Gastos Personales y su Anexo
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- Rosa María Ramírez Gil
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1 Gastos Personales y su Anexo
2 OBJETIVO Al finalizar la capacitación, los participantes estarán en la capacidad de identificar correctamente los rubros que componen los Gastos Personales y llenar el formulario GP y su anexo. Gastos Personales
3 DEDUCCIONES GASTOS PERSONALES Hasta el 50% del total de sus ingresos gravados No exceder del 1.3 veces fracción básica desgravada. Deducciones - Gastos Personales Numeral 16 Art. 10 LR TI
4 DEDUCCIONES GASTOS PERSONALES Hijos Discapacitados Cónyuge Hijos menores de edad Nota: Que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente. Y solo se debe considerar la base imponible sin IVA e ICE. Deducciones - Gastos Personales Numeral 16 Art. 10 LR TI
5 GASTOS PERSONALES 2013 Alimentación Vivienda Educación (3.308,50) Gastos Personales Art. 34 del RALORTI Salud 1.3 Vestimenta 0.325
6 VIVIENDA Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
7 VIVIENDA Pagos por conceptos de servicios básicos que incluyen agua, gas, electridad, teléfono convencional, alícuotas de condominio de un único bien inmueble Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
8 EDUCACIÓN Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
9 EDUCACIÓN Derechos de grado, equipos de computación, intereses de créditos educativos, transporte escolar, material didáctico para el estudio. Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
10 EDUCACIÓN Educación superior podrán deducirse de: su cónyuge, hijos de cualquier edad u otras personas que dependan económicamente del contribuyente. Nota: Declaración juramentada Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
11 SALUD Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
12 SALUD Gastos relacionados con el bienestar físico y mental, tales como pago de honorarios médicos y profesionales de la salud, accesorios para la salud. Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
13 ALIMENTACION Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
14 ALIMENTACION Incluye la adquisición de productos naturales o artificiales que el ser humano ingiere para subsistir o para su nutrición Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
15 GASTOS PERSONALES Gastos de Vestimenta Gastos Personales Art. 34 del RALORTI
16 DEDUCCIONES GASTOS PERSONALES Gastos Personales
17 Personas Bajo Relación de Dependencia
18 Personas Bajo Relación de Dependencia La información deberán presentar en el mes de Enero de cada año. Bajo relación de dependencia presentarán a su empleador, un documento impreso, en dos ejemplares iguales, una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta que consideren incurrirán en el ejercicio económico en curso. R e s o lu c ió n N o N A C D G E R d e l 1 5 d e m a y o d e
19 Personas Bajo Relación de Dependencia El empleado estará obligado a presentar en el mes de Octubre de cada año un nuevo documento del formulario de Gastos Personales. Cuando trabaje para dos empleadores o más, informará al empleador con el que perciba mayores ingresos, la sumatoria de todos sus ingresos en relación de dependencia, debiendo este empleador efectuar la correspondiente retención considerando la totalidad de sus ingresos y las deducciones por aportes personales al IESS. R e s o lu c ió n N o N A C D G E R d e l 1 5 d e m a y o d e
20 Recuerda - Las Personas Naturales no obligadas a llevar contabilidad tienen la obligación de declarar y pagar el Impuesto a la Renta en el Formulario 102A, siempre que sus ingresos brutos superen la fracción básica no gravada de Impuesto a la Renta.
21 Tabla Impuesto a la Renta 2013 Gastos Personales
22 Ejemplo Formulario GP
23 Bajo Relación de Dependencia Los empleados bajo relación de dependencia, deberán presentar a su empleador un formulario de gastos personales proyectados (Formulario GP), bajo los siguientes considerandos: 1. Sumar todos los ingresos gravados con IR percibidos con el empleador 2. Sumar todos los ingresos gravados con IR con otro empleador (en el caso de tenerlo) 3. Proyectar los posibles gastos personales efectuados durante el año en curso. Gastos Personales
24 Rentas del Trabajo en Relación de Dependencia B.I. = Ingresos Gravable Deducciones Ingresos Gravables Sueldos Comisiones Horas Extras Subsidios Gastos de representación. Vacaciones, etc Ingresos Exentos Décimo 3ero y 4to Viáticos o Gastos de viaje, hospedaje y alimentación Fondos de Reserva Gastos Personales Deducciones Aporte al IESS (9.35%) Gastos Personales Salud Educación Vivienda Vestimenta Alimentación
25 Ejemplo: El contribuyente Intriago Loaiza Juan Francisco con C.I , es un empleado bajo relación de dependencia en una Institución Pública y es docente universitario. Su proyección de ingresos de acuerdo a su remuneración es de USD $25.000,00. Ingresos gravados Sueldo $30.000,00 Gastos Personales Gastos personales proyectados
26 Gastos Personales
27 Guía básica para llenar su anexo de Gastos Personales
28 Base Legal - Ley de Régimen Tributario Interno Art. 10 numeral 16 - Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno Art Resolución RES NAC-DGERCG
29 Quiénes deben presentar el Anexo de Gastos Personales? Importante Están obligados a presentarlo aquellas personas que hayan hecho uso de la deducción de gastos personales y que los mismos hayan superado los montos establecidos.
30 Ud deberá presentar el anexo GP si: Hasta el año 2010: sus ingresos fueron mayores a USD y los gastos personales mayores a USD. Desde el año 2011 en adelante: si sus gastos personales superan el 50% de la fracción básica desgravada de IR. Resolución RES NAC-DGERCG
31 PLAZOS El plazo para presentar el anexo GP es hasta el mes de febrero de cada año de acuerdo al noveno dígito del RUC o CI.
32 Recomendaciones: Mantener organizados los comprobantes de venta que sean deducibles por cada proveedor y por tipo de gasto deducible. - - El contribuyente está en la obligación de presentar a la Administración Tributaria los comprobantes de venta reportados en el anexo de gastos personales, cuando éstos le sean requeridos.
33 Recomendaciones: El valor deducible sustentado en el comprobante de venta no incluye IVA e ICE. - - Los comprobantes de venta que sustentan los gastos personales deben cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención.
34 DIMM ANEXOS Para obtener el programa del Anexo de Gastos Personales: Debe acceder a la página web del Servicio de Rentas Internas en Guía Básica Tributaria
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36 Llenado del Anexo de Gastos Personales
37 Actualice su versión!!!
38 En forma general deberá llenar los siguientes datos: 1. Período que está informando. En este caso, el anexo corresponde al año 2012.
39 2. Debe ingresar los datos de su identificación como informante.
40 3. Luego debe ingresar, en caso de existir, la identificación de: - Cónyuge o conviviente - Sus hijos dependientes - Sus dependientes discapacitados:
41 DEBE LLENAR LA INFORMACIÓN SEGÚN EL DETALLE DEL PROVEEDOR - RUC del Proveedor - Cantidad de comprobantes de venta.- Conteo de todos los comprobantes de venta recibidos de este proveedor que sustenten la deducción. - Base Imponible Deducible.- Registrará la suma de todos los valores de base imponible deducible (sin incluir IVA e ICE) de todos los comprobantes de venta de este proveedor.
42 Tipo de Gasto.- Se debe desglosar el valor correspondiente a cada tipo de gasto, según su proveedor. Recuerde que debe ingresar un registro por cada proveedor. En la parte que le señala SIN PROVEEDOR, exclusivamente se reportarán los valores por: - Pensiones alimenticias - Valores no cubiertos por aseguradoras
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45 5. Guardará la información e imprimirá el talón resumen.
46 6. Finalmente debe presentar el archivo generado con la información por Internet o en las ventanillas del SRI. Para la presentación por Internet deberá obtener la clave electrónica, para lo cual debe asistir a las oficinas de Servicios de Rentas Internas y presentar los siguientes documentos: Original de la Cédula de Identidad y copia a colores Original de la Papeleta de Votación y copia a colores Correo electrónico Acuerdo de Responsabilidad para declaraciones y anexos por Internet, disponible en la página
47 Evite Sanciones
48 Cuantías para sancionar omisidad en declaraciones y anexos (Impuesto a la Renta, IVA, Retenciones, ICE, y Anexos) TIPO DE CONTRIBUYENTE *Liquidación por parte del *Liquidación por parte del Omisiones detectadas y contribuyente por omisiones contribuyente por omisiones juzgadas por las notificadas antes a la no notificadas administración Resol.Sanc. CONTRIBUYENTE ESPECIAL US. 250 US. 375 US. 500 SOCIEDADES CON FINES DE LUCRO US.125 US US. 250 PERSONA NATURAL OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD US US US. 125 PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD, SOCIEDADES SIN FINES DE LUCRO US US US Liquidación por parte del contribuyente por declaraciones en cero, estipuladas en el numeral del instructivo.
49 Consideraciones importantes para solicitar la devolución de IR de personas naturales en relación a sus gastos personales: 1. Debe verificar previamente que cuenta con todo el sustento de sus gastos con comprobantes válidos. Si el contribuyente hubiere solicitado la devolución de IR, por pago indebido o en exceso relacionado con sus gastos personales, y hubieren sido atendidos favorablemente por la AT, deberá considerar los siguiente: 1. Si no cuenta con parte o todo el sustento de sus gastos con comprobantes válidos, debe presentar una declaración sustitutiva con los valores correctos y pagar la diferencia del impuesto (en caso de haberlo) o re-calcular el monto de saldo a favor.
50 Consideraciones importantes para solicitar la devolución de IR de personas naturales en relación a sus gastos personales: 2. De existir diferencia en el impuesto, deberá pagarla con intereses hasta la fecha de pago. 3. Posteriormente debe reintegrar los montos que le fueron devueltos indebidamente a través de un formulario 106. Para llenar correctamente este formulario debe acercarse a las oficinas del SRI a Gestión Tributaria, donde le pueden asistir con el cálculo de los intereses y el código con el cual debe presentar el formulario 106. El interés corre desde la fecha en que el SRI acreditó el dinero hasta la fecha en que restituya el valor. AVISO: La solicitud indebida de devolución de impuestos puede acarrearle un problema legal, por lo que es conveniente que de encontrarse en este caso lo solucione lo antes posible.
51 Todos declaran por internet Desde enero todas las declaraciones de impuestos se realizan exclusivamente por Internet, cualquiera que sea el monto de sus obligaciones tributarias, aún cuando la declaración que se presente no tenga impuestos u otros conceptos a pagar. Acércate a nuestras oficinas y obtén tu clave ya! CONSULTAS Y DENUNCIAS
52 CONTROL DE COMPROBANTES DE VENTAS CADUCADOS Se informa a los contribuyentes que es su obligación dar de baja los comprobantes de venta caducados, lo cual lo pueden realizar por internet en un plazo no mayor a 15 días hábiles, tal como lo dispone el numeral 1 del Art. 49 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios. Con lo cual se evitará la imposición de sanciones pecuniarias.
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