DECLARANTES. Declarantes

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1 DECLARANTES Declarantes Es la persona que suscribe y presenta una Declaración de mercancías a nombre propio o por encargo de terceros. El declarante debe realizar los trámites inherentes a su despacho. Actuación Directa. Almacenes Generales de Depósito sometidas a control y vigilancia. Agencias de Aduana : Actúan por encargo de Imp. / Exp. 1

2 Actuación Directa Importaciones y Tránsito Aduanero : Valor FOB < ó = US$1.000,oo. (Personas Jurídicas / Naturales o Consorcios y Uniones Temporales). Exportaciones : Valor FOB < ó = US$10.000,oo. (Personas Jurídicas / Naturales o Consorcio y Uniones Temporales). Decreto 2883 / 08. Amplió el valor límite de US$1.000,oo a US$10.000,oo. Operaciones en Administraciones de Arauca / Inirida / Leticia / Puerto Asís / Puerto Carreño / San Andrés / Tumaco o Yopal : Valor FOB < ó = US$5.000,oo. (Personas Jurídicas o Naturales). Decreto 2883/ 08. Incluye a Tumaco. Nota: Los envíos fraccionados o múltiples que sumados superen dichos valores; se deberá actuar por intermedio de una Agencia de Aduanas.Decreto2883/08. Los Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP). Los Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX). Los Viajeros en las Imp. Y Exp. de sus equipajes. Intermediarios de Trafico Postal y Envíos Urgentes autorizados por la Dian. Actuación Directa Turistas : Importación Temporal de vehículos para turismo. Consignatarios de Entregas Urgentes que ingresen como auxilios para damnificados de catástrofes o siniestros. La Nación / Entidades Territoriales / Entidades Descentralizadas. Las empresas de Transporte autorizadas por la Dian para operaciones de Cabotaje / Transbordo. Agentes Diplomáticos / Consulares y Organismos Internacionales acreditados en el país. Diplomáticos Colombianos que regresen al termino de su misión. Los Usuarios de un programa de exportación PEX. Los autores de Obras de Arte que no formen parte de patrimonio cultural de la nación. Los raizales y residentes de San Andrés y Providencia que no tengan calidad de comerciantes. 2

3 Almacenes Generales de Depósito Podrán actuar como Agencias de Aduanas sobre las mercancías consignadas o endosadas a su nombre en el Documento de Transporte. Deben estar autorizados por la Dian, sociedad dedicada a ese único fin. sin que se requiera constituir una nueva Son sometidos a control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia y se les aplicará el régimen de responsabilidades, infracciones y sanciones previstas para las agencias de aduanas. Agencias de Aduanas Personas Jurídicas autorizadas por la DIAN, orientadas a garantizar que los usuarios del comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales. Tienen como fin esencial colaborar con las autoridades aduaneras en la estricta aplicación de las normas legales relacionadas con el comercio exterior. Decreto 2685 / 99 Sociedades de Intermediación Aduanera Decreto 2883 / 08 Agencias de Aduanas 3

4 Agencias de Aduanas Decreto 2685 / 99 Nivel 1: Patrimonio $ Decreto 2883 / 99 Nivel 1: Patrimonio $ Garantizando prestación del servicio en todo el TAN. Nivel 2: Patrimonio $ y actuación en una de las siguientes administraciones: Bucaramanga, Cartago, Cúcuta, Ipiales, Maicao, Manizales, Pereira, Riohacha, Santa Marta, Urabá o Valledupar. Nivel 3: Patrimonio $ y actuación en una de las siguientes administraciones: Arauca, Inirida, Leticia, Puerto Asís, Puerto Carreño, San Andrés, Tumaco o Yopal. Nivel 2: Patrimonio $ Garantizando prestación del servicio en todo el TAN, salvo las restricciones. Nivel 3: Patrimonio $ y actuación en una de las siguientes administraciones: Bucaramanga, Cartago, Cúcuta, Ipiales, Maicao, Manizales, Pereira, Riohacha, Santa Marta, Urabá o Valledupar. Nivel 4: Patrimonio $ y actuación en una de las siguientes administraciones: Arauca, Inirida, Leticia, Puerto Asís, Puerto Carreño, San Andrés, Tumaco o Yopal. Agencias de Aduanas Decreto 1510 / 09 Agencias de Aduana Nivel 1 Podrán acreditar un patrimonio líquido inferior a $ , cumpliendo con: a.) Patrimonio líquido mínimo $ Haber ejercido la actividad de agenciamiento o intermediación aduanera por el término de diez (10) años. Operaciones en el año anterior a la solicitud, cuya cuantía exceda el valor FOB de SMLMV. b.) Patrimonio líquido mínimo $ Haber ejercido la actividad de agenciamiento o intermediación aduanera por el término de catorce (14) años. Operaciones en el año anterior a la solicitud, cuya cuantía exceda el valor FOB de SMLMV. c.) Patrimonio líquido mínimo $ Haber ejercido la actividad de agenciamiento o intermediación aduanera por el término de diez (18) años. Operaciones en el año anterior a la solicitud, cuya cuantía exceda el valor FOB de SMLMV. 4

5 Póliza de Cumplimiento Agencias de Aduanas Nivel 1 Valor Asegurado SMLMV. Nivel 2 Valor Asegurado SMLMV. Nivel 3 y 4 Valor Asegurado 500 SMLMV. Requisitos Especiales Agencias de Aduana Nivel 1 Contar con un Comité de Control y Auditoría que evalúe los sistemas de control internos. Garantizar la prestación del Servicio de Agenciamiento Aduanero a Nivel Nacional en los horarios establecidos por la DIAN. Crear y mantener a disposición del público una página Web donde se encuentre la siguiente información: Estados Financieros de la Agencia de Aduanas. Identificación de los Representantes Legales, Gerentes, Agentes de Aduanas y Auxiliares. Relación de los servicios ofrecidos al público. Mantener actualizados los manuales de funciones de todos los cargos y manuales de procesos con sus respectivos procedimientos. Obligación de designar un empleado encargado de tomar medidas para el cumplimiento del Código de Ética. 5

6 Cambios Relevantes Agencias de Aduanas Decreto 2883 / 08 Modificación de la razón social incluyendo las expresiones Agencia de Correspondiente. Aduanas y el Nivel Objeto social exclusivo con la actividad de Agenciamiento Aduanero. Se prohíben labores de consolidación o desconsolidación de carga, transporte de carga o depósito de mercancías, salvo que se trate de Almacenes Generales de Depósito para este último. El ejercicio de la actividad para los Niveles 1 y 2 podrá efectuarse directamente o por intermedio de Agencias Comerciales o convenios con Agencias de Aduanas Nivel 4. Es obligatorio que los Agentes y Auxiliares de las Agencias de Aduanas, aprueben las evaluaciones de conocimientos que realicé la DIAN. Cambios Relevantes Agencias de Aduanas Decreto 2883 / 08 Se fijan reglas de conducta para los administradores, representantes legales, agentes de aduanas y auxiliares. Obligación de incluir el Código de Ética dentro de los estatutos societarios y establecer mecanismos para darlos a conocer. En los procesos de liquidación oficial de corrección, revisión de valor o administrativos sancionatorios que se adelanten contra el usuario de comercio exterior, se deberá vincular a la Agencias de Aduanas con el objeto de establecer su responsabilidad como consecuencia de su gestión, proponiendo la imposición de las sanciones a que haya lugar. Mientras se expide el acto administrativo de homologación, las Sociedades de Intermediación Aduanera podrán actuar como Agencias de Aduanas, así: SIAS Nivel 1, como Agencias Nivel 2. SIAS Nivel 2, como Agencias Nivel 3. SIAS Nivel 3, como Agencias Nivel 4. 6

