MANUAL DE SEGUIMIENTO DE TRÁMITES

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1 MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ ADMINISTRACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y SEGUIMIENTO DE TRAMITES FECHA DE ELABORACIÓN: FECHA DE ENTREGA: 22/ENERO/2016 A LA FECHA DE PRESENTACION MANUAL DE SEGUIMIENTO DE TRÁMITES

2 INDICE I. PRESENTACION II. MARCO JURIDICO III. ESTRUCTURA ORGANICA a) Organigrama General b) Organigramas del Área IV. CEDULAS DE TRAMITES V. DIRECTORIO VI. FIRMAS DE AUTORIZACION

3 I. PRESENTACION: Explicar de manera detallada los procedimientos dentro de la Oficina, y son de gran utilidad para poder explicar todo lo relacionado con la misma, haciendo referencia a su estructura organizacional, hasta explicar los procedimientos y tareas del departamento. II.- MARCO JURIDICO: INTERNA La ley de Ingresos del Municipio de Soledad de Graciano Sánchez (Vigente), reglamentación aplicable, y Manuales de Organización. EXTERNA Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí y Procedimientos Civiles Ley General de Población y su reglamento, Ley de Nacionalidad y Código Familiar del Estado. Art 1o.- La Presente Ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y actos del Registro Civil en el Estado de San Luis Potosí. Art. 2. El Registro Civil, es una Institución por medio de la cual el Estado inscribe y da publicidad a los actos y hechos constitutivos, modificativos y extintivos del estado civil de las personas físicas, mediante las actas en que se consignan el nacimiento, reconocimiento de hijos, el matrimonio, la defunción, así como de la Inscripción de las sentencias ejecutorias que ordenen la rectificación de los asientos, que declaren la ausencia, la presunción de muerte, o perdida o la limitación de la capacidad legal para administrar bienes, la tutela, la nulidad de matrimonio, divorcio, la adopción, la nulidad de reconocimientos de hijas o hijos y las dictadas en las informaciones testimoniales para acreditar hechos relativos al nacimiento de los potosinos, de las actas de los extranjeros residentes en el territorio del Estado, así como de los actos del estado civil de los potosinos efectuados en el extranjero y los demás que así lo exijan las disposiciones legales aplicables. Art. 7º. La titularidad de las oficialías del Registro Civil estará a cargo de servidores públicos dotados de fe pública denominados Oficiales del Registro Civil, quienes preferentemente serán abogados y deberán cumplir los requisitos que señale esta Ley. TITULO SEGUNDO: Art 16.- Las funciones del Registro Civil estarán a cargo de: la Dirección General del Registro Civil y las Oficialías del Registro Civil Art. 22. La titularidad de las oficialías del Registro Civil, estarán a cargo de los servidores públicos denominados oficiales del Registro Civil, quienes tendrán la fe pública en el desempeño de sus labores.

4 Art Los Oficiales serán trabajadores de confianza de los ayuntamientos quienes deberán hacerse cargo de todos los gastos de oficina, incluyendo los correspondientes a la encuadernación de sus libros. Art Los empleados administrativos de las oficialías, serán nombrados por los presidente municipales de los ayuntamientos respectivos. Art. 27,- Los Oficiales del Registro Civil, serán habilitados por el Ejecutivo del Estado, a propuesta del presidente del municipio respectivo. III.- ESTRUCTURA ORGANICA a).- Organigrama General PRESIDENCIA MUNICIPAL SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ SECRETARIA DEL H. AYUNTAMINETO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ OFICIAL 3. DEL REGISTRO CIVIL AUXILIAR ADMINISTRATIVO B AUXILIAR ADMINISTRATIVO C HONORARIOS

5 b).- Organigrama del Área LIC. DEYSI MARIBEL LOPEZ SIERRA OFICIAL 03 DEL REGISTRO CIVIL C.P. ANA MARTIN SANCHEZ FLORES HONORARIOS LIC. MAYELA ALMENDRA VALERO GUERRERO HONORARIOS IV.- CEDULAS DE TRAMITES Inscripción en el Registro Civil de: Nacimiento Reconocimiento de hijo Matrimonio Defunción Las Sentencias Ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la tutela, la pérdida o la limitación de la capacidad legal para administrar bienes, nulidad de matrimonio, divorcio, adopción, nulidad de reconocimientos de hijos y las dictadas en las informaciones testimoniales para acreditar hechos relativos al nacimiento de los mexicanos. Las actas de los extranjeros residentes en el territorio del Estado. Así como de los actos del Estado Civil de los Mexicanos efectuados en el Extranjero.

6 DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE. SOLICITUD DE ACTAS CERTIFICADAS: 1.-Solicitan las actas certificadas. 2.-Se verifica que pertenezcan a esta Oficialía. Si no pertenecen a esta oficialía, fin del proceso 3.-Se pide la fecha de registro 4.-Se coteja en el libro o en la base de datos 5.-Se elabora el formato de "entrega recepción de papelería" 6.-Se cobran los derechos del acta 7.-Se toma el papel valorado. 8.-Se elabora el recibo correspondiente 9.-Se entregan al interesado para que los recoja según fecha programada un máximo de 2 días 10.-Se pasan al final del turno los formatos de "entrega recepción" y el "papel valorado" a la encargada de elaborar las actas 11.-La encargada de elaborar las actas, busca y toma los libros correspondientes a las actas a Elaborar 12.-Se procede a capturar en el sistema el acta certificada 13.-Se imprime el acta certificada en papel valorado 14.-Se cotejan las actas certificadas con el libro original 15.-Se pasan a firma del Oficial y se estampa el Sello. Están listas para su entrega Fin del proceso OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil, Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: Copia simple del acta solicitada (Nacimiento, Matrimonio, Inscripción de Nacimiento, Divorcio, etc) Fe de bautismo, O la Curp, Costos: Los costos se aplican, según y de acuerdo a la Ley de Ingresos de H. Ayuntamiento Vigente HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: Al siguiente día hábil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil

7 REGISTRO DE NACIMIENTOS: 1.-Se checa la documentación que presentan los interesados para llevar a cabo el Registro; Si cumple con todos los requisitos, se pasa a tomar el registro. Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que Regresen con todos los requisitos. Fin del proceso. 2.-Se toma el formato impreso de "ACTA DE NACIMIENTO" 3.-Se les solicita a los padres del menor que llenen el formato de solicitud en donde deberán poner De puño y letra; el nombre que llevara el registrado. 4.-Se le asigna el CRIP 5.-Se llena el acta en máquina de escribir y posteriormente se pasa al sistema 6.-Se toman los datos del INEGI 7.-Se verifica que los datos asentados sean los correctos por los interesados 8.-Se les da lectura a los mismos por el personal que atiende. 9.-Si son correctos; se toma la huella digital del registrado 10.- Se pasa a firma 11.-Se estampa el Sello 12.-Se entrega el acta correspondiente al "interesado" 13.-Se elabora la 1ra. Acta certificada gratuita 14.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente Fin del Proceso OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil, Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: REGISTRO DE NACIMIENTO CUANDO LOS PADRES ESTAN UNDOS EN MATRIMONIO CIVIL ACTA DE MATRIMONIO CERTIFICADA IDENTIFICACIONES OFICIALES COMPROBANTE DE DOMICILIO CONSTANCIA DEL HOSPITAL (SELLADA Y FIRMADA) 2 TESTIGOS CON SUS IDENTIFICACIONES OFICIALES

8 REQUISITOS: REGISTRO DE NACIMIENTO CUANDO LOS PADRES VIVEN EN UNION LIBRE ACTA CERTIFICADAS DE NACIMIENTO DE AMBOS PADRES IDENTIFICACIONES OFICIALES COMPROBANTE DE DOMICILIO CONSTANCIA DEL HOSPITAL (SELLADA Y FIRMADA) 2 TESTIGOS CON SUS IDENTIFICACIONES OFICIALES REQUISITOS: REGISTRO DE NACIMIENTO CUANDO ES MADRE SOLTERA ACTA DE NACIMIENTO DE LA MAMA IDENTIFICACION OFICIAL COMPROBANTE DE DOMICILIO CONSTANCIA DEL HOSPITAL (SELLADA Y FIRMADA) 2 TESTIGOS CON SUS IDENTIFICACIONES OFICIALES COSTOS: NO APLICA (TRAMITE GRATUITO) HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: Lunes a Viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: Inmediata FUNDAMENTO JURIDICO: -Ley del Registro Civil del Estado: CAPITULO II Artículos: 62 al 79 ART. 62: Las declaraciones de nacimiento se harán presentando el recién nacido, ante el Oficial, en su oficina, o en el domicilio donde se encuentra el menor. REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil

9 MATRIMONIOS CIVILES 1.- los interesados acuden a la oficialía por informes 2.-Se les entrega una solicitud y se explican los requisitos 3.-Si deciden llevar a cabo su ceremonia: - Se verifica la documentación correspondiente y si es correcta, se recibe - Si está incompleta, se les solicita la documentación que faltante 4.- Se programa la ceremonia 5.-Se elabora el acta de matrimonio 6.-Se verifica que los datos asentados sean los correctos 7.-Se levanta la encuesta del INEGI 8.-Se elabora el recibo correspondiente 9.-Se cobran los derechos 10.-Se lleva a cabo la ceremonia 11.-Se entrega el Acta de Matrimonio a los interesados 12.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente Fin del proceso. OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil y Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: SOLICITUD LLENA (DATOS DE LOS CONTRAYENTES, PAPAS Y TESTIGOS) ACTAS DE NACIMIENTO CERTIFICADAS DE LOS CONTRAYENTES COMPROBANTES DE DOMICILIO IDENTIFICACIONES OFICIALES ANALISIS Y CERTIFICADOS PRENUPCIALES CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR IFE DE 2 TESTIGOS POR CADA CONTRAYENTE COSTO: Los costos se aplican conforme a la Ley de Ingresos Vigente del H. Ayuntamiento HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: A solicitud de los interesados FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado. Capitulo V De las Actas de Matrimonio, Artículos 93 al 109

10 Código Familiar: Art.17 al 21 Bajo ninguna circunstancia se celebraran matrimonios de menores de dieciocho años REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil DEFUNCIONES 1.-Llegan los solicitantes a registrar la defunción 2.-Se revisan los papeles que estén completos y correctos 3.-Se toma el formato del "acta de defunción" y se elabora el acta 4.-Se verifica que los datos asentados sean los correctos 5.-Si el cuerpo se entierra en un panteón de Soledad, se elabora permiso 6.-Se pasa a firma el Acta y el Permiso 7.-Se sella el acta y el permiso 8.-Se entrega el Acta correspondiente al "interesado" y el permiso - si no se entierra en panteón de soledad - Se pasa a firmar el Acta y se sella - Se entrega el acta correspondiente al "interesado 9.- Se archivan las actas y la documentación correspondiente OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil y Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: CERTIFICADO DE DEFUNCION (EXPEDIDA POR EL HOSPITAL O DOCTOR (A) IDENTIFICACION DEL DECLARANTE 2 TESTIGOS CON SU CREDENCIAL OFICIAL COSTO: NO APLICA (tramite gratuito)

11 HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: Inmediata FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado Capítulo VII De las actas de Defunción y actuaciones relativas del Art. 114 al 130 REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil. AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil INSCRIPCION DE ACTOS CELEBRADOS POR MEXICANOS EN EL EXTRANJERO 1.-Llegan los interesados a inscribir sus actos realizados en el extranjero 2.-Se revisan los papeles que estén completos y correctos 3.-Si esta correcta y completa se recibe la documentación y se solicitan datos adicionales, Según corresponda. 4.-Se toma el formato para la inscripción 5.-Se elabora el acta. 6.-Se verifica que los datos asentados sean los correctos 7.-Se pasa a firmar la Inscripción 8.-Se sella la Inscripción 9.-Se cobran los derechos correspondientes 10.-Se elabora el recibo 11.-Se entrega la documentación correspondiente a "interesado" 12.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente fin del proceso OFICINA RESPONSABLE:

