ARTÍCULO IV DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA IGLESIA
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- Benito Bustos Acosta
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2 1. JUNTA ADMINISTRATIVA DE GOBIERNO CONSTITUCIÓN DEL CONCILIO 1.1 CONSTITUCIÓN La Junta Administrativa de Gobierno de la iglesia local, se constituye por: Cuerpo Ejecutivo: Perteneciendo a éste el pastor, el co-pastor (o pastores asociados), la diaconía, el secretario general y el tesorero general. Filipenses 1:1; 1a. de Tesalonicenses 5:12, Cuerpo Oficial lo integran: a) Los miembros del Cuerpo Ejecutivo. b) Los feligreses que en la iglesia ocupen un cargo en las directivas de las sociedades y departamentos. A saber: Sociedad de Damas, Sociedad Varones, Sociedad de Jóvenes, Sociedad de Misioneritas, Sociedad de Exploradores del Rey, Sociedad Infantil, Asociación Cristiana de Universitarios, Profesionistas, Universitarios y Hombres de Negocios; Departamento de Misiones, Departamento de Evangelismo y Departamento de Educación Cristiana. c) Oficiales y maestros de la Escuela Dominical que el Cuerpo Ejecutivo decida. 1.2 FACULTADES Velar por el buen funcionamiento de todas las actividades de la iglesia Fomentar el desarrollo espiritual. Efesios 4: Proveer el lugar y útiles necesarios para la práctica del culto. 1.3 RESPONSABILIDADES: Del Cuerpo Ejecutivo. a) Examinar y resolver los problemas que afecten la buena marcha de la iglesia. b) Tratándose de la conducta del pastor u otro ministro del Concilio, turnar el caso a las autoridades eclesiásticas correspondientes. c) Enseñar sistemáticamente el Reglamento de la Iglesia Local. d) Dar cumplimiento a los acuerdos y programas oficiales del movimiento. e) Vigilar que se le dé cumplimiento a las resoluciones, en los casos de juicio, alentando y restaurando en su tiempo a las personas involucradas. f) Formular y revisar periódicamente los presupuestos sobre: 1o. Evangelismo y Misiones. 2o. Asistencia social. 3o. Los deberes con la organización. 4o. Adquisición y conservación de propiedades. 5o. La promoción y organización de la celebración del día del pastor y la ayuda que le pueda ser proporcionada para asistir al Concilio y a la Convención de Distrito, así como para disfrutar de sus vacaciones. También se procurará su inscripción en el Seguro Social, en los casos donde sea posible. 6o. El cumplimiento de las responsabilidades fiscales. 7o. Las obligaciones que se deriven de la relación entre la asociación religiosa y sus ministros locales. - Hospitalidad. - Gastos imprevistos Del Cuerpo Oficial: a) Colaborar en la elaboración del programa anual de actividades. b) Colaborar en el establecimiento de las misiones y su respectiva supervisión. c) Aprobar la periodicidad de los informes de los diferentes directivos así como del pastor. Reglamento de la Iglesia Local Libro 2º de la Constitución pág. 1
3 2. REUNIONES 2.1 El Cuerpo Ejecutivo: Se reunirá mensualmente y cuando lo amerite el caso. 2.2 El Cuerpo Oficial: Se reunirá cada tres meses en forma alternada a las reuniones del Cuerpo Ejecutivo. 2.3 La iglesia se reunirá en sesión plenaria cada 6 meses, y en los casos necesarios cuando sea convocados por la Junta Administrativa de Gobierno. 3. OFICIALES EJECUTIVOS 3.1 EL PASTOR FACULTADES a) Ser presidente de la Junta Administrativa de Gobierno y de la asamblea plenaria de la iglesia. 1a. de Tesalonicenses 5:15; Hebreos 13: 17. b) Ser miembro ex-oficio de todos los comités y departamentos. c) Dar aprobación previa a toda persona que se le invite a predicar. d) Delegar responsabilidades al copastor u oficiales en caso de ausencia. e) Proponer copastor ante la iglesia RESPONSABILIDADES a) Ser responsable de la buena marcha de la iglesia. b) Mantener buenas relaciones con el Distrito y el Concilio. c) Firmar todo documento relacionado con la iglesia. d) Ejecutar decisiones de la iglesia, Distrito y Concilio. e) Supervisar los libros de la iglesia. f) Rendir informes a la iglesia, Distrito y Concilio según se establezca. g) Turnar al Secretario toda correspondencia dirigida a la iglesia. 3.2 COPASTOR FACULTADES a) Ser miembro de la Junta Administrativa. b) Ser miembro ex-oficio de todos los departamentos y comités. c) Presidir reuniones que se le encomienden RESPONSABILIDADES a) Trabajar en armonía con el pastor e iglesia. b) Ser responsable juntamente con el pastor del avance del trabajo. c) En ausencia del pastor, cumplir con lo que se le encomiende. 3.3 DIACONÍA REQUISITOS a) Ser miembro en plena comunión por lo menos 2 años. b) Los que la Biblia establece. Hechos 6:1-6; 1a. de Timoteo 3:8-13 c) Ser mayor de 20 años RESPONSABILIDADES a) Asistir a las reuniones de negocios correspondientes. b) Cumplir con las comisiones que se le encomienden. c) Vigilar el fiel cumplimiento de este reglamento. Reglamento de la Iglesia Local Libro 2º de la Constitución pág. 2
