BENEFICIOS EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL POR INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN O A LA ACTIVIDAD AUTÓNOMA Y OTRAS PECULIARIDADES DE COTIZACIÓN

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1 ENEFICIOS EN L COTIZCIÓN L SEGURIDD SOCIL POR INCENTIVOS L CONTRTCIÓN O L CTIVIDD UTÓNOM Y OTRS PECULIRIDDES DE COTIZCIÓN NIPO: ctualizado a de febrero de 0

2 Índice de contenidos spectos Generales eneficios en la cotización a la Seguridad Social Incentivos en materia de Seguridad Social a la contratación indefinida inicial Incentivos en materia de Seguridad Social a la transformación en indefinidos de s temporales Incentivos en materia de Seguridad Social a s temporales -distintos de s formativos e interinidad Incentivos en materia de Seguridad Social a s temporales -s formativos e interinidad Incentivos en materia de Seguridad Social para el mantenimiento de la contratación....6 Incentivos en materia de Seguridad Social para la contratación de trabajadores en determinadas actividades o ámbitos geográficos....7 Incentivos en materia de Seguridad Social para la contratación de trabajadores excedentes de Sectores Industriales Incentivados Incentivos en materia de Seguridad Social para trabajadores por Cuenta Propia Incentivos en materia de Seguridad Social para Empleados del Hogar Peculiaridades de cotización en materia de Seguridad Social para trabajadores agrarios por Cuenta jena Incentivos en materia de Seguridad Social para Funcionarios Públicos... 9

3 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social Tipos de cotización específicos Cotización adicional....3 Exclusiones de prestaciones o contingencias Incrementos de cuotas, decrementos en las bases de cotización Suspensión por Regulación de Empleo Total o Parcial y Situaciones de Incapacidad Temporal, Maternidad, Paternidad, Riesgo embarazo o lactancia. 5 nexo -Claves de modalidad de Contrato de Trabajo

4 spectos Generales En el presente documento, de carácter meramente informativo, se indican los beneficios en materia de Seguridad Social para trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia a partir del de febrero de 0, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/0, de 0 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Para mayor información sobre las condiciones de los incentivos, exclusiones y requisitos de los beneficiarios de los incentivos indicados en este documento, debe consultarse la legislación correspondiente a los mismos. simismo, en el documento se indican otras particularidades en la cotización a la Seguridad Social que suponen incrementos o decrementos de bases de cotización, tipos de cotización o cuotas, si bien únicamente se incluyen las más relevantes sin realizarse una relación exhaustiva de todas las particularidades existentes en el ámbito de la cotización a la Seguridad Social. La identificación de los s de trabajo en las solicitudes de alta, baja o variación de datos de trabajadores o en cualquier otro documento o solicitud dirigido a la Tesorería General de la Seguridad Social, donde deba identificarse el de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena, se realizará con carácter general, con las claves que se relacionan en el anexo. 4

5 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social. Incentivos en materia de Seguridad Social a la contratación indefinida inicial Condiciones onif. /MES (i) onif. /ÑO (i) Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones 83,33 ( er año).000 ( er año) Hombres y mujeres 9,67 (º año).00 (º año) Desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, con edad entre 6 y 30 años Empresas de menos de 50 trabajadores Mujeres subrepresentadas 00 (3 er año) 9,66 ( er año) 00 (º año) 08,33 (3 er año).00 (3 er año).00 ( er año).00 (º año).300 (3 er año) 3 años R.D.L. /0 /0/0 C E Desempleados inscritos en la Oficina de Empleo durante al menos meses en los 8 meses anteriores a la contratación Empresas de menos de 50 trabajadores Hombres y mujeres de 45 años o más Mujeres subrepresentadas de 45 años o más 08, Excluidos sociales Empresas de Inserción 70, años 50 Ley 44/007 5// Resto 50, años 350 Ley 43/006 3// Víctimas de violencia doméstica 70, años Ley 43/006 3//006 Mujeres víctimas de violencia de género 5, Ley 43/006 (ii) //