12 Personal del Registro Civil y Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: ACTA ORIGINAL A ASENTAR APOSTILLA TRADUCCIÓN DE AMBOS IDENTIFICACION OFICIAL DE LA PERSONA QUE HACE EL TRAMITE COPIA DEL ACTA DE NACIMIENTO DE LA PERSONA A HACER EL TRAMITE COMPROBANTE DE DOMICILIO 3 JUEGOS DE COPIAS DE TODO DOCUMENTO. COSTO: Los costos se aplican, de acuerdo a la Ley de Ingresos de H. Ayuntamiento HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: Inmediata FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado Capítulo Único.- De los actos del estado civil celebrados por mexicanos en el extranjero Artículos: 153 al 156 REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil

13 INSCRIPCION DE SENTENCIAS DE DIVORCIO 1.-Se recibe el juego de sentencia de divorcio que expide el Juzgado Familiar, y documentación correspondiente (Oficio dirigido al Oficial) 2.-Se verifica la documentación correspondiente 3.-Si esta correcta y completa se recibe la documentación, y se solicitan datos adicionales, según corresponda Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que regresen con todos los requisitos. 4.-Se llena el acta a maquina 5.-Se procede a hacer la inscripción de la Sentencia 6.-Se verifica el acta de inscripción de Sentencia 7.-Se pasa a firmar y a sellar 8.-Se cobran los derechos, según corresponda 9.-Se elabora el recibo 10.-Se entrega al interesado su documentación correspondiente 11.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil, Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: ORIGINAL Y COPIA DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO (SELLADA Y FIRMADA) COPIAS SIMPLE DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO ORIGINAL Y COPIA DEL OFICIO DIRIGIDO AL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL COSTO: Los costos se aplican, de conformidad con la Ley de Ingresos Vigente HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. y Sábados de 9:00 a 13:00 hrs. TIEMPO DE RESPUESTA: Horas y Días hábiles FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado Capítulo VI De las Actas de Divorcio del Art. 110 al Art. 113 REALIZO:

14 Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil RECONOCIMIENTO DE HIJOS 1.-Se checa la documentación que presentan los interesados para llevar a cabo el Reconocimiento. 2.-Si cumple con todos los requisitos, se pasa a tomar el reconocimiento Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que regresen con todos los requisitos. 3.-Se toma el formato impreso 4.-Se llena el acta a máquina de escribir 5.-Se verifica que los datos asentados sean los correctos 6.-Se toma la huella digital del registrado 7.-Se pasa a firma 8.-Se estampa el Sello 9.-Se toman los datos del INEGI 10.-Se entrega el acta correspondiente al "interesado" 11.-Se entrega a los interesados los Oficio dirigidos a la Dirección Gral. Del Edo. y Oficial correspondiente. 12.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente 13.-Finalmente se pasa al sistema y se elabora 1ra. acta certificada. Fin del Proceso. OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil y Interesados y Oficial del Registro Civil

15 REQUISITOS: ACTA ORIGINAL DE LA PERSONA A RECONOCER ACTAS DE NACIMIENTO DEL (A) RECONOCEDOR (A) IDENTIFICACION OFICIAL ACTA DE NACIMIENTO DE LA PERSONA QUE AUTORIZA IDENTIFICACION OFICIAL COMPROBANTE DE DOMICILIO 2 TESTIGOS CON CREDENCIAL OFICIAL COSTOS: NO APLICA HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado. Capítulo III: De las actas de reconocimiento de hijos del art. 80 al 87. REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil

16 REGISTRO DE ADOPCION DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE A petición de parte se recibe la documentación necesaria para el levantamiento del acta consistente en sentencia ejecutoriada debidamente certificada por la autoridad competente, así como los requisitos antes descritos, una vez analizados y autorizados por el oficial y el personal de oficialía luego entonces se capturan los datos para generar el acta de adopción a máquina, se revisa por los interesados y se pasa al sistema. Acto seguido conformes con los datos se imprime el acta original de adopción la cual firman la parte interesada y los testigos en los tres tantos los cuales el oficial del registro civil firma y sella entregando el correspondiente al interesado, mientras que otro tanto se envía con el informe mensual al Archivo de la Dirección del registro civil del estado y el tanto sobrante se queda en el archivo bajo resguardo de esta oficialía. Posteriormente se envía oficio para la cancelación del acta de nacimiento originaria del adoptado a la oficialía correspondiente. OFICINA RESPONSABLE. Oficialía del Registro Civil REQUISITOS. Sentencia Ejecutoria que declare la adopción Acta de nacimiento de los adoptantes Acta de nacimiento del adoptado Identificaciones oficiales de los adoptantes 2 testigos mayores de edad con identificación oficial COSTOS: NO APLICA DOCUMENTOS QUE SE RECIBEN DEL TRÁMITE Original de la sentencia ejecutoria que declare la adopción Copia certificada del acta de nacimiento de los adoptantes Copia certificada del acta de nacimiento del adoptado Copia de las identificaciones oficiales de los adoptantes Copia de identificación oficial de los testigos(ife)

