FONDOS DE INVERSION COLECTIVA. ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS Programa de Educación Financiera

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1 FONDOS DE INVERSION COLECTIVA ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS Programa de Educación Financiera

2 FONDOS DE INVERSION COLECTIVA 1. GENERALIDADES 2. CLASIFICACIÓN 3. POLÍTICA DE INVERSIÓN 4. RIESGOS 5. CÓMO INVERTIR Y QUÉ TENER EN CUENTA?

3 Qué es un Fondo de Inversión ColecAva? Mecanismo o vehículo de captación o administración de sumas de dinero u otros acsvos, integrado con el aporte de un número plural de personas determinables una vez el fondo entre en operación, recursos que serán gessonados de manera colecsva para obtener resultados económicos también colecsvos. Las sociedades administradoras invierten los aportes de los inversionistas en acsvos financieros o no financieros; los parámetros de inversión y perfil de riesgo se establecen en el reglamento del fondo. En los mercados internacionales estos productos son llamados Fondos Mutuos. Existen diferentes Spos de fondos: Generales, Mercado Monetario, BursáSles, Fondos de Capital Privado y, Fondos inmobiliarios. Aportes colecavos GesAón profesional Administración de riesgos Resultados colecavos Distribución de resultados colecavos

4 Quien Supervisa a las Sociedades Administradoras? Un fondo es ofrecido por ensdades autorizadas por la Ley y Vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. VIGILADOS POR LA SFC Sociedades Fiduciarias Sociedades Comisionistas de Bolsa Sociedades Administradoras de Inversión Adicionalmente los direcsvos, operadores, administradores de riesgos y asesores comerciales de las diferentes Sociedades Administradoras cuentan con CerAficación AMV - Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores Las Sociedades Fiduciarias administran el 78% del mercado, las SCB el 20%, y las SAIS el 2%. Cifras a junio de 2013.

5 Reglamentación ü Decreto Único 2555 de 2010, Parte 3 (Recoge los Decretos 1242 y 1243 de 2013)* ü Circular Básica Contable y Financiera (Circular 100 de 1995) ü Título VIII Circular Básica Jurídica (Circular 007 de 1996) ü Ley 964 de * Los decretos 1243, 1243 y 1498 de 2013 Sene un periodo de transición de 1 año, plazo en el cual se debe presentar un plan de ajuste de seis meses. Para los fondos nuevos la vigencia será de 1 año a parsr de la expedición de los Decretos.

6 Cuales con los Principios en la Administración de Fondos? ü Énfasis en profesionalidad, experto prudente. ü Segregación, independencia patrimonial entre el fondo y el administrador. ü Prevalencia de los intereses de los inversionistas. ü Prevención para la administración de conflictos de interés. ü Trato equitaavo entre los inversionistas con caracterísscas similares. ü Mejor ejecución del encargo. ü Preservación del buen funcionamiento del fondo e integridad de mercado en general. ü Administración y REVELACION de riesgos.

7 Cuáles son los Deberes del Administrador? En desarrollo de su gessón los administradores de fondos deberán: Obrar de manera transparente, asegurando el suministro de información de manera veraz, imparcial, oportuna, completa, exacta, persnente y úsl. Abstenerse de dar información ficscia, incompleta o inexacta sobre la situación de las carteras colecsvas bajo su administración, o sobre sí misma. Deberán mantener informados a los inversionistas sobre todos los aspectos inherentes al Fondo de Inversión. Evaluar con diligencia al momento de la selección y manejo de inversiones, responsabilidad de medio y no de resultado. Deberá gessonar el Fondo de Inversión en las mejores condiciones para los inversionistas, políscas de mejor ejecución del encargo.

8 Cuáles son los Deberes del Administrador? Las ensdades administradoras deben cumplir con unos requerimientos mínimos de capital y los fondos Senen limitaciones en las parscipaciones. Adicionalmente el administrador debe contar con una capacidad administrasva, sistema de Control Interno, sistemas de información adecuados, sistemas de administración de riesgo y sistemas de atención al consumidor, entre otras.

