Tribunal Superior de Justicia. de La Rioja. Secretaría de Gobierno

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1 CIRCULAR 3/2015, de 19 de noviembre, DEL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA, PARA LA EXTENSIÓN DE LA FUNCIONALIDAD DE LA PRESENTACIÓN DE ESCRITOS DE TRÁMITE A TRAVÉS DEL SISTEMA LEX-NET A LA JURISDICCIÓN PENAL. La funcionalidad de la Plataforma Lexnet para la presentación de documentos, escritos de trámite, así como el traslado de copias, es una realidad en todos los Órganos Judiciales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a excepción de los Órganos Judiciales de la Jurisdicción Penal. La actual normativa en esta materia exige realizar un proceso progresivo para implantación de dicho Sistema en todas las Oficinas Judiciales, Órganos Judiciales y Partidos Judiciales en la Comunidades Autónoma de La Rioja. Por ello ha llegado el momento de dar un paso más en la utilización de las comunicaciones electrónicas y extender la funcionalidad de presentación de escritos de trámite a las Oficinas Judiciales penales de todas las instancias penales y a los órganos especializados en Violencia sobre la Mujer y Menores. Asimismo se incluye a la Fiscalía de Menores del T.S.J. de La Rioja por así haberse solicitado por la Fiscalía Superior de este T.S.J. En esta Circular se trata de abordar las peculiaridades de esta jurisdicción a fin de que también en la Jurisdicción Penal sea efectiva esta funcionalidad en todos los Órganos Judiciales que se incluyen y a todos los operadores jurídicos incluidos en su ámbito de aplicación. 1

2 1º- Ámbito de aplicación. Esta Circular es de aplicación a las Oficinas Judiciales de los Juzgados de Instrucción de Logroño, Calahorra y Haro, a los Juzgados de lo Penal de Logroño, a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, al Juzgado y Fiscalía de Menores, a la Sección Penal de la Audiencia Provincial y a la Sala de lo Penal del TSJ. Asimismo, será de aplicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Logroño. La presentación telemática de escritos de trámite en tanto no se disponga otra cosa, se realizará en el orden jurisdiccional penal por todos los firmantes de los Protocolos 1, 2, 3 y 4 del año 2014 y por los Letrados de los Servicios Jurídicos de la CCAA, por los Servicios Jurídicos de la Seguridad Social y por el Servicio Público Estatal de Empleo. Asimismo será de aplicación, en cuánto técnicamente sea posible, con la Entidad Pública ejecutante que asuma las competencias en materia de menores (en la actualidad Sección de Justicia y Menores del Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia de la Dirección General de Justicia e Interior del Gobierno ) así como aquellos otros organismos o entidades que, por su particular relación con la administración de justicia soliciten ser dados de alta en el sistema LEXNET. 2º.- Reglas generales para la presentación de escritos de trámite y documentos. Regla general: Los escritos de trámite y los documentos que se acompañan a los mismos, dirigidos a los órganos de la Jurisdicción Penal, se presentarán por vía telemática a través del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet. 2

3 Rigen para la forma de presentación las normas establecidas en las Instrucciones 2/2014 y 4/2014 dictadas por el Secretario de Gobierno del TSJ y Guía dictada al efecto (Anexo V). En consecuencia: a) Los escritos de trámite se dirigirán al órgano que esté conociendo del asunto y al procedimiento cuyo código habrá de coincidir con los relacionados en las tablas que se acompañan en el Anexo II. b) En las diligencias urgentes de juicios rápidos, los escritos de defensa que no se formulen oralmente o de forma inmediata ante el Instructor, se presentarán de forma telemática dentro del plazo fijado: 1. Al Juzgado de lo Penal que por turno corresponda cuando se tenga conocimiento del número de juicio rápido asignado a las Diligencias Urgentes así como del Juzgado de lo Penal al que se ha turnado. A tal efecto los Juzgados de lo Penal notificarán a los abogados personados, VÍA LEXNET y a la mayor brevedad posible, la recepción y número de Juicio Rápido asignado. 2. De no conocerse el número de Juicio Rápido y el Juzgado de lo Penal competente el escrito de defensa se dirigirá al Juzgado Instructor, con el número de Diligencias Urgentes, para su remisión inmediata al Juzgado de lo Penal competente para su enjuiciamiento. A tal efecto, no se elevará la causa hasta tanto no haya transcurrido el plazo de presentación del escrito de defensa. Excepciones: Queda excluida de la aplicación de esta Circular y se presentarán en dispositivo electrónico (en la forma recogida en el Anexo III) en la oficina de Registro y Reparto correspondiente, Juzgado de Menores, Audiencia Provincial o Sala del TSJ, los escritos siguientes: 3

4 a) Los escritos presentados por el Ministerio Fiscal. b) Los escritos sujetos a plazo cuando el día de vencimiento se encuentre interrumpido el servicio. En este caso, deberá acompañarse el justificante de la incidencia que genere el sistema, acreditativa de la interrupción del servicio o certificación del respectivo Colegio Profesional o del Letrado de la Administración de Justicia correspondiente, acreditativa de la misma. c) Todos aquellos escritos que aun no teniendo plazo de vencimiento, la demora en la presentación pudiera causar perjuicio a las partes por afectar a derechos fundamentales o requieran un pronunciamiento inmediato por parte del Juzgado o Tribunal, siempre que el día de presentación se hubiere interrumpido el servicio. d) Escritos dirigidos a procedimientos antiguos que no estuvieran dados de alta en el sistema de gestión procesal Minerva, sin perjuicio de una vez dados de alta por la correspondiente oficina, se presentarán los escritos de trámite de forma telemática. e) Escritos de personación en procedimientos aún no incoados en los Juzgados, Audiencia Provincial o Sala del TSJ. f) Escritos iniciadores de Recurso de Queja en la Audiencia Provincial y Sala de lo Penal del TSJ. g) Documentos originales cuando hayan sido requeridos por el Juzgado. h) Escritos y documentos adjuntos cuando el servicio de comunicaciones telemáticas resultase insuficiente para su presentación. 4

5 5º.- Cancelaciones de escritos de trámite, Rechazos y Devoluciones. Cuando el sistema rechace automáticamente un escrito de trámite, lo cancele y lo devuelva al presentador, el envío deberá ser subsanado o corregido por el remitente en el mismo día o al siguiente. Si después del segundo intento vuelve a ser rechazado, deberá comunicar dicha circunstancia al Decanato, A.P. o Sala del TSJ que corresponda (comunicando datos del presentante, del Juzgado y procedimiento de destino, partes, y fechas de envío y rechazo -se facilitará impreso al efecto-), que a su vez lo hará saber al Juzgado de destino. Todo ello sin perjuicio de que en caso de tratarse de escritos que puedan afectar a derechos fundamentales o que exijan un respuesta inmediata del órgano decisor por la materia a la que se refieren, puedan presentarse en soporte o dispositivo electrónico, en la oficina de Registro y Reparto de los Juzgados de instrucción, de los Juzgados de lo Penal o ante el Juzgado o Fiscalía de Menores, o la Audiencia Provincial o la Sala de lo Penal del TSJ u órgano competente. En los demás supuestos se estará a lo recogido en la Guía Práctica (Anexo V de esta Circular). 6º.- Calendario de implantación. El calendario de implantación de la nueva funcionalidad de Lexnet recogida en esta Circular será el contenido en el Anexo I. 7.- Entrada en vigor. La presente Circular entrará en vigor el día 23 de noviembre de 2015, excepto para la presentación de escritos por parte del Ministerio Fiscal, cuya fecha de entrada en vigor será objeto de una nueva Circular. 5

