Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera unificada centroamericana

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1 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera Ramon Antonio Fión Msc. Resumen La importancia de generar criterios de comparación por disposiciones legales entre varios países, genera no sólo oportunidades de unificación de criterios cuando se trata de negocios conjuntos, sino que también permite determinar los avances que cada país tiene y la falta de regulación que debilita no sólo el accionar, sino que perjudica la certeza jurídica de los agentes económicos. Centroamérica es una región integrada por cinco países que desde la década de los 60 viene realizando esfuerzos por impulsar instrumentos que facilitan el comercio y contribuya el desempeño micro y macroeconómico en beneficio de su población. Luego de varios años de coordinación y esfuerzos de los Ministros de Economía de los países centroamericanos, se creó el CAUCA y RECAUCA como un importante avance para lograr el objetivo de crecimiento y desarrollo económico de la región. Para Guatemala solo quedaba contar con un marco sancionatorio que permitiera certeza jurídica a los agentes económicos, lo cual mediante la aprobación del Decreto Legislativo se ha logrado. En todo caso, el desarrollo de leyes nacionales complementarias a la legislación centroamericana no deben contradecirla, sino más bien complementarla, tal como se podrá observar en detalle del análisis que se hace a continuación. Palabras claves: CAUCA, RECAUCA, Ley de Aduanas, Infracciones y Sanciones, principio de legalidad.

2 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera 1. Doctrina jurídica La legislación centroamericana vigente para los países miembros establece su alcance y regulaciones para unificar los criterios en el tratamiento de las mercancías y personas a través de las aduanas. No obstante ello, hay un principio relevante que debe cumplirse como es el principio de reserva de ley en el marco de lo establecido constitucionalmente para que un tributo o su definición de infracciones y sanciones sea considerado como tal. Por ello se debe mencionar que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece en su artículo 239 que: Principio de legalidad. Corresponde con exclusividad al Congreso de la República, decretar impuestos ordinarios y extraordinarios, arbitrios y contribuciones especiales, conforme a las necesidades del Estado y de acuerdo a la equidad y justicia tributaria, así como determinar las bases de recaudación, especialmente las siguientes: a. El hecho generador de la relación tributaria; b. Las exenciones; c. El sujeto pasivo del tributo y la responsabilidad solidaria; d. La base imponible y el tipo impositivo; e. Las deducciones, los descuentos, reducciones y recargos; y f. Las infracciones y sanciones tributarias. Son nulas ipso jure las disposiciones, jerárquicamente inferiores a la ley, que contradigan o tergiversen las normas legales reguladoras de las bases de recaudación del tributo. Las disposiciones reglamentarias no podrán modificar dichas bases y se concretarán a normar lo relativo al cobro administrativo del tributo y establecer los procedimientos que faciliten su recaudación. 2. Legislación La legislación centroamericana uniforme a través del CAUCA y RECAUCA, establece un conjunto de disposiciones y reglamentaciones de observancia para los países centroamericanos. Sin embargo, en el mismo se definen algunas infracciones, las cuales en función al principio de reserva de ley, le corresponde a cada Estados Parte crear la legislación correspondiente y definirlas y limitarlas con rango de ley, es decir, aprobada por el Congreso o Asamblea Legislativa. Por ello, es importante indicar que la legislación base para los Estado parte son: 2

3 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera Código Aduanero Uniforme Centroamericano CAUCA-, Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano RECAUCA-, Ley de Actualización Tributaria, Libro III Ley Aduanera Nacional, Decreto del Congreso No , y Ley General de Aduanas de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica Ley No Es decir, que este conjunto de disposiciones legislativas fue el objeto de análisis y comparación. 3. Análisis comparativo A continuación se realiza un análisis comparativo entre las disposiciones legales, destacando que el punto de referencia será el CAUDA y RECAUCA, así: i. El CAUCA y RECAUCA son la base de las regulaciones en materia aduanera en ii. iii. iv. Centroamérica. Costa Rica desde 1996 cuenta con una legislación de rango legislativa por medio de la cual se regulan muchos de los aspectos que están establecidos en el CAUCA y RECAUCA. Por lo que el CAUCA se aplica de manera supletoria para cumplir con todas las regulaciones a las que el país se ha comprometido con la firma del Protocolo de Guatemala. Desde hace varios años, prevaleció la situación de que Guatemala no contaba con una Ley Aduanera, y eso se veía como una desventaja a nivel Centroamericano. Recientemente durante el presente año, el Congreso de la República aprobó la Ley Aduanera Nacional. La Ley Aduanera Nacional de Guatemala en comparación con la de Costa Rica, contiene la parte de infracciones y sanciones. Lo necesario para darle rango de Ley a las actuaciones de la Administración Tributaria guatemalteca y para cumplir el principio de reserva de ley, dándole certeza jurídica a las actuaciones que los responsables de la administración aduanera realizan. 3

