LLAMADO A CONCURSO DE PRECIOS

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1 Nº 276 PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDOR PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE INSTALACIÓN DE RED DE BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS- PARQUE TECNOLÓGICO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CONDICIONES GENERALES 1. LABORATORIO TECNOLÓGICO DEL URUGUAY El LATU es persona de derecho público no estatal. Es una organización fundada como fruto del esfuerzo conjunto de los sectores oficial y privado el 1 de abril de 1965 como Laboratorio de Análisis y Ensayos. El 28 de agosto de 1975 se dispuso la actual denominación. Su misión es brindar servicios de valor en tecnología, el aseguramiento de la calidad en los resultados de los ensayos, la gestión y la difusión del conocimiento, brindando soluciones que impulsen el desarrollo sustentable del país. Su visión a futuro es convertir al LATU en un centro de excelencia y sea percibido por la sociedad uruguaya e internacionalmente por la calidad de sus servicios. Para esto la organización promueve la mejora continua de la calidad de sus productos, servicios y gestión. Con este espíritu y como parte del objetivo el LATU aborda este emprendimiento. El Laboratorio Tecnológico del Uruguay convoca a concurso de precios para la selección de uno o más proveedores para la ejecución llave en mano de dos sistemas de red de bocas de incendio equipadas. 2. OBJETO DEL LLAMADO LATU procura contratar un proveedor calificado o Contratista, los trabajos requeridos para la ejecución de las obras de ejecución llave de dos sistemas de bocas de incendio equipadas, dentro de su predio ubicado en Av. Italia 6201 de la ciudad de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en los recaudos que acompañan este pliego y forman parte del mismo. 3. PLAZO Los plazos serán los establecidos en las condiciones particulares de este llamado. 4. INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO Y EL LLAMADO El objeto de este capítulo es indicar el tipo de contrato previsto y las condiciones contractuales que podrían estar incluidas en el mismo Condiciones Básicas de los Oferentes a) Deberán ser empresas de plaza formalmente constituidas, que giren en el ramo objeto del llamado y que cuenten con sólidos antecedentes en brindar servicios como los solicitados. De acuerdo a lo establecido por la Ley y su Decreto Reglamentario 255/10, es obligatorio para los adjudicatarios tomar el personal al cual se refiere el Art. 2º de la mencionada Ley, para la ejecución de las obras cuando su personal permanente sea insuficiente. Los oferentes deberán presentar junto con sus propuestas, la respectiva 1

2 constancia expedida por la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social (IGTSS) que acredite que no se encuentran comprendidos en lo previsto por el Art. 14 de la citada Ley. La presentación de esta documentación se hará exigible indefectiblemente en el momento previo a la adjudicación b) El oferente deberá presentar un Certificado Notarial acreditando su constitución, vigencia, que de acuerdo con su objeto puede presentarse al presente llamado y prestar el servicio licitado, la representación de la o las personas firmantes de la propuesta y facultades, de acuerdo al Contrato Social o Estatuto. El LATU se reserva el derecho de exigir, en cualquier momento, la presentación de la documentación original o documentación adicional, que acredite los extremos antes enunciados, concediendo un plazo razonable para ello. c) Podrán participar personas jurídicas nacionales o extranjeras en forma individual, o consorciada, que cumplan con los requisitos establecidos en el pliego que rige este llamado. En el caso de presentarse empresas en forma colectiva, deberán obligarse en forma conjunta y solidaria por todo el período de vigencia de la contratación, lo cual deberá establecerse en forma expresa en la oferta. Se admitirá la presentación de ofertas conjuntas por empresas que proyecten consorciarse al amparo de lo dispuesto por los arts. 501 a 509 de la ley N de fecha 4 de setiembre de 1989, debiendo adjuntar a la oferta: Acta que exprese la intención de consorciarse, con certificación notarial de firmas, detalle de los servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno. Toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio (VER literal b, anterior). Designación de uno de los miembros como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros integrantes del consorcio. Constancia en el Acta de intención y posteriormente en el contrato de consorcio que cada uno de sus integrantes será solidariamente responsable para con el LATU de todas y cada una de las obligaciones contraídas en el marco del presente llamado. Expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas ante el LATU, y la no modificación del acta o contrato, sin la previa autorización del LATU. d) Los oferentes deberán acreditar: 1) los años de permanencia en plaza en este tipo de actividad (indicará claramente fecha de inicio de actividades) 2) referencias de obras ejecutadas. e) Los oferentes deberán presentar Certificados que acrediten estar al día con los aportes a la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social y Banco de Seguros del Estado y mantenerlos vigentes durante la vigencia del contrato. Los mismos se harán exigibles indefectiblemente en el momento previo a la adjudicación. f) Deberán presentar poder notarial vigente que acredite la facultad del Responsable, representante autorizado que firma la propuesta. Sin perjuicio de lo anterior, en el momento previo a la adjudicación y firma del contrato se exigirá el certificado de vigencia de dicho poder. 2

