Teoría del delito en derecho penal. Bloque B Delito. Elementos negativos del delito
|
|
- Ana Isabel Maidana Ortiz de Zárate
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Teoría del delito en derecho penal Bloque B Delito Elementos negativos del delito
2 Teoría del delito en derecho penal Propósitos El alumno describe los principios del delito. El alumno analiza las características de los elementos negativos del delito. Contenido del Bloque B Teoría del delito en derecho penal 4. Teoría del delito 5. Delito 6. Elementos positivos del delito 7. Elementos negativos del delito 10
3 Bloque B Concepto 5 DELITO Definición Definimos el delito como la acción u omisión típica, antijurídica y culpable que debe ser sancionada con una pena de carácter criminal. De acuerdo con el artículo 7º del Código Penal Federal, éste se define como el acto u omisión que sancionan las leyes penales. En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente. Código Penal Federal Noción jurídica del delito Si estudiamos el delito desde su noción jurídica, encontramos que éste contempla dos aspectos: Jurídico formal: entiende al delito como aquellas conductas típicas sancionadas por una pena, es decir, lo que la propia ley establece como delitos. Jurídico sustancial: entiende al delito como un todo compuesto de varios elementos que se requieren para que exista. Sujetos del delito Encontramos dos sujetos que participan en un delito: Sujeto activo Sujeto pasivo Analicemos la descripción de cada uno de éstos. El sujeto activo es la persona que ejecuta el acto descrito en la ley penal o aquel que causa una lesión al bien jurídico penalmente protegido por violar alguna norma establecida. También se le conoce como ofensor, delincuente, agente o criminal. Sujeto activo El sujeto activo siempre será una persona física, sin importar de su sexo, edad, nacionalidad u otras características. Puede ejecutar una conducta única o plural, es decir, varias conductas. Países como Alemania, Itala, España y Austria están cuestionando la responsabilidad de las personas morales en algunos delitos pues éstas Universidad Interamericana para el Desarrollo 11
4 Teoría del delito en derecho penal generan derechos y obligaciones como una persona física, lo que equivaldría a tener la posibilidad de ser incriminadas en delitos cometidos. Sin embargo, y hasta este momento, en las leyes de nuestro país (que son las que nos interesan para estudio), sólo las personas físicas son las que tienen la capacidad de efectuar una conducta en sentido penal. Por su parte, pueden tener la voluntad de realizar un fin ilícito que implica el dolo o la culpa. Sujeto pasivo Para el caso del sujeto pasivo, éste puede ser la persona física o moral sobre quien recae el daño ocasionado por la conducta de un delincuente. Suele también llamársele víctima u ofendido. Podemos establecer que un sujeto pasivo puede ser cualquier persona a manera general, pero es importante señalar que en algunos casos la ley señala quién puede serlo y en qué circunstancias. Las personas están protegidas por lo que señala la ley, incluso desde antes de su nacimiento. También los restos mortales están incluidos en la tutela penal. Haremos una distinción entre el sujeto pasivo del delito y el pasivo del daño, que aunque por lo general coinciden, no son idénticos. Para ejemplificar este caso recurramos al delito de un homicidio: el sujeto pasivo del delito es la persona que falleció, mientras que el sujeto pasivo del daño serían sus familiares que sufren el perjuicio ocasionado por el delito. Objeto material y objeto jurídico El autor Vicenzo Manzini establece los presupuestos del delito, en donde distingue que éstos pueden ser jurídicos o materiales de acuerdo a su naturaleza, que se realizan previo a la ejecución del acto y que su existencia debe preverse en la norma. De manera general, los objetos del delito, jurídicos o materiales, pueden ser: La vida previa de la víctima en el delito de homicidio. El estado de gravidez en el aborto. El parentesco en el parricidio o en el incesto. La ajenidad de la cosa en el robo. El carácter de funcionario en el peculado, etcétera. En la doctrina del derecho penal se distinguen los siguientes objetos: Objeto material Objeto jurídico El objeto material se refiere a la persona o el objeto sobre el cual recae la acción delictiva. Encontraríamos en este caso al sujeto pasivo o aquellas cosas animadas o inanimadas que se ven afectadas ante la conducta delictiva del sujeto activo. Por su parte, el objeto jurídico es aquel bien protegido por la ley a través de las sanciones establecidas; lo entenderíamos como el objeto de la acción delictiva. A manera de ejemplo podríamos señalar que la vida o la propiedad son bienes que están protegidos por la ley y que su violación está sancionada a través las leyes. 12
5 Bloque B Clasificación de los delitos por su duración De acuerdo con su duración, los delitos pueden clasificarse en: Instantáneos: El delito se consuma al momento de su realización, es decir, se perfecciona en el mismo momento en que sus elementos constitutivos se realizan, por ejemplo el homicidio. Instantáneos con efectos permanentes: El bien jurídico se afecta en el momento en que se perfecciona el delito, sin embargo sus efectos continuan en el tiempo, por ejemplo las lesiones. Continuados: Con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal. Permanentes: Cuando la consumación se prolonga en el tiempo. La tentativa Decimos que la tentativa es el inicio de un delito que no llega a consumirse, que se genera por los hechos tendientes a la ejecución de un acto delictuoso. La tentativa de delito indica que la ejecución quedó incompleta por diversas causas, ajenas a la voluntad del individuo, pero al quedar la iniciativa marcada, ésta se castiga. Definición de tentativa Para sancionar una tentativa de delito, el juez debe considerar los hechos que hubieran ocurrido en caso de que se consumara el delito. De acuerdo con el Código Penal del Distrito Federal, en su artículo 63º, se pueden imponer hasta dos