DIRECCIÓN DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE. JALAPA, TABASCO

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1 DIRECCIÓN DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCIÓN DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE

2 CONTENIDO Introducción 1 Justificación 2 Objetivo 3 Objetivo General 4 Misión 5 Vision 6 Valores 8 Marco Normativo 9 Leyes Ambientales 10 Reglamentos Ambientales 10 Convenios, Planes y Disposiciones de Medio Ambiente 10 Normas 11 Atribuciones ley orgánica de los municipios del estado de Tabasco 15 Organigrama 16 Estructura organizacional. 17 Descripción De Funciones 17 Director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable 18 Sub director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable 20 Administrativo 21 Coordinador Jurídico Ambiental 23 Jefe de Departamento de Inspección y Vigilancia 25 Conclusión 26 Glosario

3 DIRECCIÓN DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE I N T R O D U C C I Ó N El H. Ayuntamiento de Jalapa, pone a disposición de la ciudadanía en general, el presente Manual de Organización de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. Tiene el propósito de servir como instrumento de consulta acerca de las funciones de la estructura que comprende la Dirección en el municipio y es de observancia general. Está dirigido fundamentalmente al personal que labora en la Dirección, con la finalidad de llegar a su integración, a conocer y establecer un compromiso con los objetivos de su área. También es un medio para familiarizarse con la estructura orgánica y con los diferentes niveles jerárquicos que conforman esta unidad administrativa. Su consulta permite identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada uno de los diferentes puestos que existen y evitar la duplicidad de funciones, conocer las líneas de comunicación y de mando; promover la adecuada selección de personal y proporcionar los elementos para alcanzar la excelencia en el desarrollo de sus funciones, elementos indispensables que le permitirán visualizar el trabajo que regirá su actuación y la de sus compañeros en el logro de los objetivos que le señala la presente dirección. Por ser un documento de consulta frecuente, este manual deberá ser actualizado cada año o en su caso, cuando se pretenda realizar algún cambio o modificación orgánica/o funcional al interior de la organización.

4 JUSTIFICACIÓN Los problemas ambientales como la destrucción de la capa de ozono, contaminación del agua, deforestación, entre otras; han hecho de la educación ambiental una herramienta para generar conciencia a las poblaciones en todo el mundo. Estos desequilibrios que amenazan la vida en la Tierra, se han analizado Profundamente a partir de la segunda mitad del siglo XX, pero es hasta los inicios del siglo XXI donde se cuestiona el enfoque real de la educación ambiental, ya sea con una perspectiva netamente teórica en el aula o una actividad en el campo abierto. Es por eso, que hoy en día es de suma preocupación para las autoridades gubernamentales tomar medidas necesarias para dar el impulso a la protección al medio ambiente, ya que es allí donde se encuentran nuestros recursos naturales y por ende la productividad para subsistir en este planeta. Además como ciudadanos responsables debemos actuar participando con las diversas actividades que fomente la dirección de protección al ambiente y desarrollo sustentable, para poder tener un ambiente limpio y sano. 1

5 OBJETIVO El Manual de Organización de esta dirección nos muestra cada una de las funciones que tendrán los servidores dentro de la misma, tiene como finalidad servir como instrumento de referencia y consulta que oriente tanto a los servidores públicos de la Dirección de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, así como a los particulares, respecto a la organización y funcionamiento y de responsabilidades que se tienen en esta dirección. 2

6 OBJETIVO GENERAL Proporcionar los instrumentos adecuados dispuestos en la Ley Orgánica de los Municipios, el Bando de Policía y Gobierno y la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, ofreciendo las bases generales a los funcionarios de la administración Pública Municipal, que permita conocer la forma estructural, como Organización, niveles, funciones y responsabilidad procedimental correspondiente a la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. La sustentabilidad ambiental requiere así de una estrecha coordinación de las políticas públicas en el mediano y largo plazo. v Crear conciencia del medio ambiente y el desarrollo sustentable en los miembros de la comunidad. v Facilitar el acceso a la formación sobre el medio ambiente y el desarrollo sustentable. v Promover la integración de conceptos medioambientales y de desarrollo sustentable en todos los planes de estudio, en particular el análisis de las causas de los principales problemas ambientales. 3

