COdigO de COmerCiO de la republica Oriental del UrUgUay legislacion COmplementaria tomo ii

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1 COdigo de Comercio de la RepUblica Oriental del Uruguay LEGISLACION COMPLEMENTARIA u Tomo II

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3 COdigo de Comercio de la RepUblica Oriental del Uruguay LEGISLACION COMPLEMENTARIA u Tomo II Anotados y actualizados por los Doctores Eva Holz Siegbert Rippe Bruno Berchesi Mariana Cerrutti GermAn Guariglia Pablo Schiavi Texto actualizado al 31 de diciembre de 2011

4 Primera edición: Siegbert Rippe, 2012 De esta edición, La Ley Uruguay, 2012 San José 1102, Montevideo, Uruguay Todos los derechos reservados Ninguna parte de esta obra puede ser reproducida o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio electrónico o mecánico, incluyendo fotocopiado, grabación o cualquier otro sistema de archivo y recuperación de información, sin el previo permiso por escrito del Editor y del autor. All rights reserved No part of this work may be reproduced or transmitted in any form or by any means, electronic or mechanical, including photocopying and recording or by any information storage or retrieval system, without permission in writing from the publisher and the author. Tirada: 400 ejemplares. I.S.B.N. I.S.B.N (Tomo II) (Obra Completa) SAP SET

5 Di r e c t o r e s Dra. Eva Holz Abogada (1983), Doctorada en la University of London (Phd) en Derecho Comercial Internacional (2005). Profesora Agregada de Derecho Comercial y de Derecho Bancario en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Profesora Agregada de Derecho Comercial de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República. Profesora de posgrados y maestrías, desde 2000 hasta la fecha, en la Facultad de Derecho y en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República. Co-Creadora de la Maestría de Derecho Comercial en la UDELAR (año 2008), integrante del Comité Académico de dicha Maestría y profesora de varias asignaturas en ella. Profesora Titular de Maestría de (Derecho de la Empresa) de Derecho Bancario y de Derecho del Mercado en la Universidad de Montevideo (1995 a 2010, y 2005 hasta la fecha respectivamente). Ha dictado cursos y seminarios como profesora visitante en la Southern Methodist University (Dallas, Texas, U.S.A.) y en la University of London (Londres, Inglaterra). Expositora en diversas conferencias internacionales organizadas por el B.I.S., Banco Mundial, B.I.D. Becada en 1995 por la Fundación Fullbright de los Estados Unidos de América para proyectar y realizar investigación en el tema La integración de los sistemas bancarios: La Unión Europea, NAFTA, MERCOSUR. Autora y co-autora de más de 40 artículos y obras en la materia. Se señalan especialmente los siguientes libros: Operaciones de bolsa, Mercado y derecho, Código de Comercio anotado y concordado, La nueva regulación del mercado de valores en el Uruguay, Integración de los sistemas bancarios, Sociedades anónimas y orden público, Reorganización empresarial y concursos. Contratada Como Asesora del Ministerio de Economía y Finanzas (contrato PNUD Proyecto URU/02/01), entre 2002 y 2004; (contrato PNUD Proyecto URU 97/005), entre mayo1998 y abril Co redactora (encomendada por el Ministerio de Economía y Finanzas) del Proyecto de Ley de factoring y titulización de activos (1997, sancionado como ley Nº ); del Proyecto de Ley de Relaciones de Consumo (hoy ley Nº ); del Proyecto de Ley de Promoción de Inversiones (1995, hoy ley Nº ). Redactora (encomendada por el Ministerio de Economía y Finanzas) del Proyecto de Ley de Mo-

