UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
|
|
- Ana María Sáez San Segundo
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE DOCENTES TACNA - PERU
2 REGLAMENTO DE DOCENTES DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO CAPITULO I PERSONAL ACADEMICO Artículo 1.- Los profesores de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Privada de Tacna podrán ser: a) Profesores Ordinarios b) Profesores Extraordinarios c) Profesores Contratados Colaboran con los Profesores en la labor docente los jefes de práctica y los ayudantes de cátedra. Artículo 2.- La Docencia Universitaria comprende las funciones de enseñanza, investigación, capacitación permanente, extensión y proyección social y la producción intelectual. Artículo 3. Para el ejercicio de la Docencia Universitaria es obligatorio poseer Grado Académico de Maestro, Doctor, Título Profesional, uno u otro conferidos por universidades del país o revalidados conforme a Ley. Para ser Jefe de Prácticas hasta en caso de excepción el Grado de Bachiller conferido por una Universidad. Artículo 4.- El Personal Docente de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo será categorizado gradualmente y de acuerdo a Ley, como profesores universitarios ordinarios (principales, asociados y auxiliares) extraordinarios (eméritos), honorarios, investigadores y visitantes) contratados. Artículo 5.- Los Jefes de Prácticas, ayudantes de cátedra o de laboratorio, realizarán una actividad preliminar a la carrera docente. Artículo 6.- La admisión a la carrera docente en condición de profesor ordinario, se hace por concurso público de méritos y prueba de capacidad docente o por oposición la promoción, ratificación o separación de la docencia se realizan por evaluación personal.
3 CAPITULO II REGIMEN DE DEDICACIÓN Artículo 7.- El Profesor ordinario y contratado puede ser: a) Regular a Tiempo Completo: cuando dedica cuarenta (40) horas semanales a labores académicas de investigación, enseñanza producción intelectual, capacitación y administración académica. b) A Tiempo Parcial : cuando dedica un tiempo menor de la jornada de trabajo hasta un máximo de treinta (30) horas semanales de dedicación. Artículo 8.- Para ser Profesor Ordinario a Tiempo Completo se requiere que debe desarrollar durante sus 40 horas académicas de permanencia en la Universidad entre otras, las siguientes tareas académico-administrativas: a) Dictar un mínimo de horas semanales de clase de acuerdo a la tabla indicada en el anexo 1. b) Mantenerse actualizado en las materias de su especialidad y en la metodología de la enseñanza. c) Participar en la elaboración de syllabus y en labores de coordinación académica. d) Elaborar material de apoyo para el desarrollo de los cursos de su especialidad. e) Realizar trabajos de investigación en las áreas de su especialidad f) Coordinación de áreas y/o asignaturas g) Atención a los alumnos h) Asesoría de tesis i) Labores de proyección social y de extensión universitaria j) Formar parte de jurados y comisiones cuando sean designadas por la autorización universitaria. k) Colaborar en la producción de bienes y servicios cuando sean requeridos por las dependencias establecidas en la Universidad, para estos fines. Las horas de permanencia en la Universidad serán horas académicas de 50 minutos. Artículo 9.- Los profesores ordinarios y contratados a tiempo parcial, que desempeñen cargos académicos o administrativos dictarán un mínimo de horas proporcional al establecido en la tabla de distribución de tareas lectivas que se consigna en el anexo 1 del presente reglamento.
4 CAPITULO III EVALUACIÓN DE LOS DOCENTES Artículo 10.- La evaluación docente tiene por objeto calificar la labor efectuada por el profesor en la Universidad. Artículo 11.- La evaluación de los docentes será integral y tomada en cuenta el cumplimiento de las funciones inherentes a la docencia, enseñanza, investigación, proyección social, capacitación y labor académicoadministrativa. Artículo 12.- Todos los docentes serán evaluados periódicamente de acuerdo con las pautas establecidas en el presente reglamento. Artículo 13.- En la evaluación de los docentes intervienen: a) La Decana b) El Secretario Académico de la Facultad c) Los Estudiantes por medio de la encuesta referencial Artículo 14.- Para la evaluación de los docentes se tomarán los siguientes aspectos: a) Grados y Títulos b) Capacitación Académica Universitaria c) Experiencia Profesional d) Dedicación al trabajo universitario e) Labor Académico-Administrativo en la Universidad f) Observación a las normas administrativas g) Encuesta referencial de los estudiantes h) Competencia didáctica i) Asesoramiento a los alumnos j) Asistencia y puntualidad k) Trabajo de Investigación l) Publicaciones m) Producción de bienes y servicios intelectuales y profesionales n) Labores de Proyección Social o) Trabajo en comisiones p) Participación en Congresos, seminarios o certámenes universitarios q) Reconocimiento de Instituciones Culturales r) Instituciones académicas o culturales a la que pertenece s) Dominio de Idiomas extranjeros t) Encargos especiales de las autoridades inmediatas o de gobierno