4 d) Esforzarse por mantener la unidad, la paz en la iglesia y ante toda irregularidad administrativa: - Escucharla. - Conversar respetuosamente con la persona involucrada haciendo las observaciones necesarias. - De no tener solución turnar el caso al Cuerpo Ejecutivo. 3.4 SECRETARIO REQUISITOS a) Básicamente los mismos que se señalan para la diaconía. b) Ser apto para este cargo RESPONSABILIDADES a) Cumplir con los incisos a, b y c de responsabilidades de la diaconía. b) Mantener al corriente archivo, inventario, actas y libros de la iglesia. c) Enterar a la iglesia de la correspondencia que le competa. d) Firmar los documentos correspondientes. e) Proporcionar a la iglesia, Distrito y Concilio los informes que se requieran. 3.5 TESORERO REQUISITOS a) Básicamente los mismos que se señalan para la diaconía b) Ser apto para este cargo, siendo de preferencia contador público o privado RESPONSABILIDADES a) Cumplir con los incisos a, b y c de responsabilidades de los diáconos. b) Llevar al corriente la contabilidad de la iglesia en libros oficiales. c) Expedir y solicitar recibos del dinero que maneja. d) Administrar las finanzas según las disposiciones de la iglesia. e) Rendir los informes que la iglesia señale, cumpliendo con las obligaciones fiscales. f) Contar las ofrendas, talentos y donativos en compañía de otro oficial designado por el Cuerpo Ejecutivo. g) Depositar en cuenta bancaria mancomunada las finanzas de la iglesia. h) Enviar sistemáticamente las aportaciones señaladas por el Concilio a donde corresponda. 4. OFICIALES DE SOCIEDADES Y DEPARTAMENTOS 4.1 REQUISITOS Ser miembros en plena comunión, o miembros activos en el caso de la Sociedad de Jóvenes Ser electo en su Sociedad o Departamento por mayoría simple Tener aptitudes para los cargos a que son nominados Tomar el curso de adiestramiento para oficiales impartido por la iglesia Preferentemente el presidente debe ser bautizado en el Espíritu Santo. 4.2 RESPONSABILIDADES PRESIDENTES a) Presentar un plan de trabajo ante el Cuerpo Ejecutivo. b) Reportar los problemas de su sociedad o departamento a quien corresponda. c) Presidir las sesiones respectivas tomando en cuenta al pastor. d) Promover la vida espiritual de su sociedad o departamento. Reglamento de la Iglesia Local Libro 2º de la Constitución pág. 3
5 e) Fomentar el compañerismo de su grupo. f) Impulsar los programas locales, distritales y nacionales. g) Atender indicaciones del pastor y Cuerpo Ejecutivo. h) Trabajar en armonía con la directiva correspondiente VICEPRESIDENTES a) En ausencia del presidente, desempeñar sus funciones. b) Presidir el Comité de Visitas de su sociedad o departamento. c) Cumplir con las comisiones que se le asignen. d) Cooperar en la buena marcha de su grupo SECRETARIOS a) Llevar un libro de actas de sus propias sesiones. b) Archivar la correspondencia. c) Procurar estadísticas exactas de su grupo. d) Cumplir con las funciones usuales de un Secretario TESOREROS a) Tener al corriente el registro de los ingresos de su sociedad o departamento. b) Rendir informes según lo establezca la iglesia y su departamento. c) Entregar mensualmente al tesorero general de la iglesia los ingresos del mes. d) Enviar sistemáticamente las aportaciones respectivas. e) Cumplir con las funciones usuales de un tesorero SUPERINTENDENTE DE LA ESCUELA DOMINICAL a) Las mismas responsabilidades señaladas a los presidentes de sociedades o departamentos. b) Elaborar el programa semanal de la escuela dominical. c) Planear cursos de capacitación de maestros, junto con el pastor. d) Proveer facilidades y equipos adecuados para el buen funcionamiento de la escuela dominical. e) Dirigir la clase normal semanal. f) Aplicar anualmente un plan de crecimiento, tomando en cuenta las indicaciones del Departamento de Educación Cristiana de la iglesia local, El Plan de Avance y las sugerencias del pastor VICESUPERINTENDENTE DE LA ESCUELA DOMINICAL Las mismas responsabilidades señaladas a los Vicepresidentes de sociedades o departamentos SECRETARIO DE LA ESCUELA DOMINICAL a) Mantener un registro de todos los alumnos de la escuela dominical. b) Guardar registros de la asistencia y ofrendas. c) Llevar un libro de actas. d) Encargarse de pedir la literatura que se va a necesitar e) Proporcionar los informes anuales a los departamentos distritales y nacionales TESORERO DE LA ESCUELA DOMINICAL Las mismas responsabilidades señaladas a los tesoreros de sociedades y departamentos. Reglamento de la Iglesia Local Libro 2º de la Constitución pág. 4
6 4.2.9 MAESTROS a) REQUISITOS - Ser miembros en plena comunión o activos, sin restricción matrimonial, preferentemente bautizados en el Espíritu Santo. - Tomar los cursos de capacitación y asistir a la clase normal semanal. 5. ELECCIONES 5.1 Diáconos, Secretario General y Tesorero General Son electos por mayoría en asamblea plenaria, previa selección nominativa del Cuerpo Ejecutivo Respecto a los diáconos su número lo determina cada iglesia El tiempo de duración en los cargos lo determinará cada iglesia Pueden ser reelectos. 5.2 Oficiales de Sociedades y Departamentos Por mayoría simple, son electos cada año en su respectivo departamento o sociedad bajo la dirección del pastor, previa selección nominativa del Cuerpo Ejecutivo Pueden ser reelectos Los miembros de las directivas de las sociedades y departamentos no deben ser familiares entre sí. 5.3 El Cuerpo Ejecutivo de la Iglesia puede remover de sus cargos a diáconos y oficiales por causa del todo justificadas. Reglamento de la Iglesia Local Libro 2º de la Constitución pág. 5
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