Volumen 1: Seguros de Personas

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1 Volumen 1: Seguros de Personas 1. Tabla de contenidos 2. El seguro de personas: El seguro de personas cubre los riesgos que pueden afectar a un ser humano, estos pueden ser por salud, muerte o accidentes 3. Seguro de vida: El seguro de vida puede ser tomado de manera individual o colectiva y cubre la muerte por cualquier causa (accidental o natural). 4. Seguro de deudores (desgravamen). Cubre el riesgo de muerte del asegurado por cualquier causa, siendo el único beneficiario la entidad bancaria que otorga el préstamo al cliente. 5. Seguro de accidentes Este tipo de seguro puede ser tomado de manera individual o colectiva y cubre la muerte accidental y/o los gastos derivados de un accidente. Las coberturas generalmente incluyen: muerte, desmembración, renta por incapacidad total y permanente, renta por incapacidad temporal, gastos médicos por accidente, gastos de sepelio. Los montos asegurados son de acuerdo a la solicitud del asegurado. 6. Glosario de términos: Asegurado: persona natural o jurídica que traslada a título honoroso, uno o más riesgos a la compañía de seguros. Accidente: evento súbito, imprevisto, fortuito y fuera de la voluntad del asegurado que produzca lesiones corporales clínicamente comprobables, las cuales tengan como consecuencia la muerte, invalidez permanente total o parcial, incapacidad temporal, gastos médicos o de sepelio indemnizables o reembolsables. Beneficiario: es quien en caso de siniestro a de percibir la indemnización. Cláusula: es aquella que permite aclarar conceptos de las condiciones generales de la póliza, esta no tiene costo, son parte de las condiciones especiales de la póliza. Desmembración: pérdida de una parte del cuerpo o de un miembro o parte de él. Indemnización: es la cantidad suficiente y oportuna que se entrega al asegurado en caso de ocurrir la eventualidad prevista en la póliza, siempre y cuando se haya contratado el valor asegurado adecuado y correcto. Invalidez: defecto físico o mutilación, que impide o dificulta alguna de sus actividades. Póliza: documento justificativo del contrato de seguros. Siniestro: es la ocurrencia de un riesgo que causa pérdidas y/o daños, y que determina la solicitud de indemnización a la aseguradora, por el valor que permita dejar las cosas como estaban antes de la ocurrencia del siniestro. Valor asegurado: es el valor que consta en la póliza, este valor corresponde a los valores solicitados por el cliente, por esta razón el cliente es el único responsable de establecer la suma asegurada de la póliza, correspondiendo a la compañía y corredor de seguros asesorarlo en los mecanismos para poder establecer una suma asegurada correcta.

2 Volumen 2: Seguros de Propiedad 1. Tabla de Contenidos 2. El Seguro de Propiedad: El seguro de propiedad se refiere a los bienes inmuebles que un asegurado puede tener, por ejemplo, puede ser una casa, oficina o vehículos. Las coberturas incluyen daños a la propiedad, robo o daños a propiedades de terceros. 3. Incendio y líneas aliadas: Cubre los daños a las propiedades causados por el fuego y/o rayo, así como las medidas adoptadas para evitar la propagación de los daños. Mediante la incorporación de otras cláusulas (líneas aliadas), cubre además, maremoto, terremoto, erupción volcánica, daños por agua, daños por lluvia/inundación, explosión, entre otros. 4. Robo y/o asalto: Cubre pérdidas y/o daños materiales causados por el robo con fractura y/o violencia y/o amenaza a las personas. También responde por los daños causados a los locales mencionados en la póliza, cuando son consecuencia directa de robo y/o su tentativa. 5. Responsabilidad civil: Cubre los daños causados por el asegurado a terceros, en el ejercicio de sus operaciones. 6. Vehículos: Asegura su automóvil contra todo riesgo al que se encuentre expuesto, así como también los daños a terceros que puedan ocasionarse en caso de un accidente; ésta póliza cubre también los gastos médicos y muerte de los ocupantes. 7. Glosario de términos: Asegurado: persona natural o jurídica que traslada a título honoroso, uno o más riesgos a la compañía de seguros. Cláusula: es aquella que permite aclarar conceptos de las condiciones generales de la póliza, esta no tiene costo, son parte de las condiciones especiales de la póliza. Deducible: Es la cantidad que en cada siniestro deberá ser cubierta por el asegurado. La aseguradora cubrirá únicamente las sumas que excedan de dicha cantidad. Hurto: es la usurpación fraudulenta de un bien ajeno, con ánimo de apropiarse, sin violencia física ni amenazas en las personas o fuerzas en las cosas. Indemnización: es la cantidad suficiente y oportuna que se entrega al asegurado en caso de ocurrir la eventualidad prevista en la póliza, siempre y cuando se haya contratado el valor asegurado adecuado y correcto. Límite Único Combinado (LUC): se entenderá por LUC Límite único combinado, a la suma contratada por el asegurado para cubrir los gastos incurridos por él o por la aseguradora en nombre del asegurado, a consecuencia de un evento cubierto por la póliza. Líneas aliadas: es el nombre que se le da a las coberturas adicionales o amparos adicionales de la póliza de incendio. Póliza: documento justificativo del contrato de seguros. Siniestro: es la ocurrencia de un riesgo que causa pérdidas y/o daños, y que determina la solicitud de indemnización a la aseguradora, por el valor que permita dejar las cosas como estaban antes de la ocurrencia del siniestro.

