OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO.

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1 CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, EN LA CUAL SE ESTABLECEN LAS BASES EN QUE SE DESARROLLARÁ EL PROCEDIMIENTO Y SE DESCRIBEN LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO. OBRA: Modernización y ampliación del camino tipo "D" mejorado Gómez Oriente-E.C. (Ilita-Ajocotzingo- Pablogco) de 6.96 kms. de longitud, meta 2012: kms. (primera etapa), del km al km , ubicado en el Municipio de Tlatlauquitepec, en el Estado de Puebla MAYO 2012 Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

2 1.- Terminología de la presente Convocatoria que contiene las bases en que se desarrollará el procedimiento e Introducción: En cuanto a la terminología para efectos de las presentes bases, se entenderá por: Introducción. I. Anexo A: Documento en el que se señalan los datos generales de la presente adjudicación, así como los requisitos particulares y las fechas en las que se realizarán cada uno de los eventos, los cuales contienen la información que se indica en la Ley de la materia y cuyos procedimientos se llevarán a cabo en los términos que en la misma se precisan, dicho anexo forma parte integral de la presente convocatoria. II. Convocante: La Secretaría de Administración. III. Contraloría: La Secretaría de la Función Pública. IV. Contratista: La persona que celebre contratos de Obra Pública. V. Área responsable de la contratación: La facultada por la Contratante para llevar a cabo la contratación correspondiente, a efecto de realizar Obras Públicas. VI. Contratante: La encargada de contratar la ejecución de Obra Pública, la cual se indica en el anexo A. VII. Equipo de construcción: Cualquier equipo utilizado en la ejecución de algún concepto en específico. VllI. Máquina: Conjunto de piezas o elementos móviles y no móviles, que por efecto de sus enlaces son capaces de transformar la energía. IX. Maquinaria: Conjunto de máquinas que se aplican para la ejecución de los trabajos a utilizar en el presente procedimiento de adjudicación. X. Zona o región: Cualquier Municipio del Estado de Puebla. XI. Licitante: La persona física o jurídica que participe en el presente procedimiento de adjudicación. XlI. Ley: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. XlIl. Reglamento: Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. El Gobierno del Estado de Puebla, a través de la Secretaría de Administración del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 108 y 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 24, 26, 27 y 28 de la Ley, convoca a los interesados a presentar proposiciones en los términos señalados en la presente Convocatoria, para realizar los trabajos que se definen en la misma. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

3 1.3.- Objeto de la licitación o descripción de los trabajos a ejecutar. El objeto de la licitación o descripción de los trabajos a ejecutar es: Modernización y ampliación del camino tipo "D" mejorado Gómez Oriente-E.C. (Ilita- Ajocotzingo-Pablogco) de 6.96 kms. de longitud, meta 2012: kms. (primera etapa), del km al km , ubicado en el Municipio de Tlatlauquitepec, en el Estado de Puebla Objetivos. La emisión de la presente Convocatoria a la Licitación Pública que contiene las bases en que se desarrollará el procedimiento de adjudicación, en cumplimiento a lo previsto por la Ley y su Reglamento, tienen como objetivo definir claramente los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, respecto de los diferentes aspectos que deben considerar los licitantes para su participación en el procedimiento, documento que se presenta en un sólo paquete de información, en donde se estipulan los procedimientos de integración, presentación, recepción, apertura, selección, evaluación y calificación de proposiciones, así como los términos, lineamientos, instrucciones, formularios, normas y especificaciones que los licitantes deben cumplir y las condiciones que rigen la celebración del procedimiento de adjudicación, además se presenta la información respecto a los documentos que conforman la proposición; así mismo se adjunta el modelo de contrato al que se sujetarán las partes en la presente licitación. 2.- Disposiciones generales Disponibilidad de los recursos. Los recursos que cubrirán las erogaciones que se deriven del contrato de obra pública motivo del presente procedimiento de adjudicación, se encuentran disponibles para los fines señalados en la presente Convocatoria en virtud de que han sido debidamente autorizados por la Secretaría de Finanzas del Estado; las erogaciones de los mismos serán de acuerdo a los términos señalados en el contrato correspondiente, así como en la Ley y su Reglamento Aplicación de la Convocatoria a la Licitación Pública que contiene las bases de adjudicación. La presente Convocatoria regirá para la adjudicación del contrato motivo del presente procedimiento de adjudicación, en ella se establecen bases en que se desarrollará el procedimiento, presentándose los criterios, métodos, normas, lineamientos y procedimientos de cálculo, mediante los cuales se desarrollará el procedimiento de adjudicación Disponibilidad de la Convocatoria. La presente Convocatoria se encuentra disponible a partir de su publicación en el sistema CompraNet y hasta el sexto día previo a la presentación de proposiciones. Los interesados pueden consultarla en las oficinas de la, ubicadas en el Km. 4.5 de la Recta Puebla- Cholula, número 3003, Municipio de San Andrés Cholula en el Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

