En la ciudad de Rosario, a los. 28 días del mes de Febrero de dos mil doce, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "En la ciudad de Rosario, a los. 28 días del mes de Febrero de dos mil doce, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala"

Transcripción

1 1 Acuerdo N 29 En la ciudad de Rosario, a los 28 días del mes de Febrero de dos mil doce, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, doctores Ricardo A. Silvestri, Ariel Carlos Ariza y María Mercedes Serra, para dictar sentencia en los autos BANCO DE SANTA FE SAPEM contra MORIS, Juan Alberto sobre Demanda ejecutiva, Expte. Nro. 494/2008, venidos del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral N 1 de Villa Constitución. Realizado el estudio de la causa, se resolvió plantear las siguientes cuestiones: Primera: Es nula la sentencia impugnada? Segunda: En su caso, Es justa? Tercera: Qué fallo corresponde dictar? A la primera cuestión el señor vocal doctor Silvestri dijo: El recurso de nulidad de fs.123 no se mantiene en la Alzada y como no se detectan vicios o irregularidades procesales que impongan un pronunciamiento de oficio, corresponde expedirse por la negativa (arts.360 y 361 del CPCC). Sobre la misma cuestión, el señor vocal doctor Ariza, a quien le correspondió votar en segundo lugar

2 2 dijo: Que adhiere a los fundamentos expuestos por el señor vocal doctor Silvestri, y vota por la negativa. Concedida la palabra a la señora vocal doctora Serra, a quien le correspondió votar en tercer término, dijo: Que coincide con lo manifestado por el señor vocal doctor Silvestri y vota negativamente a esta cuestión. A la segunda cuestión el señor vocal doctor Silvestri dijo: 1) La sentenciante anterior rechazó la defensa de inhabilidad de título opuesta y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada y los intereses indicados en los considerandos, con costas (fs.121 a 122 vta.). Expuso que en la presente ejecución cambiaria se pretende el cobro de un pagaré cuya copia obra a fs.7, librado en Alcorta, pagadero a la vista, con cláusula sin protesto, en el domicilio del banco acreedor y por la suma de $ ; reuniendo todas las especificaciones requeridas por la ley (art.101 DL ), su fuerza ejecutiva está conferida por el art.442, inciso 3º, del CPCC y arts.103 y 56 del DL citado. La judicante juzgó que el demandado no ha negado la autenticidad de la firma inserta en el documento que se le atribuye como librador, lo que produce que el onus probandi de la

3 3 presentación al cobro del pagaré librado en tal condición es soportado por quien invoca la falta de presentación. Señaló que el ser librado a la vista es un documento a plazo en que el vencimiento depende de la voluntad del tenedor, ya que éste establece el momento de su presentación, teniendo un plazo máximo de tres años de acuerdo al art.36 de la normativa citada. Indicó que, en el caso de autos, la tenencia se confunde con la presentación y ello ha sido aceptado por el deudor por lo que deberá estar a las consecuencias de su propio obrar. Finalmente, consideró que no concurre ninguna prueba que avale la defensa de inhabilidad de título, por lo que debe prosperar la ejecución por el monto reclamado más los intereses desde el 6 de Julio de 1995 o sea la fecha de la demanda judicial de fs.9, cuando se adjunta el pagaré de fs.7 con la pretensión ejecutiva. 2) El apelante se agravia a fs.139 a 140 por el rechazo de la excepción de inhabilidad de título. Aduce que el actor no dijo qué día presentó la cambial al pago, por lo que en tal caso su parte no pudo demostrar dicha falta de presentación. La omisión en que incurrió el accionante hace que no se haya cumplido con un requisito esencial para que la cambial adquiera fuerza ejecutiva. Alega que la existencia de una cláusula sin

4 4 protesto en el documento de fs.7 no exime al acreedor a la presentación del título al cobro conforme los arts.40 y 41 del DL Reitera que en base a tal argumento se debió admitir la defensa de inhabilidad de título interpuesta por su parte, más al tratarse de un pagaré a la vista. La parte apelada procura refutar las quejas y postula la confirmación del veredicto (v. fs.144 a 146 vta.). Se llamaron los autos a sentencia a fs.155 y la providencia fue notificada a las partes a fs.156 a 157. No hubo objeción al relato de los hechos que contiene el fallo, razón por la cual se hará la pertinente remisión a los fines del dictado del acuerdo. 3) Estudiada la causa, las posturas de las partes y los argumentos de la a-quo, debe concluirse en que el recurso de apelación no es procedente. 4) El pagaré de fs.7 fue librado a la vista, con cláusula sin protesto, pagadero en el domicilio del acreedor, y por la suma de $ (aspectos no controvertidos; tampoco luce cuestionado el hecho de que el documento de mentas reúne los requisitos de la ley procesal y sustancial citados). Ahora bien, respecto del tema de la presentación del pagaré al pago, si bien es cierto que la ejecutante no precisó en la demanda la fecha concreta de su presentación (fs.8 a 9), tal

