Estudio Regional INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN SOCIAL EN AMÉRICA LATINA

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1 GLOBAL NETWORK LATINOAMERICA Estudio Regional INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN SOCIAL EN AMÉRICA LATINA Equipo Responsable: Jaime Sánchez Arteaga Consultor Rocío Campana - PLADES /Perú Juan Carlos Vargas Coordinador Regional GN Documento elaborado en el marco del Proyecto Globalizando el Trabajo Decente con el apoyo de Diciembre, 2010

2 INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN SOCIAL EN AMÉRICA LATINA URUGUAY- BOLIVIA- ECUADOR- PERÚ Introducción América Latina no es ajena a la dinámica globalizada de la economía, no es casual la suscripción de sucesivos acuerdos comerciales que establecen las reglas de juego del comercio internacional. Ante este panorama los sectores laborales y la sociedad civil han propuesto la incorporación de cláusulas laborales con el interés de salvaguardar el ejercicio y respeto por los derechos fundamentales laborales y promover el trabajo digno. Global Network América Latina asume que el concepto de protección social incluye a la seguridad social, pero es mas amplio porque implica el acceso a la educación, a la vivienda, al trabajo digno y a las condiciones necesarias para la realización plena del ser humano que le permita una vida en equidad e igualdad de oportunidades. Desde este enfoque pretende aportar con este documento para la conocer la realidad de la protección social en Bolivia, Ecuador, Perú y Uruguay; incluyendo testimonios de los/as afectados/as directos - trabajadores/as de la economía informal, mujeres trabajadoras, personas con VIH Sida - que conforman los grupos mas vulnerables de este región del mundo. El presente Informe Regional pretende contribuir a comprender que la protección social es el resultado de políticas sociales en cada país y que el dialogo social es un mecanismo importante para su adopción. Por eso también se presentan experiencias exitosas que apuestan a promover mecanismos para garantizar el acceso de las mayorías a la protección social. CENAC de Bolivia, SERPAJ de Ecuador, INSTITUTO CUESTA DUARTE de Uruguay y PLADES de Perú - miembros de Global Network América Latina han participado con mucho entusiasmo y compromiso elaborando los Estudios de Caso de Protección Social en sus respectivos países, aportando de esta manera al Informe Regional sobre Protección Social en América Latina.

3 Resumen Ejecutivo En la medida en que el concepto de protección social comprende a la seguridad social, y ésta es de uso común en Latinoamérica, en el presente documento cuando nos referimos a la seguridad social la entendemos como parte de la protección social. Presentamos una breve síntesis de los problemas comunes de la protección social en América Latina, caracterizado por los bajos niveles de cobertura de la protección social, la insuficiencia y la baja calidad de las prestaciones, la falta de solidaridad social y de sostenibilidad financiera, de inequidad de género y de la debilidad de la institucionalidad en materia de protección social. Se presenta también a grandes rasgos los posibles impactos de la crisis económica y financiera mundial en los sistemas de protección social latinoamericano concluyendo que si ya antes de la crisis la mayoría de los mecanismos de protección social en la región tenían problemas de desequilibrio financiero que requerían importantes recursos fiscales, la crisis puede agravar esta situación en la medida en que el ingreso se contraiga como consecuencia de la pérdida de puestos de trabajo, la caída de los salarios y de las contribuciones al sistema. También afectará a los sistemas de protección social el que se incremente la evasión contributiva por parte de los empleadores y que el Estado reduzca sus aportes a programas contributivos y no contributivos. Tienen también un lugar algunas experiencias importantes de la sociedad civil en la incidencia para la defensa y la promoción de la protección social y los casos de políticas nacionales como las de Uruguay, Bolivia, Ecuador y Perú. Destaca en esta parte la experiencia exitosa del caso uruguayo en el que la política social no sólo que no es subsidiaria de la política económica sino que ésta pensada en función de la política social. Ha sido fundamental la aplicación del Plan de Equidad, mediante el cual el gobierno uruguayo incorporó a la idea de protección social', las políticas de salud, previsión social y asistencia social, así como las de trabajo, vivienda y educación. Es decir, en una concepción moderna e integral. La reforma de los alcances de la protección social también comprendió una reforma tributaria bajo el principio de capacidad contributiva de las personas, aporta más quien más ingresos tiene. Pero además, en la experiencia Uruguaya cabe destacar la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos como los Pactos y Convenciones de Naciones Unidas así como los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT. La experiencia de diálogo tripartito llevado adelante en Uruguay en materia de seguridad social muestra que el involucramiento de los distintos actores sociales organizados es un requisito fundamental para que los avances se produzcan. I.-Protección social y seguridad social La protección social comprende el conjunto de políticas y programas públicos y privados con los que las sociedades dan respuesta a diversas necesidades a fin de compensar la falta o reducción sustancial de ingresos provenientes del trabajo, brindar asistencia a las familias con hijos, ofrecer atención médica, vivienda y educación a la población 1. Desde esta perspectiva, la protección social comprende una variedad de intervenciones y políticas dirigidas a asegurar un nivel de vida razonable para las personas. Ello supone medidas públicas, como ayuda para el consumo de combustible, acceso a la vivienda, servicios de bienestar social, asegurar ingresos mínimos, además de las prestaciones de la seguridad social. Para estos fines se recurre a diversas fuentes de financiamiento que van desde el aporte de los ciudadanos y trabajadores hasta las contribuciones del empleador y del Estado. 1 Secretaría General de la ONU, citado por Murro, Ernesto en El dilema de la Seguridad social en el Cono Sur p.16, Lima OIT,2004

4 Para la OIT protección social comprendería no solo los regímenes de seguridad social sino también los planes privados o no obligatorios que persiguen un objetivo similar, tales como las mutuas y los planes profesionales de pensiones. Se entiende también todo tipo de planes no obligatorios, estructurados o no, a condición de que las cotizaciones a los mismos no estén determinadas exclusivamente por las fuerzas del mercado. Puede tratarse de un mecanismo de solidaridad colectiva o de un subsidio del patrón, o quizá del Estado 2 El concepto de protección social si bien es un concepto especialmente usado en los países desarrollados 3, recientemente su uso se está extendiendo en América Latina principalmente en los medios académicos, pero sin que aún tenga repercusión suficiente en la normativa constitucional y legislativa ni en las políticas sociales. En cambio, el concepto de seguridad social, entendido como La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de otra manera derivarán de la desaparición o de una fuerte reducción de sus ingresos como consecuencia de enfermedad, maternidad, accidente del trabajo o enfermedad profesional, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a la familia con hijos 4, es históricamente de uso común en Latinoamérica, y es también de mayor repercusión en la normativa constitucional y legislativa. Las contingencias reconocidas actualmente como riesgos sociales por la doctrina, las legislaciones nacionales y las normas internacionales son: Enfermedad, invalidez Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales Maternidad Desempleo Cargas familiares Vejez y muerte Son también las que dieron origen a las prestaciones mínimas contenidas en el Convenio Nº 102 de la OIT (1952). En la medida en que el concepto de protección social comprende a la seguridad social, y ésta es de uso común en Latinoamérica, en el presente documento cuando nos referimos a la seguridad social la entendemos como parte de la protección social. II.-Tendencias regionales en protección social 1. Problemas comunes a confrontar 5 Segmentación 2 Morales Ramírez, Protección social Concepto dinámico? Revista Latinoamericana de Derecho Social, Murro, Ernesto en El dilema de la Seguridad social en el Cono Sur p.16, Lima OIT, OIT: Seguridad Social: Guía de Educación Obrera, Ginebra, Para la elaboración de la parte II se ha tomado como referencia los artículos Una visión de la Seguridad Social en América Latina de Ernesto Murro publicado en La protección social en América Latina y Europa, Madrid, 2002, y La crisis económica mundial y su impacto en la seguridad social latinoamericana de Carmelo Mesa-Lago publicado en Trabajo y Seguridad Social en América Latina, Madrid, 2009.

