Unidad ejecutiva de servicios públicos (UESP)

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1 Unidad ejecutiva de servicios públicos (UESP) Organigrama I. MISIÓN Garantizar a todos los habitantes de la ciudad, la efectiva prestación de los servicios públicos a su cargo: aseo, alumbrado público, cementerios y hornos crematorios, plazas de mercado y demás que le sean asignados, mediante la planeación, coordinación, dirección, supervisión y control de los mismos. II. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo 30 de 1958, el Concejo Municipal del Distrito Especial de Bogotá, creó la Empresa Distrital de Aseo, como entidad autónoma descentralizada, con patrimonio especial y personería jurídica, para la prestación de los servicios de barrido y limpieza de las calles, recolección de basuras, tratamiento y aprovechamiento de las mismas y demás actividades conexas dentro del territorio del Distrito. Luego, con Acuerdo 75 de 1960 se reorganizó la Empresa Distrital de Aseo que se llamaría Empresa Distrital de Servicios Públicos - EDIS, asignándole además de los servicios públicos que se le asignaron en el Acuerdo 30, los de matadero, mercados, cementerios y actividades anexas. El Concejo de Santa Fe de Bogotá, D.C. tomó la decisión de suprimir la EDIS por el Acuerdo 41 de 1993, y en su Artículo 5º determinó que la prestación de los servicios de barrido, recolección, disposición de residuos sólidos, cementerios, hornos crematorios,

2 plazas de mercado, galerías comerciales, estaría a cargo de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, para lo cual crearía una Unidad Ejecutiva dependiente del Despacho del Alcalde Mayor. Facultándola para contratar con personas naturales o jurídicas, cooperativas, asociaciones, juntas de acción comunal y organismos cívicos a través del contrato de concesión. Finalmente el Alcalde Mayor creó la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos por medio del Decreto Número 782 del 30 de noviembre de 1994, con el mismo nivel y jerarquía dentro de la estructura administrativa del Distrito Capital, que las Secretarías de Despacho y los Departamentos Administrativos, con las siguientes funciones: - Dirigir, coordinar y supervisar la prestación de los servicios en concordancia con los planes de desarrollo y políticas trazadas por la Administración Distrital. - Verificar, directamente o a través de terceros, la ejecución de los contratos que la Administración celebre para la prestación de los servicios de barrido, recolección, transferencia, disposición final de residuos sólidos, limpieza de áreas públicas, cementerios, hornos crematorios y plazas de mercado. - Efectuar los trámites y procesos de selección de contratistas necesarios para la prestación de los servicios respecto de los cuales ejerce funciones de dirección, coordinación y supervisión y para el cumplimiento de sus funciones. - Recomendar al Alcalde Mayor la imposición de multas y demás sanciones a los contratistas, en los casos previstos en la Ley y en los respectivos contratos. - Coordinar con los concesionarios la creación del ente que maneje el sistema comercial y financiero del servicio de aseo; establecer su funcionamiento y efectuar los controles necesarios que garanticen al usuario el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre el régimen tarifario, la facturación oportuna y la posibilidad de solucionar todos los reclamos por dicho concepto. - Efectuar los estudios tarifarios pertinentes y de acuerdo con ello recomendar los ajustes a que hubiere lugar. - Orientar el manejo de las relaciones con entidades gubernamentales del orden nacional, regional y distrital, con los organismos internacionales, las entidades de derecho privado y la comunidad en general, para el logro de la prestación eficiente de los servicios de aseo urbano y la administración de cementerios, hornos crematorios y plazas de mercado. - Adoptar canales de información interinstitucional, para la ejecución y el seguimiento de los planes y programas. - Identificar los cambios institucionales y estructurales necesarios, para garantizar la ejecución de los planes de expansión y satisfactoria prestación de los servicios. - Coordinar los planes de expansión de la infraestructura para la prestación de los servicios de aseo urbano en cada uno de sus componentes y la administración de cementerios, hornos crematorios y plazas de mercado, con base en escenarios probables de evolución de las variables demográficas, ambientales y socioeconómicas. - Adelantar los estudios necesarios y proponer al Alcalde Mayor la reglamentación para la prestación de los servicios a su cargo. - Dar trámite a los reclamos que se presenten por la prestación de los servicios y hacer las recomendaciones del caso. - Administrar los archivos que se transfieran al Distrito por efecto de la liquidación de la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS. Con el Decreto 783 del 30 de noviembre de 1994, se estableció la planta de cargos:

3 DENOMINACIÓN No. CARGOS Coordinador General Grado 28 1 Profesional Especializado Grado 21 6 Profesional Especializado Grado Profesional Universitario Grado 09 2 Técnico VIII C 2 Asistente Administrativo VIII C 1 Auxiliar Administrativo III C 5 Auxiliar de Servicios Generales III C 2 Secretaria VIII C 1 Secretaria VII A 2 Auxiliar de Servicios Generales IV C 1 TOTAL PLANTA 34 III. MODIFICACIONES DE ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL y PLANTA DE CARGOS El 26 de abril de 1995 con el Decreto 209, el Alcalde Mayor de Bogotá, asignó las siguientes funciones relacionadas con la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS en liquidación: - Administrar los bienes que deberá entregar el Gerente Liquidador de la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS en liquidación. - El Coordinador de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos asignará la custodia y manejo físico de los bienes recibidos a un funcionario del nivel profesional de la Unidad. - Dentro de los cinco (5) meses siguientes al recibo de los bienes, recomendará al Alcalde Mayor la destinación de los mismos y ejecutará en nombre del Distrito las decisiones correspondientes. - Recibir los archivos de la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS, expedir las certificaciones y atender las demás gestiones relacionadas con ellos. - Asignar la custodia y el manejo físico de los mencionados archivos a un funcionario del nivel profesional de la Unidad - Administrar y vigilar en nombre del Distrito Capital, los contratos que a 31 de diciembre de 1994 se encontraban en ejecución en la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS en liquidación. - Realizar las liquidaciones de los servidores de la EDIS desvinculados después del 31 de diciembre de 1994 y las reliquidaciones de aquellos desvinculados antes del 31 de diciembre de Para el desarrollo de estas funciones no se modificó ni la estructura organizacional ni la planta de cargos. El 23 de diciembre de 1997 con el Decreto 1199, se modificó la estructura organizacional de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos y se establece la siguiente:

4 Coordinación General Oficina de Coordinación de Control Interno Oficina Asesora de Jurídica Sección Administrativa y Financiera Sección de Supervisión y Control Sección de Estudios y Proyectos En consecuencia, con el Decreto 1198 del 23 de diciembre de 1997 se modificó la planta de cargos de la entidad, suprimiendo 5 cargos del nivel profesional y creando 2 cargos de Asesor y 3 de Jefe. Se estableció la siguiente: DENOMINACIÓN No. CARGOS Coordinador General Grado 28 1 Asesor Grado 24 2 Jefe Grado 21 3 Profesional Especializado Grado Profesional Universitario Grado 09 2 Técnico VIII C 2 Asistente Administrativo VIII C 2 Auxiliar Administrativo III C 5 Auxiliar de Servicios Generales III C 2 Secretaria VII A 2 Auxiliar de Servicios Generales IV C 1 TOTAL PLANTA 32 En esta modificación aparecen en la planta los niveles Asesor y Ejecutivo y disminuye el número de cargos del nivel Profesional. El 2 de enero de 1998 con el Decreto 006, por el cual se redefinió la estructura de administración y responsabilidades en el relleno sanitario de Doña Juana y en la zona del Río Tunjuelito, se designó al Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos como coordinador de todas las acciones operativas y administrativas para atender la alerta roja en el relleno sanitario de Doña Juana y la zona afectada del Río Tunjuelito. De la misma forma, el 8 de abril de 1998, con el Decreto 399 se asignó a la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, las funciones de planear, coordinar, supervisar y controlar la prestación del servicio de alumbrado público dentro del perímetro urbano y el área rural comprendida dentro de la jurisdicción del Distrito Capital. Posteriormente, en cumplimiento de lo señalado en la Ley 443 de 1998 y el Decreto Ley 1569 del mismo año, que dispuso en su artículo 34 que las autoridades territoriales competentes procederán a ajustar las plantas de personal y los respectivos manuales de funciones y de requisitos dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia de este Decreto, se expidió el Decreto 1043 del 14 de diciembre de 1998 por el cual se adoptó el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, en el artículo 1º ajustó la planta global de cargos a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos y a la escala salarial, así:

5 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIG O GRAD O No. CARGOS Gerente Jefe de Oficina Asesora Jefe de Sección Profesional Especializado Profesional Universitario Técnico Secretario Ejecutivo Auxiliar Administrativo Secretario Ejecutivo Auxiliar Conductor Auxiliar de Servicios Generales TOTAL PLANTA 32 El 4 de enero de 1999, se expidió el Decreto Distrital 001 por el cual se reglamentó el Acuerdo 41 de 1993 en lo relacionado con las plazas de mercado a cargo del Distrito Capital. En el artículo 3º delegó en la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos la función de coordinar, dirigir, vigilar y controlar la gestión eficiente de las Plazas de Mercado a cargo del Distrito Capital y de señalar las tarifas por concepto de la utilización de las áreas, espacios y servicios de las mismas. Así mismo dispuso que la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos asesorara a las Alcaldías Locales en el proceso de selección y contratación de los concesionarios de las plazas de mercado. Este Decreto modificó los numerales 1 al 4 del Decreto 782 de 1994 en lo relacionado con el servicio público de plazas de mercado. En razón a que a la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos le fueron asignadas funciones adicionales a las establecidas en el Decreto 782 de 1994, relacionadas con los archivos y los bienes muebles de la entidad liquidada, así como la planeación, coordinación, supervisión y control sobre la prestación del servicio de alumbrado público en el Distrito Capital, se hizo necesario reorganizar la planta de cargos para crear un nivel intermedio entre la Gerencia y la Jefatura de Sección con el objeto de optimizar la toma de decisiones. Es así como con el Decreto 399 del 25 de junio de 1999 se crearon 2 cargos de Técnico código 026 grado 05, quedando conformada la planta por 34 cargos. Posteriormente con el Decreto 435 del 9 de julio de 1999 se derogó el Decreto 399 de junio del mismo año. El mismo 9 de julio se expidió el Decreto 437 por el cual se modificó la estructura organizacional de la Unidad y se determinaron funciones a las dependencias. Se estableció la siguiente estructura, creando dos Direcciones: Gerencia Oficina Asesora de Control Interno Oficina Asesora Jurídica Dirección de Planeación Sección Administrativa y Financiera Sección de Estudios y Proyectos Dirección Técnica

