SPA realizará un informe técnico sobre las necesidades de formación de la empresa. SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO.
|
|
- María Teresa Agüero Plaza
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1
2 planificación de la actividad preventiva, evaluación de riesgos (ergonomía y riesgo psicosocial) y vigilancia de la salud. Se designó como Inspector actuante al Sr. Javier Crespán, siendo el número de expediente I/18959/2001. SEGUNDO.- Derivada de este expediente, se dicta resolución por el Inspector actuante, de fecha 2 de julio de 2002, en la cual se realizan los siguientes requerimientos a este Ayuntamiento (se adjunta como copia nº 1): Presentar informe sobre la situación de trabajador designado o Servicio de Prevención Ajeno de cada organismo autónomo y empresas municipales. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE El Servicio de Prevención Ajeno realizará un informe técnico sobre la mejor organización de la prevención en la empresa. Deberá tenerse en cuenta los criterios de los delegados de prevención. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA realizará un informe técnico sobre las necesidades de formación de la empresa. SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA realizará una propuesta del control sobre la planificación de acciones preventivas con expresión del plazo y responsable. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA realizará un informe sobre la situación del tema fitosanitario. SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA informará al inspector actuante de la situación de las evaluaciones ergonómicas de la empresa y plan de prevención preventiva. SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA informará al inspector actuante de los riesgos psicosociales y metodología a utilizar. SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE SPA realizará un plan de acción en vigilancia de la salud. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE TERCERO.- En fecha 30 de septiembre de 2002, se entrega al Inspector actuante en el expediente reflejado en el punto anterior, el 2
3 Sr. Javier Crespán, escrito para su conocimiento, pero no tramitándose como denuncia, relativo a diversas cuestiones del Plan de Prevención. Después de haber mantenido el Inspector actuante una reunión y dos conversaciones telefónicas con un responsable del Ajuntament de Mollet del Vallès, y después de haber intentado mantener una conversación, sin conseguirlo, con la Sra. Alcaldesa, hace que se levante el expediente I/17630/2002 (se adjunta como copia nº 2), sobre el Plan de Prevención, y se dicte por el Inspector actuante resolución, con fecha de 18 de enero de 2003, en la cual se realizan los siguientes requerimientos al Ajuntament de Mollet del Vallès: Integración de la actividad preventiva. Elaboración de un Plan de Prevención. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Definición precisa de la organización, características y complejidad del trabajo. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Establecer de la forma más completa el análisis de la siniestralidad en los dos últimos años (Referido a los años 2001 y 2002). NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Descripción de los riesgos genéricos del proceso productivo y de todos los procesos existentes en la empresa. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Si es posible parte de estos riesgos deben eliminarse. Se trata de poder identificar si se han eliminado algunos de estos riesgos o no. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Establecimiento de los objetivos de la empresa (de salud laboral) integrados en el resto de objetivos de la empresa. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Determinar la estructura organizativa para desarrollar la acción preventiva en el interior de la empresa y circunstancialmente externa a la empresa. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Deberán definirse las funciones preventivas y quiénes la desarrollan. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE 3
4 Se deberán conocer las prácticas preventivas a desarrollar. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Se establecerán los procedimientos y protocolos que posteriormente se desarrollarán en la empresa. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Se señalarán con precisión los procesos que se seguirán. NO NOS CONSTA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE Establecimiento de la modalidad organizativa de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, teniendo en cuenta: Los niveles de formación y conocimiento necesarios y de los que se parte del propio personal. Desde el principio establecer un procedimiento estable de consulta y participación de los trabajadores. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE El Plan de Prevención deberá estar documentado y asumido por la alcaldesa y deberá tener en cuenta el proceso de formación y capacitación del personal que deberá asumir las responsabilidades y de los Delegados de Prevención. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE CUARTO.- En relación con los expedientes anteriores, y en la tarea de realizar seguimiento del cumplimiento de los requerimientos contenidos en los mismos, el Inspector actuante, Sr. Javier Crespán, y en función del incumplimiento mayoritario de los incumplimientos anteriores, el Inspector actuante instruye el expediente I/8806/2003, y dicta resolución (se adjunta como copia nº 3) con los siguientes requerimientos: Fases de implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales al Ayuntamiento de Mollet del Vallès. Con las siguientes fases: Definición de la estructura organizativa. Plazo 1er trimestre NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE Desarrollo del Plan de Prevención. Plazo 2º y 3er trimestre de NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE 4
