Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download ""

Transcripción

1 Página 1 de 2 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V ) NUM-CONSULTA V ORGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 19/03/2013 NORMATIVA RDLey 12/2012 art. 1.Primero.Cuatro TRLIS RDLeg 4/2004 art. 28 y 45 DESCRIPCION- La entidad consultante es una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades HECHOS profesionales de la Seguridad Social; esto es, es una entidad dedicada básicamente a la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Como mutua de accidentes de trabajo, es una entidad parcialmente exenta del Impuesto sobre Sociedades. Las rentas procedentes de la actividad propia de la gestión de la Seguridad Social están exentas, y solo tributa por las rentas procedentes del patrimonio histórico. En el período impositivo 2011, el conjunto de la cifra de negocios de la entidad fue superior a 20 millones de euros. El Real Decreto-ley 20/2012, que modifica el Real Decreto-ley 12/2012, establece entre otras cláusulas que, para los períodos impositivos 2012 y 2013, para las entidades para las que en el período anterior su cifra de negocios hubiera sido al menos 20 millones de euros, el pago a cuenta será como mínimo el 12% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias. La entidad consultante lleva dos contabilidades separadas, una para la actividad de gestión de colaboración con la Seguridad Social y otra para la actividad del patrimonio histórico. CUESTION- A efectos de calcular el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, se plantea PLANTEADA si cuando se establece que como mínimo el importe del pago a cuenta será del 12% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias para las entidades para las que en el período inmediatamente anterior el importe de la cifra de negocios haya sido al menos de 20 millones de euros, debe tenerse solo en cuenta el resultado procedente del patrimonio histórico, único gravado por el Impuesto sobre Sociedades, o debe tomarse en consideración todo el resultado de la entidad, tanto el procedente del patrimonio histórico como el de la actividad de gestión de colaboración con la Seguridad Social, aún teniendo en cuenta que cuando realice la declaración del Impuesto sobre Sociedades el resultado procedente de la actividad de gestión de colaboración con la Seguridad Social se encuentra exento. CONTESTACION- La presente consulta tuvo entrada en este Centro Directivo con fecha 6 de COMPLETA noviembre de 2012, por lo tanto fuera del periodo voluntario de presentación del primer y segundo pago fraccionado del año 2012, que finalizaron, respectivamente, el 20 de abril y el 20 de octubre de dicho año por lo que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 88.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la contestación a la presente consulta versará únicamente sobre los pagos fraccionados de diciembre de 2012 y posteriores. La contestación a la presente consulta se emite partiendo de la consideración de que el período impositivo de la entidad consultante coincide con el año natural. Según se manifiesta en el escrito de consulta, la entidad consultante es una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. El artículo 9.3 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo,

2 Página 2 de 2 establece que: 3. Estarán parcialmente exentos del impuesto en los términos previstos en el capítulo XV del título VII de esta ley: e) Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social que cumplan los requisitos establecidos por su normativa reguladora. El capítulo XV del título VII del TRLIS regula el régimen especial de entidades parcialmente exentas. Asimismo, el artículo 28.2 del TRLIS establece que: 2. Tributarán al tipo del 25 por ciento: a) Las mutuas de seguros generales, las mutualidades de previsión social y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social que cumplan los requisitos establecidos por su normativa reguladora. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2012, y en el artículo 65 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2013, estarán obligados a aplicar la modalidad de pago fraccionado prevista en el apartado 3 del artículo 45 del TRLIS los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, haya superado la cantidad de ,04 euros durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2012 ó 2013, respectivamente. El artículo 121 de la Ley 37/1992 establece que: Uno. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, se entenderá por volumen de operaciones el importe total, excluido el propio impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, el recargo de equivalencia y la compensación a tanto alzado, de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por el sujeto pasivo durante el año natural anterior, incluidas las exentas del Impuesto. En los supuestos de transmisión de la totalidad o parte de un patrimonio empresarial o profesional, el volumen de operaciones a computar por el sujeto pasivo adquirente será el resultado de añadir al realizado, en su caso, por este último durante el año natural anterior, el volumen de operaciones realizadas durante el mismo período por el transmitente en relación a la parte de su patrimonio transmitida. Dos. Las operaciones se entenderán realizadas cuando se produzca o, en su caso, se hubiera producido el devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido. Tres. Para la determinación del volumen de operaciones no se tomarán en consideración las siguientes: Página siguiente