terceras partes de la sanción que se debiera imponer de hubiese consumado el delito. Se determinan dos clases de tentativa entre las que encontramos: La acabada o delito frustado: cuando el sujeto activo intenta producir el acto y éste no se da. La inacabada o delito intentado: cuando la ejecución es incompleta debido a que el sujeto activo omite algún acto necesario para obtener el resultado. El Código Penal Federal en su artículo 12º hace referencia a la tentativa, señalando que: La tentativa en el Código Penal Federal Artículo 12. Existe tentativa punible, cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían producir el resultado, u omitiendo los que deberían evitarlo, si aquél no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente. Para imponer la pena de la tentativa el juez tomará en cuenta, además de lo previsto en el artículo 52, el mayor o menor grado de aproximación al momento consumativo del delito. Universidad Interamericana para el Desarrollo 13
6 Teoría del delito en derecho penal Si el sujeto desiste espontáneamente de la ejecución o impide la consumación del delito, no se impondrá pena o medida de seguridad alguna por lo que a éste se refiere, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismos delitos. Las sanciones dispuestas para la tentativa Mientras que en el artículo 63º de dicho Código, se establecen las sanciones correspondientes: Artículo 63. Al responsable de tentativa punible se le aplicará a juicio del juez y teniendo en consideración las prevenciones de los artículos 12 y 52, hasta las dos terceras partes de la sanción que se le debiera imponer de haberse consumado el delito que quiso realizar, salvo disposición en contrario. En los casos de tentativa en que no fuere posible determinar el daño que se pretendió causar, cuando éste fuera determinante para la correcta adecuación típica, se aplicará hasta la mitad de la sanción señalada en el párrafo anterior. En los casos de tentativa punible de delito grave así calificado por la ley, la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado. Otras figuras relacionadas con el delito En relación con el delito podemos encontrar otras figuras relacionadas con éste; revisemos a continuación cada una de ellas. Desistimiento Delito imposible Se entiende por desistimeinto cuando el sujeto activo u ofensor, suspende todo lo que ha planeado para cometer el delito, impidiendo así que éste se cumpla. Para estos casos, la ley no señala ningún tipo de castigo. Éste ocurre cuando se ha efectuado todo lo necesario para cometer el delito, pero no se logra debido a que existe un bien jurídico tutelado. Pongamos como ejemplo de delito imposible el siguiente caso: (M) quiere matar a (X), (M) dispara a (X), pero (X) ya estaba muerto, por lo tanto, no se puede quitar la vida dos veces. Delito putativo Consumación También se le nombra imaginario debido a que se conforma de actos tendientes a cometer por el sujeto activo, quien cree que es un delito aunque en realidad no lo es. La consumación es la producción del resultado que ocurre cuando se daña al sujeto pasivo. Por ejemplo, en el caso del homicidio la consumación surge cuando muere el sujeto pasivo, lo cual hace el acto punible. 14
7 Bloque B Concepto 7 ELEMENTOS negativos del delito Para que haya un delito debe existir una parte que lo ejecuta y otra que se ve afectada, de la misma manera que aparece un objeto en el cual recae la acción delictiva y un interés que está protegido jurídicamente. En este sentido, estamos hablando tanto de los sujetos como de los objetos del delito. Los primeros los revisamos líneas arriba, mientras que los elementos los analizaremos a continuación. Podemos encontrar elementos positivos y negativos del delito. Los elementos positivos del delito son: Elementos positivos del delito Acción u omisión Antijuricidad Culpabilidad Tipicidad Imputabilidad Punibilidad Por su parte, dentro de los elementos negativos del delito encontramos: Elementos negativos del delito Ausencia de acción Ausencia de antijuridicidad Ausencia de tipicidad Inimputabilidad Inculpabilidad Excusas absolutorias Revisemos a continuación cada una de ellas y lo que determina la ley para cada caso. Ausencia de acción Se genera cuando se realiza una acción sin la voluntad del agente. El Código Penal Federal señala en el artículo 15º en su primera fracción, con respecto a las causas de exclusión del delito, lo siguiente: Artículo 15. El delito se excluye cuando: I.- El hecho se realice sin intervención de la voluntad del agente; Ausencia de antijuridicidad El aspecto negativo de la antijuridicidad lo constituyen las causas de justificación, que son las razones o circunstancias que el legislador consideró para invalidar la antijuridicidad de la conducta realizada, al considerarla lícita. Universidad Interamericana para el Desarrollo 15
8 Teoría del delito en derecho penal En otras palabras, cuando aparece alguna causa de justificación, desaparece lo antijurídico, y por ende, se desvanece el delito. Causas de Justificación: La legítima defensa; el cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho; consentimiento del ofendido; estado de necesidad; impedimento legítimo son causas de justificación que a continuación revisaremos Legítima defensa Es legítima la defensa necesaria para rechazar una agresión actual o inminente e injusta, mediante un acto que lesione bienes jurídicos del agresor. Según el Código Penal Federal existen dos supuestos en los que se presenta la legítima defensa. Art. 15 Código Penal Federal IV. Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende (primer supuesto). Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias (segundo supuesto). Cumplimiento de un deber, ejercicio de un derecho e impedimeintos legítimo A la conducta le falta el elemento antijuridico y por lo tanto, imposibilitan la integración del delito. La acción se realiza en el cumplimiento de un deber y del ejercicio de un derecho, por ejemplo, las lesiones producto de una intervención quirúrgica no pueden considerarse como delito cometido por el médico. Nuestro Código Federal establece en la fracción IV del Art. 15, como excluyente de responsabilidad: VI.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro; Consentimiento del Ofendido Estado de Necesidad Cuando el titular del bien jurídicamente protegido da su consentimiento expreso o tácito para que el agente realice o no determinada acción u omisión. Es el peligro actual o inmediato para bienes jurídicamente protegidos, que sólo puede evitarse mediante la lesión de bienes también jurídicamente tutelados, pertenecientes al mismo sujeto activo u otra persona. Los elementos del estado de necesidad son: Una situación de peligro real actual o inminente. Que ese peligro no haya sido ocasionado intencionalmente ni por grave imprudencia por el agente. 16
