PROPUESTA DE CIRCULAR Línea "ICO-Entidades Locales 2011"

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PROPUESTA DE CIRCULAR Línea "ICO-Entidades Locales 2011""

Transcripción

1 PROPUESTA DE CIRCULAR Línea "ICO-Entidades Locales 2011" El Real Decreto-ley 8/2011, de 01 de julio, en la sección segunda de su capítulo II Medidas financieras, regula la línea de crédito para la cancelación de deudas de las Entidades Locales con empresas y autónomos, estableciendo la posibilidad de concertar con carácter excepcional operaciones de crédito a largo plazo, para cancelar las obligaciones pendientes de pago con empresas y autónomos, derivadas de la adquisición de suministros, realización de obras y prestación de servicios. En la presente circular tratamos de abordar los diversos aspectos legales, económicos, financieros y contables de esta operación atípica de crédito, en cuanto a su finalidad, siendo conscientes que diversos aspectos de la misma pueden ser controvertidos, y en ocasiones no pacíficos. 1. Carácter excepcional. En primer lugar reseñamos su carácter excepcional, ante la dificultad financiera de diversas entidades locales para poder hacer frente a sus obligaciones contraídas. Como tal, la operación de crédito no está sujeta a autorización del órgano de tutela (artículo 10), si bien se deberá incorporar en el plazo de un mes a contar desde el plazo de su formalización en la CIRL- Local. En el artículo 4 del RDL se establece que se podrá concertar la operación de crédito con los límites, condiciones y requisitos que se establecen en el propio RDL, por lo que entendemos que no son de aplicación las limitaciones establecidas en el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Sí bien la operación de crédito autorizada deberá ser tenida en cuenta en el cálculo del porcentaje del saldo de la deuda viva y en el cálculo del Ahorro Neto al que se refiere el artículo 53 del TRLRHL. El RDL establece su excepcionalidad ya que,de conformidad con los principios presupuestarios de las Entidades Locales, la falta de liquidez debe ser financiada mediante operaciones de tesorería, reguladas en el artículo 51 el TRLRHL, que deben estar canceladas antes del 31 de diciembre y el importe acumulado no puede superar el 30 % de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes. Entre una de las causas de falta de liquidez puede ser la existencia de remanente de tesorería negativo, que debe ser corregido de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 193 del TRLRHL. Igualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del TRLRHL y con las condiciones que en el se establecen, se pueden concertar operaciones de crédito a largo plazo para financiar gastos por operaciones corrientes, que expresamente sean declarados necesarios y urgentes. La justificación de las dificultades para acudir a los mercados financieros o las limitaciones establecidas en el TRLRHL y en el Real Decreto- ley 8/2010, entendemos que deben preceder a la opción de acudir a esta operación de crédito excepcional. 1 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

2 2. Ámbito subjetivo. Siguiendo la información publicada por el ICO (Préstamos ICO para obtener liquidez) únicamente pueden ser titulares de los préstamos las Entidades Locales, si bien pueden ser incluidas obligaciones pendientes de pago o de aplicar al presupuesto de sus entidades íntegramente dependientes. 3. Ámbito objetivo. Necesariamente las obligaciones deben ser por adquisición de suministros, realización de obras y prestación de servicios, quedando excluido cualquier obligación reconocida o pendiente de aplicar al presupuesto por otros conceptos. Necesariamente los acreedores deben ser empresas o autónomos. Necesariamente los suministros, obras y servicios deben referirse a una fecha de entrega anterior a 30 de Abril de Necesariamente las citadas obligaciones deben de tener su soporte material en certificaciones o documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, y reunir cuando se trate de Contratos del Sector Público, los requisitos exigidos por aquella legislación. Las obligaciones deben de estar reconocidas y aplicadas al presupuesto o tratarse de gastos debidamente adquiridos pendientes de aplicar al presupuesto del En relación a la posibilidad de poder incluir las obligaciones derivadas de reconocimientos extrajudiciales de crédito o enriquecimiento sin justa causa, la cuestión es controvertida, entendemos que aquellas obligaciones sujetas a la Ley de Contratos del Sector Público contraídas fuera del procedimiento establecido en la propia Ley no deberían ser incluidas. Pero como hemos comentado anteriormente la cuestión no es pacifica, ya que la norma establece literalmente que las obligaciones deben tener su soporte material en certificaciones o documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, y en el caso de las obligaciones por contratos sujetos a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del sector público, las mismas deben contener los requisitos establecidos por aquella legislación, surgiendo la interpretación que sería posible la incorporación de aquellas obligaciones que aún no habiéndose contraído siguiendo el procedimiento de la Ley de Contratos, si la documentación acreditativa para el reconocimiento de la obligación contiene los requisitos establecidos por la ley de Contratos del Sector público, la misma podría ser incluida, pero es evidente que el precio que es uno de los requisitos básicos no puede ser verificado ya que no existe contrato. 4.- Requisitos para concertar. Con carácter previo a su concertación, las Entidades Locales deberán tener aprobada la liquidación de sus presupuestos generales del año Queremos aprovechar para recomendar la lectura de la circular de cositalnetwork relativa a la estructura presupuestaria que recoje las advertencias del MEH sobre errores en la codificación. El otro requisito es el temporal ya que habrá de solicitarse hasta el 30 de noviembre de Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

