EL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ SANCIONA CON FUERZA DE L E Y SISTEMA PROVINCIAL DE BECAS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ SANCIONA CON FUERZA DE L E Y SISTEMA PROVINCIAL DE BECAS"

Transcripción

1 HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS ENTRO: 12/10/2016 HORA: 13:22 PROY Nº: 500 BLOQUE F.V.S. PARTIDO JUSTICIALISTA EL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ SANCIONA CON FUERZA DE L E Y SISTEMA PROVINCIAL DE BECAS Artículo 1 : Modifíquese el artículo 1 de la norma 1772 que quedará redactado de la siguiente manera: El Consejo Provincial de Educación tendrá a su cargo el otorgamiento, administración y control de las becas creadas por la siguiente ley Artículo 2: Modifíquese el artículo 6 que quedará redactado de la siguiente manera: El Consejo Provincial de Educación, mediante resolución, asegurará cada año un número determinado de becas para proseguir sus estudios secundarios, terciarios o universitarios, a alumnos egresados de establecimientos primarios, secundarios y terciarios de la Provincia Artículo 3: Modifíquese el artículo 7 que quedará redactado de la siguiente manera: Del número de becas fijado según el artículo anterior, la distribución se ajustará a los siguientes porcentajes: a) El 60 % (sesenta) se destinará a alumnos que deseen cursar sus estudios en el nivel medio de la enseñanza b) El 30 % (treinta) se destinará a alumnos que deseen cursar carreras terciarias o universitarias, de interés provincial, lo cual estará fijado por el Gobierno Provincial c) El 10 % (diez) se destinará a ser distribuidos según criterio y oportunidad desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia o el organismo que lo reemplace en funciones, para los casos que considere propicios según sus criterios de evaluación.

2 Artículo 4: Reemplácese el artículo 8 de la ley por el siguiente texto: Crease el Fondo Provincial de Becas para atender los fines de la presente ley. La autoridad de aplicación tendrá a su cargo la ejecución de una partida específica, representada por un porcentaje del presupuesto General de la Provincia de carácter intangible, que hasta esta norma estaba contemplado en la partida BECAS, en el presupuesto del Consejo Provincial de Educación. Artículo 5: Incorpórese el siguiente texto como Articulo 9: El Fondo Provincial estará integrado por: a) El presupuesto destinado a becas en la Ley Provincial de Presupuesto; b) Los recursos provenientes de leyes o subsidios nacionales que reciba la provincia a los fines de la presente ley; c) Los Ingresos que resulten de la administración de sus recursos; d) Las donaciones, legados, subsidios y todo tipo de ingreso que proviniera de personas humanas, jurídicas de carácter público, privado, nacional, internacional provincial o municipal. Artículo 6: Ordénese como Articulo 10 el siguiente texto: Se tomará como período de tramitaciones de las solicitudes para el otorgamiento de becas el comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de enero, para el período común y entre el 1 de agosto y el 30 de setiembre para el período especial. -El Consejo Provincial de Educación podrá autorizar la realización fuera de términos en aquellos casos que considere necesarios. Artículo 7.- Modifíquese el texto del Artículo 11 que quedará redactado de la siguiente manera: El monto de las becas para cursar estudios secundarios y universitarios o superiores deberá establecerse por parámetros actualizados por la vía de la reglamentación de la siguiente norma. Debe respetarse una base siempre superior para la educación secundaria. Artículo 8. - El texto del Articulo 12 quedará redactado de la siguiente forma: Las asignaciones establecidas no sufrirán ningún tipo de descuento él y a los fines de cubrir los servicios sociales y de salud el estado Provincial deberá hacer frente a la totalidad de los aportes para cubrir los servicios de salud y el seguro de vida por parte del instituto de seguros de la Provincia y la Obra Social Provincial. Artículo 9.- Determínese la siguiente redacción para el Artículo 13 Los becados que deban abandonar su residencia habitual para proseguir sus estudios, recibirán un pasaje anual de ida y regreso, que comprenderán los tramos entre el lugar de estudios y su localidad de origen en la Provincia de Santa Cruz Artículo 10.- Quedará redactado de la siguiente manera el artículo 14 El becario se compromete a certificar anualmente su situación de alumno regular y de materias aprobadas, mediante informe oficial del establecimiento en que cursa sus estudios- Salvo aquellas becas otorgadas bajo esta norma por el Ministerio de Desarrollo Social que determinará cual será el modo de certificar la regularidad y la continuidad en los estudios. Artículo 11.- Quedará redactado de la siguiente formal el Articulo 15 Todos los Organismos del Estado Provincial, deberán arbitrar los medios necesarios para brindar al estudiante el asesoramiento y colaboración que permita

