I. INTRODUCCION. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. RÉGIMEN JURÍDICO.

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1 CONVOCATORIA DE LA LINEA DE PRÉSTAMOS DEL FONDO DE PRÉSTAMOS PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO ASOCIADOS A LA RED DE PARQUES TECNOLÓGICOS DE CANARIAS (I+D Nº 02/14) Aprobada el 19 de diciembre de 2014

2 I. INTRODUCCION. El Fondo de Préstamos para la Financiación de Proyectos de Investigación y Desarrollo Asociados a la Red de Parques Tecnológicos de Canarias, creado por Acuerdo de Gobierno de Canarias en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2013, modificado en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, tiene como objetivo facilitar la financiación de proyectos empresariales de investigación y desarrollo de investigación industrial y desarrollo experimental. El Fondo gestionado por SODECAN, en virtud del Acuerdo de Financiación y Gestión firmado el 30 de diciembre de 2013 entre la Comunidad Autónoma de Canarias y SODECAN, modificado el 5 de mayo de 2014 y el 23 de diciembre de 2014, respectivamente, está dotado con un importe de euros. Dicho Fondo cuenta con una financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del 85% a través del Programa Operativo FEDER de Canarias , siempre y cuando lo proyectos reúnan las condiciones de elegibilidad que se establezcan en su regulación específica. Con fecha 19 de diciembre de 2014 el Comité de Inversiones aprobó la presente convocatoria pública. II. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria tiene por objeto facilitar la financiación de proyectos empresariales de I+D de investigación industrial y desarrollo experimental. Estos proyectos se realizarán en cooperación con los organismos y centros de investigación vinculados a la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias, conforme a lo establecido en el Decreto 21/2014 de 31 de marzo, por el que se crea la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias y se determinan las empresas vinculadas e implantadas en los Espacios y Parques Tecnológicos de la citada Red. El importe total de la línea de préstamos es de euros. III. RÉGIMEN JURÍDICO. Para la presente convocatoria, los contratos de préstamos y las obligaciones que se deriven de éstos últimos, quedan excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se regirán por normas de derecho privado. No obstante lo anterior, la convocatoria y los préstamos que se concierten se atendrán a las siguientes disposiciones normativas: Artículos 2.4.h), 3.2, párrafo segundo, 8.3 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los artículos 4 y 5.1, párrafos primero y segundo del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. 1

3 Los proyectos que realicen las empresas beneficiarias, al estar cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), están sujetos a las normas, condiciones y requisitos que le sean de aplicación. A este respecto, se deberá dar cumplimiento a las condiciones establecidas en la normativa comunitaria, en concreto en el Reglamento (UE) Nº 1301/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) Nº 1080/2006, en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre del 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo, así como a las disposiciones y actos que desarrollen los mismos. Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, especialmente en lo referido al artículo 25 Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo. Dicho Reglamento ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 26 de junio de 2014 (DOUE L 187). El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación a su adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción. IV. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LA LÍNEA DE PRÉSTAMOS. IV.1. OBJETIVOS. La línea de préstamos contribuirá a la financiación de proyectos empresariales de I+D de investigación industrial y desarrollo experimental, que tengan los siguientes objetivos: a) Incrementar la capacidad científica- técnica de las empresas y los organismos o centros de investigación que desarrollen proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental. b) Estimular la creación de empleo cualificado y la vinculación de Pymes regionales al desarrollo de proyectos de I+D. c) Ampliar y optimizar el uso conjunto, por parte de las empresas y los centros y unidades de investigación de las infraestructuras asociadas a la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias. d) Contribuir al desarrollo y a la atracción de proyectos estratégicos de envergadura y con efecto tractor sobre la economía y el empleo de las islas. 2

4 IV.2. BENEFICIARIOS. Los beneficiarios son Empresas o bien Agrupación de Interés Económico constituidas conforme a la normativa vigente. Los proyectos podrán ser individuales o bien en colaboración como Agrupación de Interés Económico o en Consorcio regido por un acuerdo de colaboración, constituido como mínimo por dos empresas. En el caso de Consorcio, los beneficiarios serán cada una de las empresas que integran el mismo. IV.3. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Y DE LOS PROYECTOS. Las actividades financiables del proyecto serán desarrolladas en Canarias y los beneficiarios de las ayudas serán las empresas, en los términos descritos en el apartado anterior. Los proyectos deben calificarse como de investigación industrial y/o desarrollo experimental y podrán abarcar cualquier área temática. Los organismos y/o centros de investigación y las empresas participantes del proyecto tendrán que acreditar su vinculación a la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias. La participación de los organismos y/o centros de investigación vinculados a la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias debe ser al menos del 20% del presupuesto financiable por proyecto. La participación se realizará bajo la modalidad de subcontratación. Los proyectos deben tener posibilidades de desarrollo futuro en Canarias y en otros mercados nacionales e internacionales. La financiación del proyecto debe provocar un cambio en el comportamiento de los beneficiarios tal que éstos incrementen su grado de actividad de I+D. En el caso de proyectos cooperativos ejecutados por una Agrupación de Interés Económico o en Consorcio, estarán constituidos por un máximo de cuatro empresas, no superando la participación de una única empresa el 65% del presupuesto financiable total del proyecto y siendo la participación mínima por empresa superior al 20% de dicho presupuesto. IV.4. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LA FINANCIACIÓN DEL PRÉSTAMO. La modalidad de financiación será la de un préstamo con un tramo no reembolsable. El presupuesto mínimo financiable por proyecto será de euros y el máximo de euros, con una financiación máxima del 85% del total del presupuesto financiable del proyecto y como límite máximo, la intensidad de ayuda que establece el Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en lo referido a Ayudas a proyectos de Investigación y Desarrollo en su artículo 25. 3

