Levantamiento patrimonio de familia y afectación a vivienda familiar por deudas fiscales.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Levantamiento patrimonio de familia y afectación a vivienda familiar por deudas fiscales."

Transcripción

1 80112 Bogotá, D.C., Doctor IGNACIO ANTONIO JAVELA MURCIA Director de Jurisdicción Coactiva Contraloría General de la República Ciudad Asunto: Levantamiento patrimonio de familia y afectación a vivienda familiar por deudas fiscales. Respetado doctor Javela Murcia: 1. ANTECEDENTE La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República recibió la solicitud de concepto de fecha 1 de marzo 2013 con radicado 2013IE , mediante el cual requiere concepto jurídico señalando que: 4- Dentro de las medidas cautelares que puede tomar la Dirección de Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República para cobrar sus créditos, se encuentra el embargo de los bienes del ejecutado, de conformidad con el artículo 5 numeral 16 de la Resolución Orgánica No del 30 de Agosto de 2011 expedida por la Contraloría General de la República, confiriéndole competencia a esta Dirección para decretar el embargo y secuestro de los bienes del deudor, que se hayan establecido como de su propiedad. Se pregunta el Despacho de Jurisdicción Coactiva: Puede la Contraloría General de la República embargar un bien inmueble afectado con Patrimonio de Familia o con Afectación a vivienda familiar? En caso positivo, Cuál sería el fundamento jurídico para que las oficinas de registro acaten nuestra medida cautelar? Si bien es cierto, el artículo 34 de la Ley 1430 de 2011 (sic) consagró que: ARTÍCULO 34. Modifíquese el inciso 3o del artículo del Estatuto Tributario el cual quedará así: No serán susceptibles de medidas cautelares por parte de la DIAN y demás entidades públicas, los bienes inmuebles afectados con patrimonio de familia inembargable o con afectación a vivienda familiar, y las cuentas de depósito en el Banco de la República. No es menos cierto que el artículo 4 numeral 2 de la Ley 258 de 1996 establece el levantamiento a la afectación a vivienda familiar por deudas tributarias; así: Gran Estación II Av-Cra. 60 No Pisos del 4º al 10º PBX:

2 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 2 de 9 ARTÍCULO 4o. LEVANTAMIENTO DE LA AFECTACIÓN FAMILIAR. Ambos cónyuges podrán levantar en cualquier momento, de común acuerdo y mediante escritura pública sometida a registro, la afectación a vivienda familiar. En todo caso podrá levantarse la afectación, a solicitud de uno de los cónyuges, en virtud de providencia judicial en los siguientes eventos ( ): 2.<Aparte subrayado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> Cuando la autoridad competente decrete la expropiación del inmueble o el juez de ejecuciones fiscales declare la existencia de una obligación tributaria o contribución de carácter público. ( ) Se pregunta el Despacho de Jurisdicción Coactiva: Puede la Contraloría General de la República tener la misma prerrogativa de levantar la afectación a vivienda familiar por deudas fiscales? En caso positivo, Cuál sería el procedimiento? Quién sería el competente para hacer dicho levantamiento? Según lo establecido por la Ley 920 de 2004 en su artículo 1, numeral 1.2 ordinal 5, cuando el patrimonio de familia haya sido constituido de conformidad con las Leyes 9ª de 1989, 546 de 1999 y 861 de 2003, se podrá embargar, pero solo a favor de la entidad financiera que haya financiado la mejora, la construcción o la adquisición de la vivienda. Dicho ordinal dice: En caso de créditos para adquisición de vivienda otorgados por las Cajas de Compensación Familiar y por la entidades a las que les es aplicable lo dispuesto por la Ley 546 de 1999, el patrimonio de familia constituido conforme a lo establecido por las Leyes 9ª de 1989, 546 de 1999 y 861 de 2003, será embargable únicamente por la entidad que financió la adquisición, construcción o mejora de vivienda, o de quien lo suceda en sus derechos. Se pregunta este Despacho: Puede la Contraloría General de la República realizar el levantamiento de un Patrimonio de Familia por deudas fiscales? En caso positivo, Cuál sería el procedimiento? Quién sería el competente para hacer dicho levantamiento? (Negrillas no son del texto). 2. NORMATIVIDAD QUE REGLAMENTA EL TEMA Ley 70 de 1931 Ley 495 de 1999 Ley 258 de DESARROLLO DEL TEMA Vista la solicitud de concepto jurídico observamos que se refiere a dos figuras jurídicas denominadas afectación a vivienda familiar y patrimonio de familia inembargable ;

3 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 3 de 9 haremos mención a ellas para dar respuesta a los interrogantes planteados en su escrito. Comencemos por identificar las diferencias y semejanzas que ha establecido el legislador para cada una de las figuras: PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE AFECTACIÓN A VIVIVENDA FAMILIAR Normatividad: Normatividad: Ley 70 de 1931, Ley 495 de 1999 Ley 258 de 1996 Definición: Autorízase la constitución a favor de toda familia, de un patrimonio especial, con la calidad de no embargable, y bajo la denominación de patrimonio de familia. (Art. 1 Ley 70 de 1931) Constitución: El patrimonio de familia no puede constituirse sino sobre el dominio pleno de un inmueble que no posea con otra persona proindiviso, ni esté gravado con hipoteca, censo o anticresis y cuyo valor en el momento de la constitución no sea mayor de doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales vigentes. (Art. 3 de la Ley 70 de 1931, modificado por el art. 1 Ley 495 de 1999) Definición: Entiéndase afectado a vivienda familiar el bien inmueble adquirido en su totalidad por uno de los cónyuges, antes o después de la celebración del matrimonio destinado a la habitación de la familia. (Art. 1º Ley 258 de 1996 Modificado por la Ley 845 de 2003) Constitución: La afectación a que se refiere el artículo anterior opera por ministerio de la ley respecto a las viviendas que se adquieren con posterioridad a la vigencia de la presente ley. (Art. 2 Ley 258 de 1996) La constitución de un patrimonio de familia por acto testamentario se sujeta en su forma a las reglas sobre adquisición y pago de las asignaciones a título singular; pero la adjudicación debe ser inscrita en el libro de registro especial de que trata el artículo 18. (Art. 10 Ley 70 de 1931) La constitución de un patrimonio de familia por acto entre vivos, no puede hacerse sino