3 5. Finalidad. En el caso del pago de obligaciones ya reconocidas su finalidad es dotar de liquidez a la Entidad Local para la cancelaciones de las obligaciones con empresas y autónomos. En el caso del pago de obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, que hayan sido debidamente adquiridas, su finalidad es la de obtener los recursos presupuestarios y liquidez necesaria para poder aplicar al presupuesto y pagar las obligaciones con empresas y autónomos. 6. Importe. El importe máximo ha de calcularse considerando que los pagos en concepto de amortización e intereses a la largo de la vida del préstamo, es decir la suma de los términos amortizativos (anualidades), no puede ser superior al 25 por cierto del importe anual de las entregas a cuenta de la participación de la entidad local en tributos del estado del año 2011, una vez descontados los reintegros correspondientes a las liquidaciones definitivas de aquella participación del ejercicio 2008 y anteriores. El importe anual de las entregas a cuenta del año 2011, una vez descontado los reintegros, lo podemos obtener multiplicando por doce el importe neto que consta en la notificación mensual de las entregas a cuenta del ejercicio 2011 (PTE). Considerando que el importe de la anualidad lo obtenemos de aplicar la siguiente formula. C0 i a 1 (1 i ) C n 0 el importe de la operación de préstamo, i el tipo de interés efectivo n el número de pagos hasta el vencimiento. Se debe cumplir la condición que C o 0,2512 pte n 0,2512 ptem i), (1 (1 ) 2011 i n ; m, 2011 C0 i n 1 (1 i ) Considerando un tipo de interés efectivo anual del 6,50 % y el periodo de tres años. C o 0,2512 pte m, 2011 (1 (1 0,065) 0, ) 2,64847 pte n m,2011 Conocido el importe neto mensual de la entregas a cuenta del año 2011, sí lo multiplicamos por 2,64847 obtenemos el importe máximo del endeudamiento, bajo las premisas de una operación de préstamo a tres años, tipo de interés fijo al 6,50 %, pagos anuales, y sistema de amortización de términos amortizativos (anualidades) constantes. 3 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

4 Así por ejemplo, para un importe neto de ,00 mensual de participación en los tributos del estado, el importe máximo estimado sería de x 2,64847 = ,5. Siguiendo la información de la página Web del ICO Préstamos ICO para obtener liquidez, al pulsar el botón de Solicítalo y entrar en el apartado de solicitud de financiación (con certificado digital) se podrá consultar el importe máximo de financiación disponible para su Entidad Local. 7. Del informe de Tesorería. Determinados todos las obligaciones que pueden ser incluidas en la línea de financiación (incluidos las de sus entidades íntegramente dependientes), debe considerarse su importe líquido, si la suma fuese superior al importe máximo, la entidad local, entendemos el Ordenador de pagos, deberá establecer el criterio de inclusión, en el que se puede dar preferencia a las obligaciones pendientes con los autónomos y las pequeñas y medianas empresas, considerando su antigüedad. 8. Del informe de la Intervención. El artículo 9 del RDL se establece que el procedimiento para la formalización de la operación de crédito se iniciará mediante la solicitud aprobada por el Pleno de la Corporación local, con el informe favorable de la intervención de la Entidad Local que deberá pronunciarse sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos por el RDL. Aspectos de la fiscalización. 1.- Haber aprobado la liquidación del año La solicitud se debe realizar antes del 1 de diciembre de Su importe no debe supera el máximo permitido. 4.- El expediente debe contener la relación detallada de las obligaciones incluidas en la línea de financiación con el detalle de la fecha del suministro, certificación de obra o servicio. Cada una de ellas debe tener su soporte material en certificaciones o documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, se deben corresponder con suministros, obras y servicios entregados con anterioridad a 30 de abril de 2011 y que se haya acreditado que cumpln la LCSP, en su caso. 5.- El acreedor debe ser una empresa o autónomo. 6.- En su caso deben de haberse fijado los criterios por el Ordenador de Pagos para la inclusión de las obligaciones pendientes en la línea de financiación y debe de constar el informe de la tesorería en relación con el orden de prelación establecido en el artículo 5.2 del RDL. 7.- La formalización de la operación de crédito a largo plazo supone nuevos compromisos de gasto futuro ya que en el ejercicio 2011 no existirá ningún pago en concepto de intereses ni de amortización ni de comisiones. Inclusive para seleccionar la entidad financiera podrían mejorar a instancia de parte estas las líneas comunes establecidas por el ICO. 8.- El órgano que adopta el acuerdo de solicitud y el órgano competente del art. 52 TRLRHL Una vez analizado el cumplimiento de lo establecido en el RDL, creemos conveniente que se debería informar a la corporación Local del nuevo importe del Ahorro neto, así como del porcentaje de la deuda viva sobre los recursos corrientes. Análisis de los nuevos compromisos de gastos futuro de la Entidad. En caso de ahorro neto negativo, y no existir plan de saneamiento, la conveniencia de elaborarlo a los efectos de garantizar el cumplimiento de los compromisos de gasto futuro. 4 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