5 En el apartado 5 del citado artículo 25 se establece que la intensidad de la ayuda sobre el presupuesto financiable para cada beneficiario no excederá del 50% en los proyectos de investigación industrial y de un 25% en los proyectos de desarrollo experimental. Dichas intensidades básicas de la ayuda podrán aumentarse en los términos establecidos en el artículo 25, apartado 6, del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión. Se realizará un único desembolso, tanto del tramo no reembolsable como del tramo reembolsable, que se efectuará tras la certificación del hito único del proyecto, acreditándose la misma en los términos establecidos en la presente convocatoria, garantizándose que el proyecto objeto de financiación ha sido completamente realizado. El reembolso o devolución del préstamo será en 10 amortizaciones semestrales, estableciéndose la primera al año de la finalización prevista del proyecto. El tramo no reembolsable del proyecto no superará el 20% de la financiación del proyecto y el porcentaje del mismo se determinará de acuerdo con los siguientes criterios: Participación significativa en el proyecto de una Pyme o de varias Pymes localizadas en Canarias superior al 20% del presupuesto financiable: 15%. Participación efectiva en el proyecto superior al 30 por ciento del presupuesto financiable, mediante subcontratación con organismos y entidades de investigación pertenecientes a la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias: 20%. Para el resto de los proyectos el tramo no reembolsable será del 10%. Los porcentajes anteriores no serán acumulables. Los beneficiarios podrán recibir un anticipo por parte de SODECAN del 40% del préstamo concedido, incluyendo en este cómputo el tramo no reembolsable, sin exigencia de una garantía adicional a las condiciones financieras aprobadas para la financiación del proyecto. Si el beneficiario decide solicitar un mayor anticipo, las posibilidades serían las siguientes: Anticipo del 60%: en este caso se solicitarán garantías por valor del 20%. Anticipo del 80%: en este caso se solicitarán garantías por valor del 40%. El desembolso de los anticipos se realizará en diferentes fases, conforme al siguiente detalle: Un primer desembolso de un máximo del 20% del préstamo concedido, una vez formalizado el contrato. Un segundo desembolso de un máximo del 20% del préstamo concedido, una vez el beneficiario haya justificado los pagos realizados con el primer anticipo, en los términos establecidos en el apartado de justificación del proyecto de la presente convocatoria y en el contrato formalizado. Un tercer desembolso por el importe restante del anticipo solicitado y hasta el límite máximo establecido, una vez el beneficiario haya justificado los pagos realizados con el segundo anticipo, en los términos establecido en el apartado de justificación del proyecto de la presente convocatoria y en el contrato formalizado. El tipo de Interés será de Euribor a un año + 0,1% anual, revisable anualmente. Los intereses se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de los Fondos. 4

6 En función de las características de la operación, se podrán establecer otras condiciones financieras, así como requerir otras garantías adicionales en función de las características del solicitante y de su situación financiera. IV.5. GASTOS E INVERSIONES FINANCIABLES. Los gastos e inversiones financiables, se sujetarán a lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre del 2013, así como a las disposiciones y actos que desarrollen el mismo, atendiendo a la siguiente naturaleza: Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto). En el caso de costes indirectos de personal, el coste imputable al proyecto no será superior al 15% de los costes directos de personal subvencionable. Los gastos de personal se corresponderán a personal dado de alta en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Canarias. Costes de equipamiento e instrumental, en la medida y durante el periodo en que se utilice para el proyecto. En caso de que el equipamiento y el instrumental no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Gastos generales que se deriven directamente del proyecto con un límite máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionable, siempre y cuando se acredite, mediante informe técnico, el empleo de un método de imputación justo y equitativo y, debidamente justificado. Costes de material que se deriven directamente del proyecto. Otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto. En estos gastos se podrá incluir los gastos derivados del informe de memoria económica justificativa de cada uno de los beneficiarios realizado por un auditor o empresa de auditoria inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas para el seguimiento de los proyectos, con un límite máximo del 0,2% del presupuesto financiable por beneficiario y por proyecto. Los gastos e inversiones financiables se asignarán a una categoría específica de investigación y desarrollo: Investigación Industrial o Desarrollo Experimental. Cuando un proyecto conste de diferentes tareas, cada una de ellas deberá clasificarse como perteneciente a una de dichas categorías. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos financiables podrá ser superior al valor de mercado. 5

7 No serán subvencionables el impuesto sobre el valor añadido recuperable y el impuesto general indirecto canario recuperable, así como los impuestos de naturaleza similar que sean recuperables. IV.6. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS. La ejecución de los proyectos se debe iniciar después de la presentación de la solicitud. Las actividades, los gastos y las inversiones financiables deberán ser posteriores a dicha fecha. La duración de los proyectos será entre un mínimo de 12 meses y un máximo de 36 meses, prorrogables durante seis meses, previa justificación y aceptación de los motivos por los que solicita dicha prórroga. Los plazos específicos para cada proyecto financiado en concreto, se establecerán en el contrato a formalizar con el beneficiario. V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS. Una vez la Unidad de Gestión del Fondo realice las oportunas verificaciones formales para garantizar que tanto los solicitantes como los proyectos cumplen con los requisitos de elegibilidad establecidos, compruebe la aportación de la totalidad de la documentación establecida y, en su caso, la aportación de la documentación adicional requerida, los proyectos se valorarán en base a los criterios de evaluación que a continuación se relacionan, debiendo obtenerse una evaluación positiva en cada uno de ellos: Calidad científico- técnica y viabilidad de la propuesta. Se valorará el nivel de excelencia del proyecto en términos científicos- técnicos y la viabilidad operativa y financiera de acometerlo. Capacidad técnica para ejecutar el proyecto. Se valorará la capacidad técnica de la Empresa, Agrupación de Interés Económico o Consorcio y de los equipos y entidades participantes para desarrollar las actividades del proyecto. Además, se valorará el plan de explotación de los resultados del proyecto. Capacidad financiera para ejecutar el proyecto. Se valorará la capacidad financiera de la Empresa, Agrupación de Interés Económico o Consorcio para financiar las actividades del proyecto. Mercado potencial del proyecto: posibilidad de desarrollo potencial en Canarias y en otros mercados nacionales e internacionales. Se valorará la demanda potencial de los resultados del proyecto y el mercado potencial tanto en Canarias como en otros mercados nacionales e internacionales. Intensidad de la cooperación con los Organismos y/o centros de investigación. Se valorará el grado de participación y complementariedad de los organismos y/o centros participantes en el proyecto. En los casos de proyectos de cooperación: complementariedad y equilibrio de la Agrupación o Consorcio. 6

8 Se valorará la intensidad de la colaboración, la complementariedad y el equilibrio en la participación en la Agrupación de Interés Económico o Consorcio. VI. OTROS REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Y DE LOS PROYECTOS ELEGIBLES. Los beneficiarios y los proyectos elegibles deberán cumplir con los siguientes requisitos: Los beneficiarios tendrán que acreditar su relación con la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias. Los beneficiarios deberán contar con establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias, independientemente de donde estén domiciliadas a efectos fiscales. Cumplimiento del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, especialmente en lo referido al artículo 25 Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo. Dicho Reglamento ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 26 de junio de 2014 (DOUE L 187). Las inversiones y gastos a los que se apliquen los fondos recibidos por los beneficiarios deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre del 2013, así como con las disposiciones y actos que desarrollen el mismo. Cumplimiento del efecto incentivador, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de Los proyectos de desarrollo experimental podrán comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos pilotos, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objeto principal sea aportar nuevas mejoras técnicas o productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados. Asimismo, podrán incluir el desarrollo de prototipos o proyecto piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sea necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. Que los proyectos de desarrollo experimental no incluyan las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos. En el caso de proyectos cooperativos ejecutados en Consorcio, no podrá subcontratarse con los mismos beneficiarios que forman parte del mismo. Los beneficiarios asumirán todas las obligaciones financieras y formales y cumplirán con las condiciones que se establezcan en los contratos formalizados. 7

9 Los beneficiarios deberán mantener la inversión durante los cinco años siguientes a la certificación del hito único del proyecto o en su caso, durante el plazo que establezca la normativa de aplicación si éste fuera superior a cinco años. VII. ACTIVIDADES Y BENEFICIARIOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos las actividades y beneficiarios establecidos en el artículo 1, apartados 2, 3, 4 y 5 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión y en la legislación vigente sobre Fondos Estructurales. Asimismo, quedan excluidas aquellas empresas que concurran en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. VIII. OTRAS AYUDAS O SUBVENCIONES COMPATIBLES. La financiación al proyecto es incompatible con cualquier otra ayuda pública destinada al mismo proyecto, salvo las ayudas provenientes del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI). En todo caso, las ayudas totales no deberán superar los límites legales. Los solicitantes y los participantes deberán declarar las ayudas que hayan obtenido tanto al presentar la solicitud, como en cualquier momento ulterior en el que se produzca esta circunstancia. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y en todo caso, con la justificación del proyecto. IX. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO A LA SOLICITUD. La documentación a aportar por los solicitantes será la detallada a continuación, no siendo necesario que sean originales, siempre y cuando aporten los mismos para su cotejo con carácter previo a la formalización del contrato: 1. Solicitud debidamente cumplimentada, conforme al modelo figurante en el Anexo I.1 de la presente convocatoria. 2. Anexo I.1.1 de documentación aportada. 3. Modelo de financiación prevista, conforme al modelo figurante en el Anexo I.2 de la presente convocatoria. 4. Modelo de presupuesto financiable desglosado por tipo de gasto, conforme al modelo figurante en el Anexo I.3 de la presente convocatoria. 5. Modelo de presupuesto financiable total, conforme al modelo figurante en el Anexo I.4 de la presente convocatoria. 6. Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quién actúa en su nombre (D.N.I. de la persona que presenta la solicitud y, en su caso, autorización a su favor suscrita por la persona jurídica a la que representa). 8

10 7. Escrituras de constitución y estatutos del solicitante, registrados y en vigor. 8. Documento de identificación fiscal del solicitante. 9. Documentación acreditativa de la existencia de establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme al siguiente detalle: a) Declaración censal de alta (modelo 036 y modelo 400), en la que se declara el alta del establecimiento en la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Declaración de alta en el IAE respecto a los establecimientos y actividades desarrolladas en la Comunidad Autónoma de Canarias. c) En caso de actuar mediante Agente Autorizado, contrato de agencia o certificado emitido por el agente dejando constancia de su condición de agente en la Comunidad Autónoma de Canarias de la entidad. 10. Documentos acreditativos de los Acuerdos o contratos de colaboración entre las empresas integrantes del Consorcio, en su caso. El Acuerdo o contrato de colaboración contendrá, como mínimo, la siguiente información: a) Breve descripción de las características del Consorcio, e identificación de la empresa que va a actuar como representante del mismo. b) En el caso de que exista la figura del coordinador técnico, indicar qué participante ostenta la condición del mismo, y cuáles son las funciones técnicas que le son encomendadas. c) Definición de los compromisos que adquiere cada participante al formar parte del consorcio, detallando en qué momento del proyecto va a participar, las tareas o funciones que realizará y la cuantificación económica de las mismas. 11. Acreditación documental de los poderes del representante legal que se encuentren en vigor (escritura pública de tales poderes, con nota de asiento de presentación en el Registro Mercantil en caso de que proceda su inscripción de acuerdo con el artículo 94.5 del Real decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil). 12. Acta de titularidad real. 13. Informe de riesgos expedido por la Central de Información de Riesgos del Banco de España. 14. Modelo informativo, conforme al modelo figurante en el Anexo II de la presente convocatoria. 15. Memoria técnica del proyecto, conforme al modelo figurante en el Anexo III de la presente convocatoria, con un límite de cincuenta páginas para los proyectos individuales y de cien páginas para los proyectos cooperativos. 16. Declaración jurada de no explotación comercial del prototipo o proyecto, conforme al modelo figurante en el Anexo IV de la presente convocatoria. 17. Declaración jurada de otras ayudas públicas, conforme al modelo figurante en el Anexo V de la presente convocatoria. 9

11 18. Acreditación de la relación con la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias del solicitante, mediante certificado expedido por las entidades gestoras de los Parques o mediante acreditación en el registro oficial autonómico. 19. Acreditación de la relación con la Red de Espacios y Parques Tecnológicos de Canarias de los Organismos, Centros de Investigación y empresas participantes en el proyecto, mediante certificado expedido por las entidades gestoras de los Parques o mediante acreditación en el registro oficial autonómico. 20. Cuentas Anuales completas con asiento de presentación en el Registro Mercantil correspondiente a los tres últimos ejercicios. En el caso de que el solicitante tenga una menor antigüedad, las Cuentas Anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil desde su creación. 21. Cuentas provisionales del último ejercicio, firmadas y selladas por la empresa o entidad. 22. Declaración de cumplimiento de la normativa medioambiental, conforme al modelo figurante en el Anexo VI de la presente convocatoria. 23. En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de la normativa medioambiental aplicable (estudios medioambientales realizados, certificado de afección a los espacios naturales contemplados en Red Natura 2000, etc.). En el caso de que el solicitante sea un Consorcio, cada empresa integrante del mismo deberá aportar la documentación señalada en los apartados 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, y 23. X. APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS Y SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS. Los interesados podrán presentar la solicitud junto a toda la documentación exigida en el plazo establecido en la presente convocatoria. Las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes serán analizadas por SODECAN, que realizará las oportunas verificaciones formales para garantizar que las mismas cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria. Si SODECAN observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada por un solicitante o si considerara oportuna la aportación de información adicional, lo comunicará al interesado, concediéndole un plazo para que proceda a su subsanación que en ningún caso podrá ser superior a un (1) mes. En el caso de que el solicitante no proceda a subsanar en el plazo otorgado o que no se cumplan las condiciones de elegibilidad establecidas, el proyecto será desestimado. Solamente se admitirá la modificación o mejora voluntaria de la solicitud por el solicitante a petición de SODECAN. En el caso de que el solicitante haya solicitado una ayuda al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), con carácter previo a la aprobación del proyecto, se le comunicará al CDTI la solicitud de financiación presentada, dada la posible compatibilidad con las ayudas otorgadas por dicha entidad. En el caso de que el solicitante tenga la condición de gran empresa, se procederá a realizar una verificación individual de las necesidades de financiación, de conformidad con la normativa 10