6 Para general conocimiento y cumplimiento por todos los incluidos en su ámbito de aplicación, comuníquese esta Circular Informativa a todos los Ilustres Sres. Letrados de la Administración de Justicia destinados en la Comunidad Autónoma, a los Excelentísimos Sres. Decanos de los Colegios de Procuradores, Abogados y Graduados Sociales, a la Ilma. Abogada del Estado Jefe, al Ilmo. Sr. Director General de los Servicios Jurídicos del Gobierno, a la Ilma. Directora General de Justicia del Gobierno y a la Junta de Personal. Asimismo, dese cuenta de la misma al Ministerio de Justicia, a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, a los Ilustrísimos Sres. Jueces Decanos y a la Fiscalía Superior de esta Comunidad Autónoma. Remítase a la Secretaría General de la Administración de Justicia para su debida publicación en el Portal de la Administración de Justicia. Contra la presente Circular y de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de Alzada ante el Órgano Superior Jerárquico del que la dictó, esto es, ante el Secretario General de la Administración de Justicia, en el plazo de un mes. La interposición del recurso podrá plantearse ante esta o ante el Órgano competente para su resolución y ello, sin perjuicio de lo establecido en los párrafos 1º y 4º del artículo 83-2 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. En Logroño a 19 de noviembre de 2015 EL SECRETARIO DE GOBIERNO 6

7 ANEXO I CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN 1º.- Del 23 al 30 de noviembre de 2015 podrán presentarse los escritos de trámite alternativamente, bien en soporte papel, bien a través de Lexnet. 2º.- A partir del 1 de diciembre de 2015, en todos los órganos de la Jurisdicción Penal (incluida la Fiscalía de Menores), deberán presentarse los escritos de trámite únicamente a través de Lexnet. No obstante, en las excepciones recogidas en esta Circular, podrán presentarse en soporte electrónico. 1

8 ANEXO II CODIGOS DE PROCEDIMIENTO JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Clase ASS RA RAL RP AF ASI AV CUA CUP DPA DUD EJP EJ GUB HC IJG IN IE IT JF FAI LEI Descripción ABSTENCION SECRETARIOS JUDICIALES ACLARACION ALZADA APELACION APELACION DE FALTAS JDO.PAZ AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE LEY 31/2010 AVERIAS DE MAR CUENTA DEL ABOGADO CUENTA DEL PROCURADOR DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO DILIGENCIAS URGENTES/JUICIO RAPIDO EJECUCION PROVISIONAL RESPONSABILIDAD CIVIL EJECUTORIA EXPEDIENTE GUBERNATIVO HABEAS CORPUS IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA GRATUITA INDETERMINADAS INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS INTERNAMIENTOS JUICIO DE FALTAS JUICIO DE FALTAS INMEDIATO JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 1

9 LEV PID PP PS PTC PMU PJG NUL PAR PRC PC PMF PHA PCP PDP POP PRF RQ RF RV SU JU JUICIO SOBRE DELITOS LEVES PIEZA DE INDULTO PIEZA DE PENSION PROVISIONAL PIEZA DE SITUACION PERSONAL PIEZA DE TASACION DE COSTAS PIEZA IMPOSICION MULTAS COERCITIVAS PIEZA IMPUGNACION JUSTICIA GRATUITA PIEZA NULIDAD DE ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL PIEZA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA PIEZA SANCIONES MALA FE PROCESAL PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PROCURADOR PIEZA SEPARADA DEL ARTÍCULO LECRIM PIEZA SITUACION PERSONAL ORDEN DE PROTECCION PROVISION DE FONDOS AL PROCURADOR QUEJA REFORMA REVISION SUMARIO (PROC.ORDINARIO) TRIBUNAL DEL JURADO 2

10 JUZGADO DE LO PENAL ABSTENCION SECRETARIOS ASS JUDICIALES RA ACLARACION RP APELACION AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE ASI ley 31/2010 EER AUXILIO JUDICIAL EUROPEO EIN AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL AJN AUXILIO JUDICIAL NACIONAL CUA CUENTA DEL ABOGADO CUP CUENTA DEL PROCURADOR EJECUCION PROVISIONAL EJP RESPONSABILIDAD CIVIL EJ EJECUTORIAS GUB EXPEDIENTE GUBERNATIVO IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA IJG GRATUITA JR JUICIO RAPIDO PIEZA DE ACUMULACION DE PCO CONDENAS PID PIEZA DE INDULTO PP PIEZA DE PENSION PROVISIONAL PC PIEZA DE RESP. PECUNIARIA PS PIEZA DE SITUACION PERSONAL PTC PIEZA DE TASACION DE COSTAS PIEZA IMPOSICION MULTAS PMU COERCITIVAS PIEZA IMPUGNACION JUSTICIA PJG GRATUITA PIC PIEZA INDIVIDUAL DEL CONDENADO PIEZA INDIVIDUAL DEL CONDENADO NUL EXTRAORDINARIAS PAR PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS 3

11 PRC PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL PMF PIEZA SANCIONES MALA FE PROCESAL PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PHA ABOGADO PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PCP PROCURADOR PIEZA SITUACION PERSONAL ORDEN POP DE PROTECCION PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO PROVISION DE FONDOS AL PRF PROCURADOR RQ QUEJA REC RECURSO ANU RECURSO DE ANULACION RVP RECURSO VIGILANCIA PENITENCIA RF REFORMA RV REVISION JUZGADO DE MENORES Clase Descripcion ASI AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE LEY 31/2010 CUA CUENTA DEL ABOGADO CUP CUENTA DEL PROCURADOR PDF DILIG. RESTRICTIVAS DE DERECHOS FUNDAMENTALES EJE EJECUCION EJC EJECUCIÓN CIVIL EXR EXPEDIENTE DE REFORMA IJG IMPUGNACION JUSTICIA GRATUITA PMC PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES PP PIEZA DE PENSION PROVISIONAL PCV PIEZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PSE PIEZA DE SECRETO DE EXPEDIENTE 4

12 PTC PIEZA DE TASACION DE COSTAS PAR PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS PHA PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO PCP PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PROCURADOR APE RECURSO DE APELACION QUE RECURSO DE QUEJA REF RECURSO DE REFORMA PRC RESPONSABILIDAD CIVIL JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA CLASE DESCRIPCION ABO ABONO PRISION PROVISIONAL ASA ASUNTOS SANITARIOS CLA CLASIFICACION COM COMUNICACIONES IND INDETERMINADAS LCO LIBERTAD CONDICIONAL LRE LIMITACION REGIMENTAL MSE MEDIDAS DE SEGURIDAD MCO MEDIOS COERCITIVOS PDE PERMISOS DENEGADOS PER PERMISOS PROPUESTOS PYQ PETICIONES Y QUEJAS REE REDENCIONES EXTRAORDINARIAS RCO REFUNDICION DE CONDENA SAN SANCIONES SAU SOLICITUD DE AUDIENCIA TRA TRABAJOS BENEFICIO COMUNIDAD 5

13 AUDIENCIA PROVINCIAL CLASE DESCRIPCION ASS ABSTENCION SECRETARIOS JUDICIALES RT APELACION AUTOS RAI APELACION FALTAS INMEDIATAS RJ APELACION JUICIO DE FALTAS ADI APELACION JUICIO INMEDIATO DELITOS LEVES RJR APELACION JUICIO RAPIDO ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES RP APELACION PROCTO. ABREVIADO ASI AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE LEY 31/2010 CUA CUENTA DEL ABOGADO CUP CUENTA DEL PROCURADOR CC CUESTION DE COMPETENCIA EJP EJECUCION PROVISIONAL RESPONSABILIDAD CIVIL EJE EJECUTORIA GUB EXPEDIENTE GUBERNATIVO IJG IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA GRATUITA IAB INCIDENCIA DE ABSTENCION PCO PIEZA DE ACUMULACION DE CONDENAS PID PIEZA DE INDULTO PP PIEZA DE PENSION PROVISIONAL PAG PIEZA DE PERDON DEL AGRAVIADO PC PIEZA DE RESP. PECUNIARIA PS PIEZA DE SITUACION PERSONAL PTC PIEZA DE TASACION DE COSTAS PMU PIEZA IMPOSICION MULTAS COERCITIVAS PJG PIEZA IMPUGNACION JUSTICIA GRATUITA PIC PIEZA INDIVIDUAL DEL CONDENADO NUL PIEZA NULIDAD DE ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS 6

14 PAR PRC PMF PHA PCP POP PA PO PRF RAM ANU RQE RVP RAP RCA TJ PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL PIEZA SANCIONES MALA FE PROCESAL PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PROCURADOR PIEZA SITUACION PERSONAL ORDEN DE PROTECCION PROCEDIMIENTO ABREVIADO PROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO PROVISION DE FONDOS AL PROCURADOR R.APELACION ST MENORES RECURSO APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO RECURSO QUEJA RECURSO VIGILANCIA PENITENCIARIA RECURSOS DE APELACION RECURSOS DE CASACION TRIBUNAL DEL JURADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO PENAL ASS RT ASI EER EIN AJN RCA CUA CUP CCT DPA ABSTENCION SECRETARIOS JUDICIALES APELACION AUTOS AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE LEY 31/2010 AUXILIO JUDICIAL EUROPEO AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL AUXILIO JUDICIAL NACIONAL CASACION CUENTA DEL ABOGADO CUENTA DEL PROCURADOR CUESTIONES DE COMPETENCIA DILIGENCIAS PREVIAS 7

15 EJP EJE GUB IJR IAB IND JF LEV PZ9 PCO PID PTC PMU PJG PIC NUL PAR PRC PC PMF PHA PCP POP P13 PA SU PRF RAJ QUE JU EJECUCION PROVISIONAL RESPONSABILIDAD CIVIL EJECUTORIA EXPEDIENTE GUBERNATIVO IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA GRATUITA INCIDENCIA DE ABSTENCION INDETERMINADAS JUICIO DE FALTAS JUICIO SOBRE DELITOS LEVES PENSION PROVISIONAL PIEZA DE ACUMULACION DE CONDENAS PIEZA DE INDULTO PIEZA DE TASACION DE COSTAS PIEZA IMPOSICION MULTAS COERCITIVAS PIEZA IMPUGNACION JUSTICIA GRATUITA PIEZA INDIVIDUAL DEL CONDENADO PIEZA NULIDAD DE ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL PIEZA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA PIEZA SANCIONES MALA FE PROCESAL PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PROCURADOR PIEZA SITUACION ORDEN DE PROTECCION PIEZA SITUACION PERSONAL PROCEDIMIENTO ABREVIADO PROCEDIMIENTO SUMARIO PROVISION DE FONDOS AL PROCURADOR RECURSO DE APELACION AL JURADO RECURSO DE QUEJA TRIBUNAL DEL JURADO 8

16 ASS ABSTENCION SECRETARIOS JUDICIALES RT APELACION AUTOS ASI AUTORIZ. SOLICITUD INFORMACION UE LEY 31/2010 EER AUXILIO JUDICIAL EUROPEO EIN AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL AJN AUXILIO JUDICIAL NACIONAL RCA CASACION CUA CUENTA DEL ABOGADO CUP CUENTA DEL PROCURADOR CCT CUESTIONES DE COMPETENCIA DPA DILIGENCIAS PREVIAS EJP EJECUCION PROVISIONAL RESPONSABILIDAD CIVIL EJE EJECUTORIA GUB EXPEDIENTE GUBERNATIVO IJR IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA GRATUITA IRJ IMPUGNACION DENEGACION JUSTICIA GRATUITA IAB INCIDENCIA DE ABSTENCION IND INDETERMINADAS JF JUICIO DE FALTAS LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES PZ9 PENSION PROVISIONAL PCO PIEZA DE ACUMULACION DE CONDENAS PID PIEZA DE INDULTO PTC PIEZA DE TASACION DE COSTAS PMU PIEZA IMPOSICION MULTAS COERCITIVAS PJG PIEZA IMPUGNACION JUSTICIA GRATUITA PIC PIEZA INDIVIDUAL DEL CONDENADO PIEZA NULIDAD DE ACTUACIONES NUL EXTRAORDINARIAS PAR PIEZA RECONSTRUCCION AUTOS PRC PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL PC PIEZA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA PMF PIEZA SANCIONES MALA FE PROCESAL PHA PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE ABOGADO PCP PIEZA SEPARADA DE CUENTA DE PROCURADOR POP PIEZA SITUACION ORDEN DE PROTECCION P13 PIEZA SITUACION PERSONAL PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO SU PROCEDIMIENTO SUMARIO PRF PROVISION DE FONDOS AL PROCURADOR RAJ RECURSO DE APELACION AL JURADO QUE RECURSO DE QUEJA JU TRIBUNAL DEL JURADO 9

17 FISCALIA DE MENORES Clase OTD AUX CEJ DTR DIP EXR PRC ASE RVI CON RSO Descripcion ASUNTO DE OTRA NATURALEZA AUXILIO FISCAL CONTROL DE EJECUCION DERECHO TRANSITORIO DILIGENCIAS PRELIMINARES EXPEDIENTE DE REFORMA PIEZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL S.EXTRAJUDICIAL: ACTIVIDADES SOCIO- EDUCATIVAS SOL.EXTRAJUDICIAL: REPARACION A LA VICTIMA SOLUCION EXTRAJUDICIAL: CONCILIACION SOLUCION EXTRAJUDICIAL: REPARACION SOCIAL 10

18 ANEXO III 1º Requisitos mínimos que han de cumplir los dispositivos electrónicos externos y sus documentos adjuntados para la presentación de los mismos. Los soportes electrónicos admitidos para la aportación de la documentación habrán de ser: a. Lápiz de memoria USB ( Pendrive ). b. CD-ROM o DVD. Los mismos habrán de venir libres de virus. En caso de detectarse virus en el dispositivo no se procederá a la descarga del escrito y/o documentos, en su caso. Los documentos recogidos en dichos soportes electrónicos externos tendrán que cumplir las siguientes características técnicas: c. Formato de los documentos tendrá que ser PDF/A (versión 1.7 o superior). Deberá permitir la búsqueda dentro del documento (OCR). d. Resolución mínima de escaneo: 200 ppp en B/N. (OCR). 2º Lugar y forma de presentación de los soportes electrónicos: a. Los soportes electrónicos se presentarán en las oficinas de registro y reparto de los órganos judiciales de la CCAA, Audiencia Provincial, Sala del TSJ y Juzgado de Menores. Además también deberán presentarse en la Fiscalía de Menores en el caso de concurrir alguno de los supuestos excepcionados de la presentación telemática. b. El soporte electrónico se depositará en un sobre (con el nombre del presentante) que deberá ir cosido a un formulario, que se adjunta como Anexo IV c. Una vez presentado se sellará el formulario junto con la copia que servirá de resguardo acreditativo de la presentación. La fecha que conste servirá para acreditar a todos los efectos el día de presentación del escrito d. Los escritos y/o documentos serán integrados en el Sistema informático de Gestión Procesal. e. Los dispositivos utilizados se introducirán de nuevo en el sobre para ser devueltos al presentante. 1

19 ANEXO IV (FORMULARIO) AL (ORGANO QUE CORRESPONDA).. Presentación excepcional en dispositivo electrónico de escrito de trámite del orden Jurisdiccional Penal: Características del dispositivo y documento: USB, CD ROM ó DVD, libre de virus Formato PDF/A (versión 1.7 o superior). Deberá permitir la búsqueda dentro del documento (OCR) Resolución mínima de escaneo: 200 pp en B/N (OCR) PRESENTANTE JUZGADO DE DESTINO PROCEDIMIENTO DE DESTINO CAUSA DE LA PRESENTACIÓN EXCEPCIONAL: Interrupción del servicio en el día de vencimiento de escrito sujeto a plazo (+ justificante de la incidencia generada por el sistema o certificación del Colegio Profesional o de Letrado de la Administración de Justicia) Interrupción del servicio en el día de la fecha, tratándose de escrito cuya demora en la presentación puede causar perjuicio a las partes (derechos fundamentales, requiere pronunciamiento inmediato por parte del Juzgado, ) (+ justificante de la incidencia generada por el sistema o certificación del Colegio Profesional o de Letrado de la Administración de Justicia) Escrito dirigido a procedimiento antiguo, no dado de alta en el sistema de gestión procesal Minerva Escrito de personación en procedimiento aún no incoado Escrito iniciador de Recurso de Queja en la Audiencia Provincial o Sala de lo Penal del TSJ Documentos originales requeridos por el Juzgado (+ copia de la resolución del órgano judicial requiriendo dicha presentación) Insuficiencia del sistema para la presentación del escrito por el tamaño del documento (+ justificante del sistema de haberse intentado la presentación y no haberse podido llevar a efecto por exceder a la cabida) Lugar, fecha y firma 1

20 ANEXO V GUIA PRÁCTICA PARA LA PRESENTACIÓN TELEMATICA DE ESCRITOS Y DOCUMENTOS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA INFORMATICA DE TELECOMUNICACIONES LEXNET, EL TRASLADO DE COPIAS ENTRE PROCURADORES Y LA REALIZACION DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN. 1

21 I N D I C E 1º- ESCRITOS INICIDORES Y ESCRITOS DE TRÁMITE PAG. 4 2º- MATERIAS PARA REPARTO PREFERENTE PAG. 7 3º- SOLICITUDES DE EJECUCIÓN PAG. 7 4º- CÓDIGOS PARA ESCRITOS DE TRAMITE PAG. 8 5º- DATOS A CONSIGNAR EN LAS DEMANDAS PAG. 14 6º- DOCUMENTOS QUE ACCOMPAÑAN A LA DEMANDA PAG. 15 7º- DATOS A CONSIGNAR EN LOS ESCRITOS DE TRÁMITE PAG. 15 8º- INTRODUCCION DATOS INTERVINIENTES PAG.16 9º- JUSTIFICANTE Y COMPROBANTE DE LA PRESENTACIÓN TELEMATICA DE ESCRITOS PAG º- COPIAS PAG º- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES PAG º- DEMANDAS DIMANANTES DE OTRO PROCEDIMIENTO PAG º- TRASLADO DE COPIAS EN SUPUESTOS ESPECIALES PAG º- ESCRITOS TRANSACCIONALES PAG º- FIRMA DE LETRADO Y DE LA PARTE CUANDO NO ACTUE REPRESENTADA PAG º- PRESENTACIÓN DE ESCRITOS POR LETRADOS CUANDO ACTUEN SIN REPRESETACIÓNTECNICA PAG º- REALIZACIÓN DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN A TRAVÉS DE LEXNET PAG º- HORARIO DE REALIZACIÓN DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN A LOS PROFESIONALES A TRAVÉS DE LEXNET PAG. 25 2

22 19º- ACTOS DE COMUNICIACIÓN REALIZADOS A LOS LITIGANTES EN PERSONA PAG º-DEVOLUCIONES DE ESCRITOS AL SERVICIO DE REGISTRO Y REAPARTO (DECANATO) PAG º- TRASLADO DE COPIAS Y DOCUMENTOS POR EL JUZGADO PAG º- BASES DE DATOS DE PROFESIONALES EN EL SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL MINERVA PAG º- RECIPROCIDAD PAG º- ACREDITACIÓN DE LA IMPOSIBILIDAD DE ENVÍO PAG º- RECOMENDACIONES PAG. 31 Actualmente, y con base a las Instrucciones nº 2/2014 de la Secretaría General de la Administración de Justicia y nº 2/2014 y nº 4/2014 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, se viene desarrollando en los Partidos Judiciales de la Comunidad Autónoma la implementación de la funcionalidad que faculta la presentación de escritos iniciadores y de trámite y documentos, traslado de copias y realización de los actos de comunicación a través de sistema informático de telecomunicaciones Lexnet, cuyos aspectos prácticos se han venido reflejando es esta Guía La Instrucción nº 4/2014 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia extiende las funcionalidades descritas ( excepto lo relativo al traslado de copias), al colectivo de Letrados del Ilustre Colegio, con el fin de incluir las peculiaridades que les afectan, orientar a los profesionales, para evitar en la medida de lo posible la inseguridad que siempre generan los cambios en el ámbito de la tecnología y conseguir que los criterios y pautas de actuación sean uniformes, ha de avanzarse en el desarrollo de dichas Instrucciones Además se hace necesario coordinar la relación de intercambio entre los órganos judiciales y la oficina de Registro y Reparto (Decanato) estableciendo unas reglas para la devolución de asuntos y escritos, con el único fin de que los errores que puedan producirse en el uso de las tecnologías de la 3

23 comunicación puedan ser detectados y subsanados en el mínimo espacio de tiempo. Esta Guía se irá actualizando en la medida en que los sucesivos avances de la aplicación hagan necesario adoptar soluciones y mejoras a los problemas que surjan. En este sentido La Circular 3/2015 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia extiende la funcionalidad de presentación de escritos telemáticos a la jurisdicción penal debiendo incluir las novedades relativas a la jurisdicción, a la vez que las modificaciones operadas por la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil por la Ley 42/2015 de 6 de octubre. LAS PAUTAS QUE HAN DE SEGUIRSE SON LAS SIGUIENTES: 1º- ESCRITOS INCIADORES Y ESCRITOS DE TRÁMITE Los escritos iniciadores (demandas) y los escritos de trámite de los órdenes jurisdiccionales civil, mercantil, familia (incluida la competencia en materia civil del Juzgado de Violencia) sobre la Mujer), contencioso administrativo y social se presentarán por vía telemática, a excepción: a) Demandas de Ejecuciones del artículo 517,2.4º, 5º,6º, 7º y 8º de la Lec. (ENJ), Ejecuciones Hipotecarias y Tercerías de Dominio y de Mejor Derecho b) Solicitudes de Ejecución de resoluciones de procesos de familia dictadas en Juzgados distintos del de 1ª Instancia nº 1 (Familia) c) Escritos sujetos a plazo cuando el día de vencimiento se interrumpiera el servicio técnico. En ese caso, podrán presentarse en forma presencial, en soporte papel, en el Servicio de Registro y Reparto (Decanato), en el mismo día o en el siguiente hábil, siempre que se acompañe, en su momento, el justificante que genera el sistema de tal imposibilidad, o acompañe certificación del respectivo Colegio Profesional o del Director/Jefe del Servicio, recogiendo tal imposibilidad. 4

24 d) Escritos dirigidos a procedimientos antiguos que no estuvieran dados de alta en el sistema de gestión procesal Minerva e) Escritos civiles dirigidos a Asuntos competencia de Juzgados de Instrucción (antiguos Mixtos). f) Escritos de personación en procedimientos aún no incoados en los Juzgados de Logroño, o Audiencia Provincial o Salas del TSJ. g) Escritos iniciadores de Recurso de Queja en la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ y la Audiencia Provincial h) Escritos iniciadores de Ejecución de Conciliación Administrativa previa, en el orden social Estos escritos se presentarán en soporte papel en el Servicio de Registro y Reparto (Decanato) de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la Audiencia Provincial y en las diferentes Salas del T.S.J, hasta el desarrollo completo de la aplicación o de la sustitución de la forma de presentación del soporte papel en dispositivo electrónico de las excepciones que se mantengan. Los escritos de trámite en la jurisdicción penal se dirigirán de forma telemática al Juzgado de Instrucción, Juzgado de Violencia sobre la Mujer, Juzgado de Menores, Juzgado de Lo Penal, Audiencia Provincial, Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia y en su caso a la Fiscalía de Menores a excepción: a) Los escritos sujetos a plazo cuando el día de vencimiento se encuentre interrumpido el servicio. En este caso, deberá acompañarse el justificante de la incidencia que genere el sistema, acreditativa de la interrupción del servicio o certificación del respectivo Colegio Profesional o del Letrado de la Administración de Justicia correspondiente, acreditativa de la misma. b) Todos aquellos escritos que aun no teniendo plazo de vencimiento, la demora en la presentación pudiera causar perjuicio a las partes por afectar a derechos fundamentales o requieran un pronunciamiento inmediato por parte del Juzgado o Tribunal, siempre que el día de presentación se hubiere interrumpido el servicio. 5

25 c) Escritos dirigidos a procedimientos antiguos que no estuvieran dados de alta en el sistema de gestión procesal Minerva, sin perjuicio de una vez dados de alta por la correspondiente oficina, se presentarán los escritos de trámite de forma telemática. d) Escritos de personación en procedimientos aún no incoados en los Juzgados, Audiencia Provincial o Sala del TSJ. e) Escritos iniciadores de Recurso de Queja en la Audiencia Provincial y Sala de lo Penal del TSJ. f) Documentos originales cuando hayan sido requeridos por el Juzgado. h) Escritos y documentos adjuntos cuando el servicio de comunicaciones telemáticas resultase insuficiente para su presentación. Cuando se trate de uno de estos escritos se presentarán en soporte electrónico en el Servicio de Registro y Reparto de los Juzgados de Logroño, Calahorra y Haro, de la Audiencia Provincial o de la Sala de lo Penal del TSJ o en la Fiscalía de Menores. 6

26 2º- MATERIAS PARA REPARTO PREFERENTE U OBSERVACIONES EN ESCRITOS DE TRAMITE Las demandas remitidas vía Lexnet deberán hacer referencia a la materia cuando esta sea relevante para su reparto preferente. Estas son: ARRENDAMIENTOS URBANOS para desahucios 108 DERECHO DE FAMILIA para familia CAPACIDAD sobre capacidad 110 DERECHO MERCANTIL para concursos * * La Comunicación previa de Concurso (art. 5.3 de la Ley Concursal) y la Demanda de Concurso, son dos demandas independientes. En la jurisdicción Penal se hará constar que el escrito de trámite va a dirigido a una causa con preso o sobre la que haya recaído secreto de sumario. 3º- SOLICITUDES DE EJECUCIONES Tanto las Ejecuciones de Título Judicial, como las Ejecuciones Provisionales de esos mismos títulos, se presentarán por vía telemática como un escrito de trámite dirigido al procedimiento cuya ejecución se pretende. En el caso de Solicitudes de Ejecución de resoluciones de procesos de familia dictadas en Juzgados distintos del de 1ª Instancia nº 1 (Familia), estas se presentarán como demandas, exceptuadas de presentación por vía telemática (ver punto 1º de esta guía). 7

27 4º- CÓDIGOS PARA ESCRITOS DE TRÁMITE. Los escritos de trámite deberán dirigirse a procedimiento determinado cuyo código ha de venir recogido en las tablas que a continuación se relacionan: CIVIL (para Juzgados de 1ª Instancia) V04 ADOPCIÓN FAMILIA V03 CESACIÓN DEL ACOGIMIENTO FAMILIA V02 CONSTITUCIÓN DEL ACOGIMIENTO FAMILIA V36 DEFENSOR JUDICIAL MENORES E INCAPACITADOS FAMILIA SLG DISOLUCIÓN SOCIEDAD DE GANANCIALES FAMILIA DCT DIVORCIO CONTENCIOSO FAMILIA DMA DIVORCIO MUTUO ACUERDO FAMILIA ERE EF. CIV. RES. ECLESIASTICAS (SIN MEDIDAS) FAMILIA EMC EF. CIV. RES. ECLESIASTICAS CON MEDIDAS FAMILIA (M.ACUERDO) EFM EJECUCIÓN FORZOSA EN PROCESOS DE FAMILIA FAMILIA V42 ENAJENACION DE BIENES DE MENORES E INCAPACIT. FAMILIA EXE EXEQUATUR FAMILIA F01 FAML.GUARD.CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI FAMILIA CONS F02 FAML.GUARD.CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C FAMILIA FIL FILIACIÓN FAMILIA ICP INCAPACITACIÓN FAMILIA ITR INTERNAMIENTO FAMILIA LSG LIQUIDACIÓN SOCIEDAD DE GANANCIALES FAMILIA MCP MEDIDAS PROVISIONALES COETÁNEAS FAMILIA MPD MEDIDAS PROVISIONALES PREVIAS A LA DEMANDA FAMILIA MHC MODIF.MED.HIJOS NO MATR.SUP. CONTENCIOSO FAMILIA MHA MODIF.MED.HIJOS NO MATR.SUP. MUTUO ACUERDO FAMILIA MMA MODIFICACION DE MEDIDAS SUP. MUTUO ACUERDO FAMILIA MMC MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO FAMILIA CONTENCIOSO NLD NULIDAD FAMILIA OMM OPOSICIÓN MEDIDAS EN PROTECCIÓN DE MENORES FAMILIA V91 REMOCIÓN DE TUTOR FAMILIA SCT SEPARACIÓN CONTENCIOSA FAMILIA SMA SEPARACIÓN MUTUO ACUERDO FAMILIA 8

28 V90 TUTELA FAMILIA CNA CONCURSO ABREVIADO (sólo hasta que se abra la Sección) MERCANTIL CNO CONCURTSO ORDINARIO (sólo hasta que se abra la Sección) MERCANTIL V64 CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ACCIONISTAS MERCANTIL S1C SECCIÓN I (GENERAL) MERCANTIL SECCIÓN II (TODO LO RELATIVO A LA ADM. S2A CONCURSAL) MERCANTIL S3A SECCIÓN III (MASA ACTIVA) MERCANTIL S4P SECCIÓN IV (MASA PASIVA) MERCANTIL S5L SECCIÓN V LIQUIDACIÓN MERCANTIL S5C SECCIÓN V CONVENIO MERCANTIL S6C SECCIÓN VI CALIFICACIÓN MERCANTIL ICO INCIDENTE COMÚN MERCANTIL * A64 E.R.E. MERCANTIL * 171 IMPUGNACIÓN CALIFICACIÓN MERCANTIL * APROBACIÓN PROPUESTA ANTICIPOADA DE MERCANTIL PMC CONVENIO * PAC MEDIDA CAUTELAR MERCANTIL * * Registrar como piezas, poniendo como procedimiento principal la sección correspondiente del concurso EIN AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL AJN AUXILIO JUDICIAL NACIONAL V20 CESACIÓN DE AUSENCIA O FALLECIMIENTO CNC CONCILIACIÓN V14 CONSIGNACIÓN JUDICIAL CUA CUENTA DE ABOGADO ** CUP CUENTA DE PROCURADOR ** ** Escrito INICIADOR: presentar como DEMANDA Escrito de TRÁMITE: presentar como ESCRITO V24 DECLARACIÓN DE HEREDEROS DPR DILIGENCIAS PRELIMINARES DIH DIVISIÓN DE HERENCIA ENJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES ETJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES Ver punto 6º de 9

29 AFM EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO ARBITRAL EJH EJECUCIÓN HIPOTECARIA EJP EJECUCIÓN PROVISIONAL ENAJENACIÓN DE BIENES DE MENORES V42 INCAPCITADOS V44 EXPEDIENTE DE DOMINIO. EXCESO DE CABIDA V48 EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACIÓN EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL V50 TRACTO V52 EXPEDIENTE DE LIBERACIÓN DE CARGAS IRJ IMPUGNACIÓN RESOLUCIONES JUSTICIA GRATUITA 712 INDEMNIZACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS JCB JUICIO CAMBIARIO JVB JUICIO VERBAL JVC JUICIO VERBAL (D. DE RECTIFICACIÓN) JVH JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) JVD JUICIO VERBAL DESAHUCIO FALTA DE PAGO V00 JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. GENERAL. MCC MEDIDAS CAUTELARES MCP MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS MON MONITORIO MOE MONITORIO EUROPEO PMA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES POJ PIEZA DE OPOSICIÓN A LA EJECICIÓN POH PIEZA DE OPOSICIÓN A LA EJECICIÓN HIPOTECARIA PTC PIEZA DE TASACIÓN DE COSTAS POI PIEZA OCUPANTE INMUEBLE OPOSICIÓN ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO PEE PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA V86 PROTOCOLIZACIÓN DE TESTAMENTO OLÓGRAFO REC RECONSTRUCCIÓN DE AUTOS RPL RECURSO DE APELACIÓN RQJ RECURSO DE QUEJA TCD TERCERÍA DE DOMINIO TMH TERCERÍA DE MEJOR DERECHO esta guía 10

30 SOCIAL APR C56 CCO CDE CLP CUA DEM DFU DOI DSP GUB IAA IJG ILE IMC MGT MOG MON OAL PEF PIC PMC PNO PO PTC REC SAN SSS TCD TMH VAC ACTOS PREPARATORIOS CONSIGNACIÓN DESPIDO CONFLICTOS COLECTIVOS CONSIGNACIÓN DESPIDO CLASIFICACIÓN PROFESIONAL CUENTA DE ABOGADOS DEMANDA DERECHOS FUNDAMENTALES DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL DESPIDO/CESES EN GENERAL EXPEDIENTE GUBERNATIVO IMPUGNACIÓN DE ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN IMPUGNACIÓN JUSTICIA GRATUITA IMPUGNACIÓN LAUDOS MAT. ELECTORAL IMPUGNACIÓN DE CONVENIOS MODIFICACIÓN SUSTANCIAL CONDICIONES LABORALES MOVILIDAD GEOGRÁFICA MONITORIO P. OFICIO AUTORIDAD LABORAL DCHO CONCILIA VIDA PERSONAL, FAM Y LABORAL PIEZA IMPUGNACIÓN TASACIÓN COSTAS PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES PIEZA NULIDAD DE ACTUACIONES ORDINARIAS PROCEDIMIENTO ORDINARIO PIEZA TASACIÓN COSTAS PIEZA RECONSTRUCCIÓN AUTOS SANCIONES SEGURIDAD SOCIAL TERCERÍA DE DOMINIO TERCERÍA DE MEJOR DERECHO VACACIONES 11

31 Los recursos de suplicación se dirigirán como escrito de trámite al procedimiento cuya resolución es objeto de recurso, tanto el anuncio como la interposición o la impugnación. El Código del recurso de suplicación (RSU) se utilizará únicamente para la Sala de lo Social del TSJ junto con el número de recurso dado por dicho órgano. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DF ED IJG PA PEP PMU PO PSE PSS PTC CUA CUP ETJ DERECHOS FUNDAMENTALES ENTRADAS EN DOMICILIO IMPUGNACIÓN RESOLUCIÓN JUSTICIA GRATUITA PROCEDIMIENTO ABREVIADO PIEZA DE EXTENSIÓN DE EFECTOS PIEZA DE MEDIDA URGENTE PROCEDIMIENTO ORDINARIO PIEZA SEPARADA DE EJECUCIÓN PIEZA SEPARADA DE SUSPENSIÓN * PIEZA DE TASACIÓN DE COSTAS CUENTA DE ABOGADO CUENTA DE PROCURADOR EJECUCIÓN DE TÍTULO JUDICIAL PIEZAS Registrar con el nº del procedimiento principal * Registrar con el nº del procedimiento principal, añadiendo después del año "01", o "02" AUDIENCIA PROVINCIAL CUA CUENTA DE ABOGADO * CUENTA DE CUP PROCURADOR * PTC PIEZA TASACIÓN COSTAS * RPL RECURSO DE APELACIÓN RQJ RECURSO DE QUEJA 12

32 * Escrito INICIADOR : Presentar como ESCRITO en Proced. de Origen Poner RPL y su número * Escritos de TRÁMITE: Presentar como ESCRITO en CUA, CUP o PTC Y poner su número JURISDDICCIÓN PENAL Ver Anexo II de esta Circular 3/2015. Los escritos de trámite dirigidos a los JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN O VIOLENCIA SOBRE LA MUJER a los procedimientos cuyos códigos sean DPA y DUD se mantendrán en toda la tramitación en esta instancia. Cuando dichos procedimientos se eleven a los JUZGADOS DE LO PENAL se dirigirán a los procedimientos cuyos códigos sean PA y JR durante toda la tramitación hasta sentencia. Dictada sentencia los escritos de trámite se dirigirán a las EJ, una vez incoada. 13

