MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y MULTILATERALES

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1 UNIDAD DE RELACIONES ECONÓMICAS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN MANUAL DE LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS GENERAL DE ORGANISMOS DE LA SUBDIRECCIÓN ECONÓMICOS DE SEGUROS REGIONALES Y MULTILATERALES DGPOP NOVIEMBRE DE 2006 DGOERM /11/ de 52

2 SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO. Dr. Luis Ernesto Derbez Bautista. C. Secretario. DGPOP NOVIEMBRE DE 2006 Lic. Mónica Ruiz Huerta. C. Oficial Mayor. Ing. Luis Mariano Hermosillo Sosa. Director General de Programación, Organización y Presupuesto. Consejero. Salvador De Lara Rangel. Director General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales. Lic. Mónica Pérez López. Directora General Adjunta de Organización, Soporte Operativo y Contabilidad. Lic. Berenice Bonilla Rojas. Jefa del Departamento de Dictamen de Manuales de Organización y de Procedimientos. Dictaminó: Lic. Yaneli Verazas Meza. Noviembre de MO- DGOERM DGOERM /11/ de 52

3 CONTENIDO PÁGINA I. INTRODUCCIÓN 3 II. OBJETIVOS DEL MANUAL 4 III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS 5 IV. MARCO JURÍDICO 10 V. ATRIBUCIONES 15 VI. MISIÓN Y VISIÓN 19 VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 20 VIII. ORGANIGRAMA 21 IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES 22 X. GLOSARIO DE TÉRMINOS 51 DGOERM /11/ de 52

4 I.- INTRODUCCIÓN. En cumplimiento del Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de los Artículos 7 fracción XVIII, fracción IX, 14, 28 y 33 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se elaboró el presente documento en coordinación con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto al cual se le denomina Manual de Organización de la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales con objeto de coordinar y armonizar la ejecución de funciones, así como la distribución del trabajo encomendado. El presente manual tiene como propósito presentar una visión de la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales a fin de orientar a los interesados sobre las funciones que desempeña y ser la base para la ejecución de las políticas que le corresponda instrumentar. En este documento se precisan los antecedentes, los ordenamientos legales básicos que conforman su marco jurídico, las facultades que le confiere el reglamento interior vigente, los objetivos que pretende alcanzar, su estructura orgánica y las funciones inherentes a cada una de sus áreas. El presente manual, deberá revisarse anualmente con respecto a la fecha de autorización, o bien cada que exista una modificación a la estructura orgánica autorizada por la Oficialía Mayor de esta Secretaría o a la normatividad vigente por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Secretaría de la Función Pública, con objeto de mantenerlo actualizado. DGOERM /11/ de 52

5 II.- OBJETIVOS DEL MANUAL. Con la elaboración del presente manual, se pretende dar a conocer la estructura interna que guarda la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales, sus funciones y objetivos. Los objetivos específicos del documento son: Facilitar la comunicación y la coordinación interna, permitiendo registrar y transmitir en forma ordenada y sistemática la información. Dar a conocer a las áreas que conforman la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales, su estructura orgánica, con los diferentes niveles jerárquicos que la conforman. Presentar una visión de la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales. Servir de instrumento para la planeación y el diseño de medidas de reorganización o actualización administrativa. Servir de medio de inducción y orientación al personal de nuevo ingreso para facilitar su incorporación en el área. DGOERM /11/ de 52

6 III.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS. En la minuta presidencial del 11 de mayo de 1977, se establece que la coordinación de las Comisiones Mixtas de Cooperación Económica pase a ser responsabilidad de la Secretaría de Relaciones Exteriores, función que venía desempeñando la Secretaría de Comercio. De acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (DOF de 18 de abril de 1978), se crea la Subsecretaría D, y asume las funciones de la Coordinación Ejecutiva de Cooperación Internacional para el Desarrollo, integrándose la Dirección General de Asuntos Económicos Internacionales. Para lograr un mayor grado de eficiencia en la consecución de sus objetivos y metas, la Subsecretaría D, el 17 de octubre de 1979, cambia su denominación por Subsecretaría de Asuntos Económicos y la Dirección General de Asuntos Económicos Internacionales se suprime, creándose las Direcciones Generales de Relaciones Económicas Bilaterales (DGREB) y de Relaciones Económicas Multilaterales (DGREM), habiéndose distribuido las funciones que tenía asignadas la Dirección General de Asuntos Económicos entre las dos unidades de nueva creación. Como consecuencia de ajustes presupuestarios, en el mes de julio de 1985, la Subsecretaría de Asuntos Económicos desapareció, por lo que la Dirección de Relaciones Económicas Multilaterales con todas sus funciones y atribuciones fue adscrita a la Subsecretaría de Asuntos Multilaterales. En enero de 1989, fue publicado el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, estableciendo la nueva estructura orgánica, las atribuciones y funciones de la DGREM, como consecuencia de la desaparición de la Dirección General para Organismos Especializados, está absorbe sus funciones. En 1990, con la creación de la Unidad de Asuntos Económicos Bilaterales B, la DGREM perdió parte de su estructura orgánica, aunque conservó intactas sus funciones. A finales de ese mismo año, la DGREM absorbió a la Dirección de Asuntos Económicos Regionales, que hasta ese momento formaba parte de la estructura de la Dirección General de Organismos Regionales Americanos. En 1992, al crearse la Dirección General de Relaciones Económicas Bilaterales con América Latina, la DGREM le cedió los asuntos relativos a los organismos económicos regionales. En 1993, a la DGREM, le fue encomendado el seguimiento de la relación económica de México con los Estados Unidos de América, con el objetivo de apoyar desde la SRE las negociaciones que culminaron con la firma del Tratado de Libre Comercio con América del Norte. Para 1995, con el ingreso de nuestro país al esquema de cooperación Asia-Pacífico, se creó la Dirección General de Relaciones Económicas con Asia-Pacífico y Norteamérica, pasando a esta Dirección los temas de la relación económica con Norteamérica. En ese mismo año, a la DGREM DGOERM /11/ de 52

7 le fueron asignadas las regiones de Europa, Asia y África, convirtiéndose en la Dirección General de Relaciones Económicas Multilaterales y con Europa, Asia y África. Durante 1998, se realizó una reestructuración en la Cancillería, lo que originó la desaparición de la Dirección General de Relaciones Económicas Multilaterales y con Europa, Asia y África. Los temas multilaterales pasaron a la Dirección General de Organismos Internacionales Especializados, y los de Asia y África a otras Direcciones Generales. Con esa reestructuración, se creó la Dirección General de Relaciones Económicas para América del Norte y Europa, cuyas funciones se establecen en el Reglamento Interior de la Secretaría, publicado en el DOF del 28 de agosto de A partir del 1º de febrero de 2001, como resultado de la reestructuración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Dirección General de Relaciones Económicas con América del Norte y Europa, asume sus nuevas responsabilidades, formalizadas con la publicación en el DOF de fecha 10 de agosto de 2001, del nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. En esa fecha, en su artículo 28, se crea la nueva Dirección General de Negociaciones Económicas Internacionales (DGNEI), adscrita a la Subsecretaría de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional. La DGNEI es la responsable de las negociaciones económicas internacionales de carácter bilateral o multilateral por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Adicionalmente absorbe de la Dirección General para el Sistema de las Naciones Unidas los temas económicos, así como los de la Dirección General de Organismos Internacionales Especializados, la cual desaparece. Mantiene la responsabilidad en lo que se refiere a los temas económicos tanto de la Unión Europea como del Consejo de Europa, y absorbe de la Dirección General de Relaciones Económicas con América Latina y Asia Pacífico, los temas relativos a los organismos económicos regionales o americanos, así como de la Dirección General de Organismos y Mecanismos Regionales Americanos, los que son de carácter económico. Durante el año 2002, derivado de una reestructuración al interior de la Subsecretaría de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional, desapareció la Dirección General de Organismos de Cooperación Económica y de Desarrollo, integrándose la Dirección encargada de la relación de México con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a la entonces DGNEI. En el año de 2004, resultado de la conformación de la Unidad de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional, a partir de la Subsecretaría de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional, la DGNEI se convirtió en la actual Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales, manteniendo su estructura y funciones, de conformidad con el Artículo 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. (Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores [D.O.F. 26 agosto de 2004]) DGOERM /11/ de 52