3 g) Si el suministro objeto de este concurso queda comprendido en el régimen previsto en la ley del 10/01/07 y del 6/02/08, el oferente deberá cumplir con los requisitos allí establecidos. h) Será responsabilidad del Oferente, agregar los ítems que se hayan omitido y considere necesarios para la debida ejecución de la Obra. Cada Oferente será responsable del estudio de los planos y especificaciones técnicas que se entregan, de los cómputos y de los análisis de los respectivos precios. La omisión en la oferta de cualquier elemento o partida considerados o previstos en los Pliegos de Especificaciones Técnicas, planos y demás documentos anexos, como errores en los cómputos y cálculos de determinación de los precios, no excluirán la obligación de la Contratista de ejecutar los trabajos dentro del precio total de su propuesta o el que se convenga con el Comitente en la Contrata. i) Antecedentes de la empresa en trabajos similares. j) Descripción de la infraestructura del Oferente: (i) equipamiento (equipos para uso en la obra, equipos de taller, facilidades de taller, máquinas y otros equipos); (ii) establecimientos productivos propios y de trabajos contratados; (iii) ubicación, conformación y equipamiento de talleres, oficinas y otras dependencias; (iv) composición del personal del Oferente (ingeniería, producción, contables, administrativos, etc.). k) Currículum Vitae y conformidad escrita del profesional que actuará como Representante Técnico de la Contratista. l) Currículum Vitae y conformidad escrita del profesional que actuará como Director de Obra permanente full time en la obra. m) Plazo, expresado en días calendarios, con Plan de Tareas y Cronograma (calendario) de obra. n) Especificaciones específicas que el Oferente entienda pertinente a los efectos aclaratorios en relación a: materiales, modo de fabricación, marcas de equipos de provisión propia y/o de terceros, métodos de montaje, garantías de diseño Compromiso del llamado El presente llamado no implica ningún compromiso de parte del LATU. Serán en todo caso de cuenta de los oferentes los gastos, tributos, honorarios y demás conceptos incluidos directa o indirectamente en la elaboración, preparación y presentación de una oferta, así como todo otro gasto, tributo, honorario o concepto anterior a la firma efectiva de un contrato definitivo entre las partes. Queda por lo tanto especialmente establecido que el LATU no asume ninguna obligación con los oferentes, siendo que las únicas obligaciones que asumirá serán las que surjan de la expresa suscripción del contrato que eventualmente se otorgue si el LATU decide finalmente optar por aceptar alguna de las ofertas que reciba, lo que se resolverá a su exclusivo arbitrio, quedando facultado incluso para rechazar, SIN EXPRESIÓN DE CAUSA Y SIN RESPONSABILIDAD, la totalidad de las propuestas que reciba. 3

4 4.3- Consultas Las consultas que pudieran surgir con respecto a este llamado deberán dirigirse al Departamento de Compras del LATU. Las mismas se realizarán por escrito a la dirección: recursosmateriales@latu.org.uy, se les informará únicamente a todas las empresas que hayan comprado el pliego tanto la consulta como la respuesta vía correo electrónico. Se podrán realizar consultas hasta el día 04/08/ Modificación del Pliego El LATU podrá modificar el pliego ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un oferente. Las modificaciones serán difundidas o comunicadas a través de los mismos medios utilizados para el llamado con una antelación no menos de 2 (dos) días hábiles previo a la apertura de las ofertas Cumplimiento de las leyes, responsabilidad del Proveedor El proveedor se obligará a cumplir todas las leyes, decretos y reglamentos que fueran aplicables a su actividad, asumiendo por ello plena responsabilidad. El proveedor deberá pagar todas las infracciones en que incurra y mantener al LATU indemne de cualquier gasto, tributo u honorario que deba pagar por causa del proveedor o alguno de sus subcontratistas Obligaciones del Proveedor En caso de incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego, el LATU se reserva el derecho de rescindir unilateralmente el contrato de obra Notificaciones Se considerarán las comunicaciones vía correo electrónico como medio válido a los efectos de las notificaciones que pudieran surgir en este llamado por lo que el oferente deberá suministrar una dirección de correo electrónico a tales efectos. 5. OFERTA 5.1- Adecuación al Pliego Los oferentes deberán presentar sus propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones, pudiendo agregar cualquier otra información complementaria, pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas. A estos efectos se consideran esenciales sólo aquellos aspectos cuya omisión pueda alterar o impedir la debida igualdad de los oferentes o la consideración de las propuestas y su adjudicación. La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo para su invalidación posterior si se constataren luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos esenciales contenidos en el Pliego. 4

5 Por la sola presentación del oferente, se considera que acepta este Pliego y demás disposiciones aplicables al presente llamado. En caso de conflicto entre el Pliego y la oferta, primará el Pliego. El presente llamado así como la selección del oferente y la ejecución contractual se regirán asimismo por los siguientes principios generales: a) transparencia; b) ausencia de ritualismo; c) materialidad; d) veracidad; e) igualdad de tratamiento; f) debido procedimiento; g) concurrencia; y h) buena fe. Los principios antes mencionados servirán también de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las disposiciones pertinentes Propuesta Los oferentes deberán realizar una propuesta económica de precios con impuestos desglosados de acuerdo a lo señalado en las Condiciones Particulares expresando las mismas en moneda nacional o en dólares americanos y la forma de ajuste. Aquellas propuestas que no indiquen los impuestos correspondientes se considerarán como que los mismos están incluidos. Corresponderá al Adjudicatario el pago de los impuestos vigentes o que se cree en el futuro, y que fueren aplicables a la prestación del servicio contratado Forma de pago El pago del precio se hará de la siguiente manera, en todo caso mediante entrega de cheques librados por el LATU, contra recibo que extenderá la Contratista en forma simultánea: a) Hasta un máximo del 25 % del valor adjudicado sin IVA se podrá pagar luego de firmado el contrato y a requerimiento de la Contratista, como anticipo para acopios. Este anticipo NO se facturará. Por este monto el Contratista deberá presentar una garantía mediante una póliza del Banco de Seguros del Estado o mediante un aval bancario de un Banco de plaza que sea aceptable para el LATU. Esta garantía por el anticipo para acopio se podrá devolver, a solicitud del Contratista, una vez realizada la Recepción Provisoria. b) El saldo restante se abonará en pagos mensuales por avances de obra. Solamente serán certificados los servicios y suministros que estuvieran previstos en el contrato o expresamente autorizados por el Director de Obra. En la elaboración del certificado mensual serán incluidas exclusivamente las partes de los servicios y suministros que hayan sido integralmente concluidos en el período. 5

6 A criterio del Director de Obra pueden ser incluidos en el certificado porcentajes de avance de un servicio desde que la parte incluida pueda ser considerada concluida. La certificación total de cada rubro está limitada al 100 % del valor previsto en el contrato. Las cantidades indicadas en las Planillas de la oferta son de responsabilidad del Contratista y los servicios serán considerados concluidos cuando se hayan atendido el alcance del servicio o suministro solicitado por el Contratante en los documentos del concurso. No serán aceptadas reivindicaciones del Contratista por diferencias de cantidades para el pleno cumplimiento del alcance del Contrato. La Dirección de Obra medirá los trabajos ejecutados mensualmente, dentro de los primeros siete (7) días siguientes a ese período. En cada medición se evaluarán los trabajos ejecutados desde la última medición (o desde el comienzo del Contrato, si fuese la primera). La Contratista podrá participar en las mediciones, pero su ausencia no obstará a la medición. Se entenderá por trabajos ejecutados a los fines de la medición, a aquéllos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la Obra en el lugar y en la forma que ocuparán definitivamente de acuerdo con los planos de conjunto y de detalle, y en las condiciones estipuladas en el Contrato, los Pliegos de Especificaciones Técnicas, sus planos adjuntos y demás documentación contractual. Para determinar el grado de avance de la Obra se tomará el grado de avance de cada uno de los ítems que la componen. El resultado de las mediciones se volcará en los Certificados de Avance de Obra que preparará la Dirección de Obra. En base a los mismos la Contratista liquidará los trabajos de acuerdo con los precios convenidos en el Contrato, presentando al Comitente la factura correspondiente. Si la Contratista hubiese estado presente durante las mediciones y tuviese razones fundadas para objetar la medición realizada por la Dirección de Obra, deberá poner tales razones en conocimiento del Comitente por medio fehaciente, dentro de los dos (2) días corridos de practicada la medición. La falta de observaciones por parte de la Contratista en dicho plazo facultará al Comitente a rechazar cualquier observación futura. Si mediaran observaciones, la Contratista deberá de todas formas presentar la factura por las mediciones no sujetas a observación. Cualquier diferencia a favor de cualquiera de las partes será agregada o deducida del siguiente certificado que prepare la Dirección de Obra. Dentro de los siete (7) días hábiles contados a partir de la presentación de la factura correspondiente, el Comitente efectuará el pago con las deducciones que hubiere lugar conforme se prevé en el presente Pliego. Si la factura fuese observada, la Contratista deberá emitir la correspondiente nota de crédito. Del monto de cada factura de avance mensual (factura básica y ajuste paramétrico) (sin impuestos) se retendrá un importe equivalente al 5% (cinco por ciento). Este monto será aportado a un Fondo de Garantía que se devolverá al Contratista (sin ningún tipo de reajuste) una vez producida la Recepción Definitiva de la obra con las deducciones que pudieran corresponder. Se aclara que en el pago del adelanto para acopio no se retendrá este 5 % ya que quedará luego retenido en la facturación de los avances mensuales. 6

7 Los pagos que el Comitente deba efectuar en razón del Contrato serán realizados a favor de la Contratista. El recibo que extienda la Contratista tiene efecto liberatorio para el Comitente y otorga valor definitivo y cancelatorio al pago respectivo. Queda expresamente aclarado que los pagos efectuados por el Comitente no implican consentimiento y/o renuncia a derecho alguno por parte del Comitente, ni tendrá efecto alguno respecto de la consideración de recepción parcial o total, provisoria o definitiva de la Obra, por cuanto tales extremos sólo podrán acreditarse mediante los instrumentos específicos que se establecen en el presente Pliego Ajuste La oferta se ajustará de acuerdo a la variación del Índice General del Costo de la Construcción establecido por el Instituto Nacional de Estadística. La formula de ajuste a utilizar aplica al monto global de la obra, en una sola instancia y según el siguiente detalle P = Po x IPC / IPCo Siendo: P: Valor actualizado del precio al momento de la firma del contrato Po: Monto adjudicado IPC: Índice de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística, último publicado a la fecha de firma del contrato. IPCo: Índice de Precios al Consumo, establecido por el Instituto Nacional de Estadística, último publicado a la fecha de apertura del concurso Mantenimiento de la oferta: Todos los oferentes deberán garantizar expresamente el mantenimiento de sus ofertas por un plazo no inferior a 60 días, prorrogable automáticamente por períodos sucesivos de 30 días, salvo que mediare comunicación escrita, por parte del oferente, no accediendo a la renovación antedicha, lo que deberá comunicarse con una antelación no inferior a los 10 (diez) días hábiles antes del vencimiento del período de vigencia o sus prórrogas Garantía de mantenimiento de oferta Antes de la hora fijada para la apertura del presente llamado, los oferentes deberán constituir la garantía de mantenimiento de oferta, equivalente al 1% del monto total adjudicado sin impuestos al momento de presentación de la oferta. La misma podrá integrarse mediante a) pago en efectivo a realizar en el Departamento de Facturación y Cobranzas del LATU, Avda. Italia er. piso, b) Seguro de Fianza o c) Aval Bancario. Las empresas consorciadas legalmente, según lo establecido en la Ley No del o aquellas que manifiesten la intención de consorciarse (mediante Acta Notarial) pero no estén constituidas legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar la garantía de mantenimiento de oferta mediante alguna de las siguientes opciones: 7

