TÉRMINOS Y CONDICIONES

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2 El servicio legal contra negligencia médica es un servicio de asistencia y asesoría legal telefónica, por parte de un Abogado especialista en el ámbito penal, que asesorará al afiliado de manera inmediata, en caso, de que El asegurado y/o sus dependientes económicos, sufran un acto de negligencia médica, las 24 horas los 365 días del año. El servicio legal contra negligencia médica se encargará también por medio de un abogado, en apoyar a El asegurado y/o sus dependientes económicos, incluso desde el lugar de los hechos, para el levantamiento de la denuncia ente las autoridades Federales y Estatales, cuando sufra negligencia médica, siempre que esté adquiera la calidad de víctima u ofendido. También se brindará asesoría legal telefónica o presencial para El asegurado y/o sus dependientes económicos, en caso de negligencia médica, cuando este adquiera el carácter de usuario o paciente de servicios médicos, que se le hayan brindado. El servicio legal contra negligencia médica cuenta con una red de abogados especializados en toda la República Mexicana, para brindar asistencia legal profesional a El asegurado y/o sus dependientes económicos que lo requiera, a través de la cabina de emergencias, las veinticuatro horas del día y los trescientos sesenta y cinco días del año. 1. ALCANCE DEL SERVICIO Asistencia legal de un abogado; por este servicio El servicio legal contra negligencia médica brindará a El asegurado y/o sus dependientes económicos, previa solicitud que haga, las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año, a nivel nacional sin costo de viáticos, los servicios profesionales con alta calidad moral de un Abogado designado por ella, para brindarle asistencia y asesoría legal, ante las autoridades judiciales y/o administrativas para dar a conocer los hechos que puedan constituir delito. Derivado de este servicio El servicio legal contra negligencia médica se obliga a: a) Asesorar telefónicamente a El asegurado y/o sus dependientes económicos, para brindarle asesoría jurídica, respecto del trámite a seguir para iniciar denuncia por la comisión de este delito, de los que estén amparados en su cobertura contratada, ya sea ante autoridades Federales o Locales. Darle seguimiento a través del abogado que esta designe, a las denuncias interpuestas por El asegurado y/o sus dependientes económicos, por la comisión del delito correspondiente, amparado en su cobertura; así como asesorarlo en todas y cada una de las comparecencias que el procedimiento requiera, sin que esto generé para el abogado coadyuvancia alguna para este, dentro del proceso.

3 Brindar asistencia y asesoría legal a El asegurado y/o sus dependientes económicos, en casos de negligencia o impericia médica, cuando este haya sido usuario o paciente de los servicios médicos que le hayan proporcionado y sufra alguna alteración en su estado de salud, a consecuencia de la atención algún médico, tratamiento o medicamento, prescrito por cualquiera de los servicios de salud, sea públicos o privados, ante la CONAMED o ante las autoridades judiciales y administrativas que correspondan, con el fin de obtener la reparación del daño que en derecho proceda. 2. TERRITORIALIDAD El servicio legal contra negligencia médica pone a disposición de El asegurado y/o sus dependientes económicos cuando así procedan, los servicios las veinticuatro horas del día y los trescientos sesenta y cinco días del año, en cualquier parte de la República Mexicana y sin costo de viáticos. 3. OBLIGACIONES DE EL ASEGURADO Y/O SUS DEPENDIENTES ECONÓMICOS En caso de que ocurra un evento en donde El asegurado y/o sus dependientes económicos requiera el servicio de asistencia legal, deberán realizar las siguientes acciones: Dar aviso a la cabina de emergencia de El servicio negligencia médica inmediatamente que ocurra la eventualidad, no debiendo pasar un tiempo mayor de 24 horas, salvo causa de fuerza mayor. Proporcionar a la cabina de emergencia de El servicio legal contra negligencia médica todos los datos necesarios que nos permitan identificarlo como usuario del servicio, así como laubicación física de El asegurado y/o sus dependientes económicos para poder contactarlo a la brevedad y manifestar con veracidad como hayan ocurrido los hechos, ante el abogado que designe El servicio negligencia médica y ante la autoridad competente. Brindará al abogado de El servicio legal contra negligencia médica la información real del evento, para que este pueda estar en condiciones ofrecer una asesoría adecuada y no exponer al El asegurado y/o sus dependientes económicos en que incurra una falsedad de declaración ante autoridad judicial, así deberá colaborar con el abogado en el seguimiento que se haga de la denuncia interpuesta. Deberá presentarse ante la autoridad competente que se lo requiera, tantas y cuantas veces sea necesario 4. EXCLUSIONES DEL SERVICIO El servicio legal contra negligencia médica no brindará los servicios de asistencia legal en los siguientes casos:

4 Cuando la persona no pueda acreditarse por ningún medio como usuario del servicio contra negligencia médica. Cuando El asegurado y/o sus dependientes económicos se rehúsen a presentarse ante la autoridad judicial o administrativa competente, para iniciar denuncia por el delito que haya sufrido, sin haber causa justificada para ello. Cuando El asegurado y/o sus dependientes económicos no acaten al procedimiento señalado por el abogado de El servicio legal contra negligencia médica o den información no veraz sobre lo acontecido, en contradicción con la forma en que ocurrieron los hechos. Cuando se determine por parte de la autoridad, que El asegurado y/o sus dependientes económicos realizaron una falsedad de declaración, por los hechos que se denunciaron. Cuando El asegurado y/o sus dependientes económicos estén involucrados en hechos que puedan constituir delito alguno, distinto a los contratados en su cobertura o adquieran en cualquier momento la calidad de probable responsable del hecho sancionado por la ley como delito. El servicio legal contra negligencia médica de acuerdo a sus políticas, no pagará, ni reembolsará ningún tipo de gasto por gratificación, dadivas, derechos por copias certificadas, ni cualquier otro concepto. Cuando El asegurado y/o sus dependientes económicos no se acaten al procedimiento judicial o administrativo señalado por el abogado de El servicio legal contra negligencia médica. 5. GLOSARIO Para la interpretación y comprensión de los términos y condiciones que ofrece El servicio legal contra negligencia médica se establecen las siguientes definiciones: El contratante: Es la persona que adquiere para sí o para otra persona, los servicios que ofrece El servicio legal contra negligencia médica, para quien correspondan. El titular y/o sus dependientes económicos: Es la persona que adquiere para sí y para sus dependientes económicos los servicios de asistencia legal del programa que ofrece El servicio legal contra negligencia médica, a quien corresponden los derechos y obligaciones derivados de la prestación del servicio, siempre y cuando vayan en calidad de víctimas del delito. Abogado de El servicio contra negligencia médica : Profesional en el área del derecho penal que cuenta con la experiencia para el debido cumplimiento del servicio ofrecido y designado por la compañía para la defensa legal de El asegurado y/o sus dependientes económicos.

5 Negligencia Médica: Es toda práctica indebida del servicio médico ya sea por negligencia o impericia, que provoque una alteración del estado de salud, en el paciente, producida por el médico, por un tratamiento o la prescripción y administración de medicamentos. CONAMED: Es una institución especializada en buscar a través de la conciliación y el arbitraje, una solución a las quejas presentadas por negligencia médica. Agencia del Ministerio Público: Órgano encargado de investigar el delito, reunir pruebas y entregárselas al Juez para que en caso de ser necesario se inicie un proceso penal. Autoridad Competente: Es aquella que tiene facultades de acuerdo con la ley para conocer o resolver sobre algún asunto legal en particular.

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