8 RELACIÓN DE ORGANISMOS ESPECIALIZADOS DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS, ÓRGANOS, FOROS Y MECANISMOS ECÓNOMICOS A CARGO Asamblea General (temas económicos). Comisiones Principales. Segunda Comisión (económica y financiera). Consejo Económico y Social (ECOSOC) (temas económicos). Comisiones Regionales. Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Comisión Económica para Europa (CEPE). Comisión Económica para Asia y el Pacífico (CESPAP). Comisión Económica para África (CEPA). Comisión Económica y Social para Asia Occidental (CESPAO). Órganos Conexos. Organización Mundial del Comercio (OMC) (seguimiento). Organismos Especializados. Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI). Organización Internacional del Trabajo (OIT). Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Organización Marítima Internacional (OMI). Organización Mundial del Turismo (OMT). Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Unión Postal Universal (UPU). DGOERM /11/ de 52

9 Programas y Órganos. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD). Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Centro de Comercio Internacional UNCTAD/OMC. Programa Mundial de Alimentos (PMA). Comisiones Orgánicas. Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo. Comisión de Estadística. Instituciones Financieras Multilaterales: (seguimiento). Banco Mundial (BM). Fondo Monetario Internacional (FMI). Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Organismos Regionales. Centro Interamericano de Investigación y Documentación sobre Formación Profesional (CINTERFOR). Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP). Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT). Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL). Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC). Asociación de Estados del Caribe (AEC). Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Corporación Andina de Fomento (CAF). Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Organización Latinoamericana de Energía (OLADE). Sistema Económico Latinoamericano (SELA). Sistema de Integración Centroamericano (SICA). Consejo Regional de Cooperación Agrícola (CORECA). Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA). Mecanismos. TLC del Grupo de los Tres (G-3). Comunidad del Caribe (CARICOM). Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico (APEC). Consejo de Cooperación Económica del Pacífico (PECC). DGOERM /11/ de 52

10 Grupos. Grupo de los 15. Grupo de los 7/Grupo de los 8. Grupo de los 20+ (marco de la OMC). Grupo de los 20 (marco del FMI). Grupo de los 77. Otros Foros. Unión Europea (seguimiento del Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación). Asociación Europea de Libre Comercio. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Organismos Autónomos. Organización Internacional del Café (OIC). Organización Internacional del Azúcar (OIA). Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV). Organización Internacional de Maderas Tropicales (OIMT). Fondo Común para los Productos Básicos (FCPB). Comisión del Codex Alimentarius. Grupo Internacional de Estudios sobre el Cobre (GIEC). Asociación de Países Productores de Café (APPC). Organización Internacional del Cacao (ICCO). Grupo Internacional de Estudios sobre el Plomo y el Zinc (GIEPZ). Organización Mundial de Aduanas (OMA). Oficina Internacional de Epizootias (OIE). Grupo Internacional de Estudios sobre el Hule (GIEH). Oficina Internacional de Pesas y Medidas (OIPM). Consejo Oleícola Internacional (COI). Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV). Comisión Electrotécnica Internacional (IEC). Organización Internacional de Normas (ISO). Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos (Fondo/Fidac/92). Centro Agronómico Tropical de Investigación y de Enseñanza (CATIE). Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite (IISO). Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO). DGOERM /11/ de 52

11 IV.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5 febrero Última reforma: D.O.F. 19 septiembre Tratados Internacionales. Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. D.O.F. 3 agosto y 14 septiembre Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. D.O.F. 11 septiembre y 19 diciembre Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. DO.14 febrero Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales. DO. 28 abril Todos los Tratados, Acuerdos, Convenios y Convenciones concertados por el Gobierno de México con otros Gobiernos y Organismos Internacionales, en los términos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Leyes. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional. D.O.F. 28 diciembre Última reforma: D.O.F. 3 mayo Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31 diciembre Última reforma: D.O.F. 30 junio Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F 29 diciembre Última reforma: D.O.F. 2 junio Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31 diciembre Última reforma: D.O.F. 13 junio DGOERM /11/ de 52