6 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social. Incentivos en materia de Seguridad Social a la contratación indefinida inicial Condiciones onif. /MES (i) onif. /ÑO (i) Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Discapacitados Parálisis cerebral Enfermedad Mental Discap. intelectual Discap. física o sensorial 65% Mayor o igual a 45 años 55, Mujer menor de 45 años 495, Hombre menor 45 años 45, Todo el Ley 43/006 3// Grado de discapacidad 33% o declarados incapacitados permanentes- Resto de discapacit. Mayor o igual de 45 años 475, Mujer menor de 45 años 445, Hombre menor 45 años 375, Todo el Ley 43/006 3// Relaciones Laborales de Carácter Especial (RLCE) de Ley 43/006 3//006 Discapacitados en Centros Especiales de Empleo (CEE) onif. 00% aportación Todo el empresarial a la S.S. 350 Contratos de trabajo celebrados por la ONCE RDL 8/0 0/0/ Incapacitados permanentes readmitidos Reducción 50% aportación empresarial C.C. años RD 45/983 05/06/983 - Desempleados con subsidio desempleo mayores de 5 años onif. 50% de la totalidad de la aportación empresarial año Ley 43/006 3// (i) En los s a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar a las cuantías que figuran para cada caso un porcentaje igual al de la jornada pactada en el al que se le sumarán 30 puntos porcentajes, sin que en ningún caso pueda superar el 00 por 00 de la cuantía prevista. No se aplica este cálculo en las RLCE de discapacitados en Centros Especiales de Empleo, ni en incapacitados permanentes readmitidos. (ii) Según la modificación realizada por el Real Decreto 97/008. ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. E) El empresario deberá mantener el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral, procediendo en caso de incumplimiento de esta obligación a su reintegro. ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años. 3) Contrataciones con trabajadores que en los 4 meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad, o en empresas a las que se haya sucedido, mediante un indefinido, o en los últimos 6 meses mediante un de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. En el caso de discapacitados únicamente se aplica la exclusión referente a los 4 meses. 4) Contrataciones con trabajadores que hayan finalizado un indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del, excepto despidos reconocido o declarado improcedentes o colectivos. No se aplica esta exclusión en el caso de discapacitados procedentes de Centros Especiales de Empleo. 5) Empresas que extingan por despido improcedente o colectivo s bonificados quedan excluidas por un periodo de meses de estas bonificaciones. 0) No se podrá concertar el de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores la empresa que, en los seis meses anteriores a la celebración del, hubiera realizado extinciones de s de trabajo por causas declaradas improcedentes por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo. La limitación afectará únicamente a las extinciones y despidos producidos con posterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción o despido y para el mismo centro o centros de trabajo. 6

7 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social. Incentivos en materia de Seguridad Social a la transformación en indefinidos de s temporales Condiciones onif. /MES (i) onif. /ÑO (i) Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Transformación en indefinidos de s para la formación y el aprendizaje Transformación en indefinidos de s en prácticas, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación Hombres Mujeres Empresas de menos de 50 trabajadores Hombres 4, Mujeres 58, años R.D.L. 3/0 3 años R.D.L. 3/0 /0/0 /0/0 4 4 Discapacitados con transformación de un Contrato temporal de fomento de empleo o formativo de discapacitado -Grado discapacidad 33% o declarados incapacitados permanentes- Parálisis cerebral Enfermedad Mental Discapacidad intelectual Discap.física o sensorial 65% Resto de discapacit. Mayor o igual de 45 años 55, Mujer menor de 45 años 495, Hombre menor de 45 años 45, Mayor o igual de 45 años 475, Mujer menor de 45 años 445, Hombre menor de 45 años 375, Todo el Ley 43/006 3// Relaciones Laborales de Carácter Especial de Discapacitados en Centros Especiales de Empleo (CEE) transformación de cualquier temporal- Contratos de trabajo celebrados por la ONCE 00% aportación empresarial a la Seguridad Social RDL 8/0 0/0/0 4 5 (i) En los s a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar a las cuantías que figuran para cada caso un porcentaje igual al de la jornada pactada en el al que se le sumarán 30 puntos porcentajes, sin que en ningún caso pueda superar el 00 por 00 de la cuantía prevista. ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años. 4) Contrataciones con trabajadores que hayan finalizado un indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del, excepto despidos reconocido o declarado improcedentes o colectivos. No se aplica esta exclusión en el caso de discapacitados procedentes de Centros Especiales de Empleo. 5) Empresas que extingan por despido improcedente o colectivo s bonificados quedan excluidas por un periodo de meses de estas bonificaciones 7

8 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.3 Incentivos en materia de Seguridad Social a s temporales -distintos de s formativos e interinidad- Condiciones onif. /MES (i) onif. /ÑO (i) Duración Tipo Contrato.4 Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Excluidos sociales Empresas de Inserción 70, Resto de empresas 4, Todo el Todo el Ley 44/007 4/0/008 Ley 43/006 3// Víctimas violencia de género o doméstica 50, Discapacitados -Grado de discapacidad 33% o declarados incapacitados permanentes- Parálisis cerebral Enfermedad Mental Discapacidad intelectual Discapacidad física o sensorial 65% Resto de discapacitados Mujer mayor o igual de 45 años 44, Mujer menor de 45 años Hombre mayor o igual de 45 años 39, Hombre menor de 45 años 34, Mujer mayor o igual de 45 años 39, Mujer menor de 45 años Hombre mayor o igual de 45 años 34, Todo el Todo el Ley 43/006 3//006 Ley 43/006 3// Hombre menor de 45 años 9, Desempleados contratados en C.E.E. Ley 43/006 3//006 onificación 00% de Todo el 4xx la totalidad de la aportación empresarial 5xx Contratos de trabajo celebrados por la ONCE RDL 8/0 0/0/0 4 5 Desempleados con subsidio desempleo mayores de 5 años onificación 50% de la totalidad de la aportación empresarial año Ley 43/006 3//

9 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.3 Incentivos en materia de Seguridad Social a s temporales -distintos de s formativos e interinidad- (i) En los s a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar a las cuantías que figuran para cada caso un porcentaje igual al de la jornada pactada en el al que se le sumarán 30 puntos porcentajes, sin que en ningún caso pueda superar el 00 por 00 de la cuantía prevista. ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años. 3) Contrataciones con trabajadores que en los 4 meses antes de la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad, o en empresas a las que se haya sucedido, mediante un indefinido, o en los últimos 6 meses mediante un de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. los discapacitados sólo les aplica la exclusión referente a los 4 meses. 4) Contrataciones con trabajadores que hayan finalizado un indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del, excepto despidos reconocido o declarado improcedentes o colectivos. No se aplica esta exclusión en el caso de discapacitados procedentes de Centros Especiales de Empleo. 5) Empresas que extingan por despido improcedente o colectivo s bonificados quedan excluidas por un periodo de meses de estas bonificaciones. 9

10 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.4 Incentivos en materia de Seguridad Social a s temporales -s formativos e interinidad- Condiciones Incentivos Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Contrato para la formación y el aprendizaje Desempleados inscritos en la Oficina de Empleo Plantilla inferior a 50 trabajadores: onificación 00% totalidad de la aportación empresarial y de la aportación del trabajador Plantilla igual o superior a 50 trabajadores: onificación 75% de la totalidad de la aportación empresarial y 00% de la totalidad de la aportación del trabajador Todo el 4 R.D.L. 3/0 /0/0 3 4 Contrato prácticas Discapacitados -Grado de discapacidad 33% o incapacitados permanentes- Reducción 50% de la aportación empresarial por Contingencias comunes R.D. Leg. /95 4/05/994 - Por excedencia cuidado familiares onificación de la aportación empresarial por Contingencias Comunes º año: onif. 95% º año: onif. 60% 3º año: onif. 50% 3 años R.D. Leg. /95 3/04/995 Interinidad Por descanso maternidad, embarazo, riesgo lactancia, etc. Por violencia género onificación del 00% de la aportación empresarial por todas las contingencias onificación del 00% de la aportación empresarial por contingencias comunes Periodo de sustitución RDL /998 4/03/007 L.O./004 8/0/005 - Discapacitados que sustituyan a otros discap. en situación de IT onificación del 00% de la aportación empresarial por contingencias comunes Ley 45/00 4//00 ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años. 3) Contrataciones con trabajadores que en los 4 meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad, o en empresas a las que se haya sucedido, mediante un indefinido, o en los últimos 6 meses mediante un de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. En el caso de discapacitados únicamente se aplica la exclusión referente a los 4 meses. 4) Contrataciones con trabajadores que hayan finalizado un indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del, excepto despidos reconocido o declarado improcedentes o colectivos. No se aplica esta exclusión en el caso de discapacitados procedentes de Centros Especiales de Empleo. 0

11 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.5 Incentivos en materia de Seguridad Social para el mantenimiento de la contratación Condiciones Incentivos (vi) Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Mayores de 59 años con 4 o más años de antigüedad Mayores de 60 años con 5 o más años de antigüedad Reducción del 40% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes (excepto IT) onificación del 50% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes (excepto IT), con incremento anual 0% hasta 00% año o inicio bonificación de mayores 60 años Todo el o hasta exoneración Cont. Indef. Ley 4/006 y sucesivas LPGE 0/0/007 Ley 43/006 3//006 Mayores de 65 años y 35 años de cotización efectiva Cambio de puesto de trabajo Riesgo por embarazo o por lactancia Enfermedad Profesional Regulación Temporal de empleo: suspensión de o reducción temporal de jornada Exoneración del 00% de la totalidad de las cuotas a la S. S. por Contingencias Comunes (excepto IT), desempleo, FOGS y FP Reducción 50% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes onificación del 50% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes Todo el rt. bis LGSS 0/0/00 - Periodo permanencia en el nuevo puesto de trabajo - Ley 5/007 y sucesivas LPGE Hasta 40 días R.D.L. 3/0 0/0/008 R.D. 430/009 0/0/009 0/0/0 Fecha de finalización: 3//03 (vii) F - Trabajadoras sustituidas en situación de descanso por maternidad onificación del 00% de la totalidad de la aportación empresarial Periodo de suspensión de la actividad Todos Ley /00 04/03/00 - (vi) Incentivos compatibles con ayudas con la misma finalidad, incluidas las del Programa de Fomento de Empleo, sin que puedan superar el 00% de la aportación empresarial a la Seguridad Social. (vii) Estas bonificaciones serán de aplicación para Expedientes de Regulación de Empleo presentados desde el 0/0/0 hasta el 3//03. ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. F) El empresario deberá mantener en el empleo a los trabajadores afectados durante al menos un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción. En caso de incumplimiento, deberá reintegrar las bonificaciones aplicadas respecto de dichos trabajadores. ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años.

