Manual de Organización Dirección de Planeación
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- Cristián San Segundo Quiroga
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1 Manual de Organización Dirección de Planeación
2 Directorio Institucional 2 Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Municipal Constitucional C. Salvador Maldonado Alcántara Síndico Municipal C. Yadira Jacqueline García Vargas Primera Regidora C. María Cortez Cruz Segunda Regidora Profr. Francisco Gómez Marín Tercer Regidor Lic. Álvaro Reyes Olvera Cuarto Regidor C.P. Francisco Lugo Arce Quinto Regidor Lic. Angélica Mendoza Mendoza Sexta Regidora C. Jorge Vega Miranda Séptimo Regidor Lic. Edgar Martínez Zarza Octavo Regidor C. Hipólita Cruz Martínez Novena Regidora Ing. Daniel Arciniega Sandoval Décimo Regidor
3 Índice Pág. Presentación 5 3 Valores 6 Estamos comprometidos a 7 Marco jurídico 8 Estructura orgánica 10 Objetivo General, Misión y Visión 11 Objetivos y Funciones 12 Organigrama 21 Directorio Interno 22 Validación 23 Aprobación 24 Hoja de Actualización 25
4 4 Con el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el personal de la Dirección de Planeación que considere los principios básicos de igualdad y equidad, existente entre hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y profesional; toda referencia, incluyendo los cargos y puestos en este Manual, al género masculino lo es también para el género femenino, cuando de su texto y contexto establezca que es para uno y otro género.
5 5 Presentación El presente Manual de Organización es un instrumento administrativo y normativo de la Administración Pública del Municipio de Jilotepec. En este Manual de Organización, se identifican y dan a conocer las funciones, que corresponde realizar a la Dirección de Planeación; cuyo propósito es ser una herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de funciones de los servidores públicos, al permitir tener una mayor certidumbre en el desarrollo de sus actividades y la adecuada coordinación entre las áreas, delimitando sus responsabilidades. La Dirección de Planeación se erige como la Dependencia responsable de la formulación, aprobación, colaboración, concertación, ejecución y evaluación de la planeación democrática para el desarrollo municipal, así como la transformación de las estructuras, sistemas, normas, funciones y procesos básicos de la Administración. Para el logro de sus fines se pretende que con la aplicación del presente manual, se optimicen recursos, se eficienten las labores relativas a selección e inducción del personal de nuevo ingreso, así como para establecer procesos de simplificación y modernización administrativa.
6 6 Valores Gratitud Los servidores públicos reconocerán que la sociedad ha depositado su confianza en ellos, correspondiendo con agradecimiento todos aquellos beneficios que se desprendan del desempeño de sus funciones. Humildad Los servidores públicos de Jilotepec deberán actuar con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad. Trato Humano El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. Responsabilidad Cumplir con la máxima diligencia en el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión. Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. Lealtad Los servidores públicos aceptan los vínculos implícitos en su adhesión a la Administración a la que pertenece, de tal modo que refuerza y protege, en su trabajo cotidiano, el conjunto de valores que aquélla representa.
7 Estamos comprometidos a 7 Los integrantes de la Administración estamos comprometidos con la IGUALDAD SUSTANTIVA, para ello emprenderemos acciones, medidas estructurales, legales o de política pública; que eliminen la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales, y supondrá el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres. Velaremos en el cumplimiento de nuestras funciones que no se realicen actos de discriminación en contra de otros servidores públicos, usuarios o la población jilotepequense en general; por motivos de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana. Nos comprometemos a que nuestros actos se lleven a cabo con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; bajo las premisas de la inclusión, la tolerancia, la dignidad humana, la transparencia, la hospitalidad y la solidaridad, atendiendo las necesidades y servicios públicos que requieren los hombres y mujeres de Jilotepec
8 Marco Jurídico 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Ley de Planeación Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Ley de Bienes del Estado de México y de sus Municipios. Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México. Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año correspondiente. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año correspondiente. Código Administrativo del Estado de México. Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Código Financiero del Estado de México y Municipios. Código Civil del Estado de México Código de Procedimientos Civiles del Estado Libre y Soberano de México. Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y
9 Municipios. Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Reglamento del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México. Todos los Reglamentos inherentes y aplicables al marco jurídico citado. 9 Bando Municipal 2012 Gaceta Municipal, 5 de Febrero de 2012 Código Reglamentario del Municipio de Jilotepec Gaceta Municipal, de de Acuerdo de Cabildo de fecha de de 2013 por la que se aprueba la estructura orgánica del H. Ayuntamiento, publicada en Gaceta Municipal, de de 2013.
10 10 Estructura Orgánica Dirección de Planeación Subdirección Estudios y Proyecto o Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública o Unidad de Información, Planeación, Presupuestación y Evaluación Presupuestación
11 11 Objetivo General Formar al mejor Municipio del Estado de México Misión Conducir el proceso que incremente la eficiencia y eficacia de la Administración, mediante la planeación, organización, dirección así como la evaluación de las acciones; que permitan anticipar escenarios y situaciones específicas de orden económico, social o político, sugiriendo estrategias de acción y políticas alternativas para su oportuna solución Teniendo como instrumentos rectores al Plan Municipal de Desarrollo, los Programas Sectoriales y los Programas Operativos Anuales. Visión Ser una Dependencia con procesos institucionalizados, eficientes y de calidad para el cumplimiento de sus funciones y objetivos, con resultados orientados a resolver los problemas del Municipio.