5 5 circunstancia no lo convierte al título en inhábil, como erróneamente lo sostiene la quejosa. 5) Concretando la idea: es cierto que al tratarse, como en la especie, de un pagaré librado con la cláusula sin protesto, exigible a la vista, con lugar de pago en el domicilio del deudor librador del documento, la carga de probar la omisión de la presentación al cobro pesa sobre la parte ejecutada invocante de la carencia (C.N.Com, Pleno, 3 de Agosto de 1984, Caja de Crédito de los Centros Comerciales c. Bagnat; La Ley 1984-C-539). Ello no significa, empero, ni que el portador está eximido de cumplimentar el requisito de la presentación (art.50 del D.L ), ni tampoco de señalar oportunamente las circunstancias de tiempo y lugar de dicha presentación. Es decir, la carga impuesta por la doctrina plenaria presupone una declaración del ejecutante en cuanto al efectivo cumplimiento del requisito enunciado, con las precisiones necesarias en cuanto a la fecha y lugar de la presentación (C.N.Com, Sala C, Banco Itaú Argentina c. Lanin San Luis, La Ley 2000-F.29; C.N.Com, Sala B, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. c. Ganadera Monte del Tordillo S.A., La Ley 1995-C-691, Jurisprudencia Agrupada, caso nº , entre otros). La actora no indicó tales precisiones en

6 6 la demanda de fs.8 a 9, pero tal omisión no puede tornar inhábil el título ejecutivo de fs.7 (pagaré, con cláusula sin protesto, exigible a la vista y pagadero en el domicilio del librador) habida cuenta que la falta de presentación del art.50 del D.L. citado sólo hace caducar las acciones cambiarias de regreso. Siempre se ha establecido por la doctrina judicial que es improcedente la excepción de inhabilidad de título opuesta por el obligado directo (en el caso, el librador y demandado de autos; siendo el actor el beneficiario del pagaré de fs.7) de un título cambiario con sustento en la falta de presentación al cobro de la cartular librada con la cláusula sin protesto, pues tal presentación sólo tiene por finalidad mantener a los obligados de regreso en la misma situación en que se encontrarían de no hallarse la citada cláusula en el instrumento, por lo cual sólo éstos pueden oponer defensas relativas a la ausencia de presentación. Por lo que la omisión apuntada solamente hace caducar las acciones contra los obligados de regreso y no del librador que asume el carácter de obligado directo sin perjuicio de lo que corresponda resolver en lo atinente al punto de arranque del curso de los intereses moratorios (Cfr. C.N.Com, Sala A, Comafi Fiduciario

7 7 Financiero c. Oyuela, Doctrina Judicial T ; C.N.Com, Sala C, Banco Itaú Argentina c. Lanin San Luis, La Ley 2000-F-29; C.N.Com, Sala E, Baghdo c. Microómnibus Ciudad de Buenos Aires, La Ley 2000-A.173; C.N.Com, Sala B, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. c. Ganadera Monte del Tordillo S.A. La Ley 1995-C-691; C.N.Com, Sala A, Banco de Crédito Argentino S.A. c. Spalter, La Ley 1983-A-336; C.N.Com, Sala A, E.D ; C.N.Com, Sala D, Serrano Riego c. González, J.A IV-88; C.N.Com, Sala B, Banco Quilmes c. De Lorenzo, La Ley 1997-E-1044; Gómez Leo, Osvaldo, Tratado del Pagaré Cambiario, L.N., edición 2002, p.431, 624 a 625, 662, 667 a 668, 703 a 705 y 733; Cámara, Héctor, Letra de Cambio y Vale o Pagaré, Ediar, 1970, T.IIp.300; Willams, Jorge N., Letra de Cambio y Pagaré, Abeledo-Perrot, 1981, p.364; Legón, Fernando, Letra de Cambio y pagaré, Ediar, 1966, p.155). 6) Es que en cualquier caso, la actora ha ejercido una acción cambiaria directa contra el suscriptor del pagaré (fs.8 a 9 en función de fs.7), el que fue presentado judicialmente con la demanda por lo que la presentación indicada frente al librador debe considerarse operada, sin que el demandado tampoco haya atendido el título, nunca pagó la deuda allí

8 8 instrumentada. Por esa razón el juez anterior, sin agravio concreto del quejoso, fijó los intereses por mora a partir del 6 de Julio de 1995 (fecha de la presentación de la acción cambiaria ejecutiva con la adjunción simultánea del pagaré), hasta el pago. Se mantiene, por ende, intacta la habilidad del pagaré de fs.7 y la omisión referida por el demandado sólo tiene incidencia en la determinación de la mora a partir de la fecha indicada por la juzgadora (sin que medie agravio puntual sobre el particular). Corresponde el rechazo de los agravios relativos a la invocada inhabilidad de título (cfr. antecedentes de la Sala aplicables a autos Acuerdo nº , Banco Patagonia Sudameris S.A. c. Isern y otros; Acuerdo nº , Banco de Santa Fe SAPEM c. Castricini, entre otros varios, cuya doctrina, en lo pertinente, es trasladable al sub-litem y se dan por reproducidas para evitar repeticiones inútiles). 7) Las costas de segunda instancia se deben imponer a la parte recurrente (art.251 del CPCC). Así voto. Sobre la misma cuestión el señor vocal doctor Ariza, dijo: Que coincide con lo propuesto por el señor vocal doctor Silvestri y vota en el mismo sentido. Sobre esta misma cuestión, la señora vocal doctora

9 9 Serra, dijo: Que hace suyas las razones expuestas por el señor vocal preopinante y vota en idéntica forma. A la tercera cuestión el señor vocal doctor Silvestri dijo que corresponde: i) Desestimar el recurso de nulidad y rechazar el recurso de apelación; ii) Costas de Alzada a la parte recurrente. Regular los honorarios de los profesionales actuantes en la sede en el 50% de lo que cupiere regular en la primera instancia. Así me expido. Sobre esta tercera cuestión el señor vocal doctor Ariza, dijo: Que coincide con la resolución propuesta por el señor vocal doctor Silvestri, y vota en concordancia. Concedida la palabra a la señora vocal doctora Serra, a esta cuestión dijo: Que concuerda con lo expresado por el señor vocal preopinante y vota de la misma manera. En mérito a los fundamentos del Acuerdo que antecede la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, RESUELVE: i) Desestimar el recurso de nulidad y rechazar el recurso de apelación; ii) Costas de Alzada a la parte recurrente. Regular los honorarios de los profesionales actuantes en la sede