9 Bloque B Que la amenaza recaiga sobre cualquier bien jurídicamente tutelado propio o ajeno. Un ataque por parte de quien se encuentra en estado necesario. Que no exista otro medio practicable y menos perjudicial al alcance del agente. Ausencia de tipicidad Significa que no existe una descripción en la ley o que existe atipicidad propiamente dicha (aunque la conducta es semejante, no corresponde a lo que está señalado y considerado dentro del tipo penal). La atipicidad se da cuando la conducta no se adecua a lo que está señalado en las leyes, motivo por el cual se considera que no existe el delito. Dicho de otra manera, la atipicidad se presenta cuando la conducta del sujeto activo no se adecua al tipo debido a que faltan requisitos o elementos de los establecidos; éstos pueden ser: la falta de medios de ejecución, el objeto material, la calidad que le otorgue la ley al sujeto activo o pasivo del delito. Inimputabilidad La inimputabilidad es el aspecto negativo de la imputabilidad y se define como la falta de capacidad para entener o quere en el ámbito penal. Se consideran causas de inimputabilidad la minoría de edad y estados mentales anormales. Con base en el Código Penal del Distrito Federal en su artículo 29, fracción VII se señala que una exclusión del delito es la inimputabilidad: Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a no ser que el sujeto hubiese provocado su trastorno mental para en ese estado cometer el hecho, en cuyo caso responderá por el resultado típico producido en tal situación. De la misma manera, el Capítulo XI conferido a el Tratamiento de inimputables o de imputables disminuidos, señala en el artículo 62 algunas de las medidas que se seguirán: En el caso de que la inimputabilidad sea permanente, a la que se refiere la fracción VII del artículo 29 de este Código, el juzgador dispondrá la medida de tratamiento aplicable, ya sea en internamiento o en libertad, previo el procedimiento penal respectivo. En el primer caso, el inimputable será internado en la institución correspondiente para su tratamiento durante el tiempo necesario para su curación, sin rebasar el previsto en el artículo 33 de este Código. Universidad Interamericana para el Desarrollo 17
10 Teoría del delito en derecho penal Si se trata de trastorno mental transitorio se aplicará la medida a que se refiere el párrafo anterior si lo requiere, en caso contrario, se le pondrá en absoluta libertad. Para la imposición de la medida a que se refiere este capítulo, se requerirá que la conducta del sujeto no se encuentre justificada. En caso de personas con desarrollo intelectual retardado o trastorno mental, la medida de seguridad tendrá carácter terapéutico en lugar adecuado para su aplicación. Queda prohibido aplicar la medida de seguridad en instituciones de reclusión preventiva o de ejecución de sanciones penales, o sus anexos. Inculpabilidad Son algunas causas de la inculpabilidiad: por error, inculpable por ignorancia, obediencia jerárquica, eximientes putativas, violencia moral y miedo, estados de necesidad en que colisionan bienes de igual jerarquía y no exigibilidad de otra conducta. Miedo grave y temor fundado El miedo se diferencia del temor en cuanto a que el primero se origina por una causa interna y el segundo por una causa externa. El miedo va de dentro para afuera y el temor de fuera para adentro. El miedo obedece a causas psicológicas, el temor a causas materiales. 18
11 Bloque B Referencias Carrancá, R. (s.f.). Los elementos positivos y negativos del delito. Consultado en Marzo, 2011 en II/tres.htm Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Código Penal Federal. Universidad Interamericana para el Desarrollo 19
El delito. M. En C. Eduardo Bustos Farías. M. en C. Eduardo Bustos Farías 1
El delito M. En C. Eduardo Bustos Farías as M. en C. Eduardo Bustos Farías 1 Objetivo El alumno explicará la teoría a del delito. la Computación M. en C. Eduardo Bustos Farías 2 Temas El delito. Definición
Más detallesDELITO. CONCEPTO Y ELEMENTOS.
DELITO. CONCEPTO Y ELEMENTOS. Condiciones Objetivas. Culpable. Punibilidad. Imputabilidad Conducta. Tipo. Antijuridicidad Concepto. La conducta. Delito es: 1. Conducta. 2. Típica. 3. Antijurídica. 4. Imputable.
Más detalles2.- La cualidad de un hecho de poder subsumirse en algunas figuras descritas por el legislador es:
TEST TEMA 2 PENAL 60 preguntas Nivel: Intermedio http://www.ayudantes.mforo.com 1.- Es un delito permanente: a) El robo. b) El homidio. c) La detención ilegal. d) La violacion. 2.- La cualidad de un hecho
Más detallesLICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 5 FUNDAMENTOS DEL DELITO ALUMNO MARTÍN CÉSAR HERNÁNDEZ MIRANDA UNIDAD 2 CARACTERÍSTICAS Y ELEMENTOS DEL DELITO
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 5 FUNDAMENTOS DEL DELITO UNIDAD 2 CARACTERÍSTICAS Y ELEMENTOS DEL DELITO ALUMNO MARTÍN CÉSAR HERNÁNDEZ MIRANDA MATRÍCULA ES1611304954 SESIÓN 3 CARACTERÍSTICAS DEL DELITO
Más detallesBloque Penal (BLOQUE 5)
Nombre de la asignatura o unidad de aprendizaje: Bloque Penal (BLOQUE 5) UE CICLO QUINTO TRIMESTRE CLAVE DE ASIGNATURA LD-B501 OBJETIVO (S) GENERAL (ES) DE LA ASIGNATURA. Analizará e identificará los principios
Más detallesBases Fiscales. SESIÓN #10 Infracción y sanciones fiscales. Segunda parte.
Bases Fiscales SESIÓN #10 Infracción y sanciones fiscales. Segunda parte. Contextualización En esta sesión abordaremos los delitos fiscales de forma dolosa o culposa de un sujeto o su responsable solidario
Más detallesUnidad 9. Culpabilidad y su aspecto negativo
Unidad 9 Culpabilidad y su aspecto negativo UNIDAD IX CULPABILIDAD Y SU ASPECTO NEGATIVO Ya se dijo que el delito es una conducta que debe ser típica y antijurídica; ahora se estudiará el otro elemento
Más detalles3.3. Formas de manifestación del delito
3. Teoría del delito 41 r r Algunos de los principales bienes jurídicos son la vida humana, la libertad física, la libertad, la seguridad y el normal desarrollo psicosexual, la integridad física o corporal
Más detallesFaviola S. Campos Hidalgo. Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales de PIura
La Teoría del Delito y su relación con la Investigación Preparatoria y audiencias Preliminares Faviola S. Campos Hidalgo Fiscal Provincial de Investigación Preparatoria de Piura Presidente de la Junta
Más detallesCausas de justificación
CARLOS P. PAGLIEREL4440,b,) -- 1 D SAN D,J IBIBLIOTECA1 Causas de justificación Deber jurídico. Facultades legales Obediencia debida. Legítima defensa Necesidad y racionalidad. Exceso NUEVA TEORÍA DEL
Más detallesTEORIA DEL DELITO. DES: Derecho Licenciatura en Derecho Tipo de materia: PROFESIONAL Clave de la materia: A405 Semestre: Cuarto
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA. FACULTAD DE DERECHO. Clave: 08USU4051Y PROGRAMA DEL CURSO: TEORIA DEL DELITO Programa(s) Educativo(s): DES: Derecho Licenciatura en Derecho Tipo de materia: PROFESIONAL
Más detallesPRACTICA PROCESAL PENAL I. Área de Formación Práctica
PROGRAMAS DE ESTUDIO NOMBRE DE LA ASIGNATURA PRACTICA PROCESAL PENAL I CICLO, AREA O MODULO Área de Formación Práctica CLAVE DE LA ASIGNATURA DE129 OBJETIVO(S) GENERAL(ES) DE LA ASIGNATURA Al terminar
Más detallesUnidad 10. Punibilidad y su aspecto negativo
Unidad 10 Punibilidad y su aspecto negativo UNIDAD X PUNIBILIDAD Y SU ASPECTO NEGATIVO Frecuentemente se confunden las nociones que en seguida se distinguirán, toda vez que, a pesar de emplearse indiscriminadamente
Más detallesBases Fiscales. SESIÓN #9 Infracción y sanciones fiscales. Primera parte.
Bases Fiscales SESIÓN #9 Infracción y sanciones fiscales. Primera parte. Contextualización En esta sesión abordaremos la perspectiva general de las infracciones tributarias en México, su naturaleza jurídica,
Más detallesLicenciatura: DERECHO. Tema: ABUSO DE CONFIANZA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN Licenciatura: DERECHO Tema: ABUSO DE CONFIANZA Lic. CARLOS ORLANDO ACEVEDO JAGUEY Julio- Diciembre 2014 Tema: Abuso de Confianza.
Más detallesMÓDULO I. Tema 1. Tema 2.
MÓDULO I Tema 1. CONCEPTO MATERIAL DE DERECHO PENAL.. El Derecho Penal como sistema normativo de control social. El principio de exclusiva protección de bienes jurídicos: concepto de bien jurídico: criterios
Más detallesCréditos: 8 Obligatoria (X) Horas Por Semana: 4 Optativa ( )
Teoría del Delito Asignatura Teoría Del Delito Clave: Semestre: Segundo Requisitos: Ninguno Nivel: Licenciatura Créditos: 8 Obligatoria Horas Por Semana: 4 Optativa ( ) Horas Por Semestre 60 Objetivo General
Más detallesLA PSICOLOGÍA Y EL DERECHO PENAL
LA PSICOLOGÍA Y EL DERECHO PENAL La teoría del delito Es una teoría dogmática Debe entenderse como una teoría de IMPUTACIÓN penal IMPUTAR = ATRIBUIR Teoría de la imputación penal TEORIA DEL DELITO Aspectos
Más detallesMarco normativo de los medios masivos de
Marco normativo de los medios masivos de comunicación Licenciatura en ciencias de la comunicación Primer Parcial Conceptos básicos Marco normativo Derecho Disciplina encargada del estudio y análisis de
Más detallesGuía docente Derecho Penal I
Guía docente Derecho Penal I 1.Concepto de Derecho penal y sistema de fuentes Descripción: En la primera Unidad didáctica se aborda la definición del objeto de estudio, determinando qué se entiende por
Más detallesDERECHO PENAL I. TEMA 2.- La interpretación de la ley penal. Concepto y clases. Especial referencia a la analogía. El concurso de leyes.
DERECHO PENAL I Prof. Teresa Martín T E M A R I O I. INTRODUCCIÓN TEMA 1.- Concepto de Derecho Penal. La norma penal, estructura y función. Penas y medidas de seguridad. Principios limitadores del "ius
Más detallesDe las fracciones del precepto legal antes transcritas podemos afirmar que;
4. AUTORIA Y PARTICIPACIÓN 4.1 AUTORIA Y TIPOS. 4.2 COAUTORIA Y PARTICIPACIÓN EN EL DELITO. 4.3. RESPONSABILIDAD DE PERSONAS FÍSICAS. 4.4. RESPONSABILIDAD DE PERSONAS JURÍDICO-COLECTIVAS. 4.1 AUTORIA Y
Más detallesLa teoría del hecho punible
La teoría del hecho punible Noción Herramienta de carácter conceptual que nos permite establecer cuándo una determinada conducta (acaecida en el mundo de la realidad) es constitutiva de infracción penal
Más detallesEL CÓDIGO PENAL DE 2007 (LIBRO I) EN ESQUEMÁS TITULO PRELIMINAR
CUADRO No. 1- POSTULADOS BÁSICOS EL CÓDIGO PENAL DE 2007 (LIBRO I) EN ESQUEMÁS TITULO PRELIMINAR Principio de respeto a la dignidad humana (art.1) Principio de exclusiva protección de bienes jurídicos
Más detallesFacultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL
Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL Cátedra del profesor Carlos Künsemüller L. Ayudante Andrés Valenzuela Donoso. Nota: estos apuntes fueron
Más detallesTEORÍA DEL DELITO EN DERECHO PENAL. Teoría del delito en derecho penal
Teoría del delito en derecho penal 1 Sesión No. 7 Nombre: La antijuricidad Contextualización En esta sesión veremos qué es la antijuricidad, que como hemos visto en las sesiones pasadas, es un elemento
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PENAL. Examen de homologación del título de Licenciado en Derecho. Facultad de Ciencias Sociales UCLM
PROGRAMA DE DERECHO PENAL Examen de homologación del título de Licenciado en Derecho. Facultad de Ciencias Sociales UCLM Prof. Dr. Francisco Javier de León Villalba Fcojavier.leon@uclm.es Ext.4261 Programa:
Más detalles1.- concepto de derecho? Conjunto de normas jurídicas que regulas la conducta externa del hombre en sociedad.