9 Cuáles son los Órganos de Administración y Control? Sociedad Administradora: SF, SCB, SAI Gestor de Portafolio Externo* y/o Distribuidor Especializado La Juntas DirecSvas de la Sociedad Administradora, del Gestor de Portafolio Externo y del Distribuidor Especializado El Gerente del Fondo. En FCP puede susstuirse por un Gestor Profesional El Comité de Inversiones. Custodio Auditor Interno o Auditor Externo nombrado por la Asamblea Revisor Fiscal Defensor del Consumidor. No para FCP Comité de Vigilancia para FCP En el caso de los gestores de portafolio externos que son extranjeros, la responsabilidad ante la SFC sigue siendo del administrador. FCP: Fondos de Capital Privado

10 Quiénes son los paracipantes? Sociedad Administradora Distribuidor Especializado Administración Gestor Externo de Portafolio Revisor Fiscal Control fiscal FONDO DE INVERSION Gerencia (o Gestor Profesional) GesSón de las decisiones de inversión Vigilancia de los valores y recursos en dinero para el cumplimiento de operaciones sobre dichos valores. ParScipaciones en el fondo Análisis de inversiones, emisores, cupos de inversión y políscas de adquisición y liquidación de inversiones. Custodio Inversionistas Comité de Inversiones

11 Cuáles son los mecanismos de REVELACION de Información? Las administradoras de Fondos de Inversión colecsva mantendrán informados a los inversionistas a través de los siguientes mecanismos: Reglamento Marco de la Familia: documento claro y preciso donde se establecen las condiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión colecsva que integran una familia de fondos Reglamento *: documento que consene caracterísscas y funcionamiento del fondo. Prospecto*: documento que consene las caracterísscas de las inversiones del fondo en un lenguaje claro y de fácil entendimiento. No puede tener afirmaciones que puedan inducir error, exige constancia de entrega y entendimiento. Ficha Técnica*: informe mensual que se deberá publicar los primeros 5 días de cada mes. Extracto de Cuenta: informe trimestral a cada inversionista con adiciones y resros del fondo. Informe de Rendición de Cuentas: informe semestral de la gessón de los acsvos del fondo (BG PYG) (mínimo cada 6 meses, 30 de junio y 31 de diciembre) *Esta información debe estar publicada en la página web de la ensdad administradora, así como en diarios de circulación nacional, y en medio impreso en sus dependencias u oficinas de servicio al público, así como en las oficinas de los distribuidores especializados, en caso de exissr. El extracto se envía a la dirección vsica o electrónica, registrada por el cliente, el prospecto puede ser enviado a la dirección electrónica siempre y cuando cumpla condiciones de recepción y aceptación.

12 Contenido del Reglamento? 1. Aspectos Generales 2. Política de Inversión 3. Estrategia de Liquidez 4. SARM y SARL 8. Procedimiento para la redención de participaciones 7. Constitución de participaciones 6. Órganos de administración, seguimiento y control 5. SARLAFT 9. Valoración 10. Relación de gastos 11. Remuneración por la administración 12. Reglas aplicables a la asamblea de inversionistas 16. Advertencias 15. Mecanismos de revelación de información 14. Custodio 13. Perfil del Gestor Externo 17. Liquidación de la cartera 18. Modificaciones al reglamento

13 Contenido del Prospecto? 1. Información General del Fondo de Inversión 2. Política de Inversión Perfil de Riesgo 3. Información Económica (gastos) 6. Custodio 5. Medios de Reporte de Información a Inversionistas 4. Información Operativa del Fondo 7. Gestor Externo (si existe) 8. Los que sean adicionados por la SFC.

14 Contenido de la Ficha Técnica, del Extracto y del Informe de Rendición de Cuentas? Ficha Técnica: La ficha técnica es un documento informaavo estandarizado para los fondos de inversión que contendrá la información básica de cada una de ellas. se debe publicar los primeros 5 días de cada mes., debe estar disponible en la pagina web de cada sociedad administradora. Extracto de Cuenta: La administradora del fondo de inversión deberá entregar a los inversionistas un extracto de cuenta en donde se informe sobre el movimiento (adiciones y rearos) de la cuenta de cada uno de los inversionistas en la respecsva cartera colecsva, que deberá ser remisdo ttrimestralmente a cada inversionista a la dirección vsica o electrónica conforme a lo previsto en el reglamento. Informe de Rendición de Cuentas: La sociedad administradora de los fondos de inversión deberá rendir un informe detallado y pormenorizado de la gesaón de los bienes entregados o transferidos en virtud del acuerdo celebrado, entre las partes, respecto de aquello que tenga relevancia con la labor ejecutada, incluyendo el balance general del fondo de inversión y el estado de resultados del mismo. Mínimo cada 6 meses, 30 de junio y 31 de diciembre.

