Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación

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1 3 Sur No Col. El Cerrito Puebla, Pue. Tel.: (01.222) / CC.SECRETARIOS(AS) DEL COMITÉ EJECUTIVO SECCIONAL, SECRETARIOS(AS) DELEGACIONALES, REPRESENTES DE CENTRO DE TRABAJO, PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LA SECCIÓN 51 DEL SNTE PRESENTE El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación a lo largo de su historia ha encontrado siempre la estrategia que le permita obtener para sus agremiados beneficios que generen mejores condiciones laborales, salariales, profesionales, asistenciales y de servicio. Y es en el ejercicio de las negociaciones sustentadas a partir de la firma del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, en mayo de 1992 que nuestra Organización Sindical en Puebla ha ido marcando el camino de nuevas y mejores conquistas sindicales que coadyuven a mejorar la calidad de vida de todos nuestro afiliados, a la par de sentirnos orgullosos de refrendar en los hechos nuestro compromiso para abonara una Educación de Calidad con Equidad. Es por ello que en cumplimiento con esta responsabilidad, el Comité Ejecutivo de la Sección 51 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y luego de una minuciosa y exhaustiva Revisión Salarial de las Prestaciones y Compensaciones del Personal Docente de Educación Básica con el Gobierno del Estado de Puebla, concluye con éxito la Negociación Salarial 2013 informando a continuación el resultado de la misma: SALARIO Y PRESTACIONES. 1. A partir del 1 0 de enero de 2013, en todas las categorías del Personal Docente de Educación Básica se recibe un incremento de 3.9% al Sueldo Tabular (07) así como sus repercusiones en Carrera Magisterial (7A-7E). 2. A partir del 1 o de enero de 2013, se fortalece en 0.35% el Sueldo Tabular (07) de todas las categorías del Personal Docente de Educación Básica, así como sus repercusiones en Carrera Magisterial (7A-7E). 3. Las Compensaciones de Fortalecimiento Curricular (FC) por el Desempeño de Actividades de Dirección y Supervisión, así como por Laboraren Comunidades Pequeñas y Dispersas (E3), se incrementaran a partir del 1 0 de enero del año en curso, en los mismos porcentajes de los puntos 1 y La Compensación Provisional Compactable (CC) que se viene cubriendo en el fabulador de la zona económica II, se incrementará hasta en un 4.25%, con el fin de mantener su equiparación con respecto al fabulador de la zona económica III, a partir del 1 o de enero de 2013, siempre y cuando esta compensación sumada al Sueldo Tabular no rebase el fabulador de la zona económica III. De autorizarse por la instancia competente una modificación al fabulador de la zona económica II, esta compensación variará o desaparecerá. 1B

2 5. Se incrementa en 4.25% el valor de la prestación denominada Fortalecimiento de la Compensación Provisional Compactable (RZ) que se viene cubriendo al personal docente de educación básica, ubicado en la zona económica II, con el fin de mantener su equiparación en días por concepto de aguinaldo y prima vacacional, con respecto al fabulador de la zona económica III, cuyo cálculo se asocia al sueldo tabular de la plaza inicial. El pago se cubrirá en el mes de octubre de cada año. De autorizarse por la instancia competente una modificación al fabulador de la zona económica II, esta compensación variará o desaparecerá. 6. Se incrementa el % la Compensación Provisional Compactable A (CP), con la finalidad de avanzar en el diferencial existente entre los niveles salariales de Carrera Magisterial de la zona económica II, con respecto a los de la zona económica III. Esta compensación beneficiará a todos los docentes que se encuentren actualmente incorporados al Programa Nacional de Carrera Magisterial, a partir del 1 0 de enero de De autorizarse por la instancia competente una modificación al tabulador de la zona económica II, esta compensación variará o desaparecerá. 7. Se incrementa 4.25% el concepto Equiparación de la Compensación por Laborar en Escuelas Ubicadas en Comunidades Pequeñas y Dispersas (R3), con el propósito de equiparar el importe de la prestación denominada Compensación por Laborar en Escuelas Ubicadas en Comunidades Pequeñas y Dispersas (E3), que se paga en la categoría inicial de la zona económica II, con respecto de la zona económica III, a partir del 1 de enero de 2013, misma que se pagará únicamente al personal docente que actualmente percibe el concepto E3, por estar desempeñando su función docente en planteles registrados con ubicación en comunidades pequeñas y dispersas. En caso de que el personal docente cambie de adscripción y no pertenezca a un plantel con las características descritas, dejando de percibir el concepto E3, se suspenderá también el pago de la compensación R3. De autorizarse por la instancia competente una modificación al tabulador de la zona económica II, esta compensación variará o desaparecerá. 8. El pago de diferencias de los numerales 1 y 2 se realizará en la segunda quincena de septiembre del presente año, 3,4,6 y 7 se realizará en la primera quincena de octubre de Se destinan recursos a partir del 1 0 de enero de 2013 equivalentes al 1.7% del Sueldo Tabular (07) de las categorías contenidas en el Catálogo y Tabulador de Sueldos del Personal Docente de Educación Básica, vigente al 31 de diciembre de 2012, para incrementar prestaciones del personal docente de educación básica, la aplicación se realizará en las siguientes: a) A partir del 1 de septiembre de 2013, se aplica un nuevo factor al valor de la plaza inicial para obtener un Despegue Salarial para personal directivo y de supervisión de los niveles de educación preescolar, primaria y niveles afines: 2B

3 m Categorías Factor % Director Inspector de Zona Inspector General de Sector Las categorías de directivos y de supervisión de tiempos cortados serán incrementados en forma proporcional. Adicionalmente, a partir de la aplicación de estos nuevos factores, en la misma proporción y con los mismos efectos se actualizará el valor de la Compensación Provisional Compactable (CPC), con la finalidad de mantener la equiparación de los fabuladores en las zonas económicas II y III. b) A partir del 1 de septiembre de 2013, se aplica un nuevo factor al valor de la hora-semanames para obtener un Despegué Salarial para personal directivo y de supervisión de los niveles de educación secundaria general, secundaria técnica y niveles afines: Categorías Factor h/s/m Subdirector Director Jefe de Enseñanza Inspector General Las categorías de directivos y de supervisión de tiempos cortados serán incrementados en forma proporcional. Adicionalmente, a partir de la aplicación de estos nuevos factores, en la misma proporción y con los mismos efectos se actualizará el valor de la Compensación Provisional Compactable (CPC), con la finalidad de mantener la equiparación de los fabuladores en las zonas económicas11 y 111. c) Las medidas señaladas en los incisos a) y b) tendrán sus repercusiones en carrera magisterial y se atenderán con los recursos de la Vigésima segunda etapa del programa. d) El pago de las diferencias correspondientes a los incisos a) y b) se realizará en la primera quincena de octubre del presente año. e) Compensación (12) que se cubre a los Supervisores de Educación Secundarias Generales, Secundarias Técnicas, Telesecundarias, Educación Física y Centros de Formación para el Trabajo, a partir del 16 de agosto de 2013, se incrementa $ para quedar en $4, mensuales. f) Compensación Adicional por Desempeñar Funciones de Director de Doble Turno (14), a partir del 16 de agosto de 2013, se incrementa $ para quedar en $4, mensuales. 3B

4 g) El pago de diferencias de los incisos e) y f) se realizará en la primer quincena de octubre del presente año. h) Compensación extraordinaria al personal que ostenta plaza de Educación Especial por concepto de Apoyo a la Integración Educativa (IE), pagadera por plaza en el mes de noviembre de cada año de la siguiente forma: Categoría Importe Incremento Importe Maestro 1, , Director 1, , Supervisor 2, , i) Compensación Atención a Grupos Multigrados (GM), se incrementa $42.50 para quedar en $1,042.50, pagaderos en el mes de septiembre de cada año, esta compensación quedará vinculada al Centro de Trabajo q ue esté registrado bajo esta modalidad y se cubrirá si el docente desempeñó la función durante el ciclo escolar anterior. j) Compensación por Atención a Grupos de Telesecundarias (TV), se incrementa $44.30 para quedar en $1, anuales, estará vinculada al centro de trabajo que esté registrado bajo esta modalidad y se cubrirá por trabajador en la primera quincena de octubre de cada año, siempre y cuando el docente haya desempeñado la función durante el ciclo escolar inmediato anterior. Esta compensación variará o desaparecerá en la medida en la que se alcancen los montos para el nombramiento de los docentes frente a grupo que atienden ésta modalidad educativa, que corresponda con el pago de 36 hora-semana-mes. Por esta ocasión el pago se realizará en la primera quincena del mes de octubre del presente año. k) Los compañeros que cumplen 30 Años de Servicio Docente y que reciben la presea Rafael Ramírez, el estímulo se incrementa $1, para quedar en $41, I) Los compañeros que cumplen 40 Años de Servicio Docente y que reciben la presea Mtro. Manuel Altamirano, el estímulo se incrementa $2, para quedar en $67, m) El pago de las diferencias de los incisos k) y I) se incorporarán en el cheque de la segunda quincena de octubre del presente año 10. El estímulo económico que otorga el Gobierno del Estado a los compañeros que cumplieron 25,30, 35,40,45,50,55,60 o más Años de Servicio, reciben incremento del 10%. 4B