12 Condiciones Incentivos (vi) Duración Personal investigador de I+D+i (s indefinidos, temporales y obra o servicio) Personal investigador en formación Personal investigador predoctoral en formación ( de duración determinada a tiempo completo con modalidad de predoctoral) Tripulantes de buques inscritos en el Registro especial de buques y empresas navieras (Canarias) omberos mayores de 60 años que puedan acogerse a los beneficios de jubilación anticipada o de 59 años con 35 años o más de cotización efectiva Trabajadores de Ceuta y Melilla (Cuenta jena): Sectores de gricultura, Pesca y cuicultura; Industria, excep. Energía y gua; Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios, excep. Transporte éreo, Construcción de Edificios, ct. Financieras y de Seguros y ctividades Inmobiliarias Penados que realicen actividades laborales en instituciones penitenciarias (x) onificación del 40% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes onificación del 30% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes Reducción del 30% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes onificación del 90% de la aportación empresarial Reducción del 50% de la aportación empresarial por Contingencias Comunes, salvo por IT, con incremento anual de un 0% hasta un 00% onificación de los siguientes porcentajes de la aportación empresarial por Contingencias Comunes, Desempleo, FP y FOGS: 43% durante el año 0. 46% durante el año % durante el año 04 y sucesivos. onificación del 65% de la totalidad de las cuotas a la S.S. por Desempleo, FOGS y FP. Indefinida Tipo Contrato Todos Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones R.D. 78/007 4/0/007 año - R.D. 63/006 04/0/006 Todo el Todo el Hasta el cumplimiento de los 60 años Todo el Toda la actividad Contrato Predoctoral Todos Ley 4/0 0/06/0 Ley 9/994 0/0/997 - Ley /008 y sucesivas LPGE 0/0/009 Ley 3/0 0/0/0 - L.G.S.S. 0/0/00 ó 0/0/003 (vi) Incentivos compatibles con ayudas con la misma finalidad, incluidas las del Programa de Fomento de Empleo, sin que puedan superar el 00% de la aportación empresarial a la Seguridad Social. (x) El beneficiario del incentivo es el Organismo utónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias u órgano autonómico equivalente. ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas.. eneficios en la cotización a la Seguridad Social.6 Incentivos en materia de Seguridad Social para la contratación de trabajadores en determinadas actividades o ámbitos geográficos (a partir del año 0 y sucesivos) - - ) Relaciones Laborales de Carácter Especial 6) Empleados que destinen únicamente parte de su jornada laboral a la realización de actividades de investigación, de desarrollo o de innovación tecnológica. 7) Trabajadores de empresas que llevan a cabo proyectos de investigación, de desarrollo o de innovación tecnológica, cuya labor consista en actividades distintas a las señaladas en el artículo del RD 78/007, como son las de administración, gestión de recursos, marketing, servicios generales y dirección, entre otras. 8) Empleados contratados por la dministración General del Estado y los Organismos regulados en el título III y en las disposiciones adicionales 9ª y 0ª de la Ley 6/997, de Organización y Funcionamiento de la dministración General del Estado, las dministraciones autonómicas o las corporaciones locales y sus organismos públicos, así como por otros entes públicos exentos del Impuesto sobre Sociedades. 9) Personal contratado por empresas u organismos cuya contratación para actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica esté explícitamente subvencionada o financiada con fondos públicos, siempre que dicha financiación incluya también las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

13 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.7 Incentivos en materia de Seguridad Social para la contratación de trabajadores excedentes de Sectores Industriales Incentivados Condiciones onificación /MES (i) onificación /ÑO (i) Duración Tipo Contrato Legislación Vigencia Requisitos Exclusiones Mujeres en general 83, años Trabajadores con discapacidad Entre 30 y 45 años Entre 45 y 55 años 55 o más años Trabajadores con bonificación establecida en el Programa de Fomento del Empleo Trabajadores sin bonificación establecida en el Programa de Fomento del Empleo Hombres Mujeres Hombres Mujeres Cuantía del Programa Fomento Empleo, incrementada en un 5%, durante los primeros años La correspondiente a la bonificación según la Ley 43/006 La correspondiente a la bonificación según la Ley 43/006 ó RDL 0/00 y Ley 35/00 4, años 00,00.00 er año de 08,00.96 Resto del 6, er año de 5, Resto del 00,00.00 er año de 0,00.30 Resto del 6, er año de 9,7.550 Resto del Orden TS343/006 Orden TIN 49/009 R.D. 00/009 R.D. 679/009 R.D. 678/009 Orden TIN 3084/009 Mueble 0//09-30//3 Juguete 0//09-30//3 (Sin límite de fecha de finalización para mayores de 55 años) Trabajador preceptor de prestación contributiva por desempleo, restándole al menos año de percepción 40, er año de 50, Resto del (i) En los s a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar a las cuantías que figuran para cada caso un porcentaje igual al de la jornada pactada en el al que se le sumarán 30 puntos porcentajes, sin que en ningún caso pueda superar el 00 por 00 de la cuantía prevista. 3

