Manual explicativo para la aplicación del reglamento del OIEA para el transporte seguro de materiales radiactivos

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1 Normas de seguridad del OIEA para la protección de las personas y el medio ambiente Manual explicativo para la aplicación del reglamento del OIEA para el transporte seguro de materiales radiactivos Guía de seguridad Nº TS-G-1.1 (Rev.1)

2 PUBLICACIONES DEL OIEA RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD NORMAS DE SEGURIDAD DEL OIEA Con arreglo a lo dispuesto en el artículo III de su Estatuto, el OIEA está autorizado a establecer o adoptar normas de seguridad para proteger la salud y reducir al mínimo el peligro para la vida y la propiedad, y a proveer a la aplicación de esas normas. Las publicaciones mediante las cuales el OIEA establece las normas figuran en la Colección de Normas de Seguridad del OIEA. Esta serie de publicaciones abarca la seguridad nuclear, radiológica, del transporte y de los desechos. Las categorías comprendidas en esta serie son las siguientes: Nociones fundamentales de seguridad, Requisitos de seguridad y Guías de seguridad. Para obtener información sobre el programa de normas de seguridad del OIEA puede consultarse el sitio del OIEA en Internet: En este sitio se encuentran los textos en inglés de las normas de seguridad publicadas y de los proyectos de normas. También figuran los textos de las normas de seguridad publicados en árabe, chino, español, francés y ruso, el glosario de seguridad del OIEA y un informe de situación relativo a las normas de seguridad que están en proceso de elaboración. Para más información se ruega ponerse en contacto con el OIEA, P.O. Box 100, 1400 Viena (Austria). Se invita a los usuarios de las normas de seguridad del OIEA a informar al Organismo sobre su experiencia en la utilización de las normas (por ejemplo, como base de los reglamentos nacionales, para exámenes de la seguridad y para cursos de capacitación), con el fin de garantizar que sigan satisfaciendo las necesidades de los usuarios. La información puede proporcionarse a través del sitio del OIEA en Internet o por correo postal, a la dirección anteriormente señalada, o por correo electrónico, a la dirección Official.Mail@iaea.org. OTRAS PUBLICACIONES RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD Con arreglo a las disposiciones del artículo III y del párrafo C del artículo VIII de su Estatuto, el OIEA facilita y fomenta la aplicación de las normas y el intercambio de información relacionada con las actividades nucleares pacíficas, y sirve de intermediario para ello entre sus Estados Miembros. Los informes sobre seguridad y protección en las actividades nucleares se publican como Informes de Seguridad, que ofrecen ejemplos prácticos y métodos detallados que se pueden utilizar en apoyo de las normas de seguridad. Otras publicaciones del OIEA relacionadas con la seguridad se publican como informes sobre evaluación radiológica, informes del INSAG (Grupo Internacional Asesor en Seguridad Nuclear), Informes Técnicos, y documentos TECDOC. El OIEA publica asimismo informes sobre accidentes radiológicos, manuales de capacitación y manuales prácticos, así como otras obras especiales relacionadas con la seguridad. Las publicaciones relacionadas con la seguridad física aparecen en la Colección de Seguridad Física Nuclear del OIEA.

3 MANUAL EXPLICATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL OIEA PARA EL TRANSPORTE SEGURO DE MATERIALES RADIACTIVOS