5 Aprobación e inicio de la implementación. Plazo 4º trimestre de NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE QUINTO.- Asimismo a raíz del cambio de edificio del Ajuntament de Mollet del Vallès, y debido a la inexistencia de la evaluación de los riesgos del nuevo edificio, y tras denuncia interpuesta por la Sección Sindical de CCOO, se abre expediente I/2406/2003 (se adjunta como copia nº 4), siendo el Inspector actuante el Sr. José Luís Pedragosa, el cual realiza requerimiento para que se realice la evaluación de riesgos. NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, al menos en buena medida, y quedando todavía pendiente la realización de diversas evaluaciones de riesgos específicas. SEXTO.- En vista de la multitud de requerimientos realizados por esta Inspección de Trabajo (en los años 2002 y 2003), y queriendo la Sección Sindical de CCOO, y más concretamente los delegados de prevención pertenecientes a la misma, realizar una tarea constructiva e intentar consensuar el diseño e implementación de un plan de prevención adecuado, que implicase una actuación en prevención de riesgos suficiente y adecuada, y con los recursos necesarios, intentaron desde el año 2004 hasta ahora, realizar una tarea de propuestas y discusión en el Comité de Seguridad y Salud, comprobando por desgracia la falta de voluntad del Ajuntament de Mollet del Vallès. Así, durante estos años se llegaron a una serie de acuerdos en el seno del Comité de Seguridad y Salud, básicamente derivados de los requerimientos incumplidos realizados por esta Inspección de Trabajo, que el Ajuntament de Mollet del Vallès ha incumplido, siendo especialmente significativa la reunión del Comité de Seguridad y Salud de 20 de marzo de 2006 (se adjunta como copia nº5 acta de dicha reunión). Asimismo, en informe de los delegados de prevención, pertenecientes a CCOO, de julio de 2009, se detallan, dirigido a Inspección de Trabajo, se detallan tanto los incumplimientos de los requerimientos de Inspección de Trabajo, así como de todos los acuerdos del Comité de Seguridad y Salud, y especialmente los recogidos en la reunión del mismo de 20 de marzo de 2006 (se adjunta como copia nº 6). SÉPTIMO.- Que desde noviembre de 2008, hasta julio de 2009 no se ha celebrado ninguna reunión el Comité de Seguridad y Salud. Por tanto, todavía no se han podido debatir en su seno, así como poner en marcha y aplicar, los siguientes asuntos (ya contemplados en la normativa de aplicación, así como en los requerimientos de Inspección de Trabajo, y en los acuerdos del Comité de Seguridad y Salud): 5
6 Definición y constitución del Servicio de Prevención Propio. Revisión del protocolo de actuación en caso de accidente/incidente. Protocolo de coordinación de medidas preventivas con empresas (públicas y privadas). Organismos autónomos y trabajadores/as autónomos. Están pendientes de aprobación y firma 8 actas del Comité de Seguridad y Salud, de los años 2007 y Asimismo, existen una serie de actuaciones no realizadas, y son las siguientes: No se ha realizado la investigación de accidentes de trabajo del año 2008, concretamente 64, y tampoco se ha realizado la investigación de accidentes de trabajo del año 2009, concretamente 53, así como los acaecidos el año 2010 hasta la fecha 17. Está pendiente discutir en el Comité de Seguridad y Salud el informe de evolución de la siniestralidad Está pendiente discutir en el Comité de Seguridad y Salud el informe de evolución de la siniestralidad No se han discutido en el Comité de Seguridad y Salud: Evaluación general de riesgos: ampliación Policía. Evaluación general de riesgos: ampliación Policía: Instalaciones. Planificación de la actividad preventiva: ampliación Policía. De la Planificación de la Actividad Preventiva presentada por el Servicio de Prevención Ajeno, de fecha 8 de octubre de 2008, a día de hoy no tenemos ninguna constancia de que se hayan realizado las actividades preventivas de los meses de enero a mayo de No tenemos constancia, a día de hoy, de que el Ajuntament de Mollet del Vallès esté realizando ningún tipo de coordinación preventiva con las diversas empresas de servicios subcontratadas, así como con las empresas municipales y los organismos autónomos del Ayuntamiento, en donde sus trabajadores/as prestan sus servicios en dependencias y servicios municipales. 6
7 No se ha realizado consulta previa al Comité de Seguridad y Salud sobre el concierto del Servicio de Prevención Ajeno suscrito a principios de este año. Que en fecha de 20 de mayo de 2008 (se adjunta como copia nº 8 acta de esta reunión), se presentó en reunión del Comité de Seguridad y Salud, ampliada a los miembros de la Junta de Personal y Secciones Sindicales, la Evaluación de Riesgos Psicosociales del Ajuntament de Mollet del Vallès. En dicha reunión se acordó establecer una serie de medidas preventivas que había que priorizar y también crear mecanismos de evaluación cualitativa para poder resolver y prevenir aquellas dimensiones negativas. Esta actuación no ha sido posible realizarla ya que no se ha celebrado ninguna reunión del Comité de Seguridad y Salud para acordar la priorización y realización de las medidas preventivas propuestas en el Informe de Evaluación de Riesgos Psicosociales. OCTAVO.- A modo de resumen, la Sección Sindical de CCOO, nos hemos encontrado con que buena parte de los requerimientos de esta Inspección de Trabajo realizados al Ajuntament de Mollet del Vallès, de los años 2001, 2002 y 2003, no han sido cumplidos. Por otro lado, y en vista a intentar conseguir el cumplimiento de los mismos, así como el correcto diseño e implementación de un sistema de gestión de la prevención, y la aplicación de actuaciones preventivas adecuadas, la Sección Sindical de CCOO, y más concretamente los delegados de prevención pertenecientes a la misma, han intentado negociar y consensuar todas estas actuaciones en el seno del Comité de Seguridad y Salud, en donde la mayoría de las mismas se han acordado. No obstante nos hemos encontrado con que dichos acuerdos han sido incumplidos de forma reiterada y de forma expresa por el Ajuntament de Mollet del Vallès, con lo cual 5 años de discusión, negociación y acuerdo, sencillamente han sido desperdiciados por el Ajuntament de Mollet del Vallès, cuya única intención ha consistido en dar largas, con el objetivo de no cumplir con sus obligaciones legales, con los requerimientos de la Inspección de Trabajo y con los acuerdos adquiridos en el seno del Comité de Seguridad y Saludo. Por todo ello, y ante esta actitud del Ajuntament de Mollet del Vallès, y en vista a las responsabilidades que los delegados de prevención de CCOO, así como de la Sección Sindical de CCOO, con el personal del Ajuntament de Mollet del Vallès, no se nos ha dejado otra opción que interponer la presente denuncia ante esta Inspección de Trabajo. 7
