ACTA DE LA MESA DE CONTRATACION CELEBRADA EL DIA 06 DE JUNIO DE 2.014

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1 AYUNTAMIENTO DE ALBACETE ACTA DE LA MESA DE CONTRATACION CELEBRADA EL DIA 06 DE JUNIO DE ASISTENCIA: PRESIDENCIA: D. Ricardo Lorente Castillo ( Concejal) VOCALES: D. Antonio Martínez Martínez (Concejal). D. Miguel Iniesta Castillo (Asesoría Jurídica) D. Benjamín Egido Mansilla (Intervención General) SECRETARÍA D. Fernando Ortega Fernández (Servicio de Contratación y Compras) ACTA En la Casa Consistorial, siendo las nueve horas y quince minutos del día 06 de junio de 2.014, al objeto de celebrar la reunión convocada al efecto, se constituye la mesa de contratación formada por los miembros que al margen se mencionan, bajo la Presidencia del Concejal D. Ricardo Lorente Castillo y los Vocales mencionados al margen, excusando su asistencia la Concejala del Grupo Municipal de IU, pese a haber sido citada oportunamente, asistidos por D. Fernando Ortega Fernández, como Secretario. Seguidamente se pasó a estudio y resolución del siguiente asunto incluido en el Orden del Día, sobre el que recayó el siguiente acuerdo: I) ACTO PÚBLICO. PROCEDIMIENTO ABIERTO. CLASIFICACIÓN DE OFERTAS, REQUERIMIENTO Y, EN SU CASO, PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 1) Contrato de suministro de material para mantenimiento y conservación de instalaciones eléctricas municipales (Expte. 27/14) Visto que la convocatoria de esta mesa se ha anunciado en el perfil de contratante del órgano de contratación, para la asistencia de los candidatos, en este acto público de apertura, cabe manifestar que no han asistido al acto público los representantes legales de las empresas que han participado en esta licitación. Vista el Acta de la Mesa de Contratación de fecha 21 de mayo de 2.014, de apertura pública de la Oferta Económica y del resto de criterios objetivos evaluables de forma automática, de este expediente de contratación, en cuyo inciso final y, de conformidad con lo establecido en el artículo 151, apartado 1º, del Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el 1

2 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo TRLCSP, la Mesa decide enviar la documentación presentada por la empresa admitida al procedimiento de adjudicación de este contrato, junto con el acta correspondiente para la valoración por el Servicio Promotor del expediente, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 87, apartado 1º del Real Decreto 1098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se indica que una vez elaborado dicho informe, en sesión que tendrá carácter público, se reunirá la mesa de contratación, a los efectos de realizar propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento a la clasificada en primer lugar y, en su caso, adjudicación del contrato, por lo que se invitará a los candidatos a través del anuncio de la convocatoria (fecha de celebración de la reunión) en el perfil de contratante para su asistencia al acto. Vista el acta de calificación de la documentación general, acto celebrado en fecha 15 de mayo de Visto el informe técnico, evacuado por el Servicio Promotor, de valoración de los criterios objetivos ponderables a través de fórmulas, evacuado en fecha 02 de junio de 2.014, cuyo tenor literal es el siguiente: INFORME TECNICO. Expediente 27 /2.014 del Servicio de Contratación. Remitida a esta Sección Técnica la documentación contenida en los sobres n.º 2 y presentada en relación al Contrato de Suministro de Material para mantenimiento y conservación de instalaciones eléctricas municipales, dividido por afinidad de productos en dos lotes susceptibles de adjudicación independiente, se informa: LOTE 1: MATERIAL ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR. Se han presentado 3 plicas, cuyos importes económicos ( sin IVA ) se detallan a continuación. Todas se comprometen a la entrega del material en un plazo máximo de 30 días, desde la fecha de formalización del contrato. 1.- AME ALBACETE, S.L.: Por un importe de Esta oferta se encuentra incompleta, pues faltan, entre otros materiales, difusores de policarbonato para luminarias PH HSRP, así como columnas de fundición y difusores para faroles de Coyba,, por tal motivo, no se valora. 2.- NITLUX, S.A.: Por un importe de En la oferta se describen los materiales a suministrar tal y como se detallan en la relación municipal, siendo prácticamente una copia de la misma y se hace constar el precio unitario de cada uno de ellos junto con el parcial total resultante. 2

3 3.- COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U.: Por un importe de Esta oferta supera el precio base de licitación ( IVA), motivo por el cual no se considera. Mencionar al respecto que revisado el material ofertado, se observa que se ha contemplado el suministro de faroles del tipo Palacio completos en vez de solamente los difusores, tal y como se solicita por parte municipal, siendo esta la causa que origina el importe económico total resultante. Por todo lo expuesto y en base a lo aportado por cada licitador, la valoración resultante en función de los criterios objetivos ponderables a través de formulas, teniendo en consideración lo dispuesto al efecto en el Anexo I del Pliego resultaría: LICITADOR OFERTA ECONOMICA REDUCCION PLAZO ENTREGA PUNTUACION TOTAL AME INCOMPLETA 10 PUNTOS 10 PUNTOS ALBACETE, S.L. 0 PUNTOS NITLUX, S.A. 90 PUNTOS 10 PUNTOS 100 PUNTOS COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U. SUPERA PRESUP. LICITACION 0 PUNTOS 10 PUNTOS 10 PUNTOS Por tanto, la mayor puntuación resultaría para la única oferta que estaría completa y de acuerdo con el material municipal solicitado, correspondiente a la mercantil NITLUX, S.A. ( CIF A ) por un importe de IVA. Recordar que el material a suministrar deberá de satisfacer, en cuanto a unidades y características, lo dispuesto al efecto en los apartados 2 y 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. LOTE 2: MATERIAL INSTALACIONES ELECTRICAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES. Se han presentado 2 plicas, cuyos importes económicos ( sin IVA ) se exponen a continuación. 1.- AME ALBACETE, S.L.: Por un importe de Manifiestan que del material ofertado, disponen actualmente el 80% en stock, por lo que se comprometen a su entrega en un plazo no superior a 12 h. desde la confirmación del pedido. El 20% restante no se compromete a suministrarlo en un plazo de tiempo inferior a 72 h. 2.- COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U.: Por un importe de Y se comprometen a la entrega del material en un plazo de 36 h. desde la fecha de solicitud del pedido. 3

4 Ahora bien, este almacén oferta productos que no se ha solicitado por parte municipal ni tendrían utilidad alguna para el Ayuntamiento, por ser de distintas características, como por ejemplo: - 6 ud. de interruptor diferencial 80 A / 4P / 300 ma. en vez de 100 A / 4P / 30 ma., por un importe parcial total de ud. de interruptor diferencial 40 A / 4P / 30 ma. en vez de 300 ma., por un importe parcial total de Motivo por el cual no se valora. Por todo lo expuesto y en base a lo aportado por cada licitador, la valoración resultante en función de los criterios objetivos ponderables a través de formulas, teniendo en consideración lo dispuesto al efecto en el Anexo I del Pliego resultaría: LICITADOR AME ALBACETE, S.L. COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U. OFERTA REDUCCION PUNTUACION ECONOMICA PLAZO ENTREGA TOTAL 90 PUNTOS 8 PUNTOS 98 PUNTOS NO ES CONFORME - 0 PUNTOS 6 PUNTOS 6 PUNTOS Por tanto, la mayor puntuación resultaría para la única oferta que estaría completa y de acuerdo con el material municipal solicitado, correspondiente a la mercantil a la mercantil AME ALBACETE, S.L. ( CIF B ) por un importe de IVA. Recordar que el material a suministrar deberá de satisfacer, en cuanto a unidades y características, lo dispuesto al efecto en los apartados 2 y 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Lo que se traslada a los efectos oportunos. La competencia inicial de contratación se encuentra atribuida a la Junta de Gobierno Local por la Disposición Adicional Segunda, apartado 3º, del TRLCSP, por lo que dicho órgano ostenta la competencia para los actos de clasificación, por orden decreciente de las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas anormales o desproporcionadas, y el requerimiento la licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa y, en base a la misma, se propone, por unanimidad de los miembros de la mesa, que adopte los acuerdos en los términos siguientes: PRIMERO.- EXCLUIR a la mercantil COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U en el LOTE Nº 1 al no cumplir su oferta con lo establecido en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares ANEXO I (APARTADO QUINTO) que establece : Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración serán rechazadas ya que su oferta supera el precio base de licitación (