4 Los siguientes Estados son Miembros del Organismo Internacional de Energía Atómica: AFGANISTÁN, REPÚBLICA ISLÁMICA DEL ALBANIA ALEMANIA ANGOLA ARABIA SAUDITA ARGELIA ARGENTINA ARMENIA AUSTRALIA AUSTRIA AZERBAIYÁN BAHREIN BANGLADESH BELARÚS BÉLGICA BELICE BENIN BOLIVIA BOSNIA Y HERZEGOVINA BOTSWANA BRASIL BULGARIA BURKINA FASO BURUNDI CAMBOYA CAMERÚN CANADÁ CHAD CHILE CHINA CHIPRE COLOMBIA CONGO COREA, REPÚBLICA DE COSTA RICA CÔTE D'IVOIRE CROACIA CUBA DINAMARCA ECUADOR EGIPTO EL SALVADOR EMIRATOS ÁRABES UNIDOS ERITREA ESLOVAQUIA ESLOVENIA ESPAÑA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ESTONIA ETIOPÍA EX REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA FEDERACIÓN DE RUSIA FILIPINAS FINLANDIA FRANCIA GABÓN GEORGIA GHANA GRECIA GUATEMALA HAITÍ HONDURAS HUNGRÍA INDIA INDONESIA IRÁN, REPÚBLICA ISLÁMICA DEL IRAQ IRLANDA ISLANDIA ISLAS MARSHALL ISRAEL ITALIA JAMAHIRIYA ÁRABE LIBIA JAMAICA JAPÓN JORDANIA KAZAJSTÁN KENYA KIRGUISTÁN KUWAIT LESOTHO LETONIA LÍBANO LIBERIA LIECHTENSTEIN LITUANIA LUXEMBURGO MADAGASCAR MALASIA MALAWI MALÍ MALTA MARRUECOS MAURICIO MAURITANIA, REPÚBLICA ISLÁMICA DE MÉXICO MÓNACO MONGOLIA MONTENEGRO MOZAMBIQUE MYANMAR NAMIBIA NEPAL NICARAGUA NÍGER NIGERIA NORUEGA NUEVA ZELANDIA OMÁN PAÍSES BAJOS PAKISTÁN PALAU PANAMÁ PARAGUAY PERÚ POLONIA PORTUGAL QATAR REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE REPÚBLICA ÁRABE SIRIA REPÚBLICA CENTROAFRICANA REPÚBLICA CHECA REPÚBLICA DE MOLDOVA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO REPÚBLICA DOMINICANA REPÚBLICA UNIDA DE TANZANÍA RUMANIA SANTA SEDE SENEGAL SERBIA SEYCHELLES SIERRA LEONA SINGAPUR SRI LANKA SUDÁFRICA SUDÁN SUECIA SUIZA TAILANDIA TAYIKISTÁN TÚNEZ TURQUÍA UCRANIA UGANDA URUGUAY UZBEKISTÁN VENEZUELA, REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VIET NAM YEMEN ZAMBIA ZIMBABWE El Estatuto del Organismo fue aprobado el 23 de octubre de 1956 en la Conferencia sobre el Estatuto del OIEA celebrada en la Sede de las Naciones Unidas (Nueva York); entró en vigor el 29 de julio de El Organismo tiene la Sede en Viena. Su principal objetivo es acelerar y aumentar la contribución de la energía atómica a la paz, la salud y la prosperidad en el mundo entero.

5 COLECCIÓN DE NORMAS DE SEGURIDAD DEL OIEA Nº TS-G-1.1 (Rev.1) MANUAL EXPLICATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL OIEA PARA EL TRANSPORTE SEGURO DE MATERIALES RADIACTIVOS GUÍA DE SEGURIDAD ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA VIENA, 2010

6 DERECHOS DE AUTOR Todas las publicaciones científicas y técnicas del OIEA están protegidas en virtud de la Convención Universal sobre Derecho de Autor aprobada en 1952 (Berna) y revisada en 1972 (París). Desde entonces, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ginebra) ha ampliado la cobertura de los derechos de autor que ahora incluyen la propiedad intelectual de obras electrónicas y virtuales. Para la utilización de textos completos, o parte de ellos, que figuren en publicaciones del OIEA, impresas o en formato electrónico, deberá obtenerse la correspondiente autorización, y por lo general dicha utilización estará sujeta a un acuerdo de pago de regalías. Se aceptan propuestas relativas a reproducción y traducción sin fines comerciales, que se examinarán individualmente. Las solicitudes de información deben dirigirse a la Sección Editorial del OIEA: Dependencia de Mercadotecnia y Venta Sección Editorial Organismo Internacional de Energía Atómica Centro Internacional de Viena PO Box Viena (Austria) fax: tel.: correo-e: sales.publications@iaea.org OIEA, 2010 Impreso por el OIEA en Austria Agosto de 2010 STI/PUB/1325 MANUAL EXPLICATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL OIEA PARA EL TRANSPORTE SEGURO DE MATERIALES RADIACTIVOS OIEA, VIENA, 2010 STI/PUB/1325 ISBN ISSN

7 PRÓLOGO El Organismo está autorizado por su Estatuto a establecer normas de seguridad para proteger la salud y reducir al mínimo el peligro para la vida y la propiedad normas que el OIEA debe utilizar en sus propias operaciones, y que un Estado puede aplicar mediante sus disposiciones de reglamentación de la seguridad nuclear y radiológica. Ese amplio conjunto de normas de seguridad revisadas periódicamente, junto a la asistencia del OIEA para su aplicación, se ha convertido en elemento clave de un régimen de seguridad mundial. A mediados del decenio de 1990 se inició una importante reorganización del programa de normas de seguridad del OIEA, modificándose la estructura del comité de supervisión y adoptándose un enfoque sistemático para la actualización de todo el conjunto de normas. Las nuevas normas son de gran calidad y reflejan las mejores prácticas utilizadas en los Estados Miembros. Con la asistencia de la Comisión sobre Normas de Seguridad, el OIEA está llevando a cabo actividades para promover la aceptación y el uso a escala mundial de sus normas de seguridad. Sin embargo, las normas de seguridad sólo pueden ser eficaces si se aplican correctamente en la práctica. Los servicios de seguridad del OIEA, que van desde la seguridad técnica, la seguridad operacional y la seguridad radiológica, del transporte y de los desechos hasta cuestiones de reglamentación y de cultura de la seguridad en las organizaciones prestan asistencia a los Estados Miembros en la aplicación de las normas y la evaluación de su eficacia. Estos servicios de seguridad permiten compartir valiosos conocimientos, por lo que se exhorta a todos los Estados Miembros a que hagan uso de ellos. La reglamentación de la seguridad nuclear y radiológica es una responsabilidad nacional, y son muchos los Estados Miembros que han decidido adoptar las normas de seguridad del OIEA para incorporarlas en sus reglamentos nacionales. Para las Partes Contratantes en las diversas convenciones internacionales sobre seguridad, las normas del OIEA son un medio coherente y fiable de asegurar el eficaz cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de las convenciones. Los encargados del diseño, los fabricantes y los explotadores de todo el mundo también aplican las normas para mejorar la seguridad nuclear y radiológica en la generación de electricidad, la medicina, la industria, la agricultura, la investigación y la educación. El OIEA asigna gran importancia al permanente problema que significa para los usuarios y los reguladores en general garantizar un elevado nivel de seguridad en la utilización de los materiales nucleares y las fuentes de radiación en todo el mundo. Su continua utilización en beneficio de la humanidad debe gestionarse de manera segura, objetivo a cuyo logro contribuyen las normas de seguridad del OIEA.

8 NOTA EDITORIAL El presente Manual Explicativo no es un texto independiente y sólo tiene significado cuando se utiliza al unísono como complemento del Vol. N o TS-R-1 de la Colección de Normas de Seguridad del OIEA, Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos (edición de 2005), denominada en adelante el Reglamento de Transporte. Para facilitar la referencia cruzada entre el Manual Explicativo y el Reglamento de Transporte, cada párrafo del primero está numerado de acuerdo con el párrafo del Reglamento con el cual está directamente relacionado. Para distinguir los párrafos del Manual Explicativo de los del Reglamento de Transporte que se utilizan como referencia, los párrafos del Manual Explicativo siempre tienen un número después del punto decimal, incluso cuando hay un único apartado de texto. Así, por ejemplo, la aclaración relativa al párrafo 401 del Reglamento de Transporte debería buscarse inicialmente en el párrafo del Manual Explicativo. Los números completos de párrafo que se citan en el texto, bien solos o acompañados por letras minúsculas entre paréntesis, debería considerarse que indican párrafos del Reglamento de Transporte. Cuando se incluye un apéndice, éste se considera que forma parte integrante de la norma y que tiene la misma condición del texto principal. Si se incluyen anexos, notas de pie de página y bibliografías, éstos se utilizan para proporcionar información complementaria o ejemplos prácticos que podrían resultar útiles al usuario. Las normas de seguridad contienen formas verbales como deberá en los enunciados referentes a requisitos, responsabilidades y obligaciones. La utilización de formas verbales como debería denota recomendaciones de una opción deseada.

9 ÍNDICE SECCIÓN I. INTRODUCCIÓN Antecedentes Objetivo Alcance Referencias de la sección I SECCIÓN II. DEFINICIONES Referencias de la sección II SECCIÓN III. DISPOSICIONES GENERALES Protección radiológica Respuesta a emergencias Garantía de calidad Verificación del cumplimiento Incumplimiento Arreglos especiales Capacitación Referencias de la sección III SECCIÓN IV. LÍMITES DE ACTIVIDAD Y RESTRICCIONES SOBRE LOS MATERIALES Valores básicos de los radionucleidos Determinación de los valores básicos de los radionucleidos Límites del contenido de los bultos Referencias de la sección IV SECCIÓN V. REQUISITOS Y CONTROLES PARA EL TRANSPORTE Requisitos antes de la primera expedición Requisitos antes de cada expedición Transporte de otras mercancías Otras propiedades peligrosas del contenido

10 Requisitos y controles relativos a la contaminación y a los bultos que presenten fugas Requisitos y controles para el transporte de bultos exceptuados Requisitos y controles para el transporte de materiales BAE Y OCS en bultos industriales o sin embalar Determinación del índice de transporte Determinación del índice de seguridad con respecto a la criticidad Límites del índice de transporte, del índice de seguridad con respecto a la criticidad y de los niveles de radiación correspondientes a bultos y sobreenvases Categorías Marcado, etiquetado y rotulado Obligaciones del remitente Transporte y almacenamiento en tránsito Formalidades aduaneras Remesas que no puedan entregarse Referencias de la sección V SECCIÓN VI. REQUISITOS RELATIVOS A LOS MATERIALES RADIACTIVOS Y A LOS EMBALAJES Y BULTOS Requisitos relativos a los materiales radiactivos Requisitos generales relativos a todos los embalajes y bultos Requisitos complementarios relativos a bultos transportados por via aérea Requisitos relativos a los bultos exceptuados Requisitos relativos a los bultos industriales Requisitos relativos a bultos que contengan hexafluoruro de uranio Requisitos relativos a los bultos del Tipo A Requisitos relativos a los bultos del Tipo B(U) Requisitos relativos a los bultos del Tipo B(M) Requisitos relativos a los bultos del Tipo C Requisitos relativos a los bultos que contengan sustancias fisionables Referencias de la sección VI SECCIÓN VII. REQUISITOS RELATIVOS A LOS MATERIALES RADIACTIVOS Y A LOS EMBALAJES Y BULTOS MÉTODOS DE ENSAYO Demostración del cumplimiento

11 Ensayos para los materiales radiactivos en forma especial Ensayos de materiales radiactivos de baja dispersión Ensayos de bultos Referencias de la sección VII SECCIÓN VIII. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y DE APROBACIÓN Disposiciones generales Aprobación de los materiales radiactivos en forma especial y de los materiales radiactivos de baja dispersión Aprobación de los diseños de bultos Disposiciones transitorias Notificación y registro de números de serie Aprobación de expediciones Aprobación de expediciones en virtud de arreglos especiales Certificados de aprobación de la autoridad competente Contenido de los certificados de aprobación Refrendo de los certificados Referencias de la sección VIII APÉNDICE I: APÉNDICE II. EL SISTEMA Q PARA EL CÁLCULO Y APLICACIÓN DE LOS VALORES A 1 Y A PERÍODO DE SEMIDESINTEGRACIÓN Y ACTIVIDAD ESPECÍFICA DE RADIONUCLEIDOS, COEFICIENTES DE DOSIS Y DE TASA DE DOSIS DE RADIONUCLEIDOS Y ACTIVIDAD ESPECÍFICA APÉNDICE III. EJEMPLOS DE CÁLCULO PARA ESTABLECER REQUISITOS MÍNIMOS EN MATERIA DE DISTANCIAS DE SEPARACIÓN APÉNDICE IV. ESTIBA Y SUJECIÓN DE BULTOS DURANTE EL TRANSPORTE APÉNDICE V. DIRECTRICES PARA EL DISEÑO SEGURO DE LOS BULTOS DE TRANSPORTE CONTRA LA FRACTURA FRÁGIL

12 APÉNDICE VI. EVALUACIONES DE SEGURIDAD CON RESPECTO A LA CRITICIDAD COLABORADORES EN LA PREPARACIÓN Y EXAMEN ENTIDADES ENCARGADAS DE LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD DEL OIEA ÍNDICE ALFABÉTICO (con los párrafos en orden numérico) LISTA DE CUADROS Cuadro 1 Factores de corrección según las dimensiones del bulto y del detector Cuadro 2 Ejemplos de separación entre diferentes clases Cuadro 3 Comparación de los cuatro métodos de ensayo por fugas volumétricas recomendados por Aston y otros Cuadro 4 Lista de códigos VRI por países Cuadro I.1 Coeficientes de dosis por inmersión Cuadro I.2 Límites del contenido de bultos del Tipo A Cuadro II.1 Período de semidesintegración y actividad específica de radionucleidos Cuadro II.2 Coeficientes de dosis y de tasa de dosis de radionucleidos Cuadro II.3 Valores de actividad específica para uranio con varios niveles de enriquecimiento Cuadro III.1 Factores de transmisión Cuadro III.2 Variación de la distancia de separación en función del índice de transporte para un único grupo de bultos estibado en la bodega de una aeronave de pasajeros Cuadro III.3 Variación de la distancia de separación en función del índice de transporte para la estiba en cabina de aeronaves [combi o de carga] Cuadro IV.1 Factores de aceleración que deberían considerarse en el diseño de los sistemas de sujeción de bultos Cuadro IV.2 Factores de aceleración para el diseño de sistemas de fijación de bultos aplicables a bultos específicos Cuadro IV.3 Símbolos utilizados en el cálculo de un bulto rectangular con el reborde de la placa base atornillado al medio de transporte

13 Sección I INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES La radiación y las sustancias radiactivas son elementos naturales y permanentes del medio ambiente y, por tanto, los riesgos asociados con la exposición a la radiación sólo pueden restringirse, pero no eliminarse por completo. Además, el empleo de la radiación artificial está generalizado. Las fuentes de radiación son indispensables para la atención de la salud en la actualidad. La utilización de la energía nuclear y las aplicaciones de sus subproductos (por ejemplo, radiación y sustancias radiactivas) siguen aumentando en todo el mundo Se ha reconocido que la exposición a altos niveles de radiación puede causar daños clínicos a los tejidos del cuerpo humano y que la exposición a la radiación podría causar la inducción retardada de tumores malignos. Por lo tanto, es imprescindible que las actividades relacionadas con la exposición a la radiación, como el transporte de materiales radiactivos, estén sujetas a ciertas normas de seguridad con objeto de proteger a las personas expuestas a la radiación. Las normas de seguridad radiológica del OIEA constituyen un instrumento de consenso internacional para este fin La aceptación por la sociedad de los riesgos asociados a la radiación depende de los beneficios que se obtengan del uso de las aplicaciones relacionadas con la radiación. El Reglamento de Transporte se basa en la información derivada de extensas actividades de investigación y desarrollo que han llevado a cabo entidades científicas y técnicas, a nivel nacional e internacional, con respecto a los efectos de la radiación en la salud y a las técnicas para el diseño seguro de bultos de transporte, así como en la experiencia adquirida en las operaciones de transporte. En el Reglamento de Transporte se utilizan elementos puramente científicos, aunque también se hacen juicios de valor acerca de la importancia relativa de los riesgos de distintos tipos y del establecimiento de un equilibrio entre los riesgos y los beneficios Es cierto que se producirán algunas exposiciones a la radiación en condiciones de transporte rutinarias y que su magnitud será previsible. Asimismo, pueden preverse escenarios en los que podría darse una exposición pero sin certeza de que realmente se produzca una exposición. Tales exposiciones 1