4 horario de 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes (Días hábiles), previa entrega del escrito mediante el cual manifieste su interés de participar en el procedimiento de adjudicación, o bien a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales ( La obtención de la Convocatoria no implica costo alguno y será únicamente mediante el sistema CompraNet Aceptación del licitante al presentar su proposición: Al presentar las proposiciones los licitantes aceptan que: a) Conocen la Ley y su Reglamento, vigentes al momento de la presentación de las proposiciones, así como las normas de construcción en vigor, y que tales instrumentos jurídicos rigen en lo conducente respecto a la presente licitación pública, que habrán juzgado y tomado en cuenta todas las condiciones que puedan influir en los precios ofertados en la proposición, tales como ubicación, condiciones de acceso al sitio donde se ejecutarán los trabajos, época del año en la cual se realizarán los mismos de acuerdo con el programa, condiciones del costo de mercado para los insumos de mano de obra, materiales, maquinaria y equipo de construcción en la fecha de presentación y apertura de proposiciones, por lo que el pago de los diversos conceptos, se hará al precio unitario que se fije en el contrato para la unidad de trabajo y alcances del mismo establecido en el catálogo de conceptos, del presente procedimientos de adjudicación. b) Las diferencias que pudieran resultar en las cantidades anotadas en el catálogo de conceptos, durante la ejecución de los trabajos, ya sean aumentos o reducciones, no justificarán reclamación alguna del contratista en relación con los precios ofertados respectivos. c) Se propondrán precios unitarios únicamente para los conceptos contenidos en el catálogo de conceptos y no deberán proponerse alternativas que modifiquen lo establecido en el pliego de requisitos. d) Los programas de ejecución, racionalidad de explosión de insumos de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo, tanto en tiempos como en montos, es la interpretación libre que refleja el actuar y la calidad de la empresa y por ningún motivo serán argumentos para modificar el costo asociado reconocido en el catálogo de conceptos que forma parte de la proposición. e) Su participación en el presente procedimiento de adjudicación, es sin prácticas desleales, por lo tanto no viola el proceso de competencia ni la libre concurrencia de los demás licitantes. f) La ejecución de los trabajos quedará sujeta a las disposiciones de la Ley, su Reglamento y demás disposiciones vigentes al momento de la contratación. 3.- Nombre de la Dependencia Convocante:. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