12 Ley de Planeación. D.O.F. 5 enero Última reforma: D.O.F. 13 junio Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. D.O.F. 8 febrero Última reforma: D.O.F. 2 junio Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. D.O.F. 24 diciembre Ley sobre la Celebración de Tratados. D.O.F. 2 enero Ley del Servicio Exterior Mexicano. D.O.F. 4 enero Última reforma: D.O.F. 25 enero Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 4 agosto Última reforma: D.O.F. 30 mayo Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4 enero Última reforma: D.O.F. 21 agosto Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. D.O.F. 4 enero Última reforma: D.O.F. 7 julio Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F 13 marzo Última reforma: D.O.F. 21 agosto Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11 junio Última reforma: D.O.F. 6 junio Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 20 mayo Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. D.O.F. 31 diciembre Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal D.O.F. 14 diciembre DGOERM /11/ de 52

13 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 30 marzo Códigos. Código Civil para el Distrito Federal. D.O.F. 26 mayo Última reforma: Gaceta Oficial del D. F. 25 mayo Código Civil Federal. D.O.F. 26 mayo 1928 (29 mayo 2000). Última reforma: D.O.F. 31 diciembre Código Penal para el Distrito Federal. Gaceta Oficial del D. F. 16 julio Código Penal Federal. D.O.F. 14 agosto (18 mayo 1999). Última reforma: D.O.F. 30 junio Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. D.O.F. 29 agosto Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Gaceta Oficial del D. F. 16 julio Código Federal de Procedimientos Penales. D.O.F. 30 agosto Última reforma: D.O.F. 22 junio Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24 febrero Última reforma: D.O.F. 13 junio Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31 diciembre Última reforma: D.O.F. 28 junio Reglamentos. Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 29 febrero Última reforma: D.O.F. 21 mayo DGOERM /11/ de 52

14 Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. D.O.F. 10 agosto Última reforma: D.O.F. 26 agosto Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 20 agosto Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. D.O.F. 20 agosto Fe de erratas: D.O.F. 19 septiembre Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. D.O.F. 23 agosto Última reforma: D.O.F. 24 mayo Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11 junio Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 28 junio Decretos, Acuerdos y Manuales. Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo D.O.F. 30 mayo Decreto por el que se crea el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, con el carácter de órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Relaciones Exteriores. D.O.F. 16 abril Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de D.O.F. 22 diciembre Acuerdo por el que la SRE establece Órganos Desconcentrados en territorio nacional denominados Delegaciones. D.O.F. 31 julio Acuerdo mediante el cual se crea el Órgano Administrativo Interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores denominado Comisión Editorial. D.O.F. 22 abril Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional para las Comunidades Mexicanas en el Exterior. D.O.F. 8 agosto DGOERM /11/ de 52

15 Acuerdo por el que se reforma el diverso que crea el Consejo Nacional para las Comunidades Mexicanas en el Exterior. D.O.F. 16 marzo Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Secretaría de Relaciones Exteriores. D.O.F. 11 agosto Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. D.O.F. 2 septiembre Acuerdo por el que se delegan facultades en los servidores públicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se indican. D.O.F. 28 abril Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se designa a los integrantes del Comité de Información de la Secretaría de Relaciones Exteriores. D.O.F. 19 septiembre Acuerdo por el que se reforma el diverso que crea el Órgano Administrativo Interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, denominado Comisión Editorial. D.O.F. 2 marzo Manual de procedimientos para la expedición de documentación migratoria y consular en las representaciones diplomáticas y consulares. D.O.F 18 agosto Otras Disposiciones. Guía Técnica para la Elaboración de Manuales de Organización. Enero DGOERM /11/ de 52

16 V.- ATRIBUCIONES. Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2001 y reformado por Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2001, 31 de julio de 2002 (fe de erratas del 21 de agosto de 2002), 1º de noviembre de 2002 y 26 de agosto de CAPÍTULO VI. De las Atribuciones de los Directores Generales. ARTÍCULO 14. Al frente de cada una de las Direcciones Generales, habrá un Director General, quien, auxiliado por los Directores Generales Adjuntos, Directores de Área, Subdirectores y Jefes de Departamento, tendrá las atribuciones comunes siguientes: I. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a la Dirección General a su cargo; II. III. IV. Acordar con su superior jerárquico la atención, estudio y resolución de los asuntos que sean competencia de la Dirección General a su cargo, así como conceder audiencias al público; Formular los dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por la superioridad; Formular los proyectos de programas y de presupuestos relativos a la Dirección General a su cargo, de conformidad con las disposiciones y lineamientos aplicables; V. Coordinar sus actividades con las demás Direcciones Generales o unidades administrativas, cuando así se requiera, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; VI. Firmar y notificar los oficios de trámite, las notas diplomáticas dirigidas a las representaciones extranjeras acreditadas en México, así como las resoluciones y acuerdos de las autoridades superiores cuando así se les ordene o delegue y aquellos que emitan con fundamento en las facultades que les correspondan; VII. VIII. Proponer el ingreso, promoción, licencia y la terminación de la relación laboral del personal adscrito a la Dirección General a su cargo, así como extender las autorizaciones a que tenga derecho el personal, de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, las disposiciones presupuestarias y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría; Sugerir, en coordinación con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto y la Dirección General del Servicio Exterior y de Personal, medidas para crear, reorganizar o suprimir unidades de la Dirección General a su cargo, y someterlos por conducto del Oficial Mayor, previa aprobación de su superior jerárquico, al acuerdo del Secretario; DGOERM /11/ de 52

17 IX. Elaborar, previa autorización de su superior jerárquico, en coordinación con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto y con la Dirección General del Servicio Exterior y de Personal, proyectos de normas y manuales de organización y procedimientos, verificando su constante actualización; X. Participar en las Comisiones, Comités u otros cuerpos colegiados cuando así se establezca por ley, lo señalen disposiciones aplicables o lo disponga el Secretario con la personalidad en que en cada caso se determine; XI. XII. XIII. XIV. XV. Proporcionar la información y la cooperación técnica que les sea requerida por otras unidades administrativas de la Secretaría o por otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, de conformidad con las disposiciones aplicables y los lineamientos que establezca el Secretario; Coordinarse con la Dirección General de Asuntos Culturales para realizar las distintas actividades con el fin de promover la imagen cultural de México en el exterior; Participar en la negociación y, cuando corresponda, en la coordinación, ejecución y seguimiento de los tratados y acuerdos interinstitucionales que estén dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones; Ordenar, vigilar y asumir la responsabilidad del ejercicio del presupuesto asignado a la Dirección General a su cargo, de conformidad con las disposiciones aplicables, y Realizar las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores y que le encomiende el Secretario. ARTÍCULO 28. Corresponde a la Dirección General de Organismos Económicos Regionales y Multilaterales: I. Diseñar, proponer y coadyuvar a la instrumentación de las estrategias de negociación económica en las instancias internacionales de su competencia, en coordinación con las áreas de la Secretaría y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal involucradas; II. Coordinar, respetando plenamente las atribuciones de las distintas instancias competentes, las acciones tendientes a fortalecer las relaciones económicas de México con el mundo y promover los procesos de negociación internacional en materia económica, que contribuyan al logro de los objetivos nacionales de desarrollo; III. Formular e impartir, en coordinación con las diversas áreas de la Secretaría y otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los lineamientos generales que normen la actuación de México en los organismos y mecanismos económicos internacionales; DGOERM /11/ de 52

18 IV. Coordinar, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, la participación de México en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, en los temas económicos del Consejo Económico y Social, así como en los demás organismos económicos del sistema y en las conferencias y reuniones que se convoquen en el seno de las mismas; V. Representar a la Secretaría en las negociaciones de instrumentos bilaterales y multilaterales en materia de libre comercio y de promoción y protección recíproca de inversiones, acuerdos para impedir la doble tributación, y acuerdos de carácter sectorial; VI. VII. VIII. Recopilar y difundir entre las áreas de la Secretaría y dependencias y entidades de la Administración Pública Federal interesadas, la información y documentación relativas a los resultados de las negociaciones internacionales; Mantener el seguimiento de los acuerdos económicos suscritos por el gobierno de México con diferentes bloques regionales; Coordinar los trabajos que, en temas económicos, se lleven a cabo en el Consejo de Europa; IX. Coordinar y apoyar los trabajos de enlace con la Unión Europea en su conjunto y, especialmente, en lo que se refiere al Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación. En el mismo sentido, realizar las mismas funciones en lo referente al Tratado de Libre Comercio México - Asociación Europea de Libre Comercio; X. Proponer elementos para la negociación y participación en tratados, acuerdos y convenios económicos que se celebren en los mecanismos de su competencia, así como dar seguimiento al cumplimiento de los mismos; XI. XII. XIII. XIV. Representar a la Secretaría en las reuniones convocadas por organismos económicos internacionales, así como en las instancias donde se presenten los temas de su competencia; Coordinar las labores de las representaciones de México ante los organismos y mecanismos económicos de su competencia, así como la oportuna acreditación y actuación de las delegaciones de México en cada caso; Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por México en los organismos económicos internacionales; Coordinar, con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, con las áreas de asuntos internacionales de las dependencias de la Administración Pública Federal y las representaciones de México en el exterior, los temas relativos al pago de contribuciones (aportaciones y cuotas); DGOERM /11/ de 52

19 XV. XVI. XVII. XVIII. XIX. XX. XXI. XXII. XXIII. XXIV. XXV. Participar en la evaluación y el análisis de los proyectos de presupuesto de los organismos económicos internacionales de los que México sea miembro; Contribuir, en el ámbito de su competencia, a la definición de una política de candidaturas a puestos en organismos económicos internacionales que favorezcan los objetivos de México y; Fortalecer el análisis, diseño, coordinación y difusión de la política mexicana en materia de cooperación y de desarrollo económico; Coordinar el enlace con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, así como asegurar la participación adecuada del gobierno de México y la promoción de intereses del país en los foros internacionales de cooperación y desarrollo económico; Proporcionar y recibir de las representaciones diplomáticas y consulares, la información necesaria para llevar a cabo la promoción activa de los intereses de México en materia de cooperación y de desarrollo económico; Coordinar las relaciones interinstitucionales y con el sector privado para la promoción de sus objetivos en materia de cooperación y de desarrollo económico; Promover el acceso del sector público mexicano al intercambio de información y a las labores de análisis comparativo, evaluación y diseño de políticas públicas en todos los ámbitos del quehacer gubernamental que tienen lugar en los foros de cooperación y de desarrollo económico; Elaborar estudios y analizar la viabilidad de proyectos en materia de cooperación y de desarrollo económico; Dar seguimiento a los compromisos internacionales de México en materia de cooperación y de desarrollo económico; integrar y sistematizar información sobre esta vertiente de la cooperación y llevar a cabo su difusión entre las instituciones nacionales y extranjeras correspondientes y al público en general; Analizar los mecanismos de financiamiento y asesorar a los agentes involucrados en los proyectos de cooperación y de desarrollo económico en los que participan instituciones financieras multilaterales y otras fuentes de financiamiento, y Realizar las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores y que le encomiende el Secretario. DGOERM /11/ de 52

20 VI.- MISIÓN Y VISIÓN. MISIÓN. Fortalecer la imagen e influencia de México en los foros internacionales de carácter global y los mecanismos regionales mediante la promoción de iniciativas y la defensa de posiciones sólidas y bien estructuradas que permitan aprovechar los beneficios de la economía mundial para un mejor y más amplio desarrollo nacional con equidad. En la medida en que la participación de México en los órganos ejecutivos y directivos de los organismos internacionales continúe fortaleciéndose, se influirá en las decisiones en beneficio de nuestro país. VISIÓN. El intercambio de información en materia económico - comercial entre México y los acuerdos regionales de América del Norte y Europa, permitirá detectar nichos de mercado para nuestro país y facilitará así la estructuración de esquemas de negociación, fundamentales para enfrentar los retos que conlleva un mundo globalizado. Una eficaz coordinación de los esfuerzos de todas las instancias del Gobierno Mexicano en sus relaciones económicas con el exterior, fortalecerá su imagen y acrecentará su influencia en la orientación de los organismos internacionales y los acuerdos regionales a favor de los objetivos nacionales. En los organismos internacionales, una participación activa permitirá a México beneficiarse de los programas de cooperación que tengan un impacto en el desarrollo económico del país. Asimismo, el oportuno y total cumplimiento al pago de las contribuciones que se derivan de su membresía en dichos organismos internacionales avalará una efectiva participación en los órganos ejecutivos y directivos. DGOERM /11/ de 52

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