GUÍA PARA PREPARAR DESDE HOY LA JUBILACIÓN
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- Miguel Ángel Castillo Correa
- hace 7 años
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1 GUÍA PARA PREPARAR DESDE HOY LA JUBILACIÓN 1
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3 ÍNDICE DE CONTENIDOS Qué? 4 Quién? 5 Cuándo? 5 Por qué? 6 Cómo? 8 Cuánto? 9 Pasos a dar 10 Y cuando me jubile? 11 Fiscalidad 12 Fiscalidad PIAS 16 Dudas frecuentes 18 3
4 Qué? NUESTRO OBJETIVO ES LA JUBILACIÓN COMO TÚ QUIERAS. Debemos prepararnos para disfrutar activamente y con calidad de nuestra jubilación, un período de nuestra vida cada vez más largo. Y tú qué quieres hacer en tu jubilación? Cada uno tiene sus razones y motivaciones, piensa en la tuya y piensa en lo que vas a necesitar en ese momento. Lo que la gente nos dice cuando se jubila: Quiero jubilarme completamente Universidad Quiero disfrutar de mis nietos Y sobre todo no depender de mis hijos o ser una carga para ellos Quiero seguir activo y sentirme productivo Voluntariado Quiero poder ayudar a mis hijos Quiero hacer las cosas que siempre quise hacer y no pude por falta de tiempo Fuente interna Aegon: taller realizado con personas que se acababan de jubilar o próximas a la jubilación. Para ello, debemos asegurar con suficiente antelación que nuestra pensión nos permita abordar todos esos proyectos que la falta de tiempo nos ha hecho ir demorando. 4 28% Una generación que no se jubilará jamás: el 28% de los españoles en activo considera que se jubilará después de los 65 años.
5 Quién? NO DEJES TU VIDA EN OTRAS MANOS. TÚ DECIDES. Nuestra jubilación, así como el futuro financiero de nuestras familias, es nuestra responsabilidad. No podemos dejarlo en manos del Estado o la empresa. Debemos implicarnos en la planificación de nuestra jubilación. El control de nuestras finanzas hará que no se estanquen y nos evitará sorpresas desagradables. Cuándo? PREPARAR TU JUBILACIÓN EMPIEZA YA! El aumento de la responsabilidad individual es fundamental; no podemos esperar que el Estado, las empresas o los inmuebles en propiedad sean suficientes para la jubilación. Los ahorros individuales son importantes. Aún tengo tiempo, soy muy joven, son algunas de las excusas que ponemos para demorar el momento de empezar a ahorrar para nuestra jubilación. El tiempo es nuestro aliado, pero cada día tenemos menos. A modo de ejemplo, para tener un millón de euros a los 65 años, suponiendo un tipo de interés del 4%, necesitaríamos euros a los 50 años, frente a poco más de a los 35 y a los 20 años. Cada cinco años la esperanza de vida aumenta en un año. Viviremos más, luego necesitaremos más, y cuanto antes comencemos, menor será el esfuerzo y mayor el rendimiento acumulado por nuestros ahorros. No esperes para comenzar a construir tu jubilación! No esperes para comenzar a construir tu jubilación! Los datos estadísticos presentados en esta guía proceden del Estudio de Preparación para la Jubilación que Aegon realiza en 15 países a más de personas, de ellos encuestados eran españoles. 68% El 68% de los españoles considera que las generaciones futuras tendrán una peor jubilación. 5
6 Por qué? PORQUE QUIERO SEGUIR SIENDO YO. Porque para hacer lo que yo quiero no puedo depender de otros, quién me va a proporcionar la seguridad de que voy a tener lo que necesito en el momento de mi jubilación? Para entender el porqué, lo mejor es darnos una vuelta por la historia de nuestro Sistema Público de Pensiones. UNA BREVE HISTORIA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA: Creación Sistema Público Pensiones Esperanza de vida: ± Baby boom Pacto de Toledo: 68 años 73 años Durante la crisis: 3 MM cotizaciones menos Evolución del nº de pensionistas en España MM /año menos Reforma pensiones: Incremento de la vida laboral computable para el cálculo de las pensiones a razón de 1 por cada año que pase. Aumento edad de jubilación Últimas reformas: : Revalorización de las pensiones: - Desvinculada del IPC - Min. 0,25% y max. IPC + 0,25% Factor de sostenibilidad. Esperanza de vida: 80 años 86 años 6
