Manual de Organización

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1 Manual de Organización Subsecretaría de Ingresos Secretaría de Hacienda 28/11/ :00:00a.m.

2 Manual de Organización Subsecretaría de Ingresos Secretaría de Hacienda Elaboró Ing. Gerardo Encinas urquidez/subsecretario de Ingresos Presentó Lic. Carlos Manuel Villalobos Organista/Secretario de Hacienda Validó María Guadalupe Ruiz Durazo Secretaria de la Contraloría General Validado de acuerdo a lo establecido en el art ículo 26, Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio S de fecha 28/11/2013.

3 Contenido I. Introducción II. Antecedentes III. Marco Jurídico Administrativo IV. Atribuciones V. Estructura Orgánica VI. Organigramas VII. Objetivos y Funciones VIII. Bibliografía

4 Introducción La Subsecretaría de Ingresos, de conformidad con el artículo 14, párrafo tercero, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, y en cumplimiento al artículo 6, fracción LI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda elabora el presente manual de organización, con el propósito de ofrecer al personal administrativo y operativo, tanto actual como de nuevo ingreso, un instrumento actualizado de consulta que promueva la práctica eficiente del desempeño organizacional. Este documento, le permite a su lector tener una visión integral de la unidad administrativa, ya que contiene información referente a la base legal, en donde sustenta su marco de actuación; atribuciones conferidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda; estructura orgánica, en la cual soporta su operación; objetivo institucional, y por último, las funciones desempeñadas por cada una de las Direcciones Generales reflejadas en su esquema organizacional. Asimismo, a efecto de mantener vigente la información del documento, deberá actualizarse de acuerdo a los cambios suscitados en el ámbito atributivo y funcional, y en el esquema organizacional de la Subsecretaría de Ingresos, de preferencia cada año, o antes si se presentan cambios relevantes al interior del mismo. 1

5 Antecedentes El 25 de Febrero de 1988 a través de Boletin Oficial No.16, sección I se publicó el Reglamento Interior de la Tesorería General del Estado, apareciendo dentro de su estructura orgánica la Subsecretaría de Ingresos. El 17 de Diciembre de 1992, se publicó en el Boletín Oficial No. 49 sección I, una reforma a la Ley Orgánica No. 26 del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, donde la Tesorería General del Estado cambia de denominación a Secretaría de Finanzas. El 14 de Diciembre de 1998 a través del Boletín Oficial No. 48 se publica el Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, mismo que contempla a la Subsecretaría de Ingresos con la siguiente estructura: Dirección General de Recaudación, Dirección General de Fiscalización, además, se crean la Dirección General de Verificación Fiscal de Vehículos de Procedencia Extranjera, Dirección General de Orientación y Asistencia al Contribuyente, y la Dirección General de Contraloría Interna. El día 13 de noviembre de 2000, mediante Boletín Oficial No. 39, sección I, se publica el Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en el cual se adscribe a esta Subsecretaría de Ingresos la Dirección General Jurídica y la Unidad de Seguimiento y Supervisión Operativa, en dicha reforma se crea la Coordinación Ejecutiva del Programa Solo Sonora, a la cual se le adscribe la Dirección General de Verificación Fiscal de Vehículos de Procedencia Extranjera, quedando la estructura de la Subsecretaría de Ingresos de la Siguiente manera: Dirección General de Recaudación, Dirección General de Fiscalización, Dirección General de Bebidas Alcohólicas, Dirección General de Orientación y Asistencia al Contribuyente, Dirección General Jurídica y Unidad de Seguimiento y Supervisión Operativa. Al inicio de la Administración Estatal , se reforma la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, de la cual se derivó la fusión de las Secretarías de Planeación del Desarrollo y Gasto Público y de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, surgiendo la Secretaría de Hacienda, misma que derivó en un nuevo reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, publicado el dia 14 de Junio del año 2004 en el Boletín Oficial No. 48, sección I, en el cual se aprecian cambios al interior de la Subsecretaría de Ingresos, especificamente en la Dirección General de Fiscalización, hoy Dirección General de Auditoría Fiscal y en la Dirección General Jurídica, que ahora se contempla en el citado reglamento como Dirección Jurídica. 2

