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1 Ministerio de TRABAJO,EMPLEO Y GoBtEnN NAcroNAl Resolución MTEss No...'5.9-. lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGATIIGRAMA DEL T"IIilISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAI» SOCIAL Y SE ESTABLECE I.AS FU]TCXONES DE SUS DEPEilDENCIAS,- Asuncion, O! de febrero de VISTO: El Art. 36 del Decreto dd 2 de octubre de ZOl4'POR EL CUAL SE APRUEBA LA CARTA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE TMBA]O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ETABLECE SU ORGANIGMMA" POT IA quc CI Pres dente de la República del Paraguay conf ere faculbd reglamentaria al M n stro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social conenida y CONSIDERA]IIX): Que el Art. 36 del Decreto ot4 d spone "Facúltase al Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de confurmidad a lo establec do en el Art' 6" n fine, Articulo 11 Incisos 2) Y 12, kticulo 20L y Artículo 37 de la Ley No 5.1t512013, a esbablecer por resoluciones min steriales las funciones, atribuciones, elaborar manuales descriptvos de cargos y proced m entos de las dependencias del Min sterio de Tmbaio, Emdeo y Seguridad Soc al, a crear, por resoluciones min sreriales las estrucfuras r temas de las direcciones y demás dependencias que se mencionan, así como d ctar las resoluciones necesarias para e cumplim ento del presente Decreto ReElam enié,rio". Que la facultad precedentemente señalada es coherente con las atribuciones determ nadas en la Ley No 5'115/13 "QUE CREA EL MINISTERIO DE TRABAIO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL" pues por el Art. 11, al tratar las funciones y atribuc ones del M n stro, en su inc. 2) Faculta a "Reglamenbr esta ley y dictar los reglamentos intemos sobre la estuctura del Ministerio y los manuales operaüvos que sean necesarios', en su nc. 7) faculta a "Adoptar las medidas de admin sü-ación......para aseguér el cumpl miento de las funciones específicas" y en su inc. L2), pnmera parte, faculta a 'Olras funciones que le sean encomendadas por el Poder Ejecutivo". Que las funciones asignadas por esta Resolucion a las dependencias y a los cargos constituyen abibuciones gmplernente enumerativas, no taxativas, y por lo tanto no o(cluyen las funciones y atribuciones gue sean implícitas a sus competenc as y que deriven tanto de otras normas, como de los buenos usos y prácticas de cada área. POR TANTO, en uso de sus atribuciones, EL MIIIISTRO DE TRABA'O, EMPI.EO Y SEGURIDAD SOCTAL RESUELVE: en base a los del de Trabajq Emdeo y Seguridad Soc al, que forma parte de la presente resolución, y dependencias. C; r(lenas Secrelarii) t*v,fillt',?l*,*,

2 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY GootERNo NAcloNAL Resolución MTEss No...5.].. lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGATITGRAMA DEL ÍUII]TISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCXAL Y S'E ESTABLECE IáS FU]TCIONES DE SUS DEPENDENCXAS Fi-i].?n15 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Art. 2o.- El M nisterio de Trdbajo, Ernpleo y Seguridad Soc al -en adelante MTESS- es ejerc do por el M n sko de Trabajo, Empleo y Seguridad Soc al -en adelante Min stro-, quien tendé las funciones y abihrciones dispuestas por la Ley No 5.115/2013 y por el &creto Art. 3o.- Confurme a lo que establece el Decr& en su Art 3", dependerán directamente del Min stro: a) Con rango de Subecretarím de Estado: el viceministerio de Trabajo (VMT); y el V cemin sterio de Empleo y Seguridad Social (VMESS); b) Con rango de D recciones Generales: la Secretaría General del MTESS (SG); la ' Direccion General de Gab nete(dcc); la D recc ón General de Adminiltract$ y Finanzas (DGAF); la de Asesoría lurídica (DGAI); la Drección General de ialentos Humano (DCIH); la de Planificación (DGP); y la D rección Gener l de Auditoría Intema (DGAI); Y, c) Con rango de Dirección: L Direcc on de Formación y Crpac tación Laboral (DFCL)' A t. 4o.- Conforme a lo que establece el Decreto 2.346/2014 en su Art 4", depnderán directamente del MTESS, específicamente rlil M nistro de Trabajq Empleo y seguridad Sociat: et SISTEMA NACIOML DE FOR 4ACIOI{ Y CAPACITACIÓN LABORAL (SINAFOCAL); y, el serwcio NACIO AL DE PROMOCIÓ\ PROFESIOT\ AL (S.N.P'P.)' Art. 5o.- El Secretario Geneml del MTESS tendrá las siguientes funciones: a) Comunicar las dispo6 cjones etniüdas por el Min stro a las diversas dependencias del MTESS; b) nedactar los proyedos de decretos del ámbrto de comp tencia del MTESS; c) Rem ür a la Presidencia de la República los proyectos de leyes y decre os referidos a com petenc as del MTESS; d) Redactar las rcsotuciones, notas, nbrmes y otrg documentos oficiales del MTESS; e) Refrendar las resduciones firmadas por el Ministro; f) Autenticar copias de documotos orig nales que rdd quen en la Secretaría General el MTESS; g) Part c par de los procesos adm nistraüvos veríficando los recaudos y sol c tando agregación de documentac ones pam luego elerar a con derac on del Ministro las resoluciones y notas solicitadas; y, h) SupeMsar la Mesa de Entrada del MTESS y el Arüivo Cent-al. Art Dependeran de la secretaría General dd MTESS: el Departamento de Mesa de Entrada del IaTEss; el Depañamento de Resoluciones; el Departamento de Notas y Nexo con Decretos y Leyes de la Presidenc a; y el Depart mento de Archivo MTESS. Art El Jefe del Deparbmento de Mesa de Entmda del MTESS tendrá las siguientes funciones: Recibir, registrar y'distribuir los MTESS; y, :,i '/\ *irilit.,;r r i.