4 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 4 de 9 mediante autorización judicial dada con conocimiento de causa, previa la tramitación señalada en los artículos siguientes. (Art. 11 Ley 70 de 1931) Quien desee constituir un patrimonio de familia por acto entre vivos debe solicitar la autorización judicial por medio de un memorial dirigido al Juez de Circuito que corresponda a su domicilio, en el cual ha de expresarse: a) El nombre, apellido, domicilio y profesión del constituyente, y del beneficiario; b) La calidad del Célibe, casado, o viudo del constituyente, así como del beneficiario; y c) La determinación del inmueble o inmuebles por su nombre, situación y linderos. (Art. 12 Ley 70 de 1931) Levantamiento: ( ) sobre el levantamiento o la extinción del patrimonio de familia, en la Ley 70 de 1931 la situación no es tan clara y sólo se establece en el artículo 28 que el patrimonio de familia subsiste a favor de los hijos hasta que cumplan la mayoría de edad, sin necesidad de intervención judicial alguna[46]. También se diferencia la ley de patrimonio de familia con la de la afectación de vivienda, cuando se trata de la disolución del matrimonio por causa de muerte de uno de los cónyuges o compañeros permanentes, ya que en el artículo 27 de la Ley 70 de 1931, se precisa que el patrimonio de familia subsiste a favor del cónyuge sobreviviente, aun cuando no tenga hijos. Sentencia C-317 de 2010 Levantamiento: Ambos cónyuges podrán levantar en cualquier momento, de común acuerdo y mediante escritura pública sometida a registro, la afectación a vivienda familiar. En todo caso podrá levantarse la afectación, a solicitud de uno de los cónyuges, en virtud de providencia judicial en los siguientes eventos: 1. Cuando exista otra vivienda efectivamente habitada por la familia o se pruebe si quiera sumariamente que la habrá; 2. Cuando la autoridad competente decrete la expropiación del inmueble o el juez de ejecuciones fiscales declare la existencia de una obligación tributaria o contribución de carácter público. 3. Cuando judicialmente se suspenda o prive de la patria potestad a uno de los cónyuges. 4. Cuando judicialmente se declare la ausencia de cualquiera de los cónyuges. 5. Cuando judicialmente se declarare la incapacidad civil de uno de los cónyuges. 6. Cuando se disuelva la sociedad conyugal por cualquiera de las causas previstas en

5 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 5 de 9 la ley. 7. Por cualquier justo motivo apreciado por el juez de familia para levantar la afectación, a solicitud de un cónyuge, del Ministerio Público o de un tercero perjudicado o defraudado con la afectación. Parágrafo 1. En los eventos contemplados en el numeral segundo de este artículo, la entidad pública expropiante o acreedora del impuesto o contribución, podrá solicitar el levantamiento de la afectación. Parágrafo 2. Modificado por el art. 2, Ley 854 de La afectación a vivienda familiar se extinguirá de pleno derecho, sin necesidades de pronunciamiento judicial, por muerte real o presunta de uno o ambos cónyuges. (Artículo 4 Ley 258 de 1996) Oponibilidad: ( ) el Juez debe proferir la sentencia definitiva dentro de los tres días siguientes, y si por ella se concede la autorización, ha de expresar en la misma el nombre y la ubicación del inmueble y sus linderos y ordenar: Oponibilidad: La afectación a vivienda familiar a que se refiere la presente ley solo será oponible a terceros a partir de anotación ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y en el correspondiente Folio de Matricula Inmobiliaria. (Art. 5 Ley 258 de 1996) a) La inscripción de la misma sentencia en un libro especial de la Oficina de Registro de instrumentos públicos que corresponda a la ubicación del inmueble, dentro de los noventa días (90) siguientes a la ejecutoria de la sentencia, so pena de nulidad; b) La cancelación de la inscripción anterior en el libro primero o en el de las causas mortuorias, según el caso, y c) La protocolización del expediente en una Notaría. (Art. 18 Ley 70 de 1931) Inembargabilidad: El patrimonio de familia no es embargable, ni aun en caso de quiebra del beneficiario. El consentimiento que éste diere para el Inembargabilidad: Los bienes inmuebles bajo afectación a vivienda familiar son inembargables, salvo en los siguientes casos:

6 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 6 de 9 embargo no tendrá efecto ninguno. (Art. 21 Ley 70 de 1931) Procedimiento notarial: Sin perjuicio de la competencia judicial, el padre, la madre, los dos o un tercero podrán constituir de manera voluntaria ante el Notario del círculo donde se encuentre ubicado el predio objeto de la limitación, por Escritura Pública, patrimonio de familia inembargable, conforme a los siguientes requisitos ( ) Parágrafo. El patrimonio de familia de que trata este decreto es del de carácter voluntario regulado por la Ley 70 de 1931, modificada por la Ley 495 de Quedan excluidos de esta reglamentación los patrimonios de familia de carácter obligatorio consagrados en las normas sobre vivienda de interés social, a los que se refieren la Ley 91 de 1936 y los artículos 60 de la Ley 9ª de 1989 y 38 de la 3ª de 1991, y facultativos de que tratan el artículo 22 de la Ley 546 de 1999 y la Ley 861 de 2003, patrimonios que continuarán constituyéndose ante Notario en los términos previstos en las leyes citadas. (Art. 1 Decreto 2817 de Cuando sobre el bien inmueble se hubiere constituido hipoteca con anterioridad al registro de la afectación a vivienda familiar. 2. Cuando la hipoteca se hubiere constituido para garantizar préstamos para la adquisición, construcción o mejora de la vivienda. (Art. 7 Ley 258 de 1996) Procedimiento notarial: Cuando sea necesario constituir, modificar o levantar la afectación a vivienda familiar, el cónyuge interesado acudirá ante un notario del domicilio de la familia con el objeto de que tramite su solicitud, con citación del otro cónyuge. Si ambos cónyuges estuvieren de acuerdo, se procederá a la constitución, modificación o levantamiento de la afectación a vivienda familiar mediante escritura pública, en el evento de no lograrse el acuerdo, podrá acudirse al juez de familia competente. (Art. 9 Ley 258 de 1996) Procedimiento judicial: El propietario puede enajenar el patrimonio de familia o cancelar la inscripción por otra que haga entrar el bien a su patrimonio particular sometido al derecho común; pero si es casado o tiene hijos menores, la Procedimiento judicial: Para la constitución, modificación o levantamiento judicial de la afectación a vivienda familiar será competente el juez de familia del lugar de ubicación del inmueble, mediante proceso verbal sumario.