1.- concepto de derecho? Conjunto de normas jurídicas que regulas la conducta externa del hombre en sociedad. 2.- Concepto de derecho penal? Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulas el
Más detallesCAPÍTULO IV ELEMENTOS DEL DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL.
CAPÍTULO IV ELEMENTOS DEL DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL. A lo largo de la historia del Derecho, la doctrina ha expuesto una serie de teorías de diversos tópicos y más en el Derecho Penal que por la trascendencia
Más detallesIV.-ESTUDIO DOGAMATICO DEL DELITO CONTRA LA SALUD COMPRENDIDO EN EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.
IV.-ESTUDIO DOGAMATICO DEL DELITO CONTRA LA SALUD COMPRENDIDO EN EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL. Dada la amplitud del delito en estudio, y tal y como se mencionó con anterioridad realizaremos
Más detallesTeoría del delito en materia penal. Sesión 5: El tipo penal y la tipicidad
Teoría del delito en materia penal Sesión 5: El tipo penal y la tipicidad Contextualización El tipo penal En esta sesión es importante que nos quede claro en qué consiste el tipo, ya que éste nos va a
Más detallesÍNDICE. Prólogo CAPÍTULO I.
ÍNDICE Prólogo.......................................... 13 El delito de defraudación a la Seguridad Social (art. 307 CP)................................... 15 1. El sistema del Código Penal. Oportunidad
Más detallesDERECHO PENAL TEMA I
DERECHO PENAL TEMA I 1 HOMICIDIO TIPO FUNDAMENTAL O BÀSICO ART. 302 DEL CÒDIGO PENAL ARTÌCUJLO 302 COMETE EL DELITO DE HOMICIDIO: EL QUE PRIVA DE LA VIDA A OTRO 2 SUJETOS DEL DELITO EN EL DERECHO PENAL,
Más detallesPrograma Formativo. Objetivos. Código: Curso: Código Penal. Duración: 80h.
Código: 52511 Curso: Modalidad: DISTANCIA Duración: 80h. Objetivos El objetivo de este curso es comprender la importancia y evolución del derecho en las sociedades modernas. Asimilar el concepto de control
Más detallesProfessor(s) Edifici/Despatx Telèfon Tutoria Edifici Jovellanos Despatx DA 215
DRET PENAL I Codi: 2908 Grup 1 Observacions: sense docència Tipus: Troncal Crèdits: 9 Professor(s) Edifici/Despatx Telèfon Tutoria Edifici Jovellanos Despatx DA 215 Ramon Ribas, Eduardo 971.17.29.72 Dimecres
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PENAL. PARTE GENERAL.
ASIGNATURA: DERECHO PENAL I PROGRAMA DE DERECHO PENAL. PARTE GENERAL. PRIMERA PARTE. Introducción. Lección 1ª. Penas, Estados peligrosos y medidas de seguridad I. El sistema de penas en la legislación
Más detallesTeoría del delito en derecho penal
Teoría del delito en derecho penal 1 Sesión No. 5 Nombre: El tipo penal Contextualización En esta sesión es importante que nos quede claro en qué consiste el tipo penal, ya que éste nos va a señalar con
Más detallesLECCIONES DE DERECHO PENAL PARTE GENERAL
LECCIONES DE DERECHO PENAL PARTE GENERAL (con ejercicios prácticos y preguntas tipo test) HERMINIO RAMÓN PADILLA ALBA Profesor Contratado Doctor de Derecho Penal Universidad de Córdoba LECCIONES DE DERECHO
Más detallesUNIVERSIDAD PERUANA TEMA: LAS CONSIDERACIONES EN TORNO A LOS GRADOS DE DESARROLLO DEL DELITO
UNIVERSIDAD PERUANA TEMA: LAS CONSIDERACIONES EN TORNO A LOS GRADOS DE DESARROLLO DEL DELITO LAS CONSIDERACIONES EN TORNO A LOS GRADOS DE DESARROLLO DEL DELITO SENTiDO Y ALCANCE DE LA RELEVANCIA JURIDICA
Más detallesMARIA DEL ROSARIO LOZADA SOTOMAYOR FISCAL SUPERIOR DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA
MARIA DEL ROSARIO LOZADA SOTOMAYOR FISCAL SUPERIOR DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA TIPO PENAL ES LA DESCRIPCIÓN CONCRETA DE LA CONDUCTA PROHIBIDA HECHA POR EL LEGISLADOR. ES UN INSTRUMENTO LEGAL, PUES PERTENECE
Más detallesÍNDICE. Prólogo a la novena edición Abreviaturas Obras generales PRIMERA PARTE EL DERECHO PENAL
ÍNDICE Prólogo a la novena edición... 23 Abreviaturas... 25 Obras generales... 29 PRIMERA PARTE EL DERECHO PENAL Lección 1. EL DERECHO PENAL... 37 I. El Derecho penal como medio de control social... 39
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PENAL 1ERA PARTE
PROGRAMA DE DERECHO PENAL 1ERA PARTE Lección 1 El Derecho Penal. Concepto y Función. Derecho Penal en Sentido Objetivo y en Sentido Subjetivo. El Derecho Penal como medio de Control Social. Componentes:
Más detallesYa se ha tocado el tema del concurso de normas penales, lo hace referencia implícita al concurso de delitos. Por tal se entiende:
4. CONCURSO DE NORMAS. 4.1. Concurso ideal y formal. Ya se ha tocado el tema del concurso de normas penales, lo hace referencia implícita al concurso de delitos. Por tal se entiende: ( ) el modo en que
Más detallesDERECHO PENAL - Test 1
Tests de Vigilantes de Seguridad DERECHO PENAL - Test 1 1.- Las partes que intervienen en un delito son: ûa) Sujeto, Acción y objeto. ûb) Sujeto activo, sujeto pasivo y activación. üc) Sujeto activo, sujeto
Más detallesTEORIA DEL DELITO Juan C. Portocarrero Z.