12 aplicable y con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 61.8.c) del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de 17 de diciembre de La Comisión de Evaluación Técnica valorará los proyectos presentados, una vez expedidos los informes preliminares por los especialistas correspondientes, y emitirá un Informe de viabilidad de dichos proyectos en base a los criterios de evaluación a los que se refiere el apartado V de la presente convocatoria. En cualquier fase del proceso de aprobación de los proyectos y selección de los beneficiarios se podrán mantener entrevistas presenciales con los solicitantes, así como requerir la documentación adicional que se estime oportuna. El Director del Fondo remitirá la propuesta de Resolución, junto con los resultados de las valoraciones de los proyectos, al Comité de Inversiones del Fondo para la aprobación o desestimación de los mismos en el plazo de dos (2) meses siguientes a la presentación de la solicitud. Asimismo, el Comité de Inversiones podrá establecer condiciones adicionales para la aprobación de los proyectos. SODECAN procederá a notificar a los solicitantes la resolución del Comité de Inversiones, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de aprobación o desestimación del proyecto por el Comité de Inversiones. Dicha Resolución tendrá el siguiente contenido mínimo: Entidad solicitante y convocatoria. Identificación del objeto del proyecto. Motivación de la estimación/desestimación. Presupuesto financiable y financiación concedida. Anticipo concedido, en su caso. Condiciones financieras generales y adicionales establecidas. Documentación a aportar con carácter previo a la formalización del contrato. Condiciones de ejecución del proyecto. Condiciones de justificación del proyecto. Intensidad de la ayuda. Equivalente de Subvención Bruta. Referencia expresa al Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, su título, fecha de publicación en el Diario Oficial, así como a las disposiciones concretas del Reglamento en que se basa la ayuda. Mención a la financiación con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). XI. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. Una vez notificada la aprobación del proyecto, el beneficiario o los beneficiarios del proyecto deberán remitir a SODECAN los originales y, en su caso, copia autenticada de la siguiente documentación en un plazo no superior a veinte (20) días hábiles: 11

13 1. Documentación justificativa de las condiciones adicionales establecidas en la Resolución, en su caso. 2. Certificados acreditativos de que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social. 3. Acreditación de estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente por otros Fondos o instrumentos gestionados por SODECAN. 4. Documentación aportada junto a la solicitud de financiación, con el fin de que SODECAN pueda verificar su autenticidad. 5. Otra documentación que SODECAN estime oportuna, en su caso. En el caso de que el solicitante sea un Consorcio, cada empresa integrante del mismo deberá aportar la documentación señalada. SODECAN comprobará que la documentación aportada es correcta, requiriendo al beneficiario que subsane la misma en el plazo de diez (10) días hábiles en el caso de que detectara deficiencias. Una vez se aporte la documentación establecida, se procederá a la formalización del contrato entre el Director del Fondo y el beneficiario o los beneficiarios del proyecto. El incumplimiento de los requisitos establecidos o la no aportación de la documentación establecida para proceder a la formalización del contrato, supondrá la desestimación del proyecto. La aceptación de la operación por parte del beneficiario implica su inclusión en una lista pública de Beneficiarios de acuerdo con el artículo 7.2.d) del Reglamento 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de XII. JUSTIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS. La justificación de los anticipos se realizará mediante la aportación de una cuenta justificativa que contará con los siguientes documentos: 1. Memoria técnica de las actuaciones realizadas debidamente firmada y sellada, en su caso. 2. Relación clasificada de la totalidad de los pagos efectuados que aporte información sobre el número de factura, descripción de la factura o gasto, fecha de emisión de la factura, importe, identificación del proveedor, identificación del personal, identificación de la anotación contable, fecha de contabilización, fecha de pago, I.G.I.C./IVA soportado, conforme a las indicaciones y modelo aprobado por SODECAN, debidamente firmada y sellada. 3. En el caso de costes de personal, lo siguiente: i. Informe con detalle de las tareas realizadas por el personal dedicado al proyecto, especificando el coste hora y las horas afectas al proyecto, firmado por el responsable de la entidad. 12