5 La unidad e integración no es precisamente una característica de la seguridad social en el América Latina; por el contrario, la segmentación es uno sus más serios problemas. Es la causa de desigualdades e iniquidades en el acceso a los servicios que ella provee. El sistema de seguridad social es muy disperso, tanto en el plano operativo como en las funciones de rectoría, regulación y supervisión. El algunos de estos países, no existe en el sistema una instancia con poder de decisión y capacidad institucional para lograr una gestión de políticas públicas de seguridad social armónica, articulada y coherente. Un sistema de seguridad social integrado ofrece la posibilidad de ampliar la cobertura, otorgar prestaciones de igual calidad a personas de distintos ingresos, género, etnia y ubicación geográfica. La integración abarata los costos y ayuda a desarrollar una política integral. Bajos niveles de cobertura La cobertura es otro de los indicadores, quizá el más importante, a tener en cuenta cuando se trata de evaluar la situación y las políticas de protección social y de seguridad social. La cobertura nos revela el número de personas alcanzadas por la protección y la calidad de las prestaciones. En los mercados de trabajo Latinoamericanos se puede apreciar como una característica dominante que de la totalidad de la población ocupada, la mayoría la conforman trabajadores independientes no profesionales y Trabajadores Familiares no Remunerados; sin embargo, este sector mayoritario presenta los más bajos niveles de cobertura de la seguridad social. Esto no impide que se pueda constatar también los bajos niveles de cobertura de la población asalariada, lo que evidencia un alto nivel de evasión contributiva y escasos niveles de control estatal. Las recientes políticas aplicadas en los diferentes países latinoamericanos, si bien están dirigidas a enfrentar los bajos niveles de cobertura no han sido aún suficientes para mejorar la situación actual de la cobertura de la seguridad social. Insuficiencia y problemas de calidad en las prestaciones Otro de los problemas que aquejan a los servicios de la seguridad social es la insuficiencia y la calidad de las prestaciones que ella ofrece. Los pobres usan menos recursos públicos que los sectores de ingresos medianos y altos; los sectores socioeconómicos de menores ingresos son los más expuestos a enfermedades, y la disparidad en el impacto de estos aspectos sobre la salud y el bienestar son crecientes. La seguridad social no llega a los más pobres, ni a los de mayor edad; no llega a los trabajadores autónomos o por cuenta propia y a los trabajadores de la llamada economía informal. A todo ello se suma, los problemas en el acceso oportuno y eficiente a los servicios para los asegurados. Persisten la prolongada espera de los asegurados para la atención de la consulta externa y otros exámenes y procedimientos; la demora en la programación de las intervenciones quirúrgicas y escasez de material médico; deficiencias en el abastecimiento oportuno de medicamentos y material médico así como al acceso oportuno a los subsidios por enfermedad, lactancia y sepelio. Debilitamiento de los mecanismos de solidaridad La introducción del sistema de gestión privada en varios de los países latinoamericanos, no solo ha debilitado al Sistema de gestión pública sino que además ha significado la ruptura del principio de solidaridad, base de toda política de protección y de la seguridad social. El sistema de gestión privada, basado en la capitalización individual, carece de solidaridad por cuanto en él no existe redistribución entre los afiliados de mayores ingresos hacia los más pobres y tampoco contribuyen para garantizarla para las próximas generaciones. No obstante el alto costo fiscal que ha significado el sistema, a pesar que el impacto de la crisis económica mundial ha significado la pérdida de la rentabilidad generada por los fondos de

6 pensiones de los afiliados debido a la concentración de sus inversiones en instrumentos de alta volatilidad (acciones) y la persistencia del alto costo de las comisiones que cobran, se ha hecho muy poco para adoptar medidas que reviertan esta situación. Inequidad de género En el contexto latinoamericano, la introducción del sistema privado de pensiones y de los planes de salud privados no ha significado cambios en las inequidades, particularmente en la de género. La mayoría de las mujeres se encuentran en desventaja laboral debido a su ocupación en el trabajo reproductivo, a las mayores tasas de desempleo que las afectan, a que perciben menores salarios respecto a los varones y que su trayectoria laboral es mas discontinua. Todo ello limita el acceso de las mujeres a los mecanismos de protección social y a la seguridad social. Insuficiencia de recursos financieros Un serio problema de la seguridad social en los países latinoamericanos es la insuficiencia de recursos financieros debido principalmente a la ausencia de una política estatal promotora de la seguridad social y a la aplicación de medidas que no hacen sino agravar los problemas financieros en el sistema. Son diversas las causas que han ocasionado esta situación, una de ellas tienen que ver con altos grados de informalidad en la economía que facilita el incumplimiento de las normas laborales y de seguridad social por parte de los empleadores impidiendo que muchos trabajadores tengan cobertura. Sin embargo, esta situación no solo se presenta en la economía informal sino que, a vista y paciencia del Estado, también se presenta en la economía formal con altos niveles de evasión contributiva. 2. Impacto de la crisis económica mundial en la protección social Latinoamericana 6 Para pasar revista a la magnitud del impacto de la crisis económica en los sistemas de protección social latinoamericano y las medias a adoptar 7, se puede partir de la situación de los principios de la seguridad social. Unidad e integración de los sistemas de protección social Como se ha indicado, la segmentación de la protección social es uno de los serios problemas en la región y causa de desigualdades. Por el contrario, los sistemas integrados tienen la capacidad de ofrecer prestaciones de igual calidad a personas de distinto niveles de ingreso, género, etnia y ubicación geográfica, y, además abarata los costos de los servicios. Los países con sistemas de protección social segmentados y que cubren a grupos reducidos de ingresos medios enfrentarán desequilibrios financieros debido a la reducción de las transferencias fiscales. El problema es aún más grave si se tiene en cuenta que ya enfrentaban problemas antes de la crisis. La crisis debería hacer entender la necesidad de crear sistemas integrados de protección social. Universalidad de la cobertura La cobertura de la protección social, que ya antes de la crisis era muy baja, disminuirá aun mas debido al incremento del desempleo declarado, la mayor expansión del sector informal (excluidos por lo general de los sistemas de protección social), incluyendo cuenta propia, el aumento de la evasión y la morosidad de los empleadores, y el repunte de la pobreza. Los Estados deberían mantener y si es posible extender las transferencias fiscales asignadas a las prestaciones para aliviar la pobreza. 6 Carmelo Mesa Lago. Op. Cit 7 Informe del Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios de la OIT: Aplicación de las normas de seguridad social de la OIT en el contexto de la crisis financiera global, 2010.