5 Artículo 15.- La Decana de la Facultad y el Secretario Académico son los responsables de la evaluación integral del docente tomándose en cuenta la encuesta referencial de los estudiantes. Artículo 16.- Los Decanos de las Facultades remitirán al Vice-Rectorado Académico el resultado de las evaluaciones periódicas efectuadas. Artículo 17.- La encuesta de los estudiantes será aplicada en los períodos académicos por la Facultad. Artículo 18.- La encuesta referencial a los estudiantes es única y será elaborada por la Facultad. Artículo 19.- Para la aplicación de la encuesta referencial se seguirá el siguiente procedimiento. a) El Secretario Académico de la Facultad preparará el material necesario para la encuesta. b) La Secretaría Académica de la Facultad designará en coordinación con los delegados de cursos un equipo encargado de aplicar la encuesta. c) Aplicada la encuesta, se levantará un Acta, que deberá ser suscrita por el Secretario Académico y uno de los alumnos encuestados de preferencia el delegado, procediendo de inmediato a colocar los resultados en sobre cerrado. d) Los resultados debidamente procesados serán enviados en sobre cerrado la Decana de la Facultad. Artículo 20.- La evaluación de los Docentes que desempeñan labores académicoadministrativas será efectuada por el superior inmediato. CAPITULO IV OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES Artículo 21.- Los profesores tienen las siguientes obligaciones: a) Presentar oportunamente los syllabus de las materias a su cargo y desarrollarlos de acuerdo a los lineamientos aprobados por la Facultad, para su aprobación. b) Coordinar la metodología de la enseñanza con los demás profesores de su área. c) Presentar a la Facultad los temas de examen en la fecha señalada d) Calificar objetivamente las pruebas y exámenes de sus asignaturas y entregarlos a la Facultad cuando sean escritos. e) Asesorar a los estudiantes que le sean asignados f) Entregar las Actas en las fechas programadas
6 g) Participar en el control de los exámenes y las pruebas que se administren en la Facultad y en los jurados de Grado para los que sean nombrados. h) Asistir puntualmente a sus clases y cumplir el tiempo señalado para ellas i) Firmar el parte de asistencia antes y después de inicio de clases j) Colaborar en la asesoría de matrícula k) Participar en las comisiones que se le encomiende l) Asistir a las reuniones a las que fueran convocadas m) Presentar informes periódicos de sus actividades según cronograma n) Otros que señale la Ley, el estatuto y demás reglamentos de la Universidad, o las que le sean encomendados por las autoridades correspondientes. CAPITULO V DERECHOS DE LOS PROFESORES Artículo 22.- Los profesores ordinarios, además de los derechos señalados en el artículo 19 del Estatuto, tienen los siguientes derechos. a) Becas de estudio para los hijos de acuerdo al reglamento respectivo b) Una remuneración completa como gratificación de fiesta patrias y navidad. c) Publicación y divulgación de su producción intelectual por la Universidad, garantizando sus derechos de autor. Artículo 23.- Los derechos de los profesores contratados se rigen por lo establecido en sus respectivos contratos y por las demás disposiciones estatutarias o reglamentarias que le sean aplicables. Los profesores contratados gozarán de los mismos derechos establecidos en los incisos b) y c) del Artículo 22 rigiéndose por las disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables. La Gratificación por fiestas patrias y navidad será proporcional al período laborado. Artículo 24.- La Universidad Privada de Tacna propiciará en la medida de sus posibilidades, la asistencia de sus docentes a congresos, simposios, seminarios, foros, mesas redondas, cursos y cursillos de capacitación. Artículo 25.- La Facultad organizará actividades concernientes al perfeccionamiento e sus docentes. Artículo 26.- La Decana de la Facultad presentará al Rectorado un Plan Anual de perfeccionamiento de los Docentes.
7 CAPITULO VI REMUNERACIONES Artículo 27.- En cada período académico se abonará a los docentes de la Universidad Privada de Tacna el haber fijado en la escala de remuneraciones aprobado por el Consejo Universitario para dicho período. Artículo 28.- Los profesores contratados a tiempo completo percibirán las misma remuneración que los profesores ordinarios. Artículo 29.- El pago de horas de investigación, asesoría y otras labores universitarias asignadas a los profesores a tiempo parcial se efectuarán a condición de que dichas horas sean aprobadas por la Facultad y el Consejo Universitario, al inicio del período académico salvo casos de excepción debidamente justificados. Artículo 30.- Los Secretarios Académicos elaborarán un cronograma de labores universitarias no lectivas dedicadas a la investigación, asesoría y otras asignaturas a los profesores a tiempo completo, el mismo que será aprobado por la Facultad al inicio del período académico. Artículo 31.- El control de asistencia de los docentes se efectuarán mediante el registro de firmas a cargo de la Secretaría Académica de la Facultad debiéndose elaborar un parte mensual con las inasistencias de los docentes que será remitida a la Oficina de personal el día 21 del mes que corresponda. Artículo 32.- La inasistencia de los docentes se considera justificadas con pago al docente por los siguientes motivos: a) Enfermedad o accidente deberán ser acreditados con certificado médico, de acuerdo a lo previsto por los dispositivos legales vigentes. b) Fallecimiento de padres, hermanos, cónyuge, hasta por siete días calendario. c) Fuerza mayor o caso fortuito a criterio de la Facultad. Artículo 33.- Se considera inasistencias injustificadas aquellas que no son mencionadas en el artículo anterior. Estas faltas serán sujetas a descuento y figurarán como demérito en el expediente del profesor. Artículo 34.- La hora de clase es de 50 minutos, para el control de asistencia del profesor existirá una tolerancia de 10 minutos, si la clase es de una hora; y de 15 minutos si es de dos (02) o más horas. La legislación laboral de la actividad privada determina los derechos y beneficios de los profesores.