7 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 7 de 9 enajenación o cancelación se subordinan, en el primer caso, al consentimiento de su cónyuge, y, en el otro, al consentimiento de los segundos, dado por medio y con intervención de un curador, si lo tienen, o de un curador nombrado ad hoc. (Art. 23 Ley 70 de 1931) La constitución de la afectación a vivienda familiar y su modificación o levantamiento podrán acumularse dentro de los procesos de declaratoria de ausencia, muerte presunta o por desaparecimiento, interdicción civil del padre o de la sociedad conyugal. En tales casos, será competente para conocer de esta medida el juez que esté conociendo de los referidos procesos. Atendiendo a lo expuesto por las normas que regulan las figuras jurídicas a las que se refiere su escrito y que fueron referidas en el cuadro anterior, daremos respuesta a sus interrogantes como sigue a continuación: Se pregunta el Despacho de Jurisdicción Coactiva: Puede la Contraloría General de la República embargar un bien inmueble afectado con Patrimonio de Familia o con Afectación a vivienda familiar? En caso positivo, Cuál sería el fundamento jurídico para que las oficinas de registro acaten nuestra medida cautelar? La respuesta es negativa. El artículo 7 de la Ley 258 de 1996 (afectación a vivienda familiar) y el artículo 1 de la Ley 70 de 1931 (patrimonio de familia inembargable), determinan que los bienes bajo dichas figuras son inembargables. Para la afectación de vivienda familiar, el artículo 7 de la Ley 258 de 1996 determinó que si con anterioridad a dicha figura se hubiere constituido hipoteca, o cuando la hipoteca se constituya para garantizar préstamos para adquisición, construcción o mejora de vivienda, podrán embargarse por dichos conceptos. Se pregunta el Despacho de Jurisdicción Coactiva: Puede la Contraloría General de la República tener la misma prerrogativa de levantar la afectación a vivienda familiar por deudas fiscales? En caso positivo, Cuál sería el procedimiento? Quién sería el competente para hacer dicho levantamiento? Revisemos la norma que trae a colación para este interrogante contenida en el artículo 4º de la Ley 258 de 1996: ( ) En todo caso podrá levantarse la afectación, a solicitud de uno de los cónyuges, en virtud de providencia judicial en los siguientes eventos:

8 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 8 de 9 ( ) 2. Cuando la autoridad competente decrete la expropiación del inmueble o el juez de ejecuciones fiscales declare la existencia de una obligación tributaria o contribución de carácter público. Parágrafo 1. En los eventos contemplados en el numeral segundo de este artículo, la entidad pública expropiante o acreedora del impuesto o contribución, podrá solicitar el levantamiento de la afectación. La norma refiere de manera expresa, que podrá levantarse la afectación a vivienda familiar de dos maneras: i) a solicitud de uno de los cónyuges, y ii) en virtud de providencia judicial. A reglón seguido señala los eventos en los cuales pueden darse cualquiera de las dos formas, y es allí donde hace la referencia cuando el juez de ejecuciones fiscales declare la existencia de una obligación tributaria o contribución de carácter público, para éste evento determinó además una regla especial, que es precisamente la solicitud que debe provenir de la entidad acreedora del impuesto, pero para que esto sea procedente debe mediar una providencia judicial al respecto. En atención a ello, puede elevarse la solicitud ante la jurisdicción civil de conformidad con lo establecido en el numeral 12 del artículo 640 del Código de Procedimiento Civil Se sujetarán al procedimiento de jurisdicción voluntaria los siguientes asuntos: ( ) 12. Cualquier otro asunto de jurisdicción voluntaria que no tenga señalado trámite diferente Se pregunta este Despacho: Puede la Contraloría General de la República realizar el levantamiento de un Patrimonio de Familia por deudas fiscales? En caso positivo, Cuál sería el procedimiento? Quién sería el competente para hacer dicho levantamiento? La respuesta a este interrogante se encuentra resuelta en la contestación anterior. 4. CONCLUSIÓN La Contraloría General de la República, a través de la Dirección de Jurisdicción Coactiva podrá solicitar el levantamiento de la afectación a vivienda familiar a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria que establece el artículo 640 del Código de Procedimiento Civil, a fin de obtener la providencia judicial respectiva; y en caso de ser declarado el levantamiento de la afectación a vivienda familiar, deberá proceder al embargo de dichos bienes.

9 Dr. Ignacio A. Javela Murcia, Director de Jurisdicción Coactiva Página 9 de 9 Recordamos finalmente que conforme al art. 43 del Decreto Ley 267 de 2000, es la Oficina Jurídica una dependencia asesora, por lo que los conceptos que emite carecen de fuerza vinculante, según el carácter que les atribuye el art. 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Le informamos además que puede conocer y consultar los conceptos que, con relación a este y otros temas, ha proferido la Oficina Jurídica, visitando el enlace normatividad - conceptos de nuestro portal institucional: Cordial saludo; ALBA DE LA CRUZ BERRIO BAQUERO Directora Oficina Jurídica Proyectó: Radicado: Johana Milena Valenzuela Pardo 2013IE

Diario Oficial (enero 17) por la cual se establece la afectación a vivienda familiar y se dictan otras disposiciones. DECRETA: Capítulo I

Diario Oficial (enero 17) por la cual se establece la afectación a vivienda familiar y se dictan otras disposiciones. DECRETA: Capítulo I Diario Oficial 42.692 1 (enero 17) por la cual se establece la afectación a vivienda familiar y se dictan otras disposiciones. DECRETA: Capítulo I Afectación a vivienda familiar Artículo 1. Definición.

Más detalles

DECRETO 2817 DE (Agosto 22)

DECRETO 2817 DE (Agosto 22) DECRETO 2817 DE 2006 (Agosto 22) por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 962 de 2005, y se señalan los derechos notariales correspondientes. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio

Más detalles

Consulta 1260 de 2013 ante la Oficina Asesora Jurídica De la Superintendencia de Notariado y Registro

Consulta 1260 de 2013 ante la Oficina Asesora Jurídica De la Superintendencia de Notariado y Registro 8. REGISTRO la pada da fe púbko MinJushun Consulta 1260 de 2013 ante la Oficina Asesora Jurídica De la Para: Señora Monica Alejandra Reyes Hernandez Monica75710@vahoo.es Asunto: Cancelación Afectación

Más detalles

LEY 70 DE (mayo 28) Diario Oficial No , del 5 de junio de "Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables"

LEY 70 DE (mayo 28) Diario Oficial No , del 5 de junio de Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables LEY 70 DE 1931 (mayo 28) Diario Oficial No. 21.706, del 5 de junio de 1931 "Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables" NOTAS DE VIGENCIA: 1. Modificada

Más detalles

"Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables"

Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables LEY 70 DE 1931 (mayo 28) Diario Oficial No. 21.706, del 5 de junio de 1931 "Que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables" Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: 1. Modificada

Más detalles

Igual obligación le asiste a quien pretenda conformar unión libre de manera estable.

