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3 Servicio Provincial de Asesoramiento a Municipios (SEPAM) Diputación Provincial de Castellón Avenida Vall d Uxó, Castellón

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5 Manual SicalWin Índice General Capítulo Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación Capítulo Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad Capítulo Operaciones de Ejecución del Presupuesto de Gastos Capítulo Operaciones de Ejecución del Presupuesto de Ingresos Capítulo Operaciones No Presupuestarias Capítulo Modificaciones de Crédito Capítulo Consultas, Listados y Terceros Capítulo Registro de Justificantes de Gastos e Ingresos Capítulo Contabilización de Operaciones Por Lotes Capítulo Pagos a Justificar Capítulo Anticipos de Caja Fija Capítulo Proyectos y Gastos con Financiación Afectada Capítulo Gestión de Recursos de Otros Entes Públicos Capítulo Elaboración y Simulación de Presupuestos Capítulo Gestión de Pasivos Capítulo Gestión de Activos Capítulo Operaciones de Fin de Ejercicio Capítulo Liquidación y Cuenta General Anexos I: Estructura Presupuestaria II: Cuadro de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública Adaptado a la Administración local

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7 LAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD PARA LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. ACCESO A LAS APLICACIONES DE DIPUTACIÓN 1. LAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA ADAPTADO A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL Principios contables públicos Cuadro de cuentas Definiciones y relaciones contables Cuentas anuales Normas de valoración PROYECTO DE ASISTENCIA A LAS ENTIDADES LOCALES...7 1

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9 1. LAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD El desarrollo normativo de la contabilidad de las entidades locales se ha llevado a cabo en las siguientes órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda: Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local. Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local. Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local. El ámbito de aplicación de estos modelos contables está determinado por dos variables representativas de la dimensión de la entidad: La población. Importe del Presupuesto. La determinación del número de habitantes se efectuará en función de las cifras de población resultantes de la última revisión del padrón municipal. Como importe del presupuesto se tomará la previsión inicial de ingresos del último Presupuesto aprobado definitivamente por la entidad local o del estado de consolidación, en el caso de que existan organismos autónomos dependientes de aquélla. En el siguiente cuadro se delimita la aplicación de los modelos contables en función de estas dos magnitudes: < Presupuesto De a > Población < > Simplificada Básica Simplificada Básica Simplificada Normal Normal Normal Así, aplicarán el modelo normal de contabilidad local las siguientes entidades: Municipios con presupuesto superior a ,00, así como aquellos cuyo presupuesto esté entre esta cantidad y ,00, siempre que su población sea superior a habitantes. Demás entidades locales con presupuesto superior a ,00 1. Organismos autónomos dependientes de las entidades anteriores. Por su parte, podrán aplicar el modelo simplificado de contabilidad las siguientes entidades: Municipios cuyo presupuesto no exceda de ,00, así como aquellos cuyo presupuesto esté entre esta cantidad y ,00, siempre que su población no supere habitantes. Demás entidades con presupuesto no superior a ,00. Organismos autónomos dependientes de las entidades anteriores. Por último, podrán aplicar el modelo básico de contabilidad las entidades locales cuyo presupuesto no exceda de ,00, siempre y cuando de ellas no dependan organismos autónomos, sociedades mercantiles o entidades públicas empresariales. Las Sociedades Mercantiles dependientes de las entidades locales adaptarán su contabilidad a las disposiciones del Código de Comercio y demás legislación mercantil. Aplicarán las Instrucciones de Contabilidad sólo en lo referente a la rendición de cuentas a los órganos de control externo. 1 Para las entidades locales distintas de los Municipios no se tendrá en cuenta la magnitud de población. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 3 3

10 Cuando las entidades locales que contabilicen según el modelo simplificado o básico dejen de cumplir los requisitos necesarios para su aplicación, sólo vendrán obligadas a aplicar la Instrucción de Contabilidad Local del modelo normal o simplificado, respectivamente, si dicha circunstancia se mantiene durante tres ejercicios consecutivos. La contabilidad de las entidades locales y sus organismos autónomos que apliquen la Instrucción del modelo normal y simplificado se llevará por el método de partida doble 2. Aquellas otras entidades que apliquen el modelo básico llevarán la contabilidad por el método de partida simple. Las actuales Instrucciones de Contabilidad contienen una decidida apuesta por la incorporación de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas a la actividad administrativa. Consecuencia de ello es la desaparición de la obligación de obtener y conservar los libros de contabilidad tradicionales en papel, estableciéndose que las bases de datos del sistema informático donde residan los registros contables constituirán soporte suficiente para la llevanza de la contabilidad. 2. PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA ADAPTADO A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL La Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local incorpora, como anexo, el Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local. Por su parte, la Instrucción del Modelo Simplificado de Contabilidad Local incorpora una versión simplificada del mencionado Plan. El Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local es una adaptación a la Administración Local del Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994 y modificado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de febrero de El Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local se estructura en cinco partes: 1. Principios contables públicos. 2. Cuadro de cuentas. 3. Definiciones y relaciones contables. 4. Cuentas anuales. 5. Normas de valoración Principios contables públicos Esta primera parte recoge el conjunto de principios cuya aplicación conduce a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del Presupuesto y de los resultados de la entidad. 2 La partida simple no se encuentra regulada en las actuales instrucciones normal y simplificada de contabilidad local. Será el Pleno la entidad la que establecerá los métodos de control de la partida simple. Una posibilidad sería la regulación en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Si se decide continuar con la operatoria establecida en las anteriores instrucciones de contabilidad, así se puede hacer constar en las bases de ejecución. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 4 4

11 La contabilidad se desarrollará aplicando obligatoriamente los siguientes principios contables: Principio de entidad contable: constituye entidad contable todo ente con personalidad jurídica y Presupuesto propio, que deba formar y rendir cuentas. Principio de gestión continuada: La aplicación los principios contables no tendrá como fin conocer el valor liquidativo de la entidad. Se presupone, pues, una gestión continuada. Principio de uniformidad: adoptado un criterio en la aplicación de estos principios, debe mantenerse a lo largo del tiempo. Principio de importancia relativa: será admisible la no aplicación de algún principio cuando la importancia relativa, en términos cuantitativos, sea escasamente significativa. Principio de registro: todos los hechos contables serán registrados en orden cronológico, sin que puedan existir vacíos, saltos o lagunas en la información. Principio de prudencia: sólo se contabilizarán los ingresos efectivamente realizados a la fecha de cierre del ejercicio. Los gastos se contabilizarán en el momento en que se tenga conocimiento de ellos o supongan riesgos previsibles o pérdidas eventuales 3. Principio de devengo: los gastos e ingresos se contabilizarán en función de la corriente real de bienes y servicios, independientemente de cuando se produzca la corriente monetaria. Principio de imputación de la transacción: la imputación de las transacciones o hechos contables ha de efectuarse a activos, pasivos, gastos o ingresos anuales o plurianuales. Principio del precio de adquisición: como norma general, todos los bienes y derechos deben figurar por su precio de adquisición o coste de producción. Las obligaciones se contabilizarán por su valor de reembolso. Principio de correlación de ingresos y gastos: el sistema contable pondrá de manifiesto los gastos realizados y los ingresos necesarios para su financiación. El resultado así calculado representará el ahorro bruto. Principio de no compensación: en ningún caso deben compensarse las partidas de activo con las de pasivo, ni las de gastos con las de ingresos. Principio de desafectación: con carácter general, los ingresos de carácter presupuestario se destinan a financiar la totalidad de los gastos de dicha naturaleza. Cuando la aplicación de estos principios no sea suficiente para expresar la mencionada imagen fiel, se podrán aplicar principios adicionales, que serán explicados en la Memoria. En aquellos casos excepcionales en los que la aplicación de un principio sea incompatible con la imagen fiel se considerará improcedente su aplicación, explicando en la Memoria su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera, la ejecución del Presupuesto y los resultados de la entidad Cuadro de cuentas La segunda parte del Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local contiene el cuadro de cuentas, estructurado en Grupos (1 dígito), Subgrupos (2 dígitos), cuentas de primer orden (3 dígitos) y cuentas de segundo orden (4 dígitos). Las entidades locales podrán desarrollar sus propias cuentas de primer orden en los casos expresamente previstos en el Plan. Podrán, igualmente, utilizar cuentas de segundo orden no previstas en el Plan, así como otras divisionarias de éstas. Grupo Subgrupo Cuentas primer orden Estructura cerrada Posibilidad de desarrollar los subgrupos 30 a 36 y el 23 Posibilidad de desarrollar las no previstas en el Plan Estructura totalmente abierta Cuentas segundo orden Cuentas de tercer y posterior orden Las cuentas se integran en 8 grupos. Los grupos del 1 al 5 contienen las cuentas de balance, los grupos 6 y 7 las de gestión y demás componentes del resultado, y el grupo 0 las cuentas de control presupuestario. 3 No obstante, de acuerdo con la normativa presupuestaria, estos gastos contabilizados y no realizados no tendrán incidencia presupuestaria. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 5 5

12 Los grupos del Cuadro de Cuentas son los siguientes: Grupo 1: Financiación básica. Comprende los recursos propios y la financiación ajena a largo plazo de la entidad, destinados, en general, a financiar el activo permanente y a cubrir un margen razonable del circulante. Grupo 2: Inmovilizado. Elementos patrimoniales de la entidad que tengan carácter de permanencia y no estén destinados a la venta. También se incluyen aquí los gastos a distribuir en varios ejercicios. Grupo 3: Existencias (inexistente en el Plan de Cuentas Local Simplificado). Comprende las mercaderías, materias primas, otros aprovisionamientos, productos en curso, productos semiterminados, productos terminados y subproductos, residuos y materiales recuperados. Cada entidad desarrollará tantas cuentas como su actividad le exija, teniendo las cuentas de los subgrupos 30 y 36 carácter meramente orientativo. Grupo 4: Acreedores y deudores. Operaciones derivadas de relaciones con terceros, excepto aquellas que, por su naturaleza, correspondan a cuentas incluidas en los grupos 1, 2 y 5. Grupo 5: Cuentas financieras. Acreedores y deudores a corto plazo por operaciones financieras y medios líquidos disponibles. Grupo 6: Compras y gastos por naturaleza. Cuentas destinadas a recoger, de acuerdo con su naturaleza o destino, los gastos corrientes y pérdidas extraordinarias del ejercicio, así como las transferencias y subvenciones de capital concedidas. Grupo 7: Ventas e ingresos por naturaleza. Recursos procedentes de la capacidad impositiva de la entidad y de los rendimientos del ejercicio de su actividad, así como las transferencias y subvenciones recibidas, tanto corrientes como de capital, otros ingresos y beneficios extraordinarios. Grupo 0: Cuentas de control presupuestario. Reflejan el movimiento de los créditos y previsiones que figuran en el Presupuesto en aquellas fases que precedan al reconocimiento de la obligación o del derecho, efectos éstos que se recogen en cuentas del grupo 4. En el Anexo II de este Manual puede consultarse el cuadro de cuentas del Plan General de Contabilidad Pública Adaptado a la Administración Local Definiciones y relaciones contables La tercera parte del Plan define los motivos más comunes de cargo y abono de las cuentas, sin agotar todas las posibilidades que los mismos admiten. Por ello, la contabilización de operaciones que no estén particularmente recogidas, se efectuarán realizando el asiento o asientos que procedan, utilizando los criterios establecidos con carácter general Cuentas anuales La cuarta parte se refiere a las Cuentas Anuales como resultado del desarrollo contable del ejercicio, que constituye el instrumento transmisor de la información contable a los distintos usuarios de ésta. Las cuentas anuales comprenden: El Balance. La Cuenta del resultado económico-patrimonial. El Estado de Liquidación del Presupuesto. La Memoria. El Balance representa la posición del patrimonio referida al cierre del ejercicio. Se estructura a través de dos masas: activo y pasivo. El activo recoge los bienes y derechos, así como los posibles gastos a distribuir en varios ejercicios. El pasivo recoge las obligaciones y los fondos propios. La Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial representa el ahorro positivo o negativo obtenido por comparación de los ingresos y beneficios con los gastos y pérdidas. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 6 6

13 El Estado de Liquidación del Presupuesto presenta la liquidación del Presupuesto de gastos, la del Presupuesto de ingresos y el resultado presupuestario. La liquidación del Presupuesto de gastos contiene información relativa a los créditos totales, los gastos comprometidos, las obligaciones reconocidas netas, los pagos realizados, las obligaciones reconocidas pendientes de pago y los remanentes de crédito. La liquidación del Presupuesto de ingresos refleja los importes referentes a las previsiones totales, los derechos reconocidos, los anulados, los cancelados, los derechos reconocidos netos, la recaudación neta, los derechos reconocidos pendientes de cobro y los excesos o defectos sobre las previsiones definitivas. El Resultado presupuestario se recoge en un estado que presenta esa magnitud en su modalidad ajustada. La Memoria completa, amplia y comenta la información contenida en el Balance, La Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial y el Estado de Liquidación del Presupuesto Normas de valoración La quinta parte, Normas de Valoración, constituye un desarrollo de los principios contables a los que se refiere la primera parte del Plan. Contiene los criterios y reglas de aplicación a operaciones o hechos económicos, así como a diversos elementos patrimoniales. En esta parte se desarrolla fundamentalmente el principio del precio de adquisición, estudiando cuales son sus componentes para cada una de las rúbricas más relevantes del Balance y enunciando las normas particulares partida a partida en el caso de algunas rúbricas. Por otro lado, se concreta también en esta parte la aplicación del principio de prudencia en una de sus acepciones a través de las correcciones valorativas de determinadas partidas de Balance. 3. PROYECTO DE ASISTENCIA A LAS ENTIDADES LOCALES El 17 de enero del 2006 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón la convocatoria y bases del Proyecto de Asistencia a las entidades locales sobre Gestión Presupuestaria y Contable, que constituye el marco de la asistencia de la Diputación Provincial a las entidades locales de la provincia. Los destinatarios del Proyecto son todas aquellas entidades locales a las que se les presta el servicio de gestión presupuestaria y contable desde las OFISAM y todas aquellas que en la actualidad reciben el soporte económico e informático en estas mismas materias. En el marco del mencionado Proyecto, la Diputación llevará a cabo las actividades de carácter material, técnico y de servicios integrantes de la gestión presupuestaria y contable de las entidades locales, según la legislación presupuestaria aplicable y la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local. Es decir, la Diputación no dará asistencia a aquellas entidades locales que hayan optado por la aplicación del Modelo Simplificado y Básico de contabilidad. Señalar a este respecto que en ningún caso las actividades realizadas por la Diputación supondrán una cesión de titularidad de la competencia municipal ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. La Diputación Provincial de Castellón, a través del Servicio Provincial de Asesoramiento a Municipios (SEPAM), sólo prestará asistencia en el Modelo Normal de contabilidad local. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 7 7

14 La Diputación se compromete a mantener y actualizar la plataforma tecnológica necesaria, así como proveer una herramienta informática para la gestión presupuestaria y contable: actualmente el programa SicalWin, de la empresa Sage-Aytos. El mantenimiento y gestión de las bases de datos (creación, eliminación, copias de seguridad, etc.) donde residen los registros de la gestión presupuestaria y contable correrán también a cargo de la Diputación. Para acceder a la plataforma y, por lo tanto, a la herramienta de gestión presupuestaria y contable SicalWin desde la entidad local será necesario que los usuarios soliciten el alta en la misma y dispongan de un Certificado Digital emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana. Mediante este certificado, el servidor de Diputación identificará al usuario que pretende acceder al programa. Este certificado, podrá ser solicitado en cualquier Punto de Registro de Usuarios de la Comunidad Valenciana (PRU). Se trata de un servicio gratuito que requiere, como único requisito, la presentación del DNI. Una vez obtenido el certificado digital, con el asesoramiento del SEPAM, se instalará y configurará en el navegador de Internet de los ordenadores desde donde se conecten los usuarios. A partir de este momento los usuarios de las entidades locales ya podrán acceder a la herramienta de gestión presupuestaria y contable SicalWin y a los ejercicios cuyas bases de datos estén alojadas en los servidores de la Diputación. El usuario de la entidad local se identificará ante el servidor de la Diputación mediante el certificado digital. La Diputación comprobará la validez del certificado ante la entidad Certificadora (Autoridad Certificadora de la Comunitat Valenciana, ACCV). Si éste es válido, la Diputación dará acceso a las aplicaciones a las que el usuario está autorizado. Se han definido dos perfiles de usuarios de la herramienta informática de gestión presupuestaria y contable: usuario de gestión y usuario de consulta. El primero de ellos tendrá acceso a todas las funcionalidades del programa y podrá grabar, modificar, consultar y listar operaciones. El usuario de consulta podrá únicamente consultar y listar documentos u operaciones contables. Si la entidad local desea crear otros perfiles de usuario aplicables a sus bases de datos, tendrá que comunicarlo al SEPAM. Las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. Acceso a las Aplicaciones de Diputación 8 8

15 APERTURA DEL PRESUPUESTO Y DE LA CONTABILIDAD 1. CARGA DEL PRESUPUESTO Estructura del presupuesto Carga del presupuesto de ingresos Carga del presupuesto de gastos Nuevas aplicaciones presupuestarias Nuevas clasificaciones por programas de gastos Nuevas clasificaciones económicas de gastos Nuevas clasificaciones económicas de ingresos Nuevos conceptos no presupuestarios APERTURA DEL PRESUPUESTO COMUNICACIÓN Relación de aplicaciones Visualización de datos Fichero XBRL APERTURA DE LA CONTABILIDAD Asiento de apertura de la contabilidad Operaciones de inicio de ejercicio

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17 1. CARGA DEL PRESUPUESTO Lo primero que necesitamos para poder trabajar con el programa de gestión presupuestaria y contabilidad local SicalWin es un Presupuesto. Para iniciar un ejercicio presupuestario la primera tarea que realizaremos será, pues, la carga de las aplicaciones de ingresos y gastos de ese Presupuesto. En el Anexo I de este Manual se incluye la estructura de gastos e ingresos a la que deberán adaptarse los Presupuestos de las entidades locales y los Organismos autónomos de ellas dependientes, según la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. En este apartado estudiaremos la carga del presupuesto desde el punto de menú Procesos de Apertura Carga de Aplicaciones del Presupuesto de Esta será la opción para aquellas entidades que inician por primera vez su contabilidad con SicalWin. Sin embargo, para aquellas otras Entidades que trabajen habitualmente con esta herramienta informática y deseen elaborar un nuevo presupuesto, es aconsejable utilizar las opciones del módulo Procesos de Apertura Elaboración y Simulación de Presupuestos. De esta forma, si llegado el 1 de enero, no se ha aprobado todavía el Presupuesto definitivo se podrán prorrogar los créditos iniciales del ejercicio anterior, créditos que aparecen cargados por defecto en los formularios de Procesos de Apertura Carga de Aplicaciones del Presupuesto de Para más detalles sobre el funcionamiento del módulo de elaboración y simulación de presupuestos se puede consultar el Capítulo 14 de este mismo Manual. Sólo se cargará el Presupuesto inicial desde Procesos de Apertura Carga de Aplicaciones del Presupuesto de el primer ejercicio económico que se inicie en SicalWin. El Presupuesto de los ejercicios posteriores se cargará desde el módulo de Elaboración y Simulación de Presupuestos Estructura del presupuesto En primer lugar tendremos que definir la estructura de nuestro presupuesto. Para ello ejecutaremos Administración del Sistema Opciones de Instalación (pestaña Estructura del Presupuesto). Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad 3 11