5 IVA) y si bien en el informe de valoración del Servicio Promotor de fecha 2 de junio de 2014 se establecen 0 puntos para la citada mercantil en la oferta económica procediéndose a valorar los otros criterios, esta Mesa subsana dicho error y la excluye en este Lote Nº 1. SEGUNDO.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP se proceda a la clasificación de la ofertas, por orden decreciente, de las proposiciones presentadas y que no hayan sido declarado anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego y, de acuerdo con los informes de valoración indicados en los antecedentes, que son asumidos por las mesas de contratación correspondientes, hecha la salvedad anterior respecto de la exclusión de la empresa COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U, en el Lote Nº 1. LOTE 1: MATERIAL ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR LICITADOR OFERTA ECONOMICA REDUCCION PLAZO ENTREGA PUNTUACION TOTAL POSICION NITLUX S.A PUNTOS 10 PUNTOS 100 PUNTOS 1 AME ALBACETE S.L. 0 PUNTOS 10 PUNTOS 10 PUNTOS 2 Esta clasificación se fundamenta en el informe técnico de valoración evacuado por el Servicio Promotor, en el que se puede destacar que si bien las dos empresas obtienen la misma puntuación en el criterio de la reducción del plazo de entrega, la oferta económica de NITLUX S.A. obtiene mayor puntuación y por tanto en conjunto se trata de la oferta económicamente más ventajosa para la Administración. LOTE Nº 2: MATERIAL INSTALACIONES ELECTRICAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES. LICITADOR AME ALBACETE, S.L. COMERCIAL HISPANOFIL, S.A.U. OFERTA ECONOMICA REDUCCION PLAZO ENTREGA PUNTUACION TOTAL POSICION 90 PUNTOS 8 PUNTOS 98 PUNTOS 1 0 PUNTOS 6 PUNTOS 6 PUNTOS 2 Esta clasificación se fundamenta en el informe técnico de valoración evacuado por el Servicio Promotor, en el que se puede destacar que la mercantil AME ALBACETE S.L. obtiene sustancialmente mayor puntuación que la otra licitadora básicamente en el criterio de la oferta económica, ya que COMERCIAL HISPANOFIL S.A.U. oferta productos que no se han solicitado y que además carecen de utilidad para este Ayuntamiento. Por ello, la oferta de AME ALBACETE S.L., en su conjunto, es más oferta económicamente más ventajosa para esta Administración. 5

6 TERCERO.- REQUERIMIENTO. LOTE Nº 1.- MATERIAL ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR Como consecuencia de lo establecido en el apartado precedente, las ofertas económicamente más ventajosas para la Administración y que no están incursas en valores anormales o desproporcionado, toda vez que han obtenido la mayor puntuación en la valoración de los criterios objetivos de adjudicación, son las que han obtenido la primera posición y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151, apartado 2º, en relación con lo establecido en el artículo 112, ambos artículos del TRLCSP, se les ha de requerir para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Albacete la documentación que se indica a continuación: Como consecuencia de lo establecido en el apartado precedente, la oferta económicamente más ventajosa para la Administración es la presentada por la mercantil NITLUX S.A., toda vez que obtiene la mayor puntuación en la valoración del procedimiento de adjudicación del contrato ( 100 PUNTOS), y siendo el importe del contrato la cantidad que se indica a continuación: IMPORTE (IVA EXCLUIDO) IVA A REPERCUTIR 21% , ,84 Por lo expresado anteriormente, se le ha de requerir a la mercantil NITLUX S.A de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151, apartado 2º, del TRLCSP, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Albacete la documentación que se indica a continuación: A) Deberá consignar en la Tesorería de este Ayuntamiento y entregar al Servicio de Contratación y Compras el resguardo correspondiente, la garantía definitiva, que asciende a la cantidad del 5% del importe de adjudicación IVA EXCLUIDO, respecto al importe de la duración inicial del contrato, que supone un importe de 2.440,68 Dicha garantía definitiva si es constituida a través de aval o seguro de caución debe ser depositada en la Tesorería del Ayuntamiento, y entregar al Servicio de Contratación el resguardo de dicho depósito. A los efectos del depósito 6

7 antes indicado, la Tesorería requiere que dicho aval o seguro venga diligenciado al dorso por Notario Público (legitimado). B.- Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se indica a continuación: Certificado positivo de la Agencia Tributaria acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 15 y 16 del RGLCAP. Certificado positivo de la Tesorería de la Seguridad Social acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones para con la misma, de conformidad con lo establecido en los 14, 15 y 16 del RGLCAP. Certificado del Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Albacete, de no tener deudas de esta naturaleza con el Ayuntamiento de Albacete. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o del documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejerzan, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. C.- Ingreso en el número de cuenta de la Caja de Castilla la Mancha ES59/ 2105 / 1860 / 51 / , abierta a nombre del Ayuntamiento de Albacete, e indicando NIF/ CIF del licitador o representante y el concepto Pago de anuncios de licitación, exp. 27/14, de la cantidad total de 240,00, en concepto de pago por la publicación del anuncio de licitación en el B.O.P. E.- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SELECCIÓN ( CAPACIDAD, REPRESENTACIÓN, SOLVENCIA, ETC., NO ACREDITADOS EN LA FASE PREVIA): Acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 146, apartado 1º, del TRLCSP y señalados en la cláusula 16.A del pliego rector del contrato que a continuación se indican: La documentación a presentar debe de ser original o copia autentificada de la misma. 7

8 E 1.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LICITADORES NO INSCRITOS EN REGISTROS DE LICITADORES: 1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona que presenta la proposición y representa a la sociedad. Escritura de constitución y, en su caso, de modificación o modificaciones, inscritas en el Registro Mercantil o en el que corresponda (original o copia autentificada). 2º) Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador requerido de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. 3º) Declaración responsable de no encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el art. 60 del TRLCSP, conforme al modelo siguiente: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ART. 60 DEL TRLCSP D..., con D.N.I. nº:..., en representación de la empresa..., con C.I.F. nº:..., y con domicilio social en..., C/..., ante la Ilma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Albacete, comparece y declara bajo su responsabilidad que: Que ni él ni la Entidad por él representada, se hallan incursos en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según las circunstancias señaladas en el art. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 5 de julio y con la Seguridad Social según circunstancias mencionadas en el art. 14 del Real Decreto señalado anteriormente, así como dado de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas. Y para que así conste a los efectos de incluir esta declaración en el expediente de contratación que se tramita en el Ayuntamiento de Albacete denominado se expide la misma en a de de 8

9 (firma) A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE 4º) Documentos acreditativos de solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL: A) REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, ASÍ COMO TÉCNICA O PROFESIONAL REQUERIDOS PARA ESTE CONTRATO: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: A1) REQUISITOS: Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. A2) Documentación a presentar: Volumen global de negocios: Declaración responsable del licitador indicando volumen de negocios global de los ejercicios 2.011, y B) SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: B1) REQUISITOS: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. B2) Documentación a presentar:.declaración responsable del licitador indicando el personal técnico que dispondrá para la ejecución del contrato, así como la persona encargada del control de calidad. E 2.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LAS EMPRESAS QUE ESTÉN INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DEL ESTADO, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA O DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE. 9