Igual obligación le asiste a quien pretenda conformar unión libre de manera estable. INSTRUCCION ADMINISTRATIVA 20 DE 2006 (agosto 28) Diario Oficial No. 46.381 de 4 de septiembre de 2006 Superintendencia de Notariado y Registro PARA: DE: TEMA: Señores Notarios Superintendente de Notariado

Más detalles

Mediante comunicación con radicado No.2013ER del 10 de abril de 2013 se pregunta de manera particular, lo siguiente.

Mediante comunicación con radicado No.2013ER del 10 de abril de 2013 se pregunta de manera particular, lo siguiente. 80112-EE41946 Bogotá, D.C., Mayo 21 de 2013. Señora LEIDY JOHANA MONTOYA INVERSIONES APLINSOFT aplinsoft@hotmail.com Ciudad ASUNTO: Ingreso base de cotización para pensión y salud en contratos de compraventa.

Más detalles

Bogotá, D.C., Límite de gastos Contralorías Territoriales. Respetada doctora María Margarita: 1. ANTECEDENTE

Bogotá, D.C., Límite de gastos Contralorías Territoriales. Respetada doctora María Margarita: 1. ANTECEDENTE 80112 Bogotá, D.C., Doctora MARÍA MARGARITA BUENO GONZÁLEZ Contralora Municipal de Floridablanca Carrera 33 No. 195 71 (Antigua Casa Paragüitas Vía Antigua Floridablanca) Floridablanca - Santander Asunto:

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA UNITARIA CIVIL - FAMILIA. Magistrada Ponente: Claudia María Arcila Ríos

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA UNITARIA CIVIL - FAMILIA. Magistrada Ponente: Claudia María Arcila Ríos TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA UNITARIA CIVIL - FAMILIA Magistrada Ponente: Claudia María Arcila Ríos Pereira, junio dieciséis de dos mil catorce Expediente 66001-31-03-001-2009-00241-03

Más detalles

En primer lugar, es necesario tener presente que una sociedad extranjera, sin domicilio en Colombia, puede tener inversiones en el país.

En primer lugar, es necesario tener presente que una sociedad extranjera, sin domicilio en Colombia, puede tener inversiones en el país. CONCEPTO 287 DEL 6 DE MARZO DE 2018 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor JAVIER ANTONIO RAMIREZ RUIZ Calle 169 No. 54 A - 51, Torre 3, Apto. 201, Conjunto Residencial el Llano

Más detalles

Conclusiones foro 10

Conclusiones foro 10 Conclusiones foro 10 PREGUNTAS DEL FORO 1. Cuáles son las formas en que pueden extinguirse los asientos de inscripción y anotación. CITA LEGAL 2. Señale los casos en que un asiento caduca. CITA LEGAL 3.

Más detalles

ACUERDO 469 DE 2011 DISTRITAL- BOGOTA DC

ACUERDO 469 DE 2011 DISTRITAL- BOGOTA DC ACUERDO 469 DE 2011 DISTRITAL- BOGOTA DC A continuación expondremos los puntos más relevantes de los cambios a nivel tributario que nos trae el Acuerdo 469 de 2011 expedido el 22 de Febrero de 2011, es

Más detalles

OFICIO Nº DIAN

OFICIO Nº DIAN Bogotá D.C. OFICIO Nº 016425 22-06-2017 DIAN Señora SILVIA VEGA RODRÍGUEZ Calle 92 Nº. 8 37 abogadasilviavega@gmail.com Bogotá D.C. Ref.: Radicado 100023597 del 08/05/2017 Tema Impuesto sobre la Renta

Más detalles

Respecto al concepto de Entidad Pública, este despacho se pronunció mediante el Oficio No del 15 de diciembre de 2014, así:

Respecto al concepto de Entidad Pública, este despacho se pronunció mediante el Oficio No del 15 de diciembre de 2014, así: CONCEPTO 4 07390 DEL 31 DE MARZO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor JUAN PABLO SUAREZ CALDERON Viceministro Jurídico Fiducoldex Calle 28 N 13 A -24 Piso 6 Email: juanpablo.suarez@fiducoldex.com.co

Más detalles

ANEXO B 1. PRESTAMOS DE ADQUISICION DE VIVIENDA

ANEXO B 1. PRESTAMOS DE ADQUISICION DE VIVIENDA MINISTERIO DE DEFENSA ANEXO B 1. PRESTAMOS DE ADQUISICION DE VIVIENDA Mejorar su calidad de vida es nuestro objetivo, para ello le ofreceremos el Préstamo para la Adquisición de Vivienda, a fin de que

Más detalles

REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS

REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS OFICIO 220-151334 DEL 03 DE AGOSTO DE 2016 REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS Me refiero a su escrito radicado en esta entidad con el número 2016-01-358768 mediante el cual en ejercicio

Más detalles

GUÍA DE INGRESO E INSCRIPCIÓN DE TRÁMITES JUDICIALES CANCELACIÓN DE HOMÓNIMOS PENALES

GUÍA DE INGRESO E INSCRIPCIÓN DE TRÁMITES JUDICIALES CANCELACIÓN DE HOMÓNIMOS PENALES GUÍA DE INGRESO E INSCRIPCIÓN DE TRÁMITES JUDICIALES Se debe adjuntar: CANCELACIÓN DE HOMÓNIMOS PENALES Oficio dirigido al Registro de la Propiedad con la Resolución del Juez. Copia del certificado de

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA. überlod yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. DECRETO No DE 2013.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. überlod yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. DECRETO No DE 2013. REPÚBLICA DE COLOMBIA 'ii~~~}lll~;;ij~ I\~ ;ji: I:.~~)i;. ~m1!i!t1i!a~ha ~Mlmtlli~lQl überlod yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO No124 4. DE 2013. l'4j281s Por el cual se reglamenta

Más detalles

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y/O PATRIMONIAL FRENTE A LOS BIENES CON MEDIDA DE PROTECCIÓN POR PARTE DEL ESTADO EN CÚCUTA.

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y/O PATRIMONIAL FRENTE A LOS BIENES CON MEDIDA DE PROTECCIÓN POR PARTE DEL ESTADO EN CÚCUTA. LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y/O PATRIMONIAL FRENTE A LOS BIENES CON MEDIDA DE PROTECCIÓN POR PARTE DEL ESTADO EN CÚCUTA. Hender Eliseo Mora González 1 Dignora Quintero Lozano 2 RESUMEN En la investigación

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto de 2009

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto de 2009 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 39555 de 2009 (Mayo 18 de 2009) Ref: Consulta tributaria radicado número 039 de 19/03/2009 Doctora CECILIA RICO TORRES Subdirectora de Gestión de Recaudo

Más detalles

CONCEPTO TRIBUTARIO NUMERO DE (agosto 18)

CONCEPTO TRIBUTARIO NUMERO DE (agosto 18) CONCEPTO TRIBUTARIO NUMERO 070056 DE 2006 (agosto 18) Doctor JULIO MIGUEL SILVA SALAMANCA Director de Desarrollo Urbano y Política Departamento Nacional de Planeación Calle 26 N 13-19 Bogotá, D. C. Referencia:

Más detalles

CONCEPTO DEL 22 DE MARZO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO DEL 22 DE MARZO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 06265 DEL 22 DE MARZO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor ANDRES EDUARDO DEWDNEY MONTERO Cra. 9 No. 142-53 Apto. 202 Bogotá D.C. Ref: Radicado 100003224 del

Más detalles

Descriptor: Aplicación parágrafos 4 del artículo y 2 del artículo del Estatuto Tributario. Oportunidad de control.