3 Página 1 de 3 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V ) Página anterior CONTESTACION- COMPLETA 1.º Las entregas ocasionales de bienes inmuebles. 2.º Las entregas de bienes calificados como de inversión respecto del transmitente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 108 de esta Ley. 3.º Las operaciones financieras mencionadas en el artículo 20, apartado uno, número 18.o de esta Ley, incluidas las que no gocen de exención, así como las operaciones exentas relativas al oro de inversión comprendidas en el artículo 140 bis de esta Ley, cuando unas y otras no sean habituales de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo. Si del cálculo resultante de lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, el volumen de operaciones de la entidad consultante ha superado la cantidad de ,04 euros durante los doce meses anteriores a 1 de enero de 2012 o de 2013 estará obligada a aplicar la modalidad de pago fraccionado prevista en el apartado 3 del artículo 45 del TRLIS en los períodos impositivos de 2012 o 2013, respectivamente. El artículo 1.Primero.Cuatro del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, según redacción dada por el artículo 26.Segundo.Tres del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entró en vigor el 15 de julio de 2012, dispone que: Artículo 26. Modificaciones relativas al Impuesto sobre Sociedades. Segundo. Con efectos para los pagos fraccionados cuyos plazos de declaración se inicien a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, correspondientes a períodos impositivos iniciados dentro de los años 2012 y 2013, se introducen las siguientes modificaciones en el régimen legal del Impuesto sobre Sociedades: Tres. Se modifica el número cuatro del apartado primero del artículo 1 del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, que queda redactado de la siguiente forma: «Cuatro. La cantidad a ingresar correspondiente a los pagos fraccionados establecidos en el apartado 3 del artículo 45 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, para los sujetos pasivos cuyo importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2012 o 2013 sea al menos veinte millones de euros, no podrá ser inferior, en ningún caso, al 12 por ciento del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de los tres, nueve u once primeros meses de cada año natural o, para sujetos pasivos cuyo período impositivo no coincida con el año natural, del ejercicio transcurrido desde el inicio

4 Página 2 de 3 del período impositivo hasta el día anterior al inicio de cada período de ingreso del pago fraccionado, determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, minorado exclusivamente en los pagos impositivo. No obstante, el porcentaje establecido en el párrafo anterior será del 6 por ciento para aquellas entidades allí referidas, en las que al menos el 85 por ciento de los ingresos de los tres, nueve u once primeros meses de cada año natural o, para sujetos pasivos cuyo período impositivo no coincida con el año natural, del ejercicio transcurrido desde el inicio del período impositivo hasta el día anterior al inicio de cada período de ingreso del pago fraccionado, correspondan a rentas a las que resulte de aplicación las exenciones previstas en los artículos 21 y 22 o la deducción prevista en el artículo 30.2, del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.» El TRLIS no define lo que se entiende por cifra de negocios. No obstante, dado que los preceptos del derecho común tienen carácter supletorio en el ámbito fiscal (artículo 7.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), se encuentra el concepto en el artículo 35.2 del Código de Comercio: La cifra de negocios comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas así como el Impuesto sobre el Valor Añadido, y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios, que deban ser objeto de repercusión. En el supuesto de que, como ya se ha señalado, la entidad consultante estuviera obligada a aplicar la modalidad de pago fraccionado prevista en el apartado 3 del artículo 45 del TRLIS para el período impositivo que se inicie el 1 de enero de 2012, si el importe neto de la cifra de negocios de la entidad consultante en los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo dentro del año 2012, fuera al menos veinte millones de euros, vendrá obligada a ingresar el importe mínimo del pago fraccionado regulado en el artículo 1.Primero.Cuatro del Real Decreto-ley 12/2012, en la medida en que la cuantía resultante de aplicar lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 45 del TRLIS, resulte inferior al 12% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de los nueve u once primeros meses del año 2012, minorado en el importe de los pagos impositivo (2012). Por otra parte, este artículo 1.Primero.Cuatro del Real Decreto-ley 12/2012 ha sido de nuevo modificado por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2013, quedando redactado de la siguiente forma: Cuatro. La cantidad a ingresar correspondiente a los pagos fraccionados establecidos en el apartado 3 del artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, para los sujetos pasivos cuyo importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2012 ó 2013 sea al menos veinte millones de euros, no podrá ser inferior, en ningún caso, al 12 por ciento del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de los tres, nueve u once primeros meses de cada año natural o, para sujetos pasivos cuyo período impositivo no coincida con el año natural, del ejercicio transcurrido desde el inicio del período impositivo hasta el día anterior al inicio de cada período de ingreso del pago fraccionado, determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, minorado exclusivamente en los pagos impositivo.

5 Página 3 de 3 No obstante, el porcentaje establecido en el párrafo anterior será del 6 por ciento para aquellas entidades allí referidas, en las que al menos el 85 por ciento de los ingresos de los tres, nueve u once primeros meses de cada año natural o, para sujetos pasivos cuyo período impositivo no coincida con el año natural, del ejercicio transcurrido desde el inicio del período impositivo hasta el día anterior al inicio de cada período de ingreso del pago fraccionado, correspondan a rentas a las que resulte de aplicación las exenciones previstas en los artículos 21 y 22 o la deducción prevista en el artículo 30.2, del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Lo dispuesto en este número no resultará de aplicación a las entidades a las que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley del lmpuesto sobre Sociedades ni a las referidas en la Ley 11/2009, de 26 de octubre, por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Como ya se ha señalado, el tipo de gravamen aplicable a la entidad consultante se regula en el apartado 2 del artículo 28 del TRLIS, por lo que la excepción que contempla el último párrafo del artículo 1.Primero.Cuatro del Real Decreto-ley 12/2012 no le resulta de aplicación, de manera que, en consecuencia, el importe mínimo de los pagos fraccionados establecido en dicho artículo 1.Primero.Cuatro del Real Decreto-ley 12/2012, le seguirá siendo aplicable a la entidad consultante para el periodo impositivo que se inicie a partir de 1 de enero de 2013, en el supuesto de que, como ya se ha señalado, la entidad consultante estuviera obligada a aplicar la modalidad de pago fraccionado prevista en el apartado 3 del artículo 45 del TRLIS para el período impositivo que se inicie el 1 de enero de 2013, y se dieran las circunstancias establecidas en dicho artículo 1.Primero.Cuatro. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO:

DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: Referencia: NFC058496 DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: PRECEPTOS: IRPF. Hecho imponible. Rentas exentas. Indemnizaciones por despido o cese. Reducciones. Retenciones. Indemnización

Más detalles

Consulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas

Consulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas Consulta Vinculante V3499-15, de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 3876/2015 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Exenciones. Está exenta

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2004 (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo)

Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2004 (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo) Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2004 (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo) Artículo 1. Naturaleza El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y

Más detalles

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 Pág. 1 de 16 ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 LEY 5/1990, DE 29 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA. Artículo 25. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE ACTIVIDAS ECONÓMICAS. Artículo 1. El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo, obligatorio, municipal, de carácter real, cuyos elementos están

Más detalles

Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria... financiera para la corrección del déficit público

Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria... financiera para la corrección del déficit público NORMATIVA Índice Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Real Decreto-ley 12/2012, de

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

Se solicita pronunciamiento sobre la forma correcta del cálculo-de la base imponible del IIVTNU.

Se solicita pronunciamiento sobre la forma correcta del cálculo-de la base imponible del IIVTNU. INFORME de 18 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Tributos, sobre la forma correcta del cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza

Más detalles

SUBCAPITULO: REFERENCIA:

SUBCAPITULO: REFERENCIA: 128654-CONCEPTO Y REQUSITOS En qué consiste la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de acitivades económicas? Quienes pueden aplicarla? La deducción por obtención de rendimientos del trabajo

Más detalles

Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas

Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES RÉGIMEN ESPECIAL DE ENTIDADES DEDICADAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS (Título VII Capítulo III TRLIS, artículos

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS a actividades económicas, realizadas en los periodos impositivos iniciados dentro de los ejercicios 2009 y 2010 podían amortizarse

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA 1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA Articulo 1º.- Hecho Imponible 1.- El Hecho Imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles está constituido por la titularidad

Más detalles

Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO.

Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia remite escrito

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Fundamento legal

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Fundamento legal ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Fundamento legal Artículo 1º.- Este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 106.1 de la Ley 7/1985,

Más detalles

Sentencia de interés. Sentencia de interés. El Notariado informa. Boletín - martes, 8 de noviembre de 2016 PÁG.2 PÁG.4 PÁG.5

Sentencia de interés. Sentencia de interés. El Notariado informa. Boletín - martes, 8 de noviembre de 2016 PÁG.2 PÁG.4 PÁG.5 Sentencia de interés Se aplica la exención del art. 7 h) de la LIRPF a las prestaciones por maternidad percibidas el INSS. PÁG.2 Sentencia de interés Los Ayuntamientos tienen la facultad de aplicar a los

Más detalles

MODELO 202 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

MODELO 202 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES MODELO 202 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO

Más detalles

Aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF

Aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF Aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF El rendimiento neto resultará de la suma de todos los rendimientos que correspondan a cada una de las actividades. En primer lugar desarrollaremos

Más detalles

1. Están exentos del impuesto los incrementos de valor que se manifiesten a consecuencia de los actos siguiente:

1. Están exentos del impuesto los incrementos de valor que se manifiesten a consecuencia de los actos siguiente: ORDENANZA Nº 5 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1º.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 105 a 111 de la Ley 39/1988

Más detalles

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID Asunto: Solicitud rectificación autoliquidación IRPF y devolución de ingresos indebidos correspondiente/s al/los ejercicio/s ------. (puede ser 2012,

Más detalles

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Prof. Álvaro Salas Suárez

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Prof. Álvaro Salas Suárez IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez Normativa de referencia Ley 35/2006 Ley del IRPF Real Decreto 1757/2007 que modifica el Real Decreto 439/2007 Reglamento del IRPF

Más detalles

(BOE nº 78 de 31 de marzo de 2007) se considera oportuno dictar las siguientes instrucciones PORCENTAJE: 15% CÓDIGO DESCUENTO SICALWIN:

(BOE nº 78 de 31 de marzo de 2007) se considera oportuno dictar las siguientes instrucciones PORCENTAJE: 15% CÓDIGO DESCUENTO SICALWIN: INSTRUCCIONES DE GERENCIA SOBRE RETENCIONES A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y UTILIZACIÓN DE DESCUENTOS EN EL PROGRAMA INFORMÁTICO SICALWIN Vistos los preceptos de Ley 35/2006

Más detalles

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE Secretaría General de Medio Ambiente y Agua

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE Secretaría General de Medio Ambiente y Agua CANON DE MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRAULICAS DE DEPURACION DE INTERÉS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA. PREGUNTAS FRECUENTES. 1. Debe constar el canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DECLARACIÓN ESPECIAL Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 de 30 de marzo (BOE 31/3/2012) MODIFICADO PARCIALMENTE POR EL REAL DECRETO-LEY 14/2012 de 20 de abril (BOE

Más detalles

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas TÍTULO: Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 165, "Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o

Más detalles

Barcelona, 8 de abril de 2013. Estimados clientes,

Barcelona, 8 de abril de 2013. Estimados clientes, Barcelona, 8 de abril de 2013. Estimados clientes, Os transcribimos la consulta vinculante V0583-13 de fecha 25 de febrero de 2013, donde se vuelve a tratar el tema de la retribución de los administradores.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010 Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. Ministerio

Más detalles

1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)

1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) 1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) El presente Impuesto ha sufrido las siguientes modificaciones a 1 de Octubre de 2012. Artículos del 1º al 9º BOCCE 31 de Marzo de 2003. Artículos 8º / 9º. Tipo

