4.1. Marco jurídico y normatividad en México Marco jurídico y normatividad ambiental de los Proyectos Emblemáticos... 9

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2 Índice 1. Objetivo General Objetivos Particulares Justificación e Introducción Marco jurídico y normatividad de los Proyectos Emblemáticos Marco jurídico y normatividad en México Marco jurídico y normatividad ambiental de los Proyectos Emblemáticos Cumplimiento ambiental de los Proyectos Emblemáticos Etapa de Planeación Uso del Agua Uso del Suelo Sitios de Importancia para la conservación en la zona de estudio Sitios de aprovechamiento de bienes y servicios ambientales en la zona de estudio Requerimientos ambientales para la obtención de financiamiento Evaluación ambiental y social estratégica Etapa de Implantación Determinación del caudal ecológico (2) Evaluación de impacto ambiental Gestión integral de residuos sólidos Indicadores de la clidad del agua Seguridad, higiene ymedio ambiente de trabajo Etapa de evaluación y mejora Control de calidad ambiental en los Proyectos Emblemáticos Autoevaluación ambiental de los Proyectos Emblemáticos Auditoría ambiental Bibliografía Anexos... 35

3 Índice de anexos Anexo 1. Lista de Verificación de la Guía para Incorporar la Variable Ambiental en los Proyectos Emblemáticos Anexo 2. Programa Nacional Hídrico Objetivo 3. Promover el manejo integrado y sustentable del agua en cuencas y acuíferos Anexo 3. Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales Anexo 4. Plan Nacional de Desarrollo Sustentabilidad Ambiental Agua Anexo 5. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente - CAPÍTULO IV- Instrumentos de la Política Ambiental Anexo 6. Normas Oficiales Mexicanas vigentes en materia ambiental Anexo 7. Ley de Aguas Nacionales: Título Quinto: Zonas Reglamentadas, de Veda o de Reserva Anexo 8. Indicadores de Calidad del Agua: Escalas de Clasificación Anexo 9. Áreas naturales protegidas Anexo 10. Sitios Ramsar en México Anexo 11. Regiones prioritarias para la conservación de la biodiversidad Anexo 12. Áreas de importancia para la conservación de las aves (AICAS) Anexo 13. Manglares prioritarios Anexo 14. Comités de Playas Limpias (instalados al 2007) Anexo 15. Montañas prioritarias Anexo 16. Salvaguardas del Banco Mundial Anexo 17. Términos de referencia para la elaboración de una evaluación ambiental estratégica auxiliar en la definición de políticas, planes, programas y proyectos de entidades publicas del país Anexo 18. Términos de referencia generales para la elaboración de la manifestación de impacto ambiental, modalidad particular, de proyectos de infraestructura hídrica Anexo 19. Términos de referencia generales para la elaboración de la manifestación de impacto ambiental, modalidad regional, de proyectos de infraestructura hídrica Anexo 20. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental (Artículos 12 y 13) Anexo 21. Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) Normas Oficiales Mexicanas en Materia de Seguridad e Higiene

4 Índice de figuras Figura 1. Marco jurídico y normatividad en México... 9 Figura 2. Marco jurídico y normatividad de los Proyectos Emblemáticos Figura 3. Procedimiento de una evaluación del impacto ambiental Figura 4. Guías para trámites de impacto ambiental Figura 5. Esquema de autoevaluación y mejora continua de los Proyectos emblemáticos Figura 6. Proceso de la auditoría ambiental ante PROFEPA... 33

5 1. Objetivo general Desarrollar un instrumento guía y de consulta sobre la inclusión de aspectos ambientales en los Proyectos Emblemáticos de Gestión Integrada de Recursos Hídricos. 2. Objetivos particulares Especificar la normatividad vigente en materia ambiental que aplique para el desarrollo de los Proyectos Emblemáticos Gestión Integrada de Recursos Hídricos. Establecer los elementos para describir las condiciones del recurso hídrico requeridas para mantener el equilibrio natural en la zona de influencia, así como las medidas preventivas y/o correctivas necesarias para preservar o restaurar dicho equilibrio, en el contexto de los Proyectos Emblemáticos de Gestión Integrada de Recursos Hídricos. 3. Justificación e introducción Importancia de la variable ambiental en la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH) El agua es indispensable para la vida en el planeta, además de constituir un insumo básico para el bienestar social y el desarrollo económico. El dispendio del agua, la competencia por su uso y la contaminación, generan una problemática creciente, cuya solución exige una planificación y una ordenación en el manejo de los recursos hídricos. Por lo general, la gestión del agua se ocupa principalmente de organizar el aprovechamiento multisectorial de los recursos hídricos en el contexto del desarrollo socioeconómico, abarcando aspectos de cantidad y calidad en el abastecimiento de agua para consumo humano, el uso en la agricultura, la industria y en la generación de energía hidroeléctrica. A lo largo del tiempo, esta forma tradicional de gestión, ha tenido qué ampliar sus alcances, incluso rebasando el ámbito de competencia del sector hidráulico, para incorporar otros aspectos de tipo social, económico y ambiental relacionados con el manejo del agua. Un ejemplo de lo anterior son las tradiciones y costumbres desarrolladas alrededor de los cuerpos de agua, la actividad pesquera, los aprovechamientos cinegéticos y de paisaje, o la conservación de la biodiversidad, que comúnmente no son considerados para la toma de decisiones de manejo del agua, pero que se ven influenciados en mayor o menor grado por dichas decisiones. Particularmente, la incorporación de aspectos ambientales en la gestión del agua implica, por una parte, reconocer que los ecosistemas tienen ciertos requerimientos de agua, en cantidad y calidad, para mantener su equilibrio y la producción de los bienes y servicios que prestan. En complemento, debe considerarse que 5