3 Ministerio de TRABAJO,EMPTEOY EGURIDADSOCIAI GoBTER^t N/\ooNAL Resolución MTESS No..5,1. lfs POR ta QUE SE APRUEAA EL ORGAilIGRA}IA DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGUR DAD 3Í'CXAL Y SE ESTABLECE LAS FUÍ{CIONES DE SUS DEPENDEl{cxAs.- 0 2i:t b) Proporcionar informes sobre los documentos en trámite en base al sistema de gestión a ser rn plem ntado. Art. 8o.- El lefe del Departamento de Arch vo MTESS tendé las s guiente funciones: a) Organizar, actualizar y custodiar el Archivo de la Inlitudón; b) Reg strar la entrada de documentaciones al Arcfiivo MTESS, dejando constancia del remitente o destinatario; c) Ex@ir y autenticar copias de documentos obrantes en el Archivo MTESS; d) em t r informes sobre los documentos obrantes en el Archivo MTESS; e) Coordinar el relacionamislto con proveedores de servicios de guarda y digitalización de documentos del Arch vo Central; f) Proponer medidas para la consenvacion y/o la rcstauración de lm documentos obrantes en el Arch vo Central; Y, g) proponer la baja o elim nacjon de documentos del Ardrívo MTESS, gue reguerirá la autorizac ón escr A Oet Ministro y el cumplimienb de las dispos ciones legales perti nentes. Art. 9o.- El Director General de Gab nete del MTESS tendrá las s gu Útes funciones: a) Coordinar la ejecución de las tareas y responsabilirlade asignadas por el Ministro a los vicem n süos, D rectores y ctros funcionaric del MTESS, encargándose del seguimiento de las misnas; b) Prestar asesor m ento y agstencia nmed ata al M nistro; cí eá onar y obtener loi actos adm nisbativo6 y financieros necesarios para proveer al Ministro los recursos nec sarío de mo ilidad y viáticos, así corno realizar luego las rendic ones conespondientes. d) Coordinar con la Secretaía Privada del MTESS las audiencias sol c tadas ante el Ministro, y7 en su caso, canalizarlas a fin de que sean satisfechas con mayor rapidez por nstancias inferiores; e) booperar con los Viceminlstros y D rectores de manera tmwersal en el ejercicio de las respectivas func ones; 0 Representar al Minisro, por disposicjón de éste, en audienc as, reuniones, foros, y otros actos; g) Real zar análisis y devar informes al Min stro, sobre temas relacionados a las funciones de MTESS; h) óooro nar Ll monitoreo de los Asesores sobre las principales variables soc oeconómicas del país y de la region, elevando inbrmes al Min stro; i) coordinar las convocatorias, consultas y recom ndaciones o pareceres, de los Expertos dependientes d rectamente del M nistro de conformidad al Artículo 13 de la Ley No L3; j) Cooperar con el Ministro en sus expos ciones públicas; k) Superv sar las tareas de Estadística del MTES; y lí srp"*isur las tareas de Tecnologías de la Información y Comunicación del MTESS. Art Conforme a lo qtre esbblece el Decr$o en su Art'-so,!enen9^e 1 qe la Dirección General de del la Secretaía Privada dd Min stro (S.P.); la Dirección de Protocolo Y de D fus ón de Información Instrt(gtl (Dlr); y Tecnologías de la T),\ CárdcrrEs ^ugust., Secretario dc TBbaio Empleo, y

4 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY GoBTERN NA..NAL Resolución MTEss No..,1.. lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAITIGRAMA DEL MINISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE IáS FU'ICIONES DE SUS DEPENDEN.TAS'- [J 2 [[l..i.2115 Información y Comunicación (DEynCs); y los Asesores del Gabinete del Ministro de Trabjo, Emp,eo y Segurdad Soc al. Art EI D rector de Estadística y Tecnologím de la Informacjón y Comunicación tendrá las siguientes funciones: a) Administrar la infurmación del MTESS, y de todas sus dependencias, a fin de lograr una ad«uada estadíst ca basada en la recolección, validmión, consistencia, procesam ento, análisis y difu$ón de los datos a los que el MTES acceda por su competenc a; b) oesarroilar e implementar los programas y s stemas informáticos, requeridos en el MTESS y srs dependencias; c) Diseñar, actualizar y admin strar la pagina web del MTEss y sus dependenc as, y en ' cualesquiera otros sitios virtuales y tecnológicos o medios sociales de comunicac ón; d) oesarálar, mplementar y administrar las rcdes, aqumndo la conexión entre el serv dor y las terminales o usuarios del si*ema inbrmáuco; e) Asegurar la operat vidad del Servidor con los s stemas infurmáücc en uso' f enárgarse áe la Base de Datos, asegurando su archivo, in@ridad, copias de seguridad y la disponibilidad para su uso; g) Córdinar y rrperisur la adqu s cion, el mantenim ento y el senricio de soporte técnico de todos los equ pos tecnologico6 del MTESS y de todas sus dependencias; y, h) Coordinar actividádes con lá Secretaía Nacional de Tecnologías de la Información y comunicación (semng) para: el aprwechamiento de lo servicio6 que esta Secret ría puedi brindar al MTESS; y, tender a la adecuación del MTESS a las directrices em tidas confiorme a la Ley 4.989/2013. Art DependeÉn de la DireCcion de Esudística y Tecnologías de la Información y Comunicac ón: el Deparbmento de Esladística; el Departamento de Desanollo de il"g;;;; tnformaticos; el Departamento de Redes, servidores y Base de Datos; y, el Departamento de Equipos Tecnológ icos. Art El Director General de Adm nistración y Finanzas tendrá las siguientes funciones: a) b) c) d) e) f) s) h) i) Aplicar los recursos del MTESS mediante una conecta gstión adm nisrat va y financiera; Dir gir y supervisar las breas de la Unidad Operativa de Contrataciones; Consol dar la propuesrta de proyecto presupuestario del MTESS; Supervisar la ejecucion presupuestaria correspond ente al MTESS; Supervisar la contab lidad del MTESS; supervisar la Tesorsía del MTESS y las l quidaciones de remuneraciones y compensaciones de los funcionarios y prestadores de servicio del MTESS; Asignar y controlar los biene patrimoniales dd MTESS;. frfu,1. 'f autenücar copias de los documentos obrantes en cualquiem de las dependencias de su D recc ón General; y, Proveer de servicios generales a las dependencias del MTESS' Art Confome a lo est blece el 14 en su Art. 60, la Dirección en la Unidad de Admin stración Y Social.