5 4.- Carácter de la licitación: Nacional. 5.- Descripción general de la obra y el lugar en donde se llevarán a cabo los trabajos: Se establece en el ANEXO A. 6.- Porcentajes, forma y términos de los anticipos se otorgarán de la siguiente manera: En el presente procedimiento de adjudicación a través de Licitación Pública no se concederán anticipos. 7.- Plazo de ejecución y fecha estimada de inicio de los trabajos: El plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales y la fecha estimada de inicio de los mismos, se establecen en el Anexo A. 8.- Moneda en que podrán presentarse las proposiciones: Pesos mexicanos. 9.- Condiciones de pago de acuerdo al tipo de contrato a celebrar: Las condiciones de pago se definen en el modelo de contrato, mismo que forma parte integral de la presente Convocatoria Indicación de que, en su caso, las proposiciones podrán presentarse a través de medios electrónicos, precisando los términos y condiciones para ello: No se aceptarán proposiciones a través de medios electrónicos Lugar, fecha y hora para la visita al sitio de realización de los trabajos: Se establecen en el ANEXO A Fecha, hora y lugar de la primera junta de aclaraciones a la Convocatoria a la licitación: Se establecen en el ANEXO A. En caso de existir dudas o aclaraciones en la presente Convocatoria a la licitación y sus anexos, estas deberán enviarse de forma electrónica, al correo institucional mireya.murillo@puebla.gob.mx y al correo aclaracionesdigaop_pue@hotmail.com las cuales deberán ser enviadas con 24 horas de antelación al evento de Junta de Aclaraciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 35 párrafo cuarto de la Ley, de lo contrario no serán consideradas. EL ENVIÓ ELECTRÓNICO ANTICIPADO NO ES LIMITANTE PARA QUE LOS LICITANTES PRESENTEN DE FORMA ESCRITA BAJO EL MISMO FORMATO SUS PREGUNTAS O ACLARACIONES DURANTE EL ACTO Fechas, horas y lugares de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones; comunicación del fallo y firma del contrato: Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

6 Se establecen en el ANEXO A Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica Forma en que los licitantes deberán acreditar su existencia legal y personalidad jurídica, para efectos de la suscripción de las proposiciones y, en su caso, firma del contrato, será mediante la siguiente documentación: Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto Escrito en el que manifieste su domicilio fiscal en el entendido de que éste sea diferente al domicilio que señale para oír y recibir todo tipo de notificaciones a que hace referencia el punto anterior Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley, y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública. Para los efectos de la fracción VII del artículo 51 de la Ley, las personas que previamente hayan realizado un proyecto y pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución del mismo, estarán impedidas de participar en los términos de la propia fracción, cuando dentro de los alcances del proyecto elaborado, hayan preparado especificaciones de construcción, presupuesto de los trabajos, selección o aprobación de materiales, equipos y procesos Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas Escrito mediante el cual el representante de la persona moral manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes De la persona moral: clave del Registro Federal de Contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público ante quien se hayan otorgado; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial. Tratándose de personas extranjeras los poderes y documentos legales deberán contar con la legalización o apostillamiento correspondiente Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

7 por la autoridad competente del país de que se trate y, en su caso, deberán ser traducidos al español Copia de Registro Federal de Contribuyentes, escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y en su caso sus reformas o modificaciones, inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio e instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición Escrito mediante el cual proporcione cuando menos un correo electrónico Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten que por sí mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado. Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos antes señalados. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común. Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposición en la licitación sin necesidad de constituir una sociedad o una nueva sociedad en caso de personas jurídicas, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el artículo 36 de la Ley y 47 de su Reglamento, para lo cual deberán observar lo siguiente: I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas. b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

8 c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública. d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones. e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo. III. IV. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta, lo cual se hará constar en el acta circunstanciada correspondiente. El convenio a que hace referencia la fracción II del artículo 47 del Reglamento se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio formará parte del mismo como uno de sus anexos. Para acreditar la capacidad financiera requerida por la convocante, se podrán considerar en conjunto las correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, tomando en cuenta si la obligación que asumirán es mancomunada o solidaria. En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en el numeral II de este punto y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes Para el presente procedimiento de adjudicación no podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 51 y 78 de la Ley Las personas a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 51 de la Ley, que pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución de una obra, deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran costos estimados apegados a las condiciones del mercado. En el caso de que la manifestación se haya realizado con falsedad, se sancionará al licitante conforme al Título Sexto de la Ley. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