8 Así, a día de hoy, podemos encontrar que las siguientes obligaciones legales siguen sin ser cumplidas por el Ajuntament de Mollet del Vallès (ya sea como obligaciones legales, incumplimientos de Inspección de Trabajo, o incumplimiento de los acuerdos del Comité de Seguridad y Salud): Plan de Prevención. Teniendo especialmente importancia la constitución de un Servicio de Prevención Propio, así como la figura de trabajador/a designado, funciones del Servicio de Prevención Propio, etc. También tiene especial importancia el no haber contemplado en dicho plan de prevención la actuación en las empresas municipales, organismos autónomos, etc. Evaluaciones de Riesgos. Teniendo especial importancia que todavía no están todas realizadas, que no se han revisado buena parte de las realizadas, que faltan por realizar evaluaciones específicas (como por ejemplo ergonómicas, de exposición a ruido, exposición a sustancias químicas, etc.). Vigilancia de la salud. Teniendo especial importancia la falta de concreción de la coordinación con el resto de especialidades preventivas del Servicio de Prevención, de los protocolos específicos aplicables, del consentimiento informado necesario, del análisis de la siniestralidad existente, etc. Tampoco se ha verificado la adecuación de las instalaciones utilizadas así como el instrumental y aparataje adecuado para realizar estas funciones. Plan de emergencia y planes de autoprotección. Planificación de la Actividad Preventiva. Teniendo especialmente importancia el no haberse ejecutados todas las medidas preventivas previstas, y el no haber determinado un procedimiento de seguimiento de la eficacia en la aplicación de las mismas. Tiene especial relevancia el apartado relativo a las medidas preventivas derivadas de la evaluación de riesgos psicosociales. Acuerdos del Comité de Seguridad y Salud. Teniendo especial importancia el incumplimiento de muchos de sus acuerdos. Coordinación de actividades preventivas con empresas de contrata, subcontrata, empresas municipales, organismos autónomos, etc., teniendo especial importancia el no haber realizado un procedimiento de coordinación. Una inadecuada, y en ocasiones inexistente, investigación de los accidentes de trabajo, así como la falta de implementación, o en 8
9 su caso implementación incorrecta, de las medidas preventivas derivadas de dicha investigación. En vista de los hechos relatados, son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS: I.- Artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no se garantiza la adecuada protección, frente a los riesgos laborales, del personal del Ajuntament de Mollet del Vallès. II.- Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no se aplican los principios de la acción preventiva. III.- Artículo 16.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y artículos 1 y 2 del Reglamento de los Servicios de Prevención, en el sentido de que en el Ajuntament de Mollet del Vallès la prevención de riesgos laborales no se ha integrado en el sistema general de gestión, tanto en el conjunto de actividades como en todos los niveles jerárquicos. Por otro lado, no se ha incluido correctamente la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la prevención de riesgos en la empresa. IV.- Artículo 16.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como los artículos 4 y 5 del Reglamento de los Servicios de Prevención, en el sentido de que en las evaluaciones de riesgos no se ha tenido en cuenta correctamente la naturaleza de la actividad, así como las características de los puestos de trabajo. Asimismo, no se han valorado determinados riesgos, y en ocasiones no se ha modificado la evaluación de riesgos cuando se han producido daños a la salud. Artículos 8 y 9 del Reglamento de los Servicios de Prevención, en el sentido de que el Ajuntament de Mollet del Vallès, en determinadas ocasiones, ante las situaciones de riesgos evidenciadas por la evaluación de riesgos, o por la investigación de los accidentes de trabajo, no ha adoptado las medidas preventivas para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos. Tampoco se ha asegurado de la efectiva ejecución de las medidas preventivas incluidas en la planificación de la actividad preventiva. V.- Artículo 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que en determinado casos, los equipos de trabajo utilizados por el personal del Ajuntament de Mollet del Vallès, no tienen la garantía de que no pueden producir daños a la salud. 9
10 VI.- Artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que el Ajuntament de Mollet del Vallès no ha garantizado que el personal del mismo haya recibido la formación en prevención necesaria y adecuada a los riesgos existentes. VII.- Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que el Ajuntament de Mollet del Vallès no ha analizado las posibles situaciones de emergencia con el suficiente rigor, y por tanto no ha adoptado, al menos de forma suficiente, las medidas necesarias en este apartado. VIII.- Artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no se realiza una adecuada vigilancia de la salud, no se confeccionan informes de carácter colectivo de las revisiones médicas específicas, no existe el correcto consentimiento informado, no se ha dimensionado correctamente los medios materiales para su realización, y no se ha procedimentado una correcta coordinación con el resto de especialidades preventivas del Servicio de Prevención, así como con asistencia sanitaria de Mutua, además de no incluir en sus funciones el análisis de la siniestralidad en el Ajuntament de Mollet del Vallès. IX.- Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no existe un procedimiento de coordinación con empresas de contrata, subcontrata, autónomos, empresas municipales, organismos autónomos, etc. X.- Artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no existe un correcto tratamiento de los trabajadores/as especialmente sensibles. XI.- Artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no existe un correcto tratamiento de las mujeres embarazadas y en período de lactancia, ya que no están incluidas de forma específica en la evaluación de riesgos, y no se aplican medidas específicas para ellas. XII.- Artículo 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como el Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención, en el sentido de que no se ha constituido un Servicio de Prevención Propio, que no está correctamente dimensionado el Servicio de Prevención Ajeno, que no está correctamente definida la figura de trabajador/a designado, y que no se han tenido en cuenta en el dimensionamiento del mismo la estructura organizativa y la existencia de ámbitos sectoriales y descentralizados pertenecientes o dependientes del Ajuntament de Mollet del Vallès. 10