10 Con referencia a las empresas que están inscritas en el Registro de Licitadores del Estado o, en su caso, en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha y en el Registro de Licitadores de la Diputación Provincial en Albacete, la documentación que han de cumplimentar será la siguiente: Conforme a lo establecido en el artículo 83, apartado 1º, del TRLCSP, a cuyo tenor la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Estado acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de una Comunidad Autónoma acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 54/2011, de 17 de mayo de 2.011, en el que en su capítulo III, se modifica la regulación del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Orden de 27/03/2013, que establece su estructura y el régimen de funcionamiento electrónico, los licitadores que figuren inscritos en dicho Registro, aportarán el certificado en vigor expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Esta certificación acreditará en los procedimientos de contratación, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, clasificación, así como la concurrencia de prohibiciones de contratar. Por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, de fecha 2 de octubre de 2.008, se ha aprobado la adhesión al Registro de Licitadores de la Diputación Provincial de Albacete del Ayuntamiento de Albacete, por lo que los licitadores que figuren inscritos en dicho Registro, aportarán una diligencia de inscripción sobre los datos y documentos contenidos en dicho Registro, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos contenidos en el mismo, así como cuando alguna documentación contenida en dicho registro no esté vigente, se deberá expedir declaración de vigencia parcial de los datos contenidos en la diligencia de inscripción en el Registro y aportación de la nueva documentación que sustituya a la anterior, que ya no está vigente. 10

11 En consecuencia, los licitadores que acrediten estar inscritos en los Registros que a continuación se indican deberán aportar la documentación siguiente: b1) Inscritos en el Registro Oficial de Licitadores del Estado: Certificado en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Estado, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. b2) Inscritos en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha: Certificado en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. b3) Inscritos en el Registro de Licitadores de la EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE: Diligencia en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la vigencia de los datos que constan en el mismo, en la que, entre otros extremos, se ha de acreditar el cumplimiento de los requisitos de la clasificación o, en su caso, de la solvencia económica y financiera, así como la técnica o profesional que se requieren en este 11

12 pliego. No obstante, si la diligencia es vigente, pero incluye datos que ya no son ciertos, el licitador puede presentarla, junto con una declaración responsable de la vigencia parcial de los datos que incluye y con los documentos que actualicen los datos no vigentes, conforme al modelo del Anexo V, que regula el Reglamento del Registro de Licitadores de la Diputación Provincial de Albacete ( B.O.P. Nº 133, de 14 de noviembre de 2.007). Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. E.3.- El momento para entender que el licitador se halla en posesión de los requisitos de capacidad y solvencia será el de la finalización del plazo de presentación de proposiciones (12 de mayo de 2.014) y no el posterior, cuando se reclama por el Ayuntamiento la documentación correspondiente. LOTE Nº 2.- MATERIAL INSTALACIONES ELECTRICAS EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES Como consecuencia de lo establecido en el apartado precedente, las ofertas económicamente más ventajosas para la Administración y que no están incursas en valores anormales o desproporcionado, toda vez que han obtenido la mayor puntuación en la valoración de los criterios objetivos de adjudicación, son las que han obtenido la primera posición y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151, apartado 2º, en relación con lo establecido en el artículo 112, ambos artículos del TRLCSP, se les ha de requerir para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Albacete la documentación que se indica a continuación: Como consecuencia de lo establecido en el apartado precedente, la oferta económicamente más ventajosa para la Administración es la presentada por la mercantil AME ALBACETE, S.L.toda vez que obtiene la mayor puntuación en la valoración del procedimiento de adjudicación del contrato ( 98 PUNTOS), y siendo el importe del contrato la cantidad que se indica a continuación: 12

13 IMPORTE (IVA EXCLUIDO) IVA A REPERCUTIR 21% , ,74 Por lo expresado anteriormente, se le ha de requerir a la mercantil AME ALBACETE, S.L de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151, apartado 2º, del TRLCSP, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Albacete la documentación que se indica a continuación: B) Deberá consignar en la Tesorería de este Ayuntamiento y entregar al Servicio de Contratación y Compras el resguardo correspondiente, la garantía definitiva, que asciende a la cantidad del 5% del importe de adjudicación IVA EXCLUIDO, respecto al importe de la duración inicial del contrato, que supone un importe de 1.039,46 Dicha garantía definitiva si es constituida a través de aval o seguro de caución debe ser depositada en la Tesorería del Ayuntamiento, y entregar al Servicio de Contratación el resguardo de dicho depósito. A los efectos del depósito antes indicado, la Tesorería requiere que dicho aval o seguro venga diligenciado al dorso por Notario Público (legitimado). B.- Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se indica a continuación: Certificado positivo de la Agencia Tributaria acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 15 y 16 del RGLCAP. Certificado positivo de la Tesorería de la Seguridad Social acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones para con la misma, de conformidad con lo establecido en los 14, 15 y 16 del RGLCAP. Certificado del Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Albacete, de no tener deudas de esta naturaleza con el Ayuntamiento de Albacete. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o del documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejerzan, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. 13

