonomía funcional, económica y administrativa de la Superintendencia. Ley General de Cooperativas (D.S. No TR). Es preciso remontarnos a 1964, hacia la promulgación de la Ley No , para obtener la primera Ley General de Cooperativas, esta ley no definía a las cooperativas como tales, sino, se limitó a reconocerlas como personas jurídicas de derecho privado. Las cooperativas debían desde entonces inscribirse en el Libro de las Cooperativas de los Registros Públicos. En 1990 fue aprobado por Decreto Supremo No TR el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas. El capítulo I del título II de la ley, prevé la constitución y la inscripción de las cooperativas. Se trata de su inscripción en los Libros de Cooperativas del Registro de las Personas Jurídicas. El capítulo II trata de los socios de las cooperativas, de su admisibilidad, de sus derechos y obligaciones, de sus responsabilidades entre otros. El capítulo III está dedicado al régimen administrativo de las cooperativas, es decir a la asamblea general, al Consejo de Administración y al Consejo de Vigilancia en el que se ha definido los derechos y obligaciones. Se prohíbe a los empleados de las cooperativas usuarias de ser socios de éstas; sin embargo, ellos pueden beneficiarse de los servicios en las mismas condiciones que los socios. El capítulo IV define, por su parte, el régimen económico de la cooperativa, es decir la constitución del capital social, las aportaciones de los socios, la distribución de los excedentes y la constitución de la reserva cooperativa. Evidentemente, no se hace referencia a los ratios prudenciales indispensables para mantener el equilibrio financiero así como las reglas de ética específicas para éstas. El capítulo V, completa el título II elaborando las modalidades y las causas de disolución y liquidación de las cooperativas. En cuanto al título III está dedicado a la integración cooperativa; se define principalmente las Centrales Cooperativas, las Federaciones Nacionales de cooperativas y la Confederación Nacional de Cooperativas del Perú. El título IV de la ley define por su parte el régimen de protección de las cooperativas y el título V está dedicado al Instituto Nacional de Cooperativas y a los gobiernos regionales. Decreto Ley No declaran en disolución y liquidación al Instituto Nacional de Cooperativas INCOOP. Este Decreto Ley de 1992 declara en primer lugar la disolución y 2

11 liquidación de la INCOOP, dejando sin efecto las funciones conferidas a los gobiernos regionales en materia de cooperativas. Somete a las COOPAC al control, a la supervisión y a la inspección de la SBS; las otras organizaciones cooperativas estaban bajo el control, supervisión e inspección de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Reglamentación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito que no operan con recursos del público (Resol. SBS No ). El reglamento en cuestión fue aprobado por Resolución de la SBS de 1999 y viene a completar de cierta manera la Ley General de Cooperativas que jamás ha visto adoptar sus propios reglamentos ni particularmente en lo concerniente a las COOPAC, esta norma regula las operaciones que pueden realizar las COOPAC, establece limites a sus operaciones y establece las normas prudenciales que las organizaciones cooperativas deben cumplir, como integrantes del sistema financiero no bancario. Regula el régimen de supervisión a cargo de la Fenacrep, se define las atribuciones de ésta última al respecto, lo mismo que las exigencias que ésta pueda tener con respecto a las COOPAC para la obtención de documentos, para la obtención de información y para la protección de sus fondos entre otros aspectos. Regulación Las empresas interesadas en operar dentro del sistema financiero y de seguros, deben constituirse bajo la forma de sociedad anónima, salvo aquellas cuya naturaleza no lo permita. Para iniciar sus operaciones, sus organizadores deben recabar previamente de la Superintendencia, las autorizaciones de organización y funcionamiento, ciñéndose al procedimiento que dicte la misma con carácter general. Tratándose de las empresas que soliciten su transformación, conversión, fusión o escisión, éstas deberán solicitar las autorizaciones de organización y de funcionamiento respecto del nuevo tipo de actividad. Para el funcionamiento de las empresas y sus subsidiarias, se requiere que el capital social, aportado en efectivo, alcance las siguientes cantidades mínimas: Las Empresas de Seguros reguladas que operan en el Perú son las siguientes: a) Ramos Generales y de Vida: - Generali Perú Cía. de Seguros y Reaseguros - La Positiva Compañía de Seguros - Rimac Internacional Cía. de Seguros y Reaseguros - Sul América Cía. de Seguros S.A. b) Ramos Generales: - Pacífico Peruano Suiza Cía. de Seguros y Reaseguros - Mapfre Perú Cía. de Seguros y Reaseguros - Secrex Cía. De Seguros de Crédito y Garantías - Royal & Sun Alliance Seguros Fénix c) Ramos de Vida - Altas Cumbres Cía. de Seguros 3