5 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY GoBTERNo NAooNAL Resolución MTEss No lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGANIGRAMA DEL MI]IISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCXAL Y SE ESTABLECE I.AS FU]ICIONES DE SUS DEPENDENCXAS Fl-B Dependerán de la DGAF: a) La Direccion Administr tiva; Ia Direccion Financ era; y Ia Un dad Operativa de Contrataciones (U.O.C.); y b) El Departamento de C ntrol y Seguimiento. Art El D rector Adm nistrativo tendrá las ggu entes funciones: a) Coordinar la ejecucion de los servicios de limpieza, mar tenimiento, construcc ón y otros serv cios generales requeridos por el MTESS; b) Real zar la adecuada valuación contable de los bienes paúimoniales del MTESS; c) Controlar y recibir los bienes adquiridos o s rvicjc contratados por el MTESS mnforme a las espelficac ones técnicas requeridas; d) organizar, invenbnar y custodiar los bier es del MTESS, a gnandolos a las diversas dependencias y funcjonarios del MTESS de manga adecuada y eficiente; y e) Planificar las estrategias de apro\risionam enb de bienes, insumos y serv cios garantizando la permanente disponibil dad de los mismc. Art Dependeran de la Dirección Admin strativa: el Departamento de servicios Generales; el Departamer to de Almacenes y Sum n sros; y d Departamento de Patr monio. Art El Director Financiero tendrá las siguientes funcion s: a) Organizar, dirigir, desanollar y corltrolar la qecución presupuestar a del MTESS; b) elaborar la propuesta del anteproyecto de Presup resto anual del {TESS; c) Efectuar el análisis financiero de la gestion dd MTESS, llarando conbol y cumplimiento de las obl gec ones financieras conúaídas; d) Registrar las adquidciones de bienes y servicic pre/io cumplimiento dd proceso de adóuisición por parte de la Unidad Opemüraa de Contrataciones (U.O.C.) de acuerdo a las normaüvas v gentes; e) V g lar que los ingreso del MTESS se ad quen eficiente y transparenternente; f) Supervisar a la Tesorerí.a del MTESS; g) eláborar l gu dacion6 de remuneraciones y otas compens rciones al personal del MTESS, ya sea nombrddo, contratado, com sionado o prestador s<temo de serv cios profesionales; h) aegistrar cor ctamente la contabilidad del MfESS; i) coordinar con la aubridad mntable pertjnente el qjmplimiento de las normas y recomendaciones contables; y, j) Emitir las nformacione financieras, par pos bil tar la toma de decisiones en el momento oportuno y par t el cumplimiento de las normativas vigentes. Art DependeÉn de la Drecc ón F nanc era: el Depaftnmento de contab lidad; el Departamento de Presupuesto; el Departamenb de Tesorería; y d Departamento de Remuneraciofles y Com pensac ones. establece el.',- (u.o.c.), ll.iat'. 4 en su Art. 7", el responsable Qndrá, entre otras a ser

6 Ministerio de TRABAJO, E,IPLEO Y SEGURIDAD OCIAL GoB,ERN NAooNAL Rsludúr tftess ilo lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAÍTIGRAMA DEL MIilISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE IáS FU]ICIONES DE SUS DEPENDEN.TAS.- u i l."i:"ii.2015 reglamentadas, las funciones establec das en la Ley No 205U2003, Ley No 3439/2007, Decreto No 21.X912OO3, Decreto No y demás normativas vigentes. Art El Jefe del Departamento de Conbd y Segu miento tendrá la función principal de controlar en forma permanente y antes de su ejecuc ón, los procesos administrativos y financieros de la DGAF y de otras dependencias del 4TESS a fin de asegurar se cumplan íntegramente los requisitos y conveniencias en cada caso, dictaminando ejecutar o no la culminación de los procesos administmüvos y financieros, ad como, en su caso, recomendar se corrijan o completen pasos o requisitos prflios. Art El de Asesoria luricica del MTESS tendra las siguientes func ones: a) b) d) e) Prestar asesoramiento jwídia al M n stro; Representar al MTESS, por sí y a través de abogados intemo o oternos, designados convencionalmente por el M nist-o, en todos los juicio que sea parte el MTESS, sean estos contenciosos admin strativo, ejecutivos, ordinarios o espec ales, así como tamb én en las acc ones de ncon Utucional dad planteadas contr?l resoluciones del Ministro o de cualquiera de los Viceministrc dependientes del MTESS; D ctaminar sobre cuest,ones que requieran un c,refer juidic!; Coordinar las tareas de la Asesoría Admin súativa F nancjera, pudiendo ejercer la facultad de avo@rse superv sar en dicha área o a emitir dictamen legal en área admin straüva fi nanciera. f) Emiür dictámenes, no vinculantes, en los recursos jeérquicos interpuestos contra resoluciones dictadas por los Viceministerios; g) Realizar seguim ento de los sumarios adminisúativos instruidos a funcjonarios del MTESS, conforme a la Lery No de la Función Públ ca; h) Supervisar la Seccíón de Normas tntemacionales, encargada del relacionamiento con - enüdades intemac onales del trabajo y dd archivo actuali ado de los Tratados y Convenios Intemacioriales v gentes que contengan normaüvas referidas: al Derecho del Trabajo; al Empleo; y, a la Seguridad Social; ) Autenticar los documenbs obrantes en cualquiera de las dependenc as de su Dirección General; y, j) Formular denunc as a autoridads competentes en caso de consbtación o sospecha de actos inegulares por parte de funcionario del MTESS. Att DependeÉn de la Dreaión General de Asesoría lurídica del MT6s: la Asesoría Administrdüva F nanciera, gue tendrá la abibucion de elevar sus dicüímenes al Ministro; el Departamento de Dictámenes; el Departamento de TÉmites ludíciales; el Departamento Mesa de Entrada; y el Departamento de Normas Intemac onales. Dependerán de la Asesoría Admin strativa F nanciera los departamentos de: Dictámenes Adm n strativos Financ eros; y Mesa de Entrada AF. Art El Drector Ser el contratación Dar de Talentos Humanos tendrá las siguientes func ones: necesarios para el concurso, la selección y Cárde as r:.1.. \g:y