Más detalles

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO Resumen de obligaciones tributarias de los meses de febrero y marzo de 2015 Gros & Monserrat Área Fiscal Febrero 2015 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1 OPCIÓN/RENUNCIA

Más detalles

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 4.2 Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 4.2 Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 4.2 Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario Art.6.1 Ley 20/1991 Art. 7.1.2.6º Ley 20/1991 Art. 8.1 Ley

Más detalles

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Actualizado a enero de 2011 Índice Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,

Más detalles

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1º. Disposiciones Generales. Conforme a lo dispuesto en los artículos 92 a 99, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo

Más detalles

ASUNTO: PERSONAL/RETRIBUCIONES. Devolución paga extra /15 INFORME E ************ I. ANTECEDENTES DE HECHO

ASUNTO: PERSONAL/RETRIBUCIONES. Devolución paga extra /15 INFORME E ************ I. ANTECEDENTES DE HECHO -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: PERSONAL/RETRIBUCIONES Devolución paga extra 2012 215/15 E ************ INFORME I. ANTECEDENTES DE HECHO

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

PREGUNTAS CON ALTERNATIVAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

PREGUNTAS CON ALTERNATIVAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PREGUNTAS CON ALTERNATIVAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1. El régimen de atribución de rentas se aplicará a: a) Sociedades civiles. b) Sociedades anónimas. c) Sociedades agrarias de transformación. d)

Más detalles

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 411 IMPUESTO SOBRE

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 411 IMPUESTO SOBRE Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 411 IMPUESTO SOBRE LOS DEPÓSITOS EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO. AUTOLIQUIDACIÓN Y SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES Y EL PROCEDIMIENTO

Más detalles

El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO

El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO Memoria en interés de ADIN: El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO GV Advocats i Economistes R. Cataluña 121, 4º2º 08008 - Barcelona 1 Informe sobre el régimen del IVA aplicable a

Más detalles

Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Curso

Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Curso Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 66013010 Curso 2015-2016 Programa de INTRODUCCION AL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO Facultad de

Más detalles

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES ADICIONALES Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.

Más detalles

La entidad consultante es una empresa mayorista de muebles de cocina, ferretería, baños, que realiza las siguientes operaciones:

La entidad consultante es una empresa mayorista de muebles de cocina, ferretería, baños, que realiza las siguientes operaciones: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias (A.I.E.M.). CUESTIÓN

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO ORD 4 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO FUNDAMENTO Artículo 1. La presente Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes

Más detalles

CAPÍTULO VII EL IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

CAPÍTULO VII EL IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS CAPÍTULO VII EL IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS 107 108 1. INTRODUCCIÓN Al igual que en años precedentes, se considera que los únicos conceptos que generan beneficios fiscales en el Impuesto sobre

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Hecho imponible. 1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye

Más detalles

Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11

Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11 ÍNDICe sistemático PÁGINA Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada... 9 Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11 1. Introducción... 11 2. El resultado contable o beneficio

Más detalles

ALMACÉN FISCAL DE HIDROCARBUROS

ALMACÉN FISCAL DE HIDROCARBUROS ALMACÉN FISCAL DE HIDROCARBUROS Posibilidad de inscribir el almacén como almacén fiscal de hidrocarburos si únicamente se dedica al almacenamiento de producto de terceros. NUM-CONSULTA V0840-15 ORGANO

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.12 POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE Fundamento y Régimen... 2 Hecho Imponible... 2 Obligados Tributarios... 2 Devengo... 3 Cuota

Más detalles

El sistema impositivo municipal (Ámbito poblacional, geográfico, temporal y base legal)

El sistema impositivo municipal (Ámbito poblacional, geográfico, temporal y base legal) METODOLOGIA INTRODUCCIÓN El objetivo de esta publicación es facilitar los valores de los principales parámetros regulados (tipos impositivos, porcentajes y coeficientes) de cada uno de los impuestos locales

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ARTICULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL El Ayuntamiento de Chiva, de conformidad con lo que establece el articulo

