Número 141. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Área de Hacienda. Organismo Provincial de Asistencia Económica

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1 Publicación diaria, excepto festivos Lunes 20 de junio de 2016 Depósito Legal SE Número 141 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: Delegación Territorial en Sevilla: Expedientes para la concesión de terrenos del dominio público marítimo terrestre DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO: Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental: Expediente de expropiación forzosa DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Área de Hacienda. Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal: Servicio de Recaudación / Coordinación Voluntaria: Anuncio de cobranza en periodo voluntario ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sevilla: Sala de lo Social: Recursos núms. 549/15 y 2401/ Juzgados de lo Social: Sevilla. Número 1: autos 46/16; número 2: autos 1518/12, 1161/13 y 161/15; número 3: autos 287/15; número 6: autos 202/14; número 7: autos 79/16; número 9: autos 42/14; número 10: autos 866/13 y 1647/13; número 11: autos 1283/ Huelva. Número 2: autos 125/ Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Andalucía. Sevilla: Juzgado número 11: Expediente 5812/ AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Convocatoria de ayudas Gerencia de Urbanismo: Notificación Aguadulce: Modificación de la plantilla de personal Burguillos: Notificación Coria del Río: Padrones fiscales Coripe: Convocatoria para la provisión del puesto de Juez de Paz sustituto

2 El Cuervo de Sevilla: Expediente de modificación de créditos. 21 Huévar del Aljarafe: Convocatoria para la provisión del puesto de Juez de Paz titular Los Palacios y Villafranca: Expediente de concesión administrativa Palomares del Río: Derogación de ordenanza La Puebla de Cazalla: Corrección de errores Tomares: Anuncio de licitación Valencina de la Concepción: Notificación Villaverde del Río: Expediente de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes

3 Lunes 20 de junio de 2016 Número 141 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-15-SE-0004, se tramita, a instancia de la Comunidad de Regantes La Puebla del Río, S.C.A. - La Isleta, solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de La Isleta», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo del Reglamento General de Costas, se anuncia que la documentación referida a dicho expediente se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W P Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-14-SE-0028, se tramita, a instancia de don Manuel Romero Bernal, en representación de «Comunidad de Regantes La Puebla del Río Los Moriscos», solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre, en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de Los Moriscos», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo 152 del Reglamento de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se anuncia que la documentación referida a dichos expedientes se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W P Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-14-SE-0027, se tramita, a instancia de don Manuel Romero Bernal, en representación de «Comunidad de Regantes La Puebla del Río La Vadera», solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre, en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de La Vadera», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo 152 del Reglamento de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se anuncia que la documentación referida a dichos expedientes se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W P DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa. Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican: Ayuntamiento de Dos Hermanas: Día 8 de julio de SE Justiprecio del Jurado. «Duplicación de la carretera N-IV, p.k. 558 al Tramo: Dos Hermanas-Los Palacios y Villafranca» horas. Finca: , doña Josefa Chacón Millán y herederos de don Francisco Ramírez Fernández. Se deberá aportar Nota Simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación. Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el artículo 49.4 del Reglamento, de , de la Ley de Expropiación Forzosa.