14 ) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones. ) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas.. eneficios en la cotización a la Seguridad Social.7 Incentivos en materia de Seguridad Social para la contratación de trabajadores excedentes de Sectores Industriales Incentivados ) Relaciones Laborales de Carácter Especial. ) Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Excepción: Trabajadores autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a otro familiar menor de 45 años. 3) Contrataciones con trabajadores que en los 4 meses antes a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad, o en empresas a las que se haya sucedido, mediante un indefinido, o en los últimos 6 meses mediante un de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. En el caso de discapacitados sólo se aplica la exclusión referente a los 4 meses. 4) Contrataciones con trabajadores que hayan finalizado un indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del, excepto despidos reconocido o declarado improcedentes o colectivos. No se aplica esta exclusión en el caso de discapacitados procedentes de Centros Especiales de Empleo. 5) Empresas que extingan por despido improcedente o colectivo s bonificados quedan excluidas por un periodo de meses de estas bonificaciones. 4

15 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.8 Incentivos en materia de Seguridad Social para trabajadores por Cuenta Propia Condiciones Incentivos Duración Legislación Vigencia Hombres menores de 30 años y Mujeres menores de 35 años Reducción (5 meses) y onificación (5 meses adicionales) del 30% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o utónomos 30 meses LGSS 5/0/007 Mayores de 65 años y 35 años de cotización efectiva Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o utónomos, y Régimen Especial de trabajadores del Mar- Exoneración del 00% de la totalidad de las cuotas por Contingencias Comunes (excepto IT) y Contingencias Profesionales. Hasta la baja 0/0/00 Víctimas de violencia de género Suspensión de la obligación de cotizar 6 meses L.O. /004 9/0/006 Familiares hasta º grado de titulares explotaciones agrarias - Edad 50 años y titular de la explotación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o utónomos Discapacitados grado discapacidad 33% y alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o utónomos- Reducción del 30% de la aportación por Contingencias Comunes de cobertura obligatoria onificación del 50% de la aportación correspondiente a la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia 5 años Ley 8/007 0/0/008 Ley 43/006 0/0/007 utónomos con pluriactividad -Cotización simultánea por cuenta ajena en 0- por contingencias comunes, por cuantía conjunta igual o superior a 0.969,4 Trabajadores de Ceuta y Melilla: Sectores de gricultura, Pesca y cuicultura; Industria, excep. Energía y gua; Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios, excep. Transporte éreo, Construcción de Edificios, ct. Financieras y de Seguros y ctividades Inmobiliarias Mujeres reincorporadas en los años siguientes al parto Devolución del 50% del exceso a dichos 0.969,4 o hasta el 50% cuotas por Contingencias Comunes ingresadas por el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia onificación del 43% de la aportación por Contingencias Comunes durante el año 0; del 46% durante el 03 y del 50% durante el año 04 y sucesivos onificación del 00% de la aportación por contingencias comunes correspondiente a la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia - Ley 6/009 0/0/00 Hasta la baja Ley 3/0 0/0/0 meses Ley 30/005 0/0/006 Trabajadoras sustituidas y en periodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante embarazo o en la lactancia o suspensión por paternidad onificación del 00% de la aportación correspondiente a la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Periodo de suspensión de actividad L.O.3/007 4/03/007 Socios de Cooperativa de Trabajo sociado dedicados a la venta ambulante, incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Reducción 50% (xi) ño 0 Orden ESS 84/0 0/0/0 (xi) Reducción sobre la cuota a ingresar que resulte de aplicar sobre la base mínima elegida el tipo de de cotización vigente en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia 5

16 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.9 Incentivos en materia de Seguridad Social para Empleados del Hogar Condiciones Incentivos Duración Legislación Vigencia Trabajadores de carácter fijo incluidos en el Régimen Especial de Empleados de Hogar que presten servicios como cuidadores de familias numerosas (xii) onificación del 45% de la aportación empresarial al Régimen Especial de Empleados de Hogar Periodo del cuidado de familia numerosa Ley 40/003 y Ley 7/0 0/0/006 Personas que presten servicios en el hogar familiar y queden incorporadas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar (xiii) Reducción del 0% sobre la aportación empresarial por contingencias comunes 0, 03 y 04 Ley 7/0 0/0/0 Interinidad por violencia de género onificación del 00% de la aportación empresarial por contingencias comunes Periodo de sustitución L.O. /004 0/0/0 Mayores de 65 años y 35 años de cotización efectiva Exoneración del 00% de la totalidad de las cuotas a la S. S. por Contingencias Comunes (excepto IT) Todo el rt. bis LGSS y Ley 7/0 0/0/00 (xii) La bonificación prevista se concede cuando la contratación de cuidadores en familias numerosas a cargo del empleador se produzca siempre que los dos ascendientes o el ascendiente, en caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. Cuando la familia numerosa ostente la categoría de especial, para la aplicación de este beneficio no será necesario que los dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. En cualquier caso, el beneficio indicado sólo será aplicable por la contratación de un único cuidador por cada unidad familiar que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa. (xiii) La obligación de cotizar debe haberse iniciado a partir del 0-0-0, fecha de inicio de la integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. 6

17 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.0 Peculiaridades de cotización en materia de Seguridad Social para trabajadores agrarios por Cuenta jena Condiciones Incentivos Duración Legislación Vigencia Cotización por Contingencias Comunes Grupo de Cotización Grupos de Cotización de a Reducción del 8,0% de la base de cotización Tipo de cotización del 8,30%: 3,60% de aportación empresarial y 4,70% a cargo del trabajador Para bases de cotización iguales o inferiores a 986,70 /mes o a 4,90 / jornada realizada, se aplicará una reducción de 6,5% de la base de cotización Para bases de cotización superiores y hasta.800 /mes o 78,6 /jornada realizada, les será de aplicación el porcentaje resultante de aplicar las siguientes fórmulas: o Para bases mensuales de cotización la fórmula a aplicar será: Situaciones de actividad o Para bases de cotización por jornadas reales la fórmula a aplicar será: 0 Ley 8/0 y Orden ESS 84/0 0/0/0 Tipo de cotización del 0,65%: 5,95% de aportación empresarial y 4,70% a cargo del trabajador Cotización por Desempleo Fijos Discapacitados 33% con s de duración determinada Eventuales o con de duración determinada Tipo de cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% de la aportación empresarial y,55% de la aportación del trabajador Tipo de cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización al FOGS Tipo de cotización al Fondo de Garantía Salarial del 0,0% Cotización por Formación Profesional Tipo de cotización por Formación Profesional del 0,8% por ciento, siendo el 0,5% a cargo del empresario y el 0,03% a cargo del trabajador 7

18 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social.0 Peculiaridades de cotización en materia de Seguridad Social para trabajadores agrarios por Cuenta jena Condiciones Incentivos Duración Legislación Vigencia Situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como de maternidad y paternidad causadas durante los períodos de actividad, respecto de los trabajadores agrarios con indefinido Cotización por Contingencias Comunes Grupo de Cotización de Grupos de Cotización de a Cotización por Desempleo Tipo de cotización del 5,50% Tipo de cotización del,75% Reducción en la cuota a la cotización por desempleo equivalente a,75% de la base de cotización 0 Ley 8/0 y Orden ESS 84/0 0/0/0 Situaciones de inactividad Cotización por Contingencias Comunes Cotización del,50%, a cargo del trabajador Mayores de 65 años y 35 años de cotización efectiva Exoneración del 00% de la totalidad de las cuotas a la S. S. por Contingencias Comunes (excepto IT), desempleo, FOGS y FP Todo el Trabajadores con vínculo familiar respecto del empresario Familiar hasta º grado (Régimen Especial grario y Sistema Especial grario) Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total por Desempleo Duración del Ley 45/00 0/0/0 8

19 . eneficios en la cotización a la Seguridad Social. Incentivos en materia de Seguridad Social para Funcionarios Públicos Condiciones Incentivos Duración Legislación Vigencia Funcionarios públicos que hayan ingresado en la dministración Pública a partir del de enero de 0 Reducción de la aportación empresarial a la S.S. por Contingencias Comunes. En 0 se abonará el 50% de la cuota que corresponda según la normativa de aplicación, incrementándose en un 5% cada año, hasta alcanzar el 00%. 3 años RDL 3/00 0/0/0 9

20 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social. Tipos de cotización específicos Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia Contratación indefinida de trabajadores -se incluyen s a tiempo parcial y fijos discontinuos- y s de duración determinada en las modalidades de s formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y s, cualquiera que sea la modalidad utilizada, realizados con trabajadores con grado de discapacidad igual o mayor al 33%- Contratación de duración determinada Tiempo completo Tiempo parcial Cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% aportación empresarial y,55% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 9,30%: 7,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador ño 0 Transformación de s de duración determinada en indefinidos Cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% de la aportación empresarial y,55% de la aportación del trabajador ño 0 -desde la fecha de transformación- Socios trabajadores y de trabajo de cooperativas Vínculo societario indefinido Vinculo societario con duración determinada Trabajadores que prestan servicios de carácter temporal a las administraciones, servicios de salud o fuerzas armadas -Funcionarios, personal con nombramiento estatutario temporal de servicios de salud, militares de las fuerzas armadas que presten servicios de carácter temporal- Tiempo completo Tiempo parcial Interinos o sustituciones Prestación de servicios de carácter eventual Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 9,30%: 7,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% de la aportación empresarial y,55% de la aportación trabajador Tiempo completo: Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación trabajador Tiempo parcial: Cotización por desempleo del 9,30%: 7,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador ño 0 Orden ESS 84/0 0/0/0 Reconocimiento de discapacidad mayor o igual al 33% durante la vigencia del de duración determinada Modificación del tipo de cotización por desempleo correspondiente por contrataciones de duración determinada por un tipo cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% de la aportación empresarial y,55% de la aportación del trabajador Representantes de comercio que presten servicio a varias empresas C. Indefinido C. Duración determinada T. completo T. parcial Cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% aportación empresarial y,55% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 9,30%: 7,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador 0