11 Así, el Servicio de Prevención, no está en condiciones de proporcionar al Ajuntament de Mollet del Vallès el asesoramiento necesario en lo referente a: a. El diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la empresa. b. La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. c. La planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia. d. La información y formación de los trabajadores, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 de esta Ley. e. La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia. f. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. El Servicio de Prevención no tiene los recursos suficientes y adecuados a las actividades preventivas a desarrollar, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, el tipo de riesgos existentes y la distribución de riesgos en la empresa. XIII.- Artículos 33 y siguientes de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no hay una correcta participación y consulta con los trabajadores/as, y en el presente caso con sus representantes. XIV.- Artículo 38 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que no se celebran las reuniones del mismo como mínimo con carácter trimestral, y que no cumple con sus propias reglas de funcionamiento interno, sobre todo en lo relacionado con el incumplimiento de los acuerdos adoptados en su seno. XV.- Artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el sentido de que el Ajuntament de Mollet del Vallès no cumple con las competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud. XVI.- Artículo 12.1 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de incumplir la obligación de integrar la prevención de riesgos laborales a través de un plan de prevención con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, así como no llevar a cabo, o hacerlo incorrectamente, las evaluaciones de riesgos, y no realizar aquellas actividades preventivas necesarias derivadas de las evaluaciones. 11
12 XVII.- Artículo 12.2 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores/as conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales. XVIII.- Artículo 12.6 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de incumplir la obligación de efectuar la planificación de la actividad preventiva que deriva como necesaria de la evaluación de riesgos, o no realizar el seguimiento de la misma, con el alcance y contenido de la normativa de prevención de riesgos laborales. XIX.- Artículo 12.8 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de incumplir las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores/as acerca de los riesgos del puesto de trabajo susceptibles de provocar daños a la salud. XX.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no adoptar las medidas previstas en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores/as. XXI.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de incumplir los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores/as reconocidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. XXII.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no proporcionar los medios adecuados para el desarrollo de sus funciones a los delegados de prevención. XXIII.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no adoptar las medidas de cooperación y coordinación necesarias para la protección y prevención de riesgos laborales. 12
13 XXIV.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no adoptar las medidas necesarias para garantizar que los trabajadores/as externos al Ajuntament de Mollet del Vallès que realizan sus actividades en sus instalaciones, reciban la información y las instrucciones adecuadas sobre los riesgos existentes y las medidas de protección, prevención y emergencia. XXV.- Artículo del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no organizar un servicio de prevención propio. XXVI.- Artículo 13.1 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el sentido de no observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y la salud de las trabajadoras durante los períodos de embarazo y lactancia. XXVII.- Ley , de 14 noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como el RD 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el sentido del repetido incumplimiento de los requerimientos realizados por esta Inspección de Trabajo. XXVIII.- Cualquier otro precepto legal, así como criterio jurisprudencial, de aplicación a juicio de esta Inspección de Trabajo. Por todo lo expuesto SOLICITAMOS: Que se admita la presente denuncia con sus copias y los documentos adjuntos, y en su virtud, se persone en las instalaciones del Ajuntament de Mollet del Vallès, y se realice la correspondiente comparecencia en esta Inspección de Trabajo, y que en ambas actuaciones se nos cite a los efectos de poder comparecer. Asimismo, que en virtud de las actuaciones anteriores se realicen los siguientes requerimientos al Ajuntament de Mollet del Vallès: El inmediato cumplimiento de los requerimientos de esta Inspección de Trabajo todavía pendientes de ejecución. 13
14
a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de :
La implantación y desarrollo de la actividad preventiva en la empresa requiere la definición de las responsabilidades y funciones en el ámbito de los distintos niveles jerárquicos de la organización. a)
Más detallesORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de
Más detallesINTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES
. INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES Campaña de promoción de la PRL por parte de la ITSS Contenidos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesProcedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad
Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13
Más detallesPREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El 1 de mayo entró en vigor la nueva norma sobre Prevención de Riesgos Laborales, que afecta a todo el tejido empresarial español. Saray López de Andrés TConsultora Freelance
Más detalles4.4.1 Servicio de Prevención Propio.