14 C.- Ingreso en el número de cuenta de la Caja de Castilla la Mancha ES59/ 2105 / 1860 / 51 / , abierta a nombre del Ayuntamiento de Albacete, e indicando NIF/ CIF del licitador o representante y el concepto Pago de anuncios de licitación, exp. 27/14, de la cantidad total de 102,91, en concepto de pago por la publicación del anuncio de licitación en el B.O.P. E.- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SELECCIÓN ( CAPACIDAD, REPRESENTACIÓN, SOLVENCIA, ETC., NO ACREDITADOS EN LA FASE PREVIA): Acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 146, apartado 1º, del TRLCSP y señalados en la cláusula 16.A del pliego rector del contrato que a continuación se indican: La documentación a presentar debe de ser original o copia autentificada de la misma. E 1.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LICITADORES NO INSCRITOS EN REGISTROS DE LICITADORES: 1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona que presenta la proposición y representa a la sociedad. Escritura de constitución y, en su caso, de modificación o modificaciones, inscritas en el Registro Mercantil o en el que corresponda (original o copia autentificada). 2º) Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador requerido de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. 3º) Declaración responsable de no encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el art. 60 del TRLCSP, conforme al modelo siguiente: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ART. 60 DEL TRLCSP 14

15 D..., con D.N.I. nº:..., en representación de la empresa..., con C.I.F. nº:..., y con domicilio social en..., C/..., ante la Ilma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Albacete, comparece y declara bajo su responsabilidad que: Que ni él ni la Entidad por él representada, se hallan incursos en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según las circunstancias señaladas en el art. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 5 de julio y con la Seguridad Social según circunstancias mencionadas en el art. 14 del Real Decreto señalado anteriormente, así como dado de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas. Y para que así conste a los efectos de incluir esta declaración en el expediente de contratación que se tramita en el Ayuntamiento de Albacete denominado se expide la misma en a de de (firma) A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE 4º) Documentos acreditativos de solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL: C) REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, ASÍ COMO TÉCNICA O PROFESIONAL REQUERIDOS PARA ESTE CONTRATO: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: A1) REQUISITOS: Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. A2) Documentación a presentar: 15

16 Volumen global de negocios: Declaración responsable del licitador indicando volumen de negocios global de los ejercicios 2.011, y D) SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: B1) REQUISITOS: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. B2) Documentación a presentar: Declaración responsable del licitador indicando el personal técnico que dispondrá para la ejecución del contrato, así como la persona encargada del control de calidad. E 2.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LAS EMPRESAS QUE ESTÉN INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DEL ESTADO, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA O DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE. Con referencia a las empresas que están inscritas en el Registro de Licitadores del Estado o, en su caso, en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha y en el Registro de Licitadores de la Diputación Provincial en Albacete, la documentación que han de cumplimentar será la siguiente: Conforme a lo establecido en el artículo 83, apartado 1º, del TRLCSP, a cuyo tenor la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Estado acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de una Comunidad Autónoma acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 54/2011, de 17 de mayo de 2.011, en el que en su capítulo III, se modifica la regulación del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Orden de 27/03/2013, que establece su estructura y el régimen de funcionamiento electrónico, los licitadores que figuren inscritos en dicho Registro, aportarán el certificado en vigor expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por 16