7 Obligaciones y Responsabilidades de las Agencias de Aduanas Implementar todas las medidas tendientes al conocimiento del cliente para la protección de prácticas de contrabando, lavados de activos, evasión, etc. Actuar de manera eficiente, transparente, ágil y oportuna en el trámite de las operaciones de comercio exterior ante la autoridad aduanera Prestar los servicios de agenciamiento aduanero, de acuerdo con el nivel de agencia de aduanas, a los usuarios de comercio exterior que lo requieran Suscribir y presentar las Declaraciones y documentos relativos a los regímenes de importación, exportación y tránsito aduanero, en la forma, oportunidad y medios señalados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con la normatividad vigente y responder por la veracidad y exactitud de los datos consignados en ellos. Liquidar y cancelar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar, de acuerdo con lo previsto en la normatividad aduanera Contar al momento de presentar las declaraciones de importación, exportación o tránsito, con todos los documentos soporte requeridos Obligaciones y Responsabilidades de las Agencias de Aduanas Conservar a disposición de la DIAN copia de D/ciones de Imp., Exp., Tránsito Aduanero, Recibos de Pago en bancos y de los documentos soporte, durante el término previsto. Registrar número y fecha, de levante y aceptación de la declaración de importación en el original de cada uno de los documentos soporte. Asistir a la práctica de las diligencias previamente ordenadas y comunicadas por la autoridad aduanera Informar a la DIAN y al importador, las diferencias encontradas en el reconocimiento físico. (Excesos de mercancía, diferencias en peso, mercancías distintas), con relación a los documentos con lo físico. A solicitud del importador o exportador, la Agencia de Aduanas deberá suministrar copia o fotocopia de los documentos soporte que conserve en su archivo. 7

8 Obligaciones y Responsabilidades de las Agencias de Aduanas Vinculación de los empleados de manera directa con el cumpliendo de todas las obligaciones como empleadores. Reportar a la DIAN y demás autoridades, las operaciones sospechosas que detecten. Expedir el carné a todos sus agentes de aduanas y auxiliares acorde con los requisitos señalados por la DIAN. Exigir a sus agentes que refrenden con su firma cualquier documento relacionado con los tramites de comercio exterior, indicando el código asignado por la DIAN. Asistir a la diligencia de inspección física de mercancías en la hora programada por la DIAN y demas entidades. Usuarios Altamente Exportadores - ALTEX Personas Jurídicas reconocida por la DIAN, previo el cumplimiento de una serie de requisitos. Se debe cumplir simultáneamente con: a) Durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud haya efectuado operaciones de exportación por un Valor FOB superior o igual a USD , y b) Que el valor exportado, represente por lo menos el 30% del valor de sus ventas totales en el mismo período; o c) Si no se cumplen las anteriores condiciones, podrán acreditar que el valor exportado, representa un valor FOB igual o superior a veintiún millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$ ). 8

9 Requisitos para obtener el reconocimiento como ALTEX Adicional debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar solicitud suscrita por el Representante Legal. 2. Certificaciones suscritas por el Representante Legal sobre: a. Valor FOB de las importaciones y/o exportaciones efectuadas en el año inmediatamente anterior a la solicitud. b. Presentar los estados financieros para los períodos que indique la DIAN. c. Acreditar la idoneidad profesional de sus representantes y auxiliares. d. Informar los nombres e identificación de las personas que acreditan como representantes y como auxiliares. Requisitos para obtener el reconocimiento como ALTEX e. Manifestación suscrita por el Representante Legal de la misma, acerca de sanciones y/o cancelación de la autorización. f. Manifestación suscrita por el Representante Legal, en la cual se compromete a constituir y entregar la garantía en los términos señalados. g. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio. 9

10 Reconocimiento como ALTEX La DIAN mediante Resolución reconoce e inscribe a la sociedad como Usuario Altamente Exportador por el término de tres (3) años y le asigna un número de identificación, el cual se debe emplear en todos los actos y actuaciones que realice como ALTEX. El ALTEX deberá constituir una póliza de seguro; cuyo objeto es garantizar el pago de los tributos aduaneros y de las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades estipuladas por la Legislación Aduanera. El monto de la garantía es determinado por la DIAN en dicha Resolución y no podrá ser superior al cinco por ciento (5%) del valor FOB de las importaciones y exportaciones realizadas durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de reconocimiento como ALTEX. Beneficios de los Usuarios Altamente Exportadores Presentar solicitud de autorización de embarque global para efectuar cargues parciales. Eliminación de la inspección física aduanera, sin perjuicio de que la autoridad aduanera pueda realizarla de manera aleatoria o selectiva cuando lo considere conveniente. Autorización global y permanente para realizar la inspección aduanera de las mercancías a exportar, cuando a ella hubiere lugar, en las instalaciones del usuario. Solo deberán constituir la garantía global que cobija la totalidad de sus actuaciones, sin que pueda exigirle otras garantías o pólizas. Salvo la garantía especial en reemplazo de aprehensión o para asegurar el pago de bienes que enajene la DIAN. 10