4 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera v. Guatemala continuará utilizando el CAUCA y RECAUCA en sus actuaciones de vi. 4. Opinión regulación del comercio internacional hacia y desde la región centroamericana, porque tienen vigencia y no necesitan de que existe una ley nacional para que le de vigencia, pues por el hecho de ser un instrumento regional y aceptado por el Estado guatemalteco, este tiene vigencia como cualquier ley nacional. En cuadro anexo, se describe a nivel de títulos, capítulos y secciones algunas similitudes que están reguladas en ambos cuerpos legales, como también la complementariedad que se da, pues ninguna ley nacional debe contrariar lo dispuesto en el CAUCA y RECAUCA. A partir de las disposiciones legales indicadas anteriormente se procedió a elaborar un cuadro laborioso comparativo a fin de establecer similitudes y diferencias entre cada uno de los cuerpos legales, de cuyo resultado se describen los comentarios siguientes: vii. viii. ix. La legislación relativa a los asuntos aduaneros en Centroamérica está regido por un instrumento que proviene del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala-. Los países miembros se adhieren a ese protocolo y de acuerdo al mecanismo de aprobación, se crean el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su reglamentación. Los países miembros integrado por Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica aceptan como vigente para su país, el contenido del CAUCA y RECAUCA. En este se establecen los principios, objetivos, alcances y regulaciones operativas para que todos los países tengan un solo criterio para su aplicación y que cree certeza jurídica para los agentes económicos y promueva no sólo una integración económica, sino también un crecimiento armónico a partir del bloque centroamericano. La Ley General de Aduanas de Costa Rica cuenta desde 1996 con el marco sancionatorio de lo que regula el CAUCA, por lo que ahora Guatemala se une a los países que cuentan ya con una Ley de Aduanas y especialmente, que cuentan con el marco sancionatorio establecido por ley del Congreso. 4

5 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera x. La legislación aduanera es tan amplia por su especificidad que es deseable constante capacitación al persona de las aduanas, pues de ello deriva una adecuada armonización efectiva entre los países. 5

6 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera Bibliografía 1. Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política de la República de Guatemala Congreso de la República. Ley de Actualización Tributaria, Libro III: Ley Aduanera Nacional. Decreto No Guatemala COMIECO (Consejo de Ministros de Integración Económica). Resolución No Aprobación de las modificaciones al Código Aduanero Uniforme Centroamericano CAUCA COMIECO (Consejo de Ministros de Integración Económica). Resolución No Aprobación de las modificaciones al Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano RECAUCA Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley General de Aduanas No Costa Rica

7 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera 7 Anexo APROXIMACIÓN A UNA COMPARACIÓN DE LA LEGISLACIÓN ADUANERA LEGISLACIÓN CENTROAMERICANA UNIFORME, LEY DE ADUANAS DE COSTA RICA Y GUATEMALA

8 APROXIMACIÓN A UNA COMPARACIÓN DE LA LEGISLACIÓN ADUANERA LEGISLACIÓN CENTROAMERICANA UNIFORME, LEY DE ADUANAS DE COSTA RICA Y GUATEMALA CAUCA RECAUCA LEY GENERAL DE ADUANAS DE COSTA RICA LEY DE ADUANAS DE GUATEMALA TÍTULO I TITULO I DISPOSICIONES DISPOSICIONES DISPOSICIONES GENERALES GENERALES GENERALES CAPITULO UNICO CAPÍTULO ÚNICO CAPITULO UNICO ÁMBITO DE APLICACIÓN, FINALIDADES Y DEFINICIONES OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES GENERALIDADES ARTICULO 1.- Ambito de aplicación ARTICULO Objeto ARTICULO 2.- Alcance territorial ARTICULO Definiciones ARTICULO 3.- División del territorio aduanero ARTICULO 4.- Fuentes del régimen jurídico aduanero ARTICULO 5.- Interpretación del régimen jurídico aduanero Artículo 5º bis. Consignación de impuestos recuperados. La ley de Artículo 6º Fines. Los fines del régimen jurídico serán:

9 9 Análisis comparativo entre la Ley Aduanera de Guatemala, la Ley General de Aduanas de Costa Rica y la legislación aduanera TITULO II TÍTULO II TITULO II DEL SISTEMA SISTEMA ADUANERO SISTEMA ADUANERO NACIONAL ADUANERO CAPITULO I CAPÍTULO I CAPITULO I DEL SERVICIO ADUANERO, SUS POTESTADES Y RESPONSABILIDADES DEL SERVICIO ADUANERO CONCEPTO ARTICULO 7.- Sistema Aduanero Nacional CAPITULO II SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS Artículo 8º Servicio Nacional de Aduanas. El Servicio Nacional de Aduanas Artículo 9º Funciones del Servicio Nacional de Aduanas. Las funciones del ARTICULO 10.- Organización administrativa ARTICULO 11.- Dirección General de Aduanas Artículo 12. Titular de la Dirección General de Aduanas.

10 10 Artículo 13. Aduana. La aduana es la unidad técnico-administrativa encargada ARTICULO 14.- Competencia territorial ARTICULO 15.- Aduanas yuxtapuestas CAPITULO III ARTICULO Aduana DEL PERSONAL ADUANERO 16. Personal aduanero. El personal aduanero deberá conocer y aplicar la ARTICULO 17.- Admisión ARTICULO 18.- Carrera administrativa Artículo 19. Rotación del personal. Los funcionarios técnicos y profesionales ARTICULO 20.- Auxilio y denuncia a cargo de otras autoridades ARTICULO 21.- Coordinación para aplicar controles CAPITULO IV ATRIBUCIONES ADUANERAS

11 Artículo 22. Control aduanero. El control aduanero es el ejercicio de las Artículo 23. Clases de control. El control aduanero podrá ser inmediato, a ARTICULO 24.- Atribuciones aduaneras ARTICULO 25.- Investigación de los delitos e infracciones aduaneras Artículo 26. Responsabilidad por daño, pérdida o sustracción de ARTICULO 27.- Recepción de pruebas en el extranjero CAPITULO II CAPÍTULO VII TITULO III 11 DE LOS AUXILIARES DE LA FUNCION PÚBLICA ADUANERA DE LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA SECCIÓN I AUXILIARES DE LA FUNCION PUBLICA ADUANERA CAPITULO I DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DISPOSICIONES GENERALES Artículo 28. Concepto de auxiliares. Se considerarán auxiliares de la función ARTICULO Obligación de los administradores de puertos, aeropuertos y terminales ferroviarias

12 12 SECCIÓN II DEL REGISTRO DE AUXILIARES SECCIÓN III DEL AGENTE ADUANERO Artículo 29. Requisitos generales. Para poder operar como auxiliares, las Artículo 29 bis. Impedimentos. No podrán ser auxiliares de la función pública: ARTICULO 30.- Obligaciones ARTICULO 31.- Responsabilidad general de auxiliares receptores de ARTICULO 32.- Conservación de la información CAPITULO II AGENTE ADUANERO Artículo 33. Concepto. El agente aduanero es el profesional auxiliar de la Artículo 34. Requisitos. Además de los requisitos establecidos en el artículo 29 ARTICULO 35.- Obligaciones específicas ARTICULO Examen de competencia

13 13 SECCIÓN IV DEL TRANSPORTISTA ADUANERO Artículo 36. Solidaridad. Ante el Fisco, el agente aduanero será solidariamente Artículo 37. Intervención. La intervención de los agentes aduaneros será urgentes o ARTICULO 38.- Sustitución del mandato Artículo 39. Subrogación. El agente aduanero que realice el pago de tributos, CAPITULO III TRANSPORTISTA ADUANERO ARTICULO 40.- Concepto Artículo 40 bis. Conocimiento de embarque. El conocimiento de embarque ARTICULO 41.- Requisitos ARTICULO 42.- Obligaciones específicas Artículo 43. Responsabilidad. Los transportistas aduaneros serán responsables

14 14 SECCIÓN XI EMPRESAS CONSOLIDADORAS Y DESCONSOLIDADORAS DE CARGA CAPÍTULO IV DESCONSOLIDACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE MERCANCÍAS SECCIÓN V DEL DEPOSITARIO ADUANERO CAPITULO IV CONSOLIDADOR DE CARGA INTERNACIONAL ARTICULO 44.- Concepto Artículo 44 bis. Requisitos. Para operar ante el Servicio Nacional de Aduanas, los ARTICULO 45.- Contrato de transporte de carga consolidada Artículo 45 bis. Obligaciones. Además de las otras obligaciones previstas en esta Ley y sus CAPITULO V DEPOSITARIO ADUANERO ARTICULO 46.- Concepto ARTICULO 47.- Requisitos

15 15 SECCIÓN VI ARTICULO 48.- Obligaciones específicas CAPITULO VI ARTICULO Obligaciones de los almacenes generales de deposito autorizados para operar como almacenes fiscales OTROS AUXILIARES OTROS AUXILIARES ARTICULO Seguros de mercancías en tránsitos y traslados ARTICULO 49.- Concepto ARTICULO Obligaciones de las entidades portuarias de presentar informe de inventario ARTICULO 50.- Requisitos y obligaciones específicas CAPITULO VII DESPACHOS DE ENTIDADES PUBLICAS ARTICULO 51.- Entidades públicas CAPITULO II CAPÍTULO III TITULO IV ARTICULO Obligaciones de las entidades privadas