5 En caso de existir ya un plan de saneamiento para corregir el ahorro neto negativo, económico-financiero para el reequilibrio o de saneamiento financiero para garantizar un remanente de tesorería positivo, y de los nuevos compromisos de gasto se deriva en no cumplimiento de los objetivos perseguidos por los mismos se informará de la necesidad de revisar los citados planes. Igualmente se considera conveniente informar a la entidad que la formalización de la operación llevo implícito la imposibilidad de financiar gastos de inversión con operaciones de préstamo, si durante la vigencia de la operación el remanente de tesorería para gastos generales fuese negativo. En caso de obtener remanente de tesorería positivo en los años de vigencia de la operación, siempre y cuando no afecte a la tesorería de la entidad, en la medida de lo posible debería ser destinado a amortizar anticipadamente la operación de crédito. 9. Aspectos procedimentales. Siguiendo la información de la página Web del ICO (Préstamos ICO para obtener liquidez), la solicitud de inclusión en la línea financiera se realizará de forma telemática, accediendo al apartado Solicítalo con el certificado digital de la entidad local reconocido por el MAP y cumplimenta el formulario de solicitud y el modelo de certificado que está allí disponible. El Formulario de Solicitud estará formado por dos documentos: una primera hoja con los datos del titular y de la financiación y otra segunda hoja con la relación identificativa y detallada de las facturas pendientes de pago, cuyo cumplimiento se pretende con la financiación. Las facturas habrán de incluirse por su importe íntegro, es decir con el IVA o impuesto análogo, incluido. No se tramitarán pagos parciales. El Formulario de Solicitud deberá ir acompañado necesariamente de la siguiente documentación, firmada digitalmente: 1. Certificación de la Entidad Local acerca del cumplimiento, conforme a lo establecido en el RD-ley 8/2011, de 1 de julio, de los requisitos necesarios para concertar la operación de endeudamiento y del procedimiento previsto en dicha norma. A tal efecto, habrá un modelo de Certificación disponible en la web comercial del ICO que la Entidad Local podrá descargarse. 2. Copia del Acuerdo del Pleno de la Corporación Local que autoriza la solicitud y concertación de la operación de endeudamiento, en el que se explicará además los criterios adoptados por la Entidad Local de cara al cumplimiento del orden de prelación establecido en el artículo 5.2 del RD-Ley 8/2011 (formato pdf). 3. Copia del Informe favorable de la Intervención de la Entidad Local acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos por el RD-Ley 8/2011 (formato pdf). 4. Copia del Informe de la Tesorería de la Entidad Local en relación con el cumplimiento del orden de prelación establecido en el artículo 5.2 del RD-Ley 8/2011(formato pdf). 5 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

6 A partir del 16 de agosto, las Entidades Locales podrán cargar el formulario en la Web comercial del ICO así como adjuntar toda la documentación pertinente. El Instituto de Crédito Oficial comunicará la aceptación o no de la operación por correo electrónico. La entidad local, una vez aprobada la operación por ICO, formalizará el préstamo en la entidad de crédito elegida por ella en el momento de la solicitud de entre las adheridas a la línea. La entidad de crédito elegirá la oficina donde se formalizará la operación, que siempre se encontrará dentro de la misma provincia a la que pertenezca la entidad local. La Entidad de Crédito contactará con la Entidad Local en un plazo máximo de 24 horas desde que reciba la autorización de ICO para organizar el acto de formalización. Formalización, Gestión y Administración de Operaciones Los contratos de préstamo se formalizarán mediante documento privado en un plazo máximo de 5 días hábiles desde que la Entidad Local acuda a la Entidad de Crédito y le proporcione los datos necesarios para la firma. A la firma de tales contratos privados de préstamo concurrirá un apoderado de la Entidad de Crédito con facultades para representar a ésta, que actuará en la firma como mandatario verbal del ICO, y la persona competente por parte de la Entidad Local conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. En la medida en que los contratos de préstamo se formalizarán por el representante de la Entidad de Crédito como mero mandatario verbal del ICO, habrán de ser ratificados por el ICO para su plena eficacia jurídica. La Entidad de Crédito deberá realizar la orden de transferencia a la cuenta de la empresa/autónomo para el pago de las facturas para las que se formaliza el préstamo dentro del día hábil inmediatamente posterior al desembolso de fondos por el ICO a la Entidad de Crédito. 10. De la contabilidad. Siendo conscientes de la complejidad de la misma y de la existencia de posibles interpretaciones en cuanto al carácter o no presupuestario de los fondos de la operación de endeudamiento, se expone a continuación los criterios para su contabilización, sin perjuicio de una posterior consulta a la IGAE. La regla 28 de la instrucción del modelo normal de contabilidad local establece: 1. El producto, la amortización y los gastos por intereses y por conceptos conexos de las operaciones de crédito se aplicarán al Presupuesto de la entidad contable. 2. Sin perjuicio de lo anterior, el producto y la amortización de las operaciones de tesorería tendrán la consideración de operaciones no presupuestarias de tesorería. 6 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