11 Beneficios de los Usuarios Altamente Exportadores Constituir garantía global bancaria con el fin de obtener dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la solicitud, la devolución de saldos a favor del IVA por concepto de las exportaciones realizadas. Posibilidad de importar insumos y materias primas bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial, en los términos previstos por la DIAN. Obligaciones de los Usuarios Altamente Exportadores Suscribir y presentar las declaraciones y documentos relativos a los diferentes regímenes, en la forma señalada por la DIAN, directamente o a través de una Agencia de Aduanas. Liquidar y cancelar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar. Responder por la veracidad y exactitud de los datos consignados en las declaraciones y demás documentos. Tener al momento de presentar las declaraciones, todos los documentos soporte requeridos para amparar las mercancías. Conservar a disposición de la DIAN, los originales de las Declaraciones de Importación, de valor, de exportación, de los recibos oficiales de pago en bancos y demás documentos soporte. Utilizar el código de registro asignado por la DIAN. 11

12 Obligaciones de los Usuarios Altamente Exportadores Contar con los equipos e infraestructura de computación, requerida por la DIAN, para la presentación y transmisión electrónica de las declaraciones y los documentos e información que dicha entidad determine. Asistir a la práctica de las diligencias ordenadas por la DIAN. Expedir el carné a todos sus representantes y auxiliares acreditados. Informar a la DIAN dentro de los tres (3) días hábiles siguientes sobre su desvinculación. Destruir los carnés de los representantes o auxiliares del UAP cuando hayan sido desvinculados o cuando se haya impuesto sanción de cancelación del reconocimiento e inscripción, o cuando no se obtenga la respectiva renovación. Actuar como ALTEX solo después de aprobada la garantía. Usuarios Aduaneros Permanentes - UAP Personas Jurídicas reconocida por la DIAN, previo el cumplimiento de una serie de requisitos. Se debe cumplir simultáneamente con: a) Durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud haya efectuado operaciones de exportación por un Valor FOB superior o igual a USD , o acreditar dicho valor como promedio anual en los tres (3) años anteriores a la solicitud. Si la persona jurídica esta calificada por la DIAN como Gran Contribuyente, se podrá acreditar el sesenta por ciento (60%) del monto mencionado anteriormente b) Haber tramitado por lo menos cien (100) declaraciones de importación y/o exportación durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la solicitud. 12

13 Requisitos para obtener el reconocimiento como UAP Adicional debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar solicitud suscrita por el Representante Legal. 2. Certificaciones suscritas por el Representante Legal sobre: a. Valor FOB de las importaciones y/o exportaciones efectuadas en el año inmediatamente anterior a la solicitud. b. Cantidad de Declaraciones de Importación y/o Exportación presentadas en el año inmediatamente anterior a la solicitud. c. Acreditar la idoneidad profesional de sus representantes y auxiliares. d. Informar los nombres e identificación de las personas que acreditan como representantes y como auxiliares. Requisitos para obtener el reconocimiento como UAP e. Manifestación suscrita por el Representante Legal de la misma, acerca de sanciones y/o cancelación de la autorización. f. Manifestación suscrita por el Representante Legal, en la cual se compromete a constituir y entregar la garantía en los términos señalados. g. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio. 13

14 Reconocimiento como UAP La DIAN mediante Resolución reconoce e inscribe a la sociedad como Usuario Aduaneros Permanente por el término de tres (3) años y le asigna un número de identificación, el cual se debe emplear en todos los actos y actuaciones que realice como UAP. El UAP deberá constituir una póliza de seguro; cuyo objeto es garantizar el pago de los tributos aduaneros y de las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades estipuladas por la Legislación Aduanera. El monto de la garantía es determinado por la DIAN en dicha Resolución y no podrá ser superior al cinco por ciento (5%) del valor FOB de las importaciones y exportaciones realizadas durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de reconocimiento como UAP. Beneficios de los Usuarios Aduaneros Permanentes Cancelación dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, de la totalidad de los tributos aduaneros correspondientes a las declaraciones de importación que hayan obtenido su levante durante el mes inmediatamente anterior. Obtener el levante automático de las mercancías importadas bajo cualquier modalidad, sin perjuicio de que la DIAN pueda practicar inspección aduanera cuando lo considere conveniente. Solo deberán constituir la garantía global que cobija la totalidad de sus actuaciones, sin que pueda exigirle otras garantías o pólizas. Posibilidad de importar insumos y materias primas bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial, en los términos previstos por la DIAN. 14