9 18.- La forma en que los licitantes acreditarán su experiencia y capacidad técnica y financiera, de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos será la siguiente: a) La experiencia se acreditará con currículo de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de las obras, los que deberán tener experiencia en obras con características técnicas y magnitud similares, dichos currículos deberá contener: datos generales, experiencia laboral específica en obras similares y cualquier otro dato que a juicio del licitante permita conocer su experiencia además de mostrar claramente, la capacidad técnica y grado académico de preparación profesional de cada uno de ellos. b) La capacidad técnica se acreditará con la relación de trabajos similares, realizados por el licitante y su personal, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso; así como con las copias de los documentos comprobatorios (contratos, finiquitos de obra, actas entrega recepción, etc.) de los trabajos similares que refiere en la relación requerida. c).- La Capacidad Financiera será acreditada con copia simple de los siguientes documentos y deberán estar en el siguiente orden en la presentación de la propuesta: 1. Declaraciones Fiscales: a) Declaraciones Fiscales de los ejercicios 2010, 2011 y provisionales al primer trimestre 2012 b) Además de los documentos solicitados en el inciso anterior las empresas que se encuentren en los supuestos del Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación o que hayan optado por dictaminar sus Estados Financieros deberán presentar el dictamen fiscal correspondiente así como las declaraciones complementarias por dictamen que se hayan efectuado. 2. Estados Financieros: a) Balance General b) Estado de Resultados c) Estado de Flujos de Efectivo d) Relaciones Analíticas de los principales renglones de los Estados Financieros e) Comparativo de razones financieras básicas Todos estos incisos correspondientes a los ejercicios fiscales 2010, 2011 y provisionales al primer trimestre En caso de empresas de nueva creación deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de su proposición y las declaraciones provisionales de impuestos. Los documentos mencionados en este inciso deberán estar firmados por el apoderado o Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

10 administrador de la empresa y avalados por contador público, anexando copia de la cédula profesional del contador firmante: Las personas físicas o jurídicas que se encuentren dentro de los supuestos del artículo 32- A del Código Fiscal de la Federación, los estados financieros solicitados además de estar firmados por el apoderado o administrador de la empresa, deberán ser avalados por contador público registrado ante las autoridades competentes, anexando copia de la cédula profesional y copia del registro en mención de dicho contador. Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos antes señalados. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación deberá hacerse por el representante común Proyectos arquitectónicos y de ingeniería que se requieran para preparar la proposición; normas de calidad de los materiales y especificaciones generales y particulares de construcción aplicables: Los proyectos arquitectónicos y de ingeniería que se requieren para preparar la proposición; normas de calidad de los materiales y especificaciones generales y particulares de construcción aplicables, se encuentran como parte integral de la presente Convocatoria, en la carpeta denominada anexo a la Convocatoria La convocante no proporcionará materiales ni equipo de instalación permanente En su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos: El porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serán utilizados en la ejecución de los trabajos, preferentemente será del 100% Información específica sobre las partes de los trabajos que podrán subcontratarse: No podrán subcontratarse ninguna parte de los trabajos, objeto del presente procedimiento de adjudicación Criterios claros y detallados para la evaluación de las proposiciones y la adjudicación de los contratos, de conformidad con lo establecido por el artículo 38 de la Ley: A) Criterios para la evaluación de las proposiciones: En términos de lo establecido por el artículo 38 de la Ley, en la evaluación de las proposiciones, se verificará entre otros aspectos, el cumplimiento de las condiciones exigidas al licitante. Particularmente, con base a lo previsto por los artículos 46, 63 fracción I inciso c), 64, 65, 66 y 67 del Reglamento de la Ley, esta Secretaría considerará los siguientes criterios de evaluación de las proposiciones: Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

11 a) Criterios para la evaluación legal de las proposiciones: Para la evaluación legal de las proposiciones se considerarán los siguientes aspectos: 1. Que cada documento contenga toda la información solicitada y que su contenido sea legible y completo. 2. Que el licitante no se encuentre en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de la Ley. 3. Que la copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, sea de la persona física y en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición. 4. Que el licitante haya integrado en su proposición copia de la manifestación de interés de participar en el procedimiento de adjudicación. 5. Que en el caso de que dos o más personas físicas o jurídicas participen en asociación, en la proposición hayan integrado el convenio de participación en asociación en los términos de lo señalado por el artículo 36 de la Ley y 47 de su Reglamento. 6. Que el representante de la persona moral cuente con facultades suficientes para comprometer a su representada. b) Criterios para la evaluación técnica de las proposiciones: 1. Que cada documento contenga toda la información solicitada y que su contenido sea legible y completo. 2. Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los mismos. En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deben cumplir los licitantes se considerarán, entre otros, el grado académico de preparación profesional, la experiencia laboral específica en obras o servicios similares y la capacidad técnica de las personas físicas que estarán relacionados con la ejecución de los trabajos. 3. Que los licitantes cuenten con la maquinaria y equipo de construcción adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar los trabajos que se convocan. 4. Que la planeación integral propuesta por el licitante para el desarrollo y organización de los trabajos, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los mismos. 5. Que el procedimiento constructivo descrito por el licitante demuestre que éste conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe ser acorde con el programa de ejecución considerado en su proposición. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