7 MISIÓN Establecer una dirección que cumpla al pie de la letra sus funciones, para formular, conducir, regular, ejecutar y evaluar la política ambiental y de desarrollo sustentable municipal, a través de la prevención, protección y conservación de las riquezas naturales del municipio. De igual forma dar a conocer las problemáticas ambientales y difundir conocimientos del marco normativo involucrando a la población, en el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente fomentando el afecto a la naturaleza como elemento esencial para la vida y la recreación. 4

8 VISIÓN Lograr una mejor calidad ambiental en el municipio de Jalapa por medio de programas y gestiones ante las dependencias gubernamentales y civiles, donde podamos rescatar la flora, fauna, ríos y suelos afectados por la contaminación, así como dar soluciones a todas estas problemáticas buscando nuevas alternativas donde se pueda contaminar menos y generar recursos renovables para el municipio. 5

9 VALORES Responsabilidad. Responder por los actos generados en la toma de decisiones, previendo y previniendo los efectos de nuestro comportamiento a partir de nuestra decisión. Honestidad. Establecer la congruencia a partir del sentir, pensar, decir y actuar de los servidores públicos en concordancia con los objetivos de buen gobierno. Honradez. Trabajar de acuerdo con las funciones asignadas a los puestos con claridad y constancia, siendo íntegros, honestos y responsables; ofreciendo calidad en los servicios, siendo eficientes, eficaces y transparentes. Respeto. Fomentar el reconocimiento de la dignidad e integridad de las personas, Fundamentándola en el actuar y en el reconocimiento a la existencia de la diversidad de pensamiento. Compromiso. Obligarse a sí mismo a partir del propio código moral y ético a cumplir con las políticas, misión, visión y objetivos de la institución. 6

10 Liderazgo. Fortalecer la capacidad de los servidores públicos para prever, resolver y atender problemas y asuntos comunes, conforme a principios de justicia y ética plasmados en las normas aplicables, con el reconocimiento de los equipos de trabajo a partir de su confianza, participación, disposición y convicción. Actitud de servicio. Enfocar la energía personal a la consecución de los fines de la educación pública, de manera consciente, generando utilidad y provecho a los usuarios, sirviendo con oportunidad, eficiencia y actitud positiva. Disciplina. Dirigir y regular las acciones de la institución de conformidad con el marco jurídico, las disposiciones administrativas y las políticas de la propia institución y de las autoridades estatales. Igualdad. Ofrecer un servicio personalizado para cada grupo social, pero con el objetivo común de favorecer el desarrollo integral y su búsqueda por alcanzar una mejor y mayor calidad de vida, atender por igual a todos los grupos sociales Independientemente de sus cualidades individuales, estatus o patrimonio, con el objetivo común de lograr una mejor y mayor calidad de vida. 7

11 MARCO NORMATIVO La Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, fue creada a través del Decreto 087 de la Quincuagésima Legislatura por el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, publicado en el suplemento J al Periódico Oficial 6901 el día 25 de Octubre de 2008, adicionado a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco en el CAPITULO XV TER en el cuál se comprende el Artículo 94 TER, con la finalidad de regular, cuidar y proporcionar el cuidado al medio ambiente y al entorno ecológico mediante la participación ciudadana en conjunto con autoridades competentes en el Municipio, por lo cual se procede a integrar a la estructura del H. Ayuntamiento del municipio de Jalapa, la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, que anteriormente fungía dentro de la Dirección de Desarrollo. 8

12 La Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable y las áreas que la conforman se encuentran sustentadas por el siguiente marco normativo: Leyes Ambientales. Ø Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco Ø Ley de Aguas Nacionales Ø Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Ø Ley Federal de Derechos en Materia de Agua Ø Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente Ø Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco Ø Ley de Desarrollo Rural Sustentable Ø Ley de Desarrollo Forestal del Estado de Tabasco Ø Ley de Ordenamiento Ecológico Ø Ley de Transparencia Ø Ley de Responsabilidad Civil por Daño y Deterioro Ambiental Ø Ley General de Vida Silvestre. 9