10 10 en el 50% de lo que cupiere regular en la primera instancia. Insértese, hágase saber y bajen. (Expte. Nro. 494/2008). mm. SILVESTRI ARIZA SERRA

11 11

12 12

13 13

Acuerdo Nº 215 En la ciudad de Rosario, a los 8 días del. mes de Junio de dos mil nueve, se reunieron en

Acuerdo Nº 215 En la ciudad de Rosario, a los 8 días del. mes de Junio de dos mil nueve, se reunieron en Acuerdo Nº 215 En la ciudad de Rosario, a los 8 días del mes de Junio de dos mil nueve, se reunieron en Acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial

Más detalles

Acuerdo N 418 En la ciudad de Rosario, a los 21 días del. mes de Octubre de dos mil nueve, se reunieron en acuerdo los

Acuerdo N 418 En la ciudad de Rosario, a los 21 días del. mes de Octubre de dos mil nueve, se reunieron en acuerdo los Acuerdo N 418 En la ciudad de Rosario, a los 21 días del mes de Octubre de dos mil nueve, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de

Más detalles

En la ciudad de Rosario, a los. 21 días del mes de Diciembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la

En la ciudad de Rosario, a los. 21 días del mes de Diciembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la 1 Acuerdo N 460 En la ciudad de Rosario, a los 21 días del mes de Diciembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial

Más detalles

En la ciudad de Santa Fe, a los 15 días de febrero del año dos mil doce, se reúnen en Acuerdo

En la ciudad de Santa Fe, a los 15 días de febrero del año dos mil doce, se reúnen en Acuerdo En la ciudad de Santa Fe, a los 15 días de febrero del año dos mil doce, se reúnen en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres. Sebastián César

Más detalles

Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil

Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015 quince. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil Vistos para pronunciar sentencia definitiva dentro de los autos del expediente número 1585/2015,

Más detalles

6Xè$è#z8RèŠ 141.361 Orden n

6Xè$è#z8RèŠ 141.361 Orden n Orden n Libro de Sentencias n En la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, a los días del mes de setiembre del año dos mil trece, reunidos en acuerdo los Señores Jueces de la Sala Primera de

Más detalles

setiembre del año dos mil ocho, se reúnen en acuerdo ordinario los integrantes de la CÁMARA DE APELACIÓN DE CIRCUITO,

setiembre del año dos mil ocho, se reúnen en acuerdo ordinario los integrantes de la CÁMARA DE APELACIÓN DE CIRCUITO, Tomo 8 Fo. 75 Nro. 318 Año 2008 Tarjeta de Crédito.- En juicio sumario se opone la defensa de que no se han acompañado a la causa los cupones de compra, las que son negadas por el demandado, el que invoca

Más detalles

, P. s u p r e m a C o r t e:

, P. s u p r e m a C o r t e: , P I CL.A,0~A- S.C. P. 515, L. XLVII s u p r e m a C o r t e: -1- La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confi=ó la sentencia del juzgado de primera instancia que había desestimado

Más detalles

EXPTE. NÚM.: 1165/2012

EXPTE. NÚM.: 1165/2012 INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 1165/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 5 de marzo de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el

Más detalles

70-23M1-2010 CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y un minutos del día veintinueve

70-23M1-2010 CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y un minutos del día veintinueve 70-23M1-2010 CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y un minutos del día veintinueve de junio del año dos mil doce. El presente recurso de

Más detalles

Aval sobre letras de cambio para pagos al exterior

Aval sobre letras de cambio para pagos al exterior Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Aval sobre letras de cambio para pagos al exterior Enero 2012 2 Objetivos Es una manera

Más detalles

5 días del mes de Marzo de dos mil diez, se. reunieron en Acuerdo los señores miembros de la Sala

5 días del mes de Marzo de dos mil diez, se. reunieron en Acuerdo los señores miembros de la Sala 1 Acuerdo Nº 50 En la ciudad de Rosario, a los 5 días del mes de Marzo de dos mil diez, se reunieron en Acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario,

Más detalles

REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M.

REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M. REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS Descriptores Régimen de trabajo en subcontratación. Recurso de nulidad laboral acogido, causal de infracción

Más detalles

Parte legal La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio):

Parte legal La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio): Concepto La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de vencimiento.

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO. De los antecedentes obrantes en el expediente resultan acreditados los siguientes hechos:

ANTECEDENTES DE HECHO. De los antecedentes obrantes en el expediente resultan acreditados los siguientes hechos: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFJ056259 TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL Resolución de 30 de octubre de 2014 Vocalía 12.ª R.G. 5179/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: Procedimiento

Más detalles

--------Córdoba, 29 de Septiembre de Dos Mil Seis.----- VISTOS:----------------------------------------------------

--------Córdoba, 29 de Septiembre de Dos Mil Seis.----- VISTOS:---------------------------------------------------- AUTO NÚMERO:380 --------Córdoba, 29 de Septiembre de Dos Mil Seis.----- VISTOS:---------------------------------------------------- --------Los presentes autos rotulados ALUMINIOS DEL CENTRO S.R.L. C/

Más detalles

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.-

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- VISTOS: Estos autos caratulados:.. S/ DENUNCIA (Expte. Nro. 8 Folio 42 Año 2009), traídos a despacho del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores

Más detalles

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. CALIFICACIÓN DEL DESPIDO. EFECTO DEL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE 1. Cuando el patrono paga al trabajador la indemnización correspondiente al despido injustificado, deja sin efecto

Más detalles

Poder Judicial de la Nación. Autos: Tribunal: Fecha: Texto del Fallo: I.- II.- Acevedo Abogados

Poder Judicial de la Nación. Autos: Tribunal: Fecha: Texto del Fallo: I.- II.- Acevedo Abogados Poder Judicial de la Nación. Autos: Luna Gustavo Martín c/ Banco Columbia S.A. s/ Despido (Causa Nro.: 40308/2012). Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I. Fecha: 10 de abril de 2015.

Más detalles

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado.

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. ID Jurisprudencia: 028925N06 Indicadores de Estado Nº Dictamen 28.925 Fecha 20-06-2006 Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. Materia En demanda interpuesta

Más detalles

1 de 10. Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 30 octubre 2014 JT\2014\1747

1 de 10. Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 30 octubre 2014 JT\2014\1747 Resolución de 30 octubre 2014 Tribunal Económico-Administrativo Central JT\2014\1747 Jurisdicción: Vía administrativa Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio El TEAC estima el

Más detalles

Código Electoral Nacional.- A fs. 14/20 el apoderado de la Alianza apela tal resolución. Sostiene que la jurisprudencia citada por la H.

Código Electoral Nacional.- A fs. 14/20 el apoderado de la Alianza apela tal resolución. Sostiene que la jurisprudencia citada por la H. CAUSA: "Apoderado de la Alianza Frente Social Entre Ríos tiene futuro s/solicita nueva elección mesa 383-M- Sección La Paz -HJEN" (Expte. NE 3798/03 CNE) ENTRE RIOS FALLO Nº 3287/2003 ///nos Aires, 29

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. RECURSO ADMINISTTRATIVO DIRECTO. REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS. TRANSFERENCIA DE DOMINIO AUTOMOTOR. EXISTENCIA DE MEDIDA CAUTELAR. NORMATIVA

Más detalles

Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES.

Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES. Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES. USO OFICIAL Es del caso mencionar que cuando el automotor causante de un accidente de tránsito es conducido

Más detalles

NORMATIVA DE EMERGENCIA. CONSTITUCIONALIDAD. LEY 25.561. OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. PESIFICACIÓN. APLICACIÓN DE

NORMATIVA DE EMERGENCIA. CONSTITUCIONALIDAD. LEY 25.561. OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. PESIFICACIÓN. APLICACIÓN DE NORMATIVA DE EMERGENCIA. CONSTITUCIONALIDAD. LEY 25.561. OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. PESIFICACIÓN. APLICACIÓN DE COEFICIENTES. REAJUSTES. A C U E R D O N 532 En la ciudad de Rosario, a los 5 días

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA SENTENCIA Nº TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA RECURSO Nº 2139/03 SENTENCIA Nº En la Villa de Madrid, a Veinte de julio del año dos mil cinco. VISTO el recurso

Más detalles

247500627014876634 "S. A. M. C/ A. G. J. S/EJECUCION DE SENTENCIA" Expte.: SI-37321-2011 (J. 5) Registro Nº 487

247500627014876634 S. A. M. C/ A. G. J. S/EJECUCION DE SENTENCIA Expte.: SI-37321-2011 (J. 5) Registro Nº 487 8kè^f.wbBCŠ 247500627014876634 "S. A. M. C/ A. G. J. S/EJECUCION DE SENTENCIA" Expte.: SI-37321-2011 (J. 5) Registro Nº 487 En la Ciudad de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a los...días de Noviembre

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 04 de julio de 2016. Visto en Acuerdo de la Sala A el expediente Nº FRO 73024014/2012 caratulado CANTELE ESTELA c/ ANSES Y OTRO s/varios, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de San

Más detalles

Provincia de Santa Fe, en los autos: BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. C/ Primera: Es nula la sentencia? Segunda: Caso contrario, Es justa?

Provincia de Santa Fe, en los autos: BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. C/ Primera: Es nula la sentencia? Segunda: Caso contrario, Es justa? Tomo 15-Resolución 284/14-Fs. 222. En la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, a los 27 días de Agosto de 2014, se reúnen los Jueces de esta Cámara, Dres. Aldo Pedro Casella y Santiago Andres Dalla

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III C. 6723/2012/CA1 Perskiy Georgy s. solicitud de carta de ciudadanía. Juzg.3, Sec. 5 Buenos Aires, 5 de agosto de 2014. AUTOS Y VISTOS:

Más detalles

El Dr. Brodsky dijo:

El Dr. Brodsky dijo: En Buenos Aires, a los 29 días del mes de marzo del año 2012, se reúnen los miembros de la Sala D del Tribunal Fiscal de la Nación, Dres. Edith Viviana Gómez (Vocal Titular de la Vocalía de la 10a. Nominación),

Más detalles

Cámara Federal de Casación Penal

Cámara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal Sala III Causa Nº CCC 20803/2006/32 E.S., A. y otros s/recurso extraordinario Registro nro.: 1630/15 ///nos Aires, 22 de septiembre de 2015. AUTOS Y VISTOS: Para resolver

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación CIUDADANÍA. REQUISITO DE RESIDENCIA POR DOS AÑOS EN EL PAÍS. PLENARIO GONZALEZ MORALES CFALP. FALLO NI,I S/CARTA DE CIUDADANÍA CSJN. Como se estableció en el plenario González Morales y de acuerdo al precedente