12 - El Pacífico Vida Cía. de Seguros y Reaseguros - Interseguro Cía. de Seguros de Vida S.A. - Mapfre Perú Vida Cía. de Seguros - Cía. de Seguros de Vida Santander S.A. - Invita Seguros de Vida - Royal & Sun Alliance Vida Cuadro 1. Cantidades Mínimas de Capital requerido, para el funcionamiento de empresas dentro del Sistema financiero y de seguros* A. Empresas de Operaciones Múltiples 1 Empresas Bancarias Empresas Financieras Caja Municipal de Ahorro y Crédito Caja Municipal de Crédito Popular Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público Caja Rural de Ahorro y Crédito B. Empresas Especializadas 1 Empresa de Capitalización Inmobiliaria Empresa de Arrendamiento Financiero Empresa de Factoring Empresa Afianzadora y de Garantías Empresa de Servicios Fiduciarios C. Bancos de Inversión D. Empresas de Seguros 1 Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida) Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida) Empresa de Seguros y Reaseguros Empresa de Reaseguros E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1 Almacén General de Depósito Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito Empresa de Servicios de Canje Empresa de Transferencia de Fondos * Las cantidades anteriores estan moneda nacional y conforme a la circular No. G están vigente hasta el 31 de diciembre del Dichas cantidades son actualizadas anualmente con base en el Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de Octubre de Operaciones de las empresas de seguros. En general, las empresas de seguros y/o reaseguros pueden realizar todas las operaciones, actos y contratos necesarios para extender coberturas de riesgos o para emitir pólizas de caución vinculadas a prestaciones de hacer o de no hacer, incluyendo las operaciones de cesión o aceptación de reaseguro de ser el caso, así como efectuar inversiones. También podrán otorgar créditos a los asegurados para el pago de sus primas de seguro. Adicionalmente, y previa la ampliación de su autorización de 4