6 Marco jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Diario Oficial del 05 de febrero de 1917 y sus últimas reformas). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora (01 de noviembre 1872 y sus reformas). Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Boletín Oficial No. 41, sección I, del 20 de mayo de 2004, última reforma 30 de diciembre 2010). Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 (Diario Oficial 15 de noviembre 2010). Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (Diario Oficial del 30 de diciembre de 1980, última reforma el 31 de diciembre de 2008). Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.(Diario Oficial del 29 de diciembre de 1997, última reforma el 31 de diciembre de 2010). Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (Diario Oficial del 30 de diciembre de 1980, última reforma el 19 de noviembre 2010). Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora para el ejercicio 2012, (última reforma 6 de agosto del 2012). Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal (Boletín Oficial No. 41, sección I, del 19 de noviembre de 1987, última reforma Boletín Oficial 14 de julio 2008). Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios de Sonora (ultima reforma 31 de agosto 2009). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, relacionados con Bienes Muebles de la Administración Pública Estatal (Boletín Oficial No. 8, sección I, del 26 de enero de 1989, última reforma 18 de noviembre 2010). Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, guarda, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora (Boletín Oficial del 25 de junio de 1992, última reforma el 26 de diciembre 2008). Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, (ultima reforma 14 de julio 2008). Ley No. 40 del Servicio Civil para el Estado de Sonora (Boletín Oficial No. 17 del 27 de agosto de 1977, última reforma 11 de julio 2011). Ley No. 109 de Salud en el Estado de Sonora (Boletín Oficial del 07 de Febrero de 1984, última reforma 23 de junio 2011). Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora. (Boletín Oficial No. 1, sección I, del 3 de julio de 1989, ultima reforma 28 de mayo del 2012). Ley de Hacienda del Estado (Boletín Oficial No. 49, sección III, del 18 de diciembre de 2003, ultima reforma 30 de diciembre 2010). Ley para la Inscripción Vehículos de Procedencia Extranjera, ultima modificación 12 de marzo Ley de Hacienda Municipal (Boletín Oficial del 31 de diciembre de 2001, última reforma 18 de julio 2011). Ley Aduanera, (D.O.F. 15 de diciembre 1995, última reforma 02 de febrero 2006). 3

7 Ley de Gobierno y Administración Municipal (Decreto No. 133 Boletín Oficial No. 32 Sección II, de fecha 20 de Octubre del 2011). Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ultima reforma publicada en el D.O.F. 17 de junio 2009). Ley de Coordinación Fiscal, (ultima reforma 24 de junio 2009). Ley del Impuesto al Valor Agregado, (última reforma 7 de diciembre 2009). Ley del Impuesto sobre la Renta, (ultima modificación 31 de diciembre 2010). Ley del Servicio de Administración Tributaria (ultima modificación 6 de mayo 2009). Ley Federal del Trabajo (ultima modificación 17 de enero 2006). Código Penal Federal (Diario Oficial del 14 de agosto de 1931, última reforma 08 de junio 2011). Código Fiscal de la Federación y su Reglamento (Diario Oficial del 31 de diciembre de 1981, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de Diciembre del 2011, anexos 3, 5, 7, 8, 11, 13, 15, 17, 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2012 publicada en 28 de diciembre del 2011). Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 publicada en el D.O.F. el 5 de enero Código Fiscal del Estado (Boletín Oficial No. 49, sección III, del 12 de junio del 2002, última reforma 30 de diciembre 2010). Código Penal para el Estado de Sonora (Boletín Oficial del 03 de agosto de 1949, última reforma Boletín Oficial No. 46, sección II, Decreto 201 Boletín Oficial No. 30, Sección VII, de fecha 11 de octubre del 2012 ). Código Civil para el Estado de Sonora (Boletín Oficial del 24 de agosto de 1949, última reforma 01 de marzo 2011). Código Federal de Procedimientos Penales (Diario Oficial del 30 de agosto de 1934, última reforma 25 de mayo 2011). Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Sonora (Diario Oficial del 28 de diciembre 1979, ultima modificación publicada en el Boletín Oficial No. 15 del 19 de Febrero de 1996). Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Sonora (Diario Oficial del 27 de noviembre de 1996, última reforma 17 de junio 2009). Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Julio del 2012). Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda (4 de diciembre 2008) Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora (Boletín Oficial No. 39, sección I, del 12 de noviembre de 1987, última reforma 11 de octubre 2010). Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Diario Oficial del 22 de mayo de 2001, última reforma 16 de julio 2009). Reglamento de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal (Boletín Oficial No. 16, sección I, del 24 de agosto de 1989). Reglamento para la Inscripción de Vehículos de Procedencia Extranjera. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, (ultima modificación 7 de diciembre 2009). Reglamento de la Ley Aduanera, (ultima reforma 28 de octubre 2003). 4