1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con
Más detallesMáster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detalles2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS
NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A
Más detallesNº Delegados de Prevención
NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado
Más detallesGestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1
UNIDAD Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 FICHA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 2. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 3. MODALIDAD
Más detallesPor su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:
ANEXO Nº 3: PROTOCOLO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE DEFENSA EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. ANEXO Nº 3 1 PROTOCOLO DE COORDINACIÓN
Más detallesCoordinación de actividades empresariales
Coordinación de actividades empresariales Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social 2013 Sumario 1. Introducción 3 Qué es? Objetivo Tipos de empresarios 2. Supuestos de concurrencia
Más detallesPROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES TITULO: PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Edición: 1ª Fecha: 24/06/2010 Página 1 de 8 Procedimiento 404 PROCEDIMIENTO PARA LA COORDI- NACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESA- RIALES Edición: 1ª Fecha: 24/06/2010 Página 2 de 8 1. Objeto. 2. Alcance. 3. Definiciones.
Más detalles1. Gestión Prevención
1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo
Más detallesNORMAS LEGALES QUE REGULAN LAS BASES MÍNIMAS: LEY 31/1995 de 8 de noviembre DE PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES.
NORMAS LEGALES QUE REGULAN LAS BASES MÍNIMAS: LEY 31/1995 de 8 de noviembre DE PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE
Más detallesPROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL ÁREA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS PREVENTIVOS EN EL ÁMBITO LABORAL DE LA
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL ÁREA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS PREVENTIVOS EN EL ÁMBITO LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2.
Más detallesQUÉ LE PUEDO PEDIR AL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO?
Una de las modalidades más demandadas a la hora de realizar la gestión de la Prevención de los riesgos laborales en empresa, consiste en recurrir a la contratación total o parcial de un Servicio de Prevención
Más detallesGUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detalles1. Gestión Prevención
1. Gestión Prevención 1.3 Guía de Actuación Inspectora para la integración de la actividad preventiva SUBSECRETARIA 1. EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 1.1 Con carácter general debe proponerse que el inicio
Más detalles1. RESPONSABILIDADES Y ORGANIZACIÓN
1. RESPONSABILIDADES Y ORGANIZACIÓN De acuerdo con el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas
Más detallesPROCEDIMIENTO DE AUDITORÍA INTERNA DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN
PROCEDIMIENTO DE AUDITORÍA INTERNA DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN Código: Pág: 1/2 Revisión: 00 ÍNDICE OBJETIVO ALCANCE IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES METODOLOGÍA ANEXOS Elaborado por: Revisado por: Aprobado
Más detallesSistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención
Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Autor: autoindustria.com Índice 0. Introducción 1. Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 1.1. Planificación
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Edición:1/2006 ÍNDICE 1. OBJETO...3 2. ALCANCE...3 3. DEFINICIONES...3 4.
Más detallesPolítica de Seguridad y Salud Ocupacional. Recursos. Humanos. Abril 2006
Endesa Chile Políticas de Índice 1. PRINCIPIOS 2. LINEAMIENTOS GENERALES 2.1 Organización 2.2 Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos 2.3 Planificación Preventiva 2.4 Control de la acción preventiva
Más detallesPROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10
Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO
Más detallesHECHOS. 23 de julio de 2009
Informe sobre la incidencia de los Presupuestos Generales del Estado en el régimen de aportaciones a los Planes de Pensiones de Empleo de la Función Pública 23 de julio de 2009 El presente informe tiene
Más detallesPROCEDIMIENTO OPERATIVO REVISION DEL SISTEMA Y AUDITORIA DE PREVENCION DPMPO14
Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACION 4 3. NORMATIVA APLICABLE 4 4. DEFINICIONES
Más detallesEnfoque de la subcontratación en PRL
Enfoque de la subcontratación en PRL La subcontratación o descentralización de la actividad produc tiva es una práctica común en el ámbito empresarial La coordinación de actividades empresariales es uno
Más detallesCONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL
CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL Secretaría General de Salud Pública y Participación. Sevilla, abril 2010 1 ESTADO DE SITUACION Y ELEMENTOS A CONSIDERAR EN EL NUEVO MARCO
Más detallesOBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
MARCO DE REFERENCIAS LEGALES LEY 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). LEY 50/1998, de 30 de diciembre; Ley 54/2003, de 12 de diciembre; Ley 31/2006, de 18 de octubre. R.D.