33 5º- DATOS A CONSIGNAR EN LAS DEMANDAS. En las demandas se deberán consignar los datos siguientes y de la forma que a continuación se detalla: DEMANDA CIVIL ÓRGANO DESTINO Juzgado concreto o Juzgado Decano CUANTÍA TIPO PROCEDIMIENTO DATOS DEMANDANTE D, S, X o T / C NOMBRE Y APELLIDOS RAZÓN SOCIAL DOMICILIO TELÉFONO ABOGADO Nº COL.-COLEGIO PROCURADOR / GRAD.SOCIAL Nº COL.-COLEGIO DATOS DEMANDADO D, S, X o T / C NOMBRE Y APELLIDOS RAZÓN SOCIAL DOMICILIO TELÉFONO ABOGADO Nº COL.-COLEGIO PROCURADOR / GRAD.SOCIAL Nº COL.-COLEGIO (para cada demandante) (si es persona física) (si es entidad) (para cada demandado) (si es persona física) (si es entidad) La falta de algún dato necesario para el registro de la demanda se comunicará al presentante a fin de que subsane la omisión detectada. 14

34 6º.- DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN A LA DEMANDA. Cuando se presenten documentos con la demanda, el primer documento anexo será el índice de los documentos que se acompañen. 7º- DATOS A CONSIGNAR EN LOS ESCRITOS DE TRÁMITE. Los escritos además de dirigirse al procedimiento y Juzgado con los códigos proporcionados deberán contener los siguientes datos: ESCRITO ORGANO DESTINO TIPO Y Nº DE PROCEDIMIENTO PRESENTANTE: ABOGADO / PROCURADOR Nº COL.-COLEGIO TIPO DE PROCEDIMIENTO: Según los códigos de procedimientos ESCRITO SOLICITANDO EJECUCIÓN (ETJ) ÓRGANO ORIGEN PROCEDIMIENTO DE ORIGEN N.I.G. PROCED. DE ORIGEN RESOLUCIÓN FECHA RESOLUCIÓN CUANTÍA TIPO PROCEDIMIENTO DATOS DEMANDANTE D, S, X o T / C NOMBRE Y APELLIDOS RAZÓN SOCIAL DOMICILIO TELÉFONO ABOGADO Nº COL.-COLEGIO (para cada demandante) (si es persona física) (si es entidad) 15

35 PROCURADOR / GRAD.SOCIAL Nº COL.-COLEGIO DATOS DEMANDADO D, S, X o T / C NOMBRE Y APELLIDOS RAZÓN SOCIAL DOMICILIO TELÉFONO ABOGADO Nº COL.-COLEGIO PROCURADOR / GRAD.SOCIAL Nº COL.-COLEGIO (para cada demandado) (si es persona física) (si es entidad) 8º- PARA INTRODUCIR DATOS DE INTERVINIENTES. Si procediera la inclusión de datos de los intervinientes en el procedimiento, deberá realizarse de la siguiente manera: PERSONAS FÍSICAS IDENTIFICADOR (D, S, X o T) D DNI *** registrar siempre con 8 dígitos (completar con ceros) y con letra S PERMISO DE RESIDENCIA registrar siempre co 7 dígitos Y 2 letras X NIE registrar siempre co 7 dígitos Y 2 letras T PASAPORTE Z CUERPOS Y FUERZA DE SEGURIDAD en número, poner su nº de placa en 1er. Apellido: "policía" o "guardia" en 2º apellido: "nacional" o "autonómica" o "local" o "civil" en nombre: otra vez el número de placa registrar siempre sin acentos, con los nombres NOMBREY APELLIDOS enteros (P. ej.: no JOSÉ Mª, si no JOSE MARIA) 16

36 ENTIDADES IDENTIFICADOR (C) *** RAZÓN SOCIAL C CIF registrar siempre sin acentos, con los nombres enteros y en caso de ser S.A. O S.L., registrar: NOMBRE DE LA EMPRESA,(espacio)S.A. Si se trata de una COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, se hará: COMO ENTIDAD NOMBRE: "C.P. DE C/...-LOCALIDAD" *** IDENTIFICADORES: registrar siempre sin espacios ni puntos ni guiones entre los dígitos 9º- JUSTIFICANTE O COMPROBANTE DE LA PRESENTACION TELEMÁTICA DE ESCRITOS Para la acreditación de la presentación telemática de escritos y documentos el sistema devuelve al usuario un resguardo electrónico acreditativo de la correcta transmisión, y que sirve para determinar la fecha y hora de la efectiva realización de la presentación en el Servicio de Registro y Reparto-. A efectos de cómputos de plazos, la presentación de escritos se considerará efectuada en la fecha y hora que conste en dicho resguardo acreditativo. La presentación en día u hora inhábil a efectos procesales conforme a la ley, se entenderá efectuada el primer día y hora hábil siguiente. 17

37 Cuando la Oficina de Registro y Reparto, incorpora los envíos al Sistema de Gestión Procesal (Minerva), se genera un segundo resguardo electrónico que confirma la aceptación. Cuando el envío no tiene entrada en el sistema se genera otro resguardo de rechazo que llega al destinatario. En este caso deberá subsanarlo en el mismo día o al siguiente utilizando la funcionalidad de subsanación de escritos disponibles en Lexnet; si después del segundo intento vuelve a ser rechazado, deberá comunicar dicha circunstancia al Decanato (comunicando datos del presentante, del Juzgado y procedimiento de destino, partes, y fechas de envío y rechazo se facilitará impreso al efecto-), que a su vez comunicará al Juzgado de destino la existencia del escrito que por determinadas circunstancias no tiene entrada en el sistema de gestión procesal y por lo tanto no puede remitirse a dicho órgano. De no efectuarse la subsanación en plazo se tendrá por no presentado el escrito 10º- COPIAS Las copias de las demandas y escritos y documentos que les acompañen presentadas por Lexnet, deberán presentarse en papel en el Servicio de Registro y Reparto Decanato-: 1º dentro de los tres días siguientes al envío de la carpetilla de reparto, acompañando copia de dicha carpetilla en el caso de las demandas 2º en el mismo día de la presentación o al siguiente hábil a la remisión en el caso de que se trate de escritos de trámite, acompañando justificante del envío del escrito por LexNet. El sistema lexnet una vez realizado el reparto de los escritos de trámite enviará la carpetilla de reparto al profesional que haya realizado la presentación 18