6 los ecosistemas llevan a cabo ciertas funciones hidrológicas, biológicas y químicas, de las cuales depende la cantidad y calidad de agua disponible. Por lo tanto, el cuidado del medio natural y la preservación de los servicios ambientales de los ecosistemas redunda en el aseguramiento de la disponibilidad de agua para las generaciones actuales y futuras. Estructura de los Proyectos Emblemáticos (PE) La CONAGUA ha seleccionado diferentes acciones a llevarse a cabo en las entidades federativas, las cuales son acordes a la problemática existente en su ámbito territorial. A éstas se les ha asignado el nombre de Proyectos Emblemáticos (PE). Se considera como un PE, aquel que es de alto beneficio social y que puede ser concluido en un periodo de cinco años, o bien que se pueda lograr un avance sustantivo en dicho periodo que permita asegurar su continuidad y culminación en el mediano plazo; además, representan una excelente oportunidad para vincular esfuerzos, recursos y talentos entre autoridades y habitantes. Estos proyectos se distinguen por: Contar con objetivos claramente definidos. Su alto grado de participación social. Ser proyectos integrales (incluyendo entre otros conceptos: saneamiento, reforestación, modernización del riego, tratamiento y reuso). Se pueden concluir en cinco años o avanzar lo suficiente para garantizar su conclusión en el mediano plazo. En general, en un ámbito geográfico relativamente pequeño. Los PE están divididos en tres etapas para su ejecución: A partir de 2009 En la etapa de planeación se llevan a cabo diversas actividades de campo y gabinete que deben culminar con la preparación del Programa Detallado de Acciones, marco en el cual se desarrollarán las actividades necesarias para alcanzar los objetivos previstos en cada proyecto. Las actividades sustantivas en esta etapa son: 1. Integración, procesamiento y difusión de información, desde los puntos de vista técnico y social, incluyendo el análisis de aquella información existente en el Archivo Histórico del Agua ( 6

7 2. Conocimiento preciso de la situación actual. 3. Identificación de Actores Clave y sus fortalezas, debilidades e intereses. 4. Elaboración del Programa Detallado de Acciones (incluye priorización, metas, responsables, montos, fuentes de financiamiento). La etapa de planeación de los PE será auspiciada por la Subdirección General de Programación de la CONAGUA, por el carácter integrador que los define, donde deberán colaborar las diferentes áreas del Organismo de Cuenca o Dirección Local en donde se encuentre inmerso el Proyecto Emblemático. Para el desarrollo de esta etapa y con el propósito de apoyar en la unificación de criterios, se elaboraron siete guías. La presente es una guía donde se especifican las herramientas e instrumentos necesarios para cumplir con los requerimientos ambientales de los Proyectos Emblemáticos. La etapa de implantación impulsará lo correspondiente a la etapa de evaluación de los avances y resultados obtenidos y se establecerán en su caso, las acciones de mejora que procedan. De igual manera, la etapa de evaluación y mejora permitirá seleccionar aquellos avances y resultados que podrán ser extrapolados a otras zonas del territorio nacional. Tipos y entornos de los Proyectos Emblemáticos Existen diferentes tipos de PE de GIRH. Algunos de estos son: 1. Abastecimiento de agua potable 2. Construcción de zonas de riego 3. Control de la contaminación 4. Esquemas de desarrollo municipal 5. Gestión integrada de recursos hídricos 6. Manejo integral / sustentable 7. Preservación de la calidad del agua 8. Recuperación de condiciones hidrológicas 9. Rehabilitación de drenes y bordos 10. Rescate ecológico 11. Restauración de cuencas 12. Saneamiento 13. Tratamiento de aguas residuales situaciones geográficas como las que a continuación se mencionan: Acuíferos Ciudades Costas y bahías Cuencas Humedales Pozos Estos PE pueden estar ubicados en diferentes entornos y 7

8 Presas Ríos, lagos y lagunas En vista de la diversidad de condiciones en las que puede desarrollarse un PE, y antes del desarrollo del Programa Detallado de Acciones correspondiente, es difícil especificar cuál es la normatividad ambiental aplicable, así como elegir las características del medio natural que deben ser descritas con precisión en cada etapa del proyecto. Es por ello que en la presente Guía se hace una revisión general de la legislación ambiental y se bosquejan alternativas de acción, con la finalidad de apoyar a los promoventes de PE para que definan esquemas acordes a las características de su proyecto, y con base en éstas, los requerimientos de información y cumplimiento de la ley. 4. Marco jurídico y normatividad de los Proyectos Emblemáticos 4.1. Marco Jurídico y normatividad en México El marco regulatorio en México tiene diversos niveles de jerarquía e importancia. En primer término, la Constitución Política como Carta Magna, de la cual se derivan las Leyes Federales con sus respectivos Reglamentos. Los convenios o tratados internacionales suscritos por México han de prevalecer sobre las leyes locales en cualquier materia. Por otro lado, se encuentran las Normas Oficiales Mexicanas de cumplimiento obligatorio a nivel nacional, las cuales establecen especificaciones, reglas y atributos de una actividad o servicio u operación. Finalmente, a los municipios se les reconoce la facultad de crear tanto normas generales como individualizadas, a las cuales de manera genérica se les denomina Bandos. 8