6 VIII Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) dificación a la Prenda sin Desplazamiento (hoy ley Nº ); del decreto reglamentario de la Ley de Promoción de Inversiones (1998); de proyecto de ley de modificaciones a la Ley de Sociedades Comerciales (1996); del decreto reglamentario de la ley Nº del Mercado de Valores y Obligaciones Negociables (1996, decreto Nº 344/996); y del decreto reglamentario de las Calificaciones de Riesgo (1996 decr. Nº 146/996). Asesora ante el Poder Legislativo en el tratamiento de diversos Proyectos de Ley, a saber: Proyecto de Ley de Relaciones de Consumo; Proyecto de Ley de modificaciones a la Ley de Sociedades Comerciales; Proyecto de Ley de Promoción de Inversiones ( ); Proyecto de Ley de Fondos de Inversión (1996); Proyecto de Ley de Mercado de Valores y Obligaciones Negociables (1995). Integrante de la Unidad Técnica Asesora del Ministerio de Economía y el Banco Central del Uruguay para la coordinación de estudios y análisis sobre el funcionamiento del sector financiero ( ). Fue árbitro uruguyo (1998) para el Sistema de Pagos Recíprocos en el marco del Convenio de A.L.A.D.I. Asesora del Banco Central del Uruguay en temas vinculados al mercado de valores Contratada por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales de la República Argentina (1999) para la realización de un análisis sobre comercio y servicios financieros. Asesora de la Bolsa de Valores de Montevideo para la reforma de sus estatutos ( ). Ex Directora del Instituto de Derecho Comercial ( ) Fundadora y Directora del Centro de Estudios Financieros del Uruguay (1998). Miembro del Grupo Consultivo Central de la Iniciativa de Insolvencia Bancaria Global del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Miembro de la Asociación Latinoamericana de Derecho y Economía. Miembro Fundador y Secretaria del Instituto de Derecho del Comercio Exterior. Fue Vicepresidente del Banco Central del Uruguay ( ). Fue Auditora Interna de la Nación ( ). Fue encargada de despacho del área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas (1998). Dr. Siegbert Rippe Kaiser Es abogado, tiene los títulos de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (1960), y de Master en Administración Pública y Diploma en Finanzas (1981/83), estos últimos, obtenidos en México. Es Catedrático de Derecho Comercial en la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de la Universidad de la República (Uruguay), desde Es ex catedrático de la Facultad de Derecho de esa Universidad en la misma materia ( ) y Profesor Emérito de la misma (2009). Desarrolla actividades de investigación y enseñanza, de grado y de posgrado, en Uruguay y en el exterior; habiéndose especializado académica y profesionalmente en Derecho Societario y Cooperativo, Derecho del Mercado (Derecho

7 Código de Comercio - Legislación complementaria IX de la Competencia, Derecho de la Propiedad Intelectual y Derecho del Consumidor), Derecho Financiero y Bursátil, y Derecho Concursal, entre otras especializaciones. Ha desarrollado y participado en cursos de posgrado en las Facultades de Derecho y de Ciencias Económicas y de Administración de la UDELAR (desde 1996 aproximadamente) y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo ( ). Ha dictado cursos de actualización y perfeccionamiento en temas de Derecho Comercial en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, del Poder Judicial (CEJU), ha dictado cursos en el Colegio de Abogados del Uruguay y en el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay, en temas de la misma materia. En el exterior ha sido Profesor Visitante en cursos de posgrado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina) y en la de Caxias do Sul (Brasil). Ha dictado conferencias en la Universidad Católica (UCUDAL) y en Universidades extranjeras: en Argentina (Universidades Nacionales de La Plata, del Litoral, de Córdoba y en la Universidad Católica Argentina, etc.); en Brasil (Universidades Federales de Paraná, Pelotas y Santa Catarina), en Chile (Universidad Diego Portales); en Costa Rica (Universidad de Costa Rica), en España (Universidades de Extremadura, Santiago de Compostela y Valencia) en Italia (Universidad Tor Vergara, de Roma) y en México, Universidad Nacional Autónoma de México - UNAM, entre otras. Es abogado y consultor en temas empresariales y negociales. Ha asesorado en materia bancaria y financiera al Ministerio de Economía y Finanzas ( ) y en materia comercial a la Administración Nacional de Puertos ( ). Fue miembro de la Comisión Permanente de Normas Contables Adecuadas ( aproximadamente). Integra los Comités Arbitrales de los Centros de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de la Bolsa de Comercio, de Uruguay, y de la Cámara de Comercio Argentino-Brasilera, de San Pablo. Integra el Tribunal Arbitral Internacional de la Comisión Técnico Mixta de Salto Grande (CTM) (desde 2006 aproximadamente). Integra asimismo diversas asociaciones nacionales y extranjeras (Argentina, Paraguay, España). Es miembro de los Comités Académicos de la Revista de Derecho Comparado y de la Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones, de Argentina, y de la Cátedra Internacional Andrés Bello/Argentina. Integra el Grupo de Investigación en Derecho Cooperativo de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo (AIDC), con sede en la Universidad de Deusto (España) (desde 2007 aproximadamente). Se ha desempeñado como Consultor en proyectos financiados por el BID, PNUD, FONADEP, entre otros. Fue Asesor de la Dirección Nacional de Fomento Cooperativo (Uruguay) ( ), y del Instituto Mexicano del Café, de la Secretaría de Programación y Presupuesto y de la Secretaría de Energía, Minería e Industria Paraestatal de Transformación (México) ( ).