3 su futura inserción laboral en la Provincia. Artículo 12.- Quedará redactado de la siguiente forma el Artículo 17 El Consejo Provincial de Educación tendrá a su cargo la realización de convenios con los Organismos de la Administración Pública Nacional y Provincial, y Municipal, como así también con empresas privadas y ONG para garantizar la inserción laboral del becado, una vez recibido. Artículo 13.- Quedará redactado de la siguiente formal el Artículo 18 : Serán causales de cancelación automática: a) La pérdida del curso o año por inasistencia injustificada; b) La obtención de empleo por parte del becado; c) No haber cumplido los requisitos de ingreso al establecimiento correspondiente; d) Haber incurrido en falsedad en la declaración jurada; e) Haber cesado las causales que la hicieron procedente. Artículo 14.- Deberá tomarse por el Artículo 19 el siguiente texto: Las becas serán renovadas anualmente en forma automáticasiempre que el beneficiario acredite que se mantienen las circunstancias que dieron lugar al otorgamiento y haya cumplimentado los requisitos previstos en la Presente Ley. Artículo 15.- Tómese el siguiente texto para el Articulo 20 El período de renovación de becas para el nivel medio, estará comprendido entre la fecha de finalización de los exámenes de diciembre y de marzo para el período común y la finalización de los exámenes de junio y agosto para el período especial. En el nivel terciario y universitario, al finalizar los exámenes de diciembre y marzo. Artículo 16.- Quedará redactado de la siguiente forma el artículo 21: Para la renovación, tanto de becas secundarias como universitarias, se deberá cumplir lo estipulado en la reglamentación de la presente Ley. Artículo 17: Tómese el siguiente texto como definitivo para el articulo 22 Se contemplarán aquellos casos en que por razones de fuerza mayor el becario perdiese la regularidad, permitiéndosele continuar percibiendo la beca, luego de acreditar fehacientemente ante el Consejo Provincial de Educación. ARTÍCULO 18: DE FORMA. Firma la Señora Diputada: Gabriela Alejandra PERALTA.-

4 F U N D A M E N T O S Señor Presidente: Traigo ante mis pares el siguiente proyecto de ley, que modifica la norma provincial N 1772, que determina el sistema de Becas de la Provincia, que data del año Es necesario modernizar la ley y a su vez incorporar al ministerio de Desarrollo Social a la posibilidad de selección de los becarios en algunas oportunidades donde el estado pueda determinar su necesidad. Según un informe de la Comisión Internacional para el Financiamiento de Oportunidades Educativas Globales en contraposición con el impacto de la innovación de las generaciones anteriores, las nuevas tecnologías amenazan con no crear nuevos empleos en la misma proporción que los están eliminando. Debido a las transformaciones entre las industrias y la naturaleza cambiante de los empleos dentro de las industrias, se incrementará la demanda por una formación de alto nivel, y muchos empleos con formación media o baja se volverán obsoletos. Aquellos empleos que no requieran una formación de alto nivel se tornarán a menudo inseguros y con remuneraciones bajas. Solo una educación de calidad para todos los niños puede generar la formación requerida, prevenir el empeoramiento de la desigualdad y brindar un futuro próspero. La igualdad de acceso a las oportunidades debe ser fortalecida en todos los ámbitos. El argumento de invertir en educación es incuestionable, la educación es un derecho fundamental, es importante para el crecimiento económico a largo plazo y esencial para alcanzar todos los objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. Es el valor de la educación lo que está aumentando lo que determinará las tendencias decisivas de este siglo. Un acuerdo financiero para la generación del aprendizaje, es necesario para garantizar que todo niño tenga acceso a educación de calidad y gratuita desde el nivel preescolar hasta el nivel secundario, a través del aumento constante y progresivo del financiamiento interno. El círculo virtuoso de las oportunidades de acceso también debe ser fomentado a través de un sistema de becas que posibilite esa igualdad, ya que muchas veces más dinero invertido no es sinónimo de mejores resultados. La seguridad de esta inversión debe estar prevista presupuestariamente y en términos de mecanismos que permitan siempre contar con las herramientas necesarias. La Creación del Fondo Provincial de becas, con carácter de intangibilidad que, con una reglamentación adecuada, y en similares características que el Fondo Provincial de la Niñez, se instrumenta a través de una cuenta única que no sufre los vaivenes de las coyunturas y obliga siempre al Estado a contar con los recursos para hacer frente a las necesidades. Asimismo, se reajustan los porcentajes de la distribución de las becas y se elimina el aporte que actualmente se descuenta de lo percibido por los becarios, y se determina que lo haga en un 100 % el estado Provincial, quitándole el carácter equivalente a un agente de la administración pública, donde hay un empleador y un aportante.