15 Derechos de ParAcipación ü Las unidades son derechos de parscipación, y otorgan derechos económicos y políacos en la Asamblea de Inversionistas. ü La asamblea puede deliberar con la presencia de un número plural de inversionistas que represente por lo menos el cincuenta y un por ciento (51%) de las parscipaciones del respecsvo fondo de inversión. ü Salvo que el reglamento prevea una mayoría superior, hasta del 70% máximo, las decisiones de la asamblea se tomarán mediante el voto favorable de por lo menos la mitad más una de las parscipaciones presentes en la respecsva reunión.

16 Cómo Funciona? ü ü ü ü Se realiza una idensficación del inversionista y un estudio SARLAFT para la prevención de lavado de acsvos y financiación del terrorismo SARLAFT Una vez son recibidos los recursos se consstuyen las unidades de parscipación y/o nominasvas, las cuales otorgan derechos de parscipación. La gessón del fondo se realiza diariamente, con lo cual se distribuyen gastos, comisiones, rendimientos, y valorización a precios de mercado, de forma proporcional a la parscipación del inversionista. El resro por concepto de redención de parscipaciones deberá calcularse con base en el valor de la unidad vigente para el día que se cause el resro. Aporte del Inversionista Documento Representativo de Participación Valor de Unidad Retiro del Inversionista $1 = X UND CaracterísScas de inversión ene- 13 mar- 13 may- 13 jul- 13 sep- 13

17 ü ü ü ü ü GENERALIDADES Cómo funciona la Valoración de la Unidad del Fondo? El valor de los fondos de inversión se debe determinar en forma diaria, y expresarse en pesos y en unidades. (No aplica para FCP) Las unidades miden el valor de los aportes de los inversionistas y representan cuotas partes del valor patrimonial de la respecsva cartera. El mayor valor de la unidad representa los rendimientos que se han obtenido. Los aportes, resros, redenciones y anulaciones se expresan en unidades y tal conversión se efectúa al valor de la unidad calculado para el día t. Tales movimientos deben registrarse en unidades con una precisión de seis (6) decimales. La cansdad de unidades que representan cada aporte, se le debe informar a los inversionistas el día hábil inmediatamente siguiente al de la adhesión (afiliación o suscripción), una vez se determine el valor de la unidad vigente para el día de operaciones. Todas las inversiones se valoran de acuerdo con su naturaleza y conforme a lo definido por la Superintendencia Financiera de Colombia.

18 Cambios Recientes FAMILAS DE FONDOS Contrato marco para la familia de FIC y reglamento por cada fondo anexo con autorización simplificada. Valores inscritos en el RNVE o Mercado Global que no sean de naturaleza apalancada Fondos bursásles que repliquen índices que no sean de naturaleza apalancada Fondos inmobiliarios: SFC definirá la dessnación de los inmuebles en los que inviertan los fondos que hagan parte de la familia ARQUITECTURA Se busca especializar acsvidades en la cadena de valor: administración, gessón, distribución y custodia. La sociedad administradora podrá contratar con terceros la ejecución de las acsvidades de gessón y distribución, siempre y cuando el régimen legal de éstos les permita ejercer la acsvidad contratada. La Custodia independiente es obligatoria Los fondos podrán ser abiertos o cerrados

19 Familias de Fondos ü Familia de fondos de inversión colecava. Las sociedades administradoras podrán crear familias de fondos con el fin de agrupar en ellas más de un fondo de inversión colecsva. Solo podrán consstuirse como familias, los fondos de inversión colecsva que cumplan con las siguientes condiciones: a. Valores inscritos en el RNVE o Mercado Global que no sean de naturaleza apalancada b. Fondos bursásles que repliquen índices que no sean de naturaleza apalancada c. Fondos inmobiliarios: SFC definirá la dessnación de los inmuebles en los que inviertan los fondos que hagan parte de la familia.. Una familia de fondos de inversión colecsva no podrá hacer parte de otra familia. La Superintendencia Financiera de Colombia de manera general podrá determinar Spos de familia adicionales a los establecidos en el presente Decreto. En la presentación de nuevos fondos de inversión colecsva que hagan parte de una familia de fondos de inversión colecsva ya autorizada, la sociedad administradora deberá atender los requisitos de idoneidad y profesionalismo que defina la Superintendencia Financiera de Colombia