8 Artículo 35.- Los profesores están obligados a recuperar las clases pérdidas por inasistencias, cuando estas superen el cinco por ciento de las horas programadas. CAPITULO VII SANCIONES Artículo 36.- Son aplicados a los docentes de la Universidad Privada de Tacna, las siguientes sanciones: a) Amonestación b) Suspensión c) Separación Artículo 37.- La amonestación puede ser hecha por la Decana de la Facultad, por el Vice Rector Académico según los casos y se hará constar en el expediente personal del profesor. Artículo 38.- Los docentes serán sancionados con amonestación por faltas cometidas en el ejercicio de su función tales como: a) Tardanza reiterativa b) No entregar actas en los plazos establecidos c) Faltar a reuniones de profesores de la Facultad d) No cumplir con las misiones y comisiones que les encargue la Facultad e) Negligencia en el cumplimiento de las obligaciones del cargo para el que han sido nombrados. f) Retención prolongada de libros de la biblioteca g) Negligencia en el cuidado de los bienes de la Universidad que le han sido confiados para el cumplimiento de sus funciones. h) Abandono irrespetuoso de una reunión formal de Docentes o Directivos de la Facultad. Artículo 39.- El Docente podrá ser suspendido con pérdida de su remuneración por las siguientes faltas. a) Interferir en la marcha normal de la vida académica b) Abandono injustificado de sus labores por seis días útiles consecutivos o por quince días acumulados en el semestre. c) Inasistencias injustificadas a las horas de clase hasta acumular el 15% de la duración del curso. d) Faltamiento de palabra u obrar en contra de un miembro de la comunidad Universitaria. Artículo 40.- El Docente podrá ser separado en los casos previstos en la legislación laboral vigente.
9 CAPITULO VIII INCOMPATIBILIDADES Artículo 41.- El profesor a tiempo completo, puede desarrollar labores académicas en otra Universidad o entidad educativa hasta por diez horas semanales, con autorización expresa del Vice-Rector Académico. El profesor a tiempo completo, puede desarrollar igualmente labores profesionales y otras actividades sin desmedro del cumplimiento del horario y de las tareas que el asigne la Universidad. Artículo 42.- Los profesores ordinarios a tiempo completo no pueden desempeñar ningún cargo o actividad a tiempo completo en otro organismo del sector público o privado y viceversa. CAPITULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 43.- Todo lo previsto en el presente reglamento relativo a la participación de la Facultad en relación con los docentes es aplicable en cuanto no sea incompatible con la Ley Universitaria o con el Estatuto de la Universidad. Artículo 44.- Todo lo no contemplado en el presente reglamento se normará de acuerdo a la Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Privada de Tacna.
10 ANEXO I TABLA DE DISTRIBUCIÓN DE TAREAS LECTIVAS PROFESORES A TIEMPO COMPLETO (Número mínimo de horas) SITUACIÓN DOCENTES Horas de Clase Sin Cargo Con Cargo No menos de 20 Profesor a T.C.(1) No menos de 20 Profesor a T.C.(2) Profesor a tiempo completo con. Investigadores tareas administrativas oficialmente. Encargados de asignadas. producción de bienes y servicios. 08 Secretario Académico Asesor de Evaluación Coordinador 03 Decano OBSERVACIONES: 1. Las horas restantes del tiempo completo se dedicarán a las labores señaladas en el Artículo 6 del presente reglamento bajo responsabilidad de la Decana de la Facultad y el Secretario Académico. 2. Los Proyectos de Investigación o Producción deberán ser aprobados por la Facultad con la debida anticipación indicando las horas de dedicación a cada Proyecto. Los profesores que no presente Proyectos de Investigación o Producción debidamente aprobados, pasarán a la condición de profesores a tiempo parcial.
