Inmuebles Panamericana S.A. Sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República del Perú
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- Lourdes Cabrera Chávez
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1 COMPLEMENTO DEL PROSPECTO MARCO El presente documento debe ser leído conjuntamente con el Prospecto Marco correspondiente al Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana registrado a través de Trámite Anticipado. Inmuebles Panamericana S.A. Sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República del Perú Primera Emisión Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana Hasta por un monto máximo de emisión en Nuevos Soles equivalente a de US$35 000, (Treinta y Cinco Millones y 00/100 de Dólares) CREDITÍTULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. Fiduciario, Emisor y Representante de los Bonistas Por encargo de Inmuebles Panamericana S.A. ( IPSA o el Originador ), empresa constituida de acuerdo con las leyes de la República de Perú, Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. ( Creditítulos o el Emisor ), una sociedad titulizadora autorizada para funcionar como tal por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), con domicilio en Av. El Derby 055 Torre 4, Piso 10, Surco, departamento de Lima y teléfono (511) , ha convenido emitir la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana hasta por un monto de emisión en Nuevos Soles equivalente a US$35 000, (Treinta y Cinco Millones y 00/100 de Dólares), bajo el marco del Segundo Programa de Bonos de Titulización IPSA que posibilita la emisión de Bonos de Titulización hasta por un monto máximo de US$ , (Cien millones y 00/100 Dólares) o su equivalente en Nuevos Soles. La suma de todas las emisiones realizadas bajo el Programa no podrá superar US$ , (Cien millones y 00/100 de Dólares), o su equivalente en Nuevos Soles. Ni los activos del Originador ni tampoco los de Creditítulos responderán por las obligaciones contraídas por el Patrimonio Fideicometido en el marco del Programa. Tales obligaciones, incluyendo las relativas a los referidos Bonos, serán pagadas exclusivamente con los activos del Patrimonio en Fideicomiso D. Leg. N 861, Título XI, Inmuebles Panamericana Segundo Programa (el Patrimonio Fideicometido ), conforme se dispone en los artículos 312 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, y con las garantías adicionales que se hubiere en el Contrato Marco y en el Contrato Complementario de la Primera Emisión celebrado con fecha 21 de noviembre de 2011 entre el Originador y Creditítulos y con las garantías adicionales que se hubiere establecido. Los Bonos de la Primera Emisión del Programa serán nominativos, indivisibles, libremente negociables e inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV, estarán representados por anotaciones en cuenta, serán inscritos en Cavali y podrán ser negociados en Rueda de Bolsa de la BVL. El registro de los Bonos de la Primera Emisión del Programa en Rueda de Bolsa se realizará por cuenta y costo del Originador. Cada Bono de la Primera Emisión del Programa tendrá un valor nominal inicial de S/ (Cien y 00/100 Nuevos Soles) y el precio de oferta inicial de los mismos será a la par. La tasa de interés de los Bonos de la Primera Emisión del Programa será definida por las personas autorizadas para ello, antes de la Fecha de Emisión de cada una de las Emisiones o Series, con arreglo al mecanismo de colocación de subasta tipo holandesa que se establece en el presente Complemento del Prospecto Marco (o Prospecto Complementario ). Los Bonos de la Primera Emisión del Programa podrán serán emitidos en una Serie de hasta un monto máximo de emisión en Nuevos Soles equivalente a US$35 000, (Treinta y Cinco Millones y 00/100 de Dólares).
