(Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 13 de Febrero de 2009).
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- Claudia Figueroa Velázquez
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1 BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA RENOVACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AL EFECTO DE HACER FRENTE A LAS NECESIDADES TEMPORALES, ESPORÁDICAS O URGENTES DE OPERARIO DE SERVICIOS OPERATIVOS, CON DESTINO INICIAL AL SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE BASURAS DEL AYUNTAMIENTO DE LANGREO, Y EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA 335/2008 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº.5 DE OVIEDO. (Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 13 de Febrero de 2009). PRIMERA.- Objeto de la convocatoria. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en la renovación de la Bolsa de Trabajo de Operario de los Servicios Operativos y en la ejecución de la Sentencia Judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Oviedo, que concede el derecho a Dª. Amor Jesús Taberna Prieto de participar en la anterior convocatoria de esta misma Bolsa de Trabajo, los aspirantes serán destinados inicialmente al Servicio de Limpieza y Recogida de Basuras, al efecto de hacer frente a las necesidades temporales de personal de dicha categoría que puedan surgir, por ausencias, bajas, necesidades urgentes, etc., en cualquiera de las áreas de actividad del Ayuntamiento de Langreo. La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino, en función del carácter de las tareas a realizar o régimen jurídico aplicable al empleado sustituido. 2.-Preferencia en el destino del personal de las Bolsas de Trabajo anteriores: El personal que ha superado el proceso selectivo de la Bolsa de Trabajo constituida mediante convocatoria ordinaria de la OPE del año 2003 del Ayuntamiento de Langreo, Anexo VII, y la convocatoria específica de Bolsa de Trabajo de personal de la misma categoría aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 27 de diciembre de 2007, y, que, además, ha venido realizado habitualmente las tareas de Operario de los Servicios Operativos del Ayuntamiento de Langreo hasta la fecha, al igual que la aspirante de la anterior Bolsa de Trabajo Dª. Amor Jesús Taberna Prieto, que en virtud de sentencia judicial si se presenta y supera las pruebas de la convocatoria, tendrá derecho preferente, en función de la antigüedad en el desempeño de las tareas, tanto para atender las nuevas necesidades que se presenten, con respecto a los aspirantes de la presente convocatoria. Cuando finalice el procedimiento de la convocatoria ordinaria correspondiente a la OPE del Ayuntamiento de Langreo del año 2008, quedarán sin efecto todas las bolsas de trabajo anteriormente citadas siendo los nuevos aspirantes aprobados que formen parte de la misma, los que, por orden de puntuación, dotarán las plazas vacantes y nuevas necesidades de personal que se presenten a partir de su constitución. 3.-Funciones a realizar por el Operario de los Servicios Operativos. Las correspondientes a los puestos de trabajo a los que pueda ser destinado -1-
2 conforme a lo establecido en el Catálogo de Puestos de Trabajo y el correspondiente Manual de Funciones de los Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Langreo. 4.-Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de Operario de los Servicios Operativos, siempre que se encuentre en condiciones de realizarlas. La adscripción se realizará por Resolución de la Alcaldía indicando el motivo de la misma y se notificará al interesado y representantes sindicales. El rechazo de cualquier oferta para ser destinado temporalmente supondrá que el aspirante responsable será pospuesto al final de la lista de la Bolsa de Trabajo. Si el aspirante está en situación de incapacidad temporal será informado de la posibilidad de ser adscrito temporalmente a la realización de éstas tareas, debiendo presentar inexcusablemente el alta médica para poder ser destinado. 5.- Retribución Salarial.- El aspirante adscrito temporalmente a la realización de las tareas de Operario de los Servicios Operativos, percibirá las retribuciones básicas propias del grupo E y las complementarias correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado durante el tiempo que dure la adscripción provisional. 5.-Regulación y vigencia de la Bolsa de Empleo.- Se mantendrá en vigor la presente Bolsa de Trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente, aplicando SEGUNDA.-Sistema de selección, Grupo y Fase de Selección: 1.- SISTEMA DE SELECCION: Oposición Libre. 2.- TITULACION EXIGIDA: Certificado de Escolaridad o equivalente. 3.- SUBGRUPO DE CLASIFICACIÓN: Conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 7/2007, Agrupaciones Profesionales. 4.- FASE DE OPOSICION Y PROGRAMA: 4.1. Fase de Oposición: Constará de tres Ejercicios de carácter eliminatorio. Primer Ejercicio: Consistirá en una escritura al dictado de un texto que seleccionará el Tribunal, así como la realización de operaciones aritméticas de las cuatro reglas fundamentales con números enteros y decimales, que fije el Tribunal, inmediatamente antes de su comienzo. Este ejercicio será calificado como "apto" para los aspirantes que lo superen Segundo Ejercicio: Consistirá en responder por escrito a las -2-