8 X Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) Fue Director del Instituto de Derecho Comercial ( ). Fue Coordinador de la Unidad de Estudios Cooperativos ( ), Asistente Académico del Rectorado de la Universidad de la República y coordinó la Unidad Central de Estudios del Mercosur de esa universidad ( ). Fue Miembro Titular de la Sub-Comisión de Ciencia y Tecnología de la Comisión Sectorial del Mercosur (Uruguay). Es miembro honorario del Instituto de la Empresa de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba (Argentina) y de la Asociación Paraguaya de Derecho Internacional, y Miembro Numerario de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo (Universidad de Deusto, España) e integra asimismo el Grupo Internacional de Investigación en Derecho Cooperativo de esa asociación. Ha asesorado a diversas comisiones parlamentarias de su país en proyectos de ley sobre materias de su especialidad. (Sociedades Comerciales, Concursos, Mercado de Valores y Fondos de Inversión, Sociedades de Garantía Recíproca, Títulos Valores, Defensa de la Competencia, Fideicomisos, entre otras) ( ). Se desempeña actualmente como Presidente del Tribunal de Cuentas de la República (julio 2010 a la fecha). Ha publicado como director, autor y/o coautor diversos libros y alrededor de 70 artículos de doctrina y de jurisprudencia comentada, tanto en el país como en el extranjero, destacándose entre los libros: La Concurrencia Desleal, Régimen Legal de las Sociedades Cooperativas en el Derecho Uruguayo, La Propiedad Industrial en el Uruguay, Los Problemas Jurídicos de las Cooperativas, Sociedades Comerciales, Instituciones de Derecho Comercial Uruguayo, Curso de Derecho Comercial, Concursos y Reorganización Empresarial, Agroindustrias y Derecho Societario, Secreto Bancario, Commercial and Economic Law, Intereses en materia comercial, Análisis Exegético de la Ley Tiene publicaciones editadas en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Bélgica-Holanda, España, Italia, y ha participado como docente, conferencista y/o panelista en cursos y eventos académicos y profesionales en Argentina, Bélgica, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Estados Unidos, Italia, México, Paraguay, Venezuela, entre otros países, en temas también vinculados con sus diversas especializaciones académicas y profesionales y ha prologado alrededor de 10 libros publicados en el país, de doctrinos en diversas áreas del Derecho Comercial. Au t o r e s Dr. Bruno Berchesi Doctor en Derecho egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Aspirante a Profesor Adscripto en Derecho Administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Miembro del Departamento Académico de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Diplomado en Estrategias de Gobierno Electrónico y Diplomado en Derecho de Acceso a la Información Pública por la OEA (Organización de Estados Americanos). Autor de libros y artículos sobre temas de su especialidad.