16 16 OBLIGACIONES ADUANERAS CAPITULO UNICO DEL ABANDONO, SUBASTA Y OTRAS FORMAS DE DISPOSICION DE LAS MERCANCIAS OBLIGACIONES ADUANERAS SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES SECCIÓN II PRENDA ADUANERA OBLIGACION TRIBUTARIA ADUANERA CAPITULO I GENERALIDADES ARTICULO 52.- Relación jurídicaaduanera Artículo 53. Obligación tributaria aduanera y obligación no tributaria. La ARTICULO 54.- Sujetos activo y pasivo Artículo 55. Hecho generador. El hecho generador de la obligación tributaria ARTICULO 56.- Abandono Artículo 57. Base imponible. La base imponible de la obligación tributaria CAPITULO II DETERMINACION ARTICULO 58.- Determinación

17 ARTICULO 59.- Revisión de la determinación CAPITULO III MEDIOS DE EXTINCION Artículo 60. Medios de extinción de la obligación tributaria aduanera. La ARTICULO 61.- Pago ARTICULO Determinación incorrecta del pago de tributo ARTICULO 62.- Prescripción 17 SECCIÓN III GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA ARTICULO 63.- Interrupción de la prescripción ARTICULO 64.- Destrucción y pérdida CAPITULO IV GARANTIAS ARTICULO 65.- Garantías Artículo 66. Ejecución de la garantía. La garantía será exigible en las

18 18 CAPITULO V PRIVILEGIOS FISCALES SECCION I PRIVILEGIOS GENERALES ARTICULO 67.- Privilegio general ARTICULO 68.- Afectación ARTICULO 69.- Embargo judicial de mercancías ARTICULO 70.- Título ejecutivo SECCION II PRENDA ADUANERA ARTICULO 71.- Prenda aduanera ARTICULO 72.- Cancelación de la prenda SECCION III SUBASTA PUBLICA ARTICULO 73.- Subasta pública ARTICULO Subasta y mercancías no adjudicadas

19 19 ARTICULO 74.- Determinación del precio base ARTICULO 75.- Subasta de mercancías en lotes ARTICULO 76.- Venta directa de mercancías Artículo 77. Adjudicación. Salvo lo dispuesto en el artículo anterior, el acto de ARTICULO 78.- Mercancías provenientes de naufragio, zozobra, otros TITULO IV TÍTULO IV TITULO V ARTICULO Donación de mercancías ARTICULO Enajenación de vehículos ingresados con franquicias ARTICULO Mercancías sensibles DEL INGRESO Y SALIDA DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE DEL INGRESO Y SALIDA DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE INGRESO Y SALIDA DE PERSONAS Y MERCANCIAS CAPITULO I CAPÍTULO I CAPITULO UNICO

20 20 DEL INGRESO O SALIDA DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE DEL INGRESO Y SALIDA DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE INGRESO Y SALIDA DE PERSONAS, MERCANCIAS, VEHICULOS Y UNIDADES DE TRANSPORTE ARTICULO 79.- Ingreso o salida de personas, mercancías, vehículos y Artículo 79 bis. Presentación del manifiesto. El transportista presentará a la aduana de ingreso, Artículo 79 ter. Rectificación del manifiesto. El transportista podrá rectificar los datos del Artículo 80. Recepción de bultos. La aduana de destino o el receptor de Artículo 81. Bultos faltantes y sobrantes. Cuando al finalizar la descarga del Artículo 81 bis. Sobrantes de mercancías a granel. No será necesario justificar las diferencias Artículo 82. Irregularidades en la recepción. Los bultos con señales de daño, ARTICULO Manifiesto de carga

21 21 CAPITULO II DE LA CARGA, DESCARGA, TRANSBORDO, REEMBARQUE Y ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE MERCANCÍAS Artículo 82 bis. Rectificaciones del manifiesto de carga. Cuando el transportista haya Artículo 82 ter. Reembarque. El reembarque es el retorno al exterior de mercancías extranjeras TITULO VI PROCEDIMIENTOS COMUNES A CUALQUIER RÉGIMEN ADUANERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 83.- Aplicación ARTICULO Almacenes fiscales CAPITULO II ACTUACIONES PREVIAS A LA PRESENTACION DE LA DECLARACION ADUANERA ARTICULO 84.- Examen previo