Resolución del Consejo universitario n." CU-UNAP Iquitos, 20 de diciembre de 2017
Rectorado Resolución del Consejo universitario n." 217-2017-CU- Iquitos, 20 de diciembre de 2017 VISTO: El oficio n." 1369-VRAC--2017, de fecha 19 de diciembre de 2017, emitido por doña Perla Magnolia
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA Artículo 1.- El Departamento Académico de Arquitectura es la unidad de trabajo académico que agrupa
Más detallesUNIVERSIDAD LA SALLE
UNIVERSIDAD LA SALLE REGLAMENTO GENERAL DE ADMISION TITULO VI CAPÍTULO I: CONSIDERENAICONES GENERALES Art. 95º Son Profesores de la Universidad, los Profesionales que ejercen la docencia universitaria
Más detallesReglamento del Personal Docente
Actualizado el 01 de diciembre de 2015 Índice Capítulo I : Disposiciones generales.. 3 Capítulo II : Ingreso a la docencia de los profesores contratados.. 5 Capítulo III : Capacitación y formación de los
Más detallesReglamento de las funciones del personal Docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo
Reglamento de las funciones del personal Docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo 1).- El personal docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo se compone de las siguientes categorías:
Más detallesEstatuto: Resolución de Asamblea 001/13
Estatuto: Resolución de Asamblea 001/13 SECCIÓN II.- DE LOS CUERPOS UNIVERSITARIOS TÍTULO I.- DEL PERSONAL DOCENTE DE ENSEÑANZA SUPERIOR CAPÍTULO I.- CATEGORIAS Y CONDICIONES ARTÍCULO 24.- El personal
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Resolución del Consejo Universitario N 211-2017-CU REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO
Más detallesDe: Francisco Javier Romero Montes. Anteproyecto de Estatuto de la Ley Universitaria Capítulo VIII de la Ley
De: Francisco Javier Romero Montes Anteproyecto de Estatuto de la Ley Universitaria 30220. Capítulo VIII de la Ley 30220 Docentes Art. De acuerdo a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Universitaria,
Más detallesReglamento para Acogerse a la Dedicación Exclusiva, Tiempo Completo y Tiempo Parcial en la UNCP
Reglamento para Acogerse a la Dedicación Exclusiva, Tiempo Completo y Tiempo Parcial en la UNCP Aprobado con R.N. 00325-CU-2010 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N
Más detallesNORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO EDUCATIVO NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA Artículo 1.- El Departamento de Psicología es la unidad de trabajo académico que agrupa a los docentes
Más detallesREGLAMENTO DE INTERNADO ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA
REGLAMENTO DE INTERNADO ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA I DE SU NATURALEZA ARTÍCULO 1. El presente Reglamento contiene las disposiciones académicas y administrativas del internado de medicina de
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO
REGLAMENTO ACADÉMICO REGLAMENTO ACADÉMICO ACADÉMICO REGLA MENTO INDICE TITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL ACADEMICA. 05 CAPITULO I DE LOS ORGANOS DE GESTION. 05 ARTICULO 1..05 ARTICULO 2...05 ARTICULO
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ
LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El objeto de los presentes Lineamientos es regular la integración y funcionamiento de las Academias
Más detallesREGLAMENTO DE DOCENTES UNIVERSIDAD JAIME BAUSATE Y MEZA
REGLAMENTO DE DOCENTES UNIVERSIDAD JAIME BAUSATE Y MEZA INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL PERSONAL DOCENTE CAPÍTULO III DEL INGRESO A LA DOCENCIA CAPÍTULO IV DE LA INCORPORACION
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE DOCENTES 2018
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE DOCENTES 2018 (Aprobado con Resolución N 379-2017-CD-UCP, del 19 de diciembre de 2017) 2017 TITULO I GENERALIDADES Artículo 1. El presente Reglamento regula la
Más detallesREGLAMENTO DEL DOCENTE UNIVERSIDAD SAN IGNACIO DE LOYOLA
REGLAMENTO DEL DOCENTE UNIVERSIDAD SAN IGNACIO DE LOYOLA CAPÍTULO I: Alcance Artículo 1º El presente Reglamento norma y orienta las actividades de los docentes activos de los programas pregrado y de postgrado
Más detallesINSTITUTO DE MEDICINA TROPICAL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
INSTITUTO DE MEDICINA TROPICAL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCION GENERAL DIRECCION MÉDICA DIRECCION DE SALUD PÚBLICA COMITÉ DE DOCENCIA DEPARTAMENTO DE DOCENCIA E INVESTIGACION REGLAMENTO
Más detallesNORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE BAJA VERAPAZ - CUNBAV - UNIDAD DE PLANIFICACIÓN NORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES Guatemala, Febrero de 2013 INDICE CONTENIDO Página CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES Artículo 1.- El Departamento Académico de Ciencias Sociales es la unidad de trabajo académico
Más detallesANEXO I - RESOLUCION Nº 309 REGIMEN GENERAL DE CARRERA DOCENTE
ANEXO I - RESOLUCION Nº 309 REGIMEN GENERAL DE CARRERA DOCENTE ARTÍCULO 1: La Carrera Docente de la UNRC está conformada por un conjunto de principios, criterios, normas y procedimientos que regulan: el
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA V I S T O: El Régimen de la Docencia establecido en el Título V del Estatuto de la Universidad Nacional de Córdoba;
V I S T O: El Régimen de la Docencia establecido en el Título V del Estatuto de la Universidad Nacional de Córdoba; La Resolución Nº 65-HCD-2003 por el que se establece el Régimen de Control de Gestión
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA Art. 1..- El Departamento de Ingeniería es una unidad de trabajo académico que agrupa a los docentes de la Universidad
Más detallesDEPARTAMENTO DE EPS ciudad universitaria, Zona 12. Tel ,
NORMATIVO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CAPÍTULO I MISIÓN, VISIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ARTÍCULO 1. MISIÓN DEL PROGRAMA
Más detallesREGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL VERSIÓN 001 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario, de fecha 23 de octubre de 2014. CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de
Más detallesUNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO DIRECTIVA Nº USP-VRAC
1. FINALIDAD: La presente Directiva tiene como finalidad normar las actividades académicas correspondientes al AÑO LECTIVO 2017, en lo referente a: Cuadro de Vacantes, Examen de Admisión, Matrícula, Carga
Más detallesUCSG FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS CARRERA DE DERECHO
PÁGINA: Pág. 1 / 6 UCSG FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS CARRERA DE DERECHO INSTRUCTIVO QUE ESTABLECE LA FUNCIONES DE LOS PROFESORES A DEDICACIÓN EXCLUSIVA 1 DE LA FJ- UCSG -
Más detallesMATERIA: Concursos profesores y ayudantes
Contenidos: Cargos a concursar; requisitos mínimos para postular; llamado a concurso; la comisión de selección; resolución del concurso, apelaciones y nombramiento. REGLAMENTO DE CONCURSO PARA PROFESORES
Más detallesREGLAMENTO DEL DOCENTE
REGLAMENTO DEL DOCENTE 2016 1 CAPITULO I: GENERALIDADES El presente Reglamento regula las actividades del personal docente de la Universidad Peruana Simón Bolívar, en quienes recae en gran medida la gestión
Más detallesEL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y HUMANIDADES
VISTO : Que dentro del régimen jurídico universitario argentino, las universidades gozan de autonomía académica y administrativa, lo que les permite dictar sus propios estatutos, y que éstos configuran
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO TITULO I DEL CONTENIDO, NATURALEZA Y ALCANCE ARTICULO 1 El presente Reglamento determina, la naturaleza, estructura orgánica,
Más detallesPROCEDIMIENTO GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. Código: PS 02
PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Código: PS 02 CONTROL DE LA REVISIÓN Revisión Fecha Sección Detalle de la modificación 00 2013-09-01 --- --- 01 2014-03-17 Todas Revisión de todo el procedimiento
Más detallesREGLAMENTO DE PROFESORES
REGLAMENTO DE PROFESORES Mayo, 2017 Contenido TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES... 2 Capítulo Único. ALCANCES Y GENERALIDADES... 2 TÍTULO II. CATEGORÍAS PROFESORES: DEFINICIONES, REQUISITOS, DEDICACIÓN...
Más detalles6 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL DESEMPEÑO DOCENTE
6 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL DESEMPEÑO DOCENTE Disposiciones Generales: Reglamento del Sistema de Evaluación del Desempeño
Más detallesEnseñanza 34%-80% Investigación 20%-66% Capacitación Proyección Social. Hasta 46% Administración
TABLA DE EVALUACIÓN PARA RATIFICACIÓN Y ASCENSO DE DOCENTES (Propuesta basada en documento elaborado por el Decano de Economía 2014 Luis Jiménez, por encargo del Consejo Universitario) Obviamente, esta
Más detallesReglamento y procedimientos de ayudantes de Cátedra e Investigación y Preparadores de La Escuela de Ingeniería de Informática
UNIVERSIDAD CATOLICA ANDRES BELLO Urb. Montalbán - La Vega - Apartado 29068 Teléfono: 442-9511 Fax: 471-3043 Caracas, 1021 - Venezuela Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería Informática Reglamento
Más detallesTABLA DE EVALUACIÓN PARA CONCURSO PUBLICO DE PLAZAS DOCENTES Y JEFES DE PRACTICAS NOMBRADAS Y CONTRATADAS 2017
TABLA DE EVALUACIÓN PARA CONCURSO PUBLICO DE PLAZAS DOCENTES Y JEFES DE PRACTICAS NOMBRADAS Y CONTRATADAS 2017 I GRADOS Y TITULOS (máximo 20 puntos) 20 1.1 Título Profesional 1.1.1 Título Profesional (Diploma)