8 Atribuciones Artículo 11º.- Corresponde a la Subsecretaría de Ingresos las siguientes atribuciones: I. Planear y programar la política de ingresos públicos y deuda pública del Gobierno del Estado; II. Proponer al Secretario los sistemas y procedimientos de captación de ingresos, de acuerdo a las políticas establecidas; III. Formular y definir las políticas de operación del Sistema Integral de Información y Administración Financiera en materia de ingresos; IV. Imponer las multas en los asuntos de su competencia, por infracciones a las disposiciones fiscales en los términos de los ordenamientos fiscales federales y estatales y del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal; V. Imponer las sanciones por infracciones a la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de los Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Transportación, Almacenamiento, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico; VI. Expedir los proveídos mediante los cuales se impongan las sanciones a que se refieren las fracciones IV y V anteriores; VII. Condonar cuando proceda, las multas impuestas en los términos de las fracciones IV y anteriores; V VIII. Ordenar la práctica de visitas domiciliarias, auditorias, inspecciones, vigilancia y verificaciones, así como los demás actos que establezcan las disposiciones fiscales estatales, federales y aduaneras, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, en el domicilio fiscal o establecimiento de los mismos, así como en las oficinas de las autoridades competentes, en materia de contribuciones, incluyendo el impuesto general de importación, impuesto al valor agregado, impuesto especial sobre producción y servicios, cuotas compensatorias derecho de trámite aduanero, así como las demás regulaciones y restricciones no arancelarias que se causen por la importación en territorio nacional de mercancías de procedencia extranjera; IX. Acordar con el superior jerárquico la destrucción, donación, asignación o venta de mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro o de animales vivos embargados precautoriamente, en los términos de la legislación aduanera en el ámbito de su competencia. X. Registrar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los lugares en que habrán de ser depositadas las mercancías y medios de transporte embargados de conformidad con el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y anexos correspondientes; así como solicitar su habilitación en el ámbito de su competencia; XI. Autorizar la aplicación de estímulos en materia fiscal de conformidad con la legislación estatal aplicable; 5

9 XII. Coordinar e integrar para la aprobación del superior jerárquico el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos; XIII. Participar en la formulación, en materia de su competencia, de los convenios y acuerdos de coordinación con las autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y evaluar sus resultados; XIV. Aceptar, previa calificación, las garantías que se otorguen para cubrir créditos fiscales, autorizar la sustitución de las citadas garantías, solicitar su ampliación, cancelarlas y dispensar su otorgamiento, cuando proceda; XV. Resolver sobre las solicitudes o devoluciones de cantidades pagadas indebidamente, así como resolver sobre la procedencia o improcedencia de compensaciones, en los términos de las disposiciones fiscales; XVI. Determinar en cantidad liquida los impuestos, actualizaciones y sus accesorios de car ácter federal o estatal, a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, con motivo de la práctica de actos de comprobación; así como en el ejercicio de sus atribuciones, determinar las cuotas compensatorias que se causen, derecho de trámite aduanero, y demás regulaciones y restricciones no arancelarias que correspondan de conformidad con las disposiciones fiscales y aduaneras aplicables, que deriven del ejercicio de las facultades a que se refiere este artículo; XVII. Expedir los permisos eventuales para los casos de transportación de bebidas con contenido alcohólico, en términos de las disposiciones legales aplicables; XVIII. Ejercer las demás atribuciones en materia de comprobación y determinación de contribuciones omitidas en los términos de las disposiciones fiscales estatales y federales cuya administración corresponda a la Secretaría; XIX. Participar en los grupos de trabajo creados al amparo de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, en las materias de su competencia; XX. Tramitar y resolver el recurso de inconformidad en materia de bebidas con contenido alcoh ólico establecido en la ley de la materia, que se interponga en contra de los actos y resoluciones emitidos por esa unidad administrativa; XXI. Ordenar la recuperación de créditos fiscales tanto estatales como federales que en virtud del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y sus anexos, sean delegados al Estado para su recuperación; XXII. Intervenir en los procedimientos administrativos establecidos para la expedición, modificación o cancelación de licencias para la venta y/o consumo de bebidas con contenido 6