Más detallesTRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS
TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesEquipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar
Más detallesAutoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4
ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la
Más detallesORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2
SUMARIO 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2 2.- Número de Delegados de Prevención... 3 3.- Competencias de los Delegados de Prevención... 3 4.- Facultades de los Delegados de Prevención...
Más detallescontrol de siniestralidad LABORAL
1 1 2 Qué puede hacer para mejorar su sistema de prevención y reducir la siniestralidad laboral de su empresa. Lea atentamente lo que sigue. Está pensado para sugerirle qué pasos debe dar para propiciar
Más detallesGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa
Gestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 9. Auditorías El apartado 6 del artículo 30 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que "el empresario
Más detallesCOORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Página 1 de 20 ÍNDICE DEL CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DOCUMENTACIÓN APLICABLE 4. DEFINICIONES 5. RESPONSABILIDADES 6. DESCRIPCIÓN 7. ANEXOS Página 2 de 20 1. OBJETO Establecer y mantener un procedimiento
Más detallesJORNADA TÉCNICA ACTUALIZACIÓN DE LA GUÍA TÉCNICA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN RD 1627/97 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
JORNADA TÉCNICA ACTUALIZACIÓN DE LA GUÍA TÉCNICA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN RD 1627/97 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Santander, 31 de mayo de 2012 Gustavo A. Arcenegui Parreño INVASSAT Generalitat
Más detallesANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL
ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL NOTIFICACIÓN ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL Todos los industriales cuyos establecimientos estén afectados por el RD 1254/1999 están obligados a enviar una notificación
Más detallesIntegración de la prevención de riesgos laborales
Carlos Muñoz Ruiz Técnico de Prevención. INSL Junio 2012 39 Integración de la prevención de riesgos laborales Base legal y conceptos básicos Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Artículo 14.
Más detalles(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 3 de mayo de 2006)
(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 3 de mayo de 2006) PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES CON CONTRATAS Y CONCESIONES ADMINISTRATIVAS DE SERVICIOS EN MATERIA DE RIESGOS
Más detallesLos 3 errores más comunes a la hora de abordar el Plan de Seguridad y Salud en Obras de Construcción
Los 3 errores más comunes a la hora de abordar el Plan de Seguridad y Salud en Obras de Construcción Julián Jesús Moscoso Gil http://prevencionar.com/ Si partimos de la idea de que la Prevención de Riesgos
Más detallesEL DELEGADO DE PREVENCIÓN
EL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS QUE ME INTERESAN www.osalan/euskadi.net Indice.: Quién es el Delegado de Prevención? 2.: A quién le corresponde la representación
Más detallesAPLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO
COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GRUPO DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN SUBGRUPO DE OBRAS SIN PROYECTO APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO 1.- INTRODUCCIÓN En la reunión celebrada
Más detallesY por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA ENTIDAD PROMOTORA CAMPO NOMBRE ENTIDAD PROMOTORA, A LOS EFECTOS DE LA CONVOCATORIA 2010 DE INFRAESTRUCTURAS CIENTIFICO- TECNOLÓGICAS,
Más detallesNormativa básica (II)
TEMA 3 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo. Organización de la prevención de riesgos laborales
Más detallesAUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León.
AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León. AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. En palabras de la Nota Técnica de Prevención
Más detallesP.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS
P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS INDICE 1.- OBJETO DEL PLAN 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.- CARÁCTER DEL PLAN 4.- DEFINICIONES 5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, EN LA PREVENCIÓN
Más detallesPROCEDIMIENTO OPERATIVO MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LAS EMPRESAS EXTERNAS Y EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL DPMPO10
Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO EMPRESAS EXTERNAS Y EMPRESAS Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 1 Modificación Legislativa 1.09.2004 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO
Más detallesLA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE) APLICACIÓN PRÁCTICA APLICACIÓN PRÁCTICA LA COORDINACIÓN DE
LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE) LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE). APLICACIÓN PRÁCTICA APLICACIÓN PRÁCTICA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE). Plan general
Más detallesCOMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detalles1ª. Objeto. 2ª. Ámbito de actuación.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO AJENO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. 1ª. Objeto. El presente procedimiento
Más detallesCinturones de seguridad y sistemas de retención infantil. Un manual de seguridad vial para decisores y profesionales
Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil Un manual de seguridad vial para decisores y profesionales Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil Prefacio......................................................