7 Suficiencia y calidad de las prestaciones El impacto de la crisis de alguna manera afecta la capacidad de los sistemas de protección social para seguir ofreciendo los mismos niveles de suficiencia y calidad de las prestaciones, por lo que ocurriría un deterioro de los servicios. Solidaridad social Los países de América Latina con un sistema de seguridad social público, son solidarios porque otorgan los servicios tanto a asegurados contributivos como no contributivos, pero existe una segmentación importante que causa desniveles en cuanto al acceso y calidad de atención. Es importante que el Estado realice un gran esfuerzo para mantener un balance entre su función solidaria, aportando lo necesario para los programas enfocados en los grupos vulnerables de la población, y mantener el nivel de prestaciones contributivas para no incentivar a la desafiliación. Equidad de género Los sistemas de capitalización individual acentúan las inequidades de género. El aumento de los años de contribución para la pensión mínima y la densidad de esta contribución, no satisfacen de igual manera a ambos géneros, pues son inaccesibles o perjudiciales para las mujeres. Por otro lado los sistemas públicos atenúan esas inequidades de género. No se han aumentado los años de contribución mínima, existen transferencias de hombres a mujeres y utilizan tablas unisexo para calcular las pensiones. Eficiencia administrativa Los sistemas públicos, unificados y con alta cobertura tienen costos administrativos más bajos que los sistemas privados y los sistemas públicos fragmentados. Sin embargo, es indispensable implementar políticas para aumentar la competencia, evitando así la concentración de la demanda en dos o tres administradoras y en consecuencia reducir los costos administrativos como lo han hecho Chile y México. Durante una crisis, se necesita incrementar la eficiencia y racionalizar los gastos máximos en el uso de los recursos físicos y humanos disponibles. De este modo, la reducción de personal para equilibrar las finanzas, o el aumento de salarios solo para el personal de seguridad social en una inflación, no afectará la estabilidad del sistema de seguridad social. Sostenibilidad financiera Ya antes de la crisis la mayoría de los mecanismos de protección social en la región tenían problemas de desequilibrio financiero que requerían importantes recursos fiscales. Los sistemas de capitalización han enfrentado la perdida de los fondos y de la rentabilidad. La crisis puede agravar esta situación en la medida en que el ingreso se contraiga como consecuencia de la pérdida de puestos de trabajo, la caída de los salarios y de las contribuciones al sistema. También afectará a los sistemas de protección social el que se incremente la evasión contributiva por parte de los empleadores y que el Estado reduzca sus aportes a programas contributivos y no contributivos. 3. Políticas recientes de protección social implementadas en América Latina El modelo de protección social dominante en América Latina ha sido y sigue siendo aquel con base en la existencia de un empleo formal, es decir, asalariado y que se financia con aportes

8 contributivos. Por lo general, las prestaciones básicas garantizadas son las de salud, pensiones y riesgos del trabajo. La crisis económica de los 90 contribuyó a debilitar los sistemas de seguridad social afectando seriamente la cobertura, la prestación de los servicios y las fuentes de financiamiento. Se producen pérdidas de empleos, mas trabajadores se acogen a la jubilación, se crean menos puestos de trabajo y el Estado se retrae. La crisis económica y los programas de ajuste extendieron los niveles de la pobreza en la región. En este contexto surgen y se implementan políticas de protección social que se focalizan en los grupos pobres y en extrema pobreza. Entre estas políticas destacan los programas de transferencias condicionadas de ingreso que se aplican hoy en varios países de la región. Los programas de transferencia condicionada de ingresos, han sido considerados innovadores por establecer corresponsabilidades con el objetivo de mejorar los niveles educativos, de nutrición y el cuidado de la salud. Si bien se han ejecutada una diversidad de estos programas en la región, todos ellos tienen en común algunos elementos tales como la focalización en familias pobres o extremadamente pobres, la condicionalidad o corresponsabilidad establecidas y la titularidad de las mujeres. Si bien estos programas han demostrado ciertos resultados positivos no dejan de evidenciar algunas limitaciones desde el punto de vista de la protección social. Algunas de de estas limitaciones tiene que ver con la transitoriedad de la titularidad de los derechos. Por lo general, en materia de salud se limita a una atención básica materno infantil (vacunas, peso y talla). Peor aún, el acceso a estos paquetes de atención básica no opera como un mecanismo de acceso a niveles más complejos de atención. Otra limitación es la focalización y selectividad, de tal manera que los pobres que residen en localidades en las que no llegan los servicios públicos no pueden acceder a los programas. Si bien la focalización en muchos casos es inevitable debido a los recursos escasos, genera el problema de la exclusión de otros grupos vulnerables con iguales y similares necesidades. Estos programas no han sido diseñados de tal manera que se constituyan en una vía de acceso a una red más amplia e integral de protección social. 4. Razones de los bajos resultados Son diversas las razones que pueden explicar los bajos resultados en materia de protección social en América Latina, pero se pueden destacar el predominio en las últimas décadas de políticas económicas que privilegiando las medidas económicas y financieras orientadas a la estabilización, subordinaron a ellas y a la lógica del mercado las políticas sociales, liberando al Estado se su responsabilidad en materia de política social. Contribuye a ello también la ausencia histórica en la mayoría de los países latinoamericanos, de políticas de Estado promotoras de la protección social; la existencia en la mayoría de los países de un mercado laboral cuya estructura se caracteriza por la presencia mayoritaria de trabajadores no asalariados excluidos de los mecanismos tradicionales de protección social y la brechas existentes en el desempleo y sub empleo. Las políticas de protección social que se focalizan en los grupos pobres y en extrema pobreza, no han sido suficiente para enfrentar el déficit de cobertura en materia de protección social y garantizar el acceso progresivo de estos sectores a una red más amplia e integral de protección social. Finalmente, abona negativamente en los resultados el incumplimiento por parte de los empleadores y del propio Estado de las leyes y convenios internacionales que reconocen el derecho a la protección social de los trabajadores y de todas las personas.

9 5. Las instituciones regionales y la protección social La protección social y la seguridad social han sido preocupación de los acuerdos de integración regional vigentes en América del Sur, particularmente de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y del MERCOSUR. Si bien desde sus inicios, algunos de estos acuerdos vivieron un período de estancamiento, en los 90 fueron tomando un mayor protagonismo. La Comunidad Andina de Naciones (CAN) declara como su propósito el desarrollo de la región a través de la integración a nivel político, económico y social con el objeto de mejorar la Calidad de vida de la población de los países miembros. La dimensión social de la integración está referida a los aspectos sociales que atañen a la implementación de mercado común, a las tareas para afrontar los altos índices de pobreza y de desigualdad social muy difundida en la región. La comunidad ha considerado como un eje fundamental la integración socio laboral en diversos aspectos tales como fomento del empleo y la seguridad social. Los países que integran la región andina cuenta con diversos instrumentos y acuerdos a nivel internacional que reconocen la Seguridad Social como un derecho fundamental. Uno de estos instrumentos es la Declaración Universal de los Derechos Humanos que consigna en su artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. También han suscripto la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, han ratificado el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Protocolo San Salvador. Además, han ratificado el Convenio N 102 Norma Mínima en Seguridad Social de la OIT, el cual establece el concepto de Seguridad Social y sus objetivos reconociendo como sus principios básicos la solidaridad, universalidad, integralidad, subsidiariedad y participación de los asegurados. La Comunidad Andina de Naciones (CAN) ha dotado un instrumento específico que es el instrumento andino de Seguridad Social o Decisión N 583 que entre sus considerandos expone la necesidad de garantizar la adecuada protección de los migrantes laborales y sus beneficiarios para que como consecuencia de la migración no vean afectados sus derechos sociales. Es pertinente también señalar la Carta Andina para la promoción y protección de los derechos humanos que en su Art. 51 señala que se prestará atención a la prevención y eliminación de la discriminación a los migrantes andinos y sus familias en el acceso a los servicios públicos de educación y salud, vivienda y alojamiento, seguridad social y a fuentes de trabajo, así como la creación de centros de información y atención a los migrantes. Pueden indicarse como casos de buenas prácticas hacia el trabajador migrante en el ámbito de la subregión: - El Convenio de Seguridad Social entre la República de Perú y la República de Chile y Acuerdo Administrativo de Seguridad Social con Chile en el que se otorga el beneficio de la acumulación de periodos de seguro cumplidos. - El acuerdo entre la República del Perú y el Reino de España para la Cooperación en Materia de Inmigración, y Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y el Reino de España.