7 La operación de crédito en cuanto financia obligaciones ya reconocidas, es evidente su finalidad de dotar de liquidez a la entidad para la cancelación de las mismas, pero entendemos que no podemos considerarlas como operaciones de tesorería, distinguiéndose de la misma. a. En cuando al plazo, ya que las operaciones de tesorería deben estar canceladas antes del 31 de diciembre del ejercicio. b. A la finalidad en cuanto que la operaciones de tesorería financian necesidades transitorias de financiación y la operación proyectada es para la cancelación de determinadas obligaciones con autónomos y empresas. c. En cuanto a su régimen jurídico. Por lo que consideramos el producto, la amortización y los gastos por intereses y por conceptos conexos de las operaciones de crédito deben ser aplicados al Presupuesto de la entidad contable. Sí bien el producto del endeudamiento en la medida que financie obligaciones ya reconocidas no puede ser utilizado como un mayor o nuevo ingreso para financiar gastos presupuestarios. Entendemos que citados gastos no deben ser considerados como gastos con financiación afectada, en la medida que los mismos ya están reconocidos. En el caso de la financiación de las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto del 2010, se debe modificar el estado de gastos, financiándose con recursos al endeudamiento. Para ello se deberá tramitar expediente de créditos extraordinarios y/ o suplemento de crédito. Puede existir un desfase temporal, en el caso de las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, en el sentido que se formalice el pago de las obligaciones por parte del Instituto de Crédito oficial con anterioridad a que el expediente de modificación del presupuesto este definitivamente aprobado. Entendemos que citados gastos deben ser considerados como gastos con financiación afectada, en la medida que los mismos no están reconocidos. Otro aspecto que puede generar controversia, es la financiación de las obligaciones pendientes de entidades íntegramente dependientes, siendo únicamente la entidad local la que puede formalizar la operación de endeudamiento y en consecuencia, se reflejarán en su contabilidad presupuestaria y patrimonial el incremento del pasivo como consecuencia de la asunción de las deudas por las obligaciones pendientes de sus organismos autónomos y entidades dependientes, siendo la contrapartida una transferencias corriente o de capital a la Entidad dependiente, debiéndose tramitar el correspondiente expediente de modificación presupuestaria. La asunción de la deuda se reflejará en el organismo dependiente como ingresos presupuestarios en concepto de transferencia de la entidad local, y tramitará expediente de modificación de crédito en el caso de los gastos pendientes de aplicar al presupuesto. Otro de los aspectos a considerar es el ingreso de la operación de endeudamiento y el pago de las obligaciones financiadas con la misma. Los pagos de las obligaciones pendientes se realizarán directamente por el Instituto Oficial de Crédito por medio de la entidad de crédito con la que se formalice la operación de endeudamiento, la citada entidad pagará las obligaciones dentro del día hábil inmediatamente posterior al desembolso de fondos por el ICO a la Entidad de Crédito. Entendemos que una vez formalizada la operación de crédito la entidad deberá dar de alta en su pasivo la misma, mediante un ingreso en formalización, de forma simultáneamente debe dar de baja en su pasivo las obligaciones pendientes de pago mediante un pago en formalización. 7 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE EN EL AÑO 2012, A LAS OPERACIONES DE CRÉDITO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LAS ENTIDADES LOCALES.

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE EN EL AÑO 2012, A LAS OPERACIONES DE CRÉDITO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LAS ENTIDADES LOCALES. NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE EN EL AÑO 2012, A LAS OPERACIONES DE CRÉDITO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LAS ENTIDADES LOCALES. REGULACIÓN ESPECIAL VIGENTE EN EL AÑO 2012: La Disposición

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO Núm. 101 Sábado 25 de abril de 2009 Sec. I. Pág. 36799 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 6856 Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar

Más detalles

CONTABILIDAD DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012 Y 7/2012 (actualizado a 13 de julio de 2012)

CONTABILIDAD DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012 Y 7/2012 (actualizado a 13 de julio de 2012) CONTABILIDAD DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012 Y 7/2012 (actualizado a 13 de julio de 2012) 1. INTRODUCCIÓN...3 2. ENTIDADES QUE HAN CONCERTADO PRÉSTAMO A LARGO PLAZO...3 2.1. Alta aplicación presupuestaria

Más detalles

FINANCIACIÓN DE UN REMANENTE DE TESORERÍA NEGATIVO

FINANCIACIÓN DE UN REMANENTE DE TESORERÍA NEGATIVO FINANCIACIÓN DE UN REMANENTE DE TESORERÍA NEGATIVO Consulta: Ante la obtención de un remanente de tesorería negativo como consecuencia de la liquidación del presupuesto del ejercicio, cuáles son las medidas

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Nota relativa a cuestiones relevantes para el desarrollo del procedimiento de gestión de los Fondos de Ordenación y de Impulso Económico, aplicables a las entidades locales 1 ÍNDICE I. Introducción 3 II.

Más detalles

Circular 12/2013. Asunto: Aplicación del artículo 32 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera

Circular 12/2013. Asunto: Aplicación del artículo 32 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera Circular 12/2013 Asunto: Aplicación del artículo 32 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera El pasado 28 de junio el Consejo de Ministros recibió un informe del Ministro de

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LA ENTIDADES LOCALES EN EL EJERCICIO 2016. 0.- MARCO LEGAL APLICABLE EN 2016 1. Financiación

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LA ENTIDADES LOCALES EN EL EJERCICIO 2014. 1.- NORMATIVA VIGENTE EN 2014: Sin perjuicio

Más detalles

En este documento se analizan las medidas que tienen impacto en las entidades locales.

En este documento se analizan las medidas que tienen impacto en las entidades locales. SÍNTESIS DE LOS ASPECTOS MÁS REMARCABLES DEL REAL DECRETO LEY 17/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ENTIDADES LOCALES Y OTROS DE CARÁCTER ECONÓMICO

Más detalles

- Tipo de interés: Euribor trimestral + Diferencial. Sin redondeo. Diferencial máximo del 2,80%.

- Tipo de interés: Euribor trimestral + Diferencial. Sin redondeo. Diferencial máximo del 2,80%. PLIEGOS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN DE PRESTAMO A LARGO PLAZO PARA CANCELAR EL PRESTAMO DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES EN EL IMPORTE MAXIMO DE 1.298.508,19 EUROS 1.- OBJETO DEL CONTRATO.