7 El actual sistema de pensiones está basado en el reparto intergeneracional. La crisis económica y el progresivo envejecimiento de la población han incidido negativamente en el sistema, disparando el gasto en pensiones y prestaciones asistenciales y reduciendo los ingresos por cotizaciones: Las medidas del Gobierno van dirigidas a contraer el gasto público, vía aumento de la edad de jubilación y reducción de la pensión pública, más que a fomentar el ahorro. Por cada pensionista en España en 2015 hay 2,03 trabajadores en activo. Así pues, debemos planificar nuestro ahorro y redistribuir los ingresos percibidos durante nuestra vida activa, destinando parte a satisfacer nuestras necesidades para tener un nivel de vida de calidad en la jubilación. 38% El 38% de los españoles desconoce si está en el buen camino para alcanzar el ahorro necesario para su jubilación. 7
8 Cómo? COMPLEMENTANDO NUESTRA PENSIÓN PÚBLICA. Existen diversos productos que permiten canalizar el esfuerzo de ahorro para la jubilación, adecuándolo a nuestras circunstancias personales, profesionales y familiares a lo largo de nuestra vida. Productos de ahorro líquidos pero sin ventajas fiscales. Productos de pensiones líquidos pero con ventajas fiscales. El objetivo de nuestro producto es ahorrar para la jubilación. Nuestra elección, por tanto, ha de ser la del instrumento de máxima rentabilidad al menor riesgo posible, atendiendo a nuestra edad, situación personal y a los mercados, sopesando en todo momento rentabilidad potencial y posibles pérdidas. PPI Planes de Pensiones Individuales PPA Planes de Previsión Asegurados Ahorro-PIAS Planes Individuales de Ahorro Sistemático Fiscalidad Muy ventajosa Muy ventajosa Menos ventajosa Liquidez Reducida Reducida Alta Rentabilidad Según inversión Fija/ Variable/Garantizado Reducida Reducida Seguridad Según inversión Capital Garantizado Capital Garantizado Guía general de productos de ahorro para la jubilación. Tenemos diferentes productos adecuados al perfil de cliente y nivel de aversión al riesgo. Consulta el Catálogo de productos recomendado. Atención: En todo caso, nuestra jubilación es una cuestión lo suficientemente compleja e importante como para recomendarles dirigirse a asesores y mediadores especializados. 53% La falta de confianza en los servicios financieros hace que el 53% de los encuestados prevea asumir menos riesgos cuando se trate de ahorrar para la jubilación. 8
9 Cuánto? UN 10% DE TU INGRESO. Cuanto antes comencemos a ahorrar, menor será el esfuerzo y mayor la posibilidad de ajustar nuestro ahorro a nuestra situación personal, aumentando o reduciendo el importe mensual. Lo importante es ser constantes. Ahorrar mes a mes supone a largo plazo cerca de un 4% de rentabilidad adicional respecto a realizar una aportación única a final de año. Además, hemos de tener en cuenta que las aportaciones realizadas a PPI o PPA permiten obtener una rentabilidad adicional igual al tipo marginal del IRPF del contribuyente, por lo que la rentabilidad financiero-fiscal es superior a la de otros productos de ahorro. Aportación mensual Aportación total Aportación +TAE 2% Aportación +TAE 4% , , , , , , , , , , , ,91 Ahorro Fiscal aproximado para los distintos tramos de IRPF Base liquidable general desde hasta Tipo IRPF (%) Aportación Plan de Pensiones Ahorro Fiscal ,00 19% , ,00 24% , ,00 30% , ,00 37% ,00 en adelante 45% % El 63% de los españoles ve con buenos ojos que el gobierno anime a contratar planes de pensiones. 9