15 Obligaciones de los Usuarios Aduaneros Permanentes Suscribir y presentar las declaraciones y documentos relativos a los diferentes regímenes, en la forma señalada por la DIAN, directamente o a través de una Agencia de Aduanas. Liquidar y cancelar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar. Responder por la veracidad y exactitud de los datos consignados en las declaraciones y demás documentos. Tener al momento de presentar las declaraciones, todos los documentos soporte requeridos para amparar las mercancías. Conservar a disposición de la DIAN, los originales de las Declaraciones de Importación, de valor, de exportación, de los recibos oficiales de pago en bancos y demás documentos soporte. Utilizar el código de registro asignado por la DIAN. Obligaciones de los Usuarios Aduaneros Permanentes Contar con los equipos e infraestructura de computación, requerida por la DIAN, para la presentación y transmisión electrónica de las declaraciones y los documentos e información que dicha entidad determine. Asistir a la práctica de las diligencias ordenadas por la DIAN. Expedir el carné a todos sus representantes y auxiliares acreditados. Informar a la DIAN dentro de los tres (3) días hábiles siguientes sobre su desvinculación. Destruir los carnés de los representantes o auxiliares del UAP cuando hayan sido desvinculados o cuando se haya impuesto sanción de cancelación del reconocimiento e inscripción, o cuando no se obtenga la respectiva renovación. Actuar como UAP solo después de aprobada la garantía. 15

16 DEPOSITOS HABILITADOS Depósitos Habilitados Son los lugares autorizados por la autoridad aduanera para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero. Clases de Depósitos habilitados: Depósitos Públicos. Depósitos Privados: Transitorios. Para transformación y ensamble. Para procesamiento industrial. Para distribución internacional. Privados aeronáuticos. Para envíos urgentes. De provisiones de abordo para consumo y para llevar. Francos para almacenamiento de mercancías Almacenes Generales de Depósito sometidas a control y vigilancia. Depósitos Públicos de apoyo logístico internacional. 16

17 Depósitos Públicos Lugares habilitados por la DIAN para almacenar mercancías bajo control aduanero, y en los cuales pueden permanecer las mercancías de cualquier usuario del comercio exterior. Requisito : Patrimonio mínimo líquido poseído a 31 de diciembre del año anterior a la solicitud corresponda a los valores mínimos según la cobertura geográfica de sus operaciones: Entre $ y $ Área : No podrá ser inferior a metros cuadrados. Termino de autorización : Cinco (5) años. Garantía : El monto debe ser igual al patrimonio líquido acreditado. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 1 mes contados desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional. Prorrogables por un mes mas. Depósitos Privados Lugares habilitados por la DIAN para almacenar bajo control aduanero mercancías que vengan consignadas a la persona jurídica que figura como titular de la habilitación. Igualmente se podrán almacenar mercancías de exportación del titular del depósito. Requisito : Patrimonio mínimo líquido poseído a 31 de diciembre del año anterior a la solicitud sea igual o superior a $ Área : No podrá ser inferior a 500 metros cuadrados. Termino de autorización : término será de 3 años. 5 años. Salvo los depósitos para envíos urgentes cuyo Garantía : El monto debe ser igual al patrimonio líquido acreditado. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 1 mes contados desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional. Prorrogables por un mes mas. 17

18 Depósitos Privados Transitorios La DIAN podrá habilitar depósitos transitorios por circunstancias y necesidades especiales y temporales de almacenamiento. La solicitud de habilitación debe hacerse con la debida antelación a la llegada de la mercancía. La autorización debe tenerse al momento del arribo de la mercancía al país. Termino de autorización : Máximo 2 meses contados a partir de la llegada de la mercancía, prorrogable por un término igual, previo cumplimiento de requisitos. Garantía : El monto debe ser del 20% del valor en aduanas de las mercancías que proyecta almacenar. Depósitos Privados para Transformación o Ensamble Lugares habilitados por la DIAN para almacenar mercancías de importación que serán sometidas a la modalidad de transformación o ensamble. Termino de autorización : 5 años. Garantía : El monto debe ser del 1% del valor en aduanas de las mercancías que proyecta almacenar. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 15 días contados desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional o a partir de la culminación de la operación de tránsito, cuando la mercancía haya sido sometida al régimen de tránsito. 18