17 HORARIO DE ATENCIÓN Lunes a viernes de 08:00 a.m. a 15:00 p.m. Sábados de 09:00 a.m. a 3:00 p.m. TIEMPO DE RESPUESTA: 2 Días Hábiles INSCRIPCION DE SENTENCIAS RECONOCIMIENTOS, ANOTACIONES MARGINALES EN EL LIBRO DE: NACIMIENTOS, MATRIMONIOS, DEFUNCIONES, ETC. 1.-Se recibe la sentencia, y documentación correspondiente. 2.-Se verifica la documentación correspondiente 3.-Si esta correcta y completa se recibe la documentación, y se solicitan datos adicionales, según corresponda Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que regresen con todos los requisitos 4.-Se verifica el acta de inscripción de Sentencia 5.-Se pasa a firmar y a sellar 6.-Se cobran los derechos, según corresponda 7.-Se elabora el recibo 8.-Se entrega al interesado su documentación correspondiente. 9.-Se archivan las actas y la documentación correspondiente OFICINA RESPONSABLE: Personal del Registro Civil, Interesados y Oficial del Registro Civil REQUISITOS: SENTENCIA CORRESPONDIENTE DATOS ADICIONALES (SEGÚN SEA EL CASO) IDENTIFICACION OFICIAL ACTA DE NACIMIENTO DE LA PERSONA QUE AUTORIZA (SEGÚN SE REQUIERA) IDENTIFICACION OFICIAL COMPROBANTE DE DOMICILIO (SEGÚN EL TRAMITE)

18 COSTOS: Los costos se aplican, de acuerdo a la Ley de Ingresos vigente del H. Ayuntamiento (SEGÚN SEA EL CASO) Y /O NO APLICA HORARIO: Aplica en todo trámite y atención: lunes a viernes de 8: 00 am a 15:00 hrs. Y sábados de 9:00 a 13:00 hrs. Y atención Inmediata FUNDAMENTO JURÍDICO: Ley del Registro Civil Vigente en el Estado Capítulo VIII: De las actas de Inscripción de Sentencia del art. 131 al 135 REALIZO: Personal de la Oficina REVISO: Personal, Interesados y Oficial del Registro Civil AUTORIZO EL TRÁMITE: El Oficial del Registro Civil POLÍTICA: Cumplir con la Visión, Misión y Objetivo, ofreciendo una atención oportuna a los usuarios del Registro Civil con un servicio de calidad, pronto, eficiente y con gran calidez humana. COMENTARIOS: El Registro Civil es tramite fundamental en la vida de las personas, sin embargo la falta de tecnología a ocasionado que muchos de sus trámites no puedan ser realizados de manera rápida y oportuna; por lo cual nosotros consideramos que la Dirección General Del Registro Civil es la responsable de todos los tramites que realizamos; debería de sistematizar, homologar y facilitar el trámite de los mismos, ya que los tramites son excesivos. Por parte del H. Ayuntamiento, necesitamos que nos provea de las herramientas necesarias para darles un mejor servicio a los ciudadanos soledenses.

19 V.- DIRECTORIO DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL (COORDINACION E INFORMATICA) PRESIDENCIA MUNICIPAL TESORERIA SECRETARIA GENERAL COMPRAS INFORMATICA CONTRALORIA RECURSOS HUMANOS UNIDAD DE INFORMACION PÚBLICA DE S.D.G.S. INEGI IFE ISSSTE JURISDICCION SANITARIA No. 1 VI.- REVISIÓN Y FIRMAS DE AUTORIZACIÓN: LIC. DEYSI MARIBEL LOPEZ SIERRA OFICIAL 3º DEL REGISTRO CIVIL

20 MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ ADMINISTRACION MANUAL DE PERFILES Y FUNCIONES FECHA DE ELABORACIÓN: FECHA DE ENTREGA: 22/ENERO/2016 A LA FECHA DE PRESENTACION MANUAL DE PERFILES Y FUNCIONES

21 ÍNDICE I.- PRESENTACIÓN II.- OBJETIVO DEL MANUAL III.- INVENTARIO DE PUESTOS IV.- DESCRIPCIÓN DE PUESTOS A) PUESTO B) HORARIO DE TRABAJO C) DEPENDIENTES D) DESCRIPCIÓN GENÉRICA E) FUNCIONES ESPECÍFICAS F) RELACIONES EXTERNAS G) RESPONSABILIDADES H) PERFIL PROFESIONAL

22 I.- PRESENTACIÓN: Determinar las funciones de esta Oficialía 3ª. Para dar una puntual, correcta y mejor atención a la ciudadanía. II.- OBJETIVO MANUAL: El objetivo de este manual es para mejorar el funcionamiento de la propia dependencia este H. Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, y presentar de forma Pública en un marco formal, los objetivos y funcionamiento del Registro Civil en nuestro municipio en cuanto se refiere a las funciones que se desempeñan dentro de la Oficialía 3ª., así como los perfiles de cada uno de el mismo personal y poder brindar un ambiente de trabajo en conjunto con la ciudadanía realizándolo en forma y bajo el seguimiento de facultades y la coordinación con otras instituciones públicas. III.- INVENTARIO DE PUESTOS LIC. DEYSI MARIBEL LOPEZ SIERRA OFICIAL 03 DEL REGISTRO CIVIL C.P. ANA MARTIN SANCHEZ FLORES SECRETARIA LIC. MAYELA ALMENDRA VALERO GUERRERO SECRETARIA