2 Véase la sección Factores de Riesgo en la página 30 del Prospecto Marco, la cual contiene una discusión de ciertos factores que deberían ser considerados por los potenciales adquirientes de los valores ofrecidos. Entidad Estructuradora Agente Colocador ESTOS VALORES HAN SIDO INSCRITOS EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL MERCADO DE VALORES DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES, LO CUAL NO IMPLICA QUE ELLA RECOMIENDE LA INVERSIÓN EN LOS MISMOS U OPINE FAVORABLEMENTE SOBRE LAS PERSPECTIVAS DE LA INVERSIÓN. LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN NECESARIOS PARA UNA EVALUACIÓN COMPLEMENTARIA ESTÁN A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN EL MENCIONADO REGISTRO. Este Prospecto Complementario es de fecha 05 de diciembre de 2011
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5 CONTENIDO I. DESCRIPCIÓN DE LA OFERTA 1.1. PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN DE LOS VALORES Tipo de oferta Inversionistas a los que va dirigida la oferta Medios de difusión masiva Recepción y confirmación de propuestas Mecanismo de asignación y adjudicación Liquidación y compensación de las transacciones Modo y plazo para la entrega de los valores a los inversionistas adjudicados 1.2. DESTINO DE LOS RECURSOS CAPTADOS 1.3. COSTOS DE LA PRIMERA EMISIÓN DEL PROGRAMA 1.4. ENTIDAD ESTRUCTURADORA 1.5. AGENTE COLOCADOR II. DESCRIPCIÓN DE LOS VALORES OFRECIDOS 2.1. CARACTERÍSTICAS DE LA PRIMERA EMISIÓN DEL PROGRAMA Denominación Tipo de instrumento Clase Régimen de Transferencia Monto de la emisión Moneda Valor Nominal Inicial Valor Nominal Vigente Plazo de la emisión Series Precio de la colocación Fecha de Colocación Fecha de Emisión Cupón Amortización del Principal Pago de Intereses y del principal Tasa de Interés Interés Moratorio Opción de Rescate Clasificación de Riesgo 2.2. REPRESENTACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LOS VALORES Y FORMA EN QUE SE EFECTUARÁ SU TRANSFERENCIA 2.3. MECANISMO CENTRALIZADO DE NEGOCIACIÓN ANEXOS:
6 Anexo A: Contrato Complementario de la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana Segundo Programa. Anexo B: Informes de Clasificación de Riesgo de la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana.
7 I. DESCRIPCIÓN DE LA OFERTA 1.1. PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN DE LOS VALORES Tipo de oferta Los Bonos de la Primera Emisión del Programa serán ofrecidos a través de oferta pública. No existe un límite mínimo de colocación para las Series a ofrecerse. El Originador se reserva el derecho de suspender o dejar sin efecto, en cualquier momento y sin necesidad de expresar causa alguna, la colocación de una o más de las Series de los Bonos de la Primera Emisión del Programa. Entre las razones para dejar sin efecto o suspender la colocación de una o más de las referidas Series podrían encontrarse que el Originador considere que las condiciones de rendimiento o monto no son las esperadas, que el Originador haya obtenido una fuente de financiamiento para sus necesidades más acorde con sus intereses, entre otras Inversionistas a los que va dirigida la oferta La oferta de los Bonos de la Primera Emisión del Programa será dirigida al público en general, no existiendo restricciones para su venta en el Perú. Cabe señalar que, excepto en el Perú, no se ha iniciado ni se iniciará trámite alguno para la oferta pública o venta de los Bonos en ninguna jurisdicción que requeriría de una autorización para tal efecto, o para la distribución del Prospecto Marco o cualquier otro material de venta relacionado con los Bonos. El Agente Colocador de los Bonos, o cualquier tercero que pretenda ofrecer, vender o entregar los Bonos, así como distribuir el Prospecto Marco o cualquier modificación del mismo, deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en el país o jurisdicción donde se pretenda realizar dichas actividades Medios de difusión masiva Los términos y condiciones de cada serie serán informados a los inversionistas mediante publicación del Aviso de Oferta en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación nacional, la misma que podrá ser efectuada hasta el día de inicio del periodo de recepción de las órdenes de compra de los valores. El Prospecto Marco y el presente Prospecto Complementario estarán disponibles para su evaluación en la oficina de Scotia Bolsa S.A.B. y en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV. Asimismo, se podrán utilizar los medios de difusión comunes a este tipo de transacciones como presentaciones, prospectos informativos, resúmenes de prospecto, entre otros. Los resúmenes de prospecto constituyen una