5 La calidad de un becario es propia de esa categoría, no debe tener que realizar aportes extraordinarios para poseer cobertura ni de salud ni de ningún seguro similar. Se elimina a su vez, la obligación del becario de ante determinadas circunstancias, tener que devolver el monto percibido, la posibilidad de reclamo por parte del Estado y las sanciones a tal efecto. Se debe priorizar el camino al universalismo progresivo en materia de acceso a las oportunidades, combatiendo los factores que impiden el aprendizaje. DIOS GUARDE VUESTRA HONORABILIDAD.- Firma la Señora Diputada: Gabriela Alejandra PERALTA.-

PROYECTO DE LEY BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL

PROYECTO DE LEY BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL PROYECTO DE LEY BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL FUNDAMENTOS Esta iniciativa se presenta en el marco de una campaña nacional de la Federación Universitaria Argentina que, en conjunto con autoridades

Más detalles

Rawson, Chubut, 28 de abril de VISTO : El Expediente Nº 205 UCH 2015; y

Rawson, Chubut, 28 de abril de VISTO : El Expediente Nº 205 UCH 2015; y VISTO : El Expediente Nº 205 UCH 2015; y Rawson, Chubut, 28 de abril de 2015. CONSIDERANDO : Que, por medio de la presente tramita dejar sin efecto la Resolución 38 UCH 2013 por la cual se instituye el

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS: PARA POSTGRADO, PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN.

REGLAMENTO DE BECAS: PARA POSTGRADO, PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN. REGLAMENTO DE BECAS: PARA POSTGRADO, PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN. Objeto: Articulo 1º: El presente reglamento se fundamenta en la necesidad de especializar a los trabajadores en las áreas temáticas

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS El Programa de Becas surge en consonancia con los objetivos de la Fundación y el Programa de Becas Estudiantiles para el ciclo EGB y Polimodal. Su

Más detalles

Buenos Aires, 19 de noviembre de

Buenos Aires, 19 de noviembre de Buenos Aires, 19 de noviembre de 2003.- Expte. Nro. 102.768/58 anexo 914 VISTO la resolución (CS) nro. 3361/92 por la que se acepta el legado efectuado por el señor Rene Hugo Thalmann a esta Universidad,

Más detalles

FUNDACIÓN VIDA PARA LOS NUEVOS DESAFÍOS

FUNDACIÓN VIDA PARA LOS NUEVOS DESAFÍOS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPITULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 1.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a las Becas y/u otro beneficio económico para la realización de las diferentes

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS PARA DOCENTES DE INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO EN UNIVERSIDADES ARGENTINAS

REGLAMENTO DE BECAS PARA DOCENTES DE INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO EN UNIVERSIDADES ARGENTINAS REGLAMENTO DE BECAS PARA DOCENTES DE INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO EN UNIVERSIDADES ARGENTINAS CICLO LECTIVO 2008 2º Semestre CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y BECARIOS

REGLAMENTO DE BECAS Y BECARIOS REGLAMENTO DE BECAS Y BECARIOS COLEGIO AMERICANO DE SAN CARLOS REGLAMENTO BECAS Y BECARIOS INTRODUCCIÓN El contenido de este documento constituye el marco general para la Legislación Académica y Administrativa

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS ESCOLARES

PROGRAMA DE BECAS ESCOLARES PROGRAMA DE BECAS ESCOLARES El Programa de Becas Escolares tiene como objetivo general promover el pleno ejercicio del derecho a la educación, a través de acompañamiento y apoyo económico con miras a fortalecer

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SAN ISIDRO DR. PLÁCIDO MARÍN REGLAMENTO DE BECAS

UNIVERSIDAD DE SAN ISIDRO DR. PLÁCIDO MARÍN REGLAMENTO DE BECAS UNIVERSIDAD DE SAN ISIDRO DR. PLÁCIDO MARÍN REGLAMENTO DE BECAS Las becas que otorga la Universidad de San Isidro Dr. Plácido Marín están destinadas a brindar oportunidades a los estudiantes de escasos

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Universidad Abierta Por un ser incompleto, consciente de su incompletitud REGLAMENTO GENERAL DE BECAS TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS FUNDACIÓN ROSARIO DISEÑO REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

PROGRAMA DE BECAS FUNDACIÓN ROSARIO DISEÑO REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PROGRAMA DE BECAS FUNDACIÓN ROSARIO DISEÑO REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Las becas para estudiantes que prevee el PROGRAMA DE BECAS del Instituto Superior

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS CICLO ESCOLAR INSTITUTO COLINAS EDUCACIÓN BILINÜE

REGLAMENTO DE BECAS CICLO ESCOLAR INSTITUTO COLINAS EDUCACIÓN BILINÜE REGLAMENTO DE BECAS CICLO ESCOLAR 2018-2019 INSTITUTO COLINAS EDUCACIÓN BILINÜE ÍNDICE Introducción... 1 TÍTUTLO I. De las disposiciones Generales Capítulo I. Su régimen, compromiso y disposición... 2