9 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TRATADOS INTERNACIONALES REGLAMENTOS DE LEYES FEDERALES LEYES FEDERALES NORMAS OFICIALES MEXICANAS CONSTITUCIONES ESTATALES REGLAMENTOS DE LEYES ESTATALES LEYES ESTATALES BANDOS: REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES Figura 1. Marco jurídico y normatividad en México 4.2. Marco jurídico y normatividad ambiental de los proyectos emblemáticos El Promovente deberá contemplar el Marco Jurídico, tomando en cuenta las Leyes, Reglamentos y Normas a nivel Federal, Estatal y Municipal. A continuación se describe el Marco Jurídico de los aspectos que integran los PE. 9

10 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (ARTICULOS: ) Residuos Peligrosos, Sólidos Urbanos y de Manejo Especial TRATADOS INTERNACIONALES Forestal LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE Flora y Fauna Silvestre, Sistemas Acuáticos LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Ordenamientos Territorial y Ecológico Recursos Hídricos REGLAMENTOS DE LEYES FEDERALES LEY DE AGUAS NACIONALES NORMAS OFICIALES MEXICANAS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE CONSTITUCIONES ESTATALES REGLAMENTOS DE LEYES ESTATALES LEYES ESTATALES EN MATERIA AMBIENTAL PROGRAMAS Y MANUALES DE PROCEDIMIENTOS ESTATALES VIGENTES BANDOS: REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES Figura 2: Marco jurídico y normatividad de los Proyectos Emblemáticos A continuación se presenta una descripción general de los temas que el promovente deberá revisar para determinar qué insumos necesita para dar cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y Normas federales en materia ambiental. Lo anterior dará pie al promovente para determinar a la par los requerimientos para dar cumplimiento a los ordenamientos ambientales estatales y municipales. 10

11 5. Cumplimiento ambiental de los proyectos emblemáticos La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la materia. Después de su publicación en 1988, se desarrollaron gran parte de los lineamientos ambientales vigentes a la fecha. Cabe destacar que la LGEEPA establece en su Capítulo VI una serie de Instrumentos de Política Ambiental, con el fin de lograr la protección del medio ambiente, la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos. Los PE se relacionarán en mayor o menor grado con los Instrumentos de Política Ambiental, dependiendo de sus características. El promovente deberá identificar cuáles son los Instrumentos aplicables para cada etapa de desarrollo y las actividades a realizar en consecuencia. Una descripción general de la relación entre los PE y los Instrumentos de Política Ambiental que pudieran aplicar en la etapa de planeación del PE es la siguiente: Planeación ambiental: El Artículo 17 de la LGEEPA, en materia de Planeación Ambiental, especifica que los lineamientos de política ambiental establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y Programas correspondientes deben ser observados en la planeación y realización de acciones a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en el ejercicio de las atribuciones del Gobierno Federal para regular en materia ambiental las acciones de los particulares en los campos económico y social. Los PE cumplen con este Instrumento de Política Ambiental al ser parte del Programa Nacional Hídrico (ANEXO 2), que a su vez emana del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (ANEXO 3) y del Plan Nacional de Desarrollo (ANEXO 4). Ordenamiento ecológico del territorio: Este es tal vez el Instrumento que mayor relación tiene con los PE. Constituye un importante insumo para describir los aspectos de regulación de uso del suelo en el sitio del PE, además de que proveerá de información importante para llevar a cabo la descripción de la zona de estudio, Adicionalmente, y en el caso de que la implantación del PE requiriera de una Evaluación de Impacto Ambiental, la delimitación de la zona de estudio estará basada en las Unidades de Manejo Ambiental que forman parte del Ordenamiento Ecológico del sitio. El promovente deberá averiguar sobre la existencia de Ordenamientos Ecológicos, ya sean regionales, locales o marinos, aplicables al sitio del PE, e incorporar la información correspondiente para la elaboración del diagnóstico del sitio, y para incluir lo referente a la regulación del uso del suelo en el Programa Detallado de Acciones del PE. La inclusión de la información de ordenamientos ecológicos del territorio no exenta al promovente de conseguir e incluir en el Programa Detallado de Acciones la regulación de uso de suelo emanada de Planes de Desarrollo Estatal, Municipal y/o Urbano. Instrumentos económicos: Su objetivo es incentivar el cumplimiento de la política ambiental. Se trata de mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan al ambiente. El promovente deberá averiguar sobre la aplicación de este Instrumento en el sitio del PE y considerar que el Programa Detallado de Acciones sea compatible con sus características de aplicación y/o lo promueva. Regulación ambiental de los asentamientos humanos: En el caso de que el PE favorezca el establecimiento, crecimiento y/o reubicación de asentamientos humanos, debe tomarse en cuenta lo establecido por este Instrumento, independientemente de cumplir con los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia. 11

12 Evaluación del impacto ambiental (EIA): Si la implantación del PE implica la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico, el proyecto deberá someterse a este Instrumento. En este caso, el promovente deberá incorporar al Programa Detallado de Acciones la elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental y la realización del trámite correspondiente ante la SEMARNAT, además de establecer lo necesario para la posterior inclusión de medidas preventivas, de mitigación y/o de compensación que defina la autoridad competente. El tipo de obras y actividades que por mandato de Ley deben someterse a este Instrumento se enlistan en la Sección V del Capítulo IV de la LGEEPA (ANEXO 5), y se detallan en el Reglamento en materia de Impacto Ambiental. Adicionalmente, se deberán revisar los mencionados apartados para verificar si se requerirá la presentación de documentos complementarios a la EIA, tales como el Análisis de Riesgo y/ó el Estudio Técnico Justificativo. Finalmente, y en vista de la alta probabilidad de que un PE requiera de una EIA, la sección aborda lo referente al trámite a realizar y las modalidades de estudio. Es importante mencionar que debe averiguarse también lo referente al cumplimiento de la legislación estatal y local en materia de impacto ambiental. Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental: A través del cumplimiento de estas Normas, se busca garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas. El ANEXO 6 contiene el listado de las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental que el promovente deberá revisar y definir con cuáles requiere de cumplir el PE. Autorregulación y auditorías ambientales: Se trata de un Instrumento de aplicación voluntaria, que para fines de los PE en su etapa de Evaluación y Mejora resulta altamente recomendable. Por lo anterior, el promovente deberá considerar lo procedente en el Programa Detallado de Acciones. Investigación y educación ecológicas: Este instrumento fomenta las acciones de gobierno federal, estatal y municipal, para la incorporación de contenidos ecológicos, conocimientos, valores y competencias, en los diferentes niveles educativos; así como la promoción para que los medios de comunicación participen en el fortalecimiento de la conciencia ecológica y la socialización de proyectos de desarrollo sustentable. Es altamente recomendable que las acciones antes descritas sean incorporadas en el Programa Detallado de Acciones. La revisión de los ordenamientos ambientales federales se complementa con las Leyes, Reglamentos y Normas establecidas para temas específicos, tales como aspectos forestales, agua, biodiversidad, y en su caso, el manejo de residuos generados por la actividad relacionada con el proyecto. Mención aparte merecen los Tratados Internacionales, que habiendo sido signados por nuestro país y ratificados por el Senado de la República adquieren estatus de Ley, y jerárquicamente se ubican para su cumplimiento como subordinados a la Constitución Política y por encima de las Leyes Generales. A continuación se comenta sobre la aplicación de estos ordenamientos para cada una de las etapas del PE Etapa de planeación El inicio del trabajo para el desarrollo del PE es la elaboración de un diagnóstico del sitio. En lo que respecta a los aspectos ambientales relacionados con el PE, el diagnóstico debe dirigirse a la descripción de sistemas naturales y su funcionamiento, evitando limitar el trabajo a la elaboración de listados de cuerpos de agua, especies y otros elementos del medio natural, Por otra parte, es indispensable identificar la existencia de condicionantes aplicables en la zona de estudio para el uso del suelo y agua, tales como ordenamientos territoriales o zona de veda de agua. El tercer punto a considerar en la descripción es la importancia económica, social y propiamente ambiental de los elementos naturales de la zona de estudio. 12

13 Lo anterior facilitará la comprensión de las causas y consecuencias de la problemática abordada por el PE, y permitirá generar un Programa Detallado de Acciones que ofrezca soluciones sin generar nuevos problemas de índole ambiental. En consecuencia, se facilitará el dar cumplimiento a la legislación ambiental aplicable en las etapas subsecuentes del PE. Se recomienda considerar los siguientes aspectos: Definir el ámbito territorial de la microcuenca como área de estudio. En caso de existir un Ordenamiento Ecológico del Territorio para el sitio, se considerará como área de estudio la o las Unidades de Gestión Ambiental establecidas en éste, sobre las que vaya a desarrollarse el PE. Describir la dinámica hidrológica del área de estudio: aguas superficiales, subterráneas, red de drenaje natural, balance hídrico, infraestructura hidráulica presente, entre otros. Describir la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, ubicación, calidad y volumen de las descargas de aguas residuales, descripción de otras fuentes de contaminación en el área de estudio. Describir los ecosistemas asociados con el ciclo hidrológico en el área de estudio: particularmente los ubicados en zonas de recarga de acuíferos, zonas riparias, llanuras de inundación, lagos, estuarios, manglares y/u otros tipos de humedales presentes. Describir los usos del agua en la zona de estudio: sectores presentes, volúmenes utilizados, fuentes de abastecimiento, cuerpos receptores de aguas residuales, calidad de las descargas. Incluir la existencia de zonas de veda, de reserva, acuerdos de distribución, y/o algún otro ordenamiento que regule o influya sobre el uso del agua en el área. Describir los usos del suelo en el área de estudio: incluir, además de la situación actual, la información de Ordenamientos Ecológicos, Planes de Desarrollo Estatal y Municipal, Planes de Desarrollo Urbano, Incluir la existencia de Áreas Protegidas, sitios de importancia ambiental reconocida, y/o algún otro aspecto que regule o influya en el uso del suelo. Describir los usos principales de otros recursos naturales: especialmente de los bienes y servicios obtenidos de los ecosistemas asociados al PE (caza, pesca, recolección, recreación, etc.). La profundidad con la que se desarrollen estos aspectos y la adición de otros temas, se definirá a criterio del Grupo de Supervisión de la CONAGUA, dependiendo de la problemática a tratar. Es importante que en la Etapa de Planeación se recaude la información necesaria para los estudios a realizar en la Etapa de Implantación. A continuación, se presenta más información sobre los tópicos en cuestión y la legislación relacionada, integrada en dos grandes temas: uso del agua y uso del suelo Uso del agua Antes de reconocer la importancia social y ambiental del agua, el manejo de este recurso se basaba en aspectos técnicos hidráulicos para lograr objetivos de tipo principalmente económico. Actualmente, la Ley de Aguas Nacionales, define como Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) al proceso que promueve la gestión y desarrollo coordinado del agua, la tierra, los recursos relacionados con éstos y el 13