4 4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 Lunes 20 de junio de 2016 En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los Documentos Públicos (testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones. En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento. Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago. En el caso de que deseen cobrar por transferencia, deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por Organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago. Sevilla a 9 de junio de El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor. 7D-4350 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA Área de Hacienda. Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal Anuncio de cobranza en voluntaria. Servicio de Recaudación/Coordinación Voluntaria Teniendo este Organismo delegadas las competencias de gestión recaudatoria de las tasas devengadas por la recogida de basuras de la Mancomunidad Sierra Norte, correspondientes al tercer trimestre de 2016, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago y público en general, que el periodo de ingreso en voluntaria será desde el 1 de julio de 2016 hasta el 1 de septiembre de 2016, ambos inclusive. Los municipios afectados son los siguientes: Alanís de la Sierra, Almadén de la Plata, Cazalla de la Sierra, Constantina, Guadalcanal, Las Navas de la Concepción, La Puebla de los Infantes, El Real de la Jara y San Nicolás del Puerto. Medios y lugares de pago: 1. En las entidades financieras de la provincia que se detallan, previa presentación de la carta aviso de pago que se envía al domicilio de los interesados (no tiene carácter de notificación): Entidades colaboradoras cabeceras: BBVA y Caja Rural del Sur. Resto entidades colaboradoras: Unicaja, Banesto, Caja Rural de Utrera, Banco Mare Nostrum, Banco Popular, Banco Sabadell Atlántico, Banco de Santander y La Caixa. 2. En las páginas web de Banesto, B.B.V.A., Banco Popular, Banco de Santander, Unicaja y La Caixa y en los cajeros de BBVA, La Caixa y Unicaja, con la carta aviso de pago que se envía al domicilio de los interesados (no tiene carácter de notificación). 3. En los casos de no recibir las cartas avisos de pago o por extravío o deterioro de las mismas, puede solicitar un duplicado en cualquiera de las Oficinas del OPAEF o realizar el pago en la Oficina de Atención al Contribuyente de los Servicios Centrales del OPAEF, sita en Sevilla, calle Alejo Fernández, número 13, durante el periodo de ingreso en voluntaria, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a horas. En el resto de las Oficinas de Atención al Contribuyente sólo se admitirá el pago mediante tarjeta o cheque bancario. 4. A través de la página con tarjeta de crédito/débito bancario, con usuario de banca electrónica de las entidades colaboradoras o, con certificado digital o DNI electrónico mediante cargo en cuenta en las entidades financieras adheridas. Recaudación ejecutiva: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber hecho efectivo su importe determina el inicio del periodo ejecutivo, con la exigencia de los intereses de demora; los recargos del 5%, 10% y 20%, y en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, en los términos y condiciones establecidos en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El periodo de cobro puede ser modificado anunciándose oportunamente. Si en las cartas avisos de pago que reciben los contribuyentes en sus domicilios, apareciese una fecha límite de pago posterior al anunciado, prevalecerá sobre el general, por ser más favorable a éste. Lo que se hace público para general conocimiento. Sevilla a 13 de junio de La Vicepresidenta, María Concepción Ufano Ramírez. 6W-4317 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sevilla SALA DE LO SOCIAL Don Alonso Sevillano Zamudio, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 549/15-AC, se ha dictado sentencia por esta Sala, con fecha 11 de febrero de 2016, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número seis de Sevilla, en procedimiento número 83/14.

5 Lunes 20 de junio de 2016 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de notificación a «Fundación Seifas para la Formación e Investigación, Fundación Afies», cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. En Sevilla a 25 de abril de El Letrado de la Administración de Justicia, Alonso Sevillano Zamudio. 8W-3059 SALA DE LO SOCIAL N.I.G.: S Negociado: AC. Recurso: Recursos de suplicación 2401/2014. Juzgado origen: Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Procedimiento origen: Despidos/ceses en general 647/2013. Recurrente: Don José Antonio Carmona Pacheco, Fogasa, don José Luis García Guijo y Escaso Lobato, S.L. Recurrido: Don José Antonio Carmona Pacheco, Fogasa, don José Luis García Guijo y Escaso Lobato, S.L. Don Alonso Sevillano Zamudio, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 2401/14, se ha dictado sentencia por esta Sala, con fecha 24 de septiembre de 2015, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, en procedimiento número 647/13. Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de notificación a «Escaso Lobato, S.L.», cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. En Sevilla a 26 de abril de El Letrado de la Administración de Justicia, Alonso Sevillano Zamudio. 8W-3063 Juzgados de lo Social SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 N.I.G.: S Procedimiento: 325/13. Ejecución n.º 46/2016. Negociado: A. De: Don Arturo Amuedo Núñez. Contra: «Talleres Gandul», S.L. El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 46/2016, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Arturo Amuedo Núñez contra «Talleres Gandul», S.L., en la que con fecha 1 de abril de 2016 se han dictado auto y decreto, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Auto. En Sevilla a 1 de abril de Dada cuenta y; Parte dispositiva S.Sª. Ilma. acuerda: Despachar ejecución a favor de don Arturo Amuedo Núñez, contra «Talleres Gandul», S.L., por la suma de ,90 en concepto de principal (incluye el 10% de interés por mora), más la de 3.669,38 calculados para intereses y costas y gastos. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de calle José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso, seguido del código «30» y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES (en formato electrónico) o IBAN ES (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos antes expresados de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial. Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. señora doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe. La Magistrada Juez. El Letrado de la Administración de Justicia. Decreto. Sr. Letrado de la Administración de Justicia, don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 1 de abril de 2016.