21 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social. Tipos de cotización específicos Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia Penados que trabajen en talleres penitenciarios y menores Cotización por desempleo del 7,05%: 5,50% de la aportación empresarial y,55% de la aportación trabajador Cargos públicos y sindicales Tiempo completo Tiempo parcial Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador Cotización por desempleo del 9,30%: 7,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador ño 0 Orden ESS 84/0 0/0/0 Reservistas voluntarios, excepto funcionarios de carrera y los reservistas de especial disponibilidad, si son activados para prestar servicios en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa Cotización por desempleo del 8,30%: 6,70% de la aportación empresarial y,60% de la aportación del trabajador

22 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social. Cotización adicional Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia omberos al servicio de las administraciones u organismos públicos a los que les resulte de aplicación el coeficiente reductor de la edad de jubilación previsto en el Real Decreto 383/008, de 4 de marzo Miembros del cuerpo de la Ertzaintza a los que les resulte de aplicación el coeficiente reductor de la edad de jubilación previsto en la disposición adicional cuadragésima séptima del texto refundido de la L.G.S.S. Cotización adicional por contingencias comunes del 7,0%: 5,9% de la aportación empresarial y,8% de la aportación del trabajador Cotización adicional por contingencias comunes del 6,5%: 5,4% de la aportación empresarial y,08% de la aportación del trabajador ño 0 RDL 0/0 0/0/0 Funcionarios e interinos procedentes de la ex Munpal Trabajadores procedentes de la Institución Telefónica de Previsión (ITP) Cotización adicional del 8,0% de la totalidad de la cuota a la S.S. por contingencias comunes. Cotización adicional del,0% de la totalidad de la cuota a la S.S. por contingencias comunes. Duración de la actividad R.D. 480/993 Resolución 9/04/99 0/07/995 (Fecha finalización 30/06/05) 0/0/996 (Fecha finalización 3//06)

23 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social.3 Exclusiones de prestaciones o contingencias Trabajadores con vínculo familiar respecto al empresario Contratos para la formación Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia Hijo menor de 30 años Hijo con discapacidad severa lumnos de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo Fecha de anterior a 8/06/00 y no prorrogados con fecha posterior a 8/06/00 Trabajadores transfronterizos, de temporada y estudiantes extranjeros con autorización de estancia por estudios y que realicen trabajos de investigación o formación dministradores de sociedades mercantiles capitalistas asimilados a cuenta ajena rmadores asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de Trabajadores del Mar Prácticos del puerto asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de Trabajadores del Mar Personal de investigación en formación de beca Socios Trabajadores y de Trabajo de Cooperativa Penados en instituciones penitenciarias Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total por Desempleo Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total por Desempleo y FOGS Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total de FOGS Cotización por cese en la actividad Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total por Desempleo y FOGS Exclusión en la cotización del 00% de la cuota total por Desempleo, FOGS y Formación Profesional. Exclusión en la cotización del 00% de la cuota por FOGS Duración del o hasta que el trabajador cumpla 30 años Duración del Duración de la actividad Duración de la beca Ley 0/007 /0/007 Ley 7/009 0/0/00 Ley 35/00 8/06/00 R.D. 864/00 R.D. 393/004 Orden 9/0/00 y sucesivas Decreto 867/970 Ley 6/969 RD 54/0 y Orden ESS 84/0 0/08/00 0/0/00 /07/970 0//0 Ley 6/003 0/0/004 Ley 5/007 y sucesivas Orden TS 9/006 y sucesivas ctividades laborales Exclusión en la cotización del 00% por IT de Cont. Comunes Duración de la L.G.S.S. actividad Trabajos de aprendizaje o Formación Profesional o que realicen trabajos en beneficio de la Comunidad Cotización exclusiva por Contingencias Profesionales R.D. 78/00 R.D. 38/008 0/0/008 0/0/006 0/0/00 ó 0/0/003 0/0/00 ó 0/0/009 (xiv) (xiv) La vigencia es desde 0/0/00 para los penados que realicen trabajos de aprendizaje o formación profesional (Real Decreto 78/00) y desde 0/0/009 para los penados que realicen trabajos en beneficio de la Comunidad (Real Decreto 38/008). 3