Más detalles

Artículo 32 de la LOEPSF: destino del superávit. D. A. 6ª de la LOEPSF: posibles destinos del superávit D. A. 9ª del Real Decreto-ley 17/2014, regula

Artículo 32 de la LOEPSF: destino del superávit. D. A. 6ª de la LOEPSF: posibles destinos del superávit D. A. 9ª del Real Decreto-ley 17/2014, regula Artículo 32 de la LOEPSF: destino del superávit. D. A. 6ª de la LOEPSF: posibles destinos del superávit D. A. 9ª del Real Decreto-ley 17/2014, regula la prórroga de la D. A. 6ª para la liquidación de 2014.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada)

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada) PLIEGO DE CLAUSULAS QUE REGULAN LA SELECCIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA MÁS VENTAJOSA PARA LA CONCERTACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO PARA CANCELAR PARCIAL O TOTALMENTE LAS DEUDAS PENDIENTES CON EL

Más detalles

NOTA RELATIVA AL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DEL PAGO A PROVEEDORES ESTABLECIDO EN EL R. D.-LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO

NOTA RELATIVA AL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DEL PAGO A PROVEEDORES ESTABLECIDO EN EL R. D.-LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO NOTA RELATIVA AL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DEL PAGO A PROVEEDORES ESTABLECIDO EN EL R. D.-LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO 1.- Recepción de los listados de facturas remitidos por las entidades locales al

Más detalles

ICO COMERCIO INTERIOR 2014-2015

ICO COMERCIO INTERIOR 2014-2015 ICO COMERCIO INTERIOR 2014-2015 Beneficiarios de los préstamos Pueden solicitar estos préstamos las entidades locales, entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas, asociaciones

Más detalles

ASISTENCIA A MUNICIPIOS INFORMA

ASISTENCIA A MUNICIPIOS INFORMA ASISTENCIA A MUNICIPIOS INFORMA Visite nuestra web: http://www.dipgra.es/contenidos/asistenciajuridicayeconomica/ Estimado/a Sr./a: En el B.O.E. del 30 de diciembre de 2014 se publica una disposición de

Más detalles

1. Metodología. 2. Contenido del informe.

1. Metodología. 2. Contenido del informe. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS CON AUDITORES PRIVADOS PARA LA COLABORACIÓN CON LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA DE REGULARIDAD

Más detalles

AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012

AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012 AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012 1 ÍNDICE 1. Procedimiento de envío del plan de ajuste... Pág. 3 2. Consejos para la cumplimentación del fichero

Más detalles

IMPORTANTE: La presente solicitud de adhesión debe referirse exclusivamente a medidas que no se hubieran solicitado en los Fondos de 2015.

IMPORTANTE: La presente solicitud de adhesión debe referirse exclusivamente a medidas que no se hubieran solicitado en los Fondos de 2015. GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE ORDENACIÓN PRUDENCIA 2016 Art. 39.1.b) Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre. Se ha habilitado una aplicación

Más detalles

GESTION MUNICIPAL INTEGRADA

GESTION MUNICIPAL INTEGRADA GESTION MUNICIPAL INTEGRADA SICAL SIMPLIFICADO Versión 8.0 para Windows. 9 Abril de 2015 http://www.gestionlocal.es 1 NOVEDADES DE LA ACTUALIZACION: PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES Con fecha 30 de

Más detalles

Capacidad de financiación = 200. + Dentro del ámbito del artículo 32. + Se utilizarían 800 para reducir el endeudamiento neto.

Capacidad de financiación = 200. + Dentro del ámbito del artículo 32. + Se utilizarían 800 para reducir el endeudamiento neto. Febrero 2014 1. Se modifica el artículo 4 de la LOEPSF para introducir el concepto ampliado de sostenibilidad financiera. 2. La modificación del artículo 13 de la LOEPSF, con la introducción de un apartado

Más detalles

Zply9E0ASt8ygqsfaseOzg==

Zply9E0ASt8ygqsfaseOzg== INFORME DEL INTERVENTOR RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, REGLA DE GASTO Y LÍMITE DE DEUDA CON MOTIVO DE LA LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2012 Se emite el presente informe

Más detalles

C I R C U L A R N 2.165

C I R C U L A R N 2.165 Montevideo, 20 de Enero de 2014 C I R C U L A R N 2.165 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO - ARMONIZACIÓN LIBRO VI - Información y Documentación. Se pone en conocimiento

Más detalles

Referencia del Consejo de Ministros

Referencia del Consejo de Ministros Referencia del Consejo de Ministros Viernes, 24 de abril de 2009 Economía y Hacienda REAL DECRETO LEY de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las entidades locales el saneamiento de deudas

Más detalles

GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO

GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE IMPULSO ECONÓMICO: VENCIMIENTOS Y SENTENCIAS JUDICIALES FIRMES DEL AÑO 2016. Se ha habilitado una aplicación informática

Más detalles

<<Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales.

<<Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales. Proyecto de Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores

Más detalles

GOBIERNO DE ESPAÑA MEDIDAS PARA FAVORECER EL PAGO DE LAS DEUDAS DE LAS ENTIDADES LOCALES CON EMPRESAS Y AUTÓNOMOS

GOBIERNO DE ESPAÑA MEDIDAS PARA FAVORECER EL PAGO DE LAS DEUDAS DE LAS ENTIDADES LOCALES CON EMPRESAS Y AUTÓNOMOS MEDIDAS PARA FAVORECER EL PAGO DE LAS DEUDAS DE LAS ENTIDADES LOCALES CON EMPRESAS Y AUTÓNOMOS 23 de abril de 2009 1 MEDIDAS PARA FAVORECER EL PAGO DE LAS DEUDAS DE LAS EELL CON EMPRESAS Y AUTÓNOMOS Financiación

Más detalles

NOTA SOBRE EL DESARROLLO DE LA TERCERA FASE DEL MECANISMO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES LOCALES.