7 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY GoBTERN NActoNAL c) d) e) f) s) h) i) R solud'ón iftess fio frs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE TRAEA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE LAS FUNCIONES DE SUS DEPENDENCTAS'- [)? rí:1.2[115 Programar y ejecutar la capacitación, sraluación y motivacjón del personal del MTESS, que requerirán la aprobación del Ministro; Coordinar los perm sos, repo6os, vacaciones y traslados del personal del MTESS; Supervisar el cumplimiento por parte del personal del MTESS de sus deberes de asistencia al lugar de trabalo, puntualidad, uso de uniforme o vestimenta, y otras obl igaciones generales; Elaborar, actualizar y custodiar el legajo de personal de cada funcjonar o o contratado dei MTESS; Comunicar a la DGAF las ausencias de los funcionarios y contratados, así como las horas ed(ras desempeñadas y las sanciones para la correcla liquidacion de salarios; Expedir y autenticar mpias de los documentos obrantes en cualquiera de las dependencias de su Direccion C'eneral y, Sugerir al M nistro la aplicaci&t de sanciones discidinarias ante faltas le^/es cometidas por el personal del MTESS y la peticion a la Secretaría de la Función Pública de sumarios administrativos ante faltas graves cometidas por el personal del MTESS' Att Dependeran de la Clíreccion General de Talenbs Humanos: el Departamento de Selección, Capacitación y Evaluación de Personal; y d Departamento de lefatura de Personal. Art El de Planificación EndÉ las sigu enes funciones: a) b) c) Gestionar y aoordinar los progmmas y proyectos de cooperación nacional e intemacional, del que sea parte el MTESS y sus dependencias; Diseñar los planes y proyectos del MTESS a corb, med ano y largo Plazo, y coordinar su ejecución; Actuar de contraparte en los proyectos con financiamiento nacional e nternacional en representación del Ministerio, de acuerdo a los táminos de Referencia establecidos en los convenios respetivos; d) Asesorar y apoyar a las distintas dependencias del MTESS en relación al diseño y presentac ón de los planes y proyectos; y e) Supervisar y reponsabilizarse de la implementación del Modelo Estándar de Control Intemo para Entidades Públicas del Paraguay (MECIP) del MTESS, con recursos humanos prop os o a través de consultorías e <tenns' Art DependeÉn de la Direccion General de Planificacjón: a) b) La D recc ón de Coordinacion de MECIP (Modelo Estándar de Control Intemo) equivalente a la C ordinacion Intema establecida por el D r:rerr en su Art. 8"; y, El Departamento de Planificación; y, el Departamento de Crnven os de Cooperación. A t El de Auditoía será el Auditor Intemo pret/isto en d Decreto No L3.245I2OOL, conforme a lo qtre establece el Decreto 2' en su Art. 9", y tendrá las siguientes funciones: Verificar los registros, sistemas de conúol, proced mientos admin strativos, financ eros, presupuestarios y MTESS, se real icen correctamente; Controlar la gestion de de sus deberes y SU Cárdcnas Secreiario Trá ap Er',deú, y

8 -.'-;\ qei Minicterio de TRABAJO,EMPLEOY SEGUR DADSOCIAL cobtern NAcroNAL Resotución MTEss ilo..- ).. ltt POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAI{IGRAMA DEL MIÍ{ISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE I.AS FUNCIOÍ{ES DE SUS DEPENDEN.TAS'- ü :l Í:i:i' 2015 c) Proponer mod ficaciones que mejoren los manuales de funciones y procedimientos, tantos administrativo financieros, como de getión de los funcionarios del MTESS; d) Superv sar la tarea de asuntos intemos del Departamento de Gestión, verificando denuncias o sospechas de actos irregulares por parte de funcionario ; e) Elevar con celer,dad al M nistro los resultados de conü'oles que realice; y f) E ercer las demás funciones, atribuciones y obligaciones establec das en el Decreto No L3.245l2OOt que cre i la Auditoría Gene-al del Poder Ejecutivo como órgano técnico normativo y de supewi$ón. Art Dependerán de la de Auditoría Interna: el Departamento de Aud toría Financiüa; y, el Departamento de Auditoría de ffi,on. Art Conforme a lo gue establece el Decreto L4 en su Art. 10, el D rector de Formación y Capacitación Lábor l tendé como única funciúr el seguimiento de las políticas definidas por et Min stro con: el SISTEMA NACIONAL DE FORMÁCIÓN Y CAPACITACIÓN LABOML (SINAFOCAL); otas instituc ones públicas que tengan abibuc ones de certifi cación y aoedibcion de competencias profesionales' Art Et Director de Dfu ón de Información Inst tucional tendrá las siguientes func ones: a) b) c) d) e) f) Diseñar, formular y ejecutar estrateg as de comunicacíón nst tuc onal y elaborar un programa anual de comunicación y difu on. brgánizar conferencias de prensa del Minisbo y tras autoridades del MTESS; Ma-ntener un regisuo actualizado de med os de comunicación y responsables, asegurando un buen relacionamiento con los mimos; neoá.ta. gacetillas de información de las actiüdades del Ministro y demás not cias del MTESS, afuurando su amplia difusion en los medios de comunicación y prensa, prev a autorizac úl; Monitorear tod* tou medi6 de prensa, e informar diariamente al M nistro de todas las noticias referidas al Ministro, ai MfESS, al Defecho del Trabajo, al Empleo y a la Seguridad Social; y, Córdinar relacionam ento y difusión de información con la Secretaría de Infurmación y óámrn cac On (SICOM) depend ente de la Presidenc a de la República, con el fin de alcanzar el destaque de los servicic del MTESS. Aft El Secretario Privado es un cargo de confianza del Minisüo, por lo que será designado y remoüdo por éste, y tendra las siguiotes: a) Coordinar Ia agenda del Ministro; b) oar debida aterrción a los üsitantes del Ministrc; c) Organizar y coordinar las reunimes convocadas por el M nistro; di córdinar ia tarea de mensajería, transporte y servic os generales del Gabinete del e) f) Min stro; Archivar las notas remiüdas al Ministro y recib das por él; y, istir ejecutivamente en las tareas auxiliares requeridas por el Ministro. - El Director de de confianza del Ministro, Por lo a v tef r de de asistir y PreParar todos! :i I,,.A).", to Cárdenas GonzFlq Secretario secretanouencl9r/, Genel!ü, '\.,, dstrabap Er eo, Y Saundd Sodl 'i.' detébdoemfllco, \,

