LOS TALLERES DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS EN EL MARCO DE LA LEY 34/2007 DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA y DEL R.
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- Alejandro Escobar Chávez
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1 EMISIONES A LA ATMOSFÉRA LOS TALLERES DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS EN EL MARCO DE LA LEY 34/2007 DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA y DEL R.D 100/2011 QUE LA DESARROLLA RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Madrid, 26 de septiembre de Revisión 01. Enrique Crespo García
2 0. ÍNDICE ANTECEDENTES Marco normativo de partida Aplicación a Talleres de reparación y mantenimiento de vehículos SITUACIÓN ACTUAL Nuevo marco normativo Obligaciones de las instalaciones con alguna actividad A o B Obligaciones de las instalaciones con alguna actividad C y sin actividades A o B Valores límite de las actividades A o B Valores límite de las actividades C Valores límite de las actividades - ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CAPCA Cabina de pintura Limpieza de superficies Lijado de superficies CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN Datos generales de la instalación Información técnica de la instalación Información sobre el entorno y trámites ambientales Formato de la Notificación COMUNICACIÓN DE LA D.G.E.A AL TALLER Carta sobre la Notificación presentada MÁS INFORMACIÓN Página WEB de la Comunidad de Madrid 2
3 1. ANTECEDENTES MARCO NORMATIVO DE PARTIDA Legislación de estatal (derogada) Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico Decreto 833/1975, de 6 de febrero por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre de protección del ambiente atmosférico Orden 18 de octubre de 1976 sobre prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial Legislación de la Comunidad de Madrid: Resolución de la Dirección General de Industria Energía y Minas de 12 de marzo de 2009 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS ASPECTOS ATMOSFÉRICOS DE ESTAS ACTIVIDADES: DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ENERGÍA Y MINAS (D.G.I.E.M). 3
4 1. ANTECEDENTES APLICACIÓN A TALLERES DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS No era necesario presentación de solicitud alguna desde le punto de vista de atmósfera. Se realizan periódicamente los controles de emisiones por OCA (inspecciones reglamentarias y autocontroles): Cabina de pintura (partículas, Compuestos orgánicos volátiles) Combustión (monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre, opacidad) 4
5 2. SITUACIÓN ACTUAL 2.1- NUEVO MARCO NORMATIVO Ley 34/2007 de calidad del Aire y protección de la atmósfera Real Decreto 100/2011 por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. Deroga los Valores límite de emisión del Decreto 833/1975. Sólo deja vigente el Anexo IV para las actividades Grupo C. Pendiente de un nuevo Real Decreto de Valores límite de emisión ÓRGANO COMPETENTE PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS ASPECTOS ATMOSFÉRICOS DE ESTAS ACTIVIDADES: DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (D.G.E.A.). La Resolución de la D.G.I.E.M de 12 de marzo de 2009, no es de aplicación a las actividades que son competencia de la D.G.E.A 5
6 2. SITUACIÓN ACTUAL NUEVO MARCO NORMATIVO. OBLIGACIONES DE LAS INSTALACIONES CON ALGUNA ACTIVIDAD A o B Las instalaciones en las que se desarrolle alguna actividad perteneciente al Grupo A o B quedan sometidas a Autorización - En instalaciones nuevas o modificaciones sustanciales de las existentes, antes del inicio de la construcción deben solicitar Autorización. La autorización de atmósfera será posterior a la D.I.A. (si es el caso). - En instalaciones existentes, el plazo para cumplir con lo establecido en el R.D 100/2011 es el que establezca la Comunidad Autónoma y en todo caso antes de cuatro años a partir de la entrada en vigor del real decreto (antes del ). - La Comunidad de Madrid está tramitando un Decreto para establecer el procedimiento para la Autorización/Notificación y los plazos. - Entretanto, la D.G.E.A. está remitiendo cartas, adelantando el contenido del Decreto en relación con los plazos y con el contenido que debe tener la solicitud de autorización. La administración tiene que emitir una Autorización 6
7 2. SITUACIÓN ACTUAL NUEVO MARCO NORMATIVO. OBLIGACIONES A LAS INSTALACIONES CON ALGUNA ACTIVIDAD C y SIN ACTIVIDADES A o B. Las instalaciones en las que se desarrolle alguna actividad perteneciente al Grupo C y sin actividades A o B quedan sometidas a Notificación - En instalaciones nuevas o modificaciones sustanciales de las existentes, antes del inicio de la construcción deben solicitar notificación. La autorización de atmósfera será posterior a la D.I.A. (si es el caso). - En instalaciones existentes, el plazo para cumplir con lo establecido en el R.D 100/2011 es el que establezca la Comunidad Autónoma y en todo caso antes de cuatro años a partir de la entrada en vigor del real decreto (antes del ). - La Comunidad de Madrid está tramitando un Decreto para establecer el procedimiento para la Autorización/Notificación y los plazos - Entretanto, la D.G.E.A. está ha remitiendo cartas, adelantando el contenido del Decreto en relación con los plazos y con el contenido que debe tener la solicitud de notificación. La Notificación no implica que la Administración emita un escrito a la actividad estableciendo condicionantes en relación con las emisiones. Se aplica directamente lo establecido en la legislación. 7
8 2. SITUACIÓN ACTUAL NUEVO MARCO NORMATIVO. OBLIGACIONES A LAS INSTALACIONES CON ALGUNA ACTIVIDAD C y SIN ACTIVIDADES A o B. - La Autorización se otorga por un plazo de 8 años. - En el caso de la Notificación, tendrá que ser renovada a los 8 años. - Además, cualquier modificación en las instalaciones que supongan una modificación o cambio de las actividades, deberá ser comunicada. 8
9 2. SITUACIÓN ACTUAL NUEVO MARCO NORMATIVO. VALORES LÍMITE DE ACTIVIDADES A o B Art. 5.2 del R.D 100/2011: - En la Autorización, para determinar los valores límite de emisión, o medidas técnicas que los complementen o sustituyan, el órgano competente tendrá en cuenta: - La adopción de las técnicas y medidas adecuadas para prevenir la contaminación y en la medida de lo posible las mejores técnicas disponibles - Las características técnicas de la instalación, su implantación geográfica y las condiciones locales del medio ambiente. - La naturaleza de las emisiones y su potencial traslado de un medio a otro, así como su incidencia en las personas y el medio ambiente potencialmente afectados. - Los planes y programas aprobados en relación con la calidad del aire. - Los valores límite de emisión fijados, en su caso, por la normativa en vigor en la fecha de la autorización, o en los tratados internacionales suscritos por el Estado español o por la Unión Europea. 9
10 2. SITUACIÓN ACTUAL NUEVO MARCO NORMATIVO. VALORES LÍMITE ACTIVIDADES C Disposición derogatoria única del R.D 100/2011: - [ ] No obstante, el anexo IV del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, será de aplicación a aquellas instalaciones consideradas en el artículo 5.3 y podrá usarse de referencia a los efectos del apartado e) del artículo 5.2, en tanto no exista ninguna normativa que establezca otros límite de emisión. SERÁN DE APLICACIÓN A LAS ACTIVIDADES PERTENECIENTES AL GRUPO C LOS VALORES LÍMITE DE EMISIÓN DEL ANEXO IV del D.833/ NUEVO MARCO NORMATIVO. ACTIVIDADES - No tienen obligaciones concretas. 10
11 3. ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CATÁLOGO DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA (CAPCA) CABINA DE PINTURA Operaciones de Pintado/Secado DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD ACTIVIDAD DEL CAPCA GRUPO CAPCA Código CAPCA Renovación del acabado de vehículos con c.c.d > 200 t/año o de 150 kg/hora A Aplicación de pintura y Secado Renovación del acabado de vehículos con c.c.d <= 200 t/año o de 150 kg/hora y > 0,5 t/año Renovación del acabado de vehículos con c.c.d <= 0,5 t/año c.c.d : capacidad de consumo de disolvente. Habría que considerar también el consumo de disolvente utilizado en la limpieza de las superficies que se pintan y en la limpieza de los utensilios de pintado (pistolas, ). LO MÁS HABITUAL ES QUE ESTA ACTIVIDAD SEA - 11
12 3. ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CAPCA CABINA DE PINTURA - Equipos combustión para el funcionamiento de la cabina/horno (forma parte de la cabina): se elige un código en función del tipo de equipo de combustión y de su potencia térmica nominal. DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD ACTIVIDAD DEL CAPCA GRUPO CAPCA Código CAPCA Secado de pintura. Proceso sin contacto Otros hornos sin contacto no especificados en otros epígrafes con P.t.n. > 2,3 MWt B Otros hornos sin contacto no especificados en otros epígrafes con P.t.n. <= 2,3 MWt y > 70 kwt C (2) Secado de pintura. Proceso con contacto Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal => 20 MWt Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal => 2,3 MWt y < 20 MWt Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal => 70 kwt y < 2,3 MWt Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal < 70 kwt A B (2) C (2) (2) P.t.n : potencia térmica nominal -Calor máximo (referido al poder calorífico inferior del combustible) que podría liberar el quemador del equipo de combustión correspondiente funcionando con el gasto indicado de acuerdo a las especificaciones del fabricante, constructor o montador (R.D. 100/2011). 2) Las actividades pertenecientes al grupo B pasarán a considerarse como grupo A, las pertenecientes a grupo C pasarán a considerarse grupo B y las actividades sin grupo pasarán a considerarse grupo C a criterio del órgano competente de la comunidad autónoma, en el caso en que se utilicen sustancias peligrosas o la actividad se desarrolle a menos de 500 m de alguno de los siguientes espacios: - núcleos de población, - espacios naturales protegidos de acuerdo al artículo 27 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, incluidas sus zonas periféricas de protección, - espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, - áreas protegidas por instrumentos internacionales. LO MÁS HABITUAL ES QUE ESTA ACTIVIDAD SEA C 12
13 3. ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CAPCA OTROS EQUIPOS DE COMBUSTIÓN. - Equipos de combustión para el funcionamiento de la cabina/horno (cuando el aporte de calor es mediante una caldera, u otro equipo de combustión propiamente dicho) o para calefacción. DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD ACTIVIDAD DEL CAPCA GRUPO CAPCA Código CAPCA Calderas de P.t.n >= 50 MWt A Combustión Calderas Calderas de P.t.n < 50 MWt y >2,3 MWt (1) B Calderas de P.t.n <= 2,3 MWt y >=70 kwt (1) C Calderas de P.t.n < 70 kwt Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de P.t.n >= 50 MWt A Otros equipos de combustión Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de P.t.n <50 MWt y >2,3 MWt Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de P.t.n <= 2,3 MWt y >= 100 kwt B C Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de P.t.n <100 kwt (1) Los equipos que formen parte íntegramente de instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios pertenecerán al grupo B cuando su P.t.n. < 50 MWt y >20 MWt, al grupo C cuando su P.t.n. < =20 MWt y >= 2,3 MWt y no estarán asignados a ningún grupo cuando su P.t.n. < 2,3 MWt LO MÁS HABITUAL ES QUE ESTA ACTIVIDAD SEA C o - 13
14 3. ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CAPCA LIMPIEZA DE SUPERFICIES Limpieza de las superficies distintas a las que se recubren DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD ACTIVIDAD DEL CAPCA GRUPO CAPCA Código CAPCA Limpieza de superficies metálicas (incluido el desengrasado), con c.c.d. > 200 t/año o de 150 kg/hora A Limpieza de superficie con disolvente Limpieza de superficies metálicas (incluido el desengrasado), con c.c.d. <= 200 t/año o a 150 kg/hora y > 2 (3) t/año C Limpieza de superficies metálicas (incluido el desengrasado), con c.c.d. <= 2 (3) t/año (3) Se considerará un umbral de 1 tonelada al año en aquellos casos en los que se empleen mezclas que, debido a su contenido en compuestos orgánicos volátiles clasificados como carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción, tengan asignados las siguientes frases de riesgo o indicaciones de peligro, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas: - R40, R45, R46, R49, R60 o R61 (hasta 1 de diciembre de 2010) - H341, H351, H340, H350, H350i, H360D o H360F o las frases de riesgo R40, R45, R46, R49, R60 o R61 (del 1 de diciembre de 2010 al 1 de julio de 2015) - H341, H351, H340, H350, H350i, H360D o H360F (A partir del 1 de julio de 2015) LO MÁS HABITUAL ES QUE ESTA ACTIVIDAD SEA - 14
15 3. ACTIVIDADES Y SU IDENTIFICACIÓN EN EL CAPCA LIJADO DE SUPERFICIES Lijado DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD ACTIVIDAD DEL CAPCA GRUPO CAPCA Código CAPCA Planos de lijado de la superficie a pintar Tratamientos físicos o mecánicos del hierro o el acero (superficiales o no) caracterizados por la acción mecánica sobre metal tales como el descascarillado, granallado, chorreado con abrasivos, esmerilado, pulido, decapado físico o mecánico, laminación en frío, extrusión, trefilado, machería, así como otras operaciones similares en talleres industriales para calderería, el oxicorte o la soldadura de piezas de hierro o acero. C Se aplica el concepto de actividad asimilable del Real Decreto 100/2011. ESTA ACTIVIDAD ES C 15
16 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN SI COMO ES HABITUAL LAS INSTALACIONES TIENEN ALGUNA ACTIVIDAD C y SIN ACTIVIDADES A o B NOTIFICACIÓN. En todo caso, la actividad presentará la NOTIFICACIÓN. Del análisis de la información presentada y únicamente en los casos que posibilita el Real Decreto 100/2011 (Hornos sin contacto, Equipos de secado y a menos de 500 m de núcleo de población, etc.), la D.G.E.A podrá considerar que una actividad C pase a ser B AUTORIZACIÓN. La documentación e información a aportar en la Notificación será: DATOS GENERALES DE LA INSTALACIÓN Datos identificativos de la empresa, instalación y titular. Datos del Centro: Dirección, NIF, NIMA. Motivo de notificación: Notificación inicial 16
17 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN Identificación y puesta en marcha de las actividades. La fecha (si hubiera varias puestas en marcha, para distintas actividades, ampliaciones, etc., indicar cada fecha). Descripción del proceso y condiciones de funcionamiento (incluyendo la capacidad de producción, flujos de proceso, etc.). Sacar golpe, enmasillado, aplicación de aparejo, y colocación de piezas Lijado: Indicar si se dispone de filtro y si éste sale al exterior o evacua a la nave. Pintado: Indicar donde se produce. Si la cabina tiene filtro (tipo filtro) y si se realiza en la misma cabina que el secado. Secado de la pintura: Indicar como se aporta el calor: con contacto con salida al exterior, con contacto sin salida al exterior, sin contacto. Características de los quemadores de la cabina de aplicación/secado y de las calderas de calefacción si las hubiera: Combustible utilizado (gasoil, gas natural, GLP), potencia térmica (kwt.) Indicar si se hace mecánica: Indicando si se realiza limpieza con disolvente de piezas distintas a las que se pintan. Indicar los días de trabajo al año y las horas al día. Relación de materias primas y productos y materiales generados en el proceso. Relación de productos con disolvente en las superficies que se recubren: Lacas, barnices, endurecedores, diluyentes, disolventes de limpieza, indicando cantidades y contenido en disolvente. Sera necesario distinguir entre los disolventes de limpieza utilizados en las superficies que se pintan de los empleados en las piezas que no se pintan. Aplicación del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero. Sólo si en la actividad de limpieza de superficies distintas a las que se pintan se consumen más de 2 t/año de disolvente (o 1 t/año si se utilizan productos con la frases de riesgo indicados anteriormente. Se indicará que en la actividad de renovación del acabado de vehículos utilizan recubrimientos que cumplen con el R.D. 227/
18 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN (continuación) Combustibles empleados (tipo y cantidad). Cantidad de combustible empleado al año en los quemadores Propuesta de catalogación (CAPCA). Según lo indicado en las tablas Identificación, diámetro, altura y ubicación de los focos (canalizados y difusos). Identificación de todos los focos de emisiones: Cabina de pintura, Quemadores, aspiración de lijado, aspiración de humos, extracciones de la nave, calderas de calefacción y ACS Coordenadas de geográficas del foco/focos con salida al exterior: Cabina de pintura, del quemador/es, aspiración de lijado en el sistema UTM 30 ETRS89. Dimensiones de los focos anteriores: Indicando para cada foco las siguientes dimensiones: 18
19 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN (continuación) Indicación de la altura de los edificios/estructuras próximos a los focos. Altura aproximada de la nave donde se encuentra el taller y de los edificios cercanos. Datos de emisiones (por actividades y focos) de los contaminantes recogidos en el Anexo I de la Ley 34/2007, de 15 noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Cabina de pintura: Partículas y compuestos orgánicos volátiles Quemadores de Gasoil: CO, NOx, SO 2, partículas inquemadas (opacidad) Quemadores de Gas natural: CO, NOx Planos de lijado: partículas Se aportará el último informe de control externo (inspección reglamentaria) de un OCA. Se indicará en el caso de no haberlo realizado Identificación de las condiciones de operación anormales que pudieran ocasionar emisiones superiores a las habituales y actuaciones que se llevarían a cabo. P.e incidencias en los filtros de las cabinas, del plano de lijado, incidencias en los quemadores, etc. Sistemas de depuración instalados en los focos. Tipos de filtros de partículas en la cabina de pintura (mantas filtrantes.), en los planos de lijado (filtros de tejido, etc.)... Sistemas de medición en continuo. No aplica Identificación de las fuentes de emisiones difusas en la instalación y medidas adoptadas. Salidas de Compuestos orgánicos volátiles, partículas, humos por las ventanas, huecos en paredes, etc. 19
20 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN (continuación) Justificación de la adecuación de los focos para la realización de las mediciones cumplen las normas aplicables. Adecuación de Plataformas de muestreo: Ubicación de las mismas, dimensiones y acceso. Número y tamaño de los orificios de muestreo. Normalmente esta información se refleja en el informe del OCA). Evaluación de los contaminantes emitidos con respecto a los valores limites de emisión aplicables. Esta información figura en los informes de control de emisiones realizado por el OCA. Se indicará si no se dispone. ES MUY IMPORTANTE APORTAR EL INFORME DE INSPECCIÓN REGLAMENTARIA REALIZADO POR UN OCA 20
21 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN INFORMACIÓN SOBRE EL ENTORNO Y TRÁMITES AMBIENTALES Copia de la resolución del órgano ambiental derivada de la evaluación de impacto ambiental o del procedimiento caso por caso. (Si procede). Calificación de actividades del Ayuntamiento. Información sobre el entorno. Descripción del entorno: núcleo urbano, polígono industrial, etc. Distancia al núcleo urbano más próximo a edificios como viviendas, colegios, centros comerciales, etc. Documentación gráfica del entorno y de la instalación. Foto aérea p.e. de Google De entorno, p.e. 1 Km. de radio De la instalación (que se puedan identificar las chimeneas) 21
22 4. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN FORMATO DE NOTIFICACIÓN 22
23 5. COMUNICACIÓN DE LA D.G.E.A AL TALLER CARTA SOBRE LA NOTIFICACIÓN PRESENTADA 23
24 6. MÁS INFORMACIÓN PÁGINA WEB DE LA COMUNIDAD DE MADRID Temas Medio ambiente Calidad Ambiental Vigilancia y Control de la Contaminación Atmosférica 01 Competencias 02 Notificación/Autorización 03 Vigilancia Atmosférica 04 Instrucciones técnicas 05 Instrucción técnica de medida en continuo 06 Sanciones 07 Normativa 24
25 Muchas gracias! Contacto: Alejandra Pérez Díez Enrique Crespo García 25
RÉGIMEN ADMINISTRATIVO TRÁMITE NOTIFICACIÓN CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS EMISIONES Madrid, 13 de diciembre de Revisión 01
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