Más detalles

"NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo". CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014

NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo. CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014 "NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo". CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014 (1) Sentencia Cam. Nac. Cont. Adm. Fed. Sala III del 29/05/2014 en autos "NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso

Más detalles

III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612)

III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612) III.1.- Cuestiones a resolver: generales III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612) La Audiencia Provincial estima el recurso interpuesto

Más detalles

S. 2050. XLII. RECURSO DE HECHO Soria, Carlos Alberto c/ Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo SA. Año del Bicentenario

S. 2050. XLII. RECURSO DE HECHO Soria, Carlos Alberto c/ Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo SA. Año del Bicentenario Buenos Aires, 7 de septiembre de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Aseguradora de Riesgos de Trabajo SA@, para decidir sobre su procedencia. Considerando: 1 )

Más detalles

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS Apreciado Usuario: En este documento encontrará una guía que le permitirá ilustrarse acerca de los trámites, procedimientos y requisitos a seguir, cada vez que tenga

Más detalles

Resolución N 289 F 334 T 6

Resolución N 289 F 334 T 6 Resolución N 289 F 334 T 6 Santa Fe, 17 de Diciembre de 2.008.- Y VISTOS: Estos caratulados PEÓN, ANÍBAL RONALD GENESIO de PEÓN, NILDA ROSA C/ TRAVERSO, JOSÉ NÉSTOR Y/U OTRO S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Más detalles

JURISPRUDENCIA PROVINCIAL DOCTRINA PLENARIA

JURISPRUDENCIA PROVINCIAL DOCTRINA PLENARIA JURISPRUDENCIA PROVINCIAL DOCTRINA PLENARIA La Ejecución de un Pagaré que vence en día fijo con cláusula sin protesto y pagadero en el domicilio del deudor, no crea a favor del acreedor la presunción de

Más detalles

Daño Físico sin Secuela Incapacitante. Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios

Daño Físico sin Secuela Incapacitante. Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios DAÑOS Y PERJUICIOS Daño Físico sin Secuela Incapacitante Daño Moral Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, resolvió a fs, 181/182 de los autos principales (folios a los que me referiré de ahora en mas) confirmar la decisión de

Más detalles

HONORARIOS. MONTO DEL PROCESO. CAPITAL E INTERESES. SIN EFECTO DE REGULACIONES PARCIALES.

HONORARIOS. MONTO DEL PROCESO. CAPITAL E INTERESES. SIN EFECTO DE REGULACIONES PARCIALES. HONORARIOS. MONTO DEL PROCESO. CAPITAL E INTERESES. SIN EFECTO DE REGULACIONES PARCIALES. El art. 19 de la ley 21.839 establece que se considerará monto del proceso la suma que resultare de la sentencia

Más detalles

EFECTOS DE LA SENTENCIA: B.4) DICTADAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL O LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

EFECTOS DE LA SENTENCIA: B.4) DICTADAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL O LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL EFECTOS DE LA SENTENCIA: En caso de error en la apreciación de la prueba o infracción de norma sustantiva, la Audiencia Provincial, anulará la Sentencia y dictará nuevo fallo, entrando a conocer sobre

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE SALTA

CAMARA FEDERAL DE SALTA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA Salta, 8 de enero de 2016. Y VISTA: Esta causa N FSA 16244/2015 caratulada: JONES TAMAYO, JUAN CARLOS S/HABEAS CORPUS proveniente del Juzgado Federal

Más detalles

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Consell Tributari Expediente: 157/2 El Consell Tributari, reunido en sesión de 18 de noviembre de 2002, conociendo de los recursos presentados por Sucesores de W.H., S.A., ha estudiado la propuesta elaborada

Más detalles

- - - - Mixquiahuala de Juárez, Estado de Hidalgo, 15 quince de abril de 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S los

- - - - Mixquiahuala de Juárez, Estado de Hidalgo, 15 quince de abril de 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S los 1 - - - - Mixquiahuala de Juárez, Estado de Hidalgo, 15 quince de abril de 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S los autos para dictar Sentencia Definitiva dentro del JUICIO

Más detalles

2da.: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A LA PRIMERA CUESTION: la señora Juez doctora Ludueña, dijo:

2da.: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A LA PRIMERA CUESTION: la señora Juez doctora Ludueña, dijo: INCONSTITUCIONALIDAD Ley 12774 Loquercio Enrique c/ Municipalidad de Morón s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 45364 R.S.: 58/03 Fecha: 20/03/03

Más detalles

CAMARA CIVIL - SALA F

CAMARA CIVIL - SALA F Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F F., M. R. C/ A., C. A. Y OTROS S/ CONSIGNACIÓN (EXPTE. N 79.776/2012) L., T. Y OTROS C/ F., M. R. S/ EJECUCION HIPOTECARIA (EXPTE. N 76.280/2012) En Buenos

Más detalles

Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que

Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que SALA PENAL II Libro de Autos y Sentencia VI Resolución N 122 Folio 241-243 Santa Fe, 27 de octubre de 2009 Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que RESULTA:

Más detalles

EXP. N. 00227-2011-PA/TC LAMBAYEQUE RENZO FABRIZIO MARIANI SECADA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP. N. 00227-2011-PA/TC LAMBAYEQUE RENZO FABRIZIO MARIANI SECADA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. N. 00227-2011-PA/TC LAMBAYEQUE RENZO FABRIZIO MARIANI SECADA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 4 días del mes de enero de 2012, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada

Más detalles

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL Procedimientos a) Procedimiento general, donde el sujeto activo son los trabajadores; b) Procedimiento de tutela de derechos fundamentales, donde el sujeto es el trabajador