9 Ministerio de TRABAJO, EMPLEO Y GoBtERN NAcroNAL Resolución MTESS No lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGANIGRAi{A DEL EMPLEO Y S,EGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE DEPENDENCIAS.- c) d) e) MINISTERIO DE TRABA'O, LAS FUIICIONES DE SUS ri I í,t 8. 20i5 los actos a los que coricurra el Ministro respetando los usos apropiados que en materias protcr.olar se regu eran. Capítulo It V cem nisterio de Trabajo Art El Vicern n sterio de Traújo, en a@ane Vlt{T, es ejerc do por el V aemin sfo de Trabajo, quien tendé las funciones y atribuciones d,spueslas por la Ley No 5.115/2013 y por el Decreto L4. Art Confome a lo que estableae el Decreto en su Art. 13, dependerán directamente del V aemin sfo de Trabajo: a) Con rango de Dirección General: la Dreccion General de Trdbajo (D6D; y la Dirección General de Inspección y F scalizacion de TrdbaF (DGIFD; b) Con mngo de Dirección: La Secretaría General del vlvlt; la Dirección de Gabinete del VMT; La Drección de Salud y Seguridad Ocupac onal (DSSO); la Dirección de Promoc ón de la Mujer Trabajadora (DP 4D; y la Dirección de Protección a la Niñez y Adolescenc a (DPM)' y la Drección de Asesoría Jurídica del vlut (DAl) y, c) Con rango de letrura de Departamento: la Secretaía Priv-da del VMT. Art El Secretario Ceneral del VMT tendrd las sigu entes funciones: a) C.omunicar d spo c ones enriüdas por el Viceministro a las diversas dependencias del V,lT; b) Remiür a la del MTESS 16 proyecto de resoluciones refer dos a competencias del VMT; c) Redactar las resoluciones, noes, nfoffies y otro documeritos oficiales del VMT; d) Refrendar las resoluciones firmadas por el Vicem n stro de Trabajo; e) Autenticar cop as de documentos originales que radiguen en el VlvlT; f) Supervisar la lnlesa de Enda M VMT y del Archivo del VMT; s) Redactar la memoria de gestión anual del VMT, en colaboraciúl con las Direcciones y demás dependencias de 6b Subsecretaría de Estado. Art DependeÉn del secretario Geno-al del VMT: el Departamento de Archivo del VMT; y el Departamento de Mesa de Entrada del Vl'lT. Art El lefe del Departamento de Archivo del VMT tendra las siguíentes funciones: a) Organizar, actualizar y custodiar el tuchivo del VIvIT; Oj negistrar ia entrada de documentaciones del Ardlivo del VMT, dejando constanc a del remitente o destinatario; Exped r y autenticar cop as de documentos obrantes en el Archivo del VMT; Emitir informes sobre los document6 obrantes en el Archivo del VMT; Coordlnar d documentos del de guarda y d g tal zac ón de de los documentos obrantes en

10 @ Ministerio de TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDI\DSOCIAL GoBTERN NAcroNAL Resolución MTESS No...??-. lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGANIGRA]TIA DEL MINISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCXAL Y SE ESÍABI"ECE LAS FUilCXOI{ES DE SUS DEPENDENCxAS.- ü:!:i:í g) Proponer la baja de documentos del Archivo del VMT; baja que requerirá la -' autonzación preiia y esoit del viceminisüo M Tre/bEjo y cumpl m ento de las a) b) c) d) e) 0.t',fi disposiciones legales pertinentes. Art El Drecrtor de Gabinete del vmt tendé las sigu entes funciones: a) Coordinar la ejecuc ón de las tareas y resporsabilidades as gnadas por el V ceministro a Directores y ottc funcionarios del VMT, encargéndose del segu miento de las misrnas; b) Prestar asesoramiento y agstencja nmediata al vicem nistro de Trabaio; cj nsistir al v cem nistro del Trabajo en las audienc c que rec ba; d) Coordinar con la Secretaría Privada del VMT las audiencias solicitadas ante el Vicem nisbo, y, en su caso, canalizarlas a fin de que sean satisfuchas con mayor rapidez por instancias inferiores; e) córd nar, mediando nffucción precisa del vicem n súo de Trafuio, coniuntamente con los D rectores y Jefes de Departamentos la ejecución de las tareas y responsab lidades del VMT; O Cüpeár con los ürectores y Jefes de Departamerto. de manera trawersal para el ejerc c o de las respetiws funciones; gl depresentar al ücem nistro de Trabajo, por disposición de éste, en audiencias, reun ones, foros, Y otrc actos; nl [áf ár anát s r y'ule,,rar nfurmes al Mcemin stro de Trabaio, sobre temas relacionados a las func ones del VMT; l óóioinai el monitoreo de los Asesores sobre las princjpales variages socioeconóm cas ' ád país y de la región, elevando nformes al Viceministro de Trabajo; y' :l óóir"i con d iceministro de Trabaio y mn los Directores en sus o(posiciones públicas. Art. 3g.- conforme a lo que effiblece el Decreto en su Art 14, dependerán del Director de C,ab nete del vmt los Asesores del C binete del WT' Art El Drector General de Trabajo tendra las siguientes funciones: Presidir el Consejo Nacional de Salarim Mín mos; Tramitar, y resolver conjuntamente con el v ceministro de Trabajo, las suspensiones de contñtos de trabajo y los cierre de empresas; é;pñ;;i. ;ijiaáón y concitiac ón en ctos indiüduales y colectivos de tra'bajo, velando por el cumplimiento de las normas laborales v gentes; il;;j*-;i #;icio pacifico de tos derechos de sind catización, ta negociación aol*tru, y homologar los conffios de condiciones cdectivas de Trabajo en tanto se adecuen a las normas vigentes; ññl.s;r ios contratos- nd viáua6s de trabajo y de aprendizaje, en los c sos exigidos por normas v gentes y en tanb se adecuen a ellas; r*p", v auénticar-copias de documentos obr nte. en su y en cualquiera de sus dependencias' ; r; seruiob del Regisüo Obrero Patronal, del Registro Sndical, y otros ;"giffi qu" "i ágn* a la Áuto dad Administrativa del Trabajo las leyes y otras normativas Aplicar, en los sumar os Asesorar con el Trabajo, las sanciones que conespondan de normas laborales; ügentes; o Cárdenas Secreiario Trabajo Emplen, y González