14 ambiente, con el fin de maximizar el bienestar social y económico equitativamente sin comprometer la sustentabilidad de los ecosistemas vitales. Con este cambio de paradigma, la CONAGUA se enfrenta a grandes retos, como el de resolver problemas de sobreexplotación en dos terceras partes del territorio nacional. En el caso de que el PE se relacione con aspectos relacionados con la cantidad de agua presente en el sitio y/ su distribución, será necesario revisar los siguientes temas: Determinación de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales: El conocer la disponibilidad media anual es indispensable para el otorgamiento de concesiones y asignaciones de aguas nacionales. Por definición, la disponibilidad media anual en aguas superficiales resulta de la diferencia entre el escurrimiento natural y los volúmenes comprometidos, y en aguas subterráneas es el volumen medio anual extraíble adicional a lo ya concesionado y a la descarga natural comprometida, sin poner en peligro los ecosistemas. Las especificaciones y el método para realizar esta determinación se especifican en la NOM 011 CNA 2000, Conservación del recurso agua. Para cualquier decisión a tomarse durante el proceso de planeación o en el Programa Detallado de Acciones, relacionado con nuevos aprovechamientos de agua, se debe contar con el cálculo de la disponibilidad media anual en la zona de estudio, ya sea que se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación, o que la CONAGUA cuente con la información correspondiente, previa publicación. Acuerdos de distribución: Estos Acuerdos han sido desarrollados en el seno de los Consejos de Cuenca, o de alguno de sus Órganos auxiliares, con la finalidad de compartir equitativamente los recursos hídricos en situaciones de crisis. Al respecto, se deberá indagar si existe algún acuerdo de distribución aplicable para la zona de estudio, y en su caso incorporar lo necesario en el Programa Detallado de Acciones del PE. Zonas reglamentadas, de veda o de reserva: El Título Quinto de la Ley de Aguas Nacionales (ANEXO 7) trata sobre la aplicación de estas herramientas para controlar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales. Al respecto, debe haber un decreto de establecimiento, basado en estudios técnicos previos, así como en el Programas Nacional Hídrico y por cuenca hidrológica y en las necesidades del ordenamiento territorial nacional, regional y local. En caso de que existan en la zona de estudio decretos de zonas reglamentadas, de veda o reserva de aguas nacionales, o en caso de que existan proyectos al respecto, deben tomarse en cuenta las restricciones que esto implique en el Programa Detallado de Acciones del PE. Otro aspecto que sirve de base para definir el uso del agua es su calidad. Al respecto, debe considerarse la evaluación de la calidad del agua con base en tres indicadores: Demanda Bioquímica de Oxígeno a cinco días (DBO 5 ), con la que se determina la cantidad de materia orgánica biodegradable, cuyo origen comúnmente lo constituyen las descargas municipales. Demanda Química de Oxígeno (DQO), con la que se mide la cantidad total de materia orgánica. El aumento de la DQO indica presencia de sustancias provenientes de descargas no municipales. Sólidos Suspendidos Totales (SST), que pueden tener su origen en las aguas residuales, pero también en la erosión del suelo, por lo que pueden estar relacionados con fenómenos de deforestación severa. 14

15 De acuerdo con ciertos rangos definidos para cada uno de los indicadores mencionados, se establece una escala de clasificación de la calidad del agua. La escala consiste en seis niveles de calidad, que van de excelente a fuertemente contaminada (ANEXO 8). La CONAGUA da seguimiento a la calidad de las aguas nacionales a través de 503 estaciones de monitoreo. Es muy probable que se requiera de la información sobre la calidad del agua en la zona de estudio durante la etapa de planeación del PE. Una condicionante más para el uso del agua, y que tiene qué ver con aspectos de cantidad y calidad, es el uso ambiental del agua, tema que fue reforzado con las modificaciones realizadas a la Ley de Aguas Nacionales en el año Al respecto, el Artículo 14 BIS 5 establece como uno de los principios de la política hídrica nacional que la gestión integrada de los recursos hídricos por cuenca hidrológica, se sustenta en el uso múltiple y sustentable de las aguas y la interrelación que existe entre los recursos hídricos con el aire, el suelo, la flora, la fauna, otros recursos naturales, la biodiversidad y los ecosistemas que son vitales para el agua. En otras palabras, la gestión integrada de los recursos hídricos debe promover un equilibrio entre los usos del agua, incluyendo entre éstos al uso ambiental, entendido como la calidad, cantidad y régimen del flujo de agua requerido para mantener los componentes, funciones, procesos y la resiliencia (capacidad de un sistema de absorber perturbaciones, sin alterar significativamente sus características de estructura y funcionalidad) de los ecosistemas acuáticos que proporcionan bienes y servicios a la sociedad. El flujo de agua mínimo deberá preservar los valores ecológicos en el cauce del mismo, como: los hábitats naturales que cobijan una riqueza de flora y fauna las funciones ambientales como dilución de contaminantes amortiguación de los extremos climatológicos e hidrológicos preservación del paisaje El caudal ecológico debe mantener los ecosistemas fluviales en condiciones admisibles aguas abajo de las obras o aprovechamientos que alteran los regímenes originales o naturales de flujo de una corriente. A nivel mundial, la no consideración del caudal ecológico se ha visto reflejada en consecuencias muy severas sobre los ecosistemas acuáticos, tal como ha sido ampliamente documentado en la casi desaparición del Mar Aral, en Asia Central, por los excedentes de desvíos para riego de zonas de cultivo de algodón. Determinación del caudal ecológico (1) La Ley de Aguas Nacionales (LAN) define que el uso ambiental o uso para conservación ecológica, es el caudal o volumen mínimo necesario en cuerpos receptores, incluyendo corrientes de diversa índole o embalses, o el caudal mínimo de descarga natural de un acuífero, que debe conservarse para proteger las condiciones ambientales y el equilibrio ecológico del sistema. Si bien existen otras definiciones, todas ellas coinciden en especificar que se trata del caudal necesario para mantener un nivel deseado de salud en el ecosistema. En ese sentido, el mandato de la LAN de proteger las condiciones ambientales y el equilibrio del sistema resulta poco específico, además de poco aplicable sobre todo en zonas de sobreexplotación y sobreconcesión. Por lo tanto, y para fines de los PE, el primer paso en la determinación de caudales ecológicos será la definición de qué se desea conservar o hasta dónde será permisible modificar el ecosistema, sus funciones y/o los servicios ambientales que presta. Para tomar esta decisión, deberá tomarse en cuenta el marco jurídico aplicable en materia ambiental, además de considerar la opinión de los usuarios del ecosistema (no sólo a los usuarios del agua) y demás actores involucrados en el PE. 15

16 Otro aspecto a considerar en la determinación de caudales ecológicos es el cálculo de volúmenes hidrológicos (medios anuales), tarea que requiere de la participación de especialistas de diferentes áreas del conocimiento (se recomienda que sus estudios sean bajo la supervisión de la CONAGUA), entre las que se encuentran la hidráulica, la hidrología y la biología. Para este fin, se hace un cuidadoso análisis de las necesidades mínimas de los ecosistemas existentes en el área de influencia de la estructura hidráulica que en alguna forma va a modificar el caudal natural. La complejidad de los procesos físicos, químicos y biológicos que tienen lugar en los ecosistemas fluviales, hace parecer poco posible el desarrollo de una herramienta que permita estimar, de forma aceptable, la cantidad de agua necesaria para su mantenimiento, y así conocer la parte de recurso que se puede emplear para otros usos (abastecimiento urbano, riego, generación de energía eléctrica, etcétera). No obstante la dificultad que esto representa, en las últimas décadas en varios países se han realizado esfuerzos importantes encaminados a encontrar una respuesta razonable que facilite su cálculo. Para tal fin, se han desarrollado métodos para determinar los caudales de reserva ecológicos, los cuales son fundamentalmente de dos tipos: 1. Basados en caudales históricos 2. Basados en la simulación de hábitats En tanto se publica la Norma Oficial Mexicana que establezca el procedimiento para determinar caudales ecológicos, en la presente guía se sugiere que, en caso de que el programa detallado de acciones del PE incluya la modificación de volúmenes de agua en un ecosistema acuático, se incorpore dentro de la Planeación el desarrollo del primer método, para la obtención de un cálculo preliminar, ya que este brinda una aproximación rápida de los requerimientos mínimos del caudal de un río para mantenerlo en las condiciones ambientales que se hayan definido previamente, con la participación de todos los involucrados. En la etapa de Implantación se recomienda al promovente realizar una evaluación ambiental detallada de las especies que serán afectadas por el PE, llevando a cabo la metodología de simulación de hábitats. 1. Basados en caudales históricos Este método determina el caudal que mantiene en condiciones aceptables los ecosistemas fluviales, con base en los caudales históricos observados en el río de interés. Para el cálculo se requiere de la identificación de la estación hidrométrica más cercana al punto en el cual se desea hacer la determinación del caudal; para obtener los registros hidrométricos de por lo menos diez años de antigüedad y además se recomienda la consulta de: Boletines hidrológicos editados por la SEMARNAT, que se encuentran en las oficinas de la CONAGUA y en el centro de Consulta del Agua (CENCA) del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA). Información de las estaciones de aforo del Banco Nacional de Datos de Aguas Superficiales (BANDAS), que se encuentran disponibles para consulta en la CONAGUA o para su adquisición y/o consulta en el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. 16

17 Información hidrométrica que se encuentra en las oficinas regionales de la CONAGUA, a la cual corresponda la gestión de la corriente o tramo de la corriente superficial en estudio. Información de la Comisión Federal de Electricidad sobre las estaciones hidrométricas pertenecientes a la entidad de interés, así como las aportaciones de embalses operados por esta dependencia. Mapas topográficos y de hidrología superficial de las zonas de interés, que pueden obtenerse en el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). Información climatológica del Sistema de Información Climatológica del Servicio Meteorológico Nacional Uso del suelo El uso del suelo en el área de estudio debe revisarse en dos vertientes: la planeación para el uso y el uso actual. En lo que se refiere a aspectos de planeación para el uso, es probable que existan diferentes documentos reguladores, tales como el Ordenamiento Ecológico Regional, Ordenamiento Ecológico Local, Plan de Desarrollo Estatal, Plan de Desarrollo Municipal, y otros que en condiciones ideales, serían congruentes unos con otros. Por otra parte, el uso actual del suelo en el sitio no siempre será el reflejo de lo expresado en los documentos reguladores antes mencionados. En todo caso, debe recordarse que los PE han emanado de las políticas para el desarrollo sustentable y, en caso de que el PE requiriera de un cambio de uso de suelo, habrá que atenerse a lo establecido por la legislación correspondiente: 1. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en los aspectos de Ordenamiento Ecológico y de Impacto Ambiental. 2. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento para la remoción de la vegetación. 3. Leyes Estatales y sus Reglamentos en Materia de Uso de Suelo 4. NOM s en Materia Forestal (ANEXO 6) Además, el Promovente deberá presentar los siguientes estudios, mismos que deberán contener una descripción del PE en cuestión, de los impactos ambientales que pudieran resultar del cambio de uso de suelo (o remoción de la vegetación) y de sus medidas de mitigación: 1. Manifestación de Impacto Ambiental. 2. Estudio Técnico Justificativo, realizado por un Prestador de Servicios Técnicos Forestales registrado ante la SEMARNAT. El tiempo de resolución será aproximadamente de 60 días y cabe recordar que también será necesario atender el cumplimiento de ordenamientos estatales y municipales en la materia. 17

18 Sitios de importancia para la conservación en la zona de estudio Un aspecto relevante para considerar desde la perspectiva ambiental, es la presencia en la zona de estudio de sitios reconocidos por su importancia para la conservación de recursos naturales y/o biodiversidad, tengan o no un decreto de protección. Muchos de estos sitios tienen relación con los recursos hídricos por ser parte del ciclo hidrológico, como zonas de recarga de acuíferos, o por representar al uso ambiental del agua, en el caso de los ecosistemas acuáticos, por lo que es indispensable considerarlos en el PE. Es común que estos sitios cuenten con grupos de trabajo, gubernamentales, académicos, y/o de la sociedad organizada, que podrían ser actores importantes dentro de la planeación del PE, o al menos, puedan proporcionar información valiosa, e incluso el programa de trabajo establecido para el sitio, el cual deberá tomarse en cuenta en la elaboración del Programa Detallado de Acciones, buscando la congruencia entre ambos. Un ejemplo claro de estos sitios son las Áreas Naturales Protegidas de injerencia federal, estatal y/o local. Para estos sitios existe un decreto en el que se establece el polígono de la superficie protegida, y muchas de éstas cuentan con programas de manejo. El listado de las Áreas Naturales Protegidas se encuentra en el ANEXO 9, también puede obtenerse más información al respecto en NÚMERO CATEGORÍA SUPERFICIE HECTÁREAS 38 Reserva de la Biósfera 11,846, Parques Nacionales 1,505,643 4 Monumentos Naturales 14,093 7 Áreas de Protección de Recursos Naturales 3,465, Áreas de Protección de Flora y Fauna 6,077, Santuarios Otras Categorías 186,734 EN ,096,877 Por otra parte, existen múltiples ejercicios de identificación de sitios importantes para la conservación de la biodiversidad, realizados por diversos actores. El reconocimiento de su importancia no les confiere el status de Área Protegida, pero seguramente existirán en el sitio especies y/o hábitats para los que aplican compromisos nacionales y/o internacionales de protección. También existe la posibilidad de que la superficie de estos sitios coincida parcial o totalmente con Áreas Protegidas, y/o entre sí. Los siguientes son ejemplos de este tipo de sitios. Humedales de importancia internacional Ramsar: La Convención sobre los Humedales, firmada en Ramsar, Irán, en 1971, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y uso racional de los humedales y sus recursos. México firmó la Convención como Parte Contratante en 1986, comprometiéndose así a hacer un manejo sustentable de los humedales del país y a conservar a aquellos identificados como de importancia internacional (o Sitios Ramsar), por sus características físicas y/o bióticas. Hasta febrero de 2008, se han identificado en México 112 Sitios Ramsar (ANEXO 10). Cada sitio cuenta con una ficha descriptiva, un 18