Descriptor: Aplicación parágrafos 4 del artículo y 2 del artículo del Estatuto Tributario. Oportunidad de control. Tipo de norma Oficio Número 427 Entidad emisora DIAN Fecha 2018-01-05 Título Tema: Renta Subtítulo Descriptor: Aplicación parágrafos 4 del artículo 126-1 y 2 del artículo 126-4 del Estatuto Tributario.

Más detalles

CONCEPTO 1442 DEL 25 DE JULIO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 1442 DEL 25 DE JULIO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 1442 DEL 25 DE JULIO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señora: ANA ELSA RAMIREZ COBOS contabilidad@valoresymercados.com Ref: Radicado 100026693 del 3/05/2017 Cordial

Más detalles

LAS VENTAJAS PARA AUTÓNOMOS DE LA FIGURA DEL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

LAS VENTAJAS PARA AUTÓNOMOS DE LA FIGURA DEL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA LAS VENTAJAS PARA AUTÓNOMOS DE LA FIGURA DEL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Gracias a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, el empresario o profesional individual no tendrá que

Más detalles

Ley 80 de Ley 1150 de Sentencia Consejo de Estado Radicado del 22 de febrero de 2001.

Ley 80 de Ley 1150 de Sentencia Consejo de Estado Radicado del 22 de febrero de 2001. 80112 EE94152 Bogotá, D.C., Diciembre 13 de 2011. Doctor JAVIER SEGUNDO GAMEZ HINOJOSA Gerente Departamental CGR Guajira Carrera 15 N 14B-49 Riohacha - Guajira Asunto: Procedencia para el reconocimiento

Más detalles

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN URCUQUÍ

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN URCUQUÍ Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Urcuquí REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN URCUQUÍ El Registro de la Propiedad del Cantón Urcuquí es una entidad de servicio público, creado mediante Ordenanza

Más detalles

Ministerio de la Protección Social Concepto Referencia: Radicado Consulta pago de anticipos cesantías de trabajadores.

Ministerio de la Protección Social Concepto Referencia: Radicado Consulta pago de anticipos cesantías de trabajadores. Ministerio de la Protección Social Concepto 59638 02-03-2010 Referencia: Radicado 50292. Consulta pago de anticipos cesantías de trabajadores. Respetada señora Yuri Andrea: En relación con la solicitud

Más detalles

1. Ley de garantías Mobiliarias, generalidades:

1. Ley de garantías Mobiliarias, generalidades: 1. Ley de garantías Mobiliarias, generalidades: Objetivo de la Ley: Las normas contenidas en la presente ley tienen como propósito incrementar el acceso al crédito mediante la ampliación de bienes, derechos

Más detalles

AREA PROTEGIDA: PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO. GUIA PARA LAS AP ANTE LA ORIP.

AREA PROTEGIDA: PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO. GUIA PARA LAS AP ANTE LA ORIP. AREA PROTEGIDA: PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO. GUIA PARA LAS AP ANTE LA ORIP. DESARROLLO DEL TEMA #1. Etapa en Procedimiento de Inscripción en Registro de un Area Protegida. Qué significa esta

Más detalles

Fotocopias autenticadas de las cédulas de ciudadanía o tarjetas de identidad.

Fotocopias autenticadas de las cédulas de ciudadanía o tarjetas de identidad. REQUISITOS PARA MATRIMONIO CIVIL PERSONAS SOLTERAS Copia del folio del registro civil de nacimiento de los peticionarios con vigencia NO superior a tres (3) meses a partir de su fecha de expedición, con

Más detalles

ESCRITURA PÙBLICA No. ( )

ESCRITURA PÙBLICA No. ( ) ESCRITURA PÙBLICA No. ( ) ACTO: COMPRAVENTA DE: A FAVOR DE: **************************************************** En la ciudad de Medellín, República de Colombia, Departamento de Antioquia, a los ( ) días

Más detalles

NOTARÍA 19 DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA ESCRITURA:... FECHA:...

NOTARÍA 19 DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA ESCRITURA:... FECHA:... /2.016-1 NOTARÍA 19 DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA ESCRITURA:... FECHA:... CÓDIGO/ ACTO:... 0718.- CANCELACIÓN CONSTITUCION PATRIMONIO DE FAMILIA... CUANTÍA: SIN CUANTÍA... OTORGANTES:... 1. JOSE

Más detalles

DESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN DE UNA FUTURA INCAPACIDAD

DESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN DE UNA FUTURA INCAPACIDAD CÁMARA DE SENADORES SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL XLVIIª Legislatura Cuarto Período COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN Carpetas: 1339/2013 Distribuido: 2450/2013 Anexo: I DESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN

Más detalles

REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008.

REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008. OFICIO 220-189436 DEL 24 DE AGOSTO DE 2017 REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008. Me remito a su comunicación radicada

Más detalles

a. Cuando se practique inspección tributaria de oficio, por el término de tres meses contados a partir de la notificación del auto que la decrete.

a. Cuando se practique inspección tributaria de oficio, por el término de tres meses contados a partir de la notificación del auto que la decrete. DIAN Bogotá D.C., Diciembre 12 de 2000 Concepto: 119958 Doctor ANGEL MARIA RODRIGUEZ CALDERON Administración de Impuestos Nacionales de Palmira Carrera 28 No. 27-68 Oficina 307 Referencia : Radicado No.76738

Más detalles

Ley Nº. 25 Del 17 de diciembre de Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del articulo 42 de la Constitucion politica

Ley Nº. 25 Del 17 de diciembre de Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del articulo 42 de la Constitucion politica btcabk Ley Nº. 25 Del 17 de diciembre de 1992 Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del articulo 42 de la Constitucion politica EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ARTICULO 1.- El Artículo

Más detalles

LEGISLACIÓN. Registro de la Propiedad. Inmueble de la Capital Federal. Mayo. Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires LX

LEGISLACIÓN. Registro de la Propiedad. Inmueble de la Capital Federal. Mayo. Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires LX 2016 Mayo Registro de la Propiedad Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires LX LEGISLACIÓN 4199 Inmueble de la Capital Federal Instrucción de trabajo 6/2016 (1) R.I. - 348 Ref: se establecen

Más detalles

Por razones de competencia, el presente interrogante será remitido al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para lo de su competencia.