11 /-1G:\ wi Mini terio de TR.ABAJO, EMPLEO Y cobrernñnaclonal Rcsolr ción t{tess o..r59.. lrs POR I-A QUE SE APRUEBA EL ORGATIIGRAM'I DEL EMPLEO Y SEGURIDAD SOCTAL Y SE ESTABLECE DEPET{DEilCIAS.. j) Promover la difus ón de los derechos y obl gbc ones labonles;y, k) Elevar sugerencias al Viceministro de Tr bajo sobre reglamentaria en materia labor l' M ]TISTERIO DE TRABA'O, rás FultctoilEs DE SUS ü '1- i'i:il establecidos en las normas adecuación legislaüva y Art Conforme a lo que es-tablece d Decreb L4 en su Art. 15, dependerán de la Direccion General de Trabaio: a) La Dirección de Med acion en conflictos colecti\o de Trabajq y la Dirección de Reg stro Obrero Patronal; b) el -Departamento de Regisro sndical; d Deparbmento de Asesoría a snd catos ' para iegistro Sndical; iel Oepanamento de Med ac ón de Crnflictos Individuales de Trabajo; Y c) La Secc ón de Hcrndqaciút de Contratos y Reglamentos Inbmos' Art.42.- El Director de Mediación en conflictos c lecti\ros de Trabajo tendé las siguientes funciones: a) supervisar y ejercer la medición de los conflictos colectivos de trdbajo, med ación que será las oeltes; b) Asignar mediaoores en conflictm mlectivc derivadm a su DirecciÚt; cj entrenar y evaluar coflstanenente a los i4ediadores dependientes; y, di Velar el cumplimiento de las lerys laborales sr todas sus actuaciones' Art Conforme a lo que establece d Decreb en su Art. 16, dependerán de i, O.*. n de l@iación en Confl cbs Colectivos de Trabajo los Med adores en Conflictos Colectivos. Art. zl4.- El Director de Reg So Obrero Pabonal tendra lm funciones establecidas por el Dereto No 580 del 21 de octubre de 2008, sus modificaciones y reglamentac ones, y.d- r ; isella y propondé a la superioridad los borradores de normativas necesarias ánt" prá el enc énb servicio de su direccón,oomo pa6 la ofiimización en la obtenc on de recursos fi nancieros. DependeÉn de la Dirección de Reg stro obrero Patronal los departamentos: a) de l.irtp.'0" o.p. y Regisüo de Planillas; y, b) de Liquidacion de Multas y oficic Judiciales. Att El Jefe del Departarnento de Reg sro srdical tendrá las guientes func ones: a) Asentar, arch var, cusbdiar y organitaf las docurentac ones y Resoluciones relativas a ' -federóciones la inscipción de'los sindidtos, $ndicales y cq federaciones o cenüales sindicales; b) Emiür nórmes no v n@lantes pam la ex@ic on de constanc as de estab l dad por parte de la Drección del Trabajo; c) Expedir y autenticar documentos obranes en su Reg súo; d) Emitir informes e) Coordinar d servicios de guarda y digitalización de documentos Augusto Cár Secreiario de inbtefl Trab4o Empleo, y Segu dad sooü

12 Mlnisterio de TRABAJO,EMPTEO Y SEGURIDADSOC AL cob ERN NAqoNAL Rcsolución MTESS rro lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAÍ{IGRAMA DEL EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABI..ECE DEPENDENCXAS,- 0 2 r[ f) Proponer medidas para la conservación y/o res-tauracion de los documentos obrantes en Registro Sindical; y, g) Proponer la baja de documentos del Registro Sindical; baja que requerirá la autorización previa y escrib del Vicemin süo y el cumpl m ento de las normaüvas vigentes. Art El Drector General de Inspeccion y Fiscalizacion de Trabajo tendrá como función pr nc pal el control del cumflimiento de las normativas laborales y de seguridad e hig ene ocupac onal, estando facultado a nspeccionar los lugares de kabajo. LoS fiscalizadores de ésta Drección no eslan autorizados a asesoñr a ninguna de las partes de la relación laboral o a mediar en conff ctos laborales, limiéndose a nspeccionar, constabr e informar el cumplimiento o ificumplimiento de las normau\ras v gentes' Att Conforme a lo que establece d Decreto en su Art. 17, dependerán de la Dirección General de Inspeccjón y Fixalizacion de Trabajo: las Oficinas Regionales de Inspecc ón y Fiscalizac(n; ei Departamento de Fiscalización Laboral; y el Departamento de F scalizac ón de Seguridad Ocupac onal. conbrme a lo que establecé el Dec,eto en su Art. 18, queda suprimido el Ñpurlar"nt" dé nspección y Vigilancia, anteriormente dependiente de la Dirección General de Trabajo. se establecera por Resoluc ón la estructura, cargos, requis tos y cafreg para los ñr.ul á o.* quá cdaboraén con la DGIFT, nuevo órgano del VMT responsable en la tarea de plicía labri:e,l que la ley prevé. Aft Conforme a lo que etablece el Decreto L4 en su Art. 19, el D rector de salud y seguridad ocupacional tendra las funciones de: supefvisar la sección de Registro de Oeclaraáones de Insalubridad; expedir y autent car copias de documentos obrantes en iu Direccion; y todas las asignadas a la Direcciút de Higiene y Seguridad ocupa-cional por las normativas ügentes, con ia sda excepcion de h abtbuc on de ir speccionar y ñsalizar a lás empleadores-el cumplimiento de las normas de h g ene, med cina en el trabajo y segu OáO ocupacional, competencia ésta de fiscalización que es aúibuida o luevamente a la óirecc ón C,eneral de Inspección y Fiscalización de Trabajo según lo establece la Ley No 5.115/2013 y el Art. 19 del D f:reflo El Director de salud y seguridad ocupacjonal Üowndrá al v cem n stro de Trabajo la mooinác on y a ecuáción oe leyes, decretos y resoluc ones vigentes' en materia de r"srriou, higene y medicina en el trabajo, a fin de asegurar la factjble aplicación de sus normas técnicas. Art El Director de Promoción de la Mujer TrabaFdora tendé, entre Úas funciones a ser reglamentadas, las guientes: mujeres al trabajo formalizado; MII{ISTERIO DE TRABA'O, r s Fu tcrones DE sus al trabajo; (u Miütelo ugusto Cárden s Secreiario de Tr,rbajo Emplor. v y Seguridad Said