12 6. De acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos, los aspectos que se verificarán en los estados financieros de los licitantes serán los siguientes: a) Que el capital de trabajo del licitante cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado. b) Que el licitante tenga capacidad para pagar sus obligaciones. c) El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa. 7. Para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 36 de la Ley, en todos los casos se preferirá de entre los participantes a aquel que cuente con la especialidad, experiencia y capacidad técnica, así como a aquellos contratistas que tengan un historial de cumplimiento satisfactorio de los contratos sujetos a la Ley. De igual manera, este criterio será aplicable a los licitantes que presenten proposiciones conjuntas. De conformidad con las condiciones de pago, en la evaluación técnica de las proposiciones se verificaran los siguientes aspectos: Tratándose de proposiciones que consideren condiciones de pago sobre la base de precios unitarios: I. De los programas: a) Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por la convocante. b) Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos. c) Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar. d) Que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general, en caso de que se requiera de equipo de instalación permanente. e) Que los insumos propuestos por el licitante correspondan a los periodos presentados en los programas. II. De la maquinaria y equipo: a) Que la maquinaria y el equipo de construcción sean los adecuados, necesarios y suficientes para ejecutar los trabajos objeto de la licitación Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

13 pública, y que los datos coincidan con el listado de maquinaria y equipo presentado por el licitante. b) Que las características y capacidad de la maquinaria y equipo de construcción considerados por el licitante sean las adecuadas para desarrollar el trabajo en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de construcción propuesto por el contratista o con las restricciones técnicas, cuando la dependencia o entidad fije un procedimiento. c) Que en la maquinaria y equipo de construcción, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberán apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos. III. De los materiales: a) Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el licitante para el concepto de trabajo en que intervienen, se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso, los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate. b) Que las características, especificaciones y calidad de los materiales y equipos de instalación permanente sean las requeridas en las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción, establecidas en la convocatoria a la licitación pública. IV. De la mano de obra: a) Que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos. b) Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos. c) Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos. Para la evaluación económica de las proposiciones bajo el mecanismo de evaluación binario se deberán verificar, entre otros, los siguientes aspectos: I. Que cada documento contenga toda la información solicitada y que su contenido sea legible. II. Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante sean aceptables, es decir, que sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la Contratante como parte del Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

14 proyecto ejecutivo. Dicho presupuesto deberá considerar las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos o, en su caso, en el mercado internacional, considerando los precios de manera individual o cómo inciden en su totalidad en la proposición económica. De conformidad con las condiciones de pago, en la evaluación económica de las proposiciones se verificarán, los siguientes aspectos: Tratándose de proposiciones que consideren condiciones de pago sobre la base de precios unitarios: I. Del presupuesto de obra: a) Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario. b) Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis. c) Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte de la convocante. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones. II. Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento, debiendo revisar: a) Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales. b) Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción. c) Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. d) Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores de salario real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en el Reglamento. e) Que el cargo por el uso de herramienta menor se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

15 f) Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados. III. Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento, debiendo además considerar: a) Que los costos de los materiales considerados por el licitante sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la convocatoria a la licitación pública. b) Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos. c) Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos. IV. Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento, debiendo además considerar: a) Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo. b) Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra. c) Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria a la licitación pública, deba pagarse aplicando un precio unitario específico. V. Que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya determinado considerando lo siguiente: a) Que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos. b) Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