13 funcionamiento, podrán emitir fianzas, realizar comisiones de confianza y encargos fiduciarios. Las empresas del sistema de seguros pueden constituir como subsidiarias: una empresa financiera y/o una empresa prestadora de salud. Del Contrato de Reaseguro. Las empresas de seguros podrán asociarse entre sí, constituyendo personas jurídicas cuyo único objeto sea formar sistemas de reaseguro, en condición de cedentes y reaseguradoras, sobre todos o algunos de los ramos de seguros. Contando con el consentimiento del asegurado, previa autorización de la Superintendencia, y con las formalidades que ella señale, las empresas de seguros pueden: 1. Ceder uno o más ramos de su cartera de seguros vigentes a otras empresas de igual naturaleza autorizadas para emitir pólizas en los mismos ramos. 2. Establecer sistemas de cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades. El contrato de reaseguro no subordina las relaciones que emanan del contrato de seguro. En consecuencia, el pago de un siniestro derivado del contrato de seguro no puede quedar condicionado a las relaciones existentes entre la empresa de seguros y el reasegurador. Por norma de carácter general, la Superintendencia puede establecer excepciones a esta disposición. Las empresas de seguros pueden contratar libremente reaseguros en el país o en el extranjero, sujetándose a las regulaciones que dicte la Superintendencia. Asimismo, este organismo establecerá el porcentaje mínimo de los riesgos catastróficos que debe ser reasegurado en el exterior. Prohibiciones: Las empresas de seguros están prohibidas de: a) Dar en garantía sus activos aplicados a las inversiones; b) Realizar operaciones con acciones representativas de su capital social. c) Prestar en alguna forma sumas de dinero, o garantizar o afianzar las responsabilidades de sus directores y trabajadores, salvo, en lo que a estos últimos concierne, los préstamos de vivienda única, los que son concedidos con observancia a la ley. d) Pagar indemnizaciones por siniestros en exceso de lo pactado. Condiciones de las pólizas. Las condiciones de las pólizas y las tarifas responden al régimen de libre competencia en el mercado de seguros, con sujeción a las reglas que contiene este capítulo. Las pólizas deben establecer las condiciones de la cobertura de riesgos. Adicionalmente, dichas pólizas deben cumplir con los requisitos mínimos siguientes: a) Su contenido debe ajustarse a las disposiciones legales que norman el contrato de seguro. b) Las condiciones generales, particulares y especiales de la póliza han de ser redactadas en lenguaje fácilmente comprensible. c) Los amparos básicos y las exclusiones deben figurar en caracteres destacados. d) El monto de la prima. e) En su caso, se precisará el número del registro oficial del corredor de seguros y la comisión que éste ha de percibir, que se fija libremente por acuerdo entre el asegurador y el corredor de seguros. 5

14 Pago de indemnizaciones. Las indemnizaciones que se paguen directamente a los asegurados, beneficiarios y/o endosatarios, deberán efectuarse en un plazo no mayor de treinta (30) días siguientes de consentido el siniestro. Se entiende consentido el siniestro, cuando la compañía aseguradora aprueba, o cuando no ha rechazado el convenio de ajuste debidamente firmado por el asegurado en un plazo no mayor de diez (10) días contados desde su suscripción. En el caso que la aseguradora no esté de acuerdo con el ajuste señalado en el convenio, puede exigir un nuevo ajuste en un plazo para consentir o rechazar el siniestro, determinar un nuevo monto o proponer acudir a la cláusula de arbitraje. En los casos en que no exista convenio de ajuste, se entenderá como consentido el siniestro cuando la aseguradora no se haya pronunciado sobre el monto reclamado en un plazo que no exceda de los treinta (30) días contados desde la fecha de haberse completado toda la documentación exigida en la póliza para el pago del siniestro. Asimismo, cuando la aseguradora requiera contar con un plazo mayor para realizar investigaciones adicionales u obtener evidencias suficientes sobre la procedencia del siniestro o para la adecuada determinación de su monto, ésta podrá presentar solicitud debidamente justificada, requiriendo un plazo adicional a la Superintendencia. Dicho plazo no podrá exceder de los noventa (90) días, contados desde la fecha en que haya completado la documentación exigida en la póliza respectiva. En caso de mora de la empresa de seguros, ésta pagará al asegurado un interés moratorio anual equivalente a uno punto cinco (1.5) veces la tasa promedio para las operaciones activas en el Perú, de la moneda en que se encuentre expresado el contrato de seguro por todo el tiempo de la mora. Supervisión La supervisión del sistema financiero y de seguros está a cargo de la Superintendencia de Banca y Seguros. Esta es una institución constitucionalmente autónoma, cuyo objeto es proteger los intereses del público en el ámbito de los sistemas financiero y de seguros. Corresponde a la Superintendencia defender los intereses del público, a) cautelando la solidez económica y financiera de las personas sujetas a su control, b) velando porque se cumplan las normas legales, reglamentarias y estatutarias que las rigen; c) ejerciendo para ello el más amplio control de todas sus operaciones y negocios y denunciando penalmente la existencia de personas naturales y jurídicas que, sin la debida autorización ejerzan las actividades señaladas en la presente ley, procediendo a la clausura de sus locales, y, en su caso, solicitando la disolución y liquidación del infractor. Por lo menos una vez al año, la Superintendencia realiza sin aviso previo, ya sea directa o a través de sociedades de auditoria, inspecciones de las compañías. La Superintendencia puede examinar, por los medios que considere necesarios, libros, cuentas, archivos, documentos, correspondencia y en general cualquier otra información que sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Existe para ello la obligación de la empresa, representante o corredor de brindar al personal encargado de las inspecciones todas las facilidades que 6