13 Reglamentos Ambientales. Ø Reglamento de Aguas Nacionales. Ø Reglamento de la LGEEPA en Materia de Residuos Peligrosos. Ø Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental. Ø Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Ø Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Ø Reglamento de Desarrollo Forestal Sustentable. Convenios, Planes y Disposiciones de Medio Ambiente. Ø Plan Nacional de Desarrollo. Ø Disposiciones en Materia de Seguridad y Protección Ambiental. Ø Bando de Policía y Gobierno. Normas. Ø Normas Oficiales Mexicanas en materia de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. 10

14 ATRIBUCIONES LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO. CAPITULO XV TER. De la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. ARTÍCULO 94 Ter.- A la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I.- Formular, conducir, regular, ejecutar y evaluar la política ambiental y de desarrollo sustentable municipal, debiendo presentar al Ayuntamiento un Programa Municipal Anuales a la materia, en el que se procure la promoción, cuidado y conservación de las Riquezas naturales del municipio; II.- Participar en la supervisión de los programas de obras municipales, que se realicen para el mejoramiento de los servicios a la población, considerado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las mismas, con el objeto que se apliquen las medidas necesarias que garanticen la integridad de los ecosistemas en que éstas se desarrollen III.- Participar en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan, promoviendo la cultura de la prevención a través de un programa de capacitación permanente de las comunidades; IV.- Ejercer por delegación del Presidente Municipal, las atribuciones y funciones que en materia de medio ambiente y preservación de los 11

15 recursos naturales, contengan los convenios firmados entre el Presidente Municipal y la Administración Pública Federal y/o Estatal; V.- Aplicar las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera, provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación, que de acuerdo con la legislación estatal, corresponda al gobierno del Estado; VI.- Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos; VII.- Prestar los servicios de limpieza, recolección y traslado de los residuos sólidos domésticos, haciéndose cargo del manejo integral de los mismos, su adecuada disposición final, así como las alternativas de rehúso y reciclaje de residuos que no requieran de un manejo especial; VIII.- Regular, desde el ámbito de la protección ambiental, a los comercios y prestadores de servicios, para que cotidianamente clasifiquen los desechos sólidos en orgánicos, inorgánicos y reciclables, con la finalidad de garantizar el reusó que sea conducente. IX.- Participar en la supervisión de los programas de obras municipales, que se realicen para el mejoramiento de los servicios a la población, considerado en la Ley de Obras 12

16 Públicas y Servicios Relacionadas con las mismas, con el objeto que se apliquen las medidas necesarias que garanticen la integridad de los ecosistemas en que éstas se desarrollen; X.- Proponer al Ayuntamiento, la creación de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la legislación municipal, encargándose de su administración; XI.- Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínicas y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como la Vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles; XII.- Aplicar las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación local en la materia corresponda a los gobiernos de los estados; XIII.- Formular y expedir el programa de ordenamiento ecológico local del territorio municipal, así como el control y la vigilancia del uso y cambio del uso del suelo, establecidos en dicho programa; 13

17 XIV.- Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales; XV.- Participar en coordinación con las autoridades estatales y federales en la vigilancia de cuerpos de agua y zonas conservadas que contengan especies de flora y fauna consideradas vulnerables de conformidad con las normas oficiales mexicanas aplicables; XVI.- Participar en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan, promoviendo la cultura de la prevención a través de un programa de capacitación permanente de las comunidades; XVII.- Vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones III, IV, VI, y VII de este artículo; XVIII.- Informar anualmente a la sociedad, los resultados de la política, planes y programas de medio ambiente y desarrollo sustentable, garantizando la participación de la sociedad en los mismos; XIX.- Participar en la evaluación del impacto ambiental de las obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial; XX.- Formular, ejecutar y evaluar el programa municipal de educación ambiental, y Atender los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico al ambiente 14