síntesis de la información presentada en los Prospecto Marco y Complementarios, debiéndose remitir a éstos para tomar cualquier decisión de inversión, de conformidad con la normatividad vigente Recepción y confirmación de propuestas Scotia Bolsa S.A.B confeccionará y administrará el libro de demanda en el cual se consignarán todas las propuestas que se reciban durante el período de recepción de las órdenes de compra cuya fecha de inicio y término será establecida por el Emisor en conjunto con el Originador y comunicada en el Aviso de Oferta, y no será menor a dos Días Hábiles. Scotia Bolsa S.A.B recibirá las órdenes de compra hasta las 13:00 horas del último Día Hábil del plazo establecido para tal efecto. La Fecha de Emisión de los Bonos de la Primera Emisión del Programa tendrá lugar dos Días Hábiles posteriores a la fecha de subasta. A través de la orden de compra, el inversionista manifiesta su voluntad irrevocable de adquirir los Bonos de la Primera Emisión del Programa. El envío de una orden de compra por parte de un inversionista implica la aceptación de todos los términos y condiciones establecidos en el Prospecto Marco y en el presente Prospecto Complementario.
8 Las órdenes de compra se recibirán en formato preparado por Scotia Bolsa S.A.B y deberán estar correctamente llenadas y firmadas por el inversionista, no permitiéndose borrones ni enmendaduras. Asimismo, deberán consignar el nombre del inversionista, el importe total a invertir, y la tasa de interés requerida, la cual deberá estar expresada en dieciseisavos (1/16) porcentuales. El número máximo de órdenes de compra por inversionista será cinco (5), considerándose como válidas las cinco (5) primeras que presente. El inversionista remitirá la orden de compra a Scotia Bolsa S.A.B vía facsímil o en forma original durante el periodo de recepción de órdenes de compra. No es necesaria una confirmación de la recepción de la orden de compra; sin embargo, los inversionistas interesados en confirmar la recepción de sus órdenes de compra podrán hacerlo telefónicamente llamando al teléfono que se indique en la misma orden compra; o mediante el sellado del cargo correspondiente en caso que la orden haya sido entregada en original Mecanismo de asignación y adjudicación Concluido el periodo de recepción de las órdenes de compra, el Emisor, previa coordinación con el Originador, establecerán la Tasa de Interés (definida en el numeral del presente Prospecto Complementario). La Tasa de Corte será determinada luego de ordenar las órdenes de compra de menor a mayor, de acuerdo con la Tasa de Interés solicitada, y corresponderá a aquélla en la cual la suma del monto demandado iguale al monto de la oferta. Las órdenes de compra son acumulativas, entendiéndose que se considerará para efectos de la adjudicación, la suma de todas aquellas órdenes cuyas tasas de interés requeridas sean igual o inferiores a la Tasa de Corte. En caso que la demanda total sea inferior al monto de la oferta, se considerará como Tasa de Corte aquélla correspondiente a la tasa más alta solicitada en las respectivas órdenes de compra. La Tasa de Corte será tomada como referencia para establecer la Tasa de Emisión (o Tasa de Interés definida en el numeral del presente Prospecto Complementario). El Emisor, previa coordinación con el Originador, establecerá la Tasa de Emisión y el monto de la Emisión o Serie, pudiendo fijar este monto por debajo del monto demandado. Definido el monto de la Emisión o Serie y la Tasa de Emisión, se procederá a la asignación de los Bonos de la Primera Emisión del Programa a aquéllas propuestas cuyas tasas solicitadas se encuentren por debajo o a la Tasa de Emisión. La Tasa de Emisión será única para todos los adjudicatarios. Los referidos Bonos serán adjudicados, en primer lugar, a la propuesta que represente la menor tasa ofrecida, a la propuesta que le siga en orden ascendente, y así sucesivamente hasta cubrir el monto de la emisión o serie, monto que podrá ser menor o igual al monto de la subasta. En caso que la demanda exceda la oferta a la Tasa de Emisión, se efectuará un prorrateo proporcional entre todos los adjudicatarios cuyas propuestas tengan una tasa igual a la Tasa de Emisión. En caso de prorrateo, el monto a adjudicar a cada inversionista que presentó propuestas solicitando una Tasa igual a la Tasa de Emisión resulta de la siguiente manera: Monto Adjudicado = Monto a emitir - Monto asignado a Tasas menores a la Tasa de Emisión Monto solicitado Monto total demandado a la Tasa de Emisión En donde: Monto a emitir: Es el monto que como resultado del proceso de subasta, el Emisor, previa coordinación con el Originador, decida emitir.