10 Pasos a dar 1. REFLEXIÓN Recopilar y evaluar los datos mínimos para hallar el equilibrio entre lo que: Queremos cobrar en la jubilación para mantener un adecuado nivel de vida. Sabemos que cobraremos de la seguridad social. Podemos ahorrar para complementar dicha pensión. 2. DECISIÓN Elegir el producto o productos de ahorro adecuados a nuestras características personales: edad, capacidad de ahorro, perfil de riesgo, etc. 3. SEGUIMIENTO Por último, aunque no menos importante, debemos prestar atención a nuestro ahorro a lo largo del tiempo, para adaptarlo a la evolución de los mercados y, sobre todo a la de nuestras circunstancias personales, profesionales y familiares, que cambian a lo largo de nuestra vida y deben ser consideradas en el proceso de planificación financiera. Tu asesor te ayudará en todo momento en cada uno de estos pasos 67% El 67% de los españoles no tiene planificada su jubilación. 10
11 Y cuando me jubile? La jubilación no es la meta, es el comienzo de una nueva vida. En el momento de tu jubilación no debes precipitarte para sacar el mayor partido a los ahorros de toda tu vida. Hay que tener en cuenta ciertas variables: cuándo se realizó el ahorro, en qué productos, el importe total alcanzado, los ingresos que obtenga tras la jubilación (pensión y/u otros) o la forma en que se quiere recibir el dinero (capital, renta o mixta). Cada una de estas variables condiciona el tratamiento fiscal de nuestros ahorros [ver apartado de fiscalidad] y nos lleva a formular las siguientes recomendaciones: 1. ESTIMAR GASTOS FUTUROS Es fundamental estimar nuestras necesidades futuras, para evitar agotar nuestros ahorros antes de tiempo. 2. CAPITAL O RENTA Si disponemos de ahorro en PPI o PPA realizado antes de 2007, y se recibe en forma de capital, tiene una reducción del 40% en el IRPF, es decir, sólo tributamos por el 60% de dicho ahorro. El resto del ahorro realizado desde 2007 se puede recibir mes a mes, ya sin reducción alguna. 3. TIPO MARGINAL DEL IRPF Es conveniente saber el tipo de gravamen del año en que nos jubilamos ya que el cobro de PPI, PPA o seguros colectivos de empresa, podría elevar el tramo aplicable, haciendo conveniente diferir el cobro de nuestros ahorros al siguiente ejercicio. Si por el contrario, se prevé una subida de ingresos en los años siguientes a la jubilación, quizá sea recomendable cobrar gran parte del ahorro ese año para evitar pagar más IRPF en los años siguientes. 11
12 Fiscalidad PLANES Y FONDOS DE PENSIONES Y PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS. RÉGIMEN DE APORTACIONES Aportaciones del partícipe La principal ventaja de esta clase de productos es que es posible la aplicación de un régimen de diferimiento tributario ya que el importe de las aportaciones reduce la Base Imponible del IRPF y no se tributa hasta que se percibe la prestación. Las reducciones aplicadas aminoran el importe de la tributación en el IRPF en el año en el que se realizan las aportaciones. No obstante, la normativa establece unos límites de reducción siendo el límite individual la menor de las siguientes cantidades: euros anuales para la suma de aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, y adicionalmente, euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa. 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.. Además, en declaraciones conjuntas se aplica individualmente a cada integrante de la unidad familiar. Ejemplo: Ahorro que un contribuyente del IRPF puede llegar a tener por realizar una aportación a un plan de pensiones individual Con plan de pensiones Sin plan de pensiones Ahorro Rentas netas del trabajo , ,00 Base imponible , ,00 Aportaciones a PPI 8.000,00 0,00 Base liquidable , ,00 Tiempo medio de gravamen * 26,77% 28,40% Cuota íntegra ** , , ,00 * Tipo medio obtenido de las tablas estatales y de la Comunidad Autónoma de Madrid aplicables en ** No se ha tenido en cuenta el mínimo personal y familiar. Del anterior ejemplo se desprende que el contribuyente que ha aportado a un PPI un importe de euros ha obtenido un ahorro fiscal de 2.960,00 euros (como consecuencia de la reducción por la aportación realizada) por lo que el coste efectivo de la aportación (teniendo en cuenta el ahorro fiscal) asciende a un total de 5.040,00 euros. 12
13 Aportaciones a favor del cónyuge Adicionalmente, es posible realizar aportaciones a favor del cónyuge que no haya obtenido durante el ejercicio unos rendimientos del trabajo o de actividades económicas superiores a euros. En dicho supuesto, es posible realizar una aportación a favor del Plan de Pensiones del cónyuge con el límite de euros anuales. Esta aportación es adicional a los límites de reducción y, por lo tanto, se podrá sumar a la que ya tuviera derecho el cónyuge por sus propias aportaciones. Ejemplo: Ahorro que un contribuyente del IRPF puede llegar a tener por realizar una aportación a un plan de pensiones individual y al de su cónyuge Con plan de pensiones Sin plan de pensiones Rentas netas del trabajo , ,00 Base imponible , ,00 Aportaciones a PPI Aportaciones a PPI Cónyuge * 8.000, ,00 0,00 0,00 Ahorro Base liquidable , ,00 Tiempo medio de gravamen ** 26,12% 28,40% Cuota íntegra *** , , ,00 * Cónyuge con Rendimientos del Trabajo y de Actividades económicas inferiores a euros ** Tipo medio obtenido de las tablas estatales y de la Comunidad Autónoma de Madrid aplicables en *** No se ha tenido en cuenta el mínimo personal y familiar. Del anterior ejemplo se desprende que el contribuyente que ha aportado a su PPI un importe de euros y al de su cónyuge un importe de euros, ha obtenido un ahorro fiscal de 3.885,00 euros (como consecuencia de la reducción por la aportación realizada) por lo que el coste efectivo de la aportación (teniendo en cuenta el ahorro fiscal) asciende a un total de 6.615,00 euros. Aportaciones a favor de personas con discapacidad La legislación establece un régimen especial para personas con discapacidad, definiendo como tal a la persona afectada por una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33% o declarada judicialmente independientemente del grado. Podrán realizar aportaciones al plan del discapacitado, además de él mismo: Su cónyuge o persona que le tuviera en régimen de tutela o acogimiento. Familiares en línea directa o colateral hasta el tercer grado. 13
14 Dado que se trata de aportaciones a favor de personas con discapacidad, el límite de aportaciones es el siguiente: Aportaciones del discapacitado: euros/año Aportaciones de un tercero: euros/año Límite de aportación conjunta: euros/año Las aportaciones de familiares no computan en los límites de aportaciones de éstos a sus propios planes, es decir, este límite es adicional al límite establecido para los planes mencionados anteriormente (de euros o el 30%). Ejemplo: Un partícipe con discapacidad aporta a su plan euros anuales. A su vez, su padre, con ingresos anuales de euros, realiza una aportación anual de euros a su propio plan y de euros al de su hijo discapacitado. En aplicación de los límites legales en vigor, el progenitor reduce su Base Imponible en euros y el partícipe con discapacidad reduce de su Base Imponible euros. Partícipe con discapacidad Aportación del familiar Rentas netas del trabajo , ,00 Base imponible , ,00 Aportaciones a PPI Aportaciones a PPI discapacitado 0, , , ,00 Base liquidable , ,00 Tiempo medio de gravamen * 20,72% 26,77% Cuota íntegra ** 3.937, ,50 * Tipo medio obtenido de las tablas estatales y de la Comunidad Autónoma de Madrid aplicables en **No se ha tenido en cuenta el mínimo personal y familiar. Del anterior ejemplo se desprende que tanto el partícipe con discapacidad como el familiar han podido reducir la base imponible en el importe de las