10 - El Acuerdo de Colombia Relativo a la Regulación y Ordenación de los Flujos Migratorios Laborales y el Acuerdo de Seguridad Social, ambos con España. - Al igual que los otros países de la CAN, Bolivia tiene un acuerdo de Seguridad Social con España. Deben destacarse también como ejemplos de buenas prácticas los principales acuerdos a los que llegaron los miembros de la CAN en lo que respecta a la seguridad social de los migrantes laborales, adoptándose la decisión 583, cuyo fin es garantizar su protección social y hacer que se respeten sus derechos. Como en el caso de la Comunidad Andina de Naciones, la seguridad social ha sido también una preocupación permanente en el proceso de integración regional que integran los países del MERCOSUR. Parten del criterio que la migración laboral genera una situación de inseguridad en los trabajadores desplazados respecto a la cual se debe adoptar la más adecuada protección. Esta inseguridad se agrava al no existir en todos los países las mismas políticas y las mismas soluciones en relación a los mecanismos de protección social, las cotizaciones y las prestaciones de la seguridad social. Esta difícil situación es necesario abordarla en el marco de la integración por dos razones: Por una razón de eficiencia debido a que la repetición de derechos significaría un derroche de los fondos de la seguridad social; y porque se estaría obstaculizando el libre desplazamiento de los trabajadores. Por ello, la seguridad social se concibe como un instrumento para enfrentar las consecuencias negativas que el proceso de integración puede originar y que contribuye a la distribución de la riqueza. En el ámbito del MERCOSUR existen una serie de herramientas de la integración en Seguridad social. Se recomienda la acción internacional para ampliar los acuerdos bilaterales o multilaterales y mejorar la coordinación de los diversos sistemas nacionales a fin de compatibilizarlos, ya sea armonizando las disposiciones nacionales con las internacionales sobre seguridad social o suscribiendo instrumentos regionales. Además de ello, la exigencia del cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados en cada uno de sus países. Una de estas herramientas son los convenios internacionales de la OIT. Resulta fundamental la ratificación de los convenios internacionales aprobados por la OIT entre las cuales indicamos el convenio 102 denominado norma mínima de Seguridad Social, el convenio 118 sobre Igualdad de Trato (Seguridad Social); el convenio 128 sobre Prestaciones de Invalidez vejez y sobrevivientes y el convenio 157 sobre conservación de derechos en materia de Seguridad Social. Tampoco hay que dejar de lado los convenios fundamentales de la OIT señalados en la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento. Los convenios señalados han sido ratificados en los cinco países del cono sur, principalmente los de seguridad social y los convenios fundamentales de la OIT; sin embargo el convenio 102, norma mínima de Seguridad social, no ha sido ratificado por ninguno de los países de la región. El convenio 128 ha sido ratificado solo por Uruguay. Además de los convenios de la OIT, existen otros instrumentos internacionales que reconocen a la seguridad social como un derecho fundamental. Tales son los casos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y del Pacto internacional de derechos Económicos, Sociales y Culturales. Todos estos pactos internacionales están ratificados por los cinco países del cono sur. También debemos referirnos al Acuerdo Multilateral de Seguridad Social ratificado por los gobiernos de Brasil, Uruguay y Argentina. En dicho acuerdo destacan como aspectos sustanciales las prestaciones de vejez y de salud, siempre que se trate de traslado temporal del trabajador al territorio de otro Estado y que la entidad gestora del Estado de origen autorice la prestación. Así mismo, recogiendo los principales principios en la materia se destaca que el elemento fundamental para el reconocimiento de los derechos de seguridad social a los

11 trabajadores es que presten o hayan prestado servicios en cualquiera de los estados firmantes, debiendo residir además en una de ellos. Otro instrumento que constituye un hito dentro de los convenios internacionales en la región es el convenio Iberoamericano de seguridad social. Contiene en lo fundamental similares principios y contenidos del acuerdo multilateral del cono sur ya referido. Este convenio ha sido ratificado por la casi totalidad de los países. Además de los convenios internacionales y multilaterales señalados también se suscriben convenios bilaterales en materia de seguridad social. En todos los casos los convenios bilaterales implican acumulación de años de servicios en ambos países, gestiones y solicitudes de jubilación y traslados temporales de trabajadores para ambos países firmantes. En el ámbito estrictamente subregional la seguridad social en el MERCOSUR estuvo incluida en el proyecto de carta social. Así como en el Proyecto o protocolo socio laboral. Finalmente la seguridad social figura en el artículo 19 de la declaración socio-laboral del Mercosur. III. Experiencias de las organizaciones de la sociedad civil En el contexto latinoamericano en general, y en los países a que se refiere el presente informe, las organizaciones de la sociedad civil han desplegado un conjunto de acciones para hacer frente al déficit de cobertura de protección social, defender el derecho humano a la seguridad social y la protección social e impulsar los cambios necesarios en los sistemas de protección social. Uruguay Equipo de representación de Trabajadores en el Banco de Previsión Social (ERT-BPS) La experiencia del sindicalismo uruguayo en relación a la protección social se ha centrado en el impulso a la reforma de la seguridad social y al desarrollo de propuestas para la incorporación de los trabajadores de la economía informal a los sistemas de protección social. En 1999, el VIII Congreso aprobó una propuesta alternativa de reforma de la seguridad social de los trabajadores. El sindicalismo uruguayo ha desarrollado una propuesta para la incorporación de los trabajadores de la economía informal a los sistemas de seguridad social. Respecto a los asalariados en situación de precariedad proponen la formalización de la microempresas a fin de amparar a los trabajadores en sus derechos a la seguridad social. También propone reducir la edad de jubilación y hacer efectiva la penalización de la retención de aportes a la seguridad social por parte de los empleadores. Se diferencia entre trabajadores independientes que son profesionales y directivos, ya que estos están cubiertos por la Caja de Jubilaciones Profesionales. Para el resto, a su vez, hay que distinguir entre los trabajadores por cuenta propia con y sin local. Propuestas: 1. Reconocer que son trabajadores y no empresas; 2.La responsabilidad contributiva deberá estar de acuerdo a los ingresos de estos trabajadores, y a su estructura familiar, pero en todos los casos existirá subvención estatal; 3. Exonerar del impuesto a las pequeñas empresas; 4. Teniendo en cuenta la variabilidad de sus ingresos mensuales, establecer un mínimo de cotizaciones anuales; 5. Incorporar prestaciones de actividad, en particular asignaciones familiares; 6. Asegurar la cobertura de salud; 7. Flexibilizar los años de cotización efectiva para los derechos jubilatorios, considerando el punto de partida individual de la incorporación al sistema y estableciendo un compromiso contributivo a partir de ella. Sobre esta base, el PITCNT ha influido fuertemente en las reformas ocurridas en Uruguay antes y, sobre todo, a partir del gobierno asumido en el En particular, ello se ha alcanzado mediante la aplicación del mono tributo, creándose normas especiales para trabajadores del campo y trabajadoras del hogar, garantizando el disfrute de los derechos del régimen de trabajo, incluyendo la negociación colectiva.