22 ARTICULO 85.- Consultas técnicas 22 TITULO V DEL DESPACHO ADUANERO Y DE SUS ACTOS PREVIOS CAPITULO III LA DECLARACION ADUANERA SECCION I GENERALIDADES Artículo 86. Declaración aduanera. Las mercancías internadas o dispuestas ARTICULO 87.- Información exigible CAPITULO I ACTOS PREVIOS SECCION II ACEPTACION DE LA DECLARACION Artículo 88. Aceptación. La declaración aduanera se entenderá aceptada ARTICULO 89.- Rechazo de la declaración SECCION III

23 RECTIFICACION Y DESISTIMIENTO DE LA DECLARACION Artículo 90. Rectificación de la declaración. En cualquier momento en que el ARTICULO 91.- Desistimiento de la declaración ARTICULO 92.- Efectos del desistimiento CAPITULO IV VERIFICACION Artículo 93. Verificación inmediata. La declaración aduanera Artículo 93 bis. Plazo para la realización de la verificación inmediata. Cuando, en aplicación ARTICULO 94.- Reconocimiento físico de las mercancías ARTICULO 95.- Concurrencia al acto de reconocimiento de las ARTICULO 96.- Servicios técnicos 23

24 SECCIÓN IV EXTRACCIÓN DE MUESTRAS ARTICULO 97.- Extracción de muestras ARTICULO 98.- Discrepancias con el resultado de la verificación CAPITULO II SECCIÓN I CAPITULO V 24 DEL DESPACHO ADUANERO CARGA Y DESCARGA TÍTULO V DEL DESPACHO ADUANERO AUTORIZACION DEL LEVANTE DE LAS MERCANCIAS ARTICULO 99.- Levante ARTICULO Autorización del levante mediante garantía Artículo 101. Sustitución de mercancías. La autoridad aduanera podrá ARTICULO Revisión a posteriori del despacho CAPITULO III CAPÍTULO VIII CAPITULO VI ARTICULO Levante de las mercancías ARTICULO Plazo para continuar con el proceso de despacho ARTICULO Plazo para la verificación DEL USO DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS DEL USO DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS Y CERTIFICADORES DE FIRMA DIGITAL APLICACION DE SISTEMAS INFORMATICOS

25 25 TITULO VI DE LOS REGIMENES ADUANEROS CAPITULO I y II DISPOSICIONES COMUNES Artículo 103. Informatización de los procedimientos. Cuando la Dirección Artículo 104. Declaración por transmisión electrónica de datos. El Artículo 105. Código y clave de acceso o firma electrónica. Los funcionarios, Artículo 106. Prueba de los actos realizados en sistemas informáticos. Los Artículo 107. Enlace electrónico entre oficinas públicas. Las oficinas ARTICULO Procedimientos de contingencia y alternos TITULO VII REGIMENES ADUANEROS CAPITULO I GENERALIDADES ARTICULO Concepto ARTICULO Clasificación CAPITULO III CAPITULO II

26 26 DE LAS MODALIDADES ESPECIALES DE IMPORTACION Y EXPORTACION DEFINITIVAS REGIMENES DEFINITIVOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION SECCION I GENERALIDADES ARTICULO Concepto SECCION II DECLARACION ANTICIPADA Artículo 112. Declaración anticipada. La declaración aduanera podrá SECCION III RECONOCIMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO DE EXPORTACION DEFINITIVA ARTICULO Reconocimiento CAPITULO III MODALIDADES ESPECIALES DE IMPORTACION

27 SECCION I MODALIDAD DE EQUIPAJE ARTICULO Equipaje ARTICULO Mercancías que no constituyen equipaje SECCION II ENVIOS DE SOCORRO ARTICULO Envíos de socorro ARTICULO Consignatario de los envíos de socorro ARTICULO Actuaciones de la autoridad aduanera SECCION III INGRESO O SALIDA DE PERSONAS FALLECIDAS ARTICULO Personas fallecidas SECCION IV MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL ARTICULO Muestras sin valor comercial 27

28 ARTICULO Declaración 28 SECCIÓN XII EMPRESAS DE DESPACHO DOMICILIARIO SECCIÓN X DE LAS EMPRESAS DE ENTREGA RÁPIDA O COURIER SECCION V DESPACHO DOMICILIARIO INDUSTRIAL ARTICULO Despacho domiciliario industrial ARTICULO Obligaciones y requisitos ARTICULO Declaración provisional ARTICULO Declaración definitiva ARTICULO Mercancías consolidadas SECCION VI ENTREGA RAPIDA Artículo 127. Envíos urgentes de la modalidad de entrega rápida o ARTICULO Requisitos y obligaciones ARTICULO Declaración aduanera