6 Sección de Supervisión y Control Como consecuencia de la anterior modificación de estructura, también se modificó la planta con la creación de dos (2) cargos de Director Técnico 026. Los argumentos expuestos para esta modificación, son los mismos que se expusieron para la expedición del Decreto 399 de 1999: adición de funciones relacionadas con los archivos y los bienes muebles de la entidad liquidada y planeación, coordinación, supervisión y control sobre la prestación del servicio de alumbrado público en el Distrito Capital. El 28 de febrero de 2000, con el Decreto 142 se delegó en el Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos la función de fijar las tarifas de los servicios de barrido, recolección, transferencia, disposición final de residuos sólidos, limpieza de áreas públicas, cementerios, hornos crematorios y plazas de mercado, lo cual se realizaría con base en los estudios tarifarios que debía efectuar la Unidad, en cumplimiento de lo establecido por el Decreto 782 de Con el Acuerdo 18 del 30 de noviembre de 2000 se implementó en Bogotá un programa educativo para el manejo integral de residuos sólidos domésticos que lograra sensibilizar a la comunidad residente en la ciudad frente a la problemática ambiental en la misma y reducir el porcentaje de desechos producidos por los hogares mediante procesos de clasificación en la fuente, reutilización y apoyo a recuperadores de cada sector. El programa estaría dirigido, orientado y regulado entre otras entidades, por la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, mediante una coordinación interinstitucional a través del Sistema Ambiental del Distrito Capital SIAC. El 2 de noviembre de 2001 se expidió el Decreto Distrital 854 Por el cual se delegan funciones del Alcalde Mayor y se precisan atribuciones propias de algunos empleados de la Administración Distrital, el cual recogió la función que se había delegado a la Unidad con el Decreto 142 de 2000, que quedó derogado. El artículo 12 del Decreto 854 de 2001, delega en el Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, las siguientes facultades: - Representar legalmente al Distrito Capital dentro de todas las actuaciones que deban surtirse con respecto al contrato de concesión 016 de 1994 entre Prosantana y el Distrito Capital, suscribir el acta de liquidación y ejercer las acciones de carácter administrativo, judicial o extrajudicial a que haya lugar. - Representar legal, judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital de Bogotá, para todos los efectos relacionados con el Convenio No. 766 de 1997, relacionado con el suministro y pago del servicio de alumbrado público. - Fijar conforme a la Ley las tarifas de los servicios de barrido, recolección, transferencia, disposición final de residuos sólidos, limpieza de áreas públicas, cementerios, hornos crematorios y plazas de mercado. El ejercicio de esta facultad se realizará con base en los estudios tarifarios que debe efectuar la Unidad, en cumplimiento de lo establecido por el Decreto 782 de 1994.

7 - Imponer las multas previstas en los contratos de concesión para la prestación de servicios públicos de barrido, recolección, disposición de residuos sólidos, cementerios y hornos crematorios. La última modificación de planta de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos se realizó en cumplimiento de la providencia de fecha 11 de octubre de 2002 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ordenó un reintegro en el cargo de Profesional Especializado. Como consecuencia de lo anterior, con el Decreto 135 del 2 de mayo de 2003, se creó un cargo de Profesional Especializado código 335 grado 20, lo cual incrementó la planta a 35 cargos. La planta actual está conformada por los siguientes cargos: DENOMINACIÓN CÓDIGO GR CARGOS Director Técnico Gerente Total nivel directivo 3 Jefe de Oficina Asesora Total nivel asesor 2 Jefe de Sección Total nivel ejecutivo 3 Profesional Especializado Profesional Universitario Total nivel profesional 13 Técnico Total nivel técnico 2 Secretario Ejecutivo Secretario Ejecutivo Auxiliar Administrativo Auxiliar Total nivel administrativo 9 Auxiliar de Servicios Generales Conductor Total nivel operativo 3 TOTALES 35 Fuente: Departamento administrativo del servicio civil distrital

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