5 I nc rgmg nto Importe , , , , , , , , , , , , , , , , , , 60 o más, (C/5 años) 31, , , Los compañeros que cumplen 20 Años de Servicio Docente, el estímulo se incrementa $3, para quedar en $15, El pago de las diferencias de los numerales 10 y 11 se incorporarán en el cheque de la segunda quincena de octubre del presente año. 13. La prestación Asignación por Actividades Culturales (CL) se incrementa en $ para llegar a $3, anuales por trabajador. 14. La prestación de Ayuda para Gastos Escolares (GE) se incrementa en $ para llegar a $2, anuales por trabajador. 15. El pago de la diferencia de los numerales 13 y 14 se realizará en la primera quincena de octubre del presente año. 16. La prestación Ayuda para Actividades Deportivas y Familiares (CF) se incrementa en $ para llegar a $1, anuales por trabajador, se pagará en la segunda quincena de octubre del presente año. 17. Se crea la prestación "Ayuda Familiar", con un importe de $ anuales por trabajador, se pagará en la primera quincena de agosto de cada año. Por única ocasión se pagará en la segunda quincena de octubre del presente año. CARRERA MAGISTERIAL 18. Se asignan 500 millones de pesos a Nivel Nacional, para el periodo septiembre-diciembre de la vigésima segunda etapa. 19. Se asignan $1,000, anualizados a Nivel Estatal, para la vigésima segunda etapa. 20. Los más altos puntajes en cada etapa del Programa se hacen merecedores al reconocimiento Ignacio Manuel Altamirano y a un estímulo económico que se incrementa $2, para quedar 5B

6 en $49, ASUNTOS LABORALES 21. El Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Educación Pública de la Entidad, respeta plenamente los derechos laborales derivados del reglamento y conquistas sindicales minutadas y de las actas de acuerdos, de todos los trabajadores de la educación agremiados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Secciones 23 y La SEP del Estado y el SNTE Secciones 23 y 51, acuerdan que no se emitirá circular alguna o documentos normativos que contravengan reglamentos, que modifiquen unilateralmente las condiciones generales de trabajo o el sentido de los acuerdos minutados por ambas partes. La Secretaría de Educación Pública del Estado se compromete a dejar sin efecto aquellos documentos que no se sujeten a los criterios aquí descritos. 23. Se continúa con el Programa Permanente de Basificación, de acuerdo a la normatividad aplicable, para otorgar estabilidad laboral a los docentes agremiados al SNTE Sección 51. ASUNTOS PROFESIONALES 24. La Secretaría de Educación Pública del Estado mantiene el Programa de Formación Continua y Superación Profesional de Maestros en Servicio, con un importe de 120 millones de pesos, para cursos de actualización en Tecnologías de la Información, Matemáticas e Inglés. 25. En el presente ejercicio fiscal, se destinará 100 millones de pesos a Nivel Nacional, para el Proyecto de Apoyo de Tecnologías Educativas y de la Información para Maestros de Educación Básica, mismo que se aplicará de conformidad con el instrumento normativo correspondiente. 26. Becas Comisión con un importe de $3,750, para el ciclo escolar Se incrementa en $150, el presupuesto de Becas para los hijos de los trabajadores de la Sección 51 del SNTE, quedando en $1,650, aplicables para el ciclo escolar , mismos que se pagarán en dos exhibiciones, la primera en el mes de diciembre de 2013 (período septiembre-diciembre por el 40%) y la segunda en el mes de junio de 2014 (período enero-junio por el 60% restante). 28. Estímulos por Productividad Juan Crisóstomo Bonilla, cuya finalidad es reconocer e incentivar la labor del personal docente de Educación Básica, se destina un monto de $20,000,000.00, para otorgar este estímulo. Para tal fin se constituirá, en el mes de octubre del presente año, una comisión Secretaría de Educación Pública del Estado y Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en sus Secciones 23 y 51, que tendrá por objeto definir los criterios para su otorgamiento. 29. Se otorgaran 19 casas, una por cada una de las 19 Coordinaciones Regionales de Desarrollo Educativo para reconocer la Calidad en el Desempeño a través del estímulo Juan N. Méndez al personal directivo y de supervisión del subsistema de Educación Básica. Para tal fin se integrará una comisión de la Secretaría de Educación Pública del Estado y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en sus Secciones 23 y 51, en el mes de octubre del presente año, que se abocará a entregar el estímulo de acuerdo a los indicadores normados en la convocatoria. 30. Se otorgaran 38 casas, dos por cada una de las 19 Coordinaciones Regionales de Desarrollo Educativo, para reconocer la Calidad en el Desempeño a través del estímulo Juan N. Méndez a los Docentes Frente a 6B

