OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LAS ASOCIACIONES, FUNDACIONES, IGLESIAS, ONG y SIMILARES. (Entidades No Lucrativas) Julio 2016
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- Ana Peralta Sevilla
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1 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LAS ASOCIACIONES, FUNDACIONES, IGLESIAS, ONG y SIMILARES (Entidades No Lucrativas) Julio 2016
2 1. Objetivo General: Objetivos Proporcionar a los contribuyentes la información necesaria en materia tributaria, a través del CENSAT, para facilitar el cumplimiento tributario. 2. Objetivo Específico: a) Informar a los participantes sobre las obligaciones tributarias de las entidades no lucrativas. b) Orientar sobre el alcance de las exenciones tributarias otorgadas por ley a las entidades no lucrativas.
3 Obligación Tributaria Estado SAT otros entes Contribuyente Vínculo jurídico entre la SAT y los contribuyentes que tiene por objeto la prestación de un tributo. Pertenece al derecho público y es exigible coactivamente. Art. 14 CT
4 EXENCIONES Definición: Exención es la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria Concurrencia de partes exentas y no exentas la obligación tributaria se cumplirá únicamente en proporción a la(s) parte(s) que no goza(n) de exención. La ley que las establezca debe especificar: Condiciones y requisitos Tributos que comprende Si es total o parcial Plazo de su duración. Arts. 62 y 63 CT
5 Formal: hacer o no hacer Obligaciones tributarias Sustantiva: Dar
6 Obligaciones formales Inscribirse en la SAT Actualizar o ratificar anualmente datos Solicitar autorización de documentos Habilitar libros contables y otros cuando corresponda Presentar declaraciones e informes en forma electrónica Actuar como agente retenedor Solicitar solvencia fiscal
7 Infracciones a los deberes formales según el art. 94 del Código Tributario 1.Omisión de dar aviso a SAT, de cualquier modificación o actualización de los datos de inscripción y del nombramiento o cambio de contador. Sanción: Multa de Q50.00 por c/día de atraso. Sanción máxima de Q1,
8 Documentos obligatorios Entidades No Lucrativas Cuando sólo realice actividades exentas Cuando realice actividades exentas y gravadas Recibos por donación que autorice la SAT Recibos por donación Facturas Notas de Débito Notas de Crédito Otros documentos que en casos concretos autorice la SAT Constancias de exención (sólo si opera un Centro Educativo)
9 Autorizar documentos en SAT Facturas Notas de crédito Notas de débito Otros documentos Infracción No emitir o no entregar facturas y documentos obligatorios Emitir facturas y otros documentos no autorizadas Sanción: Cierre temporal Art. 85 Numerales 1 y 2 CT
10 Infracciones y sanciones 8. Extender facturas u otros documentos que no cumplan con alguno de los requisitos formales según la Ley específica. Sanción: Multa de Q por c/documento. Máximo de sanción Q5,000.00, en cada período mensual. En ningún caso la sanción máxima excederá del dos por ciento (2%) de los ingresos brutos mensuales.
11 Otras Obligaciones Obligación Sanción Emitir facturas con caracteres legibles y permanentes para entregar al adquiriente Multa de Q5, en cada período mensual. No excederá del 1% de los ingresos brutos mensuales. Art. 29 Dto y sus reformas Art. 94 Numeral 17) Dto y sus reformas
12 Infracciones y sanciones 3. Adquirir bienes o servicios, sin exigir facturas o el documento que legalmente soporte la transacción cuando corresponda. Sanción: Multa equivalente al monto del impuesto correspondiente a la transacción. 4. No llevar al día los libros contables u otros registros obligatorios establecidos en el Código de Comercio y las leyes tributarias específicas. Sanción: Multa de Q5,000.00, cada vez que se le fiscalice.