24 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social.4 Incrementos de cuotas y decrementos en las bases de cotización Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia Contratos temporales inferiores a 7 días -excepto s de interinidad- (xv) Incremento en un 36% de la aportación empresarial por Contingencias comunes Duración del Ley /00 y Ley 8/0 /07/00 Trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores del Mar Grupo II- - Trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en embarcaciones pesqueras comprendidas entre 50,0 y 50 toneladas de registro bruto- Grupo II- -Trabajadores por cuenta ajena que presten sus servicios en embarcaciones pesqueras comprendidas entre 0,0 y 50 toneladas de registro bruto- Grupo III -Trabajadores por cuenta ajena que presten sus servicios en embarcaciones pesqueras de hasta 0 toneladas de registro bruto y trabajadores autónomos- Decremento en las bases de cotización para la cotización por desempleo y contingencias comunes: Se le aplica el coeficiente reductor de /3 Decremento en las bases de cotización para la cotización por desempleo y contingencias comunes: Se le aplica el coeficiente reductor de / Decremento en las bases de cotización para la cotización por desempleo y contingencias comunes: Se le aplica el coeficiente reductor de /3 Duración del o la actividad Orden de //974 0//974 (xv) En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta jena grarios no resultará de aplicación el incremento de la aportación empresarial por contingencias comunes que para los s de trabajo temporales cuya duración efectiva sea inferior a siete días. 4

25 . Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social.5 Suspensión por Regulación de Empleo Total o Parcial y Situaciones de Incapacidad Temporal, Maternidad, Paternidad, Riesgo embarazo o lactancia Condiciones Peculiaridad de cotización Duración Legislación Vigencia Trabajadores afectados por una suspensión total por Expediente de Regulación de Empleo El empresario no está obligado al ingreso del 00 por ciento de la aportación del trabajador. Ley 7/009 y RDL 0/00 0/0/008 Trabajadores afectados por una suspensión parcial por Expediente de Regulación de Empleo El empresario no está obligado al ingreso del 00 por ciento de la aportación del trabajador por la parte de la jornada de trabajo en suspensión de regulación de empleo Trabajadores en situación de Incapacidad Temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia con suspensión total de la relación laboral, con prestación abonada por pago directo El empresario no está obligado al ingreso del 00 por ciento de la aportación del trabajador Trabajadores en situación de maternidad o paternidad, con suspensión parcial de la relación laboral (jornada a tiempo parcial), con prestación abonada por pago directo Periodo de Inactividad R.D. 064/995 6/0/996 Trabajadores por cuenta ajena en situación de permanencia en alta sin retribución Trabajadores que se encuentren cumpliendo deberes de carácter público o desempeñando cargos de representación sindical que no den lugar a excedencia El empresario no está obligado al ingreso del 00 por ciento de la aportación del trabajador. La base de cotización es la mínima del sistema de la Seguridad Social. Trabajadores en periodos de permisos y licencias que no den lugar a excedencias en el trabajo 5

26 nexo -Claves de modalidad de Contrato de Trabajo- CLVE CRCTERÍSTICS DEL CONTRTO 00 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO ORDINRIO 09 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 30 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO DISCPCITDOS 39 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO DISCPCITDOS TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 50 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID INICIL 89 INDEFINIDO TIEMPO COMPLETO TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 00 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL ORDINRIO 09 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 30 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL DISCPCITDOS 39 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL DISCPCITDOS TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 50 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID INICIL 89 INDEFINIDO TIEMPO PRCIL TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 300 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO 309 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 330 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO DISCPCITDOS 350 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID INICIL 389 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO TRNSFORMCIÓN CONTRTO TEMPORL 40 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO COMPLETO OR O SERVICIO DETERMINDO 40 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO COMPLETO EVENTUL CIRCUNSTNCIS DE L PRODUCCIÓN 403 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO COMPLETO INSERCIÓN 408 TEMPORL TIEMPO COMPLETO CRÁCTER DMINISTRTIVO 40 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO COMPLETO INTERINIDD 48 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO COMPLETO INTERINIDD CRÁCTER DMINISTRTIVO 40 TEMPORL TIEMPO COMPLETO PRÁCTICS 4 TEMPORL TIEMPO COMPLETO FORMCIÓN Y PRENDIZJE 430 TEMPORL TIEMPO COMPLETO DISCPCITDOS 44 TEMPORL TIEMPO COMPLETO RELEVO 450 TEMPORL TIEMPO COMPLETO FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID 45 TEMPORL TIEMPO COMPLETO EMPRESS DE INSERCIÓN 50 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO PRCIL OR O SERVICIO DETERMINDO 50 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO PRCIL EVENTUL CIRCUSTNCIS DE L PRODUCCIÓN 503 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO PRCIL INSERCIÓN 508 TEMPORL TIEMPO PRCIL CRÁCTER DMINISTRTIVO 50 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO PRCIL INTERINIDD 58 DURCIÓN DETERMIND TIEMPO PRCIL INTERINIDD CRÁCTER DMINISTRTIVO 50 TEMPORL TIEMPO PRCIL PRÁCTICS 530 TEMPORL TIEMPO PRCIL DISCPCITDOS 540 TEMPORL TIEMPO PRCIL JUILDO PRCIL 54 TEMPORL TIEMPO PRCIL RELEVO 550 TEMPORL TIEMPO PRCIL FOMENTO CONTRTCIÓN INDEFINID 55 TEMPORL TIEMPO PRCIL EMPRESS DE INSERCIÓN 6

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