29 SECCION VII ENVIOS URGENTES Artículo 130. Envíos urgentes en razón de su naturaleza o por responder a ARTICULO Aplicación de regulaciones no arancelarias ARTICULO Envíos reiterados SECCION VIII ENVIOS POSTALES ARTICULO Envíos postales 29 SECCIÓN VIII OPERADORES DE TIENDAS LIBRES SECCION IX TIENDAS LIBRES ARTICULO Tiendas libres ARTICULO Requisitos y obligaciones SECCION X IMPORTACIONES NO COMERCIALES

30 ARTICULO Importaciones no comerciales Artículo 137. Pequeños envíos sin carácter comercial. Se consideran CAPITULO IV REGIMENES TEMPORALES SECCION I TRANSITO ADUANERO INTERNO E INTERNACIONAL Artículo 138. Tránsito aduanero. El tránsito aduanero, interno o internacional, ARTICULO Regulaciones basadas en reglamentos técnicos Artículo 140. Declaración del tránsito y régimen aduanero. Si no se ha ARTICULO Controles básicos ARTICULO Plazo ARTICULO Accidentes ocurridos durante el transporte ARTICULO Finalización del régimen de tránsito aduanero 30

31 31 SECCIÓN XIII OPERADORES ECONÓMICOS AUTORIZADOS Artículo 145. Estacionamientos transitorios. En circunstancias excepcionales, Artículo 145 bis. Requisitos. Los estacionamientos transitorios bajo la condición de precariedad Artículo 145 ter. Obligaciones. Los estacionamientos transitorios, bajo la condición de SECCION II TRANSPORTE MULTIMODAL ARTICULO Transporte multimodal ARTICULO Operador de transporte multimodal ARTICULO Prueba del contrato de transporte ARTICULO Responsabilidad ARTICULO Actuaciones de la autoridad aduanera SECCION III TRANSITO POR VIA MARITIMA O AÉREA

32 ARTICULO Tránsito por vía marítima o aérea SECCION IV TRANSBORDO ARTICULO Transbordo ARTICULO Declaración del transbordo ARTICULO Garantías y medidas complementarias SECCION V 32 SECCIÓN VII DEPÓSITO ADUANERO TEMPORAL SECCIÓN IV DEL DEPÓSITO TEMPORAL RÉGIMEN DE DEPOSITO FISCAL ARTICULO Depósito fiscal ARTICULO Informe de ingreso ARTICULO Plazo de permanencia ARTICULO Operaciones autorizadas ARTICULO Bono de prenda ARTICULO Mercancías dañadas o destruidas

33 SECCION VI SERVICIOS DE REEMPAQUE Y DISTRIBUCION EN DEPOSITO FISCAL ARTICULO Servicios de reempaque y distribución ARTICULO Formalidades para el ingreso y salida ARTICULO Plazos de depósito ARTICULO Comprobación del proceso y salida SECCIÓN VII RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TEMPORAL ARTÍCULO 165. Régimen de importación temporal. La importación temporal es el régimen ARTÍCULO Categorías de mercancías ARTICULO Exigencia de garantías ARTICULO Ejecución de garantías 33

34 ARTICULO Destrucción o daño de mercancías importadas ARTICULO Exportación temporal SECCION VIII PROVISIONES DE A BORDO ARTICULO Provisiones de a bordo ARTICULO Responsabilidad ARTICULO Plazo ARTICULO Provisiones de buques y aeronaves CAPITULO V DE LOS REGIMENES LIBERATORIOS DEL PAGO DE TRIBUTOS ADUANEROS SECCION I ZONAS FRANCAS ARTICULO Delimitación de las zonas francas ARTICULO Control aduanero 34

35 SECCION II RÉGIMEN DE REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO Artículo 177. Reimportación. La reimportación es el régimen que permite el SECCION III RÉGIMEN DE REEXPORTACION DE MERCANCIAS Artículo 178. Reexportación. La reexportación es el régimen que permite la CAPITULO VI REGIMENES DE PERFECCIONAMIENTO SECCION I RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO ARTICULO Régimen de perfeccionamiento activo El régimen de perfeccionamiento activo es ARTICULO Atribuciones del órgano administrador competente 35

36 ARTICULO Control de la autoridad aduanera ARTICULO Obligaciones de las empresas beneficiarias ARTICULO Responsabilidad tributaria ARTICULO Desafectación del régimen ARTICULO Gravamen prendario legal ARTICULO Destino de los desperdicios, subproductos y muestras SECCION II RÉGIMEN DE EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO ARTICULO Régimen de exportación temporal para el ARTICULO Productos compensadores Artículo 189. Base imponible. Para los efectos de la determinación de la CAPITULO VII RÉGIMEN DEVOLUTIVO DE DERECHOS 36