7 Grupo. Para tal fin se integrará una comisión de la Secretaría de Educación Pública del Estado y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en sus Secciones 23 y 51, en el mes de octubre del presente año, que se abocará a entregar el estímulo de acuerdo a lo establecido en la convocatoria que para tal fin se ha estipulado. 31. El estímulo económico de la prestación denominada Docente Distinguida se incrementa $2, para llegar a $20, cada uno de los noventa y dos estímulos económicos, cuarenta y seis para cada sección, que serán entregados el 8 de marzo de cada año en el Día Internacional de la Mujer. ASUNTOS DE SEGURIDAD SOCIAL 32. La Secretaría de Educación Pública del Estado, tendrá como documento válido para justificar el retardo o la falta a esta Dependencia, el documento que otorga el ISSSTEP a los Trabajadores de la Educación por consulta o asistencia médica, al médico familiar o el de especialidad, tendrá aplicación este acuerdo a partir de la firma de la presente acta. 33. Se destinan recursos por $3,300, al Fideicomiso para el Programa Especial de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio del Estado de Puebla para las Secciones 23 y 51 del SNTE. 34. Se instalará una comisión mixta SEPE-SNTE Secciones 23 y 51, que tendrá por objeto generar las bases para que el Programa Especial de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio del Estado de Puebla entregue beneficios a los trabajadores agremiados. 35. La Secretaría de Educación Pública del Estado, de conformidad con los dictámenes que emita el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla en apego a lo dispuesto en la Ley de la materia, aplicará en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud, los cambios de actividad y, en su caso, los derivados de los acuerdos presidenciales. 36. Se destinan recursos por $2,500, al Programa de Ayuda para Actividades de Jubilados del SNTE Sección Se destinan recursos por $2,058, para fortalecer el Fondo de Ahorro y Crédito en beneficio de los trabajadores de la educación de las secciones 23 y 51 del SNTE. 38. Creación de la prestación "Ayuda para la adquisición de anteojos", por un monto de $2,500.00, para los agremiados al SNTE Sección 51, otorgándose una vez al año, conforme a la disponibilidad presupuestal. Esta prestación surtirá efecto a partir de la firma de la presente minuta. Este beneficio será extensivo al cónyuge del trabajador, hijos y padres si dependen económicamente del trabajador, previa prescripción médica del ISSSTEP. ASUNTOS GENERALES 39. Los acuerdos logrados con anterioridad que no fueron objeto de revisión, se continuarán aplicando en los mismos términos establecidos. 7B

8 Los ciclos en la vida nos permiten la pausa, esta negociación cierra una etapa de esfuerzo y marca un horizonte de esperanza y retos El contenido del presente documento es una prueba de nuestro esfuerzo por servir a un gremio cada día más demandante, más crítico y más profesional. Quienes integran la Sección 51 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, reconocemos a la Educación de Calidad como el único camino que tiene la sociedad para acceder al progreso. Hago un llamado, a seguir caminando juntos con lealtad y dignidad para que en la difusión de nuestros logros sigamos abonando a la grandeza del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. FRATERNALMENTE TRABAJANDO UNIDOS... SUMANDO VOLUNTADES "POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO" H. PUEBLA DE Z., A 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013 PROFR. JORGE LUIS BARRERA DE LA ROSA SECRETARIO GENERAL

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