NOTA SOBRE EL DESARROLLO DE LA TERCERA FASE DEL MECANISMO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES LOCALES. NOTA SOBRE EL DESARROLLO DE LA TERCERA FASE DEL MECANISMO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES LOCALES. Introducción. Con la publicación del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas

Más detalles

SICALWIN. Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de Pago a Proveedores.

SICALWIN. Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de Pago a Proveedores. . Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de. Contenido 1. Introducción... 3 2. Contabilización en entidades que hayan aprobado el Plan de Ajuste y la Operación de Endeudamiento....

Más detalles

1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra.

1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra. Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 3/2012, de 3 de octubre, sobre prelación de pagos en los supuestos de endoso y embargos de certificaciones de obra, y sobre la obligatoriedad de justificar estar al

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO Núm. 48 Sábado 25 de febrero de 2012 Sec. I. Pág. 16604 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 2722 Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información

Más detalles

INFORMATIVA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 17/2014, DE 26 DE DICIEMBRE,

INFORMATIVA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 17/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, CIRCULAR INFORMATIVA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 17/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ENTIDADES LOCALES Y OTRAS DE CARÁCTER ECONÓMICO. En el

Más detalles

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley Solicitante: Ayuntamiento de la Villa de Ingenio Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de

Más detalles

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012 Nota relativa al desarrollo del procedimiento del mecanismo de pagos a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero) a partir del día 8 de mayo de 2012 ESTA NOTA SUSTITUYE

Más detalles

- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). COMARCA ALTO GALLEGO INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD Y DEL LÍMITE DE DEUDA EN EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2015 D. Angel Mª Jaen Bayarte,

Más detalles

Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección. General de Tributos, en relación con la limitación. en la deducibilidad de gastos financieros

Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección. General de Tributos, en relación con la limitación. en la deducibilidad de gastos financieros Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de Tributos, en relación con la limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades. Área Fiscal de Gómez-Acebo

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de

Más detalles

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud?

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud? IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Presentación solicitud de cobro Cuando?. Una vez realizada la inversión/gasto o finalizado el periodo de vigencia del proyecto, en el plazo de justificación

Más detalles

DON ANTONIO JOSE PALMA PALMA, SECRETARIO GENEAL ACCIDENTAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA),

DON ANTONIO JOSE PALMA PALMA, SECRETARIO GENEAL ACCIDENTAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA), DON ANTONIO JOSE PALMA PALMA, SECRETARIO GENEAL ACCIDENTAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA), CERTIFICA: Que la Junta Rectora del Patronato Municipal de Cultura, en sesión extraordinaria

Más detalles

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO 1 MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO 2 MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LAS EELL, REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO. ANTECEDENTES

CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LAS EELL, REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO. ANTECEDENTES CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LAS EELL, REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO. Periodo: PRIMER TRIMESTRE / 2015 Fecha: 22.04.2015 ANTECEDENTES La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, introduce el

Más detalles

Articulo quinto. Registro de facturas en las Administraciones Públicas

Articulo quinto. Registro de facturas en las Administraciones Públicas Fecha: 23 de marzo de 2011 Guía para la elaboración de los Informes trimestrales que las entidades locales han de remitir al Ministerio de Economía y Hacienda, en cumplimiento del artículo cuarto de la

Más detalles

Todas las Entidades licitadoras deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones mínimas en todas las ofertas que planteen:

Todas las Entidades licitadoras deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones mínimas en todas las ofertas que planteen: PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULAN LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN DE CREDITO POR IMPORTE DE: 6.000.000,00.-EUROS PARA LA FINANCIACION DEL REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES NEGATIVO PROCEDENTE

Más detalles

1) Existencias: A) #300 Existencias:

1) Existencias: A) #300 Existencias: 1) Existencias: A) #300 Existencias: La adaptación sectorial del Plan General de Contabilidad a Empresas Constructoras establece como método de Imputación de Gastos e Ingresos el denominado Método del

Más detalles

1ª parte PLAZO DE PAGO A PROVEEDORES / PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES

1ª parte PLAZO DE PAGO A PROVEEDORES / PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES 1ª parte PLAZO DE PAGO A PROVEEDORES / PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES Preámbulo del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla de la metodología de cálculo del período medio de

Más detalles

LÍNEAS DE CRÉDITOS ICO 2009 ICO-PYME

LÍNEAS DE CRÉDITOS ICO 2009 ICO-PYME ICO-PYME Inversiones financiables: Inversión productiva en activos fijos nuevos y financiación complementaria del cliente. Se financia hasta el 100% del proyecto de inversión, con las limitaciones y condiciones

Más detalles

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE)

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE) CIRCULAR 1/14 Enero 2014 La Circular 4/2012 del Banco de España (BOE del 4 de mayo del 2012), cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 1 de enero de 2013, ha introducido modificaciones muy significativas

Más detalles

RETOS-COLABORACIÓN 2015. Preguntas Frecuentes

RETOS-COLABORACIÓN 2015. Preguntas Frecuentes RETOS-COLABORACIÓN 2015 Preguntas Frecuentes 1 RETOS-COLABORACIÓN 2015 ÍNDICE DE CONTENIDO Contenido 1. Qué requisitos de tramitación PREVIOS debe cumplir mi entidad para poder presentar una solicitud

Más detalles

NOVEDADES FISCALES 2012 (LGP, LGS Y TRLCSP) 1. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria 2