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017

PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017 PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017 REGLAMENTO GENERAL Artículo 1 : Las becas para estudiantes universitarios previstas en el presente REGLAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017

REGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017 REGLAMENTO DE BECAS Julio, 2017 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEFINICIONES GENERALES Apoyo educativo. Es el porcentaje total de exención del pago

Más detalles

REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El presente reglamento establece las políticas y normas internas que regulan y aseguran un adecuado otorgamiento de Becas

Más detalles

c)designado transitoriamente en cargo con funciones ejecutivas.

c)designado transitoriamente en cargo con funciones ejecutivas. República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Anexo Número: Referencia: Expte. Nº 2017-30220271-APN-GA#SSN ANEXO I REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN Y SEGUIMIENTO DE

Más detalles

Que el tema fue tratado y aprobado en la sesión del Consejo Directivo del día de la fecha.-

Que el tema fue tratado y aprobado en la sesión del Consejo Directivo del día de la fecha.- Rosario, 1 de diciembre de 2000.- VISTO la decisión del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura de establecer el compromiso político de la Facultad para la creación

Más detalles

Anexo I Resolución (CS) N 28/2017 Programa Único de Becas de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco (PUBU)

Anexo I Resolución (CS) N 28/2017 Programa Único de Becas de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco (PUBU) Anexo I Resolución (CS) N 28/2017 Programa Único de Becas de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco (PUBU) FUNDAMENTOS La Universidad Nacional de San Antonio de Areco (UNSAdA) se crea con el objetivo

Más detalles

El programa se denominará Becas de Intercambio Ingeniería UDP/CGE.

El programa se denominará Becas de Intercambio Ingeniería UDP/CGE. UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES PROPUESTA DE PROGRAMA DE BECAS DE INTERCAMBIO INGENIERÍA/CGE I. Nombre del Programa. El programa se denominará Becas de Intercambio Ingeniería UDP/CGE. II. Objetivos del Programa.

Más detalles

VIEDMA, 04 DE ENERO DE VISTO: El Expediente N DPU-2004 del Registro del Consejo Provincial de

VIEDMA, 04 DE ENERO DE VISTO: El Expediente N DPU-2004 del Registro del Consejo Provincial de VIEDMA, 04 DE ENERO DE 2016 Educación, VISTO: El Expediente N 15.215-DPU-2004 del Registro del Consejo Provincial de y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramitó la aprobación de la Resolución Nº 2841/08

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE COMISIONES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO SOBRE COMISIONES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 311 REGLAMENTO SOBRE COMISIONES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Decreto Universitario Nº4263, de 18 de noviembre de 1985 TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. Las comisiones que la

Más detalles

ANEXO. Requisitos y Condiciones: para ser becario de esta línea de becas, el joven debe cumplir con los siguientes requisitos:

ANEXO. Requisitos y Condiciones: para ser becario de esta línea de becas, el joven debe cumplir con los siguientes requisitos: ANEXO BASES Y CONDICIONES PARA ACCEDER A LAS BECAS PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE ENFERMERÍA (LÍNEA BECAS PROGRESAR PRONAFE) Finalidad de la Beca: habilitar

Más detalles

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior No Universitario (técnico y terciario)

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior No Universitario (técnico y terciario) Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior No Universitario (técnico y terciario) REGLAMENTO GENERAL Capítulo I Objetivos Artículo 1. Objetivos.

Más detalles

BOLETO ESTUDIANTIL NACIONAL. Artículo 1º.- OBJETO.- Créase el Boleto Estudiantil Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

BOLETO ESTUDIANTIL NACIONAL. Artículo 1º.- OBJETO.- Créase el Boleto Estudiantil Nacional en todo el territorio de la República Argentina. BOLETO ESTUDIANTIL NACIONAL Artículo 1º.- OBJETO.- Créase el Boleto Estudiantil Nacional en todo el territorio de la República Argentina. Artículo 2º.- BENEFICIARIOS.- El Boleto Estudiantil Nacional será

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS COPAC. Los aspirantes a las becas deberán cumplir los siguientes requisitos:

PROGRAMA DE BECAS COPAC. Los aspirantes a las becas deberán cumplir los siguientes requisitos: PROGRAMA DE BECAS COPAC REQUISITOS GENERALES PARA ACCEDER A LAS BECAS Los aspirantes a las becas deberán cumplir los siguientes requisitos: - Ser estudiante de uno o más centros educativos terciarios habilitados