Por razones de competencia, el presente interrogante será remitido al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para lo de su competencia. CONCEPTO 23209 DEL 28 DE AGOSTO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señora ZANDRA PATRICIA MANTILLA FLOREZ adriana.paez@lime.com.co Carrera 62 #19-04 Interior 4 Bogotá D.C.

Más detalles

Cita usted el siguiente apartado del Concepto del 14 de febrero de 2002, referente al impuesto de renta en la fiducia civil:

Cita usted el siguiente apartado del Concepto del 14 de febrero de 2002, referente al impuesto de renta en la fiducia civil: CONCEPTO 2044 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor VICTOR H. PAREDES M. vyctorp@gmail.com Bogotá, D.C. Ref: Radicado 000444 del 19/09/2017. Tema: Impuesto

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB )

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB ) MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB. 2004 ) Por el cual se reglamentan los artículos 38 y 39 de la Ley 863 de 2003 EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DELEGATARIO

Más detalles

PRESTAMOS DE ADQUISICIÓN DE TERRENO

PRESTAMOS DE ADQUISICIÓN DE TERRENO PRESTAMOS DE ADQUISICIÓN DE TERRENO Mejorar su calidad de vida es nuestro objetivo, para ello le ofrecemos el préstamo para adquisición de terreno, para que pueda financiar la compra de este, con el espíritu

Más detalles

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016) Radicación: 08001

Más detalles

Tema: Otros Temas territoriales Subtema: Inembargabilidad recursos incorporados en los presupuestos de las entidades territoriales

Tema: Otros Temas territoriales Subtema: Inembargabilidad recursos incorporados en los presupuestos de las entidades territoriales 7.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Radicado: 2-2017-015294 Doctora Flor María Rodríguez Manyoma flomarrodriguez@hotmail.com Radicado entrada 1-2017-031226 No. Expediente 8676/2017/RCO

Más detalles

Contratación Estatal. Fraccionamiento de Contratos.

Contratación Estatal. Fraccionamiento de Contratos. 80112 Bogotá, D.C., Doctor HÉCTOR IVAN COSSIO CORREA Gerente CONFORT EXPRESS Calle 95ª No. 105 39 Nuevo Apartadó gerencia@conforexpress.com Apartadó - Antioquia Asunto: Contratación Estatal. Fraccionamiento

Más detalles

CONCEPTO DEL 23 DE OCTUBRE DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

CONCEPTO DEL 23 DE OCTUBRE DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES CONCEPTO 28709 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señora MARITZA HERNÁNDEZ ROBLES Calle 113 # 7-21 to a pi 15 mantza.hernandez820@gmail.com Bogotá D.C. Ref:

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL Artículo 1.- Norma modificatoria Modifícanse los artículos 2, numeral

Más detalles

Las fincas a enajenar y sus tipos de subasta corresponden con el siguiente detalle:

Las fincas a enajenar y sus tipos de subasta corresponden con el siguiente detalle: Expediente n.º 2010/334N (Anterior 2010/2957) Procedimiento: Apremio Asunto: Anuncio enajenación en subasta pública M.ª LUISA BARONA SANTIAGO JEFA DE LA UNIDAD CENTRAL DE EMBARGOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL

Más detalles

Impuesto sobre la Renta y Complementarios Entidades Sin Ánimo de Lucro Artículos y del Estatuto Tributario.

Impuesto sobre la Renta y Complementarios Entidades Sin Ánimo de Lucro Artículos y del Estatuto Tributario. CONCEPTO 16777 DEL 27 DE JUNIO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señora CECILIA ZAMBRANO ORTEGA Representante Legal Fundación Rehabilitar Nariño I.P.S. Carrera 3 Norte 16-14

Más detalles

ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN

ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN OFICIO 220-132770 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2015 ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN Me refiero a su escrito radicado con el número 2015-01-384291,

Más detalles

DEPURACIÓN DE LA BASE DE RETENCIÓN EN LA FUENTE POR INGRESOS LABORALES; DEPURACIÓN DE LA BASE DEL CÁLCULO DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE

DEPURACIÓN DE LA BASE DE RETENCIÓN EN LA FUENTE POR INGRESOS LABORALES; DEPURACIÓN DE LA BASE DEL CÁLCULO DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE OFICIO Nº 020257 31-07-2017 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C. 100208221-001128 Señor HELMAN ARAQUE Carrera 7 Nº 76 35 oficina 1202 helmanaraque@gmail.com Bogotá DEPURACIÓN

Más detalles

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALANDA CONSIDERANDO:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALANDA CONSIDERANDO: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME EN PARTICIONES JUDICIALES Y DE LA AUTORIZACIÓN EN PARTICIONES EXTRAJUDICIALES DE BIENES INMUEBLES EN EL CANTÓN PALANDA EL GOBIERNO AUTÓNOMO

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( )

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir el capítulo 17 del título 1 de la parte 2 del

Más detalles

Linda Celemín Reyes. Director: Ramón Lozada de la Cruz. Especialización en Derecho de Familia

Linda Celemín Reyes. Director: Ramón Lozada de la Cruz. Especialización en Derecho de Familia EL PATRIMONIO DE FAMILIA Y LA AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR Linda Celemín Reyes Director: Ramón Lozada de la Cruz Especialización en Derecho de Familia 2015 1 Desde tiempos inmemoriales la responsabilidad

Más detalles

Arancel notarial para escribanos autorizantes del Banco de la Provincia de Buenos Aires

Arancel notarial para escribanos autorizantes del Banco de la Provincia de Buenos Aires Honorarios - Sección Crédito Hipotecario 1.- Préstamos hipotecarios a personas humanas para viviendas, con o sin creación de letra hipotecaria escritural: Por la compraventa: 1,00% Honorario mínimo $ 3.000

Más detalles

ANOTACIÓN. Conclusiones foro 9

ANOTACIÓN. Conclusiones foro 9 ANOTACIÓN Conclusiones foro 9 PREGUNTAS DEL FORO 1. En qué consiste la anotación. 2. Indique las clases de anotación, sus requisitos, la forma de la anotación (cómo se hace constar), efectos frente a terceros

Más detalles

SOBRE LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO AGENCIA DE ADUANAS. Apreciado Cliente

SOBRE LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO AGENCIA DE ADUANAS. Apreciado Cliente SOBRE LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO AGENCIA DE ADUANAS Apreciado Cliente A continuación, encontrará la Resolución No. 1561 del 12 de diciembre de 2008, por medio de la cual la Dirección