3 Responsabilidad Civil: culpabilidad directa que tiene el Asegurado sobre las pérdidas y/o daños a las personas, bienes muebles o inmuebles de propiedad de una tercera persona sea esta natural o jurídica que se convierte en un tercer afectado, sobre las cuales la aseguradora se responsabiliza hasta el límite contratado. Robo: es la usurpación fraudulenta de un bien ajeno, con ánimo de apropiarse, con fuerza en las cosas o con violencia física o amenaza en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo, o después de cometido para procurar impunidad. Tercer afectado: Persona natural o jurídica que resulte afectada a consecuencia de un evento accidental, súbito e imprevisto causado por el asegurado y que no tenga relación alguna con el mismo dentro del tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Valor asegurado: es el valor que consta en la póliza, este valor corresponde a los valores solicitados por el cliente, por esta razón el cliente es el único responsable de establecer la suma asegurada de la póliza, correspondiendo a la compañía y corredor de seguros asesorarlo en los mecanismos para poder establecer una suma asegurada correcta.

4 Volumen 3: Seguros de Operación 1. Tabla de Contenidos 2. El Seguro de operación: Brinda cobertura a los riesgos de operación de un negocio, como pueden ser la movilización de bienes o dinero de un lugar a otro, accidentes que pueden ocurrir en una nave aérea o naval, así como el abuso de confianza de los empleados de una empresa, entre otros. 3. Fidelidad: Cubre la infidelidad de los empleados de una empresa contra el fraude, la malversación, el robo, la falsificación, el abuso de confianza, entre otras coberturas. 4. Transporte: Cubre la pérdida y/o daño causado a las mercaderías durante su traslado (terrestre, marítimo o aéreo), ya sea desde el exterior hacia el Ecuador (o viceversa) y/o dentro del Ecuador (transporte interno). 5. Casco aéreo: Cubre todo accidente que pudiere ocurrir a una aeronave en las fases de taxeo, aproximación, despegue y vuelo, así como los accidentes que pudieron ocurrirle en tierra; cubre también, la responsabilidad civil derivada de un accidente causado por la aeronave asegurada. 6. Casco marítimo: Cubre el casco y maquinaria de la embarcación, colisión con sustancias sólidas; cubre encalladuras, varadura y otros accidentes a la embarcación asegurada. 7. Pérdida de licencia: Cubre la suspensión de licencia de vuelo de un tripulante como consecuencia de enfermedad o accidente que lo imposibilite de ejercer su profesión. 8. Glosario de términos: Asegurado: persona natural o jurídica que traslada a título honoroso, uno o más riesgos a la compañía de seguros. Cláusula: es aquella que permite aclarar conceptos de las condiciones generales de la póliza, esta no tiene costo, son parte de las condiciones especiales de la póliza. Deducible: Es la cantidad que en cada siniestro deberá ser cubierta por el asegurado. La Aseguradora cubrirá únicamente las sumas que excedan de dicha cantidad. Empleado afianzado: La persona que durante la vigencia de la póliza está al servicio del Asegurado, en el curso ordinario de los negocios de éste, a tiempo completo y que figure en sus planillas con remuneración mediante salario o sueldo y a quien el Asegurado tenga derecho a dirigir y mandar, durante el desempeño de sus funciones. Aplicación: certificado de seguro de la póliza de transporte de importaciones, que aplica a una póliza maestra que se emite por o para cada una de las importaciones que se realice. L.A.P - "Libre de Avería Particular": una cobertura del ramo de transporte que únicamente cubre las pérdidas de las mercaderías, ocasionadas por daños del medio de transporte, por ejemplo: caída del avión, hundimiento del barco. Indemnización: es la cantidad suficiente y oportuna que se entrega al asegurado en caso de ocurrir la eventualidad prevista en la póliza, siempre y cuando se haya contratado el valor asegurado adecuado y correcto.