9 Código de Comercio - Legislación complementaria XI Dra. Esc. Mariana Cerrutti Doctora en Derecho egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Escribana Pública egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Miembro de la Comisión de Derecho Comercial de la Asociación de Escribanos del Uruguay. Dr. Germán Guariglia Doctor en Derecho egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Aspirante a Profesor Adscripto en Derecho Administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Miembro del Departamento Académico de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay. Miembro de la Asociación Sección Uruguay del Foro Mundial de Jóvenes Administrativistas. Asesor Letrado del Instituto Nacional de Colonización (I.N.C.) de la República Oriental del Uruguay. Autor de libros y artículos sobre temas de su especialidad. Dr. Pablo Schiavi Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Mayor de la República Oriental del Uruguay. Master en Derecho Administrativo Económico por la Universidad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay. Aspirante a Profesor Adscripto en Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Aspirante de la Cátedra de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo. Certificado en Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo por el Isede y la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay Dámaso Antonio Larrañaga. Diplomado Internacional en Dirección y Gestión de Cooperativas de Ahorro y Crédito por el Instituto de Desarrollo Cooperativo (I.D.C.) y la Confederación Alemana de Cooperativas (D.G.R.V.). Miembro del Instituto de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Miembro del Grupo de Estudio e Investigación de Derecho Administrativo de la Universidad de Montevideo. Asesor del Contador General de la Nación, Contaduría General de la Nación (C.G.N.) del Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay. Ex-Asesor del Auditor Interno de la Nación, Auditoría Interna de la Nación (A.I.N). Autor de libros y artículos sobre temas de su especialidad.

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11 Prefacio de los Directores Elaborar esta nueva versión del Código de Comercio anotado y su apéndice normativo, por muchos años representó un proyecto muy difícil de abordar, siempre pendiente y postergado, por la complejidad, dificultad e intensidad del trabajo que ello requería. Hasta que un tiempo atrás la Editorial La Ley manifestó su interés precisamente en el Código de Comercio actualizado, permitiendo que un equipo de jóvenes profesionales colaboraran en las diversas tareas necesarias para lograr ese resultado. Lo cual nos decidió finalmente a enfrentar ese desafío, que culmina hoy con la presentación de este Código anotado con su apéndice normativo actualizado al día de la fecha. Aspiramos que el mismo constituya una herramienta útil para los profesionales, magistrados, estudiosos, o empresarios que por la circunstancia que sea, deben acudir a las disposiciones del Código de Comercio o de las distintas leyes que lo complementan o sustituyen. Los criterios para la elaboración de las notas del articulado del Código de Comercio, que mantienen varios de los criterios utilizados en la versión anterior de nuestra autoría, son: 1) En los distintos artículos del Código de Comercio se incorporan las modificaciones a su texto indicando al finalizar el mismo artículo que dicho texto es el vigente a partir de la ley modificativa correspondiente, indicando el artículo y el número de dicha ley, su fecha de aprobación y de publicación incluyendo el número de Diario Oficial. 2) Se informa asimismo por nota al pie de página, la redacción original del artículo modificado. En caso de derogaciones, se indica en el texto de la ley que el artículo ha sido derogado, precisando el número de artículo y de ley que lo derogó, indicando su fecha de aprobación y publicación así como el número de Diario Oficial. 3) Se citan disposiciones paralelas del Código Civil cuando directamente implican una modificación a la solución del Código de Comercio.

12 XIV Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) 4) Se realizan referencias a otros Códigos cuando la norma que se anota alude a temas expresamente regulados por aquéllos. 5) Sólo se incluyen referencias a la evolución histórica de los Institutos, cuando por su importancia o incidencia en el régimen actual así lo amerite. 6) No se efectúan referencias intertextuales al propio Código de Comercio. 7) Las normas internacionales citadas, se refieren únicamente a los Tratados y Convenciones multilaterales ratificados por la República. No se citan los Tratados o Acuerdos bilaterales. 8) Únicamente se citan decretos cuando se trata de decretos reglamentarios, o cuando la única regulación de un instituto es reglamentaria (ejemplo, la regulación de las agencias de viaje). Esto, en razón de la alta probabilidad de modificación de dichos decretos. 9) Se incorpora como notas a los artículos del Código de Comercio, la jurisprudencia de la Ley Online Uruguay años 2009 a A su vez, los criterios seguidos en la preparación del Apéndice del Código de Comercio consisten en: 1) La selección de las leyes incluidas en el apéndice, se efectúa en función de la importancia del instituto en ellas regulado en el ámbito de la materia comercial. Por ejemplo, se incluyen en el anexo las leyes que sustituyeron capítulos del Código de Comercio, como es la legislación en materia de títulos valores, sociedades comerciales, concursos, o la legislación que complementa el articulado del Código o que regula institutos típicamente mercantiles, como la relativa al establecimiento comercial, la intermediación financiera y del mercado de valores, las marcas y las patentes, o la de la defensa de la competencia. Hemos adicionado en esta edición del Código leyes recientemente sancionadas y que influyen en la materia mercantil, como las atinentes a la prevención del lavado de activos y la de protección de datos personales. 2) En las distintas leyes se incorporan las modificaciones a su texto indicando el número de ley modificativa que dio al artículo modificado su redacción vigente, su fecha de aprobación y de publicación incluyendo el número de Diario Oficial. Se informa asimismo por nota al pie de página, la redacción original del artículo modificado. En caso de derogaciones, se indica en el texto de la ley que el artículo ha sido derogado, precisando el número de artículo y de ley que lo derogó, indicando su fecha de aprobación y publicación así como el número de Diario Oficial.

13 Código de Comercio - Legislación complementaria XV 3) El orden de presentación de las leyes se efectuó de acuerdo a su orden cronológico, a continuación de las cuales se reproduce el texto de los decretos, también en orden creciente de sus fechas. 4) Excepcionalmente se incluyen decretos en el anexo normativo, por tratarse de decretos impuestos por la propia ley que se reglamenta, o por su marcada importancia para la comprensión e interpretación del instituto regulado. No se incluyen circulares. Ni otras normas de inferior jerarquía jurídica. 5) Sólo se transcriben algunos específicos Tratados o Convenciones multilaterales ratificados por la República. El trabajo se complementa con tres índices, uno cronológico, el segundo temático, y finalmente, un índice general de la obra. Corresponde puntualizar también en esta instancia, la distribución operativa de tareas y responsabilidades concretas de los integrantes del equipo de trabajo. En ese sentido, los directores definimos la metodología general, la programación de las actividades y la determinación de las leyes a incluir en la compilación de leyes del Apéndice Normativo. La Dra. Eva Holz además, dirigió la labor de actualización de dichos textos legales, y la determinación de los contenidos de las notas de concordancia con otras leyes. Dicho Apéndice Normativo fue compilado y actualizado en general por el Dr. Pablo Schiavi y corregido por la Dra. Eva Holz con la colaboración de la Esc. Mariana Cerrutti y de los Dres. Bruno Berchesi y Germán Guariglia. La Dra. Eva Holz fue responsable de la confección de las notas de concordancia y modificaciones legales para toda la legislación de intermediación financiera. Por su parte, la Esc. Mariana Cerrutti tuvo a su cargo la compilación y actualización de la ley de Sociedades Comerciales. Finalmente, el Dr. Germán Guariglia fue responsable de la compilación y actualización de la ley de Registros Públicos. En ambos casos con las correcciones y bajo la supervisión de la Dra. Eva Holz. Asimismo el Dr. Pablo Schiavi fue el responsable de la revisión de la jurisprudencia de la Ley Online Uruguay y la inclusión de la pertinente al Código de Comercio, como notas a los distintos artículos de dicho Código. Por su parte, la Esc. Mariana Cerrutti tuvo a su cargo la compilación y actualización de la ley de Sociedades Comerciales. Finalmente, el Dr. Germán Guariglia fue responsable de la compilación y actualización de la ley de Registros Públicos. En lo que refiere a las notas al Código de Comercio, los directores definimos los criterios a seguir para la confección de las notas al articulado del Código de Comercio. A su vez, la Dra. Eva Holz dirigió

14 XVI Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) la actualización de las notas a efectuar a los artículos del Código de Comercio. El Dr. Siegbert Rippe tuvo a su cargo la revisión y corrección de la totalidad de las notas del Código de Comercio, y la redacción de diversas de ellas. La coordinación de los textos de las notas de todo el articulado del Código de Comercio estuvo a cargo de los Dres. Bruno Berchesi, y Germán Guariglia. Toda la actualización fue dirigida y revisada por la Dra. Eva Holz. Dicha actualización fue compilada y efectuada por la Esc. Cerrutti para los artículos 1º a 53 del Código de Comercio, así como la legislación actualizada de sociedades comerciales. La compilación y actualización de las notas a los artículos 54 a 603, correspondió al Dr. Bruno Berchesi, y de allí hasta el final del articulado del Código de Comercio las mismas estuvieron a cargo del Dr. Germán Guariglia. Finalmente, nuestros agradecimientos. En primer y muy destacado lugar al Dr. Bruno Berchesi, Esc. Mariana Cerruti, Dr. Germán Guariglia y Dr. Pablo Schiavi, y a la Editorial La Ley, que hicieron posible esta obra, que insumió prácticamente dos años de trabajo. También agradecemos a la Dra. Cecilia Fresnedo, por su colaboración consistente en la actualización de la normativa internacional en materia de transporte y seguros. Similarmente, nuestro reconocimiento a la Cra. María Marta Recarey que colaboró en la actualización de la normativa reglamentaria en punto a los registros contables que deben llevar las sociedades comerciales. Eva Holz Siegbert Rippe

15 Indice general Tomo I Prefacio de los Directores... i-xiii Indice general... i-xvii Antecedentes... I-1 I. Redaccion del Codigo de Comercio... I-1 1. Antecedentes extranjeros mediatos. Exposición de Motivos del Código de Comercio del Estado de Buenos Aires... I-1 2. Antecedentes nacionales mediatos. Estudio y proyectos de modificación del Código de Comercio del Estado de Buenos Aires por las Cámaras legislativas uruguayas... I-5 3. Antecedentes nacionales inmediatos. Informe de los Dres. Antonio Rodríguez Caballero, Manuel Herrera y Obes, y Florentino Castellanos, sobre el Código de Comercio de Buenos Aires y las reformas propuestas por las Cámaras de Representantes y Senadores del Uruguay... I-9 II. Sancion, correccion, promulgacion y vigencia del Codigo de Comercio de la Provincia de Buenos Aires. I Decreto-Ley 817, de 26 de mayo de 1865, declarando ley de la República, el Código de Comercio de la Provincia de Buenos Aires. I Decreto-Ley 823, de julio 8 de 1865, disponiendo la incorporación al Código de Comercio del Decreto-Ley 816, de mayo 26 de 1865, sobre hipotecas, privilegios y graduación de acreedores... I Informe de la Comisión Correctora del Código de Comercio... I Decreto de 24 de enero de 1866, aprobatorio de los trabajos de la Comisión Correctora... I-28

16 XVIII Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) 5. Decreto-Ley 841, de enero 24 de 1866, de promulgación y vigencia del Código de Comercio... I-29 III. Texto autentico del Codigo de Comercio... I Decreto de abril 10 de I-30 CODIGO DE COMERCIO Libro I De las personas del comercio Titulo i - De los comerciantes... I-31 Capítulo I - De los comerciantes en general y de los actos del comercio... I-31 Art. 1º.-... I-31 Art. 2º.-... I-32 Art. 3º.-... I-32 Art. 4º.-... I-32 Art. 5º.-... I-33 Art. 6º.-... I-33 Art. 7º.-... I-34 Capítulo II - De la capacidad legal para ejercer el comercio I-53 Art. 8º.-... I-53 Art. 9º.-... I-53 Art. 10º.-... I-54 Art. 11º.-... I-54 Art. 12º.-... I-55 Art. 13º.-... I-56 Art. 14º.-... I-56 Art. 15º.-... I-56 Art. 16º.-... I-56 Art. 17º.-... I-57 Art. 18º.-... I-57

17 Indice general XIX Art. 19º.-... I-57 Art. 20º.-... I-57 Art. 21º.-... I-58 Art. 22º.-... I-58 Art. 23º.-... I-58 Art. 24º.-... I-59 Art. 25º.-... I-59 Art. 26º.-... I-59 Art. 27º.-... I-60 Art. 28º.-... I-60 Art. 29º.-... I-60 Art. 30º.-... I-61 Art. 31º.-... I-61 Capítulo III - De la matrícula de los comerciantes... I-61 Art. 32º.-... I-61 Art. 33º.-... I-61 Art. 34º.-... I-62 Art. 35º.-... I-62 Art. 36º.-... I-62 Art. 37º.-... I-62 Art. 38º.-... I-63 Art. 39º.-... I-63 Capítulo IV - Del domicilio de los comerciantes... I-63 Art. 40º.-... I-63 Art. 41º.-... I-63 Art. 42º.-... I-64 Art. 43º.-... I-64 Titulo II - De las obligaciones comunes a todos los que profesan el comercio... I-64 Capítulo I - Disposiciones generales... I-64 Art. 44º.-... I-64 Capítulo II - Del registro público de comercio... I-65 Art. 45º.-... I-68

18 XX Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) Art. 46º.-... I-68 Art. 47º.-... I-69 Art. 48º.-... I-69 Art. 49º.-... I-70 Art. 50º.-... I-70 Art. 51º.-... I-71 Art. 52º.-... I-71 Art. 53º.-... I-72 Capítulo III - De los libros de comercio... I-72 Art. 54º.-... I-72 Art. 55º.-... I-73 Art. 56º.-... I-73 Art. 57º.-... I-74 Art. 58º.-... I-74 Art. 59º.-... I-74 Art. 60º.-... I-74 Art. 61º.-... I-74 Art. 62º.- (Derogado)... I-74 Art. 63º.-... I-75 Art. 64º.-... I-75 Art. 65º.-... I-75 Art. 66º.-... I-76 Art. 67º.-... I-77 Art. 68º.-... I-77 Art. 69º.- Inc. 1º (Derogado)... I-77 Art. 70º.-... I-78 Art. 71º.-... I-78 Art. 72º.-... I-78 Art. 73º.-... I-79 Art. 74º.-... I-79 Art. 75º.-... I-79 Art. 76º.-... I-79 Art. 77º.-... I-80 Art. 78º.-... I-80

19 Indice general XXI Art. 79º.-... I-80 Art. 80º.-... I-80 Capítulo IV - De la rendición de cuentas... I-81 Art. 81º.-... I-81 Art I-81 Art. 83º.-... I-81 Art. 84º.-... I-81 Art. 85º.-... I-81 Art. 86º.-... I-81 Art. 87º.-... I-82 Titulo III - De los agentes auxiliares del comercio... I-82 Art. 88º.-... I-82 Capítulo I - De los corredores... I-85 Art. 89º.-... I-85 Art. 90º.-... I-85 Art. 91º.-... I-85 Art. 92º.-... I-85 Art. 93º.-... I-86 Art. 94º.-... I-86 Art. 95º.-... I-86 Art. 96º.-... I-87 Art. 97º.-... I-87 Art. 98º.-... I-87 Art. 99º.-... I-87 Art. 100º.-... I-87 Art. 101º.-... I-88 Art. 102º.-... I-88 Art. 103º.-... I-88 Art. 104º.-... I-88 Art. 105º.-... I-88 Art. 106º.-... I-89 Art. 107º.-... I-89 Art. 108º.-... I-89