19 Depósitos Privados para Procesamiento Industrial Lugares habilitados por la DIAN para almacenar materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de UAP o ALTEX, autorizadas por la DIAN, para declarar bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial. Termino de autorización : 5 años. Garantía : La garantía que los UAP y ALTEX constituyen para el cumplimiento de sus obligaciones, cubre sus obligaciones como depósito privado. Depósitos Privados para Distribución Internacional Lugares habilitados por la DIAN a los UAP, para almacenamiento, conservación, acondicionamiento, manipulación, empaque, reempaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque en el término máximo de un año, contado a partir de su llegada al territorio aduanero nacional y, subsidiariamente, en el mismo término, al régimen de importación de acuerdo con lo previsto en el presente decreto. Termino de autorización : 5 años. Garantía : La garantía que los UAP constituyen para el cumplimiento de sus obligaciones, cubre sus obligaciones como depósito privado. 19

20 Depósitos Privados Aeronáuticos Lugares habilitados por la DIAN a las empresas nacionales de transporte aéreo de pasajeros y/o de carga, para almacenar el material aeronáutico que venga consignado a dichas empresas (motores, turbinas, repuestos, etc). Estos depósitos sólo podrán encontrarse dentro de las instalaciones de los aeropuertos internacionales de la ciudades de Bogotá, Rionegro, Cali y Barranquilla. Termino de autorización : 5 años. Garantía : El monto debe ser igual al patrimonio líquido acreditado. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 1 año contado desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional. Depósitos Privados para Envíos Urgentes Lugares habilitados por la DIAN a las empresas de transporte internacional con licencia del Ministerio de Comunicaciones para ejercer la mensajería especializada, y para el almacenamiento de mercancías de importación o exportación bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. Estos depósitos sólo podrán encontrarse dentro de las instalaciones de los aeropuertos internacionales de la ciudades de Bogotá, Rionegro, Cali y Barranquilla. Área : No podrá ser inferior a 100 metros cuadrados. Termino de autorización : 3 años. Garantía : La garantía constituida como intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cubre sus obligaciones como depósito habilitado. 20

21 Depósitos de Provisiones de abordo para consumo y para llevar Lugares habilitados por la DIAN para almacenar mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación de las naves o aeronaves, y las mercancías necesarias para el funcionamiento y la conservación de los mismos. Estos depósitos sólo podrán encontrarse dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional. Garantía : El monto debe ser del SMLMV. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 18 meses contados desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional. Depósitos Francos para almacenamiento de mercancías Lugares habilitados por la DIAN para almacenamiento, exhibición y venta a viajeros al exterior, de mercancías cuya clase, cantidades y valores son determinados por la DIAN mediante resolución. Dichas mercancías son entregadas dentro de la respectiva nave o aeronave en el momento de su salida del país y por ningún motivo estas mercancías podrán ser exhibidas ni vendidas, fuera de la zona internacional de los aeropuertos y puertos. Garantía : El monto debe ser del SMLMV. 21

22 Depósitos Públicos de apoyo logístico internacional Lugares habilitados por la DIAN a los puertos de servicio público, para el almacenamiento de mercancías extranjeras que serán sometidas en dichos lugares, a los procesos de conservación, acondicionamiento, manipulación, mejoramiento de la presentación, acopio, empaque, reempaque, clasificación, marcación, preparación para la distribución, reparación, acondicionamiento o limpieza. Termino de almacenamiento de la mercancías : Es de 1 año contado desde la fecha de llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional. Antes del vencimiento de este término, las mercancías deberán someterse a la modalidad de reembarque o al régimen de importación. El documento de transporte deberá señalar el depósito de apoyo logístico internacional en el cual será almacenada la mercancía. PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACION PEX 22