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE TUMBES, TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL NUEVE. VISTOS: En Audiencia Pública, y CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE TUMBES, TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL NUEVE. VISTOS: En Audiencia Pública, y CONSIDERANDO: EXPEDIENTE: 559-09 DEMANDANTE: CAJA DE AHORRO Y CRÉDITO DE SULLANA DEMANDADO: AÑAZCO ZEGARRA ELIO CÉSAR MATERIA: OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO PROCEDENCIA: 1ER JUZGADO CIVIL DE TUMBES RESOLUCIÓN NÚMERO

Más detalles

En la ciudad de Rosario, a los. 22 días del mes de Setiembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la

En la ciudad de Rosario, a los. 22 días del mes de Setiembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la 1 Acuerdo N 339 En la ciudad de Rosario, a los 22 días del mes de Setiembre de dos mil once, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial

Más detalles

Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece.

Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece. - 1 - Expediente No. 401/2013 Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece. Vistos los autos del Juicio Escrito Familiar relativo al ejercicio de la acción de Anotación

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Legislación El presente Reglamento

Más detalles

Santiago, ocho de mayo de dos mil quince. Vistos: En estos autos RIT O-4829-2014 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, don Mario Orlando

Santiago, ocho de mayo de dos mil quince. Vistos: En estos autos RIT O-4829-2014 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, don Mario Orlando Santiago, ocho de mayo de dos mil quince. Vistos: En estos autos RIT O-4829-2014 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, don Mario Orlando Gutiérrez Ollarzú deduce demanda en contra del Ministerio

Más detalles

COMPRAVENTA. COMPRAVENTA DE AUTOMÓVILES. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. PRIVACIÓN DEL USO DEL AUTOMÓVIL. PRUEBA. DAÑOS Y

COMPRAVENTA. COMPRAVENTA DE AUTOMÓVILES. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. PRIVACIÓN DEL USO DEL AUTOMÓVIL. PRUEBA. DAÑOS Y Acuerdo N 555 - Sala 2 14/10/2005 "MARANI María Eva c/molina Miguel Ángel s/daños Y PERJUICIOS - TRANSFERENCIA" COMPRAVENTA. COMPRAVENTA DE AUTOMÓVILES. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. PRIVACIÓN DEL USO DEL

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación USO OFICIAL COMPETENCIA. SOCIEDADES. CUESTIONES DE DISTINTA VECINDAD. INTERPRETACIÓN ARTS. 9 LEY 48 Y 90 INC. 4* CPCCN. DOCTRINA CSJN. COMPETENCIA. DEMANDA CONTRA BANCO. INCONSTITUCIONALIDAD

Más detalles

EL REMEDIO DE LA ACLARATORIA art. 36 inc. 6-166 inc. 1 y 2

EL REMEDIO DE LA ACLARATORIA art. 36 inc. 6-166 inc. 1 y 2 LOS RECURSOS EL REMEDIO DE LA ACLARATORIA art. 36 inc. 6-166 inc. 1 y 2 No es propiamente un recurso Es un remedio procesal que permite corregir errores materiales, omisiones o ambigüedades que presente

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Impuestos RIF J-00178041-6 A. Extraordinario 03 2012 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 (2012)

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Impuestos RIF J-00178041-6 A. Extraordinario 03 2012 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 (2012) AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 () DESTRUCCIÓN DE MERCANCÍAS POR ENCONTRARSE VENCIDAS O EN MAL ESTADO El Juzgado Superior 3 de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, publicó en fecha

Más detalles

COMENTARIO DE SENTENCIA

COMENTARIO DE SENTENCIA 1- RESUMEN DE LA SENTENCIA TRIBUNAL TRIBUNAL SUPREMO, SALA 1ª, SENTENCIA DE 19 DE MAYO DE 2005. RESUMEN DE LOS HECHOS: El actor tenía contratado un seguro de vida y accidentes con la cobertura de invalidez

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario. REMUNERACIONES. VIÁTICOS. CARÁCTER NO REMUNERATORIO. ACUERDO PLENARIO 247 C.N.A.del T..

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario. REMUNERACIONES. VIÁTICOS. CARÁCTER NO REMUNERATORIO. ACUERDO PLENARIO 247 C.N.A.del T.. Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario REMUNERACIONES. VIÁTICOS. CARÁCTER NO REMUNERATORIO. ACUERDO PLENARIO 247 C.N.A.del T.. USO OFICIAL Debe memorarse que según el acuerdo plenario nro. 247

Más detalles

- I - confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.y 667/668), y, en consecuencia,

- I - confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.y 667/668), y, en consecuencia, Suprema Corte : - I - La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.y 667/668), y, en consecuencia, rechazó la petición

Más detalles

Jurisdicción: Contencioso-Administrativa Recurso de Apelación núm. 308/2003. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Milagros Calvo Ibarlucea.

Jurisdicción: Contencioso-Administrativa Recurso de Apelación núm. 308/2003. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Milagros Calvo Ibarlucea. JUR 2004\84791 Sentencia Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 15 enero 2004 Jurisdicción: Contencioso-Administrativa Recurso de Apelación núm. 308/2003. Ponente: Ilma.

Más detalles

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES.