3 preguntas o cuestiones que señale el Tribunal, correspondientes a los temas de las dos partes del programa anejo en un tiempo máximo de una hora. Tercer Ejercicio: Consistirá en realizar pruebas prácticas sobre los diversos trabajos de operario que se desarrollan en los servicios municipales, que determinará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, siendo eliminatorias cada una de las partes de que conste el ejercicio. Dado el objetivo de formar una bolsa de trabajo con un número de aspirantes adecuado para atender las necesidades de personal de la categoría existentes, se faculta expresamente al Tribunal Seleccionador para establecer los criterios de puntuación de las distintas pruebas selectivas, así como el nivel de puntuación media que deben obtener los aspirantes para superar cada una de las pruebas selectivas, teniendo en cuenta, tanto el número de aspirantes presentados como el nivel medio de los ejercicios. El Tribunal Seleccionador, si lo estima necesario, también podrá proponer para que puedan formar parte de la bolsa de trabajo aquellos aspirantes que sin superar todas las pruebas selectivas hayan acreditado, el nivel de conocimimientos suficiente para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo, al efecto anterior se realizará una segunda lista en la que aparecerán los aspirantes según el siguiente criterio de puntuación, se sumará la puntuación media otorgada por el Tribunal en la segunda y tercera pruebas selectivas dividida por dos Programa: Se divide en dos partes: Parte Primera TEMA 1.- El Municipio. Los Órganos de Gobierno Municipales. El Alcalde, el Pleno, la Comisión de Gobierno, Organización y funciones. TEMA 2.- Las Comisiones Informativas. Los Concejales. Delegados del Alcalde. TEMA 3.- El personal laboral al servicio de la Administración Pública. Derechos y deberes. Régimen disciplinario, faltas y sanciones y procedimiento sancionador del personal al servicio del Ayuntamiento de Langreo. Parte segunda TEMA 4.- Limpieza Pública: Distintos tipos de trabajo a realizar por un Operario del Servicio de Limpieza. Barrido: métodos. Limpieza de sumideros. Riego manual y mecánico: ventajas e inconvenientes. TEMA 5.- La recogida de basuras: métodos más adecuados. Derechos y obligaciones del usuario. Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Recogida de Basuras. TEMA 6.- Conocimientos básicos sobre: Céspedes; Preparación del terreno y mantenimiento de céspedes. -3-
4 TEMA 7.- Conocimientos básicos sobre: Poda de árboles; Herramientas; Trasplante de plantas y árboles; tratamiento de heridas y medios necesarios. TEMA 8.- Amasado de morteros y hormigones. TEMA 9.-La carga y descarga y almacenamiento de los materiales utilizados en los Servicios Operativos. TEMA 10.- Conocimientos básicos sobre: El aglomerado y rebacheo. TEMA 11.- Conocimientos básicos sobre: Redes de suministro de agua y sistemas de riego y distintos tipos de tubería a utilizar. TEMA 12.- Útiles y herramientas utilizadas en los distintos servicios operativos, nomenclatura y forma adecuada de uso. TEMA 13.- Conocimientos básico sobre: Mantenimiento de máquinas y herramientas utilizadas en trabajos a realizar por un Operario de Servicios Operativos y forma adecuada de uso. TEMA 14.- Seguridad y salud en el trabajo, con especial referencia a los trabajos realizados en zonas de tránsito rodado y libre acceso de la población. Trabajos en altura, zanjas, pozos y lugares confinados, precauciones mínimas a tener en cuenta. TERCERA.- Requisitos e Instancias. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ilmo. Ayuntamiento de Langreo y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, conforme a modelo normalizado que se establece en el Anexo I de las presentes Bases, en el plazo de 10 días hábiles a contar de la publicación de dos anuncios en extracto en los dos diarios regionales de mayor tirada, página institucional del Ayuntamiento en Internet: ó y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Los aspirantes deberán hacer constar necesariamente en la instancia que reúnen todos los requisitos que se indican a continuación, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: a).- Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 17/1993 y RD.800/1.995, que la desarrolla. b).- Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de 65 años. c).- Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar o equivalente. d).- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, salvo prescripción de las sanciones correspondientes. e).-no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la -4-