10 alcohólico; XXIII. Resolver las solicitudes que formulen los interesados respecto a las autorizaciones previstas en las disposiciones fiscales, en materia de ingresos federales coordinados y estatales; XXIV. Intervenir para la resolución de los asuntos que planteen los distintos ayuntamientos del Estado, en materia de actividades fiscales coordinadas federales y estatales; XXV. Expedir las credenciales o constancias del personal adscrito a esa Subsecretaría y del que se autorice para la práctica de visitas domiciliarias, auditorias, inspecciones, verificaciones, notificaciones y ejecuciones correspondientes; XXVI. Calificar para su aceptación las garantías que deban otorgarse a favor del Gobierno Estatal, en los términos de las leyes distintas a las fiscales y cancelarlas, excepto las que hayan de ser calificadas o canceladas por otras autoridades; XXVII. Ejercer en materia de infracciones las atribuciones delegadas a las autoridades fiscales del Estado en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal; XXVIII. Gestionar y negociar créditos con la banca de desarrollo nacional, organismos y fundaciones u otras instituciones para el financiamiento de infraestructura y el fortalecimiento de instituciones públicas, XXIX. Revisar, evaluar y validar en acuerdo con el Secretario, la factibilidad económica y financiera de los proyectos de inversión cuando el Gobierno del Estado actué como avalista, deudor solidario o garante; XXX. Participar junto con las calificadoras internacionales de riesgo en la elaboración de estudios que le permitan al Estado obtener una calificación de riesgo crediticio; XXXI. Rendir al Secretario cuenta mensual del avance en el cumplimiento de la Ley de Ingresos por el ejercicio fiscal; y XXXII. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables y las que le delegue el Secretario. 7

11 Estructura Orgánica Subsecretaría de Ingresos Secretario Particular Subdirección de Proyectos Dirección de Proyectos Especiales 8

12 SUBSECRETRÍA DE INGRESOS ORGANIGRAMA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS SECRETARIO PARTICULAR DIRECCION DE ASUNTOS ESPECIALES 11 SUBDIRECCIÒN DE PROYECTOS ESPECIALES 10 9

13 Objetivos y Funciones Subsecretaría de Ingresos Objetivo: Lograr una recaudación optima de los ingresos públicos que marcan las disposiciones legales, al brindar al contribuyente las facilidades necesarias para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones. Funciones: Planear, dirigir y controlar las estrategias para la captación de ingresos; Coordinar acciones para la operación del Sistema Integral de Información y Administración Financiera (SIIAF), en materia de Ingresos; Formular para su aprobación superior el Anteproyecto del Presupuesto Anual de Ingresos; Participar en la formulación, en materia de su competencia, de los convenios y acuerdos de coordinación con las autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y evaluar sus resultados; Intervenir para la resolución de los asuntos que planteen los distintos Ayuntamientos del Estado, en materia de actividades fiscales coordinadas federales y estatales; Ejercer en materia de infracciones las atribuciones delegadas a las autoridades fiscales del Estado en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal; Expedir las credenciales o constancias del personal adscrito a esa Subsecretaría y del que se autorice para la práctica de visitas domiciliarias, auditorias, inspecciones, verificaciones, notificaciones y ejecuciones correspondientes; Participar en los grupos de trabajo creados al amparo de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales en el marco de actuación del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal; Intervenir en los procedimientos administrativos establecidos para la expedición, modificación o cancelación de licencias para la venta y/o consumo de bebidas con contenido alcohólico; Coadyuvar, en materia de su competencia, en la formulación de convenios y acuerdos de coordinación con autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Autorizar la sustitución de las garantías para cubrir créditos fiscales, solicitar su ampliación, cancelación o dispensa de su otorgamiento, cuando proceda; Establecer programas para la recuperación de créditos fiscales, tanto estatales como federales; 10

14 Autorizar, modificar o condonar la imposición de multas por infracciones a las disposiciones legales que le competen; Coordinar la vigilancia del cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones fiscales de los contribuyentes; Coordinar acciones de asistencia al contribuyente a fin de que se oriente sobre tr ámites de índole fiscal; Coordinar la emisión y modificación de las leyes tributarias y óptima aplicación de las mismas; Proporcionar a las autoridades competentes de la Secretaría de Hacienda, la información que requieran para la evaluación de la política fiscal, así como para la elaboración de los informes que la propia Secretaría esté obligada a presentar. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 11

15 Objetivo: Secretario Particular Atender los asuntos del Subsecretario de Ingresos en registro y seguimiento de asuntos relacionados con las Dependencias Federales, Estatales, Municipales y diferentes Organismos. Funciones: Apoyar la difusión, así como coordinar el archivo y clasificación de los estudios y materiales de la Subsecretaría, para proporcionar información de forma inmediata. Supervisar y evaluar el desarrollo y resultados de los diversos programas de su unidad, a fin de asegurar su adecuación a los planes de la Subsecretaría y llevar a cabo acciones que permitan corregir las desviaciones o modificaciones a los programas. Establecer la estrategia y manejo de situaciones especiales y crisis institucionales. Verificar los reportes, dictámenes estadísticos y opiniones que sean requeridos con base en sus alcances y resultados, a fin de mantener informados a sus superiores sobre los mismos. Vigilar el estricto cumplimiento de las Leyes, Reglamentos y demás Disposiciones Legales, en el ámbito de su competencia. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 12

16 Objetivo: Subdirección de Proyectos Brindar atención y orientación oportuna a la ciudadanía las diversas instancias de Gobierno así como, las Dependencias Estatales, Federales y Municipales, con relación a las disposiciones de Ley y Administrativas en materia fiscal y vehicular. Funciones: Verificar la recepción, registro y control de las peticiones para asegurar la resolución; Analizar la procedencia o no de una petición y en su caso, informar al interesado su rechazo o bien canalizarlo a la instancia competente de acuerdo a la naturaleza del asunto planteado. Obtener información de la petición procedente y acordar el tipo de apoyo que se otorgará. Comunicar al interesado la solución de su petición, los requisitos y donde presentarse. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 13

17 Objetivo: Dirección de Proyectos Especiales Proponer, desarrollar, e implementar proyectos que coadyuven en el logro de los objetivos de la Subsecretaría de Ingresos. Funciones: Apoyar técnicamente en la definición de políticas, lineamientos y criterios requeridos para la elaboración, seguimiento y actualización de los programas y proyectos estratégicos. Recabar información relevante para la toma de decisiones que permita valorar el entorno a nivel Federal, Estatal y Municipal para el desarrollo de proyectos. Participar en la elaboración y actualización de los Manuales de Organización, Procedimientos y de servicios al público, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Contraloría General, a fin de asegurar su eficiencia y funcionalidad. Participar en reuniones de información para analizar, coordinar y evaluar de manera conjunta con las unidades administrativas adscritas a esta Subsecretaría. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 14

18 Bibliografía Guía para la elaborar un Manual de Organización Secretaría de la Contraloría General. 15

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