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. Al no haber una unidad organizativa de nivel inferior a la citada Dirección General de la que

Más detalles

AUTORES: TEMA: VÍA RECURSIVA ANTE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL TITULO: LOS RECURSOS REGISTRALES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

AUTORES: TEMA: VÍA RECURSIVA ANTE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL TITULO: LOS RECURSOS REGISTRALES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES TEMA: VÍA RECURSIVA ANTE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL TITULO: LOS RECURSOS REGISTRALES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AUTORES: CUNEO, María Martha, Jefa del Departamento Jurídico del Registro de la Propiedad

Más detalles

N 477. En la ciudad de Rosario, a los 29 días del mes de octubre. Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres.

N 477. En la ciudad de Rosario, a los 29 días del mes de octubre. Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres. N 477. En la ciudad de Rosario, a los 29 días del mes de octubre de 2007, se reunieron en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres. Néstor P.

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Consell Tributari Expediente: 217/8 El Consell Tributari, reunido en sesión de 20 de enero de 2010, y conociendo del recurso presentado por D. B.R.V., ha estudiado la propuesta elaborada por el ponente

Más detalles

Test parcial. 19 de febrero de 2013

Test parcial. 19 de febrero de 2013 19 de febrero de 2013 1.- El recurso de alzada se presentará: a) Ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto. b) Ante el órgano que dictó el acto. c) Ante el Tribunal contencioso competente.

Más detalles

TORNEO PUMA. Lucia Romano [DESTACADO ULTIMA CON- SIGNA]

TORNEO PUMA. Lucia Romano [DESTACADO ULTIMA CON- SIGNA] 2012 TORNEO PUMA Lucia Romano [DESTACADO ULTIMA CON- SIGNA] Derecho Comercial II Cátedra III Comisión 6: Lazzatti, Pablo Consigna: Nº 7 Alumna: Romanó María Lucía Grupo: Simuladores del Crédito (Nº 3)

Más detalles

92-D-11 CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos de treinta y uno de

92-D-11 CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos de treinta y uno de 92-D-11 CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos de treinta y uno de agosto de dos mil once. Por recibido el oficio número

Más detalles

Superior Tribunal de Justicia Corrientes ETF 5299/12

Superior Tribunal de Justicia Corrientes ETF 5299/12 ETF 5299/12 En la ciudad de a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil quince, constituyéndose el Superior Tribunal de Justicia con sus miembros titulares Doctores, Alejandro Alberto Chain,

Más detalles

A U T O S Y V I S T O S :

A U T O S Y V I S T O S : JUZGADO LABORAL 4 a Nom. SANTA FE Resol. N 354 Folio Libro 14 Santa Fe, 13 de agosto de 2010. A U T O S Y V I S T O S : Estos caratulados "RODRIGUEZ, Roberto Raúl c. MUNICIPALIDAD DE SANTA FE s. C.P.L."

Más detalles

COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL.

COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL. COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL. AGUAS ARGENTINAS.COBRO DE SERVICIO PÚBLICO GENERADO CON ANTERIORIDAD A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.FACULTAD DEL CONCESIONARIO DE EMITIR CERTIFICADO DE DEUDA

Más detalles

El Proceso Contencioso Administrativo

El Proceso Contencioso Administrativo El Proceso Contencioso Administrativo Expositora: Patricia Lazarte Villanueva Jueza Especializada en lo Contencioso Administrativo La acción contenciosa administrativa prevista por el artículo 148 de la

Más detalles

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Cámara de Apelaciones - Sala I En la Ciudad de Buenos Aires, a los 6 días del mes de agosto del año dos mil catorce se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación AMPARO. TITULOS DE LA DEUDA PÚBLICA. DACIÓN EN PAGO. DEUDA HIPOTECARIA. INCONSTITUCIONALIDAD DTOS. 1387/01 Y 1570/01.CAUTELAR CONFIRMADA. CUESTIÓN ABSTRACTA Y ARCHIVO DE ACTUACIONES. VIA PROCESAL IDÓNEA

Más detalles

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos Resolución al Director General de Tributos del Gobierno de Canarias, en un procedimiento tributario de comprobación de valores del ITPAJD, de la Recomendación de retrotraer las actuaciones, y notificar

Más detalles

Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor=

Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor= TÍTULOS VALORES. Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor= Vale, Pagaré, Conforme. Representativos de prestaciones dinerarias. La ley no establece

Más detalles

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. Vistos: En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales dedujo demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio en contra del Servicio de

Más detalles

www.civil-mercantil.com

www.civil-mercantil.com RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de

Más detalles

Cuarto.- Inició proceso de ILT en junio de 1.992 extinguiéndose la relación laboral con R.H. S.L. 18/6/92.

Cuarto.- Inició proceso de ILT en junio de 1.992 extinguiéndose la relación laboral con R.H. S.L. 18/6/92. [ Quantor ]social TSJ de Cataluña, S 5-4-2000, nº 3226/2000, rec. 4276/1999. Pte: Soler Ferrer, Felipe RESUMEN Por un lado se estima el recurso de súplica del INSS, admitiendo a trámite el recurso de suplicación

Más detalles

CONTRATO DE HIPOTECA

CONTRATO DE HIPOTECA CONTRATO DE HIPOTECA La hipoteca es un derecho real de garantía y de realización de valor, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente el pago de un crédito o préstamo)

Más detalles

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 Nombre:... Fecha:... Apellidos:... Curso:... 1. El librado de un cheque es a) quien lo emite b) el banco que ha de pagarlo c) el banco del tomador 2. El tomador de un

Más detalles

Cámara Tercera de Apelaciones Civil y Comercial Protocolo de Sentencias Tomo Nº:... Folio:... Secretaria: Elena Lascano de Nores