18 les conceda esta ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente al Estado o la Federación. ARTÍCULO 94 Quáter.- El titular la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, además de los requisitos previstos en el párrafo segundo del artículo 75 de esta Ley, preferentemente deberá contar con título profesional o técnico en la materia. ORGANIGRAMA PRESIDENTE MUNICIPAL. ADMINISTRATIVO. DIRECTOR DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE. SECRETARIA DEL DIRECTOR. ENLACE DE TRANSPARENCIA. SUB-DIRECTOR DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE. COORDINADOR JURIDICO. JEFE DE PROYECTO JEFE DE DEPARTAMENTO INSPECCION Y VIGILANCIA. LIMPIA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES. 15

19 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 16

20 FUNCIONES DESCRIPCION DEL PUESTO PUESTO: Director de Protección Ambiental Y Desarrollo Sustentable AREA DE ADSCRIPCIO Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable N: REPORTA A: Presidente Municipal Sub- director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, Administrativo Coordinador jurídico, Coord. De Desarrollo Sustentable, SUPERVISA Depto. De Educación Ambiental A: Coord. De Protección Ambiental, Jefe de Depto. De Inspección y vigilancia Depto. De Proyectos Sustentables, Jefe de Depto. De Inspección y Vigilancia. INTERACCIONES INTERNAS CON: Todas las áreas del Ayuntamiento (Normativas y Operativas) INTERACCIONES EXTERNAS CON: La Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). La Comisión Nacional Forestal. (CONAFOR). La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). La Secretaria de Energía, Recursos Naturales y Protección Ambiental (SERNAPAM). PARA: Para la coordinación, organización y ejecución de la política ambiental y de desarrollo sustentable municipal. PARA: Llevar a cabo los trámites necesarios ante estas instituciones y ser enlace del municipio con ellos. DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DEL PUESTO DESCRIPCION GENERICA Formular, conducir, regular, ejecutar y evaluar la política ambiental y de desarrollo sustentable municipal sabiendo presentar al ayuntamiento un programa municipal en la materia, en el que se procure la promoción, cuidado y conservación de las riquezas naturales del municipio. FUNCIONES GENERALES 17

21 1.-Aplicar los instrumentos de política ambiental prevista en la ley de protección ambiental del municipio y del estado. 2.-Colaborar con las dependencias de gobierno federal y estatal, sectores sociales, privados en realización de acciones de protección y restauración ambiental utilizando técnicas y procedimientos sustentables para racionalizar el uso de recursos. 3.-Ejercer las atribuciones y funciones que en materia de medio ambiente y prevención de recursos naturales, contengan los convenios firmados entre la administración municipal y órganos específicos del medio ambiente. 4.-Coordinar, supervisar y apoyar a las diversas áreas que conformen la Dirección, para el cumplimiento de las disposiciones que dicten el marco normativo y de procedimiento. 5.-Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos contraídos por la administración municipal en materia ambiental. 6.-Coadyuvar en la vigilancia con las autoridades federales competentes, en el manejo adecuado y la conservación de las corrientes, ríos, lagos, lagunas y mantos acuíferos de la entidad; así como, fomentar el desarrollo de estudios, trabajos y servicios meteorológicos del municipio NIVEL ACADEMICO: EXPERIENCI A: CONOCIMIEN TOS: APTITUD PARA OCUPAR EL PUESTO: PERFIL DEL RESPONSABLE DEL PUESTO PERFIL DEL PUESTO Licenciado en Derecho 5 años en cargos públicos Administración Pública, Ciencias Ambientales y Jurídicas, Normatividad, Planeación Estratégica, docencia en ciencias ambientales y antropología Capacidad de negociación, liderazgo, empático, toma de decisiones, análisis de problemas, control administrativo, delegación efectiva de responsabilidades, organización y administración de recursos humanos y materiales, enfoque a resultados, manejo de crisis, trabajo por objetivos. PUESTO: AREA DE ADSCRIPCION: REPORTA A: SUPERVISA A: DESCRIPCION DEL PUESTO Subdirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable Director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. Coordinador de Desarrollo Sustentable, Coordinador de Protección Ambiental Depto. de Educación Ambiental, Depto. De Proyectos 18