NOVEDADES FISCALES 2012 (LGP, LGS Y TRLCSP) 1. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria 2 NOVEDADES FISCALES 2012 (LGP, LGS Y TRLCSP) 1. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria 2 1.1. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible 2 Artículo 114. Apdo. 2 letra b) Competencias

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 146 Miércoles 19 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 46150 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 6658 Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSULTAS PLANTEADAS EN MATERIA DE HACIENDAS LOCALES

RESOLUCIÓN DE CONSULTAS PLANTEADAS EN MATERIA DE HACIENDAS LOCALES Asistencia a Municipios Diputación de Granada Nuevas Tecnologías RESOLUCIÓN DE CONSULTAS PLANTEADAS EN MATERIA DE HACIENDAS LOCALES Granada, 18 de noviembre de 2014 01/12/2014 1 1 CONSULTAS PLANTEADAS

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 24607 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 7387 Orden de 4 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

Madrid, 9 de julio de 2013 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales

Madrid, 9 de julio de 2013 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales ADNINISTRACIONES Madrid, 9 de julio de 2013 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales ADNINISTRACIONES MEDIDAS DE LIQUIDEZ A FAVORDEENTIDADESLOCALES CONPROBLEMASFINANCIEROS

Más detalles

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012 Nota relativa al desarrollo del procedimiento del mecanismo de pagos a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto ley 4/2012, de 24 de febrero) a partir del día 8 de mayo de 2012 ESTA NOTA SUSTITUYE

Más detalles

Presupuesto General del ejercicio de 2012

Presupuesto General del ejercicio de 2012 Ayuntamiento de Orihuela Concejalía de Hacienda C/ Marqués de Arneva, 1 03300 Orihuela (Alicante) Tel.: 96 673 68 64 INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO Presupuesto General del ejercicio de 2012 El Proyecto de

Más detalles

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Ernst & Young Abogados 6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL La nueva Ley concursal regula en el Capítulo IV del Título IV cuál es la publicidad adecuada que debe darse

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012

AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012 AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DEL PLAN DE AJUSTE PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2012 1 ÍNDICE 1. Procedimiento de envío del plan de ajuste... Pág. 3 2. Consejos para la cumplimentación del fichero

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección General de Tesorería y Deuda Pública

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección General de Tesorería y Deuda Pública INSTRUCCIÓN 1/2015, DE 13 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y DEUDA PÚBLICA SOBRE LA GESTIÓN DE LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS ACREEDORES EN EL SISTEMA GIRO La puesta en funcionamiento

Más detalles

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE OBRAS SOLICITUD SUBVENCIONADAS INSTANCIA INDIVIDUAL GENERAL Espacio reservado para el Registro de entrada ÁREAS DE REHABILITACIÓN: Página 1 de 2 A CUMPLIMENTAR POR EL PERSONAL

Más detalles

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan.

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan. Tema 4: A qué llamamos CONCILIACIÓN? A un procedimiento de control que consiste en comparar: 1. el mayor auxiliar que lleva una empresa A, referido a sus operaciones con una empresa B, con 2. el Estado

Más detalles

1 C/ HUERTAS, 26 28014 MADRID TEL.: 91 389 56 00 FAX: 91 429 94 86

1 C/ HUERTAS, 26 28014 MADRID TEL.: 91 389 56 00 FAX: 91 429 94 86 Proyecto de Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores

Más detalles

ALTERNATIVAS FINANCIERAS PARA ENTIDADES LOCALES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO LEY 8/2010. VISIÓN JURÍDICA

ALTERNATIVAS FINANCIERAS PARA ENTIDADES LOCALES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO LEY 8/2010. VISIÓN JURÍDICA ALTERNATIVAS FINANCIERAS PARA ENTIDADES LOCALES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO LEY 8/2010. VISIÓN JURÍDICA 1.- Planteamiento.- La situación financiera actual de los Ayuntamientos se caracteriza hoy por:

Más detalles

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para: Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.

Más detalles

: BOMEH: PUBLICADO EN:

: BOMEH: PUBLICADO EN: TÍTULO: Orden HAP/523/2015, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto

Más detalles

PROGRAMA 931P CONTROL INTERNO Y CONTABILIDAD PÚBLICA

PROGRAMA 931P CONTROL INTERNO Y CONTABILIDAD PÚBLICA PROGRAMA 931P CONTROL INTERNO Y CONTABILIDAD PÚBLICA 1. DESCRIPCIÓN El programa abarca tres grandes áreas de actuación de la Intervención General de la Defensa en el ámbito del control interno: función

Más detalles

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150.

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150. INFORME SOBRE LOS REQUISITOS PARA LA DACIÓN EN PAGO Y SUSPENSIÓN DE LOS DESAHUCIOS POR EJECUCIONES HIPOTECARIAS Requisitos para la dación en pago. El Gobierno realizó un decreto que el 10 de marzo de 2012

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto

Más detalles

GE Money Bank TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES. Índice CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO ADEUDOS ANEXO IV

GE Money Bank TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES. Índice CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO ADEUDOS ANEXO IV 1 /10 En vigor desde el 09.07.2009 Índice TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO LIMITES SOBRE VALORACION DE CARGOS Y ABONOS EN

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA DE CRÉDITO MUNICIPAL. Exposición de motivos

REGLAMENTO DE LA CAJA DE CRÉDITO MUNICIPAL. Exposición de motivos REGLAMENTO DE LA CAJA DE CRÉDITO MUNICIPAL Exposición de motivos El artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, señala como competencias propias de las Diputaciones

Más detalles

Comisión por cancelación anticipada

Comisión por cancelación anticipada Página 1 de 6 Comisión por cancelación anticipada a interés variable concertados con anterioridad al 27 de abril de 2003 a interés variable concertados a partir del 27 de abril de 2003 a interés fijo Determinados

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

5.3. ANTICIPOS DE CAJA FIJA.

5.3. ANTICIPOS DE CAJA FIJA. 5.3. ANTICIPOS DE CAJA FIJA. 1. INTRODUCCIÓN. El tratamiento contable de los anticipos de caja fija cambia sustancialmente con el nuevo sistema contable, configurándose ahora como fondos públicos y deben

Más detalles

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C.

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C. I N D I C E CONDICIONES GENERALES 1) AMBITO DE APLICACIÓN 2 2) CONDICIONES GENERALES 2 3) NORMAS DE VALORACION 2 4) GASTOS DE CORREO, TELEX TELEFONO 2 5) OTROS GASTOS 2 6) MODIFICACION Y ACTUALIZACION

Más detalles

ALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS. NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015)

ALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS. NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015) NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015) INDICE-resumen enlazado con texto íntegro ART Exposición motivos. 1 Modificación Orden EHA/1721/2011

Más detalles

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Consulta: Un Ayuntamiento tiene suscrito un contrato con una empresa de servicios deportivos

Más detalles

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES.

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. Artículo 1.- La Excma. Diputación de Segovia crea la Caja Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales,

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

Guía de uso: pautas generales y ejemplos

Guía de uso: pautas generales y ejemplos Guía de uso: pautas generales y ejemplos Este relevamiento abarca todo endeudamiento por emisiones de títulos de deuda en el exterior y en el país- y los pasivos con residentes del exterior por cualquier

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

En consecuencia, el ámbito subjetivo de aplicación del artículo 187 de la LCSP se corresponde con el de aplicación de la Ley, siendo por tanto la

En consecuencia, el ámbito subjetivo de aplicación del artículo 187 de la LCSP se corresponde con el de aplicación de la Ley, siendo por tanto la Informe 43/11, de 15 de diciembre de 2011. Posible adhesión de Mutualidades de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional a sistemas de contratación centralizada existentes en Comunidades Autónomas.

Más detalles

QUINTA. CAPACIDAD PARA CONTRATAR. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO. Intervención

QUINTA. CAPACIDAD PARA CONTRATAR. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO. Intervención PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULA EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO POR IMPORTE DE 550.000,00 PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES PREVISTAS EN EL PRESUPUESTO DE 2013. PRIMERA.

Más detalles

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES El porcentaje de retención sobre rendimientos de actividades

Más detalles

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 puesto por don Abelardo Colunga Alvarez contra el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón, versando el recurso sobre la aprobación

Más detalles

MODELO INFORMÁTICO PARA LA EXPEDICIÓN POR LOS ÓRGANOS GESTORES DE DOCUMENTOS DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS

MODELO INFORMÁTICO PARA LA EXPEDICIÓN POR LOS ÓRGANOS GESTORES DE DOCUMENTOS DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS MODELO INFORMÁTICO PARA LA EXPEDICIÓN POR LOS ÓRGANOS GESTORES DE DOCUMENTOS DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS Jefe de Área de Planificación de Sistemas Informáticos S.G. de Aplicaciones de Contabilidad y Control

Más detalles

Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, S.C.C. (Globalcaja) FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6

Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, S.C.C. (Globalcaja) FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6 FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6 EPÍGRAFE 13º: CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. C O M I S I Ó N / COMPENSACIÓN % Máximo sobre el saldo Mínimo por operación

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Contestaciones a preguntas más frecuentes relativas al Real Decreto-ley 17/2014, de 26 diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS. BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:

Más detalles

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. Intervención Delegada

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. Intervención Delegada MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA Informe de auditoría de las cuentas anuales Ejercicio 2013

Más detalles

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero AGENCIA TRIBUTARIA Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Hemos recopilado en este documento word la información

Más detalles

EL FONDO DE MANIOBRA Y LAS NECESIDADES OPERATIVAS DE FONDOS

EL FONDO DE MANIOBRA Y LAS NECESIDADES OPERATIVAS DE FONDOS 2 EL FONDO DE MANIOBRA Y LAS NECESIDADES OPERATIVAS DE FONDOS Las inversiones de una empresa están reflejadas en su activo. Una forma de clasificación de las diferentes inversiones es en función del plazo

Más detalles

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO:

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: IS. Base imponible. Gastos deducibles. Otros gastos deducibles. Gastos

Más detalles

ACUERDO. Primero.- Objeto.

ACUERDO. Primero.- Objeto. ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2003, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE 28 DE ENERO DE 2003, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS EXPEDIENTES

Más detalles

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO CIRCULAR FISCAL 7 de marzo de 2014 DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 1.- PRIMERA DECLARACION DEL MODELO 720: Si no tuvo la obligación de presentar

Más detalles

Bienes De Capital-Bonos. Manual usuario contadores. Manual usuario contadores. Versión: 1.1 1 de 19

Bienes De Capital-Bonos. Manual usuario contadores. Manual usuario contadores. Versión: 1.1 1 de 19 Bienes De Capital-Bonos 1 de 19 Introducción El presente Manual de Usuario tiene como objetivo detallar la metodología para la utilización del Sistema de Certificación de Comprobantes de la Secretaría

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1. OBJETO Las presentes Normas tienen por objeto la concesión

Más detalles