5 correspondiente función. f).- No hallarse incurso en causa de incapacidad conforme a la legislación vigente. CUARTA.-Composición del Tribunal Seleccionador 1. De conformidad con lo establecido en el 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, el tribunal calificador de las pruebas selectivas será nombrado por Resolución de la Alcaldía, velando en su composición por el cumplimiento de los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiendo asimismo en su composición a la paridad entre mujer y hombre, y sin que puedan formar parte de los mismos, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, ni el personal laboral temporal o eventual, además la pertenencia debe ser a título individual y personal, sin que lo puedan hacerlo por cuenta o representación de nadie. 2. Conforme determina el RD. 68/1.989, de 4 de mayo publicado en BOPA de fecha 13 de junio de 1989, que aprueba el "Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias", y teniendo en cuenta los criterios legales básicos indicados anteriormente, la composición y miembros del Tribunal Seleccionador, se realizará acorde a los siguientes criterios: Presidente: El funcionario de carrera o empleado fijo de la plantilla de mayor rango y cualificación dentro de la especialidad. Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, salvo que le corresponda ser vocal, en cuyo caso se designará secretario a otro funcionario de la Entidad Local. Vocales: a) El/la directora/a o Jefe/a del respectivo Servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico experto designado por la Alcaldía. b) Un técnico experto designado por la Alcaldía. c) Un/a empleado/a fijo/a de plantilla con la misma o superior cualificación que la de la plaza a dotar elegido con criterios de idoneidad técnica, imparcialidad y profesionalidad, y, a cuyo efecto, serán consultados los representantes legales de los empleados/as. En la designación de los miembros del tribunal se incluirá la de los respectivos suplentes. 3. Para la constitución y actuación del Tribunal se requerirá siempre la presencia del/la Presidente/a y Secretario/a y la de la mitad al menos de los restantes miembros, titulares o suplentes. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y -5-
6 tomar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas bases, asimismo, adoptará las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y buena marcha del proceso selectivo, incluida la automática descalificación de aquellos aspirantes que vulneren las leyes, las bases de la convocatoria o se conduzcan de modo que incurran en abuso o fraude. El Tribunal queda facultado para resolver cualquier incidencia o reclamación que no tenga carácter de recurso, siempre que se formule ante el/la Secretario/a del mismo, antes de la calificación de la prueba correspondiente, inmediatamente antes de la realización de la siguiente o antes de su disolución con firma del acta final. QUINTA.- Lista de Admitidos y Excluidos: La lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en los tres días hábiles siguientes, a la terminación del plazo de presentación de instancias, con dos días hábiles para presentar alegaciones a la misma, publicándose en el citado tablón de anuncios del Ayuntamiento, acto seguido, la lista definitiva. SEXTA.- Presentación de la Documentación: Los aspirantes que pasen a formar parte de la Bolsa una vez sean llamados para realizar la contratación temporal o nombramiento interino, por orden de puntuación, deberán presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base quinta, con la mayor brevedad en las dependencias de personal del Ayuntamiento de Langreo, en todo caso, en un plazo no superior a dos días; no obstante lo anterior, podrán optar por aportar la documentación indicada con anterioridad al llamamiento al efecto de tener acreditados todos los requisitos exigidos en la fecha de contratación. SÉPTIMA.-Derecho Supletorio: 12.- Derecho Supletorio y Clasificación del Tribunal: En lo no determinado en las presentes bases selectivas específicas, se aplicarán las Bases Generales de Selección aprobadas por el Pleno de éste Ayuntamiento y publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) de fecha 22 de Diciembre de 2008, y, en la normativa reguladora para la selección del personal no permanente establecida por la Administración del Principado de Asturias. El Tribunal Seleccionadora efectos de abono de las correspondientes asistencias se clasifica de tercera categoría. Langreo, a 23 de enero de
7 ANEXO I SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN LA CONVOCATORIA LIBRE AL EFECTO DE DOTAR BOLSA DE TRABAJO DEL PUESTO DE OPERARIO DE SERVICIOS OPERATIVOS, DESTINO INICIAL SERVICIO DE LIMPIEZA D D.N.I. y domicilio en C.P localidad Tfno. EXPONE Que teniendo conocimiento de la Convocatoria Libre para la dotación de Bolsa de Trabajo al efecto de desempeñar temporal y esporádicamente el puesto de trabajo de Operario de Servicios Operativos, cuyas bases han sido aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 13 de FEBRERO de 2009, por la presente declara que, cumple todos y cada uno de los requisitos establecidos en las citadas bases, y asume la obligación de firmar toda la documentación establecida para su contratación temporal. Que con la presente solicitud aporta la siguiente documentación: Copia del D.N.I. Titulación académica Certificado de minusvalía, en su caso, y petición de adaptación del puesto de trabajo o prueba selectiva a realizar, en los siguientes puntos: Que en virtud de lo anterior, SOLICITA Tenga por presentada la presente solicitud y sea admitida para tomar parte en las pruebas de selección para la dotación de la Bolsa de Trabajo citada. En Langreo, a de 2009 (firma) SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE LANGREO -7-
(Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha de Mayo de 2006)
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