Más detalles

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 I. INTRODUCCIÓN El Comité de Auditoría de, S.A. (en adelante, "" o la Sociedad ) en su sesión celebrada

Más detalles

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de

Más detalles

GUÍA DOCENTE Gestión Tributaria de Empresas Turísticas

GUÍA DOCENTE Gestión Tributaria de Empresas Turísticas GUÍA DOCENTE 2016-2017 Gestión Tributaria de Empresas Turísticas 1. Denominación de la asignatura: Gestión Tributaria de Empresas Turísticas Titulación Graduado o Graduada en Turismo Código 6776 2. Materia

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1. Naturaleza y hecho imponible. Supuestos de no sujeción. 1. El Impuesto sobre el Incremento

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS AYUNTAMIENTO DE ALICANTE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS APROBACIÓN: Texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 29 de octubre de 2015, de cuya

Más detalles

Reforma de la Seguridad Social

Reforma de la Seguridad Social Reforma de la Seguridad Social Modificaciones introducidas en el RDL 1/1994 (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social), por la Ley 27/2011 (sobre actualización, adecuación y modernización

Más detalles

Práctica 8. Impuesto sobre Sociedades: Reducciones, Deducciones y pagos fraccionados.

Práctica 8. Impuesto sobre Sociedades: Reducciones, Deducciones y pagos fraccionados. Práctica 8. Impuesto sobre Sociedades: Reducciones, Deducciones y pagos fraccionados. I. Sabiendo que no existen ajustes al resultado contable, se requiere determinar la base imponible y la posible reducción

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O

A Y U N T A M I E N T O A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO 2013 ORDENANZA Núm.1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y RÚSTICA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACION DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL

Más detalles

NÚMERO T-19. Ajuntament de Benicarló Gestió Tributària

NÚMERO T-19. Ajuntament de Benicarló Gestió Tributària NÚMERO T-19 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO POR MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA (ORDENANZA FISCAL REGULADORA) ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO

Más detalles

Asesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales

Asesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales Prueba de evaluación Asesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales Datos del alumno: Firma del alumno: Fecha de envío: Recuerde: Cumplimente la prueba de evaluación

Más detalles

Foro jurídico. Novedades fiscales. Audit Tax Advisory. Tercer trimestre 2011

Foro jurídico. Novedades fiscales. Audit Tax Advisory. Tercer trimestre 2011 Tercer trimestre 2011 Foro jurídico El contexto económico, la reducción del déficit público, la incertidumbre de los mercados y, con ello, la necesidad de consolidar las finanzas públicas son los argumentos

Más detalles

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA CIRCULAR FISCAL 10 de julio de 2012 En los plazos que a continuación se indican deben efectuarse las declaraciones-ingreso de los Impuestos que a continuación se relacionan: PROFESIONALES Y EMPRESARIOS

Más detalles

BENEFICIOS FISCALES 2015

BENEFICIOS FISCALES 2015 BENEFICIOS FISCALES 2015 El objeto del presente informe es dar cumplimiento, para el ejercicio 2015, a lo señalado en el artículo 27.2 del Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

ORDENANZAS FISCALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

ORDENANZAS FISCALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ORDENANZAS FISCALES Aprobadas en Sesión Ordinaria de 28 de diciembre de 2007 por el Pleno de la Corporación. Publicadas en el B.O.P. nº 251 de 31 de diciembre de 2007, Suplemento nº 4. ORDENANZA FISCAL

Más detalles

I.- NATURALEZA Y OBJETO.

I.- NATURALEZA Y OBJETO. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA EN LOS RECINTOS DONDE SE CELEBREN LAS VELADAS POPULARES DE LAS DIFERENTES BARRIADAS DE LA CIUDAD DE SEVILLA Artículo 1º.- I.-

Más detalles

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía). INFORME N. 010-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si los productores de café y cacao( 1 ) de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y las provincias de Chanchamayo y Satipo del departamento

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Ordenanza Reguladora

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Ordenanza Reguladora ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1. Hecho imponible Ordenanza Reguladora 1.- El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL. Artículo 1º. Fundamento y naturaleza Al amparo de lo previsto en los artículos

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL.