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO DE (Noviembre 5) CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO DE (Noviembre 5) CONSIDERANDO: SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO 22543 DE 2015 (Noviembre 5) Por la cual se fija la tarifa que por concepto de Tasa de Vigilancia deben pagar a la Superintendencia de Puertos

Más detalles

CONCEPTO DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2018 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

CONCEPTO DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2018 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES CONCEPTO 27495 DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2018 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señores CONTRIBUYENTES UAE DIAN Bogotá D.C. Ref: Radicado 1364 del 07/11/2018 ADICION CONCEPTO UNIFICADO

Más detalles

LEY 54 DE (diciembre 28) Diario Oficial No del 31 de diciembre de de 1990

LEY 54 DE (diciembre 28) Diario Oficial No del 31 de diciembre de de 1990 LEY 54 DE 1990 (diciembre 28) Diario Oficial No. 39.615 del 31 de diciembre de de 1990 Por la cual se definen las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes. Resumen

Más detalles

N.I.T. / C.C. : 900282261 Expediente : 0. Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento AUTO. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Bogotá D.C.

N.I.T. / C.C. : 900282261 Expediente : 0. Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento AUTO. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Bogotá D.C. SUPERSOCIEDADES - BOGOTA Radicación No.:2014-01-233042 N.I.T. / C.C. : 900282261 Expediente : 0 Nombre : URBE CONSTRUCCIONES Y OBRAS PU Dependencia : GRUPO DE REORGANIZACION Trámite : 14001 - TRAMITES

Más detalles

mayor(es) de edad, domiciliado(s) en la ciudad de identificado(a)(s) como aparece al pie de mi(nuestras) firma(s), de estado civil por medio del

mayor(es) de edad, domiciliado(s) en la ciudad de identificado(a)(s) como aparece al pie de mi(nuestras) firma(s), de estado civil por medio del UBICADO EN LA CIUDAD DE: DIRECCIÓN: FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA N CONSTRUCTORA: PROYECTO: ETAPA/SECCIÓN: UNIDAD: Yo(nosotros) mayor(es) de edad, domiciliado(s) en la ciudad de identificado(a)(s) como

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. EL DERECHO NOTARIAL y REGISTRAL y SU CLASIFICACIÓN EN LA CIENCIA JURÍDICA COLOMBIANA

ÍNDICE GENERAL. EL DERECHO NOTARIAL y REGISTRAL y SU CLASIFICACIÓN EN LA CIENCIA JURÍDICA COLOMBIANA ÍNDICE GENERAL Presentación IX PARTE PRIMERA EL DERECHO NOTARIAL y REGISTRAL y SU CLASIFICACIÓN EN LA CIENCIA JURÍDICA COLOMBIANA CAPÍTULO I EL DERECHO COMO SISTEMA 1. Significación del derecho como ciencia

Más detalles

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia ACUERDO No. PSAA14-10118 Marzo 4 de 2014 "Por el cual se crean y organizan los Registros Nacionales de

Más detalles

Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL

Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL OFICIO 220-054538 DEL 16 DE MARZO DE 2016 Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL Me refiero a su escrito remitido por la Superintendencia Financiera de Colombia, radicado con el No. 2016-01-041962

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4713 DE ( Diciembre 26 de 2005 )

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4713 DE ( Diciembre 26 de 2005 ) REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4713 DE 2005 ( Diciembre 26 de 2005 ) Por el cual se ajustan los valores de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables

Más detalles

En su oficio de la referencia formula preguntas relacionadas con la sanción por no declarar el impuesto al patrimonio.

En su oficio de la referencia formula preguntas relacionadas con la sanción por no declarar el impuesto al patrimonio. Oficio Nº 013631 Noviembre 26 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C. 100208221 01367 Ref: Radicado 0348 del 20/10/2014 Tema Impuesto

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO DE

RESOLUCIÓN NÚMERO DE RESOLUCIÓN NÚMERO 22543 DE 2015 (noviembre 5) por la cual se fija la tarifa que por concepto de Tasa de Vigilancia deben pagar a la Superintendencia de Puertos y Transporte la totalidad de los sujetos

Más detalles

LEY 25 DE 1992 (Diciembre 17) Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12, y 13 del articulo 42 de la Constitución Política de Colombia"

LEY 25 DE 1992 (Diciembre 17) Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12, y 13 del articulo 42 de la Constitución Política de Colombia LEY 25 DE 1992 (Diciembre 17) DIARIO OFICIAL. No. 40.693 Diciembre 18 de 1992, Pág. 1 Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12, y 13 del articulo 42 de la Constitución Política de Colombia"

Más detalles

REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO.

REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO. OFICIO 220-099167 DEL 15 DE MAYO DE 2017 REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO. Me remito a su comunicación radicada bajo el número 2017 01 155853

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO La guarda de fa fe pública Miniustiria

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO La guarda de fa fe pública Miniustiria SNR La guarda de fa fe pública Miniustiria 1 PARA IODOS Bogotá D.C., 08 de abril 2014 0A3-627 CN - 007 EE 010323 Señor Delgado dieflagado@qmail.com Vía Correo Electrónico Ciudad, Referencia: Escrito radicado

Más detalles

MANUAL DE PRODUCTO SERVICIO JURÍDICO 1. ACOMPAÑAMIENTO EN AUDIENCIAS JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES - CODIGO SAP:

MANUAL DE PRODUCTO SERVICIO JURÍDICO 1. ACOMPAÑAMIENTO EN AUDIENCIAS JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES - CODIGO SAP: MANUAL DE PRODUCTO SERVICIO JURÍDICO 1. ACOMPAÑAMIENTO EN AUDIENCIAS JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES - CODIGO SAP: 70014841. DESCRIPCION DEL SERVICIO: Acompañamiento por parte de un abogado en las audiencias,

Más detalles

CONTENIDO DE LA SESION 11 EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES

CONTENIDO DE LA SESION 11 EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES CONTENIDO DE LA SESION 11 EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES Antecedentes, Constitución y Organización Según lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2 de la Ley N 26366 de creación del Sistema Nacional

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( )

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para modificar la tarifa de retención

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Concepto No. 62629 (Bogotá, D.C., 04 de marzo de 2010) ASUNTO: Radicado 46882 Cesantías Señora LUCY YACQUELINE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Lucy_rodriguez@hotmail.com Damos respuesta

Más detalles

SISTEMATIZACIÓN DE PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL REGISTRAL

SISTEMATIZACIÓN DE PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL REGISTRAL SISTEMATIZACIÓN DE PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL REGISTRAL PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA REFERIDOS A PRINCIPIOS REGISTRALES PRECEDENTE PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN 17.- LEGITIMACIÓN

Más detalles

( 1 4 ", "" D l.'.. ~ ' ) ~""... ~. '~'

( 1 4 ,  D l.'.. ~ ' ) ~... ~. '~' ~ ~ ~..~-- _-------------R-E-PÚ.~OM.IA < :,:,í.~:.f~f a. :~ Wl :;;-: \ií: ~'r FHh', i. ~,; t\f';;~tn.iua 2UJUDi ;' 1,,~..-....------_., i.. ~ j,."..., '", MINISTERIO í DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO..~..........--.--..

