Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA
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- Guillermo Córdoba Romero
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1 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Doscientos treinta y siete mil ciento diez euros con ochenta y siete céntimos, ( ,87 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, dieciocho mil novecientos sesenta y ocho euros con ochenta y siete céntimos, (18.968,87 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintiocho mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con treinta céntimos, (28.453,30 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: diecisiete mil doscientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y tres céntimos (17.244,43 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con veintisiete céntimos ( ,27 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
2 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 2 ºA del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 95, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,27 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
3 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA B, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Ciento noventa y nueve mil novecientos sesenta y siete euros con cincuenta y cuatro céntimos, ( ,54 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, quince mil novecientos noventa y siete euros con cuarenta céntimos, (15.997,40 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintitres mil novecientos noventa y seis euros con diez céntimos, (23.996,10 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: catorce mil quinientos cuarenta y tres euros con nueve céntimos (14.543,09 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta euros con noventa y cuatro céntimos ( ,94 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
4 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 2º B del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 99, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,94 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
5 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA C, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Ciento ochenta y nueve mil treinta euros con setenta y nueve céntimos, ( ,79 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, quince mil ciento veintidos euros con cuarenta y seis céntimos, (15.122,46 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintidos mil seiscientos ochenta y tres euros con sesenta y nueve céntimos, (22.683,69 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: trece mil setecientos cuarenta y siete euros con sesenta y nueve céntimos (13.747,69 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento treinta y siete mil cuatrocientos setenta y seis euros con noventa y cuatro céntimos ( ,94 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
6 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 2º C del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 101, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,94 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
7 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA D, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Ciento noventa y nueve mil novecientos sesenta y siete euros con cincuenta y cuatro céntimos, ( ,54 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, quince mil novecientos noventa y siete euros con cuarenta céntimos, (15.997,40 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintitres mil novecientos noventa y seis euros con diez céntimos, (23.996,10 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: catorce mil quinientos cuarenta y tres euros con nueve céntimos (14.543,09 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta euros con noventa y cuatro céntimos ( ,94 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
8 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 2º D del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 103, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,94 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
9 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA E, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Doscientos treinta y un mil cuarenta y ocho euros con dieciocho céntimos, ( ,18 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, dieciocho mil cuatrocientos ochenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos, (18.483,85 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintisiete mil setecientos veinticinco euros con setenta y ocho céntimos, (27.725,78 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: dieciseis mil ochocientos tres euros con cincuenta céntimos (16.803,50 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento sesenta y ocho mil treinta y cinco euros con cuatro céntimos ( ,04 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma. Bóvedas de Santa Elena, s/n CÁDIZ Tfno Fax
10 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 2.ºE del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 105, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,04 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
11 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 3 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Doscientos treinta y siete mil ciento diez euros con ochenta y siete céntimos, ( ,87 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, dieciocho mil novecientos sesenta y ocho euros con ochenta y siete céntimos, (18.968,87 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintiocho mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con treinta céntimos, (28.453,30 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: diecisiete mil doscientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y tres céntimos (17.244,43 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con veintisiete céntimos ( ,27 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
12 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 3.ºA del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 107, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,27 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
13 Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 3 LETRA B, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX 01 A, GUARDIA CIVIL ). (Artículo 8 del Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía). a) Precio de venta de la vivienda conforme a lo establecido en el art. 2 del presente Decreto, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. Precio total venta: Ciento noventa y nueve mil novecientos sesenta y siete euros con cincuenta y cuatro céntimos, ( ,54 euros), IVA incluido (10%) Forma de pago: Entrada a la firma del contrato privado de compraventa, equivalente al 8% del precio de la vivienda, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta acordado, quince mil novecientos noventa y siete euros con cuarenta céntimos, (15.997,40 euros), IVA incluido (10%). Un segundo pago, igual al 12% del precio de la vivienda, veintitres mil novecientos noventa y seis euros con diez céntimos, (23.996,10 euros), IVA incluido, se pagará por la parte compradora en mensualidades sucesivas a partir de la firma del contrato privado de compraventa (hasta el mes de febrero de 2017, inclusive, como máximo) y durante la ejecución de las obras de construcción del inmueble, como entrega anticipada a cuenta del precio total de compraventa, sin constituir arras o señal. Los intereses de demora, en caso de impago de las cantidades anticipadas en la fecha de sus respectivos vencimientos, quedan fijados en el 8,05% de interés anual simple, y ello sin perjuicio de la posibilidad del vendedor de resolución del contrato por impago de las cantidades anticipadas entregadas a cuenta del precio total. La cantidad pendiente, por importe del 80% del precio de la vivienda, a la entrega de llaves y firma de las escrituras de compraventa de la vivienda con posibilidad de subrogación de hipoteca: catorce mil quinientos cuarenta y tres euros con nueve céntimos (14.543,09 euros), en concepto de IVA (10%), y ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta euros con noventa y cuatro céntimos ( ,94 euros) de responsabilidad hipotecaria; en el caso de que no hubiera subrogación de hipoteca cheque bancario o transferencia bancaria, previa a la firma de las escrituras, debiendo aportar justificante de la misma. Del precio total de la venta y, en concreto, de la cantidad anticipada a cuenta del precio de venta que se abona a la firma del contrato privado (8% del precio de la vivienda), se deducirá la cantidad de mil euros (1.000,00 ) que el adquirente haya entregado al vendedor antes de la formalización del contrato de compraventa en concepto de señal y arras penitenciales. Tributos y aranceles de todo tipo que graven la operación y que según ley correspondan o se puedan imputar al adquiriente: IVA, Actos Jurídicos Documentados, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los de inscripción en el Registro de la propiedad. b) En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la tasa anual equivalente mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. El abono del precio total de la vivienda, al que no se le aplica interés alguno por aplazamiento en el pago, en la forma que se especifica en la letra a) de este documento, se realizará de la siguiente manera: La entrada se hará mediante transferencia bancaria en c/c titularidad de PROCASA o entrega de cheque bancario o conformado por Banco o Caja de Ahorros, en el momento de la firma del contrato de compra venta, en las que el adjudicatario deberá aportar justificante del pago realizado. Las cantidades anticipadas en concepto de mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, designando a tal efecto el comprador la cuenta corriente donde PROCASA hará efectivo el cobro, con obligación asimismo de aportar dicha parte compradora certificado de titularidad de la misma.
14 c) En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. En especial, si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. La escritura de Préstamo con garantía hipotecaria al promotor para la financiación de la construcción de 40 viviendas libres, 128 garajes, 6 locales y 8 oficinas en San Severiano nº 10, dentro del desarrollo de la operación urbanística de la UE EX 01 A, antiguos cuarteles Guardia Civil, se firmó ante el Notario D. Iñigo Fernández de Córdoba Claros, el 30 de diciembre de 2013, con número de protocolo Procediéndose posteriormente a su presentación en el Registro de la Propiedad nº UNO de Cádiz, certificando la Sra. Registradora, el 14 de febrero de 2014, haber practicado las inscripciones necesarias para que queden registrados los derechos de hipoteca sobre las fincas resultantes de las escrituras de División Horizontal y Obra Nueva otorgadas el mismo día y ante el mismo Notario con nº protocolo Los datos registrales de la vivienda 3.ºB del Bloque 1 son los siguientes: Tomo 1.786, Libro 728, Folio 109, Finca Quedando gravada esta finca registral con una Responsabilidad hipotecaria de ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis con ochenta y cinco céntimos ( ,94 euros) Las condiciones del Préstamo hipotecario para al adquiriente son las siguientes: Modalidad: Hipoteca Fidelidad o Hipoteca Único. Amortización del préstamo: 32 años mediante 384 cuotas mensuales comprendidas de capital e intereses. Tipo de interés: Condiciones de Hipoteca Fidelidad: Euribor a un año más 3,75 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Condiciones de Hipoteca Único: Si a la fecha de formalización de la escritura de compraventa con subrogación de hipoteca, los adquirientes tengan entre 18 y 35 años, ambos inclusive, Euribor a un año más 3,40 p.p., con posibilidad de bonificación, revisable anualmente. Garajes, locales y oficinas: Euribor a un año más 3,50 p.p., revisable anualmente. Tipo demora: tipo vigente en cada momento con un mínimo del 18% y máximo 25% Comisiones: Subrogación.0: 0,50% Cancelación total o parcial: 1% Cambio de condiciones y/o garantías: 0,50% d) Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Mientras esté vigente la presente convocatoria e) Lugar, fecha y firma. Cádiz, abril de 2016 Firma Si el consumidor así lo solicita, se le entregará gratuitamente una copia de este documento. Esto, sin perjuicio del derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
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