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ Año 2008 1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE POSGRADO (Aprobado por Resolución N 1469-2016-EPG del 31/12/16) (Ratificada por Resolución N 457-2017-R del
Más detallesREGLAMENTO PARA PROMOCIÓN EN LA CARRERA DOCENTE EN LA UNSAAC. (Aprobado por Resolución Nro. CU UNSAAC de )
1 REGLAMENTO PARA PROMOCIÓN EN LA CARRERA DOCENTE EN LA UNSAAC (Aprobado por Resolución Nro. CU-0326-2016-UNSAAC de 07.11.16) CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Ámbito de aplicación. El presente reglamento
Más detallesVicerrectoría Académica REGLAMENTO DOCENTE
REGLAMENTO DOCENTE 2017 1 CONTENIDOS TÍTULO I: TÍTULO II: TÍTULO III: TÍTULO IV: TÍTULO V: TÍTULO VI: TÍTULO VII: TÍTULO VIII: CONCEPTO DE DOCENTE Y REQUISITOS BÁSICOS PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN
Más detallesNorma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita
El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita, en uso de la atribución que le confiere el artículo 26 de la Ley de Universidades en concordancia con el artículo 23 numeral 7 del Estatuto Orgánico
Más detallesUNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO DIRECTIVA Nº USP-VRAC
1. FINALIDAD: La presente Directiva tiene como finalidad normar las actividades académicas correspondientes al AÑO LECTIVO 2016, en lo referente a: Cuadro de Vacantes, Examen de Admisión, Matrícula, Carga
Más detallesCONSEJO NACIONAL FORESTAL
CONSEJO NACIONAL FORESTAL REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMITÉS TÉCNICOS DEL CONSEJO NACIONAL FORESTAL Aprobado en la XVII Reunión Ordinaria del CONAF el 3 Noviembre de 2009 CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA. a) Formar especialistas, profesores e investigadores universitarios;
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA CAPÍTULO I OBJETO ARTÍCULO 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:
Más detallesREGLAMENTO DE DEPARTAMENTOS Y ACADEMIAS
REGLAMENTO DE DEPARTAMENTOS Y ACADEMIAS Capítulo I Disposiciones GENERALES Artículo 1.- En la Universidad Enrique Díaz de León, todos los académicos que realicen funciones de docencia, investigación, extensión
Más detallesDirectiva de la Actividades Académicas de 105 Profesores
Directiva de la Actividades Académicas de 05 Profesores Vicerrectorado Académico FINALIDAD Establecer las normas y procedimientos para asignar, supervisar y evaluar las actividades académicas de los profesores
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA
ANEXO- TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO PARA LA RATIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA 2018 (Aprobado por Resolución de C.O. N 0602-2018-UNAM) CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO DE ACADEMIAS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ACADEMIAS DISPOSICIONES GENERALES Que la Universidad Tecnológica de Tehuacán es un organismo público descentralizado del gobierno del estado de puebla, con personalidad jurídica y patrimonio
Más detalles[1] de 9. Reglamento de Bolsa de Trabajo e Inserción Laboral. Versión: 01. Fecha de Vigencia: 29/09/2017
de Bolsa de Trabajo e [1] de 9 de Bolsa de Trabajo e [2] de 9 de Bolsa de Trabajo e [3] de 9 de Bolsa de Trabajo e UNIVERSIDAD SANTO DOMINGO DE GUZMÁN REGLAMENTO DE BOLSA DE TRABAJO E INSERCIÓN LABORAL
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA ARZOBISPO LOAYZA RESOLUCIÓN N CONAFU REGLAMENTO DOCENTE REGLAMENTO DOCENTE CAPÍTULO I PRINCIPIO GENERALES
UNIVERSIDAD PRIVADA ARZOBISPO LOAYZA RESOLUCIÓN N 129-2009-CONAFU REGLAMENTO DOCENTE REGLAMENTO DOCENTE CAPÍTULO I PRINCIPIO GENERALES ÍNDICE Pág. CAPÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES 2 CAPÍTULO II: MODALIDADES
Más detallesEl Consejo Universitario en sesión del 13 de diciembre de 1973, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:
REGLAMENTO DE LOS SEMINARIOS DE LA FACULTAD DE DERECHO El Consejo Universitario en sesión del 13 de diciembre de 1973, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: ARTÍCULO 1.- La Facultad de Derecho
Más detallesREGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS.
El REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONES, CONVENIOS Y BECAS, fue discutido y aprobado por el H. Consejo Universitario en sesiones del 10 de octubre de 1994 y del 15 de septiembre de 1997.
Más detallesACUERDO No 16 (Diciembre 4 de 2002) (Modificado Acuerdo No. 03 de Octubre 9 de 2007)
ACUERDO No 16 (Diciembre 4 de 2002) (Modificado Acuerdo No. 03 de Octubre 9 de 2007) Por el cual se reglamentan las Monitorias en la Universidad Libre. La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio
Más detallesTranscripción de Resolución de Consejo Universitario N CU-R-SG-A.AC.