23 Programas Especiales de Exportación PEX Es la operación mediante la cual, en virtud de un acuerdo comercial, un residente en el exterior compra materias primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o envases, de carácter nacional, a un productor residente en Colombia. El residente en el exterior, dispone la entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar los bienes manufacturados a partir de dichas materias primas, insumos, bienes intermedios o utilizando el material de empaque o envases según las instrucciones que reciba del comprador externo. Programas Especiales de Exportación PEX El productor exportador del bien final, emitirá un Certificado PEX, que hará la veces de Declaración de Exportación de las materias primas, insumos, bienes intermedios, envases y material de empaque, entregados por su respectivo productor y de la declaración de importación temporal, para las mercancías recibidas por el productorexportador del bien final. Residuos o desperdicios: Es la cantidad de la materia prima objeto de cada programa, no involucrada en el producto final resultante exclusivamente del desarrollo productivo. Los residuos o desperdicios, deberán someterse a importación ordinaria pagando los tributos aduaneros que correspondan. La reexportación o destrucción de los residuos debe ser autorizada por la DIAN. Cualquier uso que se vaya a dar a los residuos o desperdicios (importación ordinaria, reexportación o destrucción, deberá realizarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de certificación de embarque de la exportación del bien final. 23

24 Requisitos para ser beneficiarios de un Programa de Exportación PEX La persona Jurídica debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar solicitud suscrita por el Representante Legal. 2. Estar domiciliados o representados legalmente en el país. 3. Certificado de Existencia y Representación legal. 4. Manifestación suscrita por el Representante Legal de la misma, acerca de que ni ella ni sus representantes o socios, han sido sancionados con cancelación de la autorización para ser beneficiarios de un Programa de Exportación y en general por violación dolosa a las normas penales. 5. No tener deudas exigibles por la DIAN. Generalidades de los Programas de Exportación PEX El certificado PEX es el documento con el que se surte la exportación definitiva e importación temporal de las materias primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o envases, por cuenta de un residente en el exterior. Los bienes exportados e importados quedarán en disposición restringida en el país y se destinarán única y exclusivamente al cumplimiento del Programa Especial de Exportación. La exportación final del bien manufacturado se efectuará de conformidad con el procedimiento normal para una exportación como embarque único con datos definitivos. Los beneficios contemplados para las exportaciones, a favor de los productores de las materias primas, insumos, bienes intermedios, etc; así como los productores de los bienes finales, solo procederá una vez se haya efectuado la exportación del bien final. Los usuarios industriales de las zonas francas podrán inscribirse como beneficiarios de los programas especiales de exportación únicamente en calidad de productores de bienes finales 24

25 OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO TEMARIO 1. MARCO NORMATIVO 2. ANTECEDENTES (COLOMBIA Y OTROS PAISES) 3. DEFINICIÓN OEA COLOMBIA 4. PLAN DE IMPLEMENTACIÓN OEA COLOMBIA 25

26 1. MARCO NORMATIVO OMA Lineamientos del Marco Normativo OMA Transmisión electrónica de información anticipada Identificación de mercancía de alto riesgo Utilización de equipos de inspección no intrusiva Cooperación del sector privado OEA 1. MARCO NORMATIVO OMA LEY MARCO DE ADUANAS ADUANA ADUANA DECRETOS DEL GOBIERNO LEY 6 DE 1971 LEY MARCO DE ADUANAS 5 Artículos ADUANA SECTOR PRIVADO 26

27 2. ANTECEDENTES - COLOMBIA Usuario Aduaneros Permanentes (UAP) Usuario Altamente Exportador (ALTEX) Levante automático Importaciones Embarque Directo Exportaciones Actuación directa en sus operaciones Inspección en zona Secundaria Pago consolidado tributos aduaneros 2. ANTECEDENTES EEUU A partir de los hechos sucedidos en EEUU, el pasado 11 de septiembre de 2001, se lanzó una alianza entre el sector privado y el estado, en noviembre de Las 7 empresas que más importan mercancía en EEUU, acogieron la necesidad de asegurar la cadena de abastecimiento, con el más alto compromiso de la alta dirección a través de una certificación de confiabilidad, llamada C-TPAT. Actualmente, más de empresas son actores importantes en la cadena de abastecimiento a nivel mundial, las cuales ha decido radicar su solicitud, para tener la calificación del C-TPAT, de las cuales más de han sido aceptadas como aliados confiables. Es de participación voluntaria, criterios de seguridad, las mejores prácticas en seguridad y procedimientos de implementación. 27

28 2. ANTECEDENTES EEUU Aduanas y Socios de Negocios contra el Terrorismo, C-TPAT por su sigla en inglés, es una iniciativa conjunta del Gobierno y las Empresas cuyo objetivo es construir relaciones de cooperación comercial que refuercen y mejoren la cadena de proveedores y la seguridad en la frontera de los Estados Unidos de América. Customs-Trade Partnership Against Terrorism (C-PAT) Supply Chain Security Best Practices U.S. Customs And Border Protection 2. ANTECEDENTES EEUU Customs-Trade Partnership Against Terrorism (C-PAT) Strategics Plan U.S. Customs And Border Protection 28