16 c) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico. d) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales. e) Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea congruente con lo que se establezca en la convocatoria a la licitación pública. VI. VII. VIII. Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se encuentre de acuerdo a lo previsto en el Reglamento. Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran. Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción y de instalación permanente, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos. En el supuesto a que se refiere el párrafo cuarto del artículo 38 de la Ley, la convocante solicitará que se realicen las aclaraciones pertinentes o que se aporte documentación o información adicional mediante escrito dirigido al licitante, el cual se notificará en el domicilio que éste haya señalado o bien, a través de CompraNet, caso en el cual la convocante deberá enviar un aviso al licitante en la dirección de correo electrónico que haya proporcionado en su proposición, informándole que existe un requerimiento en CompraNet. En todo caso, la convocante recabará el acuse respectivo con el que se acredite de forma indubitable la entrega y recepción correspondiente. Lo anterior se hará constar en el fallo a que se refiere el artículo 39 de la Ley. A partir de la recepción de la solicitud, el licitante contará con el plazo que determine la convocante para hacer las aclaraciones o entregar los documentos o información solicitada, procurando que el plazo que se otorgue sea razonable y equitativo. En caso de que el licitante no atienda el requerimiento efectuado, o bien, la información que proporcione no aclare la duda motivo de la solicitud, la convocante realizará la evaluación con la documentación que integre la proposición. Las respuestas del licitante deberán difundirse a través de CompraNet el mismo día en que sean recibidas por la convocante. Si la convocante detecta en la proposición un error mecanográfico, aritmético o de cualquier otra naturaleza que no afecte el resultado de la evaluación, podrá llevar a cabo su rectificación siempre que la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera. En los casos previstos en el párrafo anterior, la convocante no deberá desechar la proposición y dejará constancia de la corrección efectuada conforme al párrafo indicado, en la documentación soporte utilizada para emitir el fallo que se integrará al expediente de contratación respectivo, asentando los datos que para el efecto proporcione el o los servidores públicos responsables de la evaluación. Las correcciones se harán constar en el fallo a que se refiere el artículo 39 de la Ley. Si la proposición económica del licitante a quien se le adjudique el contrato fue objeto de correcciones y éste no acepta las mismas, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 47 de la Ley, sin que por ello sea procedente imponer la sanción a que se refiere la fracción I del artículo 78 de la Ley. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

17 En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, la convocante aplicará lo dispuesto en el artículo antes referido para subsanar incumplimientos en los aspectos técnicos o económicos de las proposiciones de los licitantes. B).- Criterios para la adjudicación del contrato: De conformidad con lo establecido por el artículo 67, del Reglamento de la Ley se establece que al finalizar la evaluación de las proposiciones, esta convocante adjudicará el contrato al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, conforme a los criterios de evaluación que se establecen en la presente Convocatoria, de conformidad con la Ley y su Reglamento. La Convocante realizará la adjudicación del contrato objeto de la presente Licitación Pública a favor del licitante cuya proposición cumpla lo dispuesto en el quinto párrafo del artículo 38 de la Ley. En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de la Ley, esto es, se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Las proposiciones desechadas durante los procedimientos de contratación, se devolverán cuando sea solicitado de forma escrita por los licitantes transcurridos 60 días naturales contados a partir de la emisión del fallo o de lo contrario transcurrido 90 días naturales contados a partir de la emisión del fallo, serán destruidas en los términos del último párrafo del artículo 74 de la Ley y del segundo párrafo del artículo 264 del Reglamento Será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la Convocatoria que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; particularmente y con base a lo previsto por el artículo 69 del Reglamento, se consideran causas para el desechamiento de las proposiciones las siguientes: a) La falta de información o documentos que imposibiliten determinar la solvencia de las proposiciones. b) El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante, las cuales afectan la solvencia de las proposiciones. c) Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa. d) La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