Más detalles

BECA ANUAL DE LA ASOCIACIÓN DE ENFERMERIA DE CÓRDOBA

BECA ANUAL DE LA ASOCIACIÓN DE ENFERMERIA DE CÓRDOBA BECA ANUAL DE LA ASOCIACIÓN DE ENFERMERIA DE CÓRDOBA REGLAMENTACIÓN DE SU OTORGAMIENTO - NOVIEMBRE 2016- Aprobado en Asamblea General Ordinaria del 27 de Julio de 2012 BECA ANUAL DE LA A.E.C REGLAMENTACIÓN

Más detalles

BECA DE INTEGRACION TERRITORIAL

BECA DE INTEGRACION TERRITORIAL BECA DE INTEGRACION TERRITORIAL Creada por el Artículo 56, Ley N 18.681, la cual consiste en un aporte económico para traslado y manutención de alumnos de ciertos lugares aislados del país, donde falten

Más detalles

FORMULARIO PARA SOLICITUD DE BECAS UCAMI

FORMULARIO PARA SOLICITUD DE BECAS UCAMI FORMULARIO PARA SOLICITUD DE BECAS UCAMI 1. DATOS PERSONALES Fecha:././20.. Nacionalidad: Domicilio: Localidad: Número de T.E.: Apellido y Nombres del Padre y/o Tutor: Estado Civil: Provincia: Nro. De

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA Y BECAS

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA Y BECAS UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA Y BECAS Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS UNIVERSITARIOS Y NORMATIVA DIRECCIÓN DE ASISTENCIA FINANCIERA

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES.

REGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES. REGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento establece el procedimiento y condiciones de otorgamiento de

Más detalles

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas Universidad Centroamericana José Simeón Cañas Junta de Directores Reglamento del Programa de Becas Parciales de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas Publicado el 6 de abril de 2018 CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. Artículo 3. Para el otorgamiento de la beca se tomará en consideración la trayectoria académica en el periodo escolar anterior.

REGLAMENTO DE BECAS. Artículo 3. Para el otorgamiento de la beca se tomará en consideración la trayectoria académica en el periodo escolar anterior. REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento, requisitos, vigencia, cuantía, suspensión y cancelación

Más detalles

VISTO el Expediente N, Resolución (CS) N : 247/05, Resolución (CS) Nº: 097/09, y

VISTO el Expediente N, Resolución (CS) N : 247/05, Resolución (CS) Nº: 097/09, y QUILMES, de junio de 2013 VISTO el Expediente N, Resolución (CS) N : 247/05, Resolución (CS) Nº: 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de profesionales e investigadores.

Más detalles

DESTINATARIOS. SEGUNDA - DE LAS RESTRICCIONES No podrán participar en el programa de becas los alumnos que:

DESTINATARIOS. SEGUNDA - DE LAS RESTRICCIONES No podrán participar en el programa de becas los alumnos que: La Escuela de Derecho Ponciano Arriaga, a través del Comité de Becas, Convoca A participar en el programa integral de becas en sus modalidades: sostenimiento, alimentación y transportación. OBJETIVO Con

Más detalles

BASES PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE BECAS DE ESTUDIO PARA AFILIADOS(AS) AL SERVICIO DE BIENESTAR

BASES PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE BECAS DE ESTUDIO PARA AFILIADOS(AS) AL SERVICIO DE BIENESTAR BASES PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE BECAS DE ESTUDIO PARA AFILIADOS(AS) AL SERVICIO DE BIENESTAR REGLAMENTO INTERNO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES Las instrucciones

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DEL CENTRO DE CIENCIAS APLICADAS Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DEL CENTRO DE CIENCIAS APLICADAS Y DESARROLLO TECNOLÓGICO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DEL CENTRO DE CIENCIAS APLICADAS Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 1. Objetivo El objetivo central del Programa de Becas del CCADET (PBCCADET) es coadyuvar a la formación de personal

Más detalles

LEY K - N INSERCIÓN LABORAL PARA LA MUJER TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

LEY K - N INSERCIÓN LABORAL PARA LA MUJER TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES LEY K - N 1.892 INSERCIÓN LABORAL PARA LA MUJER TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Creación de régimen. Créase el "Régimen de Inserción Laboral para la Mujer" en el marco de la Ley N 120 #

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

REGLAMENTO DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR. REGLAMENTO DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Actualizado en Febrero del 2016 Por: TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Y PROPÓSITOS Artículo 1: El presentee reglamento tiene como

Más detalles

Artículo 4. De acuerdo a las normas que la Secretaria de Educación Pública ha fijado para el otorgamiento de Becas, se tomará en cuenta:

Artículo 4. De acuerdo a las normas que la Secretaria de Educación Pública ha fijado para el otorgamiento de Becas, se tomará en cuenta: REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Para efecto del presente Reglamento, se entiende por Beca la aportación económica que una persona u organización otorga, para ayudar en