22 Jefe de Depto. De Inspección y Vigilancia Depto. Limpia Pública, Parques y Jardines. Depto. Inspección y Vigilancia INTERACCIONES INTERNAS CON: Todas las áreas del Ayuntamiento (Normativas y Operativas) PARA: Para la coordinación, organización y ejecución de la política ambiental y de desarrollo sustentable municipal. CON: La Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). La Comisión Nacional Forestal. (CONAFOR). La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). La Secretaria de Energía, Recursos Naturales y Protección Ambiental (SERNAPAM). INTERACCIONES EXTERNAS PARA: Llevar a cabo los trámites necesarios ante estas instituciones y ser enlace del municipio con ellos. DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DEL PUESTO DESCRIPCION GENERICA Coordinar, promover, ejecutar y dar seguimiento a los programas ambientales en materia de agua, suelo, aire y residuos que le compete regular, así como la denuncia ciudadana, Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable equilibrado e impulsando una nueva cultura ambiental. FUNCIONES GENERALES 1. Proponer planes, estrategias y programas para prevención y control de la contaminación ambiental competentes al municipio. 2. Organizar, coordinar y dar seguimiento a las actividades a realizar por cada departamento de acuerdo a los programas reglamentos y acciones establecidos. 3. Coordinar acciones de inspección, supervisión y vigilancia en obras y actividades públicas o privadas, para prevenir la contaminación del agua, suelo y aire, en el ámbito de su competencia municipal. 4. Regular y promover acciones para controlar la emisión de ruido y el manejo adecuado de los residuos sólidos urbanos a establecimientos comerciales y de servicios de su competencia. 5.Supervisar la elaboración de propuestas y actualización de la legislación ambiental, los anteproyectos, acuerdos, criterios, programas ambientales y de más disposiciones 19

23 6. Dar seguimiento a las denuncias ciudadanas atendidas en cumplimiento de la normatividad ambiental. 7. Fomentar la cultura ambiental en el municipio, a través de actividades de educación ambiental y recreación a la ciudadanía. PERFIL DEL RESPONSABLE DEL PUESTO PERFIL DEL PUESTO NIVEL ACADEMICO: Carrera profesional concluida EXPERIENCI A: CONOCIMIEN TOS: APTITUD PARA OCUPAR EL PUESTO: 5 años en cargos públicos Administración Pública, Ciencias Ambientales y Jurídicas, Ingeniería, Tecnología, Normatividad, Planeación Estratégica. Capacidad de negociación, liderazgo, empático, toma de decisiones, análisis de problemas, control administrativo, delegación efectiva de responsabilidades, organización y administración de recursos humanos y materiales, enfoque a resultados, manejo de crisis, trabajo por objetivos. DESCRIPCION DEL PUESTO PUESTO: Administrativo AREA DE ADSCRIPCIO Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable N: REPORTA A: Director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable SUPERVISA A: INTERACCIONES INTERNAS CON: Dirección de Administración, Dirección de Programación y Dirección de Finanzas PARA: Coordinar, organizar y ejecutar acciones administrativas de la Dirección. CON: Proveedores del Municipio INTERACCIONES EXTERNAS PARA: Dar seguimiento a las actividades administrativas relacionadas con ellos. 20