20 XXII Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) Art. 109º.-... I-89 Art. 110º.-... I-90 Art. 111º.-... I-90 Art. 112º.-... I-90 Art (Derogado)... I-90 Capítulo II - De los rematadores o martilleros... I-90 Art (Derogado)... I-91 Art (Derogado)... I-91 Art (Derogado)... I-91 Art (Derogado)... I-91 Art (Derogado)... I-91 Art (Derogado)... I-92 Art (Derogado)... I-92 Art (Derogado)... I-92 Art (Derogado)... I-92 Art (Derogado)... I-92 Capítulo III - De los barraqueros y administradores de casas de depósitos... I-93 Art. 124º.-... I-93 Art. 125º.-... I-93 Art. 126º.-... I-93 Art. 127º.-... I-94 Art. 128º.-... I-94 Art. 129º.-... I-94 Art. 130º.-... I-94 Art. 131º.- (Derogado)... I-94 Art. 132º.-... I-94 Capítulo IV - De los factores o encargados y de los dependientes de comercio... I-95 Art. 133º.-... I-95 Art. 134º.-... I-95 Art. 135º.-... I-95 Art. 136º.-... I-95 Art. 137º.-... I-95

21 Indice general XXIII Art. 138º.-... I-96 Art. 139º.-... I-96 Art. 140º.-... I-96 Art. 141º.-... I-96 Art. 142º.-... I-96 Art. 143º.-... I-97 Art. 144º.-... I-97 Art. 145º.-... I-97 Art. 146º.-... I-97 Art. 147º.-... I-97 Art. 148º.-... I-98 Art. 149º.-... I-98 Art. 150º.-... I-98 Art. 151º.-... I-99 Art. 152º.-... I-99 Art. 153º.-... I-99 Art. 154º.-... I-99 Art. 155º.-... I-99 Art. 156º.-... I-99 Art. 157º.-... I-100 Art. 158º.-... I-100 Art. 159º.-... I-100 Art. 160º.-... I-100 Art. 161º.-... I-100 Art. 162º.-... I-101 Capítulo V - De los acarreadores, porteadores o empresarios de transporte... I-101 Art. 163º.-... I-104 Art. 164º.-... I-105 Art. 165º.-... I-105 Art. 166º.-... I-106 Art. 167º.-... I-107 Art. 168º.-... I-107 Art. 169º.-... I-108 Art. 170º.-... I-108

22 XXIV Eva Holz - Siegbert Rippe Kaiser (Directores) Art. 171º.-... I-109 Art. 172º.-... I-110 Art. 173º.-... I-110 Art. 174º.-... I-111 Art. 175º.-... I-111 Art. 176º.-... I-112 Art. 177º.-... I-112 Art. 178º.-... I-113 Art. 179º.-... I-113 Art. 180º.-... I-114 Art. 181º.-... I-114 Art. 182º.-... I-115 Art. 183º.-... I-115 Art. 184º.-... I-116 Art. 185º.-... I-116 Art. 186º.-... I-117 Art. 187º.-... I-117 Art. 188º.-... I-118 Art. 189º.-... I-118 Art. 190º.-... I-119 Libro II De los contratos de comercio Titulo I - De los contratos o de las obligaciones comerciales en general... I-121 Capítulo I - De los contratos y obligaciones en general... I-121 Art. 191º.-... I-121 Art. 192º.-... I-122 Art. 193º.-... I-122 Art. 194º.-... I-123 Art. 195º.-... I-123 Art. 196º.-... I-123 Art. 197º.- Inc. 2. (Derogado)... I-123 Art. 198º.-... I-123

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