13 Realizar pago de impuestos En la frecuencia que corresponda En el plazo que corresponda. Ejemplo: Presentar declaración jurada del IVA general Formulario SAT-2237 Aún cuando le hayan retenido impuesto o no tenga movimiento Infracción: Presentar declaraciones después del plazo. Sanción: Multa de Q50.00 diarios hasta un máximo de Q1, La multa se duplica si se trata de personas total o parcialmente exentas del ISR. Art. 94 numeral 9 del Código Tributario Art. 40 Dto
14 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Libros I y VII Ley de Actualización Tributaria Decreto del Congreso de la República y sus reformas
15 Generalidades del ISR Objeto y ámbito de aplicación (1 y 3) Toda renta obtenida en el territorio nacional por: personas y entes, nacionales o extranjeros, residentes o no Categorías de Renta (2) De las actividades lucrativas Del trabajo Del capital y las ganancias de capital Regímenes de Actividades Lucrativas(14) Sobre las Utilidades Opcional Simplificado sobre Ingresos
16 Exenciones para las ENL en actividades lucrativas Aportes y donaciones Exención para las ENL en el Impuesto sobre la Renta Cuotas ordinarias y extraordinarias
17 ISR - Régimen sobre Utilidades: Renta Imponible Renta Bruta (20) a ( - ) Rentas Exentas ( 11) ( - ) Costos y Gastos Deducibles (21) Tarifas (36 y 172) 31% % % ( + ) Costos y Gastos de Rentas Exentas (19) ( + ) Costos y Gastos No Deducibles (23) ( = ) Renta Imponible (19 LAT y 10 RLILAT) a/ Incluye: Todo ingreso gravado, exento, habitual o no Ganancias cambiarias Indemnización por pérdidas extraordinarias sufridas en activos fijos *
18 Generalidades Consignar en sus facturas "Sujeto a pagos trimestrales" Tipo impositivo: 25% de 2015 en adelante Inventarios anuales al 31 de diciembre de cada año y reportar las existencias al 30 de junio y 31 de diciembre de cada año. Frecuencia de pago: Trimestrales y Declaración Jurada y pago dentro del mes siguiente. Presentación de Declaración Jurada Anual de Liquidación, dentro de los primeros tres meses del año calendario inmediato siguiente. Sección III y art. 172 Dcto
19 Forman parte de la Renta bruta en Actividades Lucrativas: Ingresos gravados y exentos, devengados o percibidos Ganancias cambiarias por compra venta de divisas Re expresiones por simples partidas Indemnización por pérdidas extraordinarias en activos fijos Art. 20 Dto reformado
20 Gastos deducibles ISR Régimen s/utilidades: Gastos Deducibles y No Deducibles Gastos no deducibles (Arts. 21 y 22 LAT) (Art. 23.s LAT) Útiles, necesarios, pertinentes o indispensables Donaciones a: Estado, universidades, entidades culturales o científicas Asociaciones, fundaciones, iglesias y otras sin fines de lucro: no exceder 5% RB o máximo de Q500, El monto de las donaciones realizadas a asociaciones y fundaciones, iglesias, partidos políticos que no: Estén legalmente constituidas, autorizadas e inscritas Cuenten con SOLVENCIA FISCAL
21 Prorrateo de costos y gastos: Los contribuyentes aplicarán a cada una de las rentas gravadas, exentas y no afectas los costos y gastos directamente asociados a cada una de las mismas. Cuando por su naturaleza no puedan aplicarse deberán distribuirse de forma directamente proporcional al monto de cada de las rentas. No obstante, el contribuyente podrá utilizar un criterio único racional de distribución, alternativo. Art. 23 del Decreto y art. 22 del Ac. Guber
22 ISR - Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos Emitir facturas con la frase Sujeto a retención definitiva / Pago Directo Resolución XXX Llevar contabilidad, cuando corresponda Presentar Declaración Mensual Actuar como agente de retención Presentar Declaración anual informativa
23 ISR Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos Determinación del Impuesto Renta bruta Rentas exentas Renta imponible Tarifa que debe aplicar Renta imponible mensual Hasta Q 30, % Excedente de Q30, %
24 Rentas de Capital Exentas Ninguna Rentas y Ganancias de Capital, Exentas y Gravadas Gravadas: Rentas de Capital Mobiliario Rentas de Capital Inmobiliario Ganancias de capital Rifas, sorteos, bingos o similares Arts. 2, 11, 83, 84 y 85 Dcto
25 Rentas de capital y Ganancias de Capital Tipos impositivos Dividendos o repartición de excedentes
26 Gestión del pago del ISR en Rentas de Capital y Ganancias de Capital Retención Rentas de capital mobiliario e inmobiliario Premios, rifas, sorteos, bingos y similares Pago directo Rentas de capital no sujetas a retención Ganancias de capital
27 Obligación Formal de: Actuar como Agente Retenedor Retenciones del ISR y pago oportuno del impuesto ante la Administración Tributaria
28 De la retención, agentes de retención y la responsabilidad solidaria Artículos 13, 16, 47, 75, 86 y 105 del libro I de la Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes.
29 Obligados como agentes de retención Universidades, colegios, asociaciones, fundaciones, partidos políticos, sindicatos, iglesias, colegios prof. y otros entes asociativos Personas que lleven contabilidad completa de acuerdo con esta ley, Código de Comercio u otras leyes El incumplimiento de la obligación de retener se sanciona de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Las ENL son sujetas de retención Los fideicomisos, contratos en participación, copropiedades, comunidades de bienes Organismos del Estado y sus entidades descentralizadas, autónomas, las municipalidades y sus empresas Art. 13, 16, 47, 75, 86, 99 y 105 Dcto
30 Actividades Lucrativas - Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos Determinación de las facturas sujetas a Retención Tarifas de retención 5% hasta Q30, sin IVA 7% sobre el excedente de Q30, Obligación de acompañar anexo de retenciones Cálculo de la retención Realizar el Pago de retenciones SAT-1331 Emitir la constancia de retención SAT-1911 Art. 48 Dcto
31 Caso práctico para retención en pago de dietas Forma de contratación Monto Pago del ISR Relación de dependencia con entidad que paga las dietas. Q 5, Relación de dependencia con entidad distinta a la que paga dietas (no afiliado a régimen de tributación del ISR en Actividades Lucrativas). Técnico inscrito en el régimen simplificado sobre ingresos de Actividad Lucrativas del ISR (Sujeto a retención). Q 5, Q 5, Retención del 5% sobre el monto de Q5, más 3% de timbres fiscales. NOTA: en ningún de estos casos se debe emitir factura. Art. 9 RLILAT
32 Caso práctico para retención en pago de dietas Forma de contratación Monto Pago del ISR Técnico inscrito en el régimen simplificado sobre los ingresos de Actividades Lucrativas del ISR (Sujeto a pago directo) Q 5, Pago directo a través de formulario SAT-1311, aplica el 5% sobre Q5,000.00; más 3% de timbres fiscales. (No facturar, debe emitir recibo) Profesional inscrito en el régimen sobre las utilidades de Actividades Lucrativas del ISR (no tiene relación de dependencia). Q 5, Incluye el ingreso en la declaración trimestral que corresponda y paga 3% de timbres fiscales. (No facturar, debe emitir recibo) Art. 9 RLILAT
33 Caso práctico para retención en pago de dietas Forma de contratación Monto Pago del ISR Contribuyente inscrito en el régimen de pequeño contribuyente. Q 5, Sujeto al 5% sobre Q5,000.00; debe emitir factura: Si el pagador es Agente de Retención del IVA, efectúa la retención en RetenIVA, En caso contrario el contribuyente paga directamente en formulario mensual SAT 2046 NOTA: No paga timbres fiscales ni emite recibo. Art. 9 RLILAT
34 Ejemplo de la retención en pago de dietas La Asociación Apoyando a Guate, pagará dietas por Q4,500.00, a la Sra. Margoth López quien es miembro de la Junta Directiva de la entidad. Información adicional: La Sra. López no trabaja en relación de dependencia con la asociación y está inscrita ante SAT en el Régimen Opcional Simplificado. Efectúe el cálculo de las retenciones y el monto total a pagar. Conceptos Valores Impuesto Sobre la Renta a retener Q 4, * 5% = Q Q Q 0.00 * 7% = Q 0.00 Impuesto de Timbres Fiscales a Retener: Q 4, * 3% = Q Cifra a cancelar Q 4, Q Q Q 4,140.00
35 Rentas del Trabajo Gestión del impuesto Proyección y Modificación Mediante formulario SAT-1901 Obligación de presentar liquidación anual Trabajador con más de un patrono Liquidación y devolución Cálculo de la retención Constancia de retenciones SAT-1921 Arts. 75 al 81 Dcto Pago de retenciones Tarifas de retención 5% hasta Q300, % sobre excedente Q300,000.00
36 Rentas de Capital Rentas de capital mobiliario Excepto: dividendos o excedentes Rifas, premios, sorteos y similares Rentas de capital inmobiliario
37 3% Rentas pagadas a No Residentes Sin Establecimiento Permanente Proyecciones, transmisiones o difusiones de imágenes y sonido. 5% Transporte, primas de seguro y fianzas. Telefonía, transmisión de datos y comunicaciones internacionales. Los dividendos. 10% Intereses (Excepto: Instituciones reguladas en su país de origen según la Ley de Bancos y Grupos Financieros). 15% Sueldos y similares. Pagos a artistas y deportistas. Regalías, honorarios, asesoramientos. Art. 104 Dcto % Otras rentas no especificadas.