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL. PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL. (Documento de 25.02.11, incluido en la web de la AEAT www.agenciatributaria.es- con

Más detalles

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. Nº 125990-Factores que determinan la obligacion de declarar.

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. Nº 125990-Factores que determinan la obligacion de declarar. CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria INTRASTAT CUANDO EMPIEZA LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR Nº 125990-Factores que determinan la obligacion de declarar. Pregunta: Qué factores determinan la

Más detalles

CUENTA GENERAL DEL ESTADO EJERCICIO 2010 RESUMEN

CUENTA GENERAL DEL ESTADO EJERCICIO 2010 RESUMEN CUENTA GENERAL DEL ESTADO RESUMEN En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 125.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP), se ha formado, por la Intervención General de

Más detalles

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA TRONCAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA TRONCAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO A) PARTE GENERAL PROGRAMA DE LA ASIGNATURA TRONCAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO LECCION 1. El Derecho Financiero. A) La actividad financiera. Las disciplinas financieras.- B) Concepto de Derecho financiero.

Más detalles

Los VEN-NIF y el. en Venezuela. Norelly Pinto Vargas

Los VEN-NIF y el. en Venezuela. Norelly Pinto Vargas Los VEN-NIF y el Impuesto sobre la Renta en Venezuela ENTES EMISORES DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD EN VENEZUELA ENTIDADES REGULADAS ENTIDADES NO REGULADAS Art. 39 LMV 05/11/2010 Art. 49 LCAFAAAYS 16/11/2010

Más detalles

Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES

Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES 1 1 Índice 1. Nuevos sujetos pasivos del IS. 2. Alternativas

Más detalles

Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre el Impuesto sobre Sociedades (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015)

Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre el Impuesto sobre Sociedades (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015) Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre el Impuesto sobre Sociedades (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015) Sumario con hipervínculos: Contribuyentes Base imponible: reglas

Más detalles

EL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES

EL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES EL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES DOMINGO CARBAJO VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ASESORES FINANCIEROS Y TRIBUTARIOS. Madrid, 2 de junio de 2011. 1 CARACTERÍSTICAS

Más detalles

FEBRERO 2016 L M X J V S D

FEBRERO 2016 L M X J V S D FEBRERO 2016 L M X J V S D 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 HASTA EL 1 DE FEBRERO RENTA Pagos fraccionados Renta Cuarto trimestre 2015. o Estimación directa:

Más detalles

GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL)

GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL) GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL) IVA: Régimen Especial Simplificado (módulos): Modelo F69 A quién se aplica: A todos aquellos empresarios que

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDAD, AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL DE CONTROL POSTERIOR AL INICIO DE LA ACTIVIDAD DE ESTABLECIMIENTOS

Más detalles

Ayuntamiento de Utiel

Ayuntamiento de Utiel Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las Fachadas de los Inmuebles con Acceso Directo desde la Vía Pública. Expediente nº: 2664/2012 Asunto: Ordenanza Fiscal

Más detalles

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art º Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art º Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 27.1.4º Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario Disposición Adicional Octava.Uno.3 Ley 20/1991 Anexo

Más detalles

II.- HECHO IMPONIBLE.

II.- HECHO IMPONIBLE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EXTINCION DE INCENDIOS, DE PREVENCION DE RUINAS, DE CONSTRUCCIONES, DERRIBOS, SALVAMENTOS Y OTROS ANALOGOS I.- NATURALEZA, OBJETO

Más detalles

Retención en la fuente Retención del impuesto sobre las ventas en operaciones con tarjetas de crédito o débito.