TEORIA DEL DELITO Juan C. Portocarrero Z. ABOGADO Procurador de la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Orden Publico DELITO Tradicionalmente se define delito como la acción y omisión penada
Más detallesÍNDICE TEMA I LA CULPABILIDAD
ÍNDICE TEMA I... - 1 - LA CULPABILIDAD... - 1 - I. CONCEPTO Y FUNDAMENTO... - 1-1. La culpabilidad como categoría del delito... - 1-2. Concepto... - 1-3. Fundamento... - 1 - II. ESTRUCTURA DE LA CULPABILIDAD...
Más detallesDerecho penal I (parte general) Prof. Mª José Rodríguez Puerta (VALIDAT PEL CURS 2007/08)
Derecho penal I (parte general) Prof. Mª José Rodríguez Puerta (VALIDAT PEL CURS 2007/08) PARTE PRIMERA FUNDAMENTOS DEL DERECHO PENAL TEMA 1 Introducción.- Concepto de Derecho penal.- La norma penal.-
Más detallesQUE ES RESPONSABILIDAD
QUE ES RESPONSABILIDAD La responsabilidad consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro. Responsable es aquel que consciente o inconscientemente es la causa
Más detallesEn la sesión pasada estudiamos la Teoría Causalista del Delito y en esta sesión estudiaremos la Teoría Finalista del Delito.
3. TEORÍA FINALISTA DE LA ACCIÓN. En la sesión pasada estudiamos la Teoría Causalista del Delito y en esta sesión estudiaremos la Teoría Finalista del Delito. Antes de iniciar la sesión considero que no
Más detalles2.- EL SISTEMA CAUSALISTA DEL DELITO.
2.- EL SISTEMA CAUSALISTA DEL DELITO. Debido a la necesidad de comprender el delito como un todo coherente, surgió toda una sistematización en lo que se refiere a la teoría del delito, la que ha sido fuente
Más detallesDeterminación Judicial de la pena. Oscar Vite Torre
Determinación Judicial de la pena Oscar Vite Torre Nociones El profesor Víctor Prado Saldarriaga ha sostenido que la determinación judicial de la pena es un procedimiento técnico valorativo que permite
Más detallesTEMA I... 1 CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 I. CONCEPTO DE DERECHO PENAL DERECHO PENAL OBJETIVO DERECHO PENAL SUBJETIVO... 2 II.
ÍNDICE TEMA I... 1 CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 I. CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 1. DERECHO PENAL OBJETIVO... 1 2. DERECHO PENAL SUBJETIVO... 2 II. CONTENIDO... 2 1. CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS...
Más detallesDERECHO PENAL II SECCIÓN PRIMERA: DELITOS CONTRA LA VIDA E INTEGRIDAD CORPORAL
DERECHO PENAL II OBJETIVO GENERAL: El alumno poseerá un conocimiento metódico e integral de las figuras delictivas contempladas en el programa; en consecuencia, sabrá como analizar los casos concretos
Más detallesGaceta Parlamentaria de la ALDF 26 de abril de Núm. 138-A. Año 02
DIP. ROCÍO BARRERA BADILLO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, V LEGISLATURA. Los que suscriben, Diputados de la V Legislatura de la Honorable Asamblea Legislativa
Más detallesGUÍA DOCENTE DERECHO PENAL GENERAL
GUÍA DOCENTE DERECHO PENAL GENERAL 1 TITULACIÓN: GRADO CRIMINOLOGÍA GUÍA DE DOCENTE DE LA ASIGNATURA: DERECHO PENAL GENERAL Coordinador: Rafael Rico I.- Identificación de la asignatura: Tipo Materia Periodo
Más detallesMÓDULO 5 FUNDAMENTOS DEL DELITO Y LOS DELITOS EN PARTICULAR UNIDAD 3 DELITOS EN PARTICULAR SESIÓN 6
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 5 FUNDAMENTOS DEL DELITO Y LOS DELITOS EN PARTICULAR UNIDAD 3 DELITOS EN PARTICULAR SESIÓN 6 DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD SEXUAL, EL DESARROLLO PSICOSEXUAL, LA
Más detallesTeoría General del Delito
Teoría General del Delito Dra. Romy Chang Kcomt Magister en Derecho Penal Universidad de Salamanca Doctoranda en Derecho Penal U. Salamanca / U. Sao Paulo Profesora Ordinaria Pontificia Universidad Católica
Más detallesDerecho Penal I. Plan Nuevo. Curso
Derecho Penal I 512017 Plan Nuevo Curso 2007-2008 2 512017 DERECHO PENAL (CRIMINOLOGÍA) I. PARTE GENERAL 2007/2008 PRIMERA PARTE: INTRODUCCIÓN Lección I. Concepto y elementos del Derecho penal. El Derecho
Más detallesTeoría del delito en derecho penal
Teoría del delito en derecho penal 1 Sesión No. 8 Nombre: La culpabilidad Contextualización En esta sesión se verá lo siguiente: Qué es la culpabilidad? Las teorías que hay de la culpabilidad, sus elementos,
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ FACULTAD DE DERECHO. TEORÍA DEL DELITO Semestre Teoría del Delito
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ FACULTAD DE DERECHO TEORÍA DEL DELITO Semestre 2016-2 A. INFORMACION GENERAL DEL CURSO Nombre del curso: Código: : Teoría del Delito DEP-217 Año: 2016 Semestre:
Más detallesArtículo 135: La riña es la contienda de obra entre dos o más personas con el propósito de causarse daño.