13 Ministeric de TRABAJO, EMPTEO Y GoBTERN NAcroNAL Resolución MTESs No -; lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAIIIGRAMA DEL MI'IISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAT' S(rcIAL Y SE ESTABLECE LAS FUilCXONES DE SUS DEPENDENCIAS- 0?" l-itj. Z0j5 e) asesorar y supervisar la tarea de med ación en caso de que sean partes del conflicto mujeres vulnerables y trabajadoras domésticas; f) supervisar y ser responsable del Departameflto de Programas y Proyectos que dependera de su Direccion; Y g) incentivar lm organizaciones de mujeres trabajadoms. Art El D rector de Protección a la Niñez y Adolescencia tendrá la función de coordinar las actividades del VlvlT que tengan por finalidad la prwención del trabajo de la niñez y el respeto a los derechos de los adolescentes trabajadores. Art El Director de Asesoría Jurídica del wt tendé las gu entes funciones: a) Prestar asesoram enb jurídico al Viceminisüo de Trabajo; b) O ctam nar sobre cuestiones que requieran un parecer jurídico previo a resoluciones de VMT o de alguna Drecciúr dependiente; c) Supervisar á jrecer nstructores que tengan a $r cargo sumarios a empleadores por - sospecha de incumplimiento de normas laborales; d) ñp"rc'*"; aroo. u juríd cas sobre Derecho del rrabaio a empleadores y tra bajadores; Y, "l fuuraiín o-á áí Viceminis 'o de Trabajo y al Director Geneml de Asesoría luídica del MTESS ante la constatación o la sospecha de actos irregulares por parte de funcionarios del VMT. Art Conforme a lo que establece d Decreto L4 en sl Aft. 20, dependeén de i. -oi.á' " de Asesoríi luríd ca del VMT los E@arbmentos de: Dctámenes del VrvfT; Sumarios; y, Evacuación de C-onsultas luídicas' Art.53.-ElsecretarioPrivadode VMTesun@rgodeconfianzadelViceministrode i;b"lq po. Üqr" será Gignado a su propuesla ser remoüdo a ped do de éste' y tendrá las siguientes funciones: a) Coordinar ta agenda det V cem nistro detmb io; bi oar debida atención a los v tantes del vicem nistro de Trdbajo; ;í ñ;..i;;t.*rdinar las reuniones convocadas por el v ceminislrc de Trabajo; ái ééi i"á, ia tarea de mensajería, transporte y servicic generales del Gabinete del vicem nisfo de Trabajo; ") Á;ir;;];;*at r*iitiout al vicem nisüo de Trabaio v recibidas por él; v' f)as stirejecut Vamenteenlasbreasauxiliaresrequeridaspore!Vicem nistrode Trabajo. capítulo III Mceministerio de Empleo y Seguridad Social Aft.54.-ElV cemin steriodeempleoyseguridadsocial,enadelantevmes'esejerc do por rr rr el at ViceminisEo \/iraminickr de e emotes,j o,urioa bc at, Soc al, quien gut tendé 16 funciones y atribuciones et Decnúo ñpul#;';;i;i"v.u sy'rsizot v ryl l42s46tzot4' (rvl#.[."fl E #l', ás Cr,nlálcz IGINAL 1, L/ i ---=.^ cu"kt", / ^ -{ irio General,, Enrpteo. y segfii;d sod l \ Vz hrnhteno det abap tmpleo. y Segu;idad,l V l-/ \

14 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY cobtern NActoNAL Resolución MTESS No lrs POR ta QUE SE APRUEBA EL ORGANIGRA}IA DEL EMPLEO Y SEGURIDAD SOCXAL Y SE ESTABI.ECE DEPET{DENCXAS.. MINISTERIO DE TRABA'O, LAS FUNCIONES DE SUS Aft Conforme a lo que establece el Decreto OL4 en su Art. 24, dependerán d rectamen e del Mceministro de Empleo y Seguridad Social: a) Con rango de D recc ón Gene-al: la Dirección General de Empleo (DGE) y la Dirección General de Seguridad Social; b) Con rango de Dirección: la D rección de GabineE del VMESS; y c) Con rango de Departamento: la Secretaría General del WESS y el Departamento de Secretaría Privada del VMESS. Art El Drector Gene-al de Empleo tendrá las s guientes funciones: a) Promover el aceso al pleno empleo de desocupados y slb-ocupados, así como la formalización de los ocupados en actividades productivas informales. b) Proponer acciones de políücas puhicas para el fumenb y mejora del empleo, con éniasis a las poblaciones vulnerables; c) Promover el acceso al ernpleo productivo de la población y a la mejor-a de la cal dad del empleo; d) Recaba; infurmación de los principales indicadores del mercado de empleo en el país y en la region, realizando estudios, investigac ones y esladísticas con el fin de coadyuvar al diseño de las polfticas de ficmenb del emfleo; e) coordinar la implementación de las políücas de empleo con los gobiemos departamenbles y/o mun cipales; 0 Relacionarse con empresas u organizaciones de intermediacion laboral' g) Diseñar y ejecutar, med ante oficinas de emplm, acc ones de ntermediación laboral y capacitación Para el empleo; Y h) Ocuparse de las polfticas de empleo de migrantes internos y o<ternc' Art Confurme a lo que establece el ffi en su Art 25, dependerán dd Director General de Empleo: a) las Oficinas de Empleo y Capacitac ón; b) el Observatorio Laboral; y c) la Coordinación de Intermediacion taboral. Art. 58. El D de Seguridad Social tendé las gguientes funciones: i, iií-il.2015 a) Diseñar las políticas públicas par Ia mplementación de modemo y eficaces s stemas de segur dad social para toda la población, que garanti@n jubilación, pensión y oüos beneficim de seguridad social; b) Proponer la reglamentación de los sistemm o regímenes de seguridad social. c) Propiciar programas y regímene integrados de seguridad social tanto en el sector público como privado; o) Ásentar en un registro los regímenes o stemas de seguridad social que operan en d país, sus normativas, autoridades y demás dab de nt*, para lo que contará con la sección Registro de Ent dades de Seguridad Social; e; tr,tonitorear ios regímctes, cajas o gstemas de seguridad social que operan en el país confolando el ojmplimiento de las normativas legales y reglamentarias que se establezcan para asegurar la scteniul dad y etrciencia de los misrnos' c[ alo t'fl# I,y'*u,.o c r "n"\á, \:'"" "'i':j'ii l;3"i$$ ie aio empleo i ebu' 14 en su Art. 26, dependerán del Monitoreo a Enüdades de