15 requieran para el cumplimiento de su cometido. La Superintendencia está autorizada además para: Exigir a los supervisados que constituyan provisiones y reservas para los activos y contingentes que comporten riesgos crediticio o de mercado; Requerir que las inversiones sean ajustados a su valor de mercado, de acuerdo con la metodología que ella establezca; Requerir que los inmuebles y otros activos que figuren en sus libros sean ajustados a su verdadero valor en el mercado; Prohibir que las empresas, en tanto no den cumplimiento a los requerimientos mencionados en los numerales precedentes, paguen dividendos o distribuyan utilidades, cualquiera que fuere la modalidad empleada, a menos que se conformen con los requisitos antedichos. Cuando, con respecto a cualquier activo o contingente, no se suministre a la Superintendencia información que permita evaluarlo y calificarlo adecuadamente, ésta se encuentra facultada para ordenar la constitución de las provisiones que considere necesarias con relación a tales activos o contingentes. Al haber sido excluida de las actividades de seguros por la Ley, SERVIPERU actualmente a través de sus distintas divisiones y subsidiraria se encuentra brindando servicios de previsión social y corretaje de seguros. En cuanto a las actividades de corretaje se encuentra sujeta a la Supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros y en relación a las otras actividades, la Ley estableció que se encontraba bajo el control de la Comisión Supervisora de Empresas y Valores CONASEV. 1.3 Promoción del Estado en las actividades de seguros El Estado no promueve actividades de seguros mas allá de su rol estipulado en la legislación y supervisión. 1.4 El rol del Estado en la Protección Social Esquemas (programas) de Protección Social En materia de seguridad social, en Perú se tienen dos sistemas de protección social, las cuales son una de carácter público y otra privada que otorgan cobertura en materia de pensiones y de salud. Históricamente la seguridad social en el Perú estuvo a cargo del Estado a través del Seguro Social, después llamado Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), entidad que tenia a su cargo las prestaciones sociales de salud y pensiones para los trabajadores que aportaban a un fondo común, posteriormente con la Ley del año 1997 se modifica el sistema en materia de salud así como se crea EsSalud sobre la base del IPSS quien se dedica exclusivamente a brindar prestaciones de salud y brinda asistencia para los trabajadores, la que incluye prestaciones de salud y económicas. 7