24 DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DEL PUESTO DESCRIPCION GENERICA Administrar eficazmente el recurso financiero otorgado a la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, mediante el uso ordenado del mismo. FUNCIONES GENERALES 1. Elaborar el presupuesto anual de trabajo en coordinación con la Dirección de Programación, para el desarrollo de los programas y actividades de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. 2. Verificar el estado físico que guardan los bienes muebles asignados a la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, así como realizar el trámite de baja de los mismos, toda vez ya no sean de utilidad para las actividades realizadas en el área. 3. Vigilar la correcta aplicación del gasto corriente y de inversión, otorgado a la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, mediante evaluaciones trimestrales de los programas en coordinación con la Dirección de Programación. 4. Supervisar las actividades realizadas por las diferentes áreas que conforman la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable y proveerles oportunamente de recursos materiales y financieros. 5. Elaborar la propuesta del Programa Operativo Anual y el proyecto del presupuesto anual de egresos de la unidad administrativa. 6. Realizar el control sobre pago de nómina del personal, listas de asistencia, alta y baja del personal, roll de vacaciones, días económicos, descuentos por faltas injustificadas. 7. Tramitar las comprobaciones del ejercicio presupuestal. PERFIL DEL RESPONSABLE DEL PUESTO PERFIL DEL PUESTO NIVEL ACADEMICO: Carrera profesional concluida EXPERIENCI A: CONOCIMIEN TOS: APTITUD PARA OCUPAR EL PUESTO: 5 años en cargos públicos. Administración Pública, Gestión Institucional, Normatividad, Planeación, Ciencias Económicas-Administrativas, Informática, Relaciones Humanas, Estructura y Funcionamiento de la Administración Pública Municipal. Capacidad de planeación estratégica, Capacidad de negociación, toma de decisiones, análisis de problemas, control administrativo, enfoque en resultados y buen trato. 21

25 DESCRIPCION DEL PUESTO PUESTO: Coordinador Jurídico AREA DE ADSCRIPCIO Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable N: REPORTA A: Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable SUPERVISA A: CON: Todas las áreas del Ayuntamiento INTERACCIONES INTERNAS PARA: Coordinar, organizar y ejecutar acciones del Gobierno Municipal. INTERACCIONES EXTERNAS CON: Gobierno Municipal, Estatal y Federal Iniciativa Privada, Asociaciones Civiles, Organizaciones, Agrupaciones y ciudadanía en general. Autoridades Judiciales PARA: Dar seguimiento a los asuntos legales que sean competencia de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DEL PUESTO DESCRIPCION GENERICA Evaluar, analizar, proponer y emitir acuerdos, resoluciones y respuestas jurídicas en materia ambiental y de procedimiento jurídico-administrativo, en asuntos relacionados con la Dirección. FUNCIONES GENERALES 1. Brindar asesoría jurídica y realizar las gestiones oportunas, en los asuntos canalizados por el Director de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable. 2. Elaborar propuestas de modificación y actualización de la legislación ambiental, los anteproyectos de reglamentos, acuerdos, criterios y programas ambientales y demás deposiciones en la materia. 3. Revisar, analizar y proponer procedimientos jurídico-administrativos en materia ambiental. 4. Informar al Director sobre las actividades desarrolladas, así como la documentación que se requiera para su revisión y aprobación. 5. Realizar las demás funciones que le asigne el Director y las que les señale la normatividad aplicable. 22

26 NIVEL ACADEMICO: H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL EXPERIENCIA: CONOCIMIENTOS: APTITUD PARA OCUPAR EL PUESTO: PERFIL DEL RESPONSABLE DEL PUESTO PERFIL DEL PUESTO Carrera profesional concluida 5 años en cargos públicos. Jurídica, Política, Administración Pública, Relaciones Humanas, Ética, Estructura y Funcionamiento de la Administración Pública Municipal. Capacidad de análisis y de síntesis, habilidad de negociación, resolución de problemas, enfoque en resultados, propositivo, facilidad de palabra, amabilidad, buen trato al público, trabajo bajo presión. DESCRIPCION DEL PUESTO PUESTO: AREA DE ADSCRIPCIO N: REPORTA A: SUPERVISA A: Jefe de Departamento de Inspección y Vigilancia Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable y Subdirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable Depto. Limpia Pública, Parques y Jardines. Depto. Inspección y Vigilancia Inspectores CON: INTERACCIONES INTERNAS PARA: CON: INTERACCIONES EXTERNAS PARA:

