CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CREDITOS DOCUMENTARIOS DE EXPORTACIÓN REUNIDOS
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- Rosario Peña Ramírez
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1 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CREDITOS DOCUMENTARIOS DE EXPORTACIÓN Gavà, XXX de XXXXXXXX de 2012 REUNIDOS De una parte D. Ramon Pau Mateo, mayor de edad, con DNI nº XXXXXXXXXXXX, en nombre y representación propia, con domicilio en Puigllançada, 12 de Begues (Barcelona), España, en adelante, «Ramon Pau Consultors». De otra D. Augusto Pérez Pérez, mayor de edad, con DNI nº W, en nombre y representación en su calidad de administrador único de EL CLIENTE SOÑADO S.L., entidad de nacionalidad Española con domicilio social en Barcelona, calle Turia, número 10 1ºE y provista de Código de Identificación Fiscal B Constituida mediante escritura pública autorizada por el Notario de Barcelona Don Ludovico Fe dador Notas el siete de octubre de 2009, bajo el número 1025 de su protocolo, e inscrita el 28 de octubre de 2009 en el Registro Mercantil de Barcelona, en el tomo 2018, folio 27, hoja VA-46871, inscripción 1 en adelante, «el CLIENTE». Ambas partes manifiestan tener y se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para otorgar el presente Contrato, a cuyos efectos DICEN I.- Que Ramon Pau Consultors es una entidad especializada en la Asesoría y Gestión del Comercio exterior. II.- Que EL CLIENTE SOÑADO S.L., es una empresa dedicada a actividades de comercio minorista/mayorista que está interesada en recabar los servicios de Ramon Pau Consultors para el trámite de sus operaciones.
2 III.-Que las partes contratantes desean establecer un acuerdo de prestación de servicios con las siguientes CLAUSULAS 1ª: Objeto del Contrato El Cliente contrata a Ramon Pau Consultors, quien acepta la gestión y/o consecución de los documentos pertenecientes a los créditos documentarios de exportación tal como se describe en la clausula 5ª de este mismo contrato, cuyas características, contenidos y funcionalidades se describen en la carta de crédito incorporada en el Anexo I del presente Contrato 2ª Duración de los trabajos La confección y/o consecución de los documentos requeridos en la carta de crédito tendrá una duración acorde al plazo de presentación de los mismos en la entidad bancaria negociadora, siendo la fecha máxima para la entrega, el último día de presentación de los documentos, en horario bancario que permitan la entrega de los mismos. Ramon Pau Consultors se reserva el derecho, después del estudio de la carta de crédito, de rechazar la gestión en base a la posible imposibilidad del cumplimiento de alguno de los requisitos de la carta de crédito, y/o del insuficiente tiempo para la gestión y/o consecución de los documentos necesarios antes de la fecha máxima de presentación de los mismos. En ningún caso Ramon Pau Consultors será responsable de la presentación de los documentos ante el banco negociador de los mismos, acabando su responsabilidad, en el momento de la entrega al CLIENTE o a la compañía de mensajería con el tiempo necesario para la presentación de los documentos en la Entidad Bancaria. Asimismo Ramon Pau Consultors no será responsable en ningún caso de las posibles discrepancias que no puedan salvarse antes de la fecha de presentación de los documentos, aunque si notificara al CLIENTE que existen discrepancias, dejando en manos del CLIENTE la decisión de presentar la documentación con estas discrepancias y/o solicitar una modificación de la carta de crédito. En ningún caso las posibles discrepancias y/o la presentación tardía de los documentos a la Entidad bancaria, conllevara penalización alguna para Ramon Pau Consultors, incluida la de sus propios honorarios de gestión.
3 3ª: Honorarios El precio que el Cliente deberá abonar al Prestador por la gestión/consecución de los documentos será variable en función de las características de la carta de crédito y de la dificultad de consecución de los documentos. No obstante Ramon Pau Consultors realizara previamente un estudio del presupuesto de la gestión que será entregada al cliente para su aceptación y posterior provisión de fondos, incluyendo en la misma los propios honorarios de gestión. 4ª: Forma de Pago La provisión de fondos y honorarios serán abonados mediante transferencia bancaria a la cuenta XXXX-XXXX-XX-XXXXXXXXXX, facilitando Ramon Pau Consultors factura definitiva a la finalización de la gestión. 1. Pago inicial: el Cliente pagará en el momento de la aceptación del presupuesto, la provisión de fondos necesaria para la gestión y/o consecución de los requisitos documentales, más los honorarios de gestión. 2. Los gastos de consecución de documentos nunca serán condonados, ya que son inherentes a la gestión de Ramon Pau Consultors. 5ª: Datos de acceso El cliente facilitará todos aquellos datos o documentos que fuesen necesarios para la realización de los trabajos con la suficiente antelación para el estudio y preparación de los mismos. A la finalización de los mismos, Ramon Pau Consultors entregará al CLIENTE todos aquellos datos/documentos nuevos que se hubieran generado para la realización del encargo. 6ª: Confidencialidad y protección de datos Las partes acuerdan el carácter confidencial de toda aquella documentación, información o datos de carácter personal que ambas partes se faciliten mutuamente para el correcto cumplimiento del presente contrato, obligándose a no revelarla ni utilizar directa o indirectamente para fines distintos al cumplimiento del objeto del contrato.
4 Ambas Partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto respecto de los datos de carácter personal a que tengan acceso en cumplimiento del presente contrato y a observar todas las previsiones legales que se contienen en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de los Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999. Las Partes se comprometen a tomar las medidas necesarias, tanto respecto a sus empleados como a terceros que pudieran tener alguna relación con el presente Contrato, para asegurar el cumplimiento de lo acordado en esta cláusula. 7ª: Resolución del Contrato Además de por las causas generales del Derecho, este contrato se extinguirá: a) Por mutuo acuerdo por escrito de las Partes, antes de la gestión o consecución de las documentaciones. Después de generarse gastos de consecución documental, el contrato se resolverá de mutuo acuerdo previo pago de estos gastos por el cliente. b) Por incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, especialmente por el incumplimiento de la provisión de fondos por parte del cliente en el tiempo prudencial que estime Ramon Pau Consultors c) Por las demás causas previstas en derecho. En cualquier caso, y como requisito previo a la resolución del Contrato por cualquiera de las Partes, se deberá notificar a la Parte incumplidora el incumplimiento y conceder un plazo de 5 días desde la notificación, para que subsane dicho incumplimiento. Transcurrido dicho plazo, se podrá resolver el Contrato. En su caso, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones supondrá el nacimiento de un derecho de indemnización por los daños y perjuicios producidos. 8ª: Carácter mercantil Las partes reconocen que el presente contrato de prestación de servicios tiene carácter mercantil y en consecuencia se someten expresamente a la jurisdicción mercantil, para el conocimiento de cuantas cuestiones puedan suscitarse en su ejecución.
5 9ª: Resolución de conflictos Para la interpretación y resolución de conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de este contrato, y con renuncia expresa a cualquier fuero que pudieran corresponderles, las partes se someten a la jurisdicción de Tribunales de Gava. Y para que conste, lo firman por duplicado y a un sólo efecto en lugar y fecha arriba indicados. Por Ramon Pau Consultors Por el CLIENTE Ramon Pau Mateo Augusto Pérez Pérez
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