15 (gl Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY GOB ERN NAOONAL Resolución MTEss No...5?-. lrs POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAT{IGRAMA DEL T{ITISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE LAS FUilCIONES DE SUS DEPEilDENCIAS.. n i rin.2015 Seguridad Social; Políticas de Seguridad Social; y Reg stro de Enüdades de Seguridad Soc al. Art El Secretario General del VMESS tendra las siguientes funcjones: a) Comun car d sposiciones emiüdas por el V ceministro a las d \rersas dependenc as del VMESS; b) Remiür a la Secr&ía C,eneml del 4TESS los prqfectos de resduciones que requieran c) d) e) 0 la firma del Minístro; Redactar las resoluciones, notas, nfurmes y otros documento ofic ales del VMESS; Refrendar las resoluciones firmadas por el V ceministro de Seguridad Social; Autent car cop as de documentos originales que radiquen en el VMESS; Coord nar, orienbr y superv sar d Epartamenb de Archivo del VMESS y la Sección Mesa de Enb-ada del vmess; y, g) Redactar la memoria de gestión anual del WESS, en colabor ción con las Direcciones y demás dependencias de esta Subsecretaría de Estado. Art El Director de Gabinete del VMESS tendrá las siguientes funciones: a) Coordinar la ejecucion de las tareas y responsab,ldades asignadas por el Viceministro a D rectores y oúos funcionarios del vmess, encargándose del seguimiento de las m smas b) Prestar asesoram ento y as stencia nmed ata al Vicem n sto; c) Asist r al V aem nistro en las aud enc as que reciba; di Coord nar cor la Secretaría Prirada del VMESS las aud encias solicitadas ante el V cem nistro, y, las a fin de que sean satisechas con mayor rapidez por instancias nfieriores; e) coordinar, mediando instruccim precisa dd v cern n süo, conjuntamente con lc ' D rectores y lefes de Departamentos la ejecucion de las tar s y responsabilidades del VMESS; 0 Coopeár con los D rectores y Jefes de Deparbmenbs de manera trawersal para el ejercic o de las respectiras funciones; g) Representar al Vicemin súo de Empleo, por instrucc ones de éste, en audiencias, reuniones, foros, y oúos actos; h) Realizar análi s y elerrar infurmes al Vicemin súo de Emdeo y Seguridad Social, sobre temas relacionados a las func ones del Viceminister o; ) Mon tor@r las princ pales variables socioecon&nicas del país y de la región, elevando inbrmes al Viceminisúo de Empleo y Seguridd Social; j) Redactar la memoria de gestión anual del VMESS, en colaboracion con las D recciones y demás dependencias de esta Subsecretaría de Estado; y, k) cooperar con d viceminisüo de Empleo y seguridad soc al y con los D rectores del VMESS en sus oqos ciones públicas. Art Dependerán del Director de GabineE del WESS los Asesores del Gabinete del VMESS. tc UI Art B Secretario leguridad Social, por lo tendrá las s g l/ eés,rr.,yt,f,.r'ü'rr**, 1 I Minbrerio de rrabah Emr un cargo de F! General ho,ys4u dd Mceministro de EmPleo y podriá ser removido a Pedido

16 Ministerio de TRABAJO,EMPLEOY SEGUR DADSOCIAL GoBtERN N/\cloNAL Resolución MTESS No....?.. lrs POR LA QUE SE APR.UEBA EL ORGAÍUGRAMA DEL T'IINISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTAB1TCE I.AS FUÍTCIOilES DE SUS DEPENDENcIAS- 0 Z f[11. Z0i5 a) Coordinar la agenda del Viceministro; b) Dar debida atenc ón a los visitantes del V ceminisbo; c) Organizar y coordinar las reuniones convocadas por el Viceministro; d) Coordinar la tarea de mensajeía, transporte y servicios generales del Gabinete del Vicemin stro; e) Archivar las notas remitidas al Vicem n stro y rem tidas por él; y f) As stir ejecut vamente en las tareas auxiliares requeridas por el Viaem n stro de Empleo y Seguridad Soc al. Capíh. lo V Com s ones, Consejc y Mesas Conforme a lo que establece el Decreb en su Art. 28, *tarán adscriptos al dspacho del MinisEo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y contarán con la act va coordinación de los V ceministros: a) El Consejo Consulüvo Tripart to que tendé, además de las funciones a ser reglamentadas por resolución ministerial, las competencias establecidas en el Artículo 74 de la Ley No ; y, b) La Mesa de Diálogo Social, que a través de sus áreas temáticas dirigidas por representantes del MTESS tendé la finalidad de presentar propuestas de acción pública acordadas por todos los actores nvoluo-ddos en los sectores de trabajo, empleo y seguridad social. Art Confurme a lo que edab,ec el D r;rfi en $,drt.29, estará adscripta al despacho del Vicemin súo de Trabajo: La Comision Interinstjtucional del Transporte Público que será presid da por el V cem n stro de Trabajo e inbgr da además por el Viceminisbo del Transporte del MOrc, el Drector Gener-al de Inspeccion y Firalización de Trabajo y Seguridad Social, por el Director General de Aporte Obrero Patronal del IPS, y por el Director Nac onal del Transporte de la DINATMN, quienes debenn concurrir personalmente a sus periódicas ses ones, n posibilidad de enviar representantes. Esta Comisión se regié además por el Decreto No , en o. anto no se opongan a este Decreto. Art Conforme a lo que establece el Decreto ?0L4 en su Art. 30, estará adscripto al despacho del D rccbr General del Trabajo el C-onsejo t acional de Salario Mínimo (CONASAM) que, se regirá por las normas vigentes establecidas en los Artículc6 252, 253 y 254 del Codigo del Trabajo, gy Ho , y sus modificacione ;J,...,,:. D Att ñ7.- Deóganse todas las resoluciones ministeriales y r{ceministqfales que establezcan o dependencias no contempladas en la nrese\esotyfon. f ^^ \ /tn.r,)ro,tár<jc,rasconz iicz I.FL,-, t'*x r\rrgrrstrr tárdcrras Gcne at Gonz iicz (it-í,,,,,., /.: -Secreiariu ní,..r,o' -."tf" Mini!lefi0deTf baj0ef ]ple.),ysegu;idads0cial.;.,',< ;

17 Ministerio de TRAEAJO,EMPLEOY EGURIDADSOCIAL cobtern NAooNAL Resotución MTEss No..;23... tts POR LA QUE SE APRUEBA EL ORGAÍ{IGRAMA DEL MINISTERIO DE TRABA'O, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECE LAS FUI{CIONES DE SUS DEPENDEÍICIAS 0 2lr[n.?015 Gonzí iez General Empler, y Seguiidad

18 Ministeriode TR.ABAJO,EMPLEOY SEGURIDADSOC AL GoBTERN NASoNAL Anexo l de la Resolución.MTESS No...).J.../1s 0?- f ln.20i5 Dir. de Prolocolo v Ceremonial ' Doto. de Notas v ' Proyectos ' Doto. de Control i Seguimiento Doto. de Trámi. ti]3 Jud ciales ugusto lcio de li baio Conzález General v squ idad Social oirección General de falenlos Humanos

19 Ministeriode TRABAJO,EMPLEOY GoBtERt{ NAcxoNAL Anexo 2 de la Resolución MTESS to....?...lrs 2il15 D r. de Promoc ón a l.l{uier Trabaiadon Doto. Reoisfo 'Sindic-al Aseaorl shdt RI Oficinas Reg. de lnsp. y Fiscalhación 9 _r^ 4,»J o Cárdcnas Secreiario Gener l de lrabaio Empleo, y de lnsp. y Flsc lira. c ón ds Tnbaio DeDad rnerto de 'sumarios

20 Ministeriode TRABAJO,EMPLEOY SHGURIDADSOCIAL GOB'ERN NACTONAL Anexo 3 de la Resolución MTESS No...-.?P-.../1s 0 I i.t,r. Znrl DDro. d. lonitoeo, Entir.des de S.S. Cárdcnas González General Eilller, r Se,.luíid d Social

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