Retención en la fuente Retención del impuesto sobre las ventas en operaciones con tarjetas de crédito o débito. CONCEPTO 34880 DE 29 DE DICIEMBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctor LEONARDO SICARD ABAD Director de Gestión de Fiscalización Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Más detalles

IV. Administración Local

IV. Administración Local Pág. 5 IV. Administración Local DIPUTACIÓN DE SALAMANCA Bienestar Social SECCIÓN DE PRESTACIONES Edicto. Aprobado definitivamente el expediente relativo a la modificación de la Ordenanza del precio público

Más detalles

5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA 5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA CAPITULO I. HECHO IMPONIBLE Artículo 1. 1. Constituye el hecho imponible del Impuesto el incremento

Más detalles

Ayuntamiento de Aracena. Plaza de Santa Catalina S/N, Aracena Huelva. Tfno Fax:

Ayuntamiento de Aracena. Plaza de Santa Catalina S/N, Aracena Huelva. Tfno Fax: ORDENANZA FISCAL Nº 10 REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA A LA GRUTA DE LAS MARAVILLAS, AL MUSEO DEL JAMON Y AL RECINTO FORTIFICADO DEL CASTILLO DE ARACENA Artículo 1º. Fundamento y Naturaleza En uso de

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 24 de diciembre de 2015

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 24 de diciembre de 2015 Circular número 4/2001, de 24 de septiembre, a Entidades adscritas a un Fondo de Garantía de Depósitos, de información sobre los saldos que integran la base de cálculo de las aportaciones a los fondos

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

Tipo de informe: Facultativo D I C T A M E N ANTECEDENTES.

Tipo de informe: Facultativo D I C T A M E N ANTECEDENTES. Consulta relativa a la interpretación del artículo 160.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Informe 02/2006, de 17 de marzo. Tipo de informe: Facultativo ANTECEDENTES.

Más detalles

Tipo de informe: Facultativo D I C T A M E N ANTECEDENTES.

Tipo de informe: Facultativo D I C T A M E N ANTECEDENTES. Consulta relativa al cálculo del porcentaje de modificación en contrato que se encuentra prorrogado por un periodo distinto al del contrato inicial. Informe 04/2012, de 25 de mayo. Tipo de informe: Facultativo

Más detalles

I. Modificaciones relativas al acceso, cálculo de la base reguladora y cuantía de la pensión de jubilación ordinaria.

I. Modificaciones relativas al acceso, cálculo de la base reguladora y cuantía de la pensión de jubilación ordinaria. ÚLTIMAS MEDIDAS SOBRE LA REFORMA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL En el Boletín Oficial del Estado de 16 de marzo de 2013 se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2013, modificando

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I. DISPOSICIONES GENERALES

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I. DISPOSICIONES GENERALES ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral Reguladora

Más detalles

DEDUCCIONES PARA INCENTIVA ACT. ECONÓMICAS

DEDUCCIONES PARA INCENTIVA ACT. ECONÓMICAS PARTE ESPECIAL TRIBUTARIA - I.SOCIEDADES EJERCICIOS INICIACIÓN (VI) JULIO 2014-1 - EJERCICIO 17 DEDUCCIONES PARA INCENTIVA ACT. ECONÓMICAS Inversiones en Investigación y Desarrollo ACUVAT, S. A. ha realizado

Más detalles

Consulta 1. Respuesta

Consulta 1. Respuesta Consulta 1 Sobre si un auditor de cuentas, persona física, podría aceptar el nombramiento de auditor suplente para auditar las cuentas anuales de una entidad encontrándose registrado en situación de no

Más detalles

Pasos a seguir para el establecimiento en España de la delegación de una fundación extranjera

Pasos a seguir para el establecimiento en España de la delegación de una fundación extranjera ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica y Fiscal Rafael Calvo, 18 4º B 28010 Madrid Tel.: 91 310 63 09 Fax: 91 578 36 23 asociacion@fundaciones.org www.fundaciones.org Pasos a

Más detalles

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal.

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y de conformidad con lo dispuesto en el

Más detalles

Publicado en La Gaceta No. 90 del 19 de Mayo del 2014. El Presidente de la República de Nicaragua

Publicado en La Gaceta No. 90 del 19 de Mayo del 2014. El Presidente de la República de Nicaragua LEY DE REFORMAS A LA LEY N o. 677, LEY ESPECIAL PARA EL FOMENTO DE LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA Y DE ACCESO A LA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y SU REFORMA Y LA LEY N o. 428, LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE

Más detalles