12 Dirección de Planeación 12 Objetivo Coordinar la implementación del Sistema Municipal de Planeación a través de las acciones de planeación, evaluación y programación del quehacer municipal, al tiempo que atienda las solicitudes de información e innovación de procesos administrativos para contribuir a la mejora continua y simplificación de los servicios de las dependencias del gobierno municipal, coadyuvando al fortalecimiento de la cultura de la evaluación y la rendición de cuentas. Funciones Recopilar información y dar formato al diagnóstico municipal que integre el proyecto del Plan de Desarrollo Municipal con base en las condiciones económicas, sociales, culturales entre otras, coordinando la participación de las Dependencias, Entidades y sociedad civil organizada. Coordinar el proceso de actualización o reconducción cuando así se justifique del Plan de Desarrollo Municipal. Apoyar logísticamente en las Sesiones del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal. Promover la participación de la ciudadanía en materia de planeación del desarrollo a través de la integración y organización de sesiones de trabajo del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN). Coordinar las acciones necesarias para la implementación y adecuado funcionamiento del sistema de planeación Municipal. Establecer, dirigir, supervisar y evaluar las políticas gubernamentales y los instrumentos de control. Promover la integración y ejecución de los programas de alto impacto identificados para el municipio. Participar de manera activa con las Dependencias de
13 13 gobierno federal, estatal o municipal en materia de planeación del desarrollo. Integrar y ordenar las demandas ciudadanas para plasmarlas en los planes de trabajo. Participar en la elaboración de los informes anuales de actividades del Presidente Municipal. Coordinar la investigación y análisis de la información, para llevar a cabo los estudios y propuestas de mejora de la Administración. Organizar la integración de reportes estadísticos municipales; Determinar e instrumentar las estrategias que garanticen el cumplimiento de las metas planteadas en los programas operativos anuales de la Administración. Vigilar que las actividades en materia de planeación de las diferentes áreas del Ayuntamiento se conduzcan conforme a lo dispuesto por el Presidente Municipal. Notificar al Presidente Municipal sobre las posibles desviaciones detectadas en el cumplimiento de las metas y recursos asociados a los proyectos y programas de la administración. Planear proyectos en las localidades que por sus características se consideren como importantes y trascendentes para el Municipio. Vigilar los mecanismos de colaboración entre las dependencias y los ciudadanos a favor del mejoramiento de los procesos de trabajo, desarrollando acciones tendientes a mejorar la calidad en el servicio. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por Presidente Municipal.
14 14 Subdirección Estudios y Proyectos Objetivo Elaborar, difundir y dar seguimiento a los diferentes proyectos estratégicos de la Administración validando que se impulse el desarrollo humano, comunitario y de participación ciudadana para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos que habitan en el Municipio. Funciones Elaborar estudios e investigaciones que sustenten la adecuada toma de decisiones. Efectuar análisis y estudios especializados que permitan anticipar escenarios y situaciones específicas de orden económico, social y político en el Municipio. Realizar investigaciones y propuestas relacionadas con los servicios que otorga el municipio a la población, en coordinación con las diversas áreas. Promover actividades de estudio, análisis, presentación, discusión y atención de los asuntos con la participación de académicos, profesionales, instituciones, sociedad civil e investigadores, destinadas a la generación de alternativas de solución de la problemática social en el municipio. Gestionar proyectos ante las dependencias del gobierno Federal y Estatal, así como de Instituciones Privadas que interactúen con las características de las localidades del Municipio, que permitan fortalecer el apoyo a grupos sociales vulnerables para la realización de proyectos sociales productivos. Promover la vinculación de empresarios, productores y Universidades para el desarrollo de proyectos. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Planeación.
15 15 Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública Objetivo Promover programas y acciones encaminados a incrementar la confianza y transparencia de las acciones gubernamentales; garantizando la aplicación del marco legal, la atención en tiempo y forma de las solicitudes de información pública de la ciudadanía, verificando oportunamente la publicación de la información de oficio, a fin de transparentar el ejercicio del servicio público y la rendición de cuentas en el Municipio. Funciones Recabar, difundir y actualizar la información pública de oficio de la Página Web en coordinación con la Secretaría Técnica, para dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre transparencia y acceso a la información pública municipal. Presentar ante el Comité de Información, el proyecto de clasificación de información. Proponer al Comité de Información los procedimientos internos que contribuyan a la mayor eficiencia en la atención de las solicitudes de acceso a la información. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos. Atender y dar seguimiento a las quejas, denuncias y sugerencias presentadas por los particulares. Recibir, analizar, clasificar y gestionar las solicitudes de información pública del sistema electrónico y del módulo de acceso de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios así como a lo previsto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios, con respecto a la expedición de copias simples, certificadas y digitales.