12 También se ha ayudado a definir situaciones particulares, como las trabajadoras sexuales; asimismo, se ha promovido la seguridad social entre los trabajadores ambulantes y semifijos autónomos, desestimando la utilización indebida del régimen de Empresas Unipersonales. El sindicalismo fue quien presentó el proyecto original de norma regulatoria de la subcontratación (en el 2000), finalmente aprobado en 2008, y ha ayudado a crear (también en el 2008) el régimen de asignaciones familiares que innova al ubicar este beneficio como un derecho del niño, derivando en que la madre sea la titular lo que es sí mismo implica apoyar situaciones laborales precarizadas e informales, al vincular el derecho a la vulnerabilidad socioeconómica. Un resultado general obtenido desde 2005 es la incorporación de cotizantes al sistema, lo que implica un aumento de 30% respecto del total ( ), cifra nunca alcanzada ( en el extremo anterior, en 1999). Bolivia Los sindicatos, alcanzaron un nivel elevado de organización luego de la revolución nacional con la creación de la Central Obrera Boliviana (17 de Abril de 1952) que aglutina en su seno al conjunto de la población trabajadora y a otros sectores (intelectuales, artista, estudiantes, etc.) sin discriminación alguna. Su vanguardia lo constituyen los mineros (FSTMB) que le dieron un programa (Programa de Pulacayo), experiencia y solidez dirigiendo y organizando la revolución de Producto de su influencia casi el total de la población se halla organizado en sindicatos. Las organizaciones sindicales, en su función reivindicativa, impusieron primero, en Huanuni, las 8 horas de trabajo (17 de Noviembre de 1919) y en 1826 en todo el Estado boliviano y luego, en base a los antecedentes del Código Buchs (1939), la aprobación de la Ley General Del Trabajo y el Código de Seguridad Social (1956) que estableció la protección estatal del trabajador y del goce de los beneficios sociales que conocemos. Respecto a su función social jugaron una función integradora y de unidad nacional. Función que se expresa en conquistas como: el voto universal, minas nacionalizadas, reforma agraria, milicias armadas, control obrero, fuero sindical, redistribución de tierras, educación universal y gratuita, autonomía y cogobierno universitario. La COB presentó en el 2008, el Proyecto de Ley General de Pensiones que contiene una serie de propuestas para que las pensiones lleguen a todos los bolivianos y bolivianas. La Federación Nacional de Trabajadoras Asalariadas del Hogar (FENATRAHOB), que aglutina a 15 sindicatos y 3 organizaciones en el ámbito nacional, está afiliada a la Central Obrera Boliviana (COB) y a la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadoras del Hogar (CONLACTRAHO) que también es una organización sin fines de lucro que agrupa a todas las organizaciones de América Latina y el Caribe para promover y defender los derechos de las trabajadoras del hogar. Se inicia como acción colectiva de Trabajadoras del Hogar en 1983 impulsado por Adelinda Díaz del Perú, Jenny Hurtado de Colombia y Aida Moreno de Chile se concreta como colectivo Latinoamericano y del Caribe en marzo de 1988 durante el primer Congreso Latinoamericano y del Caribe de Trabajadoras del Hogar en Bogotá Colombia con la participación de 11 países. Actualmente son países integrantes México, Guatemala, República Dominicana, Costa Rica, Colombia, Paraguay, Brasil, Argentina, Ecuador, Perú, Chile, Bolivia y Uruguay instancia internacional de la que FENATRAHOB es fundadora. En 1992 se presenta el primer Proyecto de Ley de la Trabajadora del Hogar, dando a conocer las demandas orientadas a eliminar las barreras raciales existentes en el trabajo del hogar y lograr el respeto de los principios de igualdad y no discriminación contemplados en la Constitución Política del Estado, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y otros instrumentos internacionales ratificados por Bolivia. El 9 de abril de 2003, las Trabajadoras Asalariadas del Hogar, conquistan la aprobación de la Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar (Ley Nº 2450). La Ley de 25 Artículos,

13 defiende los derechos y establece deberes, obligaciones y condiciones de trabajo, según principios de equidad, no discriminación, igualdad, respeto y justicia social. La promulgación de la Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar es la respuesta a más de una década de demandas laborales por parte de las trabajadoras del hogar en busca de un trato justo, igualitario y no discriminatorio, reivindicando los derechos humanos y laborales de más de trabajadoras asalariadas del hogar en Bolivia. Asimismo se ha decretado el 30 de Marzo como Día Nacional de la Trabajadora Asalariada del Hogar por Decreto Supremo Nº 28655, promulgado el 30 de Marzo del 2006 por el Presidente Evo Morales en presencia de la Ministra de Justicia Casimira Rodríguez Representante del Sector de las Trabajadores Asalariadas en el Hogar. La Ley protege la relación laboral de estas trabajadoras, aunque deja por fuera, considerándolo contrato civil, los trabajos realizados sin horario o de manera discontinua. Expresa la estrategia de laboralización de las trabajadoras del hogar que incluye, en el campo de la seguridad social, una reafirmación expresa de la cobertura de salud. En el 2008 el gobierno expidió el reglamento afiliando a las trabajadoras a la Caja Nacional de Salud. En lo que se refiere al Sector de Cuentapropistas los mismos no están aglutinados por una federación como tal. Están sindicalizados por mercados, zonas o por la actividad económica, es así que es muy difícil encontrar datos sobre los mismos. Perú En el Perú, las organizaciones de la sociedad civil han venido desarrollando acciones de incidencia ante el Estado a fin de promover políticas publicas orientadas a extender la cobertura de la seguridad social y la protección social, impulsar la reforma institucional y la participación de los actores sociales en la gestión y administración de la seguridad social, así como garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social y de los programas de protección social. Destacan, entre otras, las acciones impulsadas por el Foro Salud, las centrales sindicales y las iniciativas y estrategias de protección social de los vendedores de diarios y revistas y lustradores de calzado. Foro Salud y la iniciativa legislativa Ley de Universalización de la seguridad social y el Aseguramiento Universal en Salud El Foro de la Sociedad Civil en Salud, Foro Salud, es un espacio articulado de la sociedad civil en el ámbito de la salud. Promueve el debate, el diagnóstico, la socialización de estudios y experiencias, la elaboración de propuestas y la construcción colectiva de consensos e interlocución en torno a la problemática sanitaria del país, dentro del más amplio pluralismo y autonomía asociativa. Alienta la vigilancia ciudadana y el control social de la marcha del sector salud y de su gobierno. Foro Salud se inscribe en los propósitos de justicia social, equidad e igualdad de oportunidades para todos y todas las ciudadanas, en particular para los más pobres y vulnerables. Ratifica la salud como elemento fundamental del desarrollo humano y como un derecho de la ciudadanía para vivir en sociedad. Foro Salud analiza y actúa desde enfoques transversales a los problemas de salud, como los de derechos humanos, desarrollo social, pobreza, género e interculturalidad. Foro Salud adhiere a la universalidad en el cuidado de la salud, la solidaridad e integralidad. En la organización de la respuesta social en salud, afirma la necesidad de la descentralización y de la participación social, así como en la gestión pública de la transparencia y el control social, ratificando su compromiso por "La Salud como Derecho para Todos", poniendo especial énfasis en la situación de millones de personas que viven en nuestro país en situación de pobreza y extrema pobreza. El Foro Salud, el Colegio Médico del Perú, las centrales sindicales y las organizaciones sociales de base conformaron una alianza por el Aseguramiento Universal en Salud e impulsaron el Proyecto de Ley de Universalización de la seguridad social y el Aseguramiento