aportaciones. Además, el familiar ha reducido la base imponible por las aportaciones a su propio plan. RÉGIMEN DE PRESTACIONES La fiscalidad de los sistemas de previsión social se basa en un régimen de diferimiento por el que las aportaciones reducen la base imponible del IRPF (con los límites arriba mencionados) y se tributa en el momento en el que se perciben las prestaciones. Las prestaciones de los sistemas de previsión social, tanto en forma de capital como en forma de renta o mixta, se integran como rendimiento del trabajo en el IRPF, sin derecho a reducción, y están sometidas a retención a cuenta del IRPF en base a los datos recogidos en el modelo 145 de hacienda. 14
15 Existe un régimen transitorio que contempla la posibilidad de reducir el 40% del importe de la prestación (siempre y cuando se perciba en forma de capital) y que aplica sobre las prestaciones derivadas de aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de Este régimen transitorio se aplicará durante el ejercicio en el que acaezca la contingencia o en los dos siguientes. Si la contingencia hubiera acaecido con anterioridad a 1 de enero de 2015 y todavía no se ha percibido la prestación, el régimen transitorio solo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente. Ejemplo: Una persona recién jubilada se plantea si recibir sus ahorros en forma de capital o de renta que complemente la pensión de la Seguridad Social ( euros). Sus derechos ascienden a euros de los cuales el 80% se corresponden con aportaciones realizadas con anterioridad a 1 de enero de Capital Renta Prestación bruta (1) , ,00 Reducción régimen transitorio (2) * ,00 0,00 Prestación de la SS (3) Base imponible (1-2+3) , , , ,00 Reducciones 0,00 0,00 Base liquidable , ,00 Tipo medio de gravamen ** Cuota Íntegra *** 36,04% ,50 25,69% 9.761,50 * El importe de la reducción asciende al 40% de las prestaciones que se correspondan con aportaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2007 ** Tipo medio obtenido de las tablas estatales y de la Comunidad Autónoma de Madrid aplicables en *** No se ha tenido en cuenta el mínimo personal y familiar. Como así se desprende del anterior ejemplo, es necesario analizar si es rentable (desde el punto de vista de la fiscalidad) percibir la prestación en forma de renta o en forma de capital en el caso que se pueda aplicar cualquier tipo de reducción. En este sentido, si se percibe en forma de renta, habrá que tener en cuenta que los impuestos serán recurrentes durante todos los años en los que se perciba la prestación mientras que, si se percibe en forma de capital, se tributará más el primer año pero se podría aplicar una reducción (lo que puede hacer que la tributación total sea menor). OTROS IMPUESTOS Impuesto sobre Patrimonio Los derechos consolidados están exentos de tributación. Impuesto de Sucesiones Las prestaciones por fallecimiento del partícipe NO tributan en el impuesto de sucesiones. 15
16 Fiscalidad PIAS Planes de Ahorro, Rentas, y Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) Los Planes Individuales de Ahorro Sistemático, popularmente conocidos como PIAS, son un producto financiero exclusivamente asegurador. Su finalidad es ir acumulando un capital a lo largo del tiempo, que puede servir como complemento a la pensión pública de jubilación. Los PIAS tienen una vigencia mínima de cinco años y no deben superar nunca el límite de euros anuales y en el total. El principal atractivo de los Planes Individuales de Ahorro Sistemático es su fiscalidad cuando se rescaten como rentas vitalicias. La ventaja fiscal de los PIAS consiste en que la rentabilidad generada desde que se contrata hasta que se constituye la renta está exenta de impuestos. Renta Inmediata Vitalicia El porcentaje de renta exento de tributación varía en función de la edad del asegurado en el momento de la constitución de la renta, y permanece constante durante toda la vigencia de la operación. Edad al inicio de la renta % renta exento % renta sujeta menos de 40 60% 40% entre 40 y 49 65% 35% entre 50 y 59 72% 28% entre 60 y 65 76% 24% entre 66 y 69 80% 20% más de 69 92% 8% 16