20 AcAvidades - - CUSTODIA DE VALORES Se introduce esta acsvidad de forma independiente y obligatoria para todas las administradoras de fondos. Esta acsvidad deberá ser contratada con terceros no v i n c u l a d o s a l a administradora, autorizados legalmente para ello (Sociedades Fiduciarias) - - GESTIÓN Comprende la toma de decisiones de inversión y desinversión de las operaciones del fondo, así como la idensficación, medición, control y gessón de los riesgos inherentes al portafolio. GesSón de portafolios externa: acsvidad realizada por una ensdad diferente a la sociedad administradora del respecsvo fondo de inversión colecsva. - DISTRIBUCIÓN Se habilita el uso de diferentes medios para la comercialización de los fondos a través de cuentas onmibus (incluso de los de otras administradoras): - Uso de red - - Corresponsalía Distribuidor especializado

21 Custodia 2. Compensación y liquidación de operaciones ü Implica el abono de dinero de la cuenta del custodiado así como realizar el pago asociado a la operación correspondiente ü Las demás gessones y trámites a que haya lugar para el cumplimiento de la operación. Funciones obligatorias: 1. Salvaguarda de los valores ü Manejo de las cuentas bancarias del custodiado, con el propósito de realizar la compensación y liquidación de operaciones que se realicen sobre el valor inversdo Definición Cuidado y vigilancia del dinero del custodiado para el cumplimiento de operaciones sobre dichos valores 3. Administración de derechos patrimoniales ü Implica que la fiduciaria realiza el cobro de los rendimientos, dividendos y del capital asociados a los valores del custodiado.

22 GesAón Definición Comprende la t o m a d e decisiones de inversión de las operaciones del fondo. Comprende la idensficación, medición, control de los riesgos inherentes al portafolio. Quién la ejerce? Por la sociedad administradora del fondo de inversión colecsva, O por intermedio de un gestor externo o extranjero Algunas Obligaciones del Gestor 1. Capacidad administrasva y tecnológica para la administración del FIC 2.Ejecutar la polísca de inversión del FIC de conformidad con el reglamento y buscando la mejor ejecución de las operaciones 3.Efectuar la valorización del portafolio y de sus parscipantes si ellos se establece en el reglamento 4.Establecer políscas transparentes 5. Entregar oportunamente a al administrador del FIC, SFC y AMV información requerida. 6. Adoptar medidas de control apropiadas y suficientes para evitar que los FIC puedan ser uslizados como instrumentos para el manejo de cualquier forma de acsvidades ilícitas. 7. Entre otras correspondientes a la administración efecsva y transparente de los FIC. Obligaciones de medio, mas no de resultado

23 Distribución Definición C o m p r e n d e l a promoción de fondos de inversión colecsva (FIC) con el fin de vincular inversionistas a dichos fondos y para esto existen diferentes medios de promoción. Quién distribuye? Las sociedades administradoras de FIC y los distribuidores especializados Algunas Obligaciones 1. Asesoría Especial 2. IdenSficar, controlar y gessonar las situaciones generadoras de conflictos de interés y riesgo en el desarrollo de la acsvidad de distribución de FIC. 3. Vigilar que el personal vinculado al distribuidor cumpla con sus obligaciones en la distribución de los FIC. 4. Informar a la SFC los hechos o situaciones que impidan el adecuado cumplimiento de sus funciones como distribuidor. Algunas Obligaciones 5.Cumplir con las obligaciones relacionadas con el (SARLAFT)* respecto de los inversionistas que vincule para inversr en los FIC distribuidos. 6.Entregar oportunamente al administrador del FIC, a la SFC y al AMV la información acerca de la distribución de l o s F I C c u a n d o s e a requerida. 7. Cumplir a cabalidad con los demás aspectos necesarios para la adecuada distribución de los FIC. *Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de AcSvos y Financiación del Terrorismo

24 Distribución Deber de Asesoría Especial Obligación especial Deber de Asesoría Especial Recomendaciones individualizadas realizadas al cliente, con el fin de que éste tome decisiones informadas y conscientes orientadas a vincularse con uno o más FIC, con base en sus necesidades de inversión y en el perfil de riesgo parscular que se le haya asignado. Quién asesora? Un profesional debidamente cersficado por un organismo de autorregulación e inscrito en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores RNPMV. Dicho profesional debe pertenecer a sociedad administradora o al distribuidor especializado de FIC En qué momento? Durante etapas de: 1. Promoción. Promotor entrega información necesaria, suficiente y veraz para que el inversionista conozca las caracterísscas y riesgo del FIC. 2.Vinculación. Poner a disposición del inversionista el reglamento, remisr ordenes de parscipación SA. E n t r e g a r a l i n v e r s i o n i s t a documentos representasvos de la parscipación. 3.Vigencia del fondo. Atender en forma oportuna las consultas, solicitudes y quejas que sean presentadas por el inversionista. 4. Redención de la paracipación en el FIC. Atender en forma oportuna las solicitudes de redención de parscipaciones, indicando la forma en que se realizó el cálculo para determinar el valor de los recursos a ser entregados al inversionista.

25 Tipos de ParAcipación ü ü Bajo un mismo reglamento y plan de inversiones, los fondos de inversión colecsva podrán tener diferentes Spos de parscipaciones creadas de conformidad con los Spos de inversionistas que se vinculen al fondo de inversión colecsva. Sin perjuicio de la aplicación del principio de trato equitasvo a los inversionistas que se encuentren en las mismas condiciones objesvas, cada Spo de parscipación podrá otorgar derechos y obligaciones diferentes a los inversionistas que las adquieran, en aspectos tales como monto de las comisiones de administración y reglas para realizar los aportes y redimir las parscipaciones del fondo de inversión colecsva. ü A su vez cada Spo de parscipación dará lugar a un valor de unidad independiente Fondo de Inversión Tipo A Tipo B Tipo C Para FCP, adicionalmente, bajo un único reglamento pero con planes de inversiones diferentes podrán mantener comparsmentos

26 Apalancamiento Operaciones de naturaleza apalancada. Son aquellas operaciones que permiten ampliar la exposición del fondo de inversión colecsva por encima del valor de su patrimonio. Siempre que se encuentre establecido en el reglamento del respecsvo fondo de inversión colecsva, se podrán realizar las siguientes operaciones de naturaleza apalancada: Ventas en corto. Repos y simultáneas pasivas. Operaciones de endeudamiento. Instrumentos financieros derivados con fines de especulación. En los fondos de inversión colecsva en los que se realicen operaciones apalancadas, la sociedad administradora o el gestor en caso de exissr, deberán revelar en los sistemas de negociación de valores, que actúan en nombre y por cuenta del fondo respecsvo, con el fin de determinar los cupos de contraparte correspondientes. Las operaciones de naturaleza apalancada que celebren las sociedades administradoras o los gestores en caso de exissr, no podrán superar el cien por ciento (100%) del patrimonio del fondo de inversión colecsva. En los fondos de inversión colecsva en los que el reglamento permita operaciones apalancadas por más del 30% del patrimonio del fondo, la parscipación mínima por inversionista nunca podrá ser inferior a la suma equivalente a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 SMLMV).

27 CLASIFICACION Disponibilidad de los Recursos Abiertos: Son aquellos fondos de inversión colecsva en los cuales la sociedad administradora está obligada a redimir las paracipaciones de los inversionistas en cualquier momento, durante la vigencia del mismo. En el reglamento podrán acordarse pactos de permanencia mínima para la redención de parscipaciones de los inversionistas, caso en el cual deberá establecerse el cobro de penalidades por redenciones anscipadas, las cuales consstuirán un ingreso para el respecsvo fondo. Cerrados: Son aquellos fondos de inversión colecsva en los que la sociedad administradora de fondos de inversión colecava únicamente está obligada a redimir las paracipaciones de los inversionistas al final del plazo previsto para la duración del fondo de inversión colecava. En el reglamento podrán determinarse plazos determinados para realizar la redención de las parscipaciones. El plazo mínimo de redención de las parscipaciones en estos fondos no podrá ser inferior a treinta (30) días comunes. Disponibilidad de los Recursos La Disponibilidad de los Recursos depende de la manera cómo se estructure la obligación de redimir las parscipaciones de los inversionistas del fondo de inversión colecsva.