14 imprevistas pero factibles se denominan exposiciones potenciales. Las exposiciones potenciales pueden convertirse en exposiciones reales si ocurre la situación imprevista. La optimización de la protección radiológica exige que se tengan en cuenta tanto las exposiciones normales como potenciales. Si pueden preverse esas situaciones, podrá estimarse la probabilidad de que ocurran y la consiguiente exposición a la radiación. En el caso de las exposiciones normales, la optimización exige que se tengan en cuenta la magnitud prevista de dosis individuales y el número de personas expuestas; además, en el caso de las exposiciones potenciales, también se tiene en cuenta la probabilidad de que ocurran accidentes o sucesos o secuencias de sucesos El medio especificado en el Reglamento de Transporte para controlar las exposiciones normales es la restricción de las dosis recibidas. El medio primordial para controlar las exposiciones potenciales es el diseño de bultos de transporte y de procedimientos operacionales que satisfagan los requisitos relativos a las tasas de dosis, la posible contaminación externa y la liberación de actividad. Tales medios también están destinados a restringir la probabilidad de sucesos que puedan originar exposiciones imprevistas y restringir la magnitud de las exposiciones que puedan producir esos sucesos El transporte de materiales radiactivos se ha establecido como factor necesario en los programas nacionales e internacionales para el uso de los materiales radiactivos en la medicina, la agricultura, la industria, la investigación y la generación de energía nucleoeléctrica. Por lo tanto, se ha acordado en general que el transporte de materiales radiactivos está ampliamente justificado Para los miembros del público, los límites de dosis establecidos en las Normas básicas internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación (las NBS) [1] se aplican al grupo crítico de la población y a la dosis individual total recibida de todas las fuentes de exposición, excluidas la radiación natural de fondo y la exposición médica de las personas. En la práctica, para tener en cuenta otras fuentes de exposición, los requisitos del Reglamento de Transporte se formulan sobre la base de supuestos de carácter conservador en la definición de las condiciones de exposición del grupo crítico con el fin de proporcionar garantías razonables de que las dosis reales recibidas en el transporte de esos bultos no excedan de una fracción de los límites de dosis La responsabilidad con respecto al desarrollo y optimización de los procedimientos operacionales y al cumplimiento del Reglamento de Transporte recae fundamentalmente en el explotador. 2

15 El suministro de información y capacitación forma parte integrante de todo sistema de protección radiológica. El nivel de instrucción debe estar en proporción con la índole y el tipo de actividad que se realice. Los trabajadores que intervengan en el transporte de materiales radiactivos requieren capacitación en relación con los riesgos radiológicos asociados a su trabajo y cómo pueden minimizar estos riesgos en todas las circunstancias. La creación y aplicación de programas de garantía de calidad, conforme a las disposiciones del Reglamento de Transporte, deberían llevarse a cabo oportunamente antes de que comiencen las operaciones de transporte. Según corresponda, la autoridad competente verificará si se aplican los programas de garantía de calidad, en cumplimiento del Reglamento de Transporte Cuando se realizan expediciones nacionales o internacionales es necesario consultar la reglamentación aplicable a la modalidad de transporte en particular que vaya a ser utilizada para los países a los que se efectuará la expedición. Aunque la mayor parte de los requisitos del transporte modal están de conformidad con el Reglamento de Transporte, puede haber diferencias en relación con la asignación de responsabilidades para algunas actividades específicas. En el caso de envíos aéreos, especialmente con respecto a las discrepancias de los Estados y operadores, deberían consultarse las Instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA). Para expediciones por vía marítima debería ser consultado el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) de la Organización Marítima Internacional (OMI). Algunos países han adoptado el Reglamento de Transporte como referencia, mientras que otros lo han incorporado en sus legislaciones nacionales, posiblemente con algunos pequeños cambios El Reglamento de Transporte se ha elaborado a lo largo de muchos años para crear consenso entre los Estados Miembros del OIEA y las organizaciones internacionales de transporte y normalización (OMI, OACI, Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE), Unión Postal Universal (UPU), Organización Internacional de Normalización (ISO), etc.). Para establecer el Reglamento de Transporte, estas entidades utilizaron principios científicos, datos e investigaciones internacionalmente aceptados. El Reglamento de Transporte tiene por objeto proporcionar a los países y las organizaciones de reglamentación del transporte modal requisitos de transporte basados en el consenso que protejan la salud y la seguridad de los trabajadores, el público en general y el medio ambiente, y permitan el comercio internacional. 3