Más detalles

Centro de Estudios Superiores de Tepeaca Clave de Incorporación 21MSU1038V REGLAMENTO DE BECAS. Página 1 de 9

Centro de Estudios Superiores de Tepeaca Clave de Incorporación 21MSU1038V REGLAMENTO DE BECAS. Página 1 de 9 REGLAMENTO DE BECAS Página 1 de 9 Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1. Beca es la ayuda económica en la reducción de cuotas de colegiaturas que el Centro de Estudios Superiores de Tepeaca, asigna

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DELCONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DELCONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DELCONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Patrocinar un régimen de becas y/ó medias becas para los estudiantes de la carrera de

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO Art. 1 ) Características de las becas: A)- Duración de un año académico o, cuando fuera necesario, por un plazo menor, debiendo el becario solicitar la renovación año tras

Más detalles

1) Sobre la ley LEY Sistema provincial de residencias de salud de la provincia de rio negro

1) Sobre la ley LEY Sistema provincial de residencias de salud de la provincia de rio negro Las coordinaciones de Medicina General en relación a las modificaciones que se solicitaran de las leyes 3117 y 4328 queremos presentar nuestras sugerencias. Este documento ha sido elaborado en conjunto

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que

Más detalles

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA BLOQUE FRENTE COMUNIDAD ORGANIZADA SANCIONA CON FUERZA DE SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA BLOQUE FRENTE COMUNIDAD ORGANIZADA SANCIONA CON FUERZA DE SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : SANCIONA CON FUERZA DE SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : Artículo 1.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto la incorporación del Nivel Primario de educación y el ámbito de la Educación especial al Régimen

Más detalles

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº 7117/13, dictada por el Consejo Superior el día 10 de julio de 2013, ha adjudicado

Más detalles

PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY PROVINCIA DE BUENOS AIRES HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS La Plata, 8 de agosto de 2014.- D- 2272-14/15 PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA

Más detalles

ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA

ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA Corresponde al expediente Nº 5809-1748261/12 y agregado. ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA En la realidad de la que dependemos, en la conciencia que de

Más detalles

Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para estudiantes de Carreras de Grado de la Universidad Nacional del Litoral.

Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para estudiantes de Carreras de Grado de la Universidad Nacional del Litoral. Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para estudiantes de Carreras de Grado de la Universidad Nacional del Litoral. Reglamento OBJETIVOS Artículo 1º: La Universidad Nacional del Litoral otorgará

Más detalles

LEY 1843 LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY 1843 LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEY 1843 LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Ley 1843 Programa Becas para estudios de educación superior 1 LEY N 1.843 Sanción: 24/11/2005 Promulgación: Decreto Nº 6 del 04/01/2006 Publicación:

Más detalles

Fundación Ramón Areces. Beca para alumnos del Doctorado en Derecho Económico y de la Empresa

Fundación Ramón Areces. Beca para alumnos del Doctorado en Derecho Económico y de la Empresa Fundación Ramón Areces Beca para alumnos del Doctorado en Derecho Económico y de la Empresa SOBRE LA FUNDACIÓN RAMÓN ARECES COMPROMETIDOS CON EL PROGRESO, LA INVESTIGACIÓN, LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA. Desde

Más detalles

Planteamiento del Problema

Planteamiento del Problema QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL DIPUTADO GERARDO DEL MAZO MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA

Más detalles

Que es la Ficha de Protección Social?

Que es la Ficha de Protección Social? Que es la Ficha de Protección Social? Es el único instrumento vigente de caracterización socioeconómica que permite identificar a las familias que por su vulnerabilidad requieren apoyo de beneficios y

Más detalles

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Medio

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Medio Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación Programa de Becas Estudiantiles Nivel Medio Capítulo I Objetivos Artículo 1. Objetivos. El programa de estudiantiles para el nivel Medio de la

Más detalles

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de

Más detalles

Programa de Becas Reglamento

Programa de Becas Reglamento Objeto ARTÍCULO 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular el otorgamiento de becas al mérito en el estudio que Fundación 1 Acindar entrega anualmente a los estudiantes de nivel secundario, terciario

Más detalles

Ley 9.223/05 de la Prov. de Córdoba - Sistema de beneficios sociales para veteranos de guerra de Malvinas

Ley 9.223/05 de la Prov. de Córdoba - Sistema de beneficios sociales para veteranos de guerra de Malvinas Ley 9.223/05 de la Prov. de Córdoba - Sistema de beneficios sociales para veteranos de guerra de Malvinas Sanción : 30 de marzo de 2005 Promulgación : 4 de abril de 2005 Publicación : B.O.7/4/05 Capítulo

Más detalles

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior Universitario REGLAMENTO GENERAL

Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior Universitario REGLAMENTO GENERAL Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior Universitario REGLAMENTO GENERAL Capítulo I Objetivos Artículo 1. Objetivos. El programa de becas

Más detalles

Creación. Prestaciones. Requisitos. Haber. Reglamentación y Vigencia.

Creación. Prestaciones. Requisitos. Haber. Reglamentación y Vigencia. Decreto Nº 1382/2001 Creación. Prestaciones. Requisitos. Haber. Reglamentación y Vigencia. Bs. As., 1/11/2001 VISTO Las Leyes Nros. 22.431, 24.013, 24.241 y 24.714, y el Decreto Nº 2284 del 31 de octubre

Más detalles

VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011

VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011 VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011 VISTO: La Ley 26.206, la Ley 2288, la Resolución Nº24/07 del Consejo Federal de Educación y los Diseños Curriculares, aprobados y vigentes, de las carreras de Formación Docente,

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE COMEDOR

REGLAMENTO DE BECAS DE COMEDOR UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES FACULTAD DE CIENCIAS FORESTALES SECRETARÍA DE BIENESTAR ESTUDIANTIL REGLAMENTO DE BECAS DE COMEDOR TITULO 1: FINALIDAD ARTICULO 1º: Las Becas de Comedor son aquellas que

Más detalles

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S Secretarios de la Mesa Directiva H. Congreso del Estado de Puebla Presente: El que suscribe, Diputado José Antonio Gali López, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática

Más detalles

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR Título: REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS POR NOTAS DE LA ALCALDÍA DE SAN SALVADOR Materia: Administrativo Categoría: Reglamento Origen: ALCALDIA MUNICIPAL D.M. Nº: 5

Más detalles

Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Posadas =========

Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Posadas ========= ORDENANZA XIV - Nº 24 (Antes Ordenanza 205/98) CAPÍTULO I COMISIÓN ESPECIAL DE TIERRAS ARTÍCULO 1.- Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la Comisión Especial de Tierras. ARTÍCULO 2.-

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPÍTULO I

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPÍTULO I REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- Las becas para estudiantes a las carreras de Martillero Público y Corredor de Comercio, y de Administración de Consorcio y Urbanizaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL SISTEMA DE BECAS

REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL SISTEMA DE BECAS REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL CONSEJO DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN SISTEMA DE BECAS Artículo 1. Definición. El sistema de becas que establece el Consejo de Formación en Educación (CFE) constituye

Más detalles

FUNDACION ARGENINTA REGLAMENTO DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL DEL GRUPO INTA CAPITULO I GENERALIDADES

FUNDACION ARGENINTA REGLAMENTO DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL DEL GRUPO INTA CAPITULO I GENERALIDADES FUNDACION ARGENINTA REGLAMENTO DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL DEL GRUPO INTA CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1. La Fundación Argenlnta, concederá becas destinadas a financiar la formación superior

Más detalles

Máximos beneficios a los que se puede acceder a través de la Beca Juan Bautista Alberdi

Máximos beneficios a los que se puede acceder a través de la Beca Juan Bautista Alberdi Bases y Condiciones Beca Juan Bautista Alberdi Con el propósito de identificar y atraer a la Universidad de San Andrés alumnos capaces y talentosos del interior del país, la universidad ha decidido poner

Más detalles

BECAS PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

BECAS PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR BECAS PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Finalidad de la Beca: fomento de la educación superior tal y como lo preceptúa la Ley de Educación Superior N 24.521. Universo al que alcanza: jóvenes

Más detalles

ACUERDO No. 01. (Enero 26 de 2010) Por el cual se reglamentan las becas - crédito de postgrados para Docentes y Egresados de la Universidad Libre

ACUERDO No. 01. (Enero 26 de 2010) Por el cual se reglamentan las becas - crédito de postgrados para Docentes y Egresados de la Universidad Libre ACUERDO No. 01 (Enero 26 de 2010) Por el cual se reglamentan las becas - crédito de postgrados para Docentes y Egresados de la Universidad Libre La Honorable Consiliatura de la Universidad Libre, en ejercicio

Más detalles

ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DG Nº 97/09 REGLAMENTO DE BECAS PARA EMPLEADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y MAGISTRADOS/AS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DG Nº 97/09 REGLAMENTO DE BECAS PARA EMPLEADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y MAGISTRADOS/AS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DG Nº 97/09 REGLAMENTO DE BECAS PARA EMPLEADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y MAGISTRADOS/AS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA CAPÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 : El presente

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ARACENA

AYUNTAMIENTO DE ARACENA CONVOCATORIA DEL CURSO 2016/2017 PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA ACCIÓN DENOMINADA BONO DE APOYO AL ESTUDIO, DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y EMPLEO PARA JÓVENES, DEL AYUNTAMIENTO DE ARACENA El AYUNTAMIENTO