28 CLASIFICACION Especiales por Tipos de Subyacente Inmobiliarios Mercado Monetario BursáAles Fondos de Capital Privado

29 CLASIFICACION Tipos de Fondos Abiertos Cerrados Generales x x Mercado Monetario* x BursáSles n.a. n.a. Inmobiliarios x Fondos de Capital Privado x *Deben ser abiertos sin pacto de permanencia

30 CLASIFICACION Categorías Especiales de Fondos Fondos Inmobiliarios Inmobiliarios BursáAles Del Mercado Monetario Fondos de Capital Privado Son los fondos cerrados cuya polísca de inversión prevea una concentración mínima en los siguientes acsvos, equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de los acsvos admisible del fondos de inversión: i) Bienes inmuebles, ubicados en Colombia o en el exterior; ii) Títulos emisdos en procesos de Stularización hipotecaria o inmobiliaria y los derechos fiduciarios de patrimonios autónomos conformados por bienes inmuebles; iii) ParScipaciones en fondos de inversión inmobiliarios del exterior que tengan caracterísscas análogas a las previstas en este arxculo, en los términos que prevea el reglamento. iv) ParScipaciones en otros fondos de inversión colecsva inmobiliarios locales v) Proyectos inmobiliarios, ubicados en Colombia o en el exterior, vi) Acciones o cuotas de interés social emisdas por compañías nacionales o extranjeras cuyo objeto exclusivo sea la inversión en bienes inmuebles o en proyectos inmobiliarios Se podrán crear familias de fondos de inversión colecsva inmobiliarios, consstuidas únicamente con fondos de esta clase, los inmuebles y proyectos inmobiliarios en los que inviertan deberán estar dessnados a vivienda, oficinas, centros comerciales, hoteles, parqueaderos, bodegas, locales comerciales individuales, grandes superficies, hospitales, otros autorizados por la SFC.

31 CLASIFICACION Categorías Especiales de Fondos Fondos Inmobiliarios Inmobiliari os Del Mercado Monetario Fondos de BursáAles Capital Privado Mínimo de inversionistas: 2. Podrán realizar depósitos en cuentas corrientes y de ahorro Límite máximos de parscipación por inversionista 60% a través de cuentas omnibus (general para fondos cerrados) Podrán hacer y aceptar ofertas, y celebrar contratos de compraventa, permuta, usufructo, contratos de promesa de compraventa y opción. Podrán celebrar contratos para la explotación de los bienes inmuebles de propiedad del fondo (contratos de arrendamiento o de concesión etc.) Podrá obtener créditos para la adquisición de bienes inmuebles, hasta por un monto equivalente a dos (2) veces el valor de su patrimonio. Podrán celebrar los contratos de seguro que se requieran para proteger los bienes inmuebles del fondo Podrán contratar la prestación de los servicios que se requieran para el buen cuidado y manejo de los bienes inmuebles del fondo (administración, vigilancia, diseño, construcción etc.) Podrán aceptar aportes en acsvos admisibles de acuerdo con la polísca de inversión del fondo, hasta por el cincuenta por ciento (50%) del valor del patrimonio. Cuando el fondo de inversión colecsva inmobiliaria invierta en bienes inmuebles ubicados en el exterior, la sociedad administradora deberá contratar la administración de los mismos con un profesional que preste este Spo de servicios en el lugar donde se encuentren ubicados los bienes inmuebles respecsvos.

32 CLASIFICACION Categorías Especiales de Fondos Fondos del Mercado Monetario Inmobiliarios Del Mercado Monetario BursáAles Fondos de Capital Privado Los fondos abiertos podrán ser denominadas del mercado monetario, cuando el portafolio de los mismos esté consstuido exclusivamente con valores de contenido crediacio. Los valores deberán estar denominados en moneda nacional o unidades representasvas de moneda nacional, inscritos en el RNVE, calificados con mínimo grado de inversión. El plazo máximo promedio ponderado para el vencimiento de los valores en que invierta el fondo no podrá superar los 365 días. Un solo inversionista no podrá tener más del 10% del valor del patrimonio del fondo. Mínimo de inversionistas: 10

33 CLASIFICACION Categorías Especiales de Fondos Fondos BursáAles Inmobiliarios BursáAles Del Mercado Monetario Fondos de Capital Privado Son aquellos cuyo objeto consiste en replicar o seguir un índice nacional o internacional, mediante la consstución de un portafolio integrado por algunos o todos los acsvos que hagan parte de la canasta que conforma dicho índice, o derivados estandarizados con subyacentes que hagan parte de la canasta que conforma el índice. Los fondos bursásles deberán tener mínimo dos inversionistas. Esta regla no se aplicará durante los primeros seis (6) meses de operación del fondo bursásl. No les aplica la clasificación de abiertos o cerrados. No hay parscipación mínima por inversionista

34 CLASIFICACION Categorías Especiales de Fondos Fondos de Capital Privado Inmobiliarios BursáAles Del Mercado Monetario Fondos de Capital Privado Se considerarán fondos de capital privado aquellos que dessnen al menos las dos terceras partes (2/3) de los aportes de sus inversionistas a la adquisición de acsvos o derechos de contenido económico diferentes a valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores RNVE, puede tener aportes en especie. Son fondos cerrados. El monto mínimo para consstuir parscipaciones no podrá ser inferior a seiscientos (600) salarios SMMLV Mínimo de inversionistas: 2 El gestor profesional podrá ser inversionista de la cartera colecsva en las condiciones indicadas en el reglamento. Los documentos representasvos de las parscipaciones tendrán la calidad de valor en los términos del arxculo 2 de la Ley 964 de No hay exigencia de cobertura, No contralor normasvo, No defensor del Consumidor Financiero, Sene Comité de Vigilancia

35 POLÍTICA DE INVERSIÓN La polísca de inversión del fondo de inversión deberá estar definida de manera previa y clara en el reglamento y en el prospecto, de forma tal que sea comprensible para los inversionistas y el público en general. Deberá contemplar, entre otros, los siguientes aspectos: 1. Plan de inversiones del fondo de inversión, indicando, como mínimo, lo siguiente: ü ObjeSvo del fondo o familia de fondos. ü Relación de los acsvos que se consideran aceptables para inversr, de conformidad con el Spo de fondo o familia de fondos (Bonos, Acciones, Fondos locales o extranjeros, Cuentas, Monedas, Inmuebles ) ü Diversificación del portafolio de acuerdo con el perfil de riesgo del fondo, la administración del riesgo y los requerimientos de liquidez que prevea la sociedad administradora. ü Determinación de los límites mínimos y máximos por Spo de acsvo y por emisor u originador ü Determinación de los niveles de inversión, directa o indirecta, en valores cuyo emisor u originador, avalista, aceptante, garante sea la matriz, las subordinadas de ésta o las subordinadas de la sociedad administradora, si es del caso ü Plazo promedio ponderado de las inversiones del fondo de inversión colecsva, de conformidad con el perfil de riesgo propuesto, tratándose de xtulos de renta fija

36 POLÍTICA DE INVERSIÓN 2. Los parámetros para el manejo de las operaciones del mercado monetario que empleará la sociedad administradora del fondo, teniendo en cuenta la clase de fondo de que se trate. 3. PolíSca en relación con los depósitos en cuentas corrientes o de ahorros. 4. Perfil de riesgo del fondo de inversión colecsva, el cual deberá fundamentarse en la descripción y el análisis de los riesgos que puedan influir en el portafolio de inversiones 5. PolíSca de gessón de riesgos, en la cual se deberán describir los riesgos que pueden influir en el resultado del fondo de inversión colecsva, y la manera de administrarlos.

37 RIESGOS Clasificación de riesgos por su naturaleza en el Balance Balance AcSvo Pasivo Mercado Patrimonio Concentración Liquidez Mercado Contraparte Concentración Crédito Liquidez OperaSvo OperaSvo LA/FT LA/FT Riesgo Ambiental

38 RIESGOS Principales Riesgos Administrados RIESGO DE CREDITO RIESGO DE MERCADO Riesgo asociado con la posibilidad de quiebra o incumplimiento de la parte responsable de una obligación financiera Riesgo asociado a la perdida debida a un comportamiento adverso en tasa de interés en: Moneda legal, tasa de interés en moneda extranjera, tasa de interés en operaciones pactadas en UVR, Spo de cambio, precio de acciones e inversiones realizadas en carteras colecsvas. GesSonar en forma independiente el riesgo de mercado tanto para los recursos propios de la ensdad como para los fondos o que administran. RIESGO DE CONCENTRACIÓN DesSnación de los recursos del portafolio a inversiones en uno o pocos acsvos o ensdades emisoras RIESGO DE LIQUIDEZ OTROS RIESGOS Incumplimiento pleno de forma oportuna y eficiente los flujos de caja esperados e inesperados, presentes y futuros llegando a afectar la condición financiera de la ensdad Riesgos asociados a la gessón de portafolios como lo son: riesgos operasvos, riesgos de contraparte, riesgos legales y de reputación, entre otros.

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