16 La parte de pensiones la asume la oficina de Normalización Provisional (ONP) que administra el fondo común (actualmente en colapsado) y que obliga a la creación del sistema privado de pensiones a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las cuales se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros, los fondos son administrados a manera de cuenta de inversiones de los aportantes que se incrementa con las inversiones que las administradoras realizan utilizando estos fondos. Adicionalmente existen en Perú el denominado seguro vida ley que es aquel que se obliga a contratar a los empleadores a favor de sus trabajadores cuando estos tiene más de cuatro años de servicios en la empresa, y finalmente el denominado SOAT seguro obligatorio de transporte que obliga a todos los propietarios de automóviles y cubre únicamente atención de salud a los afectados en un accidente de tránsito. Asistencia estatal directa al micro seguro En general, no se tiene una asistencia estatal directa al micro seguro. La asistencia estatal ha estado más orientada hacia el desarrollo del microcredito, el cual ha sido muy favorecido con la reforma financiera. En especial, cabe señalar que existe plena libertad para fijar las tasas de interés, que se han desactivado los programas de crédito subsidiado que tuvieron una importancia considerable en los años 80, y que el sector público se ha retirado de las actividades de intermediación directa en el sistema financiero. También es importante mencionar que la normativa vigente ha facilitado la constitución de una serie de instituciones financieras no bancarias (IMFs), como: Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) que ofrecen créditos individuales; las ONGs que ofrecen créditos bajo la metodología de grupos solidarios, los bancos comunales; Las Entidades de Desarrollo para la Pequeña y Microempresa (EDPYMES); Las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMACs): Las Cajas Rurales de Ahorro y Crédito (CRACs). Además se ha promovido la banca de consumo y las cooperativas de ahorro y crédito. La banca de consumo está conformada por bancos y financieras regulados por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), que se especializan en colocar préstamos de consumo. Actualmente cuatro instituciones se dedican a esta actividad: el Banco del Trabajo y las financieras Solución, CMR (del grupo Saga Falabella) y Cordillera (del grupo Ripley). Rol del Estado en el control del micro seguro informal o no registrado. Ha sido poca la asistencia del estado al microseguro. No existe una política específica de la autoridad reguladora, para asistir a los grupos sociales de la economía informal en el manejo de sus riesgos). 8

17 1.5 Bases de la Industria de los Seguros Tabla 2. Bases de la Industria de Seguros Temas Observaciones Nombre de la entidad (o entidades) reguladora (s) de los seguros Superintendencia de Banca y Seguros Responsabilidades Claves de la autoridad reguladora (ej. Desarrollo de políticas, supervisión, licencias de Ver punto 1.2 compañías de seguros) Requerimientos de capital mínimo para la obtención de la licencia como compañías de seguros Ver cuadro en 1 Otros requerimientos claves para la obtención de la licencia como compañía de seguros. Autorización de la superintendencia El capital mínimo debe ser Requerimientos de capital para una compañía de seguros en marcha. actualizado trimestralmente, en función a la inflación. Ver cuadro en 1 Capital mínimo requerido para los reaseguradores. Antes indicado Numero de aseguradores privados regulados 15 Valor de las primas anuales de los aseguradores privados regulados millones US$ (año 2002) Numero de aseguradores públicos regulados 0 Valor de las primas anuales de los aseguradores públicos regulados -- Numero y tipo de otras organizaciones de seguros reguladas -- Valor de las primas anuales de otras organizaciones de seguros reguladas -- Numero de reaseguradores (si hubieren) -- Valor de las primas anuales de los reaseguradores -- Otras organizaciones no reguladas, si existieran, que ofrecen seguros (si estuvieren disponibles, indicar el -- numero y el valor de las primas). Requerimientos para la certificación de agentes -- 9