17 funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Esta certificación acreditará en los procedimientos de contratación, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, clasificación, así como la concurrencia de prohibiciones de contratar. Por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, de fecha 2 de octubre de 2.008, se ha aprobado la adhesión al Registro de Licitadores de la Diputación Provincial de Albacete del Ayuntamiento de Albacete, por lo que los licitadores que figuren inscritos en dicho Registro, aportarán una diligencia de inscripción sobre los datos y documentos contenidos en dicho Registro, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos contenidos en el mismo, así como cuando alguna documentación contenida en dicho registro no esté vigente, se deberá expedir declaración de vigencia parcial de los datos contenidos en la diligencia de inscripción en el Registro y aportación de la nueva documentación que sustituya a la anterior, que ya no está vigente. En consecuencia, los licitadores que acrediten estar inscritos en los Registros que a continuación se indican deberán aportar la documentación siguiente: b1) Inscritos en el Registro Oficial de Licitadores del Estado: Certificado en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Estado, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. b2) Inscritos en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha: Certificado en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. 17

18 Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. b3) Inscritos en el Registro de Licitadores de la EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE: Diligencia en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la vigencia de los datos que constan en el mismo, en la que, entre otros extremos, se ha de acreditar el cumplimiento de los requisitos de la clasificación o, en su caso, de la solvencia económica y financiera, así como la técnica o profesional que se requieren en este pliego. No obstante, si la diligencia es vigente, pero incluye datos que ya no son ciertos, el licitador puede presentarla, junto con una declaración responsable de la vigencia parcial de los datos que incluye y con los documentos que actualicen los datos no vigentes, conforme al modelo del Anexo V, que regula el Reglamento del Registro de Licitadores de la Diputación Provincial de Albacete ( B.O.P. Nº 133, de 14 de noviembre de 2.007). Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. Al tratarse el licitador de una persona jurídica, deberá presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Acreditación de la clasificación administrativa, o, en su caso, la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional, a través de los requisitos exigidos en este pliego. E.3.- El momento para entender que el licitador se halla en posesión de los requisitos de capacidad y solvencia será el de la finalización del plazo de presentación de proposiciones (12 de mayo de 2.014) y no el posterior, cuando se reclama por el Ayuntamiento la documentación correspondiente. CUARTO.- Que por el Servicio de Contratación se compruebe el cumplimiento en plazo de lo dispuesto en el apartado anterior y, en tal supuesto, proponga la adjudicación del contrato a las mercantiles clasificadas en primer 18

19 lugar, adjudicación que se deberá efectuar dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación indicada en el apartado precedente. QUINTO.- El contrato se perfeccionará mediante su formalización de acuerdo con el artículo 27 del TRLCSP, en documento administrativo, en los plazos establecidos en el artículo del TRLCSP, que al tratarse de un contrato que no es susceptible de la interposición del recurso especial en materia de contratación, deberá de efectuarse dentro del plazo de quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. SEXTO.- Si no procede la adjudicación del contrato a alguna de las empresas, en algún lote en concreto, por no cumplir las condiciones necesarias para ello, indicadas en el apartado tercero, se entenderá que dicho licitador ha retirado su oferta y, procediéndose, en este caso, a efectuar un nuevo requerimiento al licitador siguiente a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de cinco días hábiles para presentar la documentación justificativa de los requisitos antes expresados en el apartado tercero. Para dar por concluido el acto público de clasificación de ofertas por orden decreciente, requerimiento y, en su caso, propuesta de adjudicación, y, dado que no han asistido a este acto público ningún representante legal de los candidatos, no se ha comunicado el trámite contemplado en el artículo 87, apartado 1º del Real Decreto 1098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud del cual los licitadores asistentes pueden formular de manera verbal cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra este acto, que deberán formularlas por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes a este acto y se dirigirán al órgano de contratación, en cuyo caso, previo informe de la mesa de contratación, deberá resolverlas en el acuerdo en el que se produzca la adjudicación del contrato. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levanta la sesión, redactándose el presente Acta, visada por la Presidencia de la Mesa, de cuyo contenido yo el Secretario doy fe. EL SECRETARIO Vº Bº LA PRESIDENCIA 19

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