Introducción: los tipos complementados privilegiados también denominados atenuados, son aquellos que nacen del tipo básico, se nutre de él, agregan determinada circunstancia, y con base en ella el legislador
Más detallesRESPUESTAS A LAS AUTOEVALUACIONES
A continuación se indican algunos criterios generales para responder las preguntas planteadas en cada uno de los capítulos de este material. Para una mayor profundización, sugerimos se revisen los puntos
Más detallesCOMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN CÓDIGO PENAL. Modificaciones al delito de homicidio. - Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo
CÁMARA DE SENADORES SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL XLVIIIª Legislatura Segundo Período COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN Carpetas 650/2016 Distribuido: 936/2016 24 de agosto de 2016 CÓDIGO PENAL Modificaciones
Más detallesTeoría del. delincuente
Teoría del delito Teorías de las penas Teoría del delincuente Es un sistema de hipótesis que exponen, a partir de una determinada tendencia dogmática, cuáles son los elementos que hacen posible o no la
Más detallesLA CULPABILIDAD EN EL NUEVO CÓDIGO PENAL. UBICACIÓN NORMATIVA: Título II Libro II, Capítulos V y VI, Artículos
LA CULPABILIDAD EN EL NUEVO CÓDIGO PENAL Por: Aura Guerra de Villalaz UBICACIÓN NORMATIVA: Título II Libro II, Capítulos V y VI, Artículos 35-42. Como elemento dogmático del hecho punible CONCEPTO: Fundamento
Más detallesDERECHO PENAL PARTE GENERAL
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA FACULTAD DE DERECHO CODIGO DE MATERIA: 049 PROGRAMA DE ESTUDIO Y EXAMEN DERECHO PENAL PARTE GENERAL CATEDRA 2 PROF. TITULAR: DRA. JORGELINA CAMADRO 1 TITULO I TEORIA
Más detallesTIPICIDAD, ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICIÓN
TIPICIDAD, ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICIÓN TIPO PENAL TODOS AQUELLOS ELEMENTOS QUE CARACTERIZAN A UNA ACCION HUMANA COMO CONTRAVINIENTE DE UNA NORMA FUNCIONES DEL TIPO PENAL FUNCION DE GARANTIA LA
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LVIII LEGISLATURA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN PRESENTE. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción I de la Constitución Política, y para efectos del procedimiento establecido en el Título Sexto de
Más detallesANTIJURIDICIDAD ANTINORMATIVIDAD EXCUSAS LEGALES ABSOLUTORIAS
APUNTES DE DERECHO PENAL PARA UNA MEJOR COMPRENSIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PENAL DE NICARAGUA ANTIJURIDICIDAD ANTINORMATIVIDAD EXCUSAS LEGALES ABSOLUTORIAS PROF. SAÚL ARAYA M. PRODUCCIONES JURÍDICAS LEGALMENTE
Más detallesCAPÍTULO II ELEMENTOS DEL DELITO
CAPÍTULO II ELEMENTOS DEL DELITO 2.1. Corrientes Doctrinarias. Dentro del enfoque estratificado o analítico del delito, dos corrientes doctrinarias, durante mucho tiempo, disputaron la primacía en la explicación
Más detallesHistoria y concepto de la tentativa punible.
C A P ÍT U L O X Historia y concepto de la tentativa punible. El concepto de una tentativa especialmente punible es sólo el producto de una larga evolución histórica. «La punibilidad de la tentativa es
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA LUIS AMIGÓ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS HUMANAS TESAURUS EXAMEN PREPARATORIO AREA DERECHO PENAL
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LUIS AMIGÓ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS HUMANAS TESAURUS EXAMEN PREPARATORIO AREA DERECHO PENAL Temáticas que orientan el estudio del examen preparatorio 1. PENAL GENERAL CONTROL
Más detallesCOMENTARIOS NORMATIVOS
COMENTARIOS NORMATIVOS [218] Artículo recibido: 28 de febrero de 2011 Artículo aprobado: 21 de marzo de 2011 EL TIPO PENAL EN EL TIEMPO Clemente Espinoza Carballo * El delito, de manera general, puede
Más detallesLos principios inspiradores del ius puniendi
Los principios inspiradores del ius puniendi Sitio: OpenCourseWare - Universidad de Cádiz Curso: Introducción al Derecho Penal Libro: Tema 5 Los principios inspiradores del ius puniendi Imprimido por:
Más detallesÍNDICE GENERAL INTRODUCCIÓN... 1 DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
ÍNDICE I ÍNDICE GENERAL INTRODUCCIÓN... 1 DELITOS CONTRA LAS PERSONAS GENERALIDADES... 3 a) Delitos contra la vida humana independiente... 3 b) Delitos contra la vida humana dependiente... 3 1. EL HOMICIDIO
Más detallesCATEDRÁTICO: JAMES REÁTEGUI SANCHEZ
CATEDRÁTICO: JAMES REÁTEGUI SANCHEZ. 2013. Del artículo 10 del Código Penal se desprende que no sólo la «acción», sino también la «omisión» origina la presencia de un delito o falta si se halla «penada
Más detallesCURSO 2007/08. Delitos graves son aquellos penados con pena grave (art. 13 CP), por lo
RESPONSABILIDAD PENAL DEL GESTOR PÚBLICO. CURSO 2007/08 PRACTICA V 1º Delitos graves: Delitos graves son aquellos penados con pena grave (art. 13 CP), por lo que serán los delitos castigados con alguna
Más detallesLAS RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS EN LA ARMONIZACIÓN CONTABLE PONENTE: FERNANDO OCHOA MARTÍNEZ
LAS RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS EN LA ARMONIZACIÓN CONTABLE PONENTE: FERNANDO OCHOA MARTÍNEZ EXPOSICION DE MOTIVOS LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (LGCG) CONSIDERACIONES No
Más detallesCÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SINALOA INDICE CAPÍTULO III. APLICACION EN RELACION CON LAS PERSONAS
CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SINALOA INDICE LIBRO PRIMERO. PARTE GENERAL TÍTULO PRELIMINAR. DE LAS GARANTIAS PENALES CAPÍTULO ÚNICO. DE LAS GARANTIAS PENALES TÍTULO PRIMERO. LA LEY PENAL CAPÍTULO I.
Más detallesDelitos Contra la Administración Pública. MDPI Ricardo Matute Bertrand
Delitos Contra la Administración Pública MDPI Ricardo Matute Bertrand Delitos Contra la Administración Pública El Código Penal creado mediante Decreto 144-83 regula en el Título XIII, los delitos contra
Más detalles29/05/2013 FISCALIA SUPERIOR CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS JEREMÍAS ROJAS VELÁSQUEZ. Huánuco, 23 de Abril de 2013
FISCALIA SUPERIOR CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS JEREMÍAS ROJAS VELÁSQUEZ Huánuco, 23 de Abril de 2013 1 2 «3 QUE ES EL DELITO? El delito es el comportamiento humano
Más detallesRafael Moreno Valle Rosas, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y C O N S I D E R A N D O
CC. SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E Rafael Moreno Valle Rosas, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y C O N S I D E R A
Más detallesIndice de Abreviaturas... 7 Prólogo... 9
INDICE Indice de Abreviaturas... 7 Prólogo... 9 1. GENERALIDADES 1.1. La consumación y el agotamiento del delito... 13 1.2. El delito incompleto o imperfecto. Fundamento de su menor penalidad... 20 1.3.
Más detallesGLOSARIO. (PROCESO PENAL ACUSATORIO) Acción: Significa un movimiento corporal voluntario (doloso o culposo) proveniente de un ser humano.
i GLOSARIO. (PROCESO PENAL ACUSATORIO) A Acción: Significa un movimiento corporal voluntario (doloso o culposo) proveniente de un ser humano. Acciones libres en su causa: Representan una autoprovocación
Más detallesCÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR
CÓDIGO PENAL Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 30 de Noviembre de 2014 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada BOGE 31-10-2016 Al margen un sello con
Más detallesUniversidad de Carabobo Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho
Universidad de Carabobo Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Programa Analítico de la Asignatura: Derecho Penal I Jefe del Departamento de: Derecho Penal. Prof: Carlos Gonzalez
Más detallesResponsabilidad Penal. Dr. Samuel Hernández de Alba
Responsabilidad Penal Dr. Samuel Hernández de Alba Personas Físicas Código Penal Federal Articulo 13.- Son autores o participes del delito: I.- Los que acuerden o preparen su realización. II.- Los que
Más detallesAnálisis comparativo de los inimputables ante el sistema tradicional y el sistema acusatorio penal. Alejandra Romero Núñez
Recibido el 15 de mayo de 2016. Dictamen favorable el 27 diciembre de 2016. Análisis comparativo de los inimputables ante el sistema tradicional y el sistema acusatorio penal Alejandra Romero Núñez RESUMEN.
Más detallesDerecho a la Integridad Personal
Derecho a la Integridad Personal los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana Convención
Más detallesCÓDIGO PENAL DE COAHUILA ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 2 DE AGOSTO DE 2007.
CÓDIGO PENAL DE COAHUILA ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 2 DE AGOSTO DE 2007. Código publicado en el Periódico Oficial, el viernes 28 de mayo de 1999. CÓDIGO PENAL DE COAHUILA EL C. ROGELIO
Más detallesCOMENTARIOS Y OPINIONES TECNICAS RELATIVAS AL ANTEPROYECTO DE DICTAMEN DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
COMENTARIOS Y OPINIONES TECNICAS RELATIVAS AL ANTEPROYECTO DE DICTAMEN DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. Sergio Rodríguez Prieto. 1.- El Decreto de Reforma Constitucional Penal del mes de
Más detallesResponsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos,
Ley 20.393 Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional y Extranjero. Qué establece
Más detallesCuarta Visitaduría General Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres
Federal Código Penal Título Tercero Bis. Delitos contra la Dignidad de las Personas. Capítulo Único. Discriminación. Artículo 149 Ter. Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta
Más detallesLA TIPICIDAD Y SU AUSENCIA
LA TIPICIDAD Y SU AUSENCIA 1 LA TIPICIDAD Y SU AUSENCIA Hemos insistido en que para la existencia del delito se requiere una conducta o hecho humanos; mas no toda conducta o hecho son delictuosos; precisa,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1643 DIPUTACIÓN PERMANANTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- DIP. CÉSAR CABELLO RAMÍREZ, integrante de la Sexagésima Primera Legislatura, miembro del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Más detallesC. DIP. RENE ADRIÁN MENDÍVIL ACOSTA, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado. P r e s e n t e.-
C. DIP. RENE ADRIÁN MENDÍVIL ACOSTA, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado. P r e s e n t e.- El suscrito del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, integrante
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 326 del Código Penal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a aumento en la penalidad del delito de incesto. Planteada
Más detallesD E C R E T A. ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 29, fracción I; 32, primero,
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, D E C R E T A ARTÍCULO
Más detallesMARTÍN A. I. SCHWAB MANUAL DE DERECHO PENAL HEBREO
MARTÍN A. I. SCHWAB MANUAL DE DERECHO PENAL HEBREO EDICIONES JURIDICAS BUENOS AIRES 2014 ÍNDICE GENERAL PRÓLOGO 9 THE APPROACH 91 CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y LÍMITES DEL DERECHO PENAL HEBREO 1. El lugar
Más detalles