16 Aunque el Reglamento de Transporte no es vinculante en lo que se refiere a la adopción o aplicación por los Estados, la adopción e incorporación del Reglamento de Transporte por las organizaciones internacionales de reglamentación del transporte hace obligatorio el cumplimiento por parte de los Estados El Reglamento de Transporte se basa, por tanto, en la presunción de que se ha establecido una infraestructura nacional que permita al gobierno cumplir sus responsabilidades con respecto a la seguridad del transporte El actual nivel de seguridad en el transporte de materiales radiactivos se ha alcanzado a escala mundial mediante la adopción del Reglamento de Transporte en los reglamentos internacionales, regionales y modales para el transporte de todas las mercancías peligrosas, en que los materiales radiactivos son sólo una (Clase 7) de las nueve clases de mercancías peligrosas. En publicaciones afines se explica el Reglamento de Transporte y se brinda asesoramiento sobre cómo puede aplicarse, y se exponen en mayor detalle temas como la respuesta a emergencias, la verificación del cumplimiento y la garantía de calidad El Reglamento de Transporte también se recomienda para que los Estados Miembros lo adopten en sus reglamentos nacionales para el transporte de mercancías peligrosas. Incluso los Estados Miembros que no poseen una industria nucleoeléctrica necesitan establecer requisitos para controlar con seguridad el transporte de materiales radiactivos de uso común, por ejemplo, en aplicaciones médicas, industriales o de investigación Los elementos esenciales de una infraestructura nacional de seguridad del transporte son: legislación y reglamentos; autoridad competente facultada para autorizar e inspeccionar actividades reglamentadas y poner en vigor la legislación y los reglamentos; suficientes recursos financieros; y plantilla suficiente de personal adiestrado. La infraestructura también debería proporcionar medios para hacer frente a las preocupaciones sociales que rebasan el marco de las responsabilidades legales de las personas jurídicas autorizadas para efectuar el transporte de materiales radiactivos. OBJETIVO En general el Reglamento de Transporte tiene por objetivo suministrar un nivel de seguridad adecuado y uniforme que se corresponda con el peligro 4

17 inherente que presenten los materiales radiactivos que sean transportados. Dentro de lo posible, las características de seguridad deben ser incluidas en el diseño del bulto. Al depositar la confianza primordial en el diseño y la preparación del bulto, la necesidad de adoptar medidas especiales durante el transporte, es decir, por parte del transportista, queda reducida al mínimo. Sin embargo, para cumplir con los objetivos de seguridad se requieren algunos controles operacionales. ALCANCE El transporte incluye el acarreo por el transportista habitual o por el propietario o empleado, cuando el acarreo es inherente a la utilización de los materiales radiactivos, como es el caso de vehículos que transportan dispositivos de radiografía que son conducidos hacia o desde el lugar de operaciones por el radiógrafo, vehículos que transportan sondas medidoras de densidad hacia o desde el lugar de construcción y vehículos para la exploración de pozos petrolíferos que transportan dispositivos de medición que contienen materiales radiactivos y materiales radiactivos utilizados para su inyección en pozos petrolíferos El escenario mencionado como condiciones de transporte rutinarias (libre de incidentes) tiene por objeto abarcar el uso y transporte de bultos en operaciones diarias/rutinarias (es decir, condiciones de transporte en que no se produzcan percances menores o incidentes que dañen los bultos). Sin embargo, es preciso que un bulto, incluidos sus sistemas de moderación internos y externos, sea capaz de soportar los efectos de las aceleraciones del transporte descritos en el párrafo (En el apéndice IV, cuadros IV.1 y IV.2, se explican en detalle las aceleraciones típicas que pueden aplicarse.) El escenario mencionado como condiciones de transporte normales (percances menores) tiene la finalidad de abarcar situaciones en que el bulto esté sometido a percances o incidentes que varíen en gravedad hasta los requisitos de ensayo aplicables para el tipo de bulto de que se trate (es decir, BI-2, BI-3 o Tipo A). Por ejemplo, las condiciones normales de un ensayo de caída libre para un bulto del Tipo A tiene el objetivo de simular el tipo de percance que experimentaría un bulto si cayera fuera de la plataforma de un vehículo o si se dejara caer durante su manipulación. En la mayoría de los casos los bultos quedarían relativamente intactos y proseguirían su viaje después de haber sufrido estos percances menores. 5

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