Más detalles1. Gestión Prevención
1. Gestión Prevención 1.1 Guía de Actuación Inspectora de Control de la Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en las Empresas SUBSECRETARIA PLANTEAMIENTO GENERAL Un análisis del nivel de cumplimiento
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0600/2009
Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad
Más detallesConvocatoria 2014 Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales AT-0116/2014. Pilares de Gestión para la Prevención de Riesgos Laborales
2 Pilares de Gestión para la Prevención de Riesgos Laborales APP Móvil Plan de Actuación frente a Emergencias en la PYME y MICROPYME ~ 7 ~ 2. Pilares de Gestión para la Prevención de Riesgos Laborales.
Más detallesOrganismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. Organismos Centrales relacionados con la salud laboral
Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. La competencia de proteger y velar por la salud seguridad en el trabajo mencionada en la CE, se encuentra distribuida, dentro de
Más detallesPLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Departamento de Prevención de Riesgos Laborales AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. Presentación del plan de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento de Sevilla. Presentación
Más detallesARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:
DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión
Más detallesNº 27. Gestión de la PRL
PAUTAS DE ACTUACION PARA EVITAR PELIGROS Y MOLESTIAS A LOS TRABAJADORES/AS DE DISTINTAS EMPRESAS QUE COINCIDEN EN UN MISMO CENTRO DE TRABAJO INTRODUCCIÓN La coincidencia de trabajadores/as de distintas
Más detallesNorma ISO 14001: 2004
Norma ISO 14001: 2004 Sistema de Gestión Ambiental El presente documento es la versión impresa de la página www.grupoacms.com Si desea más información sobre la Norma ISO 14001 u otras normas relacionadas
Más detallesI. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES
REF.: INSTRUYE SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGO OPERACIONAL EN LAS ENTIDADES DE DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VALORES Y EN LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN
Más detallesGUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN PREVENTIVA SERVICIOS DE PREVENCIÓN Índice Introducción
Más detalles2.2 Política y objetivos de prevención de riesgos laborales de una organización
Gestión de la prevención en la obra 2. La gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas constructoras. Aspectos generales 2.1 Generalidades El objetivo de este libro es definir la gestión
Más detallesCOORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA COORDINACIÓN Y LOS RECURSOS PREVENTIVOS EN EL ÁMBITO DE LA CONSTRUCCIÓN NORMATIVA RD 1627/1997, de 24 octubre, por el que se establecen
Más detallesCOORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Empresario Contratista o Subcontratista de Construcción INTRODUCCIÓN El art. 24 de la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que cuando en un
Más detallesLA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES: UNA OBLIGACION NECESARIA. La salud de los tuyos es la salud de tu empresa
LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES: UNA OBLIGACION La salud de los tuyos es la salud de tu empresa Marzo de 2009 ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales R.D. 39/1997
Más detallesDe la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se han de resaltar tres aspectos fundamentales:
1.- ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO La CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA establece en el Capítulo 3º del Título I, los principios rectores de la política social y económica, señalando en el artículo 40.2 que...los
Más detallesUNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Marzo 2012 Contenido Contenido... 2 Identificación de la de Prevención de Riesgos Laborales... 3 Objetivos que se persiguen con la publicación de la Carta... 3
Más detallesTÍTULO: PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PARA LA CONTRATAS
Edición: Fecha: 25.08.11 Página 1 de 15 Procedimiento Coordinación de las actividades empresariales y preventivas para las contratas y subcontratas de los Centros de Trabajo del y sus Organismos Autónomos
Más detallesMarco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público
Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo
Más detallesCon este documento, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME/ARAGON) con la financiación de la Fundación para la Prevención
Actuaciones y Obligaciones del Empresario en PRL ante la Inspección de Trabajo Convocatoria 2012 Con este documento, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME/ARAGON) con la financiación
Más detalles6. Construcción. 6.1 Guía de Actuación Inspectora sobre Gestión Preventiva en Obras de Construcción SUBSECRETARIA
6. Construcción 6.1 Guía de Actuación Inspectora sobre Gestión Preventiva en Obras de Construcción SUBSECRETARIA 1. OBLIGACIONES DEL PROMOTOR 1.1 En las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real
Más detallesComunidades de Propietarios y Prevención de Riesgos Laborales
Ventura Rodríguez, 7-28008 Madrid Tel.: 900 713 123 - Fax: 91 420 58 08 D. L.: XXXXXXXXXX. Diseño e Impresión: Celso Publicidad. Fotos: Celso Publicidad y CNICE Comunidades de Propietarios y Prevención
Más detallesCERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS RD 47/2007
CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS RD 47/2007 FAQ S VERSIÓN 21 DE OCTUBRE 2009 1/8 REAL DECRETO 47/2007 CAPÍTULO III DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4. Calificación de eficiencia energética de un edificio.