17 Renta Inmediata Temporal El porcentaje de renta exento de tributación varía en función de la duración de la renta, y permanece constante durante toda la vigencia de la operación. Duración en años reducción % renta sujeta menor o igual 5 88% 12% entre 5 y 10 84% 16% entre 10 y 15 80% 20% más de 15 años 75% 25% Los tipos aplicables actualmente dependen del importe de la base liquidable del ahorro y son los siguientes: desde Base liquidable hasta tipo RCM (%) % % en adelante 23% 17
18 Dudas que se presentan frecuentemente Cuántos productos puedo contratar? No hay restricción para la contratación. De hecho, lo óptimo es diversificar entre distintos productos, atendiendo a su liquidez y su binomio rentabilidad-riesgo, según lo permita nuestra capacidad de ahorro, y atendiendo a nuestra edad y proximidad a la jubilación. Sí existe límite anual a las aportaciones realizadas a aquellos productos con ventajas fiscales (PPI y PPA). (Ver página fiscalidad). Cuál es el ahorro fiscal? Las aportaciones realizadas a un PPI o PPA permiten obtener una rentabilidad adicional igual al tipo marginal del IRPF del contribuyente. Ejemplo: con una aportación anual de euros a PPI o PPA, y un tipo marginal del 30% en base a los rendimientos del trabajo, el ahorro en la declaración del IRPF asciende a 600 euros, es decir, conservará en su cuenta dichos 600 euros. Cuando me jubile pagaré en impuestos lo que me he desgravado? Sí, aunque existen fórmulas de percibir la prestación que minimizan el impacto fiscal. Se mantiene la reducción del 40% a las prestaciones procedentes de aportaciones anteriores al 31/12/2006. Para las posteriores se puede instrumentar una renta o un diferimiento a otro ejercicio con menor tipo marginal del IRPF. Además, hay que tener en cuenta que los tipos de gravamen tras la jubilación suelen ser inferiores a los de los trabajadores activos. Si necesito dinero lo puedo sacar? Según el producto y la situación. Sabemos que a lo largo de la vida pueden darse situaciones en las que necesitemos hacer uso de nuestros ahorros, por ello, incluso aquellos productos con ventajas fiscales como PPI y PPA, contemplan supuestos especiales de liquidez en caso de desempleo o enfermedad grave del titular o familiar directo % IRPF Aportación anual a PPI o PPA
19 Además, la reforma fiscal (aplicable desde 1 de enero de 2015) prevé la posibilidad de que los partícipes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado puedan disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad. En todo caso, la recomendación es, cuando sea posible, destinar parte del ahorro a productos de ahorro o PIAS, con derecho de rescate y ventajas fiscales, en este caso al vencimiento. Como hemos visto, a más rentabilidad más riesgo, y viceversa. En todo caso, tanto los de renta fija como los de variable, evolucionan acorde a los mercados y, por tanto, ambos pueden perder dinero en mayor o menor medida. Lo óptimo es no abandonar nuestros ahorros a lo largo de nuestra vida laboral, sino revisarlos una o dos veces al año, y maximizar la rentabilidad durante los primeros años traspasándolos paulatinamente a otros cada vez más seguros según se aproxima la fecha de la jubilación. Los planes de pensiones pierden dinero? Según el producto y la situación. Existen distintos tipos de planes, según su distribución de renta fija y variable, así como garantizados. 26% Solo uno de cada cuatro encuestados ahorra para su jubilación 19
20 Calle del Príncipe de Vergara,
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