19 programa de trabajo y un responsable de su implantación. La información al respecto puede solicitarse a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), que funge como punto focal en nuestro país para la aplicación de esta Convención. Regiones prioritarias para la conservación de la biodiversidad: Este ejercicio fue promovido por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), que se dio a la tarea de realizar talleres de análisis con especialistas de todo el país. Como resultado, se definieron la Regiones Prioritarias para la Conservación de la Biodiversidad (ANEXO 11) considerando los ámbitos terrestre (152 regiones terrestres prioritarias), marino (70 regiones prioritarias marinas) y acuático epicontinental (110 regiones hidrológicas prioritarias). Todas las regiones cuentan con una ficha técnica que contiene información de tipo biológico y físico, problemática y sugerencias identificadas para su estudio, conservación y manejo. Se puede acceder a la información completa de cada región desde Áreas de importancia para la conservación de las aves (AICAS): Este es uno de los más relevantes esfuerzos de identificación de sitios para la conservación de la biodiversidad, iniciado desde Aún cuando se refiere a un solo grupo faunístico, su importancia estriba en el tiempo y esfuerzo dedicado. Con la colaboración de diversas instituciones y grupos de expertos, se obtuvo un listado de sitios seleccionados por presentar especies catalogadas en algún nivel de riesgo nacional e internacional, poblaciones con rangos de distribución restringidos, especies restringidas a un bioma o hábitat amenazado, por presentar grandes congregaciones de individuos, y /o por ser zona de interés para la investigación ornitológica. El listado consta de 230 sitios (ANEXO 12), de los cuales existen disponibles fichas técnicas en Programas de Recuperación de Especies Prioritarias (PREP s): Para la elaboración de estos programas, se eligen las especies de vida silvestre incluidas en alguna categoría de riesgo reconocida internacionalmente por: 1. la factibilidad de recuperarlas y manejarlas, 2. producir un efecto de protección indirecta que permite conservar a otras especies y sus hábitats, 3. ser especies carismáticas y poseer un alto grado de interés cultural o económico. Manglares: El 1º de febrero de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto de modificación a la Ley General de Vida Silvestre, que tendrá que ser considerada en los casos en los que el área de influencia de un PE contenga un ecosistema de manglar. La modificación consiste en la adición del Artículo 60 TER, en el que se prohíbe la realización de cualquier obra que afecte la integridad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos. Se exceptuarán de dicha prohibición las obras o actividades que tengan por objeto proteger, restaurar, investigar, o conservar las áreas de manglar. Adicionalmente, el decreto incorpora un segundo párrafo al Artículo 99, para establecer que las obras y actividades de aprovechamiento no extractivo que se lleven a cabo en manglares, deberán sujetarse a las disposiciones en materia de impacto ambiental previstas en el Capítulo IV, Sección V del Artículo 28 de la LGEEPA (ANEXO 5). Por otra parte, el programa Los Manglares de México, es un esfuerzo promovido por la CONABIO en el que participan diversas instituciones de investigación, de gobierno, y de la sociedad organizada interesada 19

20 en el tema. Su objetivo es definir el estado actual de los manglares en el país y establecer un programa de monitoreo a largo plazo. El programa dio inicio en 2006, y como primer resultado se está finalizando el inventario nacional de manglares y su distribución. También se cuenta ya con una lista inicial de 55 manglares considerados por expertos en la materia como de relevancia biológica y áreas con necesidades inmediatas de rehabilitación ecológica (ANEXO 13). Actualmente, se encuentran en elaboración las fichas descriptivas y los mapas correspondientes a estos 55 sitios. Si un PE se relaciona con alguno de estos manglares prioritarios, y hasta que la información de las fichas informativas se encuentre a disposición del público, se deberá contactar con los expertos y/o instituciones locales para obtener información sobre la importancia del ecosistema y si sus requerimientos de agua en cantidad y calidad se ven afectados, o pudieran ser solventados, como parte del Programa Detallado de Acciones. El directorio de expertos participantes en el programa Los Manglares de México puede consultarse en Sitios de aprovechamiento de bienes y servicios ambientales en la zona de estudio La preservación del medio natural tiene importancia socioeconómica, ya que los ecosistemas generan diversos bienes y servicios ambientales como la disponibilidad de agua en cantidad y calidad y la producción de especies de flora y fauna con valor comercial, entre otros. Será necesario identificar los aprovechamientos que se realizan en la zona de estudio, y prever lo necesario dentro de la planeación para que el PE no influya negativamente, o incluso mejore la producción de estos bienes y servicios. Ejemplos de los aprovechamientos con los que podría relacionarse un PE son los siguientes: Pesquerías: La Carta Nacional Pesquera (CNP) es un documento presentado en forma de fichas que contienen la ubicación geográfica de las áreas de pesca en las vertientes y aguas continentales del país. Se presenta información descriptiva de la pesca realizada y, adicionalmente, se presenta un resumen de la problemática ambiental del sitio, incluyendo aspectos en torno al agua. La CNP fue publicada en el Diario Oficial de la federación en agosto del año 2000, versión que puede revisarse en Este documento ha tenido actualizaciones en marzo de 2004 (disponible para consulta en y en agosto de 2006 (disponible para consulta en Es recomendable la revisión de la Carta y sus actualizaciones. Unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre: El Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre integra bajo un concepto común los sitios que hasta 1996 se conocían de manera dispersa como: criaderos extensivos e intensivos de fauna silvestre, zoológicos, viveros y jardines botánicos, entre otros y se les denomina Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA). Las UMA s pueden ser definidas como unidades de producción o exhibición, en un área claramente delimitada bajo cualquier régimen de propiedad, en donde se permite el aprovechamiento de ejemplares, productos y subproductos mediante la utilización directa o indirecta de los recursos de la vida silvestre (fines comerciales o cinegéticos) y que requieren un manejo para su operación. Hasta abril de 2008, se contaba con 8,225 UMA s registradas, con tipos de aprovechamiento clasificados como extractivos (cacería deportiva, mascotas, ornato, alimento, insumos para la industria y la artesanía, exhibición, colecta) y no extractivos (ecoturismo, investigación, educación ambiental, fotografía, video y cine). Las UMA s actuales representan una extensión de millones de hectáreas (14.74% del territorio nacional). Será necesario indagar sobre la existencia de UMA s en la zona de estudio y tomar las medidas necesarias en la planeación del PE para lograr la congruencia necesaria. 20

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