Cámara Tercera de Apelaciones Civil y Comercial Protocolo de Sentencias Tomo Nº:... Folio:... Secretaria: Elena Lascano de Nores SENTENCIA NUMERO: OCHENTA Y DOS.- En la ciudad de Córdoba a los doce días del mes de junio del año dos mil doce, se reúnen en audiencia pública los señores Vocales de la Excma. Cámara de Apelaciones en

Más detalles

CAPÍTULO VII EL LAUDO. SUMARIO. 7.1 Introducción. 7.2 Concepto del Laudo. 7.3 Clases de

CAPÍTULO VII EL LAUDO. SUMARIO. 7.1 Introducción. 7.2 Concepto del Laudo. 7.3 Clases de SUMARIO. 7.1 Introducción. 7.2 Concepto del Laudo. 7.3 Clases de Laudo. 7.3.1 Distinción entre Laudos y Decisiones Procesales 7.3.2. Formalidades del Laudo. 7.4 La Ejecución del Laudo Arbitral. 7.5 Procedimiento

Más detalles

Tomo 14 Resolución N 461/13-Fs. 81. Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos: LA DECANA MUEBLES S.A c/ PRIMERA: Es nula la sentencia apelada?

Tomo 14 Resolución N 461/13-Fs. 81. Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos: LA DECANA MUEBLES S.A c/ PRIMERA: Es nula la sentencia apelada? Tomo 14 Resolución N 461/13-Fs. 81. En la ciudad de Reconquista, a los 26 días de Diciembre de 2013, se reúnen los Jueces de esta Cámara, Dres. Santiago Dalla Fontana, María Eugenia Chapero y Aldo Pedro

Más detalles

A U T O NÚM. 68/06. En la ciudad de Alicante, a veintiuno de septiembre de dos mil seis.

A U T O NÚM. 68/06. En la ciudad de Alicante, a veintiuno de septiembre de dos mil seis. TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA, DIBUJOS Y MODELOS COMUNITARIOS ROLLO DE SALA Nº 331-C16/06 PROCEDIMIENTO: JUICIO ORDINARIO 949/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA-1 A U T O NÚM. 68/06 Iltmos.: Presidente: Don

Más detalles

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.7 AVILES AUTO: 00068/2013 MARCOS DEL TORNIELLO, Nº 29-3ª PLANTA-DCHA., AVILES 985 12 78 94/95 985 12 78 96 N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION

Más detalles

I.1.- Competencia judicial internacional en materia de divorcio

I.1.- Competencia judicial internacional en materia de divorcio I.1.- Competencia judicial internacional en materia de divorcio I.1.A.- Sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria, sec. 2ª, 13-6- 2008, nº 378/2008, rec. 131/2008. (EDJ 2008/183168) Competencia

Más detalles

En la ciudad de Santa Fe, a los 28 días de diciembre del año dos mil once, se reúnen en Acuerdo

En la ciudad de Santa Fe, a los 28 días de diciembre del año dos mil once, se reúnen en Acuerdo En la ciudad de Santa Fe, a los 28 días de diciembre del año dos mil once, se reúnen en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres. José Daniel

Más detalles

SENTENCIAN 85/11. Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSÉ RAMÓN ALONSO-MAÑERO PARDAL D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLAN MARTÍN

SENTENCIAN 85/11. Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSÉ RAMÓN ALONSO-MAÑERO PARDAL D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLAN MARTÍN ADMFNISTRLACION DE JUSTICIA AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID SENTENCIA: 00085/2011 Rollo: RECURSO DE APELACION N 33/11 SENTENCIAN 85/11 ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID SECCION PRIMERA Ilmo.

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO.

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO. CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO. 1.- El contrato de trabajo se considerará celebrado por tiempo indeterminado, salvo que las partes manifiesten expresamente su voluntad inequívoca de vincularse

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para

SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para 1 SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver en definitiva los autos del expediente número 338/2012,

Más detalles

JUICO ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE 977/2012 PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE JUNIO DE 2013 DOS MIL TRECE. VISTOS los autos para dictar

JUICO ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE 977/2012 PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE JUNIO DE 2013 DOS MIL TRECE. VISTOS los autos para dictar JUICO ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE 977/2012 PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE JUNIO DE 2013 DOS MIL TRECE. VISTOS los autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA dentro del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO

Más detalles

Nro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de 2015. CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/

Nro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de 2015. CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/ O01 986/14 Nro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de 2015. Y VISTOS: Estos autos: OFICIO N 156 DEL JUZGADO DE MENORES N 1 DE CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/ PREVENCIONAL" EXPTE N 6500/14, Expte.

Más detalles

8Eè$è#À3jhŠ Expediente Nro: 141.856 Número de orden:

8Eè$è#À3jhŠ Expediente Nro: 141.856 Número de orden: Número de orden: Libro de sentencias Nro: En la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, a los días del mes de noviembre de dos mil trece, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Cámara

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación EXPTE. 17.966 SALA 3 FD. N* CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES BOL 64 DE LA PLATA.OF. DE JURISPRUDENCIA USO OFICIAL PUBLICACIÓN EN SITIO WWW.PJN.GOV.AR B 300 Carpeta HONORARIOS HONORARIOS.

Más detalles

DERECHO PROCESAL CIVIL A) RECURSO DE REPOSICIÓN.

DERECHO PROCESAL CIVIL A) RECURSO DE REPOSICIÓN. DERECHO PROCESAL CIVIL ESTUDIO DE LA REFORMA EN LOS RECURSOS CIVILES A) RECURSO DE REPOSICIÓN. RESOLUCIONES RECURRIBLES EN REPOSICIÓN (ART. 451) 1. Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos

Más detalles