18 e) La falta de presentación de los escritos o manifiestos a que se refiere la fracción VIII del artículo 34 del Reglamento. f) Las que a continuación se señalan, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar: 1) No respete la instrucción de que ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria, así como el contenido de la información y documentación de las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. 2) Modifiquen las condiciones establecidas por la convocante conforme a las cuales se desarrollará la licitación, alteren los formatos en cuanto a su contenido y procedimiento de cálculo o no respeten las modificaciones que en su caso se hayan efectuado en la convocatoria. 3) No se respete el procedimiento de cálculo establecido en los formatos proporcionados por la convocante y por ende los resultados sean diferentes en cuanto al obtenido con el procedimiento de cálculo establecido por la convocante. 4) La información de alguno de los documentos que integran la proposición presente incongruencias con la de algún otro documento de la misma proposición. 5) No contengan completos y actualizados los porcentajes de prestaciones, impuestos, cargos, cuotas o retenciones, considerados en alguno de los análisis que integran la proposición. 6) En los análisis de precios unitarios, hagan intervenir, destajos o lotes por concepto de mano de obra, materiales, maquinaria o equipo de construcción. 7) Incluyan las deducciones de cámaras o colegios en cualquier documento de la proposición. 8) En su proposición consideren dos o más costos diferentes para un mismo material, categoría de mano de obra, maquinaria o equipo de construcción. 9) Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, no se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. 10) Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante, no sean congruentes con los costos reales que prevalezcan en el Estado de Puebla. 11) Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción no se hayan determinado con base en el precio de adquisición de la maquinaria o del equipo de construcción, considerado como nuevo. 12) El licitante no acredite la experiencia, capacidad técnica, capacidad financiera o la existencia y personalidad jurídica, en los términos solicitados en la convocatoria. 13) Presenten el catálogo de conceptos con tachaduras, raspaduras o enmendaduras. h) Se compruebe que algún licitante ha acordado el establecimiento de distintos precios o condiciones, de compra de materiales, que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes Datos sobre los porcentajes y formas de las garantías: Respecto de las garantías de anticipo, cumplimiento del contrato y vicios ocultos de la proposición, el licitante ganador, objeto del presente procedimiento de adjudicación, deberá garantizar lo siguiente: a).- El Cumplimento de los Contratos: Estas garantías deberán ser entregadas a la contratante en términos de lo previsto por el Artículo 48 fracción II y 49 fracción III de la Ley, 89, 90, 91, 92 y 93 de su Reglamento, y deberá ser por el 10% (diez por ciento) del monto total del Contrato. Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

19 b).- Los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable: estas garantías deberán ser entregadas a la contratante en términos de lo previsto por el Artículo 66 de la Ley, 95, 96 y 97 de su Reglamento, y deberá ser por el 10% (diez por ciento) del monto total ejercido. Las garantías antes referidas deberán constituirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, por actos o Contratos que celebre el propio Estado Modelo de contrato al que se sujetarán las partes: El modelo de contrato al que se sujetarán las partes se anexa a la presente Convocatoria como parte integral de la misma, el cual contiene los requisitos a que se refiere el artículo 46 de la Ley El Licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo será sancionado por la Secretaria de la Función Pública inhabilitándose temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley, aunado a que se hará acreedor a una multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción, lo anterior en términos de lo dispuesto por los artículos 77 y 78 fracción I de la Ley El procedimiento de ajuste de costos que deberá aplicarse, será el establecido en el modelo de contrato La información necesaria para que los licitantes integren sus proposiciones técnicas y económicas, se anexa a la presente como parte integrante de la misma La relación de documentos que los licitantes deberán integrar a sus proposiciones, atendiendo al tipo de contrato, así como a las características, magnitud y complejidad de los trabajos será del DP-01 al DP El domicilio de las oficinas del Gobierno del Estado de Puebla, en que podrán presentarse inconformidades, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley, será en la Delegación de la Contraloría en el Sector de Administración, ubicada en 13 Oriente y 20 Sur, colonia Azcarate de la Ciudad de Puebla o bien en las oficinas de la Secretaría de la Contraloría ubicadas en la 10 Oriente 2406 Colonia Humboldt de la Ciudad de Puebla Los licitantes deberán presentar una declaración de integridad, en la que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes Los siguientes requisitos generales que por las características, complejidad y magnitud de los trabajos, deberán cumplir los interesados: Fecha de impresión, jueves, 10 de mayo de

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