14 Universal en Salud con el que contribuirán desde la sociedad civil a la reforma de la seguridad social con el objetivo de garantizar el Acceso Universal a Atención Integral de Salud de Calidad. Para hacer posible el derecho a la salud y la seguridad social de todos y todas, el Foro Salud propone como estrategia combatir la desigualdad y la exclusión social promoviendo el desarrollo humano, impulsar la reforma sanitaria; fortalecer y reestructurar el seguro social de salud para que sea pilar de un seguro contributivo integrante de un seguro público unificado, para lo cual debe ampliar la cobertura a toda la población adecuadamente empleada,mejorar la calidad de sus prestaciones y hacer un uso más eficiente de sus recursos; y, finalmente, fortalecer el SIS, transformándolo en el eje de un seguro contributivo indirecto o Subsidiado que integre un seguro público unificado, que atienda a los trabajadores autónomos o informales subempleados mediante subsidio parcial y sobre todo a la población en pobreza y pobreza extrema con subsidio total, para lo cual se requiere financiamiento público. El Foro Salud, como sociedad civil organizada, en el ejercicio del derecho a la participación social y política reconocida por la Constitución Política del Perú, impulsó una iniciativa legislativa de la sociedad civil denominada Proyecto de Ley de Universalización de la seguridad social y Aseguramiento Universal en Salud. En este Proyecto, el Foro Salud propone que el mismo tiene por objeto normar el aseguramiento en salud de toda la población residente en el territorio nacional, garantizando el acceso universal para una cobertura efectiva de servicios de salud en condiciones adecuadas de oportunidad, calidad y dignidad. El debate público y en el Congreso de la República de la propuesta, fue muy rico; sin embargo, la norma aprobada en la Comisión especializada del Congreso no recogió en opinión del propio Foro Salud el contenido fundamental de la iniciativa. De hecho, el Foro ha cuestionado públicamente la Ley de Aseguramiento Universal en Salud en aspectos como el de no garantizar el acceso efectivo al derecho humano a la salud, el contenido limitado del Plan básico de atención, el que no se haya previsto los recursos presupuestales necesarios para la aplicación de la ley y, en particular, para la atención de enfermedades de alto costo; que se haya dispuesto su aplicación el zonas pilotos. Propuesta de reforma de la seguridad social de las centrales sindicales peruanas Las cuatro centrales sindicales más importantes del país (CGTP, CUT, CTP Y CATP), constituyeron en 2005 un grupo promotor de una propuesta de reforma integral de la seguridad social. La propuesta sindical parte de la constatación de la ausencia de una política de Estado en protección social y, como consecuencia, los bajos niveles de cobertura, la escasa o nula participación democrática de los trabajadores y asegurados en la administración y gestión de la seguridad social; las carencias institucionales manifestadas en la precariedad institucional e insuficiencia de recursos; iniquidad e ineficiencia en la gestión; alta morosidad y evasión; deficiencias en loa mecanismos de supervisión y control; inequidad de género; y escasa atención a la familia. Sumado todo ello a los problemas específicos en cada una de las contingencias. Para enfrentar de manera efectiva los problemas señalados las centrales sindicales proponen la reforma integral y profunda del sistema. Para ello, partiendo del carácter de derecho humano de la seguridad social establece como objetivos de la reforma la extensión de la cobertura de la seguridad social a la población del país, incluyendo los trabajadores asalariados o no asalariados o por cuenta propia o auto empleados, a los adultos mayores, las mujeres y jóvenes; y a los discapacitados. Otros de los objetivos de la reforma serían otorgar las prestaciones que correspondan a las necesidades de los asegurados y sus familias; que estas prestaciones sean oportunas y suficientes; contar con un régimen de seguridad social solidario, eficiente, y sostenible financieramente; que la seguridad social se constituya en un instrumento de cohesión y desarrollo social; que los distintos regímenes de seguridad social se adapten a los cambios del mercado de trabajo de tal forma que tales cambios no se constituyan en un

15 obstáculo insalvable para acceder a la seguridad social; exigir que el Estado cumpla con su deber de mejorar, ampliar y garantizar seguridad social para todos los ciudadanos. La propuesta sindical también precisa los principios que constituirían los cimientos del nuevo sistema de seguridad social. La universalización de la cobertura de la seguridad social incluyendo como obligatoria la afiliación de los trabajadores auto empleados y por cuenta propia y otorgando prestaciones no contributivas con presupuesto público. El principio de la solidaridad financiera, ausente en el modelo actual sustentado en el régimen privado, particularmente en el sistema de pensiones. En base a este principio, en materia de pensiones propone restablecer la contribución de los empleadores al sistema, de modo que los empleadores también contribuyan a la sostenibilidad financiera. La propuesta sindical también destaca la responsabilidad general del Estado para que asuma de una manera activa y dinámica la responsabilidad que le compete en materia de protección social. Además, destaca la necesidad de fortalecer el marco institucional de la seguridad social; el enfoque de género para garantizar los derechos específicos de las mujeres en materia de seguridad social. Las centrales sindicales vienen desarrollando acciones de incidencia en todo el país a fin de fortalecer sus departamentos especializados en seguridad social, difundir la propuesta en las bases sindicales y organizaciones de la sociedad civil y colocar en la agenda pública nacional el debate para la reforma de la seguridad social. La propuesta sindical ha sido ya presentada al Congreso de la República y al Consejo Nacional del Trabajo. En el primer caso, la correlación de fuerzas políticas y el lobby encubierto de corporaciones ligadas a interés privado no ha permitido en esta gestión el debate de la propuesta. En el segundo caso, la propuesta no ha sido aún debatida al haberse suspendido la participación sindical en el Consejo Nacional de Trabajo. Para las elecciones generales en curso, las centrales sindicales emplazarán a los partidos políticos asuman compromisos para impulsar un verdadero proceso de reforma integral de la seguridad social. La experiencia de la Federación de Trabajadores y Lustradores de Calzados y afines de Perú (FENTRALUC) La Federación de Trabajadores y Lustradores de Calzados y afines de Perú (FENTRALUC), empadrona a sus afiliados en las municipalidades con el fin de aumentar la efectividad y alcance de la Caja de protección y asistencia social, CAJA PATRAC, (de 1946, reformulada en 1969), cuya aplicación es resistida por los gobiernos locales, obligando a la federación a presionar por la emisión de ordenanzas y normas. La Caja cubre varios campos de la protección social: salud (compra de medicamentos, gastos de hospitalización, servicios médicos, análisis), alimentación en comedores populares, capacitación orientada a reconvención laboral (principalmente industria del calzado, gastronomía, sastrería, diseño gráfico), albergues, esparcimiento, créditos a bajos intereses, programas de vivienda popular, abaratamiento de consumos, cobertura de gastos vinculados a los hijos (útiles escolares, juguetes). Se financia básicamente con un impuesto del 1% del valor de los artículos empleados en el lustrado de calzado que es depositado en el Banco de la nación, junto con aportes de los afiliados por el uso de servicios, e incluso del público en general (en el caso de los comedores, que son abiertos). Ecuador Las organizaciones de la sociedad civil presentaron una serie de propuestas al gobierno ecuatoriano para la reforma de la seguridad social. El gobierno ecuatoriano a través de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) trabajó una propuesta para la reforma de la seguridad social junto a organizaciones civiles.

16 La propuesta conjunta plantea la racionalización de los programas de pensiones, ajustar y uniformizar los esquemas de requisitos y prestaciones y crear un nuevo sistemas con nuevos programa; pensión básica universal no contributiva para todos los mayores de 65 años. Los trabajadores no asalariados se incorporan únicamente al régimen de aporte definido, con condiciones especiales de esquema recaudatorio, nivel de contribución y retiro. El Estado subsidia las cotizaciones de los trabajadores no asalariados, en proporción decreciente con el nivel de ingreso. Existe pensión mínima contributiva, garantizada por el Estado. El Estado financia la Pensión Básica Universal y asumiría la garantía de pensión mínima contributiva para los trabajadores no asalariados, subsidiaría las contribuciones de los trabajadores no asalariados de bajos ingresos. En materia de salud la propuesta de reforma propone la transferencia inmediata de la red prestadora de servicios de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a una nueva entidad prestadora de servicios de salud. IV. Casos nacionales Experiencia Uruguaya en materia de protección social Uruguay es uno de los países pioneros en América Latina en el desarrollo de un sistema de protección social amplio. Si bien las prestaciones sociales de más larga data están vinculadas al mundo del trabajo y surgen como contrapartida de los aportes realizados por los trabajadores en actividad, los programas no contributivos también cuentan con una larga trayectoria desde su creación a comienzos del Demográficamente el país se caracteriza por un baja tasa de natalidad (14,4 por mil) y una expectativa media de vida al nacer relativamente alta si se la compara con el resto de los países latinoamericanos (76,2 años). La tasa de actividad ronda el 63% de la población en edad de trabajar y el número de ocupados asciende a aproximadamente trabajadores. Dentro del total de ocupados, el 31% no realiza aportes a la seguridad social y su trabajo es considerado precario, en la medida que al no aportar al sistema de seguridad social, tampoco goza de los beneficios que los aportes a este sistema habilitan. Estas características demográficas, conjuntamente con el desarrollo histórico del sistema, han condicionado en parte el diseño y los cambios que se han dado en la matriz de protección social, de manera que el sistema de jubilaciones y pensiones configura actualmente un pilar fundamental de la misma, a la vez que explica buena parte de las erogaciones gubernamentales a la protección social. No obstante, el sistema de protección social está compuesto por una serie de programas que atienden una diversidad más amplia de riesgos sociales. Cobertura del sistema de protección social uruguayo El sistema de jubilaciones y pensiones es una parte central del sistema de protección social, el de mayor cobertura y más tiempo de existencia. Sin embargo, posteriormente surgieron otros programas, que cubren otros riesgos y que han ido completando la matriz de protección social existente actualmente. Desde sus orígenes, el sistema de jubilaciones y pensiones uruguayo se caracterizó por ser un sistema de reparto, de administración pública y un financiamiento tripartito. Los aportes realizados por trabajadores y empleadores se establecieron en proporción a las remuneraciones, al igual que las prestaciones establecidas. En este sentido, las características generales del sistema eran muy similares a las que presentaban varios países de la región, particularmente en el Cono Sur.