8 a) Por separado cada empresa integrante indicando su denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de garantías cubrir el monto mínimo exigido. b) Una sola garantía, donde se indique la denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o a constituir. La garantía de mantenimiento de la oferta podrá ejecutarse en los siguientes casos: (i) (ii) Cuando el oferente desista de su oferta durante la vigencia otorgada para la misma. Cuando el adjudicatario no constituya en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento de contrato. (iii) Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato en la fecha acordada en la notificación. En tal circunstancia, el LATU podrá reconsiderar el estudio del concurso de precios con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia, o declarar desierto el llamado. 6. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 6.1 Acto de recepción y apertura de ofertas Las ofertas se presentarán en forma presencial en la forma prevista en el punto 6.3 del Pliego. El acto de recepción y apertura de las ofertas se realizará en el Departamento de Compras de la Gerencia Administrativo-Financiera del LATU, Avda. Italia 6201, 1er. Piso, el 11/08/2014 a las 15:00 horas Previo a la apertura de las ofertas, los comparecientes acreditarán su calidad de representantes o apoderados para comparecer en el acto, mediante la presentación de la documentación mencionada en el punto 4.1 literal b o g del presente Pliego. Una copia de cada una de las ofertas técnicas presentadas será puesta de manifiesto ante los oferentes que concurran al acto de apertura, a efectos que representantes de los proponentes debidamente acreditados, tomen conocimiento del contenido de las restantes ofertas. El LATU podrá divulgar los contenidos de las ofertas si así lo decidiera. 6.2 Prórroga de la apertura El LATU podrá en cualquier momento antes de la apertura de ofertas, prorrogar el llamado, sin expresión de causa y responsabilidad. Las prórrogas serán difundidas o comunicadas a través de los mismos medios utilizados para el llamado. En caso que un oferente necesite prórroga de la apertura de ofertas, deberá formular su solicitud por escrito con una antelación no menor a los 5 (cinco) días hábiles respecto de la fecha establecida en el Pliego para la apertura. El LATU se reserva el derecho de conceder la prórroga en los términos solicitados, rechazar la solicitud, o conceder una prórroga menor a la solicitada. 8

9 6.3 Formato requerido para la presentación de las propuestas: La oferta deberá estar redactada en idioma español (con excepción de los folletos/manuales que podrán presentarse en idioma inglés), debidamente firmada y numerada, en formato A4. Las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado debidamente identificados con el nombre del oferente y datos de contacto (dirección, teléfono, fax, persona de contacto, y dirección de correo electrónico), conteniendo por lo menos la siguiente información: Identificación de la empresa Nombre, dirección, teléfono y forma de establecer contacto. Dirección de correo electrónico válido a ser considerado para las notificaciones. Poder otorgado a los firmantes de la propuesta para representar al Oferente, sin limitación alguna y con plenas facultades para obligar al mandante en todos los actos, documentos e instrumentos del concurso d eprecios, así como también para firmar el Contrato en caso que se adjudique la Obra. Carta tipo de la oferta según anexo 2. Plazo de Mantenimiento de la oferta. Garantía de Mantenimiento de Oferta Certificados y Representación solicitados en punto 4.1 Aceptación expresa de estas Bases y en caso de existir discrepancias, expresa mención a las mismas en un capítulo especial. Planilla Excel de cotización que se adjunta con estos recaudos según rubrados o itemizados allí señalados. Esta información se presentará además en un CD ROM ejecutable. Se indicará en cada item de la planilla: metraje o cómputo, precio unitario y total; por separado el Monto Imponible. En caso de duda u omisión de algún ítem en la planilla de cotización, el Oferente deberá efectuar la consulta correspondiente pero bajo ningún concepto modificar la planilla de cotización. Será responsabilidad del Oferente, agregar los ítems que se hayan omitido y considere necesarios para la debida ejecución de la Obra. Cada Oferente será responsable del estudio de los planos y especificaciones técnicas que se entregan, de los cómputos y de los análisis de los respectivos precios. La omisión en la oferta de cualquier elemento o partida considerados o previstos en los Pliegos de Especificaciones Técnicas, planos y demás documentos anexos, como errores en los cómputos y cálculos de determinación de los precios, no excluirán la obligación de la Contratista de ejecutar los trabajos dentro del precio total de su propuesta o el que se convenga con el Comitente en la Contrata. Las ofertas se entregarán en original y una copia, impresas y firmadas por representante legal de la empresa, debidamente acreditado. Adicionalmente deberá presentarse una copia de la oferta en formato digital. El LATU en el acto de apertura, o posteriormente una vez analizadas las ofertas, podrá otorgar a los proponentes un plazo razonable para salvar los defectos, carencias formales o errores evidentes. 7. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 7.1 Criterios de evaluación 9

10 La evaluación de las ofertas y adjudicación se hará en base a una ponderación global que tendrá en cuenta además de la propuesta económica, la propuesta de servicios y los antecedentes de la empresa entre otros, según se detalla en inciso 6.2 del Anexo I El o los Equipos de Especialistas designados a efecto de la evaluación efectuarán sus respectivos informes en sus áreas de competencia y un informe final conjunto con la recomendación de adjudicación al Directorio del LATU. El LATU se reserva el derecho de negociar las condiciones de la oferta con aquella/s empresa/s que entienda mas conveniente a sus intereses sin que esto de lugar a reclamo alguno de parte de los restantes oferentes. 7.2 Informe final de la evaluación de ofertas Los integrantes de los Equipos de Especialistas efectuarán un informe final conjunto identificando las ofertas elegibles y estableciendo un orden de preferencia entre ellas. 7.3 Adjudicación El LATU se reserva el derecho de adjudicar el presente llamado a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses, pudiéndose apartar del informe y recomendación de los Equipos de Especialistas, no estando obligado a hacer la adjudicación a favor de la oferta de menor precio o a la mejor oferta técnica, pudiendo dejar sin efecto la contratación si entendiera que existen consideraciones de mérito o conveniencia que así lo justifiquen, incluso sin expresión de causa ni responsabilidad tal como se indica en el punto 4.2 del presente Pliego. En este contexto, está facultado para: adjudicar el concurso de precios al proponente que reúna las mejores condiciones. no adjudicar algún o ningún ítem. dividir la adjudicación, realizar adjudicaciones parciales de los suministros entre las distintas ofertas. adjudicar menor o mayor cantidad a la licitada. considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes en el cumplimiento de contrataciones con el LATU y/o, con otros organismos y/o empresas. Una vez definida la oferta adjudicataria, el LATU comunicará lo resuelto a todas las ofertas que mantuvieran su vigencia a la fecha de la comunicación. 8. SUSCRIPCION DEL CONTRATO 8.1 Comunicación al adjudicatario La comunicación cursada a la oferta adjudicada (al correo electrónico denunciado), constituirá la confirmación de la adjudicación. La notificación de adjudicación, el Pliego de Bases y Condiciones, así como los documentos del proceso (preguntas y respuestas), y la Oferta del oferente constituirán el contrato entre las partes, hasta tanto no se suscriba el contrato respectivo. 8.2 Constitución de Garantía 10