9 Monto asignado a tasas menores a la Tasa de Emisión: Es el importe que comprende la sumatoria de los montos solicitados en las propuestas en las que se solicitó una Tasa menor a la Tasa de Emisión. Monto total demandado a la Tasa de Emisión: Es el importe que comprende la sumatoria de los montos solicitados en las propuestas en las que se solicitó una tasa igual a la Tasa de Emisión. Monto solicitado: Es el importe consignado en la propuesta de cada adjudicatario a la tasa igual a la Tasa de Emisión. En caso que el factor antes mencionado origine montos adjudicados que no sean múltiplos del valor nominal inicial, se efectuará un redondeo de los montos adjudicados bajo los siguientes criterios: 1. Se efectúa un redondeo simple a la unidad múltiplo del valor nominal más cercana. 2. En caso que la sumatoria de los montos redondeados exceda el monto a emitir, se reduce las órdenes de mayor monto. En caso contrario, se incrementa las órdenes de menor monto Liquidación y compensación de las transacciones La adjudicación, el monto y la Tasa de Emisión de los Bonos de la Primera Emisión del Programa serán comunicados a los inversionistas vía fax. Esto se realizará entre las 3:00 p.m. y las 5:00 p.m. del día de la subasta. Los inversionistas tendrán hasta la 10:00 a.m. del primer Día Hábil siguiente a la fecha de colocación para cancelar los referidos Bonos que les fueron adjudicados. Los pagos se realizarán vía transferencia a la cuenta que Scotia Bolsa S.A.B. designará en la orden de compra. El formato de orden de compra podrá ser distribuido vía fax y además estará disponible en el local de Scotia Bolsa S.A.B. En caso que el inversionista incumpla el pago, se revocará la adjudicación de su orden de compra. El incumplimiento de pago determina que dicho inversionista no podrá participar en las siguientes Emisiones o Series del Programa Modo y plazo para la entrega de los valores a los inversionistas adjudicados En la Fecha de Emisión, una vez realizado el pago por parte de los inversionistas, se procederá a la emisión de los Bonos de la Primera Emisión del Programa y se comunicará a Cavali para el registro correspondiente de los Bonos a nombre del respectivo inversionista DESTINO DE LOS RECURSOS CAPTADOS Los recursos provenientes de la Primera Emisión serán utilizados por el Originador para el prepago de las obligaciones financieras existentes de IPSA (emisiones del primer programa de bonos) y el financiamiento del plan de inversiones presentado por IPSA, el cual al menos, incluye Ampliaciones en Megaplaza, Villa el Salvador, Megaplaza Chimbote y otras Inversiones COSTOS DE LA PRIMERA EMISIÓN DEL PROGRAMA Corresponderá al Patrimonio Fideicometido asumir, a su entero y exclusivo cargo todos los gastos, derechos y contribuciones que se originen y/o deriven de la emisión de los Bonos de la Primera Emisión del Programa y de los documentos públicos o privados que sean necesarios para su debida formalización y emisión; incluyéndose en éstos el pago de cualesquiera derechos, contribuciones e impuestos que deban efectuarse para dicho fin ante la SMV o ante cualquier otra entidad pública o privada.