38 Infracciones y sanciones relacionadas con retenciones de impuestos Infracción: Falta de retención Sanción: Multa equivalente al impuesto dejado de retener Infracción: Pago extemporáneo Sanción: 100% de multa sobre el impuesto retenido no enterado en el plazo establecido Infracción: Constancia de retención no extendida o hecha fuera de tiempo. Sanción: Q1, por cada constancia no entregada a tiempo Artículo 94 numeral 7 del Código Tributario y sus reformas Artículos 58 y 91 del Código Tributario y sus reformas Artículo 94 numeral 18 del Código Tributario y sus reformas
39 LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Decreto No del Congreso de la República de Guatemala
40 Exenciones generales para ENL Exento Donaciones y aportes Cuotas ordinarias y extraordinarias Servicios prestados por entidades no lucrativas Gravado Ventas Otros, distintos a los mencionados por la Ley del IVA Condiciones Debidamente inscrita y registrada ante la SAT No distribuir utilidades entre los integrantes No tengan por objeto el lucro Art. 7 LIVA
41 Actos Gravados Art. 3 Decreto Venta o permuta de bienes Prestación servicios Importaciones Arrendamientos Primera venta o permuta de inmuebles Donaciones entre vivos
42 Débito y Crédito Fiscal Débito Fiscal Impuesto incluido en las ventas del contribuyente IVA que debe pagar Crédito Fiscal Impuesto incluido en las compras del contribuyente IVA que puede recuperar Arts. 14 y 15 LIVA
43 Principales obligaciones para ENL cuando son contribuyentes del IVA Determinar el impuesto: Diferencia entre débitos y créditos Operar un libro de compras y otro de ventas Declarar durante el mes calendario inmediato siguiente Autorizar ante la SAT facturas y documentos Presentar declaración: Con o sin valor a pagar Aún si no tuvo movimiento (Formulario SAT-2237) Exigir facturas por las compras realizadas o servicios adquiridos Arts. 14 al 22, 29 al 40 LIVA
44 LEY DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD Decreto No del Congreso de la República de Guatemala
45 Exenciones en el ISO para ENL Asociaciones, fundaciones, cooperativas centros educativos partidos políticos entidades religiosas y de servicio social Legalmente constituidas y autorizadas Totalidad de ingresos y su patrimonio destinados a los fines de su creación No distribuyan beneficios, utilidades o bienes Caso contrario no serán sujetos de esta exención Art. 7 LIVA
46 LEY DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS Decreto No del Congreso de la República de Guatemala
47 Sujeto pasivo y hecho generador Sujeto Pasivo Hecho generador Quienes emitan, suscriban u otorguen documentos que contengan actos o contratos objeto del impuesto La emisión, suscripción u otorgamiento de tales documentos Art. 3 Dto
48 Exenciones en el Impto. De Timbres para ENL Autorizadas por la ley Asociaciones, Fundaciones o Instituciones de asistencia pública o de servicio social a la colectividad Culturales, gremiales, científicas, educativas, artísticas o deportivas Sindicatos de trabajadores, asociaciones solidaristas e instituciones religiosas No tener por objeto el lucro No distribuyan utilidades o dividendos No destinen sus fondos a fines distintos a los previstos en sus estatutos o documento constitutivo Art. 7 LIVA
49 Ventas y permutas de bienes inmuebles Art. 170 del Decreto Adiciona el numeral 9 al artículo 2. Incorpora como hecho generador la 2ª y subsiguientes ventas o permutas de bienes inmuebles. Art. 171 Decreto Adiciona un tercer párrafo al artículo 19. Se establece el valor de la base imponible de la 2ª o subsiguientes ventas o permutas de bienes inmuebles, el que sea mayor entre los siguientes: A) El consignado bajo juramento en la escritura pública por quien vende, permuta y adquiere; B) El establecido por un valuador autorizado; o, C) El inscrito en la matrícula fiscal o Municipal.
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51 Qué encontrará en la Agencia Virtual? Consultas Datos del contribuyente Autorizaciones Declaraciones Información de vehículos Constancias Retenciones del IVA Exenciones del IVA Gestiones Ratificación de datos Impresión de constancia de inscripción (RTU) Cambio de contador
52 Proceso para obtener servicio de la Agencia Virtual Tener actualizado el DPI Presentarse a CENSAT Central u Oficina Tributaria de Escuintla con DPI en original y fotocopia Solicite acceso desde portal de SAT llenando formulario electrónico Contar con correo electrónico CENSAT recibe documentación y activa usuario Ingrese al portal de SAT con usuario y contraseña Consulte y realice gestiones
53 Contáctenos Call Center: 1550
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