16 16 Entregar, en su caso, a los particulares la información pública solicitada o notificar en su caso, las resoluciones que al respecto se emitan. Elaborar informes relacionados con el seguimiento del Recurso de Revisión. Preparar la información para el desahogo de los requerimientos planteados por comparecencia en el INFOEM. Coordinar el funcionamiento de las Sesiones del Comité de Información. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Planeación.
17 Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación 17 Objetivo Integrar, instrumentar, dar seguimiento y evaluar las acciones gubernamentales, apoyando la integración del presupuesto basado en resultados. Funciones Coadyuvar y vigilar la correcta vinculación de los programas, así como presupuestos de las dependencias del Gobierno Municipal con los objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal. Definir los lineamientos que las dependencias y entidades utilizarán para que formulen sus programas operativos anuales basados en los objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal. Vigilar la congruencia del presupuesto y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, así como el Programa Operativo Anual. Revisar y evaluar trimestralmente el desempeño y avance de las metas de los proyectos de cada Dependencia y Entidad de acuerdo a su Programa Operativo Anual, así como demás información solicitada y enviada al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México. Coadyuvar en la documentación de los programas de alto impacto identificados para el municipio. Promover la elaboración de un sistema de información estadística del municipio, que sea de utilidad para la planeación del desarrollo municipal, con base en las fuentes oficiales y propias. Vigilar los alcances del Plan de Desarrollo Municipal y si fuera necesario, con base en los resultados del proceso de evaluación, elaborando la propuesta de actualización
18 18 o reconducción del mismo, con apego a la normatividad vigente. Realizar informes, documentos especiales y todo aquel trabajo que requiera integración. de análisis de información y estadística. Coordinar las acciones inherentes a la elaboración de informes solicitados por instancias facultadas como el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la Secretaría de Finanzas, el Poder Legislativo, a través de sus órganos de control interno, así como de la rendición de cuentas a la ciudadanía, partiendo del Plan de Desarrollo Municipal; Integrar anexos técnicos y estadísticos de los informes anuales del Titular de la Administración. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Planeación.
19 Presupuestación 19 Objetivo Verificar y validar el presupuesto a programas y proyectos con base a resultados a través de la identificación de metas e indicadores de logros y alcances. Funciones Integrar en coordinación con la Tesorería, las Dependencias y Entidades que conforman la Administración, el proyecto de presupuesto por programas; Verificar y validar la calendarización anual del ejercicio de los recursos autorizados para la ejecución de los programas, así como proyectos en el año fiscal que corresponda; Verificar en coordinación con la Contraloría Interna Municipal que la asignación y ejercicio de los recursos se lleve a cabo en alcance de los objetivos, metas y prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal y los programas autorizados. Informar a la Contraloría Interna Municipal cuando se detecte alguna acción u omisión que contravenga lo dispuesto en la Ley, en materia de presupuestación. Definir criterios y lineamientos generales para establecer prioridades en los estudios, proyectos, acciones y obras necesarias en el municipio promoviendo el aprovechamiento racional de los recursos económicos disponibles. Atender la coordinación permanente con las instancias federal, estatal y municipal para la programación y ejecución de obras, con el fin de obtener el máximo de obras y optimizar las acciones que en esta materia se realicen en el municipio. Proponer políticas y estrategias que permitan al
20 20 Ayuntamiento obtener recursos financieros para su desarrollo y consolidación. Planear la presupuestación en atención a las políticas de calidad, organización y funcionamiento de los gobiernos federal, estatal y municipal. Coadyuvar el proceso de obra pública, con la toma de decisiones en las etapas de planeación, ejecución y evaluación con base en el análisis de datos y en información confiable. Efectuar la evaluación entre el avance físico, financiero y satisfactorio de las obras, generando en su caso, las medidas correctivas oportunas que permitan una mejora continua de los procesos involucrados. Recopilar la información requerida para la integración de los Presupuestos por Programa. Coordinar la capacitación y revisión del llenado de los formatos de Presupuesto por Programas Municipal de las áreas de la administración. Brindar asesorías a las áreas de la administración municipal en la elaboración del Programa Presupuesto Municipal. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Titular de la Unidad de Información, Planeación, Presupuestación y Evaluación.
21 Organigrama 21
22 Directorio Interno 22 Lic. Director de Planeación Lic. Subdirector Estudios y Proyectos Lic. Titular de la Unidad Municipal Pública de Acceso a la Información Lic. Titular de la Unidad de Información, Planeación, Presupuestación y Evaluación Lic. Presupuestación
23 Validación 23 Lic. Secretario Técnico Lic. Director de Planeación
24 Aprobación 24 Vo. Bo. Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Constitucional Municipal de Jilotepec Fecha del Oficio Aprobación Número de Oficio
25 Hoja de Actualización 25 Manual de Organización de la Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento de Jilotepec, México; enero de Primera Edición. Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Municipal Constitucional de Jilotepec Lic. Secretaria Técnica Lic. Responsable de Elaborar o Actualizar el Manual
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