PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS Y DE ORGANIZACIÓN
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- Francisco Javier Cordero Venegas
- hace 8 años
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1 PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS Y DE ORGANIZACIÓN La actividad de consultoría jurídica y la representación y defensa de los intereses y los derechos del cliente ante terceras partes se rige por los principios de la buena fe, la confianza y la transparencia de los procedimientos, de conformidad con lo estipulado en la Ley y los Estatutos del Colegio de Abogados. La independencia y la objetividad de la conducta del abogado se ejercen para defender los intereses del cliente y el correcto seguimiento de las tareas confiadas. Las lenguas de trabajo son, además del portugués, el español, el francés y el inglés. Los documentos de trabajo, así como los producidos por el despacho, incluyendo notas de gastos y honorarios, serán redactados en portugués. La traducción de estos documentos siempre que sea necesaria estará a cargo del cliente. PRINCIPIOS APLICADOS EN CONCEPTO DE GASTOS Y HONORARIOS Los servicios prestados en el ámbito de la actividad de este despacho serán remunerados a través del pago de honorarios y gastos administrativos cobrados al cliente en régimen de cuenta corriente, de acuerdo con lo que se especifica a continuación. A. Honorarios 1. Se incluyen en este ámbito las prestaciones de naturaleza técnico-jurídica, así como las intervenciones ante los tribunales y ante terceros ante los que el cliente esté representado por un abogado. 2. El valor de los honorarios se basa en el cálculo de un (i) precio por hora aplicada en el seguimiento del proceso, y/o la definición de un (ii) coste unitario por tipo de prestación. Firma: 1
2 3. Se incluyen en (i) el análisis y el estudio de la documentación constituyente del proceso, la definición de los medios técnico-jurídicos pertinentes a su seguimiento, las búsquedas de legislación y jurisprudencia, las conversaciones con el cliente y con terceros, la elaboración de documentos de trabajo, las presencias e intervenciones en tribunales, la redacción de escritos procesales y correspondencia. 4. Se incluyen en (ii) la elaboración de opiniones, estudios, contratos, la constitución de sociedades, los procesos de fusión y/o adquisición, las auditorias legales, y otras prestaciones para las cuales se haya acordado un coste global provisional, definido en base a una descripción de los servicios a prestar. B. Régimen de iguala 1. Los honorarios cobrados en régimen de iguala presuponen la existencia de un contrato de prestación de servicios entre el despacho y el cliente. 2. El valor de la iguala se fija de acuerdo con los principios definidos anteriormente en (ii), con base a un presupuesto de precio horario requerido para el tipo de servicios a prestar. C. Factura final de honorarios y gastos 1. La factura final de honorarios y gastos será determinada de acuerdo con los principios definidos en los Estatutos del Colegio de Abogados. 2. Según los términos de los Estatutos del Colegio de Abogados, aprobados por el Decreto-Ley n.º 84/84 de 16 de marzo, los honorarios fijados por el abogado deberán atender... al tiempo empleado, la dificultad del asunto, la importancia del servicio prestado, las posesiones de las partes, los resultados obtenidos y la práctica de la jurisdicción y las costumbres de la región. (N.º 1, Articulo 65, Sección II del Decreto-Ley N.º 84/84 de 16 de marzo). 3. De acuerdo con el Código de Deontología del C.C.B.E. El Consejo de Colegios de Abogados de Europa. Firma: 2
3 El Abogado deberá informar a su cliente de lo que pide en concepto de honorarios y el importe de los mismos deberá ser justo y razonable. Los honorarios fijados por un Abogado deberán someterse a la regulación que determinen las normas aplicables a los miembros del Colegio de Abogados al que pertenece, salvo que exista legalmente un acuerdo en sentido contrario entre el Abogado y su cliente. (párrafo 3.4.2). D. Gastos administrativos 1. Las cantidades cobradas a este respecto se refieren a costes provenientes de las tareas y servicios incurridos por el despacho que no sean de naturaleza técnico-jurídica. 2. Se incluyen en este apartado los gastos de apertura y cierre y los gastos administrativos del procedimiento, secretariado, costes de comunicación telefónica y faxes, traducción, servicios externos. E. Gastos pagados por cuenta y en nombre del cliente 1. Se incluyen en este apartado los pagos efectuados por el despacho, en nombre y por cuenta del cliente, relativos a costes de prestaciones efectuadas por terceros relacionadas con la gestión y seguimiento del procedimiento, concretamente pagos a organismos y entidades públicas, tribunales, traductores y peritos. 2. Los gastos cobrados en este apartado, cuyo documento de apoyo, factura/recibo o nota de gasto, se emitirá en nombre del cliente, lo será a título de reembolso de las cantidades avanzadas. 3. Exceptuando este tipo de gastos, todas las cantidades restantes cobradas están sujetas a IVA, y a los impuestos legales vigentes. F. Provisiones 1. En el momento de apertura del procedimiento, y después de evaluar el tipo y el volumen de trabajo previsible, se solicitará una primera provisión para gastos y honorarios. Firma: 3
4 2. En términos de los Estatutos del Colegio de Abogados, es lícito que el abogado exija, como provisión, cantidades por cuenta de los honorarios, que, de no ser satisfechas, darán al abogado el derecho de renunciar al mandato. (Artículo 65º n. 3.). 3. De acuerdo con el Código de Deontología del C.C.B.E. El Consejo de Colegios de Abogados de Europa: Cuando un Abogado solicite la entrega de una provisión de fondos a cuenta de los gastos y/o los honorarios, ésta no podrá exceder de una estimación razonable de los honorarios y los desembolsos probables que conllevará el asunto. (párrafo 3.5). 4. El seguimiento de la gestión del proceso dependerá del pago de las cantidades solicitadas. 5. El valor de esa provisión será adeudado en la cuenta corriente correspondiente al procedimiento. 6. Las posteriores provisiones se solicitarán teniendo en cuenta el saldo de dicha cuenta, cuyo informe será enviado como anexo, mensual o trimestralmente, de acuerdo con el movimiento generado por el procedimiento o solicitud del cliente. 7. La solicitud de las cantidades a pagar será comunicada por simple nota - Solicitud de crédito en cuenta corriente. 8. El pago aplazado de las cantidades solicitadas, siempre y cuando no haya saldo deudor en la cuenta corriente, permite regular el seguimiento del proceso. 9. De acuerdo con los Estatutos del Colegio de Abogados de Portugal, El abogado no será responsable de la falta de pago de las costas o cualquier gasto si, habiendo pedido al cliente los importes necesarios para ello, no los hubiera recibido, y no está obligado a disponer, para aquel efecto, de las provisiones que hubiere recibido en concepto de honorarios. (artículo 67º), y el Código de Deontología del C.C.B.E. El Consejo de Colegios de Abogados de Europa:. En caso de que no se produzca el pago de la provisión solicitada, el Abogado podrá renunciar a ocuparse de un asunto o bien retirarse del mismo... (párrafo 3.5). Firma: 4
5 G. Factura final de gastos y honorarios - Recibo 1. La emisión de la factura final de gastos y honorarios, con el saldo correspondiente, será enviada al cierre del procedimiento, o cuando lo solicite el cliente. 2. La emisión y el envío del recibo respectivo ocurre tras la recepción de los fondos para la liquidación del saldo, en caso de saldo deudor, o el extorno al cliente en caso de saldo acreedor. Declaro haber tomado conocimiento de los principios definidos anteriormente, así como de los valores identificados a continuación, y estoy de acuerdo con los mismos. Valor del precio por hora en relación con el procedimiento: Máximo:,00 Mínimo:,00 Valor de los honorarios previsibles: Máximo:,00 Mínimo:,00 Identificación del cliente: N.º Fiscal: Dirección: Firma: 5
6 Firma y sello: Lisboa, 200 _ Firma: 6
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