Más detallesInforme final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2014 MÁSTER UNIVERSITARIO EN DIRECCIÓN DE PROTOCOLO, PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN Y DISEÑO DE EVENTOS Facultad de Ciencias
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0076/2014
Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento
Más detallesGUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO
GABINETE TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL SECTOR MARÍTIMO GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO Con la financiación de Acción IT-0132/2012 1 CAPITULOS
Más detallesPROPUESTA DE REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD
PROPUESTA DE REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD Artículo 1. - Fundamento jurídico. El presente Reglamento se acuerda entre los Delegados de Prevención y los representantes de la empresa
Más detalles1. Normas y señalización de seguridad
1. Normas y señalización de seguridad 1.1. Concepto de norma de seguridad Para llevar a cabo cualquier trabajo que pueda incluir un riesgo, se da una recomendación preventiva. Cuando estas recomendaciones
Más detallesNorma ISO 9001: 2008. Sistema de Gestión de la Calidad
Norma ISO 9001: 2008 Sistema de Gestión de la Calidad Hemos recibido una solicitud de información a través de nuestra Web (www.grupoacms.com). Próximamente un comercial de ACMS se pondrá en contacto con
Más detallesPONENCIA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Y SIMULACROS DE EMERGENCIA
PONENCIA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Y SIMULACROS DE EMERGENCIA Luis Carmena Servert Fundación Fuego para la Seguridad contra Incendios y Emergencias Lisboa, 3-28008 Madrid Tel.: 91 323 97 28 - www.fundacionfuego.org
Más detallesBases para el análisis de las actuaciones de los servicios de prevención ajenos
Bases para el análisis de las actuaciones de los servicios de prevención ajenos PRESENTACIÓN ÍNDICE El presente documento es el resultado de los análisis y acuerdos adoptados por un grupo de trabajo constituido
Más detallesÓrganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil
Órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil Orden INT/724/2006, de 10 de marzo, por la que se regulan los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. BOE núm. 64,
Más detallesRESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Bajo este mandato constitucional y como transposición
Más detallesGUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Auditoría de prevención de riesgos laborales GUÍA AUDITORÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA Auditoría de prevención de riesgos laborales GUÍA AUDITORÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN PREVENTIVA AUDITORÍA DE PREVENCIÓN
Más detallesAdministración Pública Estatal, que debe rendir anualmente el Gobernador del Estado;
CAPÍTULO V DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS DE LAS DIRECCIONES GENERALES, UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN OPERATIVA, COORDINACIÓN GENERAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Más detallesAdministración Pública Estatal, que debe rendir anualmente el Gobernador del Estado;
CAPÍTULO V DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS DE LAS DIRECCIONES GENERALES, UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN OPERATIVA, COORDINACIÓN GENERAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Más detallesCAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Educación, Formación y Empleo CAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS MÓDULO I: GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA CONSEJERÍA DE
Más detalles1.- OBJETO: 2.- ALCANCE:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA ESPECIALIDAD DE HIGIENE INDUSTRIAL EN EL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA (PERÍODO 2.014-2015)
Más detallesDirector General y Auditor Jefe en SGPRL
LA COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES DESDE LA PERSPECTIVA DEL AUDITOR DEL SISTEMA DE GESTION EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. UNA VISION SENCILLA Y PRACTICA. Autores: I Iñigo Martínez Sola CEO
Más detallesEstos aprovechamientos son principalmente madera, biomasa, piña y corcho.
Coordinación de actividades empresariales en aprovechamientos forestales DIVULGACIÓN PARA LAS EMPRESAS ADJUDICATARIAS Introducción aprovechamiento forestal La Coordinación de Actividades Empresariales
Más detallesProcedimiento General Auditorías Internas (PG 02)
(PG 02) Elaborado por: Jaime Larraín Responsable de calidad Revisado por: Felipe Boetsch Gerente técnico Aprobado por: Gonzalo Lira Gerente general Firma: Firma: Firma: Página: 2 de 7 ÍNDICE 1. OBJETO...
Más detallesLa seguridad integral
La seguridad integral Auditorias Planes de seguridad 2006 José Julián Isturitz La seguridad La seguridad es por una parte, la sensación de sentirse en un entorno seguro y controlado y por otra un elemento
Más detallesCampaña de promoción de la PRL por parte de la ITSS Contenidos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales
. INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES Campaña de promoción de la PRL por parte de la ITSS Contenidos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesReglamento de Coordinación de Actividades Empresariales en la empresa Aismalibar S.A. Sección Sindical CC.OO. Aismalibar
Reglamento de Coordinación de Actividades Empresariales en la empresa Aismalibar S.A. Sección Sindical CC.OO. Aismalibar 1 Sincronización y coordinación Sindical? Integrar los valores de siempre con los
Más detallesSISTEMAS Y MANUALES DE LA CALIDAD
SISTEMAS Y MANUALES DE LA CALIDAD NORMATIVAS SOBRE SISTEMAS DE CALIDAD Introducción La experiencia de algunos sectores industriales que por las características particulares de sus productos tenían necesidad
Más detalles