5 Póliza: documento justificativo del contrato de seguros. Salvamento: bien o conjunto de bienes que se recuperan después de un siniestro indemnizado por la aseguradora. Salvataje: se refiere al hecho de recuperar un objeto dañado de su lugar de daño, con el fin de trasladarlo a otro sitio, por ejemplo: el recuperar un barco que se encuentra a la deriva, por otro que lo remolca a un lugar seguro, este barco que remolcó al dañado cobra gastos de "salvataje. Siniestro: es la ocurrencia de un riesgo que causa pérdidas y/o daños, y que determina la solicitud de indemnización a la aseguradora, por el valor que permita dejar las cosas como estaban antes de la ocurrencia del siniestro. Valor asegurable: corresponde al valor de la mercadería en el lugar y momento del comienzo del viaje asegurado, incrementado con el flete, seguro y otros gastos incurridos hasta llegar al lugar de destino. Con respecto a mercaderías, el valor así determinado puede aumentarse con la utilidad esperada por el comprador sin que exceda del diez por ciento (10%), a no ser que se convenga de otra forma. Los impuestos de aduana también pueden ser asegurados por acuerdo especial.

6 Volumen 4: Seguros Técnicos 1. Tabla de Contenidos 2. Los Seguros Técnicos Los seguros o ramos técnicos agrupan coberturas para riesgos de averías de maquinarias, equipos electrónicos o riesgos de montaje y construcción. 3. Equipo electrónico: Cubre los daños y/o pérdidas causados a los computadores y/o equipo electrónico contra riesgos de la naturaleza, robos y/o desperfectos inherentes a sus funciones y/o uso. 4. Rotura de maquinaria: Cubre el daño que ocurre de forma súbita e imprevista a la maquinaria asegurada. 5. Equipo y maquinaria: Ampara a la maquinaria y equipo de construcción, mientras se encuentren dentro del sitio asegurado o área geográfica de trabajo, contra riesgo, pérdida o daño físico proveniente de cualquier causa accidental externa. 6. Todo riesgo construcción: Asegura las obras civiles en el transcurso de su ejecución contra fenómenos de la naturaleza y/o incendio y/o rayos, así como la responsabilidad civil que resulte en caso de un siniestro. 7. Todo riesgo de montaje: Ampara las instalaciones y la obra mientras dure la ejecución, prueba y puesta en marcha del montaje de la maquinaria. 8. Glosario de términos: Asegurado: persona natural o jurídica que traslada a título honoroso, uno o más riesgos a la compañía de seguros. Cláusula: es aquella que permite aclarar conceptos de las condiciones generales de la póliza, esta no tiene costo, son parte de las condiciones especiales de la póliza. Deducible: Es la cantidad que en cada siniestro deberá ser cubierta por el asegurado. La Aseguradora cubrirá únicamente las sumas que excedan de dicha cantidad. Equipo: Conjunto de partes o piezas que conforman un bien con funcionamiento autónomo y que sean utilizados exclusivamente para el servicio personal del asegurado. Indemnización: es la cantidad suficiente y oportuna que se entrega al asegurado en caso de ocurrir la eventualidad prevista en la póliza, siempre y cuando se haya contratado el valor asegurado adecuado y correcto. Póliza: documento justificativo del contrato de seguros. Portadores externos de datos: equipos o dispositivos que se utilizan para almacenar datos, tales como discos o cintas magnéticas. Siniestro: es la ocurrencia de un riesgo que causa pérdidas y/o daños, y que determina la solicitud de indemnización a la aseguradora, por el valor que permita dejar las cosas como estaban antes de la ocurrencia del siniestro. Valor asegurado: es el valor que consta en la póliza, este valor corresponde a los valores solicitados por el cliente, por esta razón el cliente es el único responsable de establecer la suma asegurada de la póliza, correspondiendo a la compañía y corredor de seguros asesorarlo en los mecanismos para poder establecer una suma asegurada correcta.