37 Artículo 190. Régimen devolutivo de derechos. El régimen devolutivo de ARTICULO Solicitud del régimen TITULO VIII PROCEDIMIENTO ORDINARIO CAPITULO I NORMAS GENERALES ARTICULO Generalidades 37 CAPITULO II DE LAS RECLAMACIONES Y LOS RECURSOS ADUANEROS ARTICULO Utilización de sistemas informáticos ARTICULO Medios de notificación ARTICULO Actuaciones comunes del procedimiento ordinario ARTICULO Silencio administrativo CAPITULO II TRAMITE DE LA FASE RECURSIVA

38 SECCION I IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADUANA Artículo 198. Impugnación de actos. Notificado un acto final dictado por la ARTICULO Plazo para que la aduana dicte la resolución Artículo 200. Remisión del recurso. Presentado el recurso de apelación y Artículo 201. Fase probatoria. El Tribunal Aduanero Nacional podrá ordenar ARTICULO Plazo para que la Dirección General de Aduanas dicte SECCION II IMPUGNACION DE ACTOS DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Artículo 204. Impugnación de actos de la Dirección General de Artículo 204 bis. Apelación. Interpuesto el recurso de apelación, la Dirección General de 38

39 TITULO IX 39 CAPITULO III DEL TRIBUNAL ADUANERO INSTANCIA SUPERIOR ADMINISTRATIVA CAPITULO UNICO TRIBUNAL ADUANERO NACIONAL ARTICULO Competencia Artículo 206. Composición. El Tribunal estará integrado por siete miembros. ARTICULO Nombramiento ARTICULO Normas de procedimiento El Tribunal ajustará su actuación al ARTICULO Plazo para resolver ARTICULO Votación TITULO X DELITOS ADUANEROS, INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS ADUANERAS CAPITULO I

40 DELITOS ADUANEROS SECCION I DELITO DE CONTRABANDO SECCIÓN I Delito de contrabando Artículo 211. Contrabando. Quien introduzca en el territorio nacional o Artículo 213. Agravantes. La pena será de cinco a nueve años de prisión y la SECCIÓN II Delito de defraudación fiscal aduanera Artículo 214. Defraudación fiscal aduanera. Quien valiéndose de astucia, Artículo 216. Agravantes. La pena será de cinco a nueve años de prisión y la Artículo 216 bis. Responsabilidad penal del funcionario público por acción u omisión SECCION III 40

41 OTROS DELITOS ARTICULO Tenencia ilícita de sellos de identificación y otros ARTICULO Incumplimiento de medidas de seguridad Artículo 219. Ocultamiento o destrucción de información. Será reprimido Artículo 220. Incumplimiento de deberes de terceros. Será reprimido con Artículo 220 bis. Falsedad de la declaración aduanera y otros delitos de tipo aduanero. Será CAPITULO II DELITOS INFORMATICOS ARTICULO Delitos informáticos ARTICULO Agravante CAPITULO III DISPOSICIONES COMUNES A LOS DELITOS ARTICULO Relación con delitos tipificados en otras normas 41

42 ARTICULO Comiso ARTICULO Sanciones accesorias ARTICULO Responsabilidad de las personas jurídicas ARTICULO Monto de los tributos evadidos ARTICULO Sanción de la tentativa ARTICULO Competencia 42 TITULO VIII DE LAS INFRACCIONES Y RECURSOS ADUANEROS CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES ADUANERAS Y SUS SANCIONES CAPITULO IV INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS ADUANERAS SECCION I GENERALIDADES ARTICULO Concepto Artículo 231. Aplicación de sanciones. Las infracciones administrativas y las ARTICULO Sanción de las infracciones administrativas ARTICULO Infracción aduanera administrativa ARTICULO Infracciones aduaneras administrativas

43 ARTICULO Rebaja de la sanción de multa Artículo 234. Procedimiento administrativo para aplicar sanciones. Cuando SECCION II 43 INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 235. Multa de cien pesos centroamericanos. Será sancionada con Artículo 236. Multa de quinientos pesos centroamericanos. Será sancionada Artículo 236 bis. Multa de mil pesos centroamericanos. Será sancionado con una multa de mil ARTICULO Suspensión de dos días ARTICULO Suspensión de cinco días ARTICULO Otras infracciones aduaneras administrativas ARTICULO Infracciones administrativas aduaneras graves ARTICULO Suspensión o cancelación de la autorización ARTICULO Sanción por infracción inexacta en el registro de importadores