18 2.1 Breve historia de la Institución 2. La Institución Se constituyó como cooperativa de seguros al amparo de la ley el 7 de agosto de 1966, producto de una iniciativa promovida por la Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito con el fin de remplazar los seguros que CUNA MUTUAL ofrecía sobre las carteras de sus cooperativas. En esa oportunidad la compañía se denominó SEGUROSCOOP. Su mercado principal era las Cooperativas de Crédito, Cooperativas Cafetaleras y de transportes. Los principales productos de SEGUROSCOOP eran: Seguros de vida en protección de prestamos y de ahorros. Seguros generales para proteger las propiedades y bienes de las cooperativas. En la primera mitad de la década de los años 90, se presentan dos importantes acontecimientos que conllevan a una transformación de la compañía: a) Se implementan en el Perú en los años , fuertes medidas de ajuste estructural de la economía, las que conllevan a la salida del mercado de muchas empresas y a una crisis en las cooperativas (mercado principal de SEGUROSCOOP en ese entonces). Esto conlleva a lanzar un nuevo producto: el Seguro de Previsión Familiar hacia un mercado abierto popular. b) Promulgación en el año 1993 de una Nueva Ley de Seguros, la cual limita la actividad de seguros a sociedades anónimas, ya no permitiendo las cooperativas de seguros, y a un requerimiento de capital de un millón de dólares. Ante la insuficiencia de capital principalmente, la compañía decidió cambiar de objeto social hacia una cooperativa de Servicios Especiales en Octubre de En octubre de 1997 adopta su actual estatus de Central Cooperativa de Servicios. La decisión de transformarse en Octubre de 1994 implicó los siguientes cambios: Se constituyó la empresa filial Serviperú Asesores y Corredores De Seguros, la cual operaría legalmente como una correduría de seguros, partiendo de la cartera que por años había conformado. Se transfirió la cartera de seguros a una Compañía Aseguradora, con la que se suscribió un convenio de beneficios recíprocos. La Junta General acordó que el nuevo objeto social de la Cooperativa sería: Brindar servicios de Atención funeraria. Brindar servicios de Salud Preventiva. Se constituyó la Central Cooperativa de Servicios SERVIPERÚ- la cual manejaría las siguientes tres marcas de servicios: Seguro de Previsión Familiar: un producto (microseguro) a través del cual se comercializarían los servicios funerarios y los servicios de salud. 10

19 Funerales Los Olivos: División que ofrecería los Servicios Funerarios. Centro Médico Servisalud: División que ofrecería los Servicios de Salud. 2.2 Tabla Básica Tabla 3. Aspectos básicos de la Organización de Seguros Temas Observaciones Organización cooperativa de segundo grado, de tipo Estructura legal heterogéneo, cuya membresía está conformada por 86 organizaciones cooperativas y 4000 personas naturales. Estatus de su registro Se encuentra debidamente registrada y autorizada. Estatus de su regulación Ley General de Cooperativas Inicio de sus operaciones corporativas (año) 7 de Agosto de 1966 Inicio de operaciones en micro seguros. (año) Septiembre de 1985 Esencia del negocio Proveer servicios de salud, proveer servicios de atención funeraria y proveer servicios de corretaje de seguros. Mercado objetivo del negocio esencial Trabajadores independientes, pequeños microempresarios. Mercado Objetivo del negocio de seguros Cooperativas y empresas de transporte. Área geográfica de operación. Lima (En provincias solo opera con cooperativas) No existen por el momento. A futuro se estarían teniendo Desarrollo, mercadeo, o políticas de servicio con convenios de comercialización del producto de Provisión otras instituciones Familiar con algunas cooperativas. Proveedores de reaseguro, tipo de proveedores. No se tienen Tipo de reaseguro. Ninguno Tabla 3A. Bases de la organización de seguros - Tendencias Activos Totales (US$) 881, , , ,582 Presupuesto (US$) 455, , , ,750 Capital Total 549, , , ,718 Numero de sucursales (agencias) 1 1 Numero total de todos los clientes (miles) Nd Numero total de asegurados (polizas) en microseguros 6,706 6,126 5,728 Nd Numero total de vidas aseguradas en micro seguros 93,808 57,714 33,306 Nd Numero de personal (staff) en micro seguros Cambio (movilidad) del personal Staff (%) 35.0% 35.0% 37.5% 40.0% Numero de pólizas / personal staff en micro seguros (%) Costos de mercadeo de los micro seguros 1.1% 1.8% 1% 1% 11

20 Cuadro 2. ORGANIGRAMA SERVIPERÚ Gerencia General Depto. De Contabilidad y Personal Area Financiera Área Servicios Previsión Área Comercial SERVIPERU Asesores y Corredores de seguros Unidad de Caja Centro Medico SERVISALUD Policlínico SERVIPERU Zona Norte Funerales Los Olivos Unidad de Cobranzas Ventas Previsión Familiar Ventas Seg. Obligatorio Automotores Ventas otros Seguros 12

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