7 Valor de reposición: se entiende por valor de reposición, la cantidad que exigiría la adquisición de un bien nuevo de la misma clase y capacidad incluyendo el costo de transporte, montaje y derechos aduaneros si existieren.

8 Volumen 5: Seguros Financieros y Fianzas 1. Tabla de Contenidos 2. Los seguros financieros: Estos seguros brindan cobertura a las entidades financieras por riesgos de robos, fraude, entre otros que perjudiquen a la entidad, así como también cubren los daños financieros de las personas a causa de un accidente. 3. Póliza global bancaria (BBB): Cubre a las Instituciones Financieras por los riesgos de robo, malversación, falsificación, fraude electrónico, entre otros; que ocasionen perjuicios a la Institución Financiera. 4. Lucro cesante por incendio: Es una extensión de los seguros contra incendio. Indemniza las pérdidas financieras por interrupción del negocio como consecuencia de la destrucción o del daño cubierto bajo el seguro del incendio. 5. Lucro cesante por rotura de maquinaria: Cubre la pérdida de utilidad que resulte de una paralización de operaciones cubierta por la póliza de rotura de maquinaria. 6. Las Fianzas: Las fianzas son garantías que buscan asegurar el cumplimiento de una obligación. En este tipo de seguro existen tres partes: la aseguradora, el contratante y el contratista. 7. Seriedad de oferta (sector privado): Garantiza al contratante que el contrato será firmado en las condiciones de la propuesta afianzada. 8. Buen uso de anticipo: Garantiza la correcta utilización de los recursos recibidos como anticipo para la realización del contrato afianzado. 9. Ejecución de obra y buena calidad del material (sector privado): Garantiza la reparación o cambio de aquellas partes de la obra en las que se descubren defectos de construcción o mala calidad de los materiales utilizados por el contratista. 10. Cumplimiento del contrato: Garantiza el cumplimiento del contrato y de las obligaciones contraídas a favor de terceros relacionados con el mismo, por parte del contratista. 11. Garantías aduaneras: Garantizan el pago de impuestos y el cumplimiento de formalidades aduaneras para la importación de bienes, interacción temporal de equipos y maquinarias y otros riesgos específicos. 12. Glosario de términos: Asegurado: persona natural o jurídica que traslada a título honoroso, uno o más riesgos a la compañía de seguros. Cláusula: es aquella que permite aclarar conceptos de las condiciones generales de la póliza, esta no tiene costo, son parte de las condiciones especiales de la póliza. Contratante: Persona natural o jurídica (pública o privada), que encarga la realización de una obra, suministro de materiales o la prestación de Un servicio. Contratista: Persona natural o jurídica que solicita la emisión de la correspondiente póliza a favor del asegurado o beneficiario; y que reciba el