27 DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES DEL PUESTO DESCRIPCION GENERICA Promover, supervisar y ejecutar los programas de protección ambiental mediante los actos de inspección y vigilancia de competencia municipal. FUNCIONES GENERALES 1. Ejecutar, Inspeccionar, vigilar, prevenir y controlar la contaminación ambiental generada por los comercios y servicios de competencia municipal. 2. Llevar a cabo actos de inspección y vigilancia en materia ambiental al comercio y prestadores de servicio de acuerdo a la normatividad aplicable. 3. Mantener estrecha relación con el área jurídica de la Dirección para la adecuada integración de los expedientes técnicos. 4. Elaborar dictámenes técnicos derivados de las visitas de inspección en el ámbito de su competencia. 5. Participar en emergencias y contingencias ambientales de su competencia y en participación conjunta a los programas de protección civil que al efecto se establezcan. 6. Informar al jefe inmediato sobre las actividades desarrolladas, así como la documentación que se requiera para su revisión y aprobación. 7. Realizar las demás funciones que le asigne su jefe inmediato. NIVEL ACADEMICO: EXPERIENCI A: CONOCIMIEN TOS: APTITUD PARA OCUPAR EL PUESTO: PERFIL DEL RESPONSABLE DEL PUESTO PERFIL DEL PUESTO Carrera profesional concluida 5 años en cargos públicos. Ciencias ambientales y Ecológicas, Competencias en materia Ambiental (Estatal, Federal y Municipal) y conocimientos de botánica. Toma de decisiones, planeación, capacidad analítica y de síntesis, resolución de problemas, enfoque en resultados, propositivo y facilidad de palabra. 24

28 CONCLUSIONES La contaminación en sus diferentes manifestaciones está cambiando las condiciones de la Tierra, es necesario formar seres humanos conscientes de los efectos de sus acciones a largo plazo y además deben poseer el conocimiento necesario para revertirlo. La efectividad de los proyectos de educación ambiental se fundamenta en su constante evaluación y reestructuración de acuerdo a las condiciones y facilidades del momento. 25

29 Glosario. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo. Contingencia ambiental: Situación eventual y transitoria declarada por las autoridades competentes cuando se presenta o se prevé con base en análisis objetivos o en el monitoreo de la contaminación ambiental, una concentración de contaminantes o un riesgo ecológico derivado de actividades humanas o fenómenos naturales que afectan la salud de la población o al ambiente, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas. Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico; Contaminante: Toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural; Contingencia ambiental: Situación de riesgo, derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas; Conservación: La protección, cuidado, manejo y mantenimiento de los ecosistemas, los hábitats, las especies y las poblaciones de la vida silvestre, dentro o fuera de sus entornos naturales, de manera que se salvaguarden las condiciones naturales para su permanencia a largo plazo. 26

30 Desarrollo Sustentable: El proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras; Equilibrio ecológico: La relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos; Fuente móvil: Aviones, helicópteros, ferrocarriles, tranvías, tracto camiones, autobuses integrales, camiones, automóviles, motocicletas, embarcaciones, equipos y maquinarias no fijos con motores de combustión y similares, que con motivo de su operación generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera; Fuente fija: Es toda instalación establecida en un solo lugar que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera; Fuente semifija: Toda instalación que por sus características no se encuentra establecida en un solo lugar y tiene como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales, de servicios o actividades que generen o pueda generar emisiones contaminantes a la atmósfera; 27

31 Preservación: El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de su hábitat Naturales; Prevención: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro del Ambiente; Protección: El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro; Residuo: Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final, conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás ordenamientos que de ella deriven; Residuos de manejo especial: Son aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos; Residuos peligrosos: Son aquellos que poseen algunas de las características de corrosión, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio; Residuos sólidos urbanos: Son los generados en las casashabitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos 28

32 consumidos y de sus envases, embalajes o empaques; así como los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por esta Ley como residuos de otra índole; Restauración: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales; Reciclado: Transformación de los residuos a través de distintos procesos que permiten restituir su valor económico, evitando así su disposición final, siempre y cuando esta restitución favorezca un ahorro de energía y materias primas sin perjuicio para la salud, los ecosistemas o sus elementos; Reforestación: Establecimiento inducido de vegetación forestal en terrenos forestales Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la Naturaleza. 29

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