23 IV.- DESCRIPCION DE PUESTOS LIC. DEYSI MARIBEL LOPEZ SIERRA. OFICIAL 3º. DEL REGISTRO CIVIL Es el responsable de las funciones inherentes a su cargo, en cuanto a los Actos del Registro Civil en esta oficina. Horario: lunes a viernes de 8:00 am a 15:00 hrs Y sábados de 9:00 am a 13:00 hrs Relaciones Externas: Se tiene relación con varias Dependencias Gubernamentales, como lo son: Información Estadística y Geográfica (INEGI), Instituto Nacional Electoral (I NE), Dirección General del Registro Civil del Estado, Juzgados Familiares y Civiles de San Luis Potosí. Funciones especificas: ARTÍCULO 29 LEY DEL REGISTRO CIVIL. Los oficiales del registro Civil, o quienes ejerzan sus funciones en su caso tendrán las facultades y obligaciones siguientes: I. Fungir como Oficial del Registro Civil en su jurisdicción; II. Dar fe pública de los actos o hechos vinculados al estado civil de las personas físicas; III. Llevar a cabo los registros del estado civil de las personas, así como supervisar y vigilar, bajo su estricta responsabilidad, que se practiquen las anotaciones marginales en libros y formas correspondientes, autorizando cada asiento con su firma; IV. (REFORMADO P.O. 09 DE ENERO DE 2014) Extender y autorizar las actas del estado civil, relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, tutela, matrimonio, divorcio y defunciones; así como la inscripción de actos y hechos de mexicanos celebrados en el extranjero; V. (REFORMADO P.O. 09 DE ENERO DE 2013) Inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el divorcio necesario o voluntario por cualquiera de las formas previstas, adopción, la tutela o la interdicción, además en las en que asi lo ordene la autoridad judicial; VI. Exigir el cumplimiento de los requisitos del Código Familiar para el Estado, y demás normatividad aplicable, que se señalan para los actos y hechos sujetos al registro civil; VII. Intervenir en la celebración de todo acto de estado civil; VIII. (REFORMADO P.O. 09 DE ENERO DE 2014) Expedir certificaciones y versiones publicas de las actas y constancias relativas al estado civil de las personas;

24 IX. (REFORMADO P.O. 09 DE ENERO DE 2014) Solicitar y obtener oportunamente los formatos para inscribir los actos del estado civil, las formas para la expedición de las certificaciones y demás material y equipo, para la función del registro civil; X. Cuidar que los formatos en que se asienten los actos del estado civil de las personas no lleven raspaduras, enmendaduras o tachas, procediendo en su caso a la cancelación inmediata o reposición respectiva; XI. Efectuar las anotaciones de rectificación de las actas del estado civil en los libros correspondientes, debiendo informar a la Dirección del Registro Civil, para que realice la anotación en el libro duplicado; XII. (REFORMADO P.O. 09 Enero 2014) Notificar a la Delegación Federal del Instituto Nacional de Migración, mediante oficio con copia certificada, de los actos y hechos en que intervengan los extranjeros; XIII. Tener bajo su custodia yresponsabilidad los Libros del Registro Civil, formatos, legajos, apéndices y demás documentos que se utilicen para la función que se les ha encomendado, organizando su archivo de acuerdo a los lineamientos y normas ya establecidas; XIV. Asignar en las actas de nacimiento la clave de registro e identidad personal, en las demás actas de registro, y en las certificaciones solo deberá transcribirse siempre que esta haya sido asignada con anterioridad; XV. Avisar oportunamente en su caso a la Dirección, cuando la dotación de la clave del Registro e Identidad Personal, resulten insuficientes para concluir el año de ejercicio, mencionando sus requerimientos y comprobando debidamente el uso dado a las recibidas; XVI. Clasificar en atención al tipo deacto efectuado y enviar dentro de los primeros cinco días de cada mes a la dirección, copias de las actas para el departamento de archivo, así como para las dependencias federales y estatales; XVII. Autorizar con su firma, previa verificación de que se han pagado los derechos correspondientes, la expedición de copias certificadas en las que conste los actos o hechos inscritos en los libros del registro, así como de los documentos relacionados con ellos; XVIII. ( REFORMADA P.O. 09 ENERO DE 2014) Contestar en tiempo y forma las demandas interpuestas en su contra y seguir el procedimiento de los juicios relativos a la materia, XIX.- Fomentar y organizar las campañas a fin de regularizar el estado civil de los habitantes de su jurisdicción, previo aviso y autorización correspondiente de la Dirección; XX.- Integrar y conservar, los apéndices de los libros, así como elaborar el archivo de los documentos que lo integran;

25 XXI.- Anotar la leyenda "Testada" o " Cancelada" en las actas, cuando no haya sido suficientemente requisitada o cuando los interesados se hayan negado a continuar el acto, en este caso, el Oficial anotará la razón por la cual no se continúo y glosará los ejemplares en el volumen correspondiente; de la propia oficialía, dando aviso para que la Dirección del Registro Civil reponga el numero consecutivo, y cancele el acto en el sistema respectivo; XXII.- En caso de pérdida o destrucción de un acta o libro del registro, denunciará de manera inmediata este hecho ante el Ministerio Público y remitirá copia de la denuncia de hechos a la Dirección para su conocimiento. (ADICIONADA P.O. 09 DE ENERO DE 2013) De igual manera y en el caso de que los folios para actas certificadas sean de la pertenencia municipal, deberán dar parte a la secretaria respectiva; XXIII.- Asesorar a los interesados en los tramites que se realizan ante ellos; XXIV.- (DEROGADA P.O. 09 ENERO DE 2014) XXV.- Gestionar y turnar, para su encuadernación las actas del estado civil, después de ser revisadas por la Dirección y de haber comprobado que estas cumplan con los requisitos que establece el Código Familiar para el Estado; XXVI.- Integrar y turnar, mensualmente a la Dirección, los expedientes de los divorcios de los habitantes de su jurisdicción; XXVII.- Ofrecer a las autoridades federales y estatales los informes, estadísticas y avisos que prevén las disposiciones jurídicas en la materia; XXVIII.- Fijar en lugar visible del interior de las oficialías, la tarifa de los derechos que causen la inscripción de los actos del estado civil, así como la expedición de las certificaciones en que consten éstos, autorizados en las leyes de ingresos municipales, y publicados en el Periódico Oficial del Estado del que obrará un original en poder del Oficial, para cualquier aclaración de que sea objeto por parte del público usuario; XXIX.- Dar aviso oportuno a la Secretaría de Gobernación Federal, a través de la Delegación Estatal del Instituto Nacional de Migración, mediante copia de todos los actos del estado civil en que intervengan los extranjeros; XXX.-Expedir ordenes de inhumación o cremación en su caso; a solicitud expresa de la Secretaría Estatal de Salud o en su caso de las jurisdicciones sanitarias en el interior del Estado; XXXI.- Levantar el acta dedefunción relativa en el libro o forma del acta general, de los fallecimientos en que se dé vista al Ministerio Público; XXXII.- Expedir a los interesados que acudan a levantar un acta, una constancia del registro efectuado;

26 XXXIII.- Orientar e instruir al público usuario, sobre la trascendencia, consecuencias, requisitos y trámites para la inscripción de actas del registro civil, así como para la expedición de las constancias certificadas de los datos asentados en los libros; XXXIV.- Abstenerse de celebrar un acto del estado civil, conociendo de la existencia de algún impedimento; XXXV.- Comunicar a la Oficialía correspondiente y a la Dirección, del acto asentado en su oficina y que se relacione con el que obra en aquella; XXXVI.- Supervisar el trabajó que desempeñe el personal administrativo y asistir obligatoriamente a los cursos de capacitación y actualización, que organice y sean impartidos por la Dirección; XXXVII.- Realizar los registros cuyos derechos, hubiesen sido objeto de estímulos y subsidios administrativos, mediante la resolución que puede ordenar solamente el ejecutivo del Estado en los términos de las disposiciones legalmente aplicables, así como realizar los registros cuyos derechos hubieren sido eximidos de pago por la Dirección en apoyo a los programas de asistencia social y demás que se puedan implementar por las instancias competentes en beneficio de los grupos o sectores más vulnerables en la entidad; XXXVIII.- Proporcionar información referente a los procedimientos administrativos de aclaración de actas del estado civil y registros extemporáneos; XXXIX.- Celebrar matrimonios simultáneos, cuando las circunstancias lo requieran a petición de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, del orden estatal o municipal; XL.- Acudir a los hospitales y clínicas de su jurisdicción a realizar los asentamientos de nacimiento y defunción, cuando así se los soliciten; XLI.-Suplirse unos a otros en las faltas temporales, previa habilitación que le haga la Dirección del Registro Civil, y XLII.-Las demás funciones que le sean encomendadas por ladirección del Registro Civil, o que se establezcan en los ordenamientos en la materia. RELACIONES EXTERNAS: Recopilar las actas originales de los actos generados al término de cada mes del año para posteriormente entregar al archivo de Dirección General del Registro Civil. Rendir informes a Dirección General del Registro Civil, Presidencia Municipal, Tesorería, Unidad de información pública de S.G.S., INEGI, INE, ISSSTE,

27 Jurisdicción Sanitaria No. 1, S.L.P.; de acuerdo a lo señalado en los ordenamientos legales de referencia. Solicitar hojas valoradas a Tesorería del H. Ayuntamiento. Solicitar a Dirección General del Registro Civil del Estado; Formatos Único para los Actos del Registro Civil. RESPONSABILIDADES Certificar y dar fe a todos los actos del registro civil en esta oficialía (nacimientos, matrimonios, reconocimientos de hijos, adopciones, divorcios, defunciones, inscripciones). Resguardar el papel valorado y formatos donde se asientan los actos del estado civil de las personas, así como todos los bienes materiales que se utilizan para tal efecto. Resguardar y entregar los archivos destinados a la Dirección del Registro Civil. Ser el responsable de vigilar el buen funcionamiento de la Oficialía, así como la supervisión, observación y control de todos los actos de Registro Civil que se lleven a cabo en la misma. Además de realizar las gestiones necesarias ante las Autoridades correspondientes, coordinar al personal y las actividades que tiene a su cargo. PERFIL PROFESIONAL: Ser mexicano por nacimiento, ciudadano potosino, en pleno ejercicio de su derechos políticos y civiles; Ser mayor de 25 años de edad; Tener residencia efectiva en el estado no menor a dos años; Preferentemente ser licenciado en derecho con titulo legalmente expedido con antigüedad mínima de dos años; Gozar de buena reputación y no haber sido condenado con delito que haya merecido pena privativa de la libertad por más de un año; Saber leer y escribir No ser ministro de ningún culto o religioso en servicio activo No estar en servicio activo dentro del ejercito o algún cuerpo de seguridad publica

28 SECRETARIAS: C. P. ANA MARTIN SANCHEZ FLORES HONORARIOS Horario: de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs DEPENDIENTES: NO APLICA Descripción Genérica Brinda apoyo administrativo en la Oficialía. Funciones especificas: Atención al Público, información de requisitos, Recepción de documentos y levantamiento de actas de: Matrimonios, Divorcios, Inscripciones de mexicano en el extranjero, Reconocimiento de hijos, Defunciones, y demás documentos recibidos de otras dependencias, elaboración y entrega-recepción de Actas Certificadas, Elaboración de los Reportes de Ingresos mensual para pago a Tesorería, elaboración de los diferentes Memorándums, Oficios y de Informes a diversas dependencias, cotejo de Actas, Archivo en General, realizar actas a máquina de escribir y trascribir al sistema SIREC del Registro Civil. Relaciones Externas: Departamento de Recursos Humanos, Oficialía Mayor, Tesorería, Compras, e Informática del Ayuntamiento, Contraloría. Información Estadística y Geográfica (INEGI), Instituto Federal Electoral (IFE), Dirección General del Registro Civil del Estado. Responsabilidades: Revisar la documentación recibida para la realización de los actos relacionados con el Registro Civil, así como el resguardo del apéndice de los mismos. y revisar papelería importante que ha sido recibida para cualquier seguimiento que tenga que hacerse; Tener en condiciones optimas su lugar de trabajo, asi como de su material. OTRAS FUNCIONES QUE DOMINAN EL PERSONAL: Dominio del Programa SIREC Dominio del programa Word, Excel, Windows, Ecurp, Internet, correo electrónico, máquina de escribir, fax,(entre otros).

29 LIC. MAYELA ALMENDRA VALERO GUERRERO HONORARIOS Descripción Genérica Brinda apoyo administrativo en la Oficialía. Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs y sábados de 9:00 A 13:00 DEPENDIENTES: NO APLICA Funciones especificas: Atención al Público, información de requisitos, elaboración de actas de registro, matrimonio a máquina de escribir y posteriormente se transcribe en el sistema SIREC, Elaboración de Oficios, así como Enlace entre la Oficialía y Unidad de Información. Informe del ISSSTE mensual, encargada de la decoración de la oficina para los matrimonios, resguardar el archivo, realizar informe de INEGI. Relaciones Externas: Departamento de Recursos Humanos, Unidad de Información Pública, Oficialía Mayor e Informática del Ayuntamiento. Dirección General del Registro Civil del Estado. Responsabilidades: Revisar la documentación recibida para la realización de los actos relacionados con el Registro Civil, así como el resguardo del apéndice de los mismos. Tener en condiciones óptimas su lugar de trabajo, así como de su material. OTRAS FUNCIONES QUE DOMINAN EL PERSONAL: Dominio del Programa SIREC dominio del programa Word, Excel, Windows (Computadora), Internet básico y correo electrónico (entre otros)

30 MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ ADMINISTRACION MANUAL NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS FECHA DE ELABORACIÓN: FECHA DE ENTREGA: 21/ENERO/2016 A LA FECHA DE PRESENTACION MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

31 INDICE I.- PRESENTACION II.- MISION Y VISION III.- LISTADO DE PROCEDIMIENTOS IV.- DESCRIPCION DE LOS PROCEDIMIENTOS a) Nombre del procedimiento b) Objetivo c) Responsabilidad d) Insumos (Material Utilizado para presupuesto anual) e) Objetivos y Metas f) Interacción con otros procedimientos g) Políticas h) Desarrollo i) Diagramación j) Formatos e instructivos V.- SIMBOLOGIA VI.- AUTORIZACION I.- PRESENTACION:

32 El propósito de el servicio de la Oficina; es para la atención que se necesitan y requiere la ciudadanía que lo solicita asentar cualquier acto que refiere del Registro Civil. Dando seguimiento y si es así finalización a su petición y aportándole una respuesta efectiva. II.- MISION DEL AREA EN PARTICULAR Organizar, Administrar, coordinar y vigilar de manera conjunta los objetivos propuestos se lleven a cabo para su buen funcionamiento de la misma, para así tener un mejor aprovechamiento y manejo todo acto relacionado con el registro Civil. II.- VISION DEL AREA EN PARTICULAR Actualizarse en conjunto con la Dirección General de Registro Civil para la agilidad de trámites y realizaciones de actos en una forma digital, y sus posibles capacitaciones para satisfacer las necesidades de la ciudadanía en general. Así como mejorar las condiciones generales de la oficina de manera física. III.- RELACION DE PROCEDIMIENTOS ACTAS CERTIFICADAS REGISTROS DE NACIMIENTO MATRIMONIOS CIVILES DEFUNCIONES RECEPCION DE CADAVER INSCRIPCION DE ACTOS DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO INSCRIPCION DE SENTENCIA RECONOCIMIENTO DE HIJOS IV.- DESCRIPCION DE LOS PROCEDIMIENTOS SOLICITUD DE ACTAS CERTIFICADAS: Solicitan las actas certificadas. Se verifica que pertenezcan a esta Oficialía. Si no pertenecen a esta oficialía, fin del proceso Se pide la fecha de registro Se coteja en el libro o en la base de datos Se elabora el formato de "entrega recepción de papelería" Se cobran los derechos del acta

33 Se toma el papel valorado. Se elabora el recibo correspondiente Se entregan al interesado para que los recoja según fecha programada un máximo de 2 días La encargada de elaborar las actas, busca y toma el libro correspondiente a las actas a elaborar. Se procede a capturar en el sistema el acta certificada. Se imprime el acta certificada en papel valorado. Se cotejan las actas certificadas con el libro original Se firma y se estampa el Sello Están listas para su entrega Fin del proceso REGISTRO DE NACIMIENTOS: Se checa la documentación que presentan los interesados para llevar a cabo el Registro Si cumple con todos los requisitos, se pasa a tomar el registro. Si no, se les indica la documentación que falta y se les invita a que regresen con todos los requisitos. fin del proceso Se toma el formato de "ACTA DE NACIMIENTO" Se les solicita a los padres del registrado que llene el formato de solicitud con el nombre a inscribir del registr Se le asigna el CRIP Se llena el acta Se toman los datos del INEGI Se verifica que los datos asentados sean los correctos por los interesados Se les da lectura a los mismos por el personal que atiende Si son correctos Se toma la huella digital del registrado Se pasa a firma Se estampa el Sello Se entrega el acta correspondiente al "interesado" Se archivan las actas y la documentación correspondiente Fin del Proceso

34 MATRIMONIOS CIVILES Vienen los interesados por informes Se les entrega una solicitud y se explican los requisitos Si deciden llevar a cabo su ceremonia: Se verifica la documentación correspondiente y si es correcta, se recibe Si está incompleta, se les solicita la documentación que falta Se programa la ceremonia Se elabora el acta de matrimonio Se verifica que los datos asentados sean los correctos Se levanta la encuesta del INEGI Se elabora el recibo correspondiente Se cobran los derechos Se lleva a cabo la ceremonia Se entrega el Acta correspondiente al interesado Se archivan las actas y la documentación correspondiente Fin del proceso. DEFUNCIONES Llegan los interesados a registrar la defunción Se revisan los papeles que estén completos y correctos Se toma el formato del "acta de defunción" Se elabora el acta Se verifica que los datos asentados sean los correctos Si el cuerpo se entierra en un panteón de Soledad, se elabora permiso Se pasa a firmas el Acta y el Permiso Se sella el acta y el permiso Se entrega la documentación correspondiente a "interesado" y el permiso si no se entierra en panteón de soledad Se pasa a firmas el Acta Se sella el acta Se entrega el acta correspondiente a "interesado" Se archivan las actas y la documentación correspondiente fin del proceso