14 ii. Hoja de registro horario del personal dedicado al proyecto, conforme al modelo establecido en el contrato a formalizar, firmado tanto por el responsable como por el personal dedicado al proyecto. 4. Otra documentación adicional que SODECAN estime oportuna, en su caso. En cuanto a la justificación del hito único del proyecto, el beneficiario podrá optar entre una de las siguientes opciones: A. En el caso de existencia de auditoría de los gastos afectos al proyecto financiado, se deberá aportar una cuenta justificativa que contará con los siguientes documentos: 1. Memoria técnica acreditativa del cumplimiento de los objetivos, resultados y desarrollo de las actividades y tareas previstas, debidamente firmada y sellada. En caso de proyectos cooperativos en consorcio, esta memoria es común para todos los integrantes del mismo. 2. Una memoria económica justificativa de los gastos y costes de las actividades realizadas, que contendrá lo siguiente: i. Resumen con el presupuesto aprobado para el proyecto financiado y su comparación con el ejecutado, con especificación de los gastos por tipología de los mismos, debidamente firmado y sellado. ii. Otras incidencias relacionadas con la ejecución económica del proyecto, debidamente firmado y sellado. iii. Relación clasificada de la totalidad de los pagos efectuados que aporte información sobre el número de factura, descripción de la factura, fecha de emisión de la factura, importe, identificación del proveedor, identificación del personal, identificación de la anotación contable, fecha de contabilización, fecha de pago, I.G.I.C./IVA soportado, conforme a las indicaciones y modelo aprobado por SODECAN, debidamente firmada y sellada. Los documentos originales acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de los beneficiarios, a disposición de SODECAN y de los órganos de verificación y control autonómicos, nacionales y comunitarios. iv. Relación del equipamiento e instrumental utilizados, con especificación de la cuota de amortización y de la dedicación de los mismos al proyecto, debidamente firmada y sellada. v. Informe con detalle de las tareas realizadas por el personal dedicado al proyecto, especificando el coste hora y las horas afectas al proyecto, firmado por el responsable de la entidad. vi. Hoja de registro horario del personal dedicado al proyecto, conforme al modelo establecido en el contrato a formalizar, firmado tanto por el responsable como por el personal dedicado al proyecto. vii. Informe técnico acreditativo del empleo de un método de imputación de los gastos generales justo y equitativo, debidamente justificado. 13

15 viii. Informe realizado por un auditor de cuentas, cuyo alcance versará sobre la memoria económica justificativa de los gastos y costes de las actividades realizadas por cada beneficiario. Dicho informe se llevará a cabo por un auditor o empresa de auditoria inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. 3. Actualización a la fecha de presentación de la justificación de la declaración responsable de otras ayudas públicas recibidas, en su caso. 4. Certificados actualizados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social. 5. Acreditación de estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente por otros Fondos o instrumentos gestionados por SODECAN. 6. Acreditación del cumplimiento de la normativa de información y publicidad. 7. Otra documentación adicional que SODECAN estime oportuna, en su caso. B. En el caso de no existencia de auditoria de los gastos afectos al proyecto financiado, la documentación establecida en el apartado anterior se podrá sustituir por la aportación de una cuenta justificativa que contará con los siguientes documentos: 1. Memoria técnica acreditativa del cumplimiento de los objetivos, resultados y desarrollo de las actividades y tareas previstas, debidamente firmada y sellada. En caso de proyectos cooperativos en consorcio, esta memoria es común para todos los integrantes del mismo. 2. Una memoria económica justificativa de los gastos y costes de las actividades realizadas, que contendrá lo siguiente: i. Resumen con el presupuesto aprobado para el proyecto financiado y su comparación con el ejecutado, con especificación de los gastos por tipología de los mismos, debidamente firmado y sellado. ii. Otras incidencias relacionadas con la ejecución económica del proyecto, debidamente firmado y sellado. iii. Relación clasificada de la totalidad de los pagos efectuados que aporte información sobre el número de factura, descripción de la factura, fecha de emisión de la factura, importe, identificación del proveedor, identificación del personal, identificación de la anotación contable, fecha de contabilización, fecha de pago, I.G.I.C./IVA soportado, conforme a las indicaciones y modelo aprobado por SODECAN, debidamente firmada y sellada. iv. Facturas, facturas electrónicas (siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario) o documento de valor probatorio equivalente. Asimismo, en el caso de gastos de personal, deberá aportarse la siguiente documentación: - Contratos. - Nóminas, así como extractos bancarios acreditativos del pago de cada nómina a cada empleado. 14

16 - Recibos de liquidación de las cuotas de la seguridad Social, documento TC1 y TC2 sellado por la entidad financiera o acompañado del correspondiente extracto bancario. - Modelos 110/111 de retención e ingresos a cuenta del I.R.P.F., sellados por la entidad financiera o acompañados del correspondiente extracto bancario acreditativo del pago de los mismos. - Informe con detalle de las tareas realizadas por el personal dedicado al proyecto, especificando el coste hora y las horas afectas al proyecto, firmado por el responsable de la entidad. - Hoja de registro horario del personal dedicado al proyecto, conforme al modelo establecido en el contrato a formalizar, firmado tanto por el responsable como por el personal dedicado al proyecto. v. Extracto bancario en el que quede identificado el pago realizado, mediante la indicación en el mismo del importe y la identificación del pagador y del destinatario. Además, en caso de pagos realizados mediante cheques o pagarés, deberá aportarse copia de los mismos. vi. Relación del equipamiento e instrumental utilizados, con especificación de la cuota de amortización y de la dedicación de los mismos al proyecto, debidamente firmada y sellada. vii. Informe técnico acreditativo del empleo de un método de imputación de los gastos generales justo y equitativo, debidamente justificado. 3. Actualización a la fecha de presentación de la justificación de la declaración responsable de otras ayudas públicas recibidas, en su caso. 4. Certificados actualizados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social. 5. Acreditación de estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente por otros Fondos o instrumentos gestionados por SODECAN. 6. Acreditación del cumplimiento de la normativa de información y publicidad. 7. Otra documentación adicional que SODECAN estime oportuna, en su caso. En todo caso, las condiciones de justificación de los proyectos se establecerán en la Resolución y en el contrato a formalizar. XIII. SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS. SODECAN llevará a cabo un seguimiento periódico del cumplimiento de los objetivos, actividades y tareas de los proyectos, así como del resto de obligaciones contractuales de los beneficiarios. Este seguimiento se sustentará en la documentación aportada por los beneficiarios, en las presentaciones o visitas in situ a las que se convoque a los mismos y en la documentación complementaria que se requiera en cualquier momento que SODECAN estime oportuno. 15

17 En caso de detectarse incumplimientos o irregularidades, se procederá de conformidad con lo establecido en el contrato a formalizar. XIV. SUBROGACIÓN DEL PRÉSTAMO. Se permitirá que los beneficiarios puedan acordar con una entidad de crédito la subrogación del préstamo concedido. Se deberá presentar la solicitud de subrogación tras la certificación del hito único del proyecto, y con antelación a la realización del desembolso por SODECAN. Las condiciones de la subrogación se establecerán en el contrato a formalizar con los beneficiarios, debiendo aportarse documento correspondiente a dicha subrogación. La subrogación del préstamo no exime a los beneficiarios del cumplimiento de las restantes obligaciones establecidas. XV. PUBLICIDAD. Todos los beneficiarios finales deberán cumplir con la normativa de Información y Publicidad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre del 2013, así como a las disposiciones y actos que desarrollen el mismo. Además, deberán publicar la concesión de la financiación en la página web de la entidad. XVI. FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES. Las solicitudes, dirigidas a SODECAN y cumplimentadas según los modelos establecidos en la presente convocatoria, podrán ser presentadas de forma telemática en la dirección imasd@sodecan.es, o de forma presencial en las siguientes direcciones: SODECAN (Santa Cruz de Tenerife) Calle Villalba Hervás 4, 6º Santa Cruz de Tenerife, Tenerife SODECAN (Las Palmas) Alcalde José Ramírez Bethencourt, , Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria La presentación de la solicitud supone la aceptación, por parte del interesado, del contenido íntegro de la convocatoria. Las solicitudes presentadas de forma telemática se presentarán por indicando el número de referencia de la convocatoria y la razón social del solicitante. Asimismo, junto con la solicitud, se aportará la documentación establecida en la presente convocatoria. 16

18 Una vez recibida la solicitud, SODECAN, mediante correo electrónico, enviará acuse de recibo a los solicitantes, indicando lo siguiente: Número de orden de entrada de la solicitud. Confirmación de la recepción de la solicitud en el plazo establecido. El acuse de recibo no se interpretará como una declaración de integridad de la solicitud o de los documentos presentados con la misma, así como ningún tipo de evaluación de la misma. Las solicitudes presentadas presencialmente se entregarán en sobre junto con la documentación establecida en la presente convocatoria y un CD con la copia en formato digital de la documentación presentada en papel, indicando en el exterior del sobre el número de referencia de la convocatoria y la razón social del solicitante. El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2015 a las 12:00 horas. Se considerarán presentadas aquellas solicitudes efectuadas dentro del plazo establecido que incluyan tanto el modelo de solicitud establecido como la información y todos los documentos determinados en la convocatoria como parte integrante de la misma. De conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 (LOPD) y con el RD 1720/2007, le informamos que los datos personales recabados en la presente convocatoria y en cada uno de los anexos que incorpora, serán incluidos en un fichero debidamente inscrito ante el RGPD. Asimismo, el solicitante consiente expresamente que sus datos puedan ser cedidos por el responsable del tratamiento (SODECAN, S.A.) a terceros, con la finalidad de dar cumplimiento al servicio requerido. Sin perjuicio de que se pueda ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de la dirección de correo electrónico imasd@sodecan.es o dirigiéndose a: SODECAN, en la Calle Alcalde Ramírez Bethencourt, 17, Las Palmas de Gran Canaria o en la Avda. Villalba Hervás, 4, 6º, Santa Cruz de Tenerife. XVII. MODIFICACIÓN DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. La presente convocatoria podrá ser modificada por el Comité de Inversiones en el caso de actualización y/o modificación de la normativa que le sea de aplicación. Asimismo, el Comité de Inversiones podrá prorrogar el plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria. 17

19 ANEXOS ANEXO I ANEXO I.1. MODELO DE SOLICITUD Solicitante 1... con CIF... Representante legal... con NIF... Con la siguiente dirección que se autoriza sea empleada a efectos de cualquier tipo de notificación: Entidad:... Persona de contacto:... Dirección:... Localidad:... Municipio:... C.P.:... Provincia:... Teléfono:... Fax: EXPONE: Que el solicitante, en su calidad de (marcar con una X lo que proceda) Empresa individual Agrupación de Interés Económico, constituida por las siguientes empresas (detallar Razón Social y CIF): Consorcio, constituido por las siguientes empresas (detallar Razón Social y CIF): Pretende realizar un proyecto que reúne los requisitos de la Convocatoria de Préstamos para la Financiación de Proyectos de Investigación y Desarrollo asociados a la Red de Parques Tecnológicos de Canarias, y que conoce y acepta todos los términos y condiciones de la Convocatoria. 1 En el caso de proyecto cooperativo, el solicitante es el representante del Consorcio.

20 Asimismo, informa que la calificación del proyecto que pretende realizar es la siguiente (marcar con una X lo que proceda): Investigación Industrial Desarrollo experimental Ambos SOLICITA: Para el proyecto consistente en... y cuyo presupuesto financiable asciende a..., que presenta para la Convocatoria de Préstamos para la financiación de Proyectos de Investigación y Desarrollo asociados a la Red de Parques Tecnológicos de Canarias, la financiación por importe de... euros. Para lo cual, de conformidad con la normativa de aplicación y en nombre del solicitante, DECLARO: (Marcar con una X lo que proceda) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social. Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente por otros Fondos o instrumentos gestionados por SODECAN. Que cuenta con establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias. Que no se encuentra en ninguna situación de exclusión ni opera en sectores o actividades excluidas de la presente convocatoria. Que no se encuentra en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Que no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. ASIMISMO: (Marcar con una X lo que proceda) No solicito anticipo. Sí solicito anticipo del... %. Y para que conste a los efectos oportunos, sella y firma la presente solicitud en... a... de... de... De conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 (LOPD) y con el RD 1720/2007, le informamos que los datos personales recabados en la presente convocatoria y en cada uno de los anexos que incorpora, serán incluidos en un fichero debidamente inscrito ante el RGPD. Asimismo, el solicitante consiente expresamente que sus datos puedan ser cedidos por el responsable del tratamiento (SODECAN, S.A.) a terceros, con la finalidad de dar cumplimiento al servicio requerido. Sin perjuicio de que se pueda ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de la dirección de correo electrónico imasd@sodecan.es o dirigiéndose a: SODECAN, en la Calle Alcalde Ramírez Bethencourt, 17, Las Palmas de Gran Canaria o en la Avda. Villalba Hervás, 4, 6º, Santa Cruz de Tenerife

21 ANEXO I.1.1. DOCUMENTACIÓN APORTADA Don/Doña... con DNI..., en representación de... con CIF... EXPONE Que aporta, junto con la solicitud de la Convocatoria de Préstamos para la financiación de Proyectos de Investigación y Desarrollo Asociados a la Red de Parques Tecnológicos de Canarias, la siguiente documentación señalada 2 : Modelo de financiación prevista, conforme al modelo figurante en el Anexo I.2 de la presente convocatoria. Modelo de presupuesto financiable desglosado por tipo de gasto, conforme al modelo figurante en el Anexo I.3 de la presente convocatoria. Modelo de presupuesto financiable total, conforme al modelo figurante en el Anexo I.4 de la presente convocatoria. Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quién actúa en su nombre (D.N.I. de la persona que presenta la solicitud y, en su caso, autorización a su favor suscrita por la persona jurídica a la que representa). Escrituras de constitución y estatutos del solicitante, registrados y en vigor. Documento de identificación fiscal del solicitante. Documentación acreditativa de la existencia de establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme al siguiente detalle: Declaración censal de alta (modelo 036 y modelo 400), en la que se declara el alta del establecimiento en la Comunidad Autónoma de Canarias. Declaración de alta en el IAE respecto a los establecimientos y actividades desarrolladas en la Comunidad Autónoma de Canarias. En caso de actuar mediante Agente Autorizado, contrato de agencia o certificado emitido por el agente dejando constancia de su condición de agente en la Comunidad Autónoma de Canarias de la entidad. Documentos acreditativos de los Acuerdos o contratos de colaboración entre las empresas integrantes del Consorcio, en su caso. El Acuerdo o contrato de colaboración contendrá, como mínimo, la siguiente información: a) Breve descripción de las características del Consorcio, e identificación de la empresa que va a actuar como representante del mismo. b) En el caso de que exista la figura del coordinador técnico, indicar qué participante ostenta la condición del mismo, y cuáles son las funciones técnicas que le son encomendadas. 2 En el caso de que el solicitante sea un Consorcio, cada empresa integrante del mismo deberá aportar la documentación establecida en el apartado IX de la convocatoria. De conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 (LOPD) y con el RD 1720/2007, le informamos que los datos personales recabados en la presente convocatoria y en cada uno de los anexos que incorpora, serán incluidos en un fichero debidamente inscrito ante el RGPD. Asimismo, el solicitante consiente expresamente que sus datos puedan ser cedidos por el responsable del tratamiento (SODECAN, S.A.) a terceros, con la finalidad de dar cumplimiento al servicio requerido. Sin perjuicio de que se pueda ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de la dirección de correo electrónico imasd@sodecan.es o dirigiéndose a: SODECAN, en la Calle Alcalde Ramírez Bethencourt, 17, Las Palmas de Gran Canaria o en la Avda. Villalba Hervás, 4, 6º, Santa Cruz de Tenerife

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