11 Previo a la firma del el oferente seleccionado constituirá una garantía de fiel cumplimiento de contrato, equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado sin impuestos, con los instrumentos previstos en el punto 5.5 del Pliego. Esta garantía será devuelta a solicitud del Contratista una vez realizada la liquidación de leyes sociales por parte del BPS en forma posterior al cierre de la obra. De no constituirse la garantía en la forma y plazo señalados, el LATU podrá dejar sin efecto la adjudicación, ejecutando la garantía de mantenimiento de oferta. En este caso el LATU podrá reconsiderar el estudio del concurso con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia. La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales. 8.3 Firma del Contrato El adjudicatario deberá presentarse a firmar el contrato en la fecha acordada en la notificación para que comparezca a estos efectos, de lo contrario se ejecutará la garantía de cumplimiento del contrato. Formarán parte del contrato, en el siguiente orden, la siguiente documentación: 1) Contrato 2) Pliego 3) Oferta adjudicada 8.4 Confidencialidad El Adjudicatario, se obliga a sí mismo, sus funcionarios y demás empresas subcontratadas, a Cumplir con la Política de Confidencialidad del LATU. 8.5 Sanciones: Las conductas que configuren incumplimiento del Adjudicatario, podrán dar mérito a la imposición de las siguientes sanciones: (i) Multa: La Contratista podrá ser pasible de una multa del 3%o (Tres por mil) del monto de obra adjudicado (excluyendo IVA y Leyes Sociales) con carácter de cláusula penal y a favor del Contratante por cada día calendario (incluyendo domingos y feriados) de atraso en el cumplimiento del plazo señalado en el ítem 2.5. del pliego 1. En caso de aplicación de multas, el LATU queda facultado para retener y descontar de los pagos pendientes, el importe de las mismas de las sumas que tuviera que percibir la Adjudicataria. (ii) Rescisión del Contrato por incumplimiento total o parcial. A título enunciativo, podrá dar lugar a la rescisión del contrato: El incumplimiento de las obligaciones establecidas tanto en el presente pliego como en el Acuerdo de Niveles de Servicio, que por su entidad, a juicio del LATU y por resolución fundada, hagan inconveniente la prestación de servicios de la Adjudicataria. 11

12 Que la Adjudicataria incurriera en fraude, grave negligencia o incumplimiento de las obligaciones y condiciones estipuladas en Pliego, Oferta y en el Contrato. Incumplimiento de pago de obligaciones tributarias y seguros que correspondan. El LATU podrá exigir a la empresa adjudicataria que acredite que se encuentra al día en el pago de las leyes sociales vigentes, aportaciones fiscales, seguros de salud que correspondiere, así como que el personal se encuentra asegurado contra accidentes de trabajo, conforme a las disposiciones vigentes. En cualquiera de los casos antes mencionados, el LATU podrá rescindir el contrato, ejecutar la garantía de cumplimiento de contrato, y reclamar los daños y perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento más la multa que corresponda. 8.6 Fuerza mayor: La demora o el incumplimiento del contrato por cualquiera de las partes no constituirá incumplimiento de sus obligaciones en la medida en que dicha demora o incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor. A tales efectos se entienden como causas de Fuerza Mayor: guerras, hostilidades, disturbios civiles, actos terroristas, inundación, o cualquier tipo de catástrofe natural. No se considerarán Fuerza Mayor las huelgas, bloqueos o disturbios laborales del Adjudicatario. La parte que se encuentre afectada por la fuerza mayor, notificará a la otra por escrito dentro de las 24horas hábiles siguientes al hecho ocurrido, especificando causa y estimación del tiempo de duración. 8.7 Mora La mora se configura por la no extinción de las obligaciones contractuales y se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los términos establecidos. 8.8 Jurisdicción Cualquier diferencia entre las partes procurará ser resuelta en base a discusiones amigables y mecanismos no judiciales de negociación y conciliación. Cuando ello no fuera posible, será competencia de los Tribunales de la ciudad de Montevideo, de la República Oriental del Uruguay, conforme a las disposiciones vigentes en la materia en Uruguay. 12

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