6 6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 Lunes 20 de junio de 2016 Parte dispositiva Acuerdo: Se decreta embargo de los saldos de cuentas en entidades financieras de la titularidad de la ejecutada, «Talleres Gandul», S.L., en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Para ello, tramítese la oportuna orden a través de la aplicación Cuentas de Consignación de Depósitos. Procédase por este Juzgado a la averiguación patrimonial integral a través del Punto Neutro Judicial, para la localización y averiguación de los bienes y derechos de la ejecutada que consten en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Dirección General de Tráfico, Catastro y Servicio de Índices del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución a la ejecutada, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pueda personarse en la ejecución. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de calle José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso, seguido del código «31» y «Social-revisión», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES (en formato electrónico) o IBAN ES (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos antes expresados de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-revisión». Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a «Talleres Gandul», S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 1 de abril de El Letrado de la Administración de Justicia. (Firma ilegible.) 7W-2471 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1518/2012 a instancia de la parte actora doña Ana María García Baquero Mendoza contra Pequelandia Aljarafe, S.L., sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 19 de mayo de 2015 del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por la parte actora frente a la demanda, debo condenar y condeno a la empresa Pequelandia Aljarafe, S.L., a que abone a doña Ana María García Baquero Mendoza la suma reclamada de 2.157,47 en concepto de indemnización por extinción de la relación laboral a instancias de la trabajadora, al amparo del art del ET, más el interés legal que se devengará desde la fecha de interposición de la papeleta de conciliación hasta la fecha de la presente sentencia. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado Pequelandia Aljarafe, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletin Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 27 de noviembre de La Letrada de la Administración de Justicia, María Fernanda Tuñón Lázaro SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Doña M. Consuelo Picazo García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1161/2013 a instancia de la parte actora don Carlos Calero León contra Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L. y Servicio Público de Empleo Estatal, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: Decreto. Secretaria Judicial señora doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 31 de octubre de Antecedentes de hecho. Primero. Don Carlos Calero León, presentó demanda de frente a Servicio Público de Empleo Estatal y Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L.

7 Lunes 20 de junio de 2016 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1161/2013. Fundamentos de derecho. Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82,1 de la L.R.J.S procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Sra. Secretaria Judicial. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva. Dispongo: Admitir la demanda presentada. Señalar el próximo 27 de junio de 2016, a las 9:50 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, 5.ª planta, edificio Noga, sala de vistas 1.º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la Secretaria Judicial el mismo día (10 minutos antes), en la Oficina este Juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio. Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida/representada de Letrado o representada por Graduado Social lo que pone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos del art de la LPL. Dar cuenta a S.S.ª de los medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda (interrogatorio y documental), a fin de que se pronuncie sobre los mismos. Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación al demandado Empresa Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 15 de junio de La Letrada de la Administración de Justicia, M. Consuelo Picazo García SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 161/2015. Negociado: 7R. N.I.G.: S De: Don Santos Ramos Solís y don Javier Geniz Rey. Contra: «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., y Fogasa. Doña M. Consuelo Picazo García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 161/2015, a instancia de la parte actora, don Santos Ramos Solís y don Javier Geniz Rey, contra «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 4 de mayo de 2016, del tenor literal siguiente: Decreto n.º 256/16. Letrada de la Administración de Justicia, doña M. Consuelo Picazo García. En Sevilla a 4 de mayo de Antecedentes de hecho. Primero: Don Santos Ramos Solís y don Javier Géniz Rey han presentado demanda de ejecución frente a «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A. Segundo: Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 16 de julio de 2015 por un total de ,87 euros en concepto de principal, más la de 6.544,97 euros calculados provisionalmente para intereses y costas. Tercero: No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial, sin que por el citado organismo se haya presentado escrito de oposicion o designado nuevos bienes de la ejecutada. Fundamentos de derecho. Único. Disponