CIRCULAR EXTERNA CONJUNTA No. 2 DE (marzo 1o.) Diario Oficial No , del 15 de marzo de 2000

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1 CIRCULAR EXTERNA CONJUNTA No. 2 DE 2000 (marzo 1o.) Diario Oficial No , del 15 de marzo de 2000 Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos "Invima" Instituto Colombiano de Comercio Exterior "Incómex" No. 034 Señores Instituto Colombiano de Comercio Exterior - Incómex - y usuarios ASUNTO: Productos sometidos a registro o licencia de importación por visto bueno o registro sanitario del Vigilancia de Medicamentos y Alimentos "Invima" - materias primas, insumos, y productos naturales generados por biotecnología, los biológicos, los dispositivos medicoquirúrgicos, los odontológicos, los doméstico, los productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico, los reactivos de diagnóstico, los a alcohólicas y no alcohólicas, los cosméticos, los medicamentos y aquellos que recomiende la comisión reviso De conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, establecida por el Instituto Nacional de Vigilanci Alimentos, Invima, y en cumplimiento de lo señalado por el artículo 3o. del Decreto 2680 de 1999 del M Exterior, que hace obligatorio el registro de las importaciones con visto bueno o registro sanitario, atentament el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incómex, conjuntamente con el Instituto Nacional de Vigilanci Alimentos Invima, ha establecido el listado general de productos y materias primas por subpartida arancelaria anexo a la presente Circular y que requieren para su importación registro sanitario o visto bueno previo para o licencia de importación ante Incomex o la Autoridad Operativa de Comercio Exterior que haga sus veces. En el Anexo se incluyen las subpartidas que pueden amparar los productos sometidos a visto bueno o registr por el Invima, para lo cual deben tenerse en cuenta las Notas Marginales que definen más específicamente e o las exclusiones a estos requisitos. En los siguientes artículos se relaciona la aplicación de lo reglamentado por el Ministerio de Salud, para bueno o registro sanitario ante el Invima. ARTICULO 1o. IMPORTACION DE ALIMENTOS. Para el caso de la importación de alimentos debe conside 3075 de 1997 exceptúa del registro sanitario los alimentos y materias primas producidos en el país o import exclusiva en la industria y el sector gastronómico (comercialización al por mayor) en la elaboración de alime comidas. En este caso sólo se requiere el trámite y autorización del visto bueno de Invima. En los demás cas para la comercialización al por menor, el correspondiente Registro Sanitario o visto bueno ante el Invima. Los alimentos de origen animal crudos, refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a transformación, requieren Certificado de Aptitud Sanitaria del país de origen, expedido por la autoridad sanit que el Invima proceda a expedir el Visto Bueno. Para la importación de productos terminados y de materias primas para la fabricación de alimentos, el interes la solicitud de Licencia o Registro de Importación con fotocopia del Registro Sanitario ante el Invima, entid respectivo Visto Bueno, para la aprobación del Registro de Importación a cargo de la Autoridad de Comercio ARTICULO 2o. IMPORTACION DE COSMETICOS. Para la importación de cosméticos o materias primas p los mismos, el interesado deberá presentar anexo a la solicitud de Licencia o Registro de Importación f Sanitario, expedido por el Invima directamente al Incomex o a la Dirección General de Comercio Exterior. ARTICULO 3o. IMPORTACION DE PRODUCTO TERMINADO. <Artículo modificado por la Circular Conjunta texto es el siguiente:> Cuando de conformidad con las normas vigentes la importación de producto termin sanitario, deberá adjuntarse a la solicitud de registro o licencia de importación que se presente a la Dirección Exterior, copia del correspondiente registro sanitario, en cuyo caso no se requerirá Visto Bueno del Invima. Notas de vigencia

2 - Artículo modificado por la Circular Conjunta 3 de 2000, publicada en el Diario Oficial No , del 31 de Legislación anterior ARTICULO 3o. IMPORTACION DE PRODUCTO TERMINADO. Para la importación de cualquier producto t al control del Invima, el importador deberá estar autorizado en el correspondiente Registro Sanitario o en la se le haya efectuado al mismo, y en forma previa al trámite del Registro o Licencia de Importación ante el In Dirección General de Comercio Exterior. ARTICULO 4o. IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS. <Artículo modificado por la Circular Conjunta 3 de es el siguiente:> 4.1 Cuando el Invima haya otorgado Registro Sanitario para fabricar y vender producto terminado, el titul importar directamente las materias primas que hagan parte de la composición del producto a que se refiere e necesidad de Visto Bueno del Invima. Basta allegar copia del registro sanitario a la solicitud de registro o lic Cuando se trate de importación de excipientes, que no figuren en el Registro Sanitario, se requerirá certificac Para lo dispuesto en el presente artículo, se aplicará el artículo 95 del Decreto 677 de 1995, el cual dispon materia prima para la fabricación de los medicamentos, preparaciones farmacéuticas a base de recursos cosméticos y de aseo, higiene y limpieza y para otros productos de uso doméstico, que cuenten con registro los controles de calidad a que haya lugar, por parte del Invima, para lo cual el interesado deberá informar a sobre la fecha de importación. Para efectos del trámite de importación el solicitante deberá presentar a Ministerio de Comercio Exterior) fotocopia del registro sanitario respectivo." 4.2 Para el caso de importación de materias primas que hayan sido objeto de autorización de la D Estupefacientes, no requerirá del visto bueno del Invima. 4.3 Las importaciones de sustancias controladas para medicamentos, a través del Fondo Nacional de requieren de visto bueno de parte del Invima, y se tramitarán en los términos del Decreto 677 de 1995, primero. 4.4 Para los terceros importadores de materias primas, destinadas a la comercialización interna o para la fa primas, que no sean titulares de registro sanitario o fabricantes, deberán informar al Invima el sector pro destinadas dichas materias primas, junto con el formulario de solicitud de registro o licencia de importació autorización del visto bueno por parte del Invima. Notas de vigencia - Artículo modificado por la Circular Conjunta 3 de 2000, publicada en el Diario Oficial No , del 31 de Legislación anterior ARTICULO 4o. IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS. Cuando el Invima haya otorgado Registro Sanitar vender producto terminado, el titular o fabricante podrá importar directamente la materia prima para elabora Si un tercero quiere importar la materia prima, deberá allegar autorización del fabricante o titular del Registr que el Invima expida el respectivo Visto Bueno, siempre y cuando la materia prima a importar, haga parte d del producto a que se refiere el correspondiente Registro Sanitario. En el caso de la importación de materias primas destinadas a la fabricación de medicamentos, preparacion base de recursos naturales, productos de aseo, higiene y limpieza, y para otros productos de uso doméstic deberá presentar fotocopia del Registro Sanitario anexo a la solicitud de Registro o Licencia de Importación Incomex o a la Dirección General de Comercio Exterior. Para las materias primas destinadas a la fabricación de los demás productos de control del Invima el impor fotocopia del Registro Sanitario anexo a la solicitud de Registro o Licencia de Importación al Invima para qu respectivo Visto Bueno. Para la exclusión del IVA el importador de materias primas de medicamentos deberá presentar la solicitud d Licencia de Importación directamente para que el Invima efectúe la autorización correspondiente, anexando del recibo de pago requerido para este trámite.

3 ARTICULO 5o. IMPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL. La importación de muestras de sin valor comercial para los fines contemplados en la Resolución 010 de marzo 23 de 1993 del Consejo S Exterior, o la norma que la modifique con el fin de gestionar la obtención del Registro Sanitario de cualquier control del Invima, el importador deberá presentar factura comercial donde se declare el producto com comercial y que cumpla con los parámetros indicados en la mencionada Resolución del Consejo Superior de Invima revisada la información expedirá Autorización para la Importación de Muestras sin Valor Comercial. ARTICULO 6o. IMPORTACIÓN DE MUESTRAS DE MATERIAS PRIMAS PARA LOTES PILOTOS Y ENSA la importación de muestras de materias primas para lotes pilotos y ensayos previos con fines a la obtención d el importador deberá presentar la solicitud de Registro o Licencia de importación ante el Invima, quien exped bueno. ARTICULO 7o. PRODUCTOS HOMEOPATICOS. Toda importación de productos homeopáticos requiere vi previo a la autorización del Registro o Licencia de Importación. El Invima podrá solicitar la información que sea pertinente para la autorización del Visto Bueno (Acta 06 de Revisora del Invima). ARTICULO 8o. OBSERVACION GENERAL SOBRE DESCRIPCION. Si el producto terminado o la materia pr un uso de implicación sanitaria, el importador deberá indicar obligatoriamente el uso en la descripción necesariamente requerirán visto bueno del Invima. ARTICULO 9o. TRAMITE DEL VISTO BUENO ANTE EL INVIMA. Para obtener el visto bueno del Invima, presentar ante las oficinas Regionales o Seccionales del Incomex en su caso las oficinas Territoriales e Operativo de Santa Fe de Bogotá de la Dirección General de Comercio Exterior, anexo a la solicitud de R importación, copia al carbón del recibo de pago al Invima por concepto de Visto Bueno. El pago se hará seg determinadas por Invima, cancelando lo correspondiente por la hoja principal y por cada hoja principal adici importación. Así mismo debe acompañar fotocopia de la solicitud de Registro o Licencia de Importación y de así se exijan, según los productos indicados en la presente circular y las normas vigentes. Para la expedición de los vistos buenos el Invima podrá solicitar información y documentos adicionales garanticen la idoneidad del producto. Las Direcciones Territoriales enviarán las solicitudes a la Regional Incomex o al Grupo Operativo de la Comercio Exterior en Santa Fe de Bogotá para que a través de la oficina del Invima, se proceda a revis pertinente y expida el respectivo Visto Bueno. Cuando la mercancía a importar requiera Registro Sanitario, el importador deberá señalar en la casilla solicitud de Registro o Licencia de importación, la letra y el número que identifican dicho registro sanitario fechas de expedición, validez y modificaciones, anexando fotocopia de los mismos. Así mismo, debe señala el nombre del producto tal y como está indicado en el Registro Sanitario correspondiente. ARTICULO 10. MODIFICACION DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS EN EL ANEXO. Los requisitos men de la presente Circular quedan sujetos a la modificación que establezca el Ministerio de Salud para los efecto De conformidad con la Ley de Comercio Exterior, Decreto 2680 de 1999, el importador está obligado a licencia de importación que ampare la mercancía con el respectivo visto bueno, previo a la presentació declaración de importación ante la DIAN. La documentación soporte de la importación deberá ponerla a dispo aduanera cuando así lo requiera. La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Circular Exte Incómex. Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C, a marzo 1o. de Cordialmente, ANDRÉS FORERO MEDINA, Subdirector de Operaciones, Incómex. MIGUEL GERMÁN RUEDA SERBAUSEK,

4 Director General, Invima. SUBPARTIDAS QUE AMPARAN PRODUCTOS SUJETOS A VISTO BUENO O REGISTRO SANITARIO EXPEDIDOS POR EL INVIMA Subpartida Control Notas marginales VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB

5 VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB

6 VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB

7 VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia

8 menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB RS y VB únicamente ahumados cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB VB VB VB VB VB VB VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos VB No aplica a los animales vivos.

9 VB No aplica a los animales vivos RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB

10 VB RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB VB VB RS y VB; o VB Sólo aplica a los productos "ahumados", para los que se requiere RS y VB cu empaque comercial para la venta al por menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por m RS y VB; o VB Sólo aplica a los productos "ahumados", para los que se requiere RS y VB cu empaque comercial para la venta al por menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por m RS y VB; o VB Sólo aplica a los productos "ahumados", para los que se requiere RS y VB cu empaque comercial para la venta al por menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por m VB VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor.

11 VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB Unicamente las cocidas en agua o vapor VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB Unicamente las secas VB VB Unicamente los cocidos en agua o vapor VB Unicamente los cocidos en agua o vapor.

12 VB Unicamente los cocidos en agua o vapor VB Unicamente los cocidos en agua o vapor VB Unicamente los cocidos en agua o vapor VB Unicamente los cocidos en agua o vapor VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB Excepto "las cortezas frescas" RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB

13 RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB

14 VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB VB RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB VB RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos preparación de infusiones o tisanas de consumo humano RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos preparación de infusiones o tisanas de consumo humano RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos preparación de infusiones o tisanas de consumo humano RS y VB; o VB VB cuando se importa como materia prima para la producción de plaguicidas de

15 RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos preparación de infusiones o tisanas de consumo humano RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos preparación de infusiones o tisanas de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Excepto "productos frescos", Cuando sean utilizados como materia prima en co medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamen farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en bebidas alcohólicas VB Cuando sean utilizados como materia prima en plaguicidas de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto

16 limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, alimentos, medicamentos, prod preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; plaguicidas y producto limpieza de uso doméstico, y reactivos de diagnóstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos y alimentos de consumo hum aseo, higiene y limpieza de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos y alimentos de consumo hum aseo, higiene y limpieza de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos y alimentos de consumo hum aseo, higiene y limpieza de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos y alimentos de consumo hum aseo, higiene y limpieza de uso doméstico RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos y alimentos de consumo humano higiene y limpieza de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos y preparaciones de recursos naturales de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos y preparaciones

17 de recursos naturales de consumo humano RS y VB, o VB RS Cuando el producto a importar sea terminado; VB Cuando sean utilizados co cosméticos, medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales de consumo humano RS y VB, o VB RS Cuando el producto a importar sea terminado; VB Cuando sean utilizados co cosméticos, medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en preparaciones farmacéuticas a base de alimentos, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en productos de aseo, higiene y limpieza, de us RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano RS y VB, o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utiliz medicamentos, preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano en bruto utilizados como materia prima para la preparación de los productos mencionados VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico.

18 VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB, o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosméticos, medicame farmacéuticas a base de recursos naturales, de consumo humano; y VB para productos en bruto utilizados para la preparación de los productos mencionados RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados, en cosmé preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa al por mayor, siempre y Cuando sean utilizados en cosméticos; y VB par utilizados como materia prima para la preparación de cosméticos RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia

19 menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean utiliz medicamentos, preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano en bruto utilizados como materia prima para la preparación de los productos mencionados RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean uti consumo humano; y VB para productos en bruto utilizados como materia prima para la preparación de alimen RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean uti consumo humano; y VB para productos en bruto utilizados como materia prima para la preparación de alimen RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean uti consumo humano RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se importa para el sector gastronómico o al por mayor, siempre y Cuando sean uti consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, de consumo humano y product limpieza, de uso doméstico VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, medicamentos, preparaciones de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y productos de aseo, higiene y limpieza, de uso dom VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, de consumo humano y product limpieza, de uso doméstico VB Sólo aplica a "residuos", Cuando sean utilizados como materia prima en cosmét preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y alimentos, de consumo humano y producto limpieza, de uso doméstico RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se

20 RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se

21 RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB VB RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se RS y VB; o VB Para productos terminados: RS y VB cuando se presenta en empaque comercia menor; VB cuando se VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones

22 de recursos naturales, preparaciones homeopáticas y alimentos, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones VB Cuando sean utilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos, preparaciones de recursos naturales, preparaciones homeopáticas y alimentos, de consumo humano RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB Cuando sean utilizados como materia prima en alimentos, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en alimentos, de consumo humano VB Cuando sean utilizados como materia prima en cosméticos, de consumo humano RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m VB VB RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m RS y VB; o VB RS y VB cuando se presenta en empaque comercial para la venta al por m

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