CONSIDERANDO: Lima, 21 de mayo del 2014. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA Y PRESIDENTE DEL CONSEJO UNIVERSITARIO: Que la Ley Universitaria N 23733 en su artículo 47 precisa que los Profesores
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE CONCURSO DE OPOSICIÓN Artículo 1: El Concurso de Oposición de que tratan los artículos 140, 141 y 142 del Estatuto de la Universidad Tecnológica
Más detallesPOLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DE LA ESTADÍA PROFESIONAL
POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DE LA ESTADÍA PROFESIONAL La Universidad Tecnológica Linares teniendo como finalidad formar profesionales, investigadores, maestros universitarios y técnicos, comprometidos con
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIOS A LA INDUSTRIA
REGLAMENTO DE SERVICIOS A LA INDUSTRIA CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que regularán la prestación de servicios
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO E INVESTIGACION DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUIMICAS
UNIVERSIDAD JUAREZ DEL ESTADO DE DURANGO Facultad de Ciencias Químicas DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO E INVESTIGACION REGLAMENTO DE LA DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO E INVESTIGACION DE LA FACULTAD
Más detallesREGLAMENTO DE ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por Academias, a los órganos colegiados de profesores responsables de impartir cursos
Más detallesPROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES
PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de
Más detallesSECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Página : Página 1 de 8 SECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración:
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en el Art. 3
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE DOCENTE CONTRATADO
UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA RECTORADO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE DOCENTE CONTRATADO 2017 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DOCENTE CONTRATADO 1 UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE INGRESO A LA DOCENCIA UNIVERSITARIA ORDINARIA R VICE 09. E-GE Gestión Estratégica 22/12/2016 VERSIÓN 02
REGLAMENTO DE INGRESO A LA DOCENCIA UNIVERSITARIA ORDINARIA R VICE 09 E-GE Gestión Estratégica FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 22/12/2016 VERSIÓN 02 NÚMERO DE PÁGINAS 06 APROBADO POR CONSEJO SUPERIOR DE ACUERDO
Más detallesREGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN - FEDU
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA VICE RECTORADO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACION E INNOVACION CIENTIFICA INDICE: REGLAMENTO DE PROYECTOS DE
Más detallesUNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER. U.S.A.M. REGLAMENTO GENERAL PARA EL ESTUDIO DE ESPECIALIDADES EN MEDICINA Y ODONTOLOGÍA
UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER. U.S.A.M. REGLAMENTO GENERAL PARA EL ESTUDIO DE ESPECIALIDADES EN MEDICINA Y ODONTOLOGÍA CONSIDERANDO Que los Estatutos de la Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer
Más detallesREGLAMENTO DE DOCENTES
UNIVERSIDAD LA SALLE REGLAMENTO DE DOCENTES Actualizado y aprobado mediante Resolución N 002-PCO-ULASALLE-2026 Arequipa, febrero de 2016 UNIVERSIDAD LA SALLE Reglamento de Docentes 1 UNIVERSIDAD LA SALLE
Más detallesCONCURSO PÚBLICO DE DOCENTES PARA CONTRATO 2017-II FORMATO 1 DNI N LUGAR Y FECHA DE NAC.: TELEFONO FIJO CELULAR
DATOS: NOMBRES Y APELLIDOS: FORMATO 1 DNI N LUGAR Y FECHA DE NAC.: ESTADO CIVIL: GRADO ACADÉMICO: DOMICILIO: CORREO ELECTRONICO UNIVERSIDAD PROFESIÓN: UNIVERSIDAD TELEFONO FIJO CELULAR POSTULANTE A: PLAZA
Más detallesREGLAMENTO DE RATIFICACIÓN DOCENTE
REGLAMENTO DE RATIFICACIÓN DOCENTE Aprobado: Consejo Universitario sesión extraordinaria Nº 03-2007 de fecha 31-01-2007 BASE LEGAL El presente Reglamento se sustenta en: La Ley Universitaria Nº 23733 El
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FARMACEUTICAS DE LA FACULTAD DE FARMACIA TITULO I
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FARMACEUTICAS DE LA FACULTAD DE FARMACIA DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: TITULO I El Instituto de Investigaciones Farmacéuticas estará adscrito a la Facultad
Más detallesREGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS DOCENTES ORDINARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA
REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS DOCENTES ORDINARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA CAPITULO 1: DE LA FINALIDAD TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. El presente reglamento
Más detallesUNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA REGLAMENTO DE TESIS UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA Capítulo I: Generalidades REGLAMENTO DE TESIS UNIVERSITARIA Artículos I.- El presente reglamento es aplicable a los bachilleres que opten por la obtención de
Más detallesEstatuto Académico. Artículo 4º: El Instituto Universitario persigue los siguientes objetivos generales:
Estatuto Académico Título preliminar ESEADE Fundación Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas, establecida el 28 de abril de 1978, con personería jurídica autorizada por Resolución Nº