29 2. ANTECEDENTES UNION EUROPEA Los criterios necesarios para la obtención de la condición OEA, son los siguientes: Un historial satisfactorio de cumplimiento de los requisitos aduaneros. Un sistema adecuado de gestión de los registros comerciales y, en su caso, de los registros de transportes que permita un control aduanero apropiado Solvencia financiera acreditada Alto nivel de seguridad en sus procedimientos. 2. ANTECEDENTES UNION EUROPEA Tipos de certificación en la Unión Europea Satisfactorio historial de cumplimiento de los requisitos aduaneros, normas adecuadas en materia de registros y solvencia financiera. Certificación de simplificación aduanera (CSA) Certificación de protección y seguridad (CPS) Certificación de simplificación aduanera / protección y seguridad. (CSAPS) 29

30 OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO Proyección Unión Europea Jan 2008: Feb 2009: Jul 2009: Año 2.019: Sep 2010: Año 2.010: : Año 2.012: Expedición de la Normatividad del OEA aplicada para la Unión Europea. 50% de la mercancía, inspeccionada para los vuelos de pasajeros, que ingresan a EEUU La Unión europea introduce las declaraciones anticipadas de llegada y salidad de mercancía. Reconocimiento mutuo del OEA entre Suiza y Noruega. Reconocimiento mutuo de los beneficios entre el OEA Europeo y el C- TPAT de EEUU, 100% de la mercancía, inspeccionada para los vuelos de pasajeros que ingreses a EEUU. Reconocimiento mutuo de los beneficios entre el OEA Europea y el lejano oriente (China & Japon) OEA Europeo accederá a las simplificaciones de los procesos aduaneros, a través de un código aduanero moderno, incluyendo una aduana simplificada y garantias flexibles. 100% de la mercancía, inspeccionada para los contenedores que ingresen a los puerto de EEUU OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO Inspección No- Intrusiva 30

31 OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO BENEFICIOS Menor número de inspecciones fisicas. Menor tiempo de espera en frontera. Mayor integralidad de la cadena de abastecimiento. Mitigación del riesgo. Menor exposición al hurto y robo de la mercancía. Mayor equidad para los importadores y exportadores. Mayor seguridad a través del trabajo conjunto de los actores. OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO Los operadores 3PL deben cumplir con los requerimientos mínimos de seguridad, de acuerdo a los siguientes criterios: Requerimientos: 1. Empresa a calificar a. Background del fabricante. b. Background del operador logístico.. c. Background del cliente final. 2. Personal. 3. Seguridad del contenedor y su transporte. (Sellos, tracking, almacenamiento, control de inventarios) 4. Seguridad de las instalaciones y controles de acceso. 5. Procedimientos de seguridad d. Procesamiento de los documentos e. Manifiesto electrónico f. Embarque y recibo en destino. g. Discrepancias. 6. Tecnología para la seguridad de la información. ROLOGISTICA. 7. Entrenamiento en seguridad y prevención de riesgos. 31

32 OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO 3. DEFINIÓN OEA COLOMBIA Operador Económico Autorizado Persona natural o jurídica de confianza que siendo parte de la cadena logística del comercio internacional, y previo el cumplimiento de requisitos establecidos, es autorizada como tal por la DIAN. La autorización otorgada como OEA permite hacer uso de los beneficios en el territorio nacional y en los demás países con los cuales Colombia suscriba acuerdos internacionales de reconocimiento mutuo. Seguridad - facilitación 32

33 3. DEFINIÓN OEA COLOMBIA Adhesión voluntaria. Apunta a Pequeña, Mediana o Gran Empresa. Aplica a usuarios que hacen parte de la cadena logística. Se debe acreditar la disponibilidad de sistemas informáticos de gestión de riesgos y control de inventarios (Trazabilidad) Certificación con vigencia indefinida, si incumple los requisitos se suspende o termina. 4. PLAN DE IMPLEMENTACIÓN OEA 33

34 4. PLAN DE IMPLEMENTACIÓN OEA 4. PLAN DE IMPLEMENTACIÓN OEA 34

35 GRACIAS 35

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