10 1.4. ENTIDAD ESTRUCTURADORA Deutsche Bank (Perú) S.A., con domicilio en Calle Miguel Dasso N 104, Octavo Piso, San Isidro, provincia y departamento de Lima, Perú, actuará como Entidad Estructuradora. El desarrollo de las actividades de la Entidad Estructuradora está normado por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y por la Ley del Mercado de Valores AGENTE COLOCADOR Scotia Bolsa S.A.B., con domicilio en calle Miguel Seminario N 370, Piso 10 - San Isidro, actuará como Agente Colocador. El desarrollo de las actividades del Agente Colocador está normado por la Ley del Mercado de Valores. Queda establecido que la modalidad de colocación será la de best effort de forma tal que el compromiso de colocación que asume Scotia Bolsa S.A.B. es de mejor esfuerzo y de medios, no de resultados. A la fecha de elaboración del presente Prospecto Complementario, no existe el marco legal correspondiente a la implementación de prácticas de estabilización de precios. Por lo tanto, no se aplicarán prácticas de estabilización de precios que puedan mantener o afectar el precio de los valores a ser ofrecidos. II. DESCRIPCIÓN DE LOS VALORES OFRECIDOS El registro de esta Primera Emisión del Programa se hace en cumplimiento de la Junta General de Accionistas y de la Sesión de Directorio de fechas 03 de noviembre de 2011 de Inmuebles Panamericana S.A., que resolvió otorgar a (i) Eduardo Martín Herrera Vasquez, identificado con DNI N ; o, Dino Raymundo Valdivia Rivas, identificado con DNI N ; o, Andrés Olivos Bambach, identificado con cédula de identidad chilena N ; o, Juan Pablo Spoerer Hurtado, identificado con Pasaporte Chileno N ; para que cualquiera de ellos actuando conjuntamente con cualquiera de los señores: (ii) Javier Alonso Rodriguez Ramirez, identificado con DNI N ; o, Marilu Wiese Moreyra, identificada con DNI N ; o, Gonzalo de la Puente Wiese, identificado con DNI N ; o, Marco Aveggio Merello, identificado con DNI N puedan negociar y acordar los términos, condiciones y características de la Emisión de los Bonos, así como de acuerdo con los términos y las condiciones definidos en el Contrato Marco y el Contrato Complementario. A continuación se detallan los términos y las condiciones específicos de la Primera Emisión del Segundo Programa. Los términos y condiciones de cada una de las Series correspondientes a esta Primera Emisión que no sean definidos en esta sección serán comunicados a los inversionistas y a la SMV mediante el Aviso de Oferta. La publicación del Aviso de Oferta podrá ser efectuada hasta el día de inicio del periodo de recepción de las órdenes de compra. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley del Mercado de Valores, la suscripción o adquisición de valores presupone la aceptación del suscriptor o comprador de todos los términos y condiciones de la oferta, tal como aparecen en el Prospecto Marco y el presente Prospecto Complementario CARACTERÍSTICAS DE LA SEGUNDA EMISIÓN DEL PROGRAMA Denominación La presente emisión ha sido denominada Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana.