Más detalles

CONCEPTO DE HIPOTECA

CONCEPTO DE HIPOTECA ACCIÓN HIPOTECARIA CONCEPTO DE HIPOTECA Derecho real que se constituye sobre bienes determinados, generalmente inmuebles, enajenables, para garantizar el cumplimiento de una obligación, sin desposeer al

Más detalles

MEDIDAS CAUTELARES EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO

MEDIDAS CAUTELARES EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO JORGE FORERO SILVA MEDIDAS CAUTELARES EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Tercera edición, ampliada y revisada EDITORIAL TEMIS S. A. Bogotá - Colombia 2018 ÍNDICE GENERAL Agradecimientos... El Autor... Prólogo...

Más detalles

ORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:

ORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: T ORDENANZA METROPOLITANA No. O U 3 U EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 265 de la Constitución de la República "el sistema público

Más detalles

OFICIO ENERO 24 de 2012

OFICIO ENERO 24 de 2012 OFICIO 004086 ENERO 24 de 2012 NOTA: La doctrina incorporada en la presente página, ha de analizarse teniendo en cuenta los cambios normativos surgidos con ocasión de las Leyes 788 de 2002 y 863 de 2003

Más detalles

DIARIO OFICIAL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4343 DE 2004 ( 22 DIC )

DIARIO OFICIAL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4343 DE 2004 ( 22 DIC ) DIARIO OFICIAL 45.771 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 4343 DE 2004 ( 22 DIC. 2004 ) Por el cual se ajustan los valores de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 0294 DE (febrero 5)

RESOLUCION NUMERO 0294 DE (febrero 5) RESOLUCION NUMERO 0294 DE 2007 (febrero 5) por medio de la cual se establece el procedimiento para la aplicación del artículo 3 de la Ley 1001 de 2005. El Gerente Liquidador del Instituto Nacional de Vivienda

Más detalles

Ref: Radicados del 27/01/2017 y del 01/02/2017

Ref: Radicados del 27/01/2017 y del 01/02/2017 CONCEPTO 06068 DEL 21 DE MARZO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctor ALBERTO ECHAVARRIA SALDARRIAGA Vicepresidente asuntos jurídicos ANDI aechavarria@andi.com.co jrodriguez@andi.com.co

Más detalles

08SE Al responder por favor citar esté número de radicado

08SE Al responder por favor citar esté número de radicado Bogotá, D.C., 29 JUL. 2016 URGENTE 08SE2016120300000000139 Al responder por favor citar esté número de radicado ASUNTO: Radicado Ministerio No.: ID 94526 2016 Pago de Seguridad Social Contratista por Intermedio

Más detalles

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS -Glosario de términos registrales

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS -Glosario de términos registrales REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS -Glosario de términos registrales No Concepto Definición 1 Administración Tipo de cargo, representación y duración que tendrán las personas encargadas de dirigir la persona

Más detalles

OFICIO DE 2015

OFICIO DE 2015 100208221-000482 Bogotá, D. C. OFICIO 10802 DE 2015 (abril 15) Diario Oficial No. 49.516 de 19 de mayo de 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA Referencia:

Más detalles

A continuación se establecen las características de la vivienda financiada con recursos del bono familiar de vivienda:

A continuación se establecen las características de la vivienda financiada con recursos del bono familiar de vivienda: Unidad de Comunicaciones 2016 El Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (S.F.N.V.), creado en 1986 mediante la Ley N. 7052, abrió una gran esperanza para que muchas familias de escasos recursos económicos,

Más detalles

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA El presente documento contiene las indicaciones propuestas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), al

Más detalles

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL. Magistrado Ponente: Dr. JORGE SANTOS BALLESTEROS

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL. Magistrado Ponente: Dr. JORGE SANTOS BALLESTEROS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Magistrado Ponente: Dr. JORGE SANTOS BALLESTEROS Bogotá D. C., diecinueve (19) de octubre de dos mil (2000).- Ref.: Expediente No. 110010203000-2000-0174-00

Más detalles

FUENTE FORMAL: LEY 1395 DE ARTICULO 61 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 152

FUENTE FORMAL: LEY 1395 DE ARTICULO 61 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 152 SUSPENSION PROVISIONAL - En acciones de nulidad de que conoce el Consejo de Estado en única instancia le corresponde resolverla al magistrado ponente / SUSPENSION PROVISIONAL - Requisitos en acción de

Más detalles

LOS 500 MODELOS COGEP MÁS UTILIZADOS

LOS 500 MODELOS COGEP MÁS UTILIZADOS 2017 COLECCIÓN LOS 500 MODELOS COGEP MÁS UTILIZADOS Una compilación de los modelos más utilizados de varias materias en la legislación ecuatoriana Civil IESS Salud Tributario Administrativo Financiero

Más detalles

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Resolución 1781 de 2014

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Resolución 1781 de 2014 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Resolución 1781 de 2014 (Noviembre 10 de 2014) Por la cual se establecen los lineamientos y se adoptan los formatos e instructivos para el reporte de información

Más detalles

NOVEDADES TRIBUTARIAS

NOVEDADES TRIBUTARIAS NOVEDADES TRIBUTARIAS Presentamos, a continuación, algunos puntos en materia tributaria que consideramos de su interés: La utilidad de la enajenación de derechos fiduciarios representativos de activos

Más detalles

DIAN Oficio 675 de julio 14 del 2016

DIAN Oficio 675 de julio 14 del 2016 DIAN Oficio 675 de julio 14 del 2016 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá D.C. 100208221-000675 Señor JOSÉ NELSON VERÁSTEGUI CARVAJAL nel.v@wanadoo.fr Ref.: Radicado No. 100000203-576 del

Más detalles

Me refiero a su escrito radicado con el No el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula las siguientes inquietudes:

Me refiero a su escrito radicado con el No el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula las siguientes inquietudes: OFICIO 220-058366 DEL 05 DE ABRIL DE 2016 REF: ADJUDICACIÓN DE CUOTAS DEL SOCIO FALLECIDO Me refiero a su escrito radicado con el No. 2016-01- 069739 el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula

Más detalles