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
[1] [2] [3] UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO REGLAMENTO DE DISTRIBUCION DE CARGA ACADEMICA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO (Aprobado por Resolución Nro. CU-0229-2017-UNSAAC
Más detallesCapítulo IV Información de la Subdirección de Recursos Humanos
Capítulo IV Información de la Subdirección de Recursos Humanos 1 Organigrama de la Universidad Tecnológica de Querétaro Rectoría Dirección Jurídica Titular del Órgano Interno de Control Dirección de Planeación
Más detallesREGLAMENTO INTERNO LABORATORIO DE CONTROL INDUSTRIAL. ELABORADO POR Ing. Cristian Fabara REVISADO Y APROBADO POR
ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL Campus Politécnico "J. Rubén Orellana R." FACULTAD DE INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTRÓNICA DEPARTAMENTO DE AUTOMATIZACIÓN Y CONTROL CARRERA DE INGENIERÍA EN ELECTRÓNICA Y CONTROL
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un
Más detallesUNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION
UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION PROGRAMA DE PASANTÌAS E INTERCAMBIO ESTUDIANTIL DE LA UTMACH Autores: Ms. Félix Cadena Alvarado Dra. Consuelo Reyes de Ochoa Agosto-2009 Programa
Más detallesCAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO (Aprobado por Resolución Nro. CU-161-2013-UNSAAC y modificado por Resolución
Más detallesINSTRUCTIVO PARA ELABORAR PLAN DE TRABAJO ACADÉMICO SEMESTRAL
OBJETIVO: Describir lineamientos para que los profesores de tiempo completo, los de medio tiempo y los ocasionales diligencien el formato de plan de trabajo académico semestral de la IUPB. 1. Qué es el
Más detallesREGLAMENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO
EDICIÓN ESPECIAL Agosto de 2009. REGLAMENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO ÍNDICE CAPÍTULO I Disposiciones generales....3 CAPÍTULO II Clasificación del personal académico.. 4 CAPÍTULO III De los profesores de
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO PARA LA CARRERA DEL DOCENTE INVESTIGADOR DE LA UNU Pucallpa - 2018 CONTENIDO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES... 3 TÍTULO II DEFINICIONES,
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTÍCULO 1: El presente reglamento tiene por objeto regular el Sistema de Evaluación
Más detallesDIRECTIVA Nº VRACD-UPLA
DIRECTIVA Nº 002-2018 VRACD-UPLA UPLA VICERRECTORRADO ACADÉMICO I.- PROCESO DE SELECCIÓN PARA CONTRATA DOCENTE PARA EL PERIODO ACADÉMICO 2018 - I MODALIDAD PRESENCIAL Y SEMIPRESENCIAL BASE LEGAL: 1.1 Constitución
Más detallesBASES PARA SER DESIGNADO COMO DOCENTE INVESTIGADOR
I. PRESENTACIÓN BASES PARA SER DESIGNADO COMO DOCENTE INVESTIGADOR La Universidad Andina del Cusco, a través del Vicerrectorado de Investigación y la Dirección de Gestión de la Investigación y de la Producción
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION A LA CARRERA DOCENTE
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE ADMISION A LA CARRERA DOCENTE VERSIÓN 007 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 07-2018-CU-ULADECH Católica, de fecha 28 febrero de
Más detallesREGLAMENTO DE DOCENTE INVESTIGADOR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS
REGLAMENTO DE DOCENTE INVESTIGADOR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS TÍTULO I: Generalidades Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento
Más detallesREGLAMENTO DE DOCENCIA DE LA ESCUELA DE PERIODISMO. TITULO I. De los Alumnos.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAÍSO Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas Licenciatura en Comunicación Social Escuela de Periodismo REGLAMENTO DE DOCENCIA DE LA ESCUELA DE PERIODISMO
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,
Más detallesREGLAMENTO DEL CURSO TALLER PARA EL DESARROLLO DE TESIS DE GRADO EN MAESTRÍA Y DOCTORADO 2015 ÍNDICE
REGLAMENTO DEL CURSO TALLER PARA EL DESARROLLO DE TESIS DE GRADO EN MAESTRÍA Y DOCTORADO 2015 ÍNDICE Capítulo I Capítulo II Capítulo III Capítulo IV Capítulo V Capítulo VI Disposiciones generales De la
Más detallesUNIVERSIDAD DE HUÁNUCO
UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO Vicerrectorado Académico CONCURSO DE SELECCIÓN PARA DOCENTES CONTRATADOS 06 (Bases) - REGLAMENTO - CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA - TABLA PARA EVALUACIÓN DE MÉRITOS REGLAMENTO DE CONCURSO
Más detallesREGLAMENTO DE TUTORÍAS
REGLAMENTO DE TUTORÍAS Aprobado por el H. Consejo Universitario Sesión ordinaria el 17 de Diciembre de 2018. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I OBJETO DEL REGLAMENTO CAPÍTULO II DE LA TUTORÍA ACADÉMICA CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE LOS CENTROS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
REGLAMENTO GENERAL DE LOS CENTROS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA El Consejo Universitario en sesión del 13 de febrero de 1970, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIOS TECNOLOGICOS
REGLAMENTO DE SERVICIOS TECNOLOGICOS INDICE CAPITULO PRIMERO REGLAMENTO DE SERVICIOS TECNOLOGICOS (PAG. 2) CAPITULO SEGUNDO DE LA COORDINACION TECNICA (PAG. 3) CAPITULO TERCERO DE LOS SERVICIOS TECNOLOGICOS
Más detalles