38 11º- PRESENTACIÓN DOCUMENTOS ORIGINALES CUESTIONES TÉCNICAS DE ESCANEADO: El sistema permite remitir documentos de más de 150 folios si se escanean con las siguientes condiciones: - escaneado en blanco y negro (ni color, ni gama de grises) - escaneado con resolución de 200 PPP FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN: 1º- Si el servicio de comunicaciones telemáticas o electrónicas resultase insuficiente para la presentación de los escritos y documentos, se deberá presentar en soporte electrónico en el Servicio de Registro y Reparto, en la Audiencia Provincial, y en las Salas del T.S.J ese día o al siguiente, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito, entregándose recibo de su recepción, si se tratara de un escrito de trámite y en los tres días a la recepción de la carpetilla de reparto si fuera un escrito iniciador. 2º- Si el documento contiene reportaje fotográfico se presentará el original en el Servicio de Registro y Reparto-Decanato-, en la Audiencia Provincial, y en las Salas del T.S.J, junto con la carpetilla de reparto, si acompañara a la demanda o la copia del resguardo de envío si fuera escrito de trámite, en ambos casos con copias para el resto de las partes, procediéndose como en el supuesto anterior. La presentación de documentos originales de los números 1º y 2º se hará dentro de los tres días siguientes al envío de la carpetilla de reparto en caso de demanda (aunque se conozca el Juzgado competente por dimanar de un procedimiento anterior) y en el mismo día o al siguiente hábil si acompañaran a un escrito de trámite. 3º.En caso de que el órgano judicial requiera la presentación de documentos originales, deberán presentarse en el Servicio de Registro y Reparto Decanato-, en la Audiencia Provincial, y en las Salas del T.S.J de La 19

39 Rioja, junto con copia de la resolución judicial de requerimiento. No se presentarán documentos originales que hayan sido remitidos por LexNet, si no hay requerimiento judicial al efecto. Si el requerimiento judicial fuera verbal, se remitirá escrito en respuesta a dicho requerimiento por LexNet, y a los documentos se acompañará acuse del envío telemático del escrito y copia del mismo. 4º-La presentación del Expediente Administrativo para la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, se hará a través de la Oficina de Registro y Reparto o directamente en la Sala, sin perjuicio de la presentación de escrito remisorio por LexNet. El Expediente Administrativo debe ir acompañado del acuse de envío telemático del escrito. 5º-La presentación de documentos consistentes en objetos, se realizara en el Servicio Común de Registro y Reparto, a la Audiencia Provincial, o a las Salas del T.S.J, en los tres días siguientes a la remisión del escrito iniciador o en el mismo al siguiente del escrito de trámite junto con el justificante del envío telemático. 6º- Escritos perentorios Cuando la presentación de escritos perentorios dentro de plazo por los medios telemáticos o electrónicos no sea posible por interrupción no planificada del servicio de comunicaciones telemáticas o electrónicas, se comunicará si fuera posible al usuario, así como los efectos de la suspensión e indicándole expresamente la prórroga de los plazos de inminente vencimiento. El remitente podrá proceder, en este caso, a su presentación en el Servicio de Registro y Reparto el primer día hábil siguiente acompañando justificante de la interrupción En los casos de interrupción planificada los escritos perentorios podrán presentarse en soporte electrónico antes de las quince horas del día siguiente al vencimiento en la oficina de registro y reparto. (Art LEC) 20

40 12º- DEMANDAS DIMANANTES DE OTRO PROCEDIMIENTO Las demandas que tiene su origen en un procedimiento abierto en un Juzgado (EJ: Ordinario dimana de un monitorio), deberán remitirse vía Lexnet como demandas y presentar las copias en el Servicio de Registro y Reparto Decanato- para que el Secretario Judicial efectúe el traslado, de conformidad con lo establecido en el artículo 276.3º de la Lec., salvo que conste que se ha realizado previamente por los Procuradores Asimismo, en la primera hoja de dicha demanda siguientes datos: deberán constar los NIG del procedimiento de origen Procedimiento de origen (tipo de procedimiento y número) Juzgado de origen (órgano judicial en el que se ha tramitado o tramita el procedimiento de origen). 13º- TRASLADO DE COPIAS EN SUPUESTOS ESPECIALES En los supuestos de presentación en soporte papel de conformidad con el apartado 4 del artículo 135 de la Lec., el procurador deberá trasladar de forma telemática y con carácter previo a los procuradores restantes partes, las copias de los escritos y documentos que vaya presentar al tribunal, (Art 276,3 LEC) 14º- ESCRITOS TRANSACCIONALES Cuando se presente un escrito transaccional para ser homologado solo será necesaria su remisión por el procurador de una de las partes siempre que el escrito original lleve la firma de todos. Si no, deberá ser remitido por la representación de todas las partes. 21

41 15º- FIRMA DE LETRADO Y DE LA PARTE CUANDO NO ACTUE REPRESENTADA Las demandas y los escritos en que sea preceptiva la intervención de letrado deberán llevar la firma de dicho profesional en la imagen digitalizada incorporada como anexo, o bien insertar en los archivos PDF o RTF la firma electrónica del profesional. Cuando el Letrado actúe sin representación técnica será suficiente la firma electrónica reconocida con la que realiza el envío. Las demandas en que la parte no actúe representada, pero sí asistida de letrado deberán llevar la firma de dicha parte en la imagen digitalizada incorporada como anexo, o bien insertar en los archivos PDF o RTF su firma electrónica. 16º -PRESENTACION DE ESCRITOS POR ABOGADOS CUANDO ACTÚEN SIN REPRESENTACIÓN TÉCNICA Todo escrito (iniciador o de trámite) presentado por parte de los abogados del Ilustre Colegio de Abogados o de otro Colegio si se hubiera desplegado en su territorio esta funcionalidad, ante cualquier órgano judicial del territorio de la Comunidad Autónoma se hará a través del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet, cualquiera que sea el carácter de su intervención (representativa y/ o directiva) y siguiendo el calendario de implantación, con las únicas excepciones recogidas en la Instrucción del Secretario de Gobierno del TSJ 4/2014 (Disposición Adicional Sexta) y recogidas en la presente Guía. Tanto los escritos iniciadores como los de trámite se presentarán del modo y forma que establece las Instrucciones 2/2014; 4/2014 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia y la presente Guía. 22

42 17º- REALIZACIÓN DE ACTOS DE COMUNICACIÓN 1º- Las actuaciones judiciales habrán de practicarse en días y horas hábiles. Arts. 130 y 131 de la LEC, arts. 182 a 185, 188,189 y 238 a 243 de la LOPJ: arts. 8 y 9 Reglamento 1/2005 del Pleno del CGPJ de aspectos accesorios a las actuaciones judiciales. Del cómputo de los plazos se descuentan siempre los días inhábiles, salvo que el plazo sea señalado por meses o años. Art 5 del Código Civil Para la utilización de la comunicación telemática no cabe la posibilidad de habilitar días u horas inhábiles. 2º- NOTIFICACION De conformidad con lo establecido en el artículo 151, 155 y 162 de la Lec, cabe distinguir: A) NOTIFICACIÓN con recepción por acceso al acto comunicación (apertura de archivo) La notificación o cualquier acto de comunicación a través de Lexnet se tendrán realizados al día siguiente hábil a la fecha de recepción que conste en el resguardo acreditativo de la recepción, cuando se trate de los sujetos relacionados en el artículo 151,2 de la Lec, salvo el Ministerio Fiscal La notificación o cualquier acto de comunicación a través de Lexnet con el Ministerio Fiscal, se tendrá por realizado trascurridos 10 días naturales a la fecha que conste en el resguardo acreditativo de la recepción En los demás supuestos la notificación o cualquier acto de comunicación realizada a través de Lexnet o cualquier otro medio electrónico se entenderá realizada en la fecha que conste en el resguardo acreditativo de la recepción Si la notificación lleva aparejada la entrega de un documento, se entenderá realizada el día de la entrega 23

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