44 44 ARTICULO Suspensión de un mes ARTICULO Suspensión de tres meses ARTICULO Suspensión de un año SECCION III ARTICULO Sanciones por reexportaciones extemporáneas ARTICULO Procedimientos por discrepancias INFRACCIONES TRIBUTARIAS ADUANERAS Artículo 242. Infracción tributaria aduanera. Constituirá infracción tributaria TITULO XI CAPITULO UNICO ORGANO NACIONAL DE VALORACION Y VERIFICACION ADUANERA ARTICULO Verificación de precios ARTICULO Creación

45 Artículo 245. Funciones. El órgano Nacional de Valoración y Verificación Artículo 246. Registro de importadores. Los importadores habituales deberán ARTICULO Obligación de archivos ARTICULO Obligaciones de los importadores ARTICULO Requerimientos ARTICULO Impugnación CAPITULO I CAPÍTULO II TITULO XII 45 ARANCEL, ORIGEN Y VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCÍAS VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCÍAS VALOR ADUANERO DE MERCANCÍAS IMPORTADAS Artículo Normativa aplicable en materia de valoración aduanera. Para Artículo Inversión en la aplicación de los métodos de valoración regulados en los artículos 5 y 6 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994

46 46 Artículo 252 bis. Elementos adicionales para motivar decisiones sobre el valor en aduanas. Podrán servir para motivar las resoluciones en las que se determine el valor en aduana Artículo Utilización del precio unitario de mercancías vendidas después de una transformación. Artículo Inclusión al valor en aduana de los gastos y costos establecidos en el segundo párrafo del artículo 8 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 Artículo Puerto o lugar de introducción Artículo Tratamiento de los intereses Artículo Conversión monetaria ARTICULO Mora e intereses Artículo Vinculación Artículo Aplicación del párrafo segundo del artículo 20 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.

47 Artículo Retiro de las mercancías mediante garantía. Artículo Dudas de la Administración de Aduanas sobre la veracidad o exactitud del valor declarado Artículo Plazo para pedir explicación y plazo para responder Artículo Declaración del valor en aduana de las mercancías Artículo 264. Responsabilidad por los datos de la declaración del valor Artículo Término de valor en aduana de las mercancías importadas. Artículo 265 bis. Elementos que también permiten rechazar el valor de transacción. La DISPOSICIONES FINALES CAPITULO I DEFINICIONES Artículo 266. Definiciones. Para la aplicación de esta Ley, se definen los 47

48 CAPITULO II VENTA DE SERVICIOS ARTICULO Venta de servicios CAPITULO III AGENTES ADUANEROS PERSONAS JURIDICAS ARTICULO Régimen jurídico 48 TITULO IX DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS, Artículo 269. Responsabilidad. Las empresas asumirán, en forma solidaria, la Artículo 269 bis. Sanciones. Las sanciones previstas en esta Ley se impondrán a la persona CAPITULO IV DEROGACIONES Y MODIFICACIONES DEROGATORIAS Y VIGENCIA

49 ARTICULO Derogaciones. ARTICULO Legislación supletoria ARTICULO Carácter de la ley y vigencia DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIO V.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de seis meses contados a partir de su promulgación. El Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Aduanas tomarán las disposiciones administrativas necesarias para establecer los nuevos procedimientos aduaneros de conformidad con esta ley. Hasta tanto no se emitan las nuevas regulaciones, los procedimientos se regirán por las disposiciones vigentes hasta la fecha de promulgación de esta ley. 49

50 TÍTULO III ELEMENTOS EN QUE SE BASA LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS Y DEMÁS MEDIDAS PREVISTAS EN EL MARCO DE LOS INTERCAMBIOS DE MERCANCÍAS CAPÍTULO I ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS SECCIÓN I DE LOS ELEMENTOS DEL VALOR EN ADUANA 50

51 SECCIÓN II DE LA DETERMINACIÓN DEL VALOR EN ADUANA EN LAS VENTAS SUCESIVAS, LAS REIMPORTACIONES Y LAS MERCANCÍAS QUE NO SON OBJETO DE VENTA SECCIÓN III DE LA INVERSIÓN DE LOS MÉTODOS DE VALORACIÓN SECCIÓN IV DEL MOMENTO APROXIMADO SECCIÓN V DE LA CONVERSIÓN DE MONEDAS SECCIÓN VI DE LA VINCULACIÓN FAMILIAR 51

52 SECCIÓN VII DE LA GARANTÍA SECCIÓN VIII DE LA COMPROBACIÓN E INVESTIGACIÓN DEL VALOR DECLARADO SECCIÓN IX DE LA DECLARACIÓN DEL VALOR EN ADUANA SECCIÓN X DE LA BASE DE DATOS DE VALOR SECCIÓN XI DE LAS FACULTADES DEL COMITÉ ADUANERO Y CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN 52

53 53

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