Más detalles

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL SECRETARÍA DE COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE NORMAS

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL SECRETARÍA DE COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE NORMAS ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL SECRETARÍA DE COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE NORMAS PROYECTO REGLAMENTO DE BECARIOS Y PASANTES APROBADO POR RESOLUCIÓN N 45 DEL

Más detalles

Ley General de Protección a la Madre Adolescente

Ley General de Protección a la Madre Adolescente Ley General de Protección a la Madre Adolescente LEY GENERAL DE PROTECCIÓN A LA MADRE ADOLESCENTE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Concepto. Para los efectos de esta Ley se entenderá por

Más detalles

BECAS ALUMNI PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO

BECAS ALUMNI PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO BECAS ALUMNI PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO La Fundación Universidad Carlos III de Madrid (en adelante, Fundación UC3M) pone en marcha a través de la Oficina de Antiguos Alumnos el Programa

Más detalles

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº.., dictada por el Consejo Superior el día de de 20., ha adjudicado a... DNI Nº...

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA)

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA) REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA) CAPITULO I: GENERALIDADES ARTÍCULO 1º.- La Secretaría General Académica planificará y dirigirá las acciones

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS

REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 3. numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece

Más detalles

Cualquier otro gasto adicional por concepto de material académico, atención médica y otros, serán de cargo del estudiante.

Cualquier otro gasto adicional por concepto de material académico, atención médica y otros, serán de cargo del estudiante. Todas las actividades expuestas en la hoja 2 del formulario de postulación, deben estar respaldadas por carta de algún responsable que acredite su participación. ANEXO 3: MODELO DE CONTRATO CONVENIO DE

Más detalles

Unificación de Becas. ARBEC (PNBB- PNBU- PRONAFE- INFoD) PROG.R.ES.AR

Unificación de Becas. ARBEC (PNBB- PNBU- PRONAFE- INFoD) PROG.R.ES.AR Unificación de Becas ARBEC (PNBB- PNBU- PRONAFE- INFoD) PROG.R.ES.AR Tipos de Becas EDUCACIÓN OBLIGATORIA PRIMARIA - SECUNDARIA FORMACIÓN PROFESIONAL CURSOS FORMATIVOS EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIO-TERCIARIO

Más detalles

Actualidad ÍNDICE. Pág. MENDOZA. Resolución General A.T.M. 29/13. Resolución General A.T.M. 29/13 JUJUY. Ley MISIONES. Disposición D.P.J.

Actualidad ÍNDICE. Pág. MENDOZA. Resolución General A.T.M. 29/13. Resolución General A.T.M. 29/13 JUJUY. Ley MISIONES. Disposición D.P.J. Actualidad 19 de junio de 2013 ÍNDICE Pág. MENDOZA Resolución General A.T.M. 29/13 Resolución General A.T.M. 29/13 2 2 JUJUY Ley 5.771 2 MISIONES Disposición D.P.J. 104/13 5 CÓRDOBA Resolución Normativa

Más detalles

Sistema de Becas de Investigación y Posgrado

Sistema de Becas de Investigación y Posgrado Sistema de Becas de Investigación y Posgrado La presente normativa reglamenta la convocatoria, llamado a concurso, evaluación de antecedentes, orden de méritos, asignación y cesación de becas de investigación

Más detalles

Ministerio de Educación, Secretaría de Políticas Universitarias

Ministerio de Educación, Secretaría de Políticas Universitarias ANEXO I PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE UNIVERSIDADES NACIONALES (PROFITE) BASES Y CONDICIONES OBJETIVOS EL PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS

Más detalles

Estratégico. Eficiencia / Resultado

Estratégico. Eficiencia / Resultado SECRETARÍA DE EDUCACION 2.- Matriz de Marco Lógico para el Presupuesto 2013 (E010) Igualdad de Oportunidades de Objetivo : Equidad e igualdad de oportunidades NIVEL OBJETIVOS INDICADORES MEDIOS DE FIN

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (PNBB) CAPÍTULO I OBJETIVOS

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (PNBB) CAPÍTULO I OBJETIVOS REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (PNBB) CAPÍTULO I OBJETIVOS ARTÍCULO 1.- Objetivos. EL PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTÍFICAS

Más detalles

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado

Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº.., dictada por el Consejo Superior el día de de 20., ha adjudicado a... DNI Nº...

Más detalles

TÍTULO UNO Generalidades

TÍTULO UNO Generalidades Artículo 1. TÍTULO UNO Generalidades En conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 del D.F.L N 2 del año 1998 del Ministerio de Educación, se establece el siguiente Reglamento Interno que regirá el procedimiento

Más detalles