9 anticipo entregado por el asegurado, realizar una obra o proveer un bien o prestar un servicio. Deducible: Es la cantidad que en cada siniestro deberá ser cubierta por el asegurado. La Aseguradora cubrirá únicamente las sumas que excedan de dicha cantidad. Efectivización: Solicitud del Asegurado (Contratante) para el cobro de las garantías, por causas imputables al contratista. Fianza: Es un acuerdo o contrato suscrito entre tres partes, en el cual una parte llamada Afianzador (compañía de Seguros) garantiza al acreedor de una obligación (Beneficiario, Asegurado, Contratante) que su deudor (Contratista, Afianzado) la cumplirá en la forma prevista en el contrato. Si el deudor no lo hace, el asegurador pagará la suma asegurada. Por este servicio, la compañía de seguros cobra una prima. Es una obligación accesoria en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena. Indemnización: es la cantidad suficiente y oportuna que se entrega al asegurado en caso de ocurrir la eventualidad prevista en la póliza, siempre y cuando se haya contratado el valor asegurado adecuado y correcto. Póliza: documento justificativo del contrato de seguros. Proponente: Persona natural o jurídica que solicita la emisión de la correspondiente póliza a favor del asegurado o beneficiario, garantizando su propuesta en la licitación o concurso o invitación de ofertas. Siniestro: es la ocurrencia de un riesgo que causa pérdidas y/o daños, y que determina la solicitud de indemnización a la aseguradora, por el valor que permita dejar las cosas como estaban antes de la ocurrencia del siniestro. Solicitud del Seguro: Documentos que contiene las declaraciones realizadas por el Contratista, que sirven de base para la emisión de esta póliza y forman parte integrante de la misma. Valor asegurado: es el valor que consta en la póliza, este valor corresponde a los valores solicitados por el cliente, por esta razón el cliente es el único responsable de establecer la suma asegurada de la póliza, correspondiendo a la compañía y corredor de seguros asesorarlo en los mecanismos para poder establecer una suma asegurada correcta.

10 Volumen 6: El Seguro 1. Tabla de Contenidos 2. Definición del seguro y transferencia del riesgo: El seguro se puede definir como un sistema de traslación de riesgos, en el que la Aseguradora se compromete a pagar los siniestros, si éstos ocurrieren, a cambio de una prima pagadera por el asegurado. Es un sistema solidario de protección mutua, que está basado en el principio de dispersión del riesgo. Riesgo: el término riesgo se usa en el seguro en el sentido de peligro probable, es decir, algo que tiende a provocar o facilitar el suceso asegurado. En términos generales, el riesgo se puede definir como la posibilidad de que ocurra un acontecimiento incierto, fortuito y de consecuencias negativas o dañosas El seguro se representa mediante una póliza, la cual implica un contrato suscrito entre dos personas, Aseguradora y Asegurado. La póliza está conformada por condiciones generales y particulares, las cuales indican al asegurado, todas las coberturas que recibirán, que está excluido del seguro, como deben hacer sus reclamaciones, entre otros. Además, estás también indican las obligaciones del asegurado y aseguradora. Principios básicos: Buena fe: este principio obliga a las partes a actuar con la máxima honestidad en la interpretación de los términos del contrato y en la determinación del alcance de los compromisos asumidos. Interés asegurable: con el contrato de seguro no se cubre un bien determinado, sino el interés que el asegurado tiene en ese bien. Así, en el seguro de incendios, el objeto puede ser una vivienda, pero lo que se asegura es el interés de su propietario en que esa vivienda no sufra daños; es decir, que para que un contrato de seguros tenga validez, ha de existir un interés asegurable y cuantificable por parte del asegurado. En definitiva, el interés asegurable corresponde al deseo del asegurado de que el siniestro no se produzca. Indemnización: es el costo que debe satisfacer el asegurador si se produce el siniestro y, por tanto, la contraprestación frente al pago de la prima por parte del asegurado Subrogación: el principio de la subrogación consiste, en general, en la facultad que tiene una persona para sustituir legalmente a otra, asumiendo los derechos de ésta y su capacidad de actuar contra un tercero. Aplicada al seguro, la subrogación consiste en la facultad de la aseguradora para actuar, en nombre del asegurado, contra el tercer causante de los daños y obtener de él un resarcimiento de la indemnización satisfecha previamente. 3. Partes de la contratación del seguro y obligaciones: Contratante: Es la persona que suscribe la póliza con la entidad aseguradora y se compromete al pago de los recibos de prima. Beneficiario: Es la persona designada en la póliza como titular del derecho de indemnización, que percibirá la indemnización si se produce el siniestro.

11 Aseguradora: es la empresa seleccionada por el contratante o asegurado, para realizar dicha transferencia del riesgo. Son elementos esenciales del contrato de seguro: a. El asegurador; b. El solicitante; c. El interés asegurable; d. El riesgo asegurable; e. El monto asegurado o el límite de responsabilidad del asegurador, según el caso; f. La prima o precio del seguro; y, g. La obligación del asegurador, de efectuar el pago del seguro en todo o en parte, según la extensión del siniestro. A falta de uno o más de estos elementos el contrato de seguro es absolutamente nulo. Obligaciones del contratante: estas varían dependiendo del tipo de seguro que adquiera. Las obligaciones del contratante se encuentran detalladas en las condiciones generales y particulares de una póliza. Estas incluyen la solicitud de documentos al asegurado, las cuales no solo demuestran el interés asegurable, pero dan cumplimiento con las normativas vigentes establecidas por entidades regulatorias como son la Superintendencia de Bancos y Seguros. Entre otras obligaciones, se encuentran el cumplimiento de requisitos de la aseguradora para evitar o prevenir un siniestro, hasta hacer declaraciones verídicas y honestas en caso de siniestro, sujeto al principio de buena fe en que se basan todos los seguros. Estas indican también en los tiempos en los que el contratante u asegurado debe cumplir sus obligaciones para beneficiarse de su póliza de seguro. Obligaciones de la aseguradora: estas varían dependiendo del tipo de seguro contratando, sin embargo en general las aseguradoras deben cumplir con lo estipulado en el contrato en cuanto a tiempos, inspecciones, emisión de documentos o solicitud de documentos. Es obligación de la aseguradora cumplir con las indemnizaciones correspondientes a los siniestros de los asegurados, siempre que no exista una falta por parte del asegurado a las condiciones de la póliza. 4. La póliza de seguros Se define como un contrato firmado por dos partes (tres en el caso de fianzas), en el que se establecen derechos y obligaciones de las partes. Existen diferentes tipos de seguros para los diferentes tipos de riesgos, entre estos se encuentran seguros para personas, seguros de propiedad, ramos financieros, fianzas, de operación entre otros. Toda póliza debe contener los siguientes datos: a. El nombre y domicilio del asegurador; b. Los nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario; c. La calidad en que actúa el solicitante del seguro;

12 d. La identificación precisa de la persona o cosa con respecto a la cual se contrata el seguro; e. La vigencia del contrato, con indicación de las fechas y horas de iniciación y vencimiento, o el modelo de determinar unas y otras; f. El monto asegurado o el modo de precisarlo; g. La prima o el modo de calcularla; h. La naturaleza de los riesgos tomados a su cargo por el asegurador; i. La fecha en que se celebra el contrato y la firma de los contratantes; j. Las demás cláusulas que deben figurar en la póliza de acuerdo con las disposiciones legales. La póliza generalmente está conformada por varias partes: Información del asegurado (cliente), y objeto asegurado (interés asegurable). Valores asegurados Tasas Condiciones Particulares, Cláusulas y Anexos Exclusiones Condiciones Generales Beneficios adicionales Forma de pago Firmas de las partes 5. Asesores productores de Seguros Los asesores productores de seguros, también llamados Brókers o Intermediarios de Seguros, son personas naturales o jurídicas que, como bien dice su nombre, brinda asesoría a los clientes en cuánto a la búsqueda, entendimiento y toma de decisiones informadas sobre los seguros que se desean contratar 6. Organismos de control La entidad reguladora de las compañías de seguros es principalmente la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS), además de cumplir con las obligaciones con el Servicio de Rentas Internas (SRI). Las aseguradoras debemos cumplir con la normativa establecida por la SBS y la ley de Seguros. Los siguientes, son algunos de los requerimientos según diferentes normativas, que debemos cumplir las aseguradoras. Aportación a la SBS: el asegurado cancela una tarifa del 3.5% sobre la prima neta. Seguro Social Campesino (SSC): el asegurado debe cancelar una tarifa del 0.5% sobre la prima neta. Impuesto al Valor Agregado (IVA): se cancela 12% correspondiente al IVA, sobre la suma de la prima neta, la aportación a la SBS y Seguro Social Campesino. Adicionalmente, la entidad de control solicita información del asegurado tales como la situación financiera de los asegurados (ingresos, activos y pasivos), relación a personas pública o políticamente expuestas, entre otra información solicitada en los formularios de vinculación de cada compañía.

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