18 La estructura del presupuesto que aparece por defecto es la misma que la definida en el presupuesto del ejercicio anterior. Si queremos cambiarla indicaremos en los campos correspondientes el número de dígitos que utilizaremos en nuestras clasificaciones de gastos, ingresos y conceptos no presupuestarios Carga del presupuesto de ingresos Si no vamos a prorrogar el presupuesto del ejercicio anterior, como es el caso, podemos cargar el presupuesto de ingresos directamente desde Procesos de Apertura Carga de Aplicaciones Presupuesto de Ingresos 1. Hemos de tener en cuenta que por defecto aparecen ya cargadas las aplicaciones presupuestarias de ingresos del ejercicio anterior. Tendremos que modificar los importes de aquellas aplicaciones presupuestarias que se repitan en el nuevo presupuesto, eliminar las que no se repitan e introducir las nuevas. Como veremos más adelante, en el caso de que no exista la aplicación presupuestaria nueva que intentamos introducir, la crearemos en Administración del Sistema Tablas Básicas Clasificaciones. 1 Si hemos prorrogado el Presupuesto del ejercicio anterior la carga de las aplicaciones del definitivo se realizaría desde Procesos de Apertura Elaboración y Simulación de Presupuestos. Para más información, se puede consultar el Capítulo 14 de este Manual. Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad 4 12

19 En la casilla Financia gastos indicaremos 2 : S en el caso de que sea una aplicación presupuestaria que financia gastos. Cuando realicemos operaciones de ingresos contra estas aplicaciones presupuestarias, el sistema siempre nos pedirá que la imputemos a un proyecto de gasto 3. N en el caso de aplicaciones presupuestarias que no financian gastos. En ningún caso se activarán los campos correspondientes a proyectos. O cuando a esta aplicación presupuestaria vayamos a imputar tanto ingresos que financien gastos como otros que no financien gastos. Cuando realicemos operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias, el sistema activará los campos correspondientes al proyecto pero permitirá no introducir ningún dato en ellos. En la casilla Aplicación asociada a IVA indicaremos: N cuando las operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias no lleven IVA repercutido. El programa nunca nos dejará introducir IVA. S cuando las operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias siembre lleven IVA repercutido. El programa nos obligará a introducir IVA en las operaciones contra estas aplicaciones. O en el caso de que a la aplicación presupuestaria imputemos tanto operaciones con IVA repercutido como operaciones sin IVA. El programa nos dará la opción de introducir IVA o no en las operaciones contra estas aplicaciones. En cualquier momento podemos ver la totalidad de aplicaciones presupuestarias e importes introducidos situándonos en alguno de los campos de la clasificación económica y pulsando la tecla F5 dos veces. 2 Esta casilla sólo se activará si hemos indicado, en Opciones de Instalación, que vamos a utilizar proyectos de gastos. 3 Los Proyectos de Gastos se analizan en el Capítulo 12 de este Manual. Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad 5 13

20 1.3. Carga del presupuesto de gastos Si no se va a prorrogar el presupuesto del ejercicio anterior podemos cargar el presupuesto de gastos directamente desde Procesos de Apertura Carga de Aplicaciones Presupuesto de Gastos 4. Hemos de tener en cuenta que por defecto aparecen ya cargadas las aplicaciones presupuestarias de gastos del ejercicio anterior. Tendremos que modificar, en su caso, aquellas aplicaciones que se repitan en el nuevo presupuesto, eliminar las que no se repitan e introducir las nuevas. En el caso de que no exista la aplicación presupuestaria nueva que intentamos introducir, la crearemos en Administración del Sistema Tablas Básicas Clasificaciones. El campo Nivel Vinculación Orgánica no se activará si no utilizamos esta clasificación de gastos. En el campo Nivel Vinculación por Programas introduciremos el número de dígitos de las clasificaciones que deseamos vincular: 1, vinculación a nivel de Área de Gasto (es la que aparece normalmente por defecto). 2, vinculación a nivel de Política de Gasto. 3, vinculación a nivel de Grupo de Programas. 4, vinculación a nivel de Programa. 5, vinculación a nivel de Subprograma. La misma mecánica se seguirá en el campo Nivel Vinculación Económica: 1, vinculación a nivel de Capítulo (es la que aparece siempre por defecto). 2, vinculación a nivel de Artículo. 3, vinculación a nivel de Concepto. 5, vinculación a nivel de Subconcepto. 7, vinculación a nivel de Partida. 4 Si hemos prorrogado el Presupuesto del ejercicio anterior la carga de las aplicaciones del definitivo se realizaría desde Procesos de Apertura Elaboración y Simulación de Presupuestos. Para más información, consultar el Capítulo 14 de este Manual. Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad 6 14

21 El campo Enlace con Proyectos podrá tomar los siguientes valores: S en el caso de que sea una aplicación presupuestaria financiada con ingresos específicos. Cuando realicemos operaciones de gastos contra estas aplicaciones presupuestarias, el sistema siempre nos pedirá que indiquemos un proyecto de gasto. N en el caso de aplicaciones presupuestarias no financiadas con ingresos específicos. En ningún caso se activarán los campos correspondientes a proyectos. O en el caso de que sea una aplicación presupuestaria a la que vayamos a imputar operaciones que formen parte de un proyecto de gastos y operaciones financiadas con recursos generales. Cuando realicemos operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias, el sistema activará los campos correspondientes al proyecto pero permitirá no introducir ningún dato en ellos. En el campo Aplicación Ampliable indicaremos una S o una N según se trate de aplicaciones presupuestarias que admitan o no este tipo de modificación presupuestaria, según las Bases de Ejecución. En el primer caso, la aplicación presupuestaria tendrá que estar vinculada sobre sí misma (total de dígitos de la clasificación por programas y económica). Definiremos en el campo Enlace con Terceros el valor D o O que indica la fase a partir de la cual será necesario introducir los datos de un tercero. En fases anteriores, si no introducimos datos de terceros el programa nos dejará continuar. En el campo Pagos a Justificar indicaremos uno de los siguientes valores: 0, cuando queramos que la aplicación presupuestaria no permita realizar sobre ella pagos a justificar ni anticipos de caja fija 5. 1, cuando queramos que la aplicación presupuestaria admita pagos a justificar. 2, cuando queramos que la aplicación presupuestaria admita anticipos de caja fija. 3, cuando queramos que la aplicación presupuestaria admita tanto pagos a justificar como anticipos de caja fija. El campo Aplicación Asociada a IVA podrá tomar uno de los siguientes valores: N cuando el IVA soportado en las operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias no sea deducible. El programa nunca nos dejará introducir IVA. S cuando el IVA soportado en las operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias sea deducible. El programa siempre nos obligará a introducir IVA en las operaciones contra estas aplicaciones presupuestarias. O en el caso de que la aplicación presupuestaria recoja tanto operaciones con IVA soportado deducible como operaciones sin IVA deducible. El programa activará el campo de IVA pero permitirá no introducir ningún dato en él. En cualquier momento podemos ver la totalidad de aplicaciones presupuestarias e importes introducidos situándonos en alguno de los campos de las clasificaciones y pulsando la tecla F5 dos veces Nuevas aplicaciones presupuestarias Como se ha comentado más arriba, cuando la aplicación presupuestaria no exista tendremos que darla de alta en Administración del Sistema Tablas Básicas Clasificaciones. Desde aquí podremos crear: Nuevas clasificaciones orgánicas (si se utiliza). Nuevas clasificaciones por programas de gastos. Nuevas clasificaciones económicas de gastos. Nuevas clasificaciones económicas de ingresos. Nuevos conceptos no presupuestarios. 5 Los Pagos a Justificar y Anticipos de Caja Fija se desarrollan en los Temas 10 y 11, respectivamente, de este Manual. Apertura del Presupuesto y de la Contabilidad 7 15

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