35 RECEPCION DE CADAVER Llegan los interesados a inscribir una defunción Se revisan los papeles que estén completos y correctos Se elabora el acta Se verifica que los datos asentados sean los correctos Se elabora permiso Se pasa a firmas la Inscripción y el Permiso Se sella la Inscripción y el permiso Se entrega la documentación correspondiente al "interesado" Se archivan las actas y la documentación correspondiente fin del proceso INSCRIPCION DE ACTOS DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO Llegan los interesados a inscribir sus actos realizados en el extranjero Se revisan los papeles que estén completos y correctos Si esta correcta y completa se recibe la documentación y se solicitan datos adicionales, Según corresponda. Se toma el formato para la inscripción Se elabora el acta Se verifica que los datos asentados sean los correctos Se pasa a firmas la Inscripción Se sella la Inscripción Se cobran los derechos correspondientes Se elabora el recibo Se entrega la documentación correspondiente a "interesado" Se archivan las actas y la documentación correspondiente fin del proceso

36 INSCRIPCION DE SENTENCIAS DE DIVORCIO Se recibe la sentencia de Divorcio y documentación correspondiente Se verifica la documentación correspondiente Si esta correcta y completa se recibe la documentación, y se solicitan datos adicionales, según corresponda Si no, se les indica la documentación que falta y se les invita a que regresen con todos los requisitos Se toma el acta Se procede a hacer la inscripción de la Sentencia Se verifica el acta de Sentencia de Divorcio Se pasa a firmar y a sellar Se cobran los derechos, según corresponda Se elabora el recibo Se entrega al interesado su documentación correspondiente Se archivan las actas y la documentación correspondiente INSCRIPCION DE SENTENCIAS Se recibe la sentencia, y documentación correspondiente. Se verifica la documentación correspondiente Si esta correcta y completa se recibe la documentación, y se solicitan datos adicionales, según corresponda Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que regresen con todos los requisitos. Se toma el acta de formato café Se procede a hacer la inscripción de la Sentencia Se verifica el acta de inscripción de Sentencia Se pasa a firmar y a sellar Se cobran los derechos, según corresponda Se elabora el recibo Se entrega al interesado su documentación correspondiente. Se archivan las actas y la documentación correspondiente.

37 RECONOCIMIENTO DE HIJOS Se checa la documentación que presentan los interesados para llevar a cabo el Reconocimiento Si cumple con todos los requisitos, se pasa a tomar el reconocimiento Si no, se les indica la documentación que falta, y se les invita a que regresen con todos los requisitos. Se llena el acta Se verifica que los datos asentados sean los correctos Se toma la huella digital del registrado Se pasa a firmas Se estampa el Sello Se toman los datos del INEGI Se entrega el acta correspondiente al "interesado" Se archivan las actas y la documentación correspondiente Fin del Proceso b).- objetivo: Todo acto que se lleve a cabo en esta Oficialía sea apegado a las leyes, códigos, normas y procedimientos que así se han marcado. Con responsabilidad, coordinación hasta llegar al fin del mismo y cubrir las necesidades de la persona que así lo ha solicitado. c).- Responsabilidad: Atender, recibir, explicar el trámite a llevar por paso y su mecanismo del mismo, y dar solución a la petición requerida. En caso de no ser llevado el tramite como debe de ser, también dar de una forma detallada como llevarse a cabo y darle pauta a una segunda solución. d).- Insumos: NO APLICA. a) PRESUPUESTO ASIGNADO (Federal, Estatal y Municipal) b) MODIFICACIONES PRESUPUESTALES

38 e).-objetivos y metas Que la ciudadanía pueda realizar y encuentre solución a sus trámites a solicitar, con una mejor eficacia, mecanismo y eficiencia de lo solicitado. Así como Oficialía seguir mejorando en calidad, preparación y buen servicio a quien lo solicite. f).- Interacción con otros procedimientos (que áreas participan) SIREC (Sistema Automatizado de Inscripción y Certificación de Actos del Registro Civil); implementado por la Dirección General de Registro Civil g).- Políticas: Por ningún motivo se podrán asentar las actas del Registro Civil, más de un acto o hecho y no realizarse en formatos distintos a los autorizados por la Dirección General del Registro Civil del Estado, e invariablemente deberán ser solicitadas en la Oficina Únicamente tendrán validez los sellos autorizados por la Dirección General del Registro Civil Los datos de las actas deberán asentarse con la mayor legibilidad, pudiendo ser en forma mecanográfica o por cualquier otro medio electrónico autorizado. h).- Desarrollo Interesado o solicitante, acude a la Oficialía del Registro Civil a solicitar información, requisitos o información alguna para cualquier trámite relacionado con los actos del Registro Civil y obtener una respuesta a la misma, El personal deberá de dar, informar o asesorar de forma clara y precisa el mecanismo a realizar para el trámite solicitado; recabando la información necesaria para poder llevar a cabo la realización del tramite solicitado; se firma y está listo para la expedición de el mismo al interesado. i).-diagramación INTERESADO (CIUDADANIA) Y TRAMITE A REALIZAR OFICIALIA 3ª. DEL REGISTRO CIVIL FIRMA, SELLO Y EXPEDICION

39 j).- Formatos e Instructivos FORMATO UNICO PARA LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL REGISTRO CIVIL (ESTE SE PROPORCIONA POR PARTE DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO. FORMATO DE HOJA VALORADA (ACTAS CERTIFICADAS) SE SOLICITA AL H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD. V.- SIMBOLOGIA NO APLICA VI.- AUTORIZACION LIC. DEYSI MARIBEL LOPEZ SIERRA OFICIAL 3º. DEL REGISTRO CIVIL

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