11 Tipo de instrumento Bonos de Titulización Clase Instrumentos representativos de deuda, nominativos, indivisibles y representados por anotaciones en cuenta Régimen de Transferencia Libremente negociables Monto de la emisión Hasta por hasta por un monto máximo de emisión en Nuevos Soles equivalente a US$35 000, (Treinta y Cinco Millones y 00/100 de Dólares) Moneda Nuevos Soles Nominal Valor Nominal Inicial Es el valor nominal de cada Bono en la Fecha de Emisión y será igual a S/ (Cien y 00/100 Nuevos Soles) Valor Nominal Vigente Es en cualquier momento, el Valor Nominal del Bono al Día siguiente de la Fecha de Vencimiento transcurrida, luego de haber sido reducido, por concepto de Amortización del principal, conforme a lo previsto en el numeral siguiente. Para el período comprendido entre la Fecha de Emisión y la primera Fecha de Vencimiento, el Valor Nominal Vigente será igual al Valor Nominal Inicial Plazo de la emisión Los Bonos se emitirán por un plazo de quince (15) años contados a partir de la Fecha de Emisión de cada Serie. Durante el Período de Gracia se pagará únicamente el importe correspondiente al Pago de Intereses y el pago será trimestral. Para estos efectos, el Período de Gracia significa el periodo de dos (02) años calendarios contados desde la Fecha de Emisión. A partir del tercer año se pagarán cuotas iguales trimestrales de pago de Servicio de Deuda que incluye el Principal Series Una serie de hasta por un monto máximo de emisión en Nuevos Soles equivalente a US$35 000, (Treinta y Cinco Millones y 00/100 de Dólares) Precio de la colocación
12 Los Bonos se colocarán a la par Fecha de Colocación Es la fecha en que se subastarán los Bonos y será definida por las personas facultadas para ello por el Originador, de acuerdo con las condiciones de mercado vigentes. La Fecha de Colocación será comunicada en el Aviso de Oferta con al menos dos (02) Días Hábiles de anticipación Fecha de Emisión Es la Fecha de Emisión de los Bonos, la misma que será informada a través del Aviso de Oferta Cupón El cupón de los Bonos es el monto de los intereses pagados cada trimestre vencido en las Fechas de Vencimiento. El cupón será equivalente a una tasa de interés nominal anual aplicable sobre el principal, calculado con la siguiente fórmula: Cupón (Principal ) (Tasa de Interés) Período 360 Donde: Cupón: Monto de intereses pagados cada trimestre vencido. Principal: Valor Nominal Vigente del bono. Tasa de Interés: Tasa de Interés nominal anual a ser determinada en el momento de la colocación. Período: 90 días. Lo dispuesto en los párrafos anteriores se establece de conformidad con la Resolución CONASEV Nº EF/ Amortización del Principal La Amortización del Principal se realizará en cincuenta y dos (52) pagos trimestrales de tipo hipotecario (cuotas de Servicio de Deuda iguales de capital más intereses) Pago de Intereses y del principal Se reconocerá a los titulares de los Bonos cuyas operaciones hayan sido liquidadas a más tardar el Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento o la Fecha de Redención, según corresponda. El pago se realizará a través del Agente de Pago. En caso la Fecha de Vencimiento o la Fecha de Redención sea un Día no hábil los intereses y el principal serán cancelados el primer Día Hábil siguiente, sin que corresponda al Emisor reconocer intereses adicionales, o compensación alguna, por los Días transcurridos entre la Fecha de Vencimiento o la Fecha de Redención y la fecha de pago Tasa de Interés
13 La Tasa de Interés será establecida por las personas facultadas para ello por el Emisor con arreglo al mecanismo de colocación establecido en el presente Prospecto Complementario e informada a la SMV con anterioridad a la Fecha de Emisión. La tasa de interés de cada Serie será fija Interés Moratorio Conforme a lo establecido en el numeral 8.38 del Contrato Marco Opción de Rescate La Asamblea Especial de Obligacionistas correspondiente a la Emisión, a solicitud del Emisor, por instrucción del Originador, podrá acordar rescatar y redimir total o parcialmente una o más Series de la Emisión de los Bonos, siempre y cuando se realice por importes múltiplos de S/ (Cien y 00/100 Soles). El rescate podrá ser realizado total o parcialmente para todas las Series, en forma proporcional entre todos los Bonos en circulación de las respectivas Series de la Emisión. La Asamblea Especial de Inversionistas correspondiente a la Emisión, aprobará la prima de rescate que será reconocida a favor de los titulares de los Bonos que serán objeto del respectivo rescate Clasificación de Riesgo De acuerdo con los requerimientos de clasificación de riesgo de los valores pertenecientes a la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Inmuebles Panamericana, Apoyo & Asociados Internacionales S.A.C. y Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A., en comité de clasificación de riesgo de fecha 05 de diciembre de 2011 y 28 de noviembre de 2011 respectivamente, han otorgado las siguientes clasificaciones de riesgo: Empresas Clasificadoras. Clasificación Apoyo & Asociados Internacionales S.A.C. Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. AA(pe) AA(pe) Significado de la clasificación Apoyo & Asociados Internacionales S.A.C. AA(pe) Corresponde a una muy alta capacidad de pago oportuno de los compromisos financieros, reflejando un muy bajo riesgo crediticio. Esta capacidad no es significativamente vulnerable a eventos imprevistos. Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. AA(pe) Refleja muy alta capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. Las diferencias entre esta clasificación y la inmediata superior son mínimas. LAS CLASIFICACIONES DE RIESGO CREDITICIO CONSTITUYEN UNA OPINIÓN PROFESIONAL INDEPENDIENTE Y EN NINGÚN MOMENTO IMPLICAN UNA RECOMENDACIÓN PARA COMPRAR, VENDER O MANTENER UN VALOR, NI CONSTITUYEN GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CALIFICADO. LAS CLASIFICACIONES SE BASAN SOBRE LA INFORMACIÓN QUE SE OBTIENE DIRECTAMENTE DE LOS EMISORES, LOS ESTRUCTURADORES Y OTRAS FUENTES QUE LAS CLASIFICADORAS CONSIDERAN CONFIABLES. LAS CLASIFICADORAS NO AUDITAN NI VERIFICAN LA VERACIDAD DE DICHA INFORMACIÓN, Y NO SE ENCUENTRA BAJO LA OBLIGACIÓN DE AUDITARLA NI VERIFICARLA, COMO TAMPOCO LLEVAR A CABO NINGÚN TIPO DE INVESTIGACIÓN PARA DETERMINAR LA VERACIDAD O EXACTITUD DE DICHA INFORMACIÓN. SI DICHA INFORMACIÓN RESULTARA CONTENER ERRORES O CONDUCIR DE ALGUNA MANERA A ERROR, LA CLASIFICACIÓN ASOCIADA A DICHA
14 INFORMACIÓN PODRÍA NO SER APROPIADA, Y LA CLASIFICADORA NO ASUME RESPONSABILIDAD POR ESTE RIESGO. NO OBSTANTE, LAS LEYES QUE REGULAN LA ACTIVIDAD DE LA CLASIFICACIÓN DE RIESGO SEÑALAN LOS SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD QUE ATAÑEN A LAS CLASIFICADORAS REPRESENTACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LOS VALORES Y FORMA EN QUE SE EFECTUARÁ SU TRANSFERENCIA Los Bonos de la Primera Emisión del Programa serán representados por anotaciones en cuenta inscritos en el registro contable que mantiene Cavali, con domicilio en Pasaje Acuña N 106, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima, Perú. Los Bonos de la Primera Emisión del Programa tienen mérito ejecutivo y son libremente transferibles, con sujeción a las normas del Mercado de Valores MECANISMO CENTRALIZADO DE NEGOCIACIÓN Los Bonos de la Primera Emisión del Programa serán negociables en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima ( BVL ), con domicilio en Pasaje Acuña N 106, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima, Perú, para lo cual se cumplirá con el trámite de inscripción, dentro de los quince Días Hábiles siguientes a la Fecha de Emisión. El Originador se obligan a presentar a la Rueda de Bolsa de la BVL la información requerida conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la BVL (Resolución CONASEV N EF/94.10), la Ley y cualquier otra norma aplicable.
15 ANEXO A: Contrato Complementario de la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana.
16 Anexo B: Informes de Clasificación de Riesgo de la Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Titulización Inmuebles Panamericana.
COMPLEMENTO DEL PROSPECTO MARCO
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