17 El organismo encargado de la administración general del sistema de seguridad social es el Banco de Previsión Social (BPS), el que fue creado en 1967, y desde ese momento se constituyó como el organismo administrador del sistema de cobertura de los riesgos de invalidez, vejez y sobrevivencia. Más tarde, el BPS también pasó a encargarse de administrar otras prestaciones del sistema de protección social como las asignaciones familiares, el seguro por enfermedad y el seguro por desempleo. Si bien el BPS centraliza la administración de las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivencia, continúan existiendo en Uruguay en la actualidad cajas de jubilaciones y pensiones que atienden la situación específica de algunos sectores de trabajadores, como son las cajas militar y policial, la de empleados bancarios, la notarial y la de otros profesionales universitarios, cuya cobertura es gestionada autónomamente por instituciones paraestatales, más allá de que participan en las mismas representantes del Estado. Además del BPS, que es el organismo centralizador, forman parte del sistema de protección social uruguayo, el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el Banco de Seguros del Estado (BSE). El MSP se encarga de prestar servicios de salud a quienes no están cubiertos por las instituciones de asistencia médica colectiva. El MTSS es quien elabora los lineamientos generales de seguridad social y el BSE brinda cobertura sobre el riesgo de accidentes de trabajo. Desde fines de los `70 y hasta 1996, año en que se implementó la reforma en el sistema de seguridad social, la mayor parte del sistema1 se regía legalmente por el acto institucional número 9. Éste establecía el financiamiento tripartito del sistema de seguridad social, con contribuciones de los trabajadores, los empleadores y el Estado, el que volcaba parte de la recaudación del impuesto al valor agregado (IVA) al financiamiento del sistema. Desde sus orígenes, las tasas de aportación de los trabajadores y de los empleadores se han ido modificando (en algunos casos de manera transitoria y en otros de forma permanente) de acuerdo a la coyuntura económica del país. A partir de 1996 y luego de la Reforma implementada, el sistema de seguridad social se rige por la ley , promulgada en 1995 y que entró en vigencia en abril de Esta ley reforma las actividades amparadas por el BPS, pero no las de las cajas paraestatales, que quedaron fuera de la reforma. De este modo, a partir de 1996, el sistema de seguridad social uruguayo pasó a ser mixto, con dos pilares fundamentales. Uno de los pilares continúa siendo de reparto o de solidaridad intergeneracional y es administrado por el BPS. Esta parte del sistema mantiene las características vigentes anteriormente por el sistema de reparto. El otro pilar es el de ahorro o capitalización individual, y las cuentas personales son administradas por empresas privadas o públicas (Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional, AFAP). Así, los trabajadores de acuerdo a su nivel de aporte aportan de manera obligatoria a ambos sistemas: el de reparto y el individual; y al momento de retirarse, perciben dos jubilaciones: una por el sistema de reparto y otra por el sistema de capitalización individual. Dado que las contribuciones a ambos sistemas dependen del nivel de ingresos y de aportes, los trabajadores de mayores ingresos aportan a ambos sistemas, no habiendo aportes compulsivos a partir de cierto tramo de ingreso; mientras que los trabajadores de menores ingresos aportan de manera obligatoria solamente al sistema de reparto, aunque pueden elegir trasladar de manera voluntaria la mitad de sus aportes al sistema de capitalización individual. Por su parte, los aportes de los empleadores van exclusivamente al sistema de reparto. En este nuevo sistema, el Estado sigue teniendo un rol primordial ya que continúa administrando el pilar de reparto (que es común a todos los trabajadores) y es quien controla el pilar de capitalización individual, en el que además hay una empresa administradora de esos fondos de capitales estatales. Uno de los principales objetivos de la reforma era sanear en el mediano plazo el problema financiero que enfrentaba el BPS y que implicaba que los aportes estatales fueran cada vez más elevados, y explicaran en buena medida el déficit de las cuentas públicas previo al pago

18 de intereses de deuda. En este sentido, además del cambio general en el sistema, se implementaron algunas modificaciones específicas que buscaban endurecer el acceso a los beneficios, como fue la modificación en la edad mínima de retiro de la actividad laboral que se fijó en 60 años para hombres y mujeres, e implicó un aumento de 5 años en el requisito de edad de las mujeres para acceder a los beneficios. También se incrementaron los años de cotización exigidos, que pasaron de 30 a 35. Justamente, este segundo aspecto generó bastante controversias, dado que el objetivo de años de aporte planteado es elevado para el promedio de la historia contributiva de los trabajadores uruguayos (que muchas veces cuentan con años de no aportación en su vida laboral). Igualmente, se estableció que con 15 años de cotización se podía acceder a una pensión contributiva de menor monto a partir de los 70 años de edad. Asimismo, se contabilizan de manera especial los años de trabajo en algunas profesiones consideradas de mayor riesgo o con algunas características particulares. Además de los beneficios al momento de retiro (jubilaciones), los contribuyentes también tienen derecho al seguro por desempleo, pensión por invalidez, subsidio por enfermedad y maternidad, asignaciones familiares y pensión de sobrevivencia. En octubre de 2008 se aprobó una nueva ley relativa al sistema de seguridad social que flexibilizó las condiciones de acceso a la jubilación, reduciéndose nuevamente el número de años de aportes exigidos de 35 a 30 años y bajándose también la edad mínima para acceso a la jubilación por edad avanzada de los 70 a los 65 años de edad. También se pasó a contabilizar como un año de trabajo registrado para las mujeres por cada hijo nacido vivo. De esta manera, existen actualmente tres vías de acceso a la jubilación distintas: la vía de acceso común; el acceso por edad avanzada; y el acceso por incapacidad total. En cualquiera de los tres casos se deben cumplir determinados requisitos para acceder a la jubilación. El caso de vía de acceso común es cuando se accede a los beneficios a partir de las contribuciones realizadas, para lo que se requiere contar con determinada edad y una cierta cantidad de años de aportación como se señaló anteriormente. Quienes lleguen a los 65 años de edad, pero no cumplan con el requisito de años de aportación establecido, teniendo 10 años de aporte al sistema, pueden acceder a la jubilación por edad avanzada (segunda vía de acceso). Por su parte, las jubilaciones por incapacidad permanente se otorgan solamente en los casos de incapacidad laboral absoluta y permanente, para quienes tengan también al menos 10 años de aportes en el sistema. A su vez, quienes no logran cumplir con los requisitos para obtener los beneficios contributivos, al alcanzar determinada edad, si no tienen otro medio de vida, pueden acceder a una pensión asistencial. Se trata de una pensión bastante menos generosa que las contributivas, y que es complementada por prestaciones familiares y asistencia sanitaria gratuita en el sistema público de atención a la salud. Además de los riesgos de invalidez y vejez, el BPS también atiende el riesgo de sobrevivencia. Las pensiones por sobrevivencia se otorgan a las viudas y divorciadas cuando muere el trabajador, además de a los hijos solteros y menores de 21 años. El sistema de protección a la salud en Uruguay es bastante distinto al existente en otros países de la región y se caracteriza por una interacción del sector público y del sector privado con relaciones intrínsecamente complejas desde sus inicios. Originalmente, los trabajadores asalariados del sector privado, aportaban al sistema de protección a la salud un porcentaje fijo de sus ingresos salariales, lo que les permitía contar con cobertura de la salud a través de las IAMC (instituciones de asistencia médica colectiva o también llamadas mutualistas). Los trabajadores asalariados públicos por su parte, no contaban con cobertura obligatoria de la salud por parte del empleador (el Estado) y en algunos casos se otorgaban subsidios para el pago de la cuota mutual privada. El seguro de salud existente para los asalariados privados, cubría solamente al trabajador, pero no a su núcleo familiar, salvo excepciones. En 2008 se implementó una reforma estructural en el sistema de protección a la salud, de manera que todos los trabajadores asalariados ya sean públicos o privados cuentan con cobertura de la

19 salud por parte del empleador, siendo la misma extensible a todos los hijos menores de edad de los trabajadores y otras personas que tengan a su cargo. La idea es que el sistema se continúe extendiendo, de manera que brinde cobertura a un número cada vez mayor de colectivos. De esta manera, en el sistema se pueden ubicar tres actores principales: el sector público prestador de salud; las instituciones privadas prestadoras de salud y el BPS. Dentro del sector público, los principales prestadores de servicios de salud son el MSP y el Hospital de Clínicas, que depende de la Universidad de la República. Asimismo, existen instituciones prestadoras de servicios de salud a nivel municipal y otras que atienden específicamente al personal militar y policial. Dentro del sector privado se encuentra un número importante de IAMC y otros prestadores de salud, ya sea a través de seguros privados o de medicina especializada. El BPS por su parte, es el organismo recaudador y de financiamiento del sistema, y solamente brinda atención directa a la salud en el marco de algunos programas específicos, dentro del que se destaca el programa de salud materno infantil. Los riesgos de accidentes y enfermedades laborales son cubiertos mediante un subsidio por enfermedad y otro por accidentes de trabajo, que son gestionados por el BSE mientras que el riesgo de desempleo es atendido a través de un seguro de desempleo. El organismo encargado de la salud ocupacional, como se acaba de mencionar es el BSE, que tiene el monopolio de la protección a la salud ocupacional por todo tipo de riesgo, de todos los trabajadores registrados en la seguridad social. Las coberturas incluyen seguros de accidente y enfermedad profesional, y son financiadas con los aportes de los empleadores, que obligatoriamente deben registrar a sus trabajadores en el BSE. De esta manera, el BSE se encarga de la provisión, atención y rehabilitación en materia de salud ocupacional, así como de la previsión de accidentes y enfermedades profesionales, para lo que cuenta con servicios especializados. La atención a la familia es cubierta fundamentalmente por el programa de asignaciones familiares. Este programa estaba originalmente dirigido a atender la situación de los niños en edad escolar de los hogares de trabajadores registrados en la seguridad social, y otorgaba prestaciones a las familias con niños en edad escolar para los hogares hasta determinado nivel de ingreso. Estas prestaciones a la vez eran decrecientes con el nivel de ingreso. Desde 2004 y a la luz de la problemática social que generó la crisis económica de 2002, se extendió la cobertura de las asignaciones familiares a todos los niños de hogares de bajos ingresos, independientemente de la situación laboral de sus padres, y a los beneficiarios de las mismas se les exige determinada contrapartida, como por ejemplo la asistencia obligatoria de los niños a instituciones de educación formal, vacunas al día, etc. A la vez, las mismas prestaciones son crecientes a medida que se cumplen las distintas contrapartidas. En el 2005, en nuevo gobierno Uruguayo dejando atrás las políticas económicas neoliberales que se venían aplicando y que subordinaba las políticas sociales a la política económica, dio un giro fundamental afirmando que la política social no sólo que no es subsidiaria de la política económica sino que ésta está pensada en función de la política social. Lo interesante es que ello no se quedó en una mera declaración sino que se concreta en el Presupuesto en el que la mejora de la recaudación fiscal ganada por el buen desempeño económico se orienta a la inversión social en educación, salud y vivienda. Ha sido fundamental la aplicación del Plan de Equidad, mediante el cual el gobierno uruguayo incorporó a la idea de protección social', las políticas de salud, previsión social y asistencia social, así como las de trabajo, vivienda y educación. Es decir, en una concepción moderna e integral. Sin embargo, la reforma de los alcances de la de protección social también comprendió una reforma tributaria bajo el principio de capacidad contributiva de las personas, aporta más quien más ingresos tiene.

20 Pero además, en la experiencia Uruguaya cabe destacar la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos como los Pactos y Convenciones de Naciones Unidas así como los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Son instrumentos potentes para avanzar en la dirección de sistemas universales de protección social como derecho humano, pero éstos deben ser apropiados por los movimientos sociales, las centrales de trabajadores, los gremios estudiantiles y la sociedad civil en general, para exigir que se cumplan a cabalidad". En la reciente Conferencia Mundial sobre el Desarrollo de Sistemas Universales de Seguridad social realizada en Brasilia, Uruguay ha demandado la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, para hacer exigibles estos derechos. Todo ello ha permitido en los últimos años avanzar en implementar programas de protección social que apunten a proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad, normalmente no vinculados al mercado de trabajo formal o no registrados en el sistema. La alta correlación existente entre la pobreza y desprotección social hace que el trabajo en ese sentido sea fundamental para avanzar en la provisión de un nivel de vida mínimo para toda la población, reducir las inequidades sociales existentes y avanzar en la mejora de la distribución del ingreso La experiencia de diálogo tripartito llevado adelante en materia de seguridad social muestra que el involucramiento de los distintos actores sociales organizados es un requisito fundamental para que los avances se produzcan en el sentido correcto Experiencia Boliviana en materia de protección social Según el estudio sobre, El Derecho al Empleo Digno, en el Marco de las Autonomías del economista Enrique Velazco, asegura que al menos 3,7 millones de bolivianos recurren a la informalidad para sobrevivir. Esta situación afecta más a las mujeres, como son los sectores de cuentapropistas y las trabajadoras del hogar, quienes son vulnerables de la protección de normas sociales y más aún de un trabajo digno. La Seguridad y Protección Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. Se ha concebido al Estado como el promotor de esta rama de la política socioeconómica puesto que los programas de seguridad social están incorporados en la planificación general de este. Sin embargo, no siempre se logró a través de tales políticas desarrollar e implementar un sistema de seguridad social justo y equitativo, en el cual la persona tuviera la fuerza que amerita. Se suma a ello el vertiginoso avance de la economía mundial. En otras palabras, no hubo un desarrollo paralelo de ambas áreas, condición vital para lograr un crecimiento equilibrado. El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación, salud pública, el subsidio al desempleo, o los planes de pensiones y jubilaciones y en general todo el espectro posible de seguridad social. Estos programas gubernamentales, financiados con los presupuestos estatales, deben tener carácter gratuito, en tanto son posibles gracias a fondos procedentes del erario público. En este sentido, el Estado de bienestar no hace sino generar un proceso de redistribución de la riqueza, pues en principio, las clases inferiores de una sociedad son las más beneficiadas por una cobertura social que no podrían alcanzar con sus propios ingresos. El Plan Nacional de Desarrollo ( ) del Gobierno de Evo Morales, establece una nueva visión en cuanto a la erradicación de la pobreza, enmarcada en un modelo social, económico y estatal basado en la diversidad y en lo multicultural, con un enfoque centrado en la población y en la comunidad, es decir, reconoce las diferencias de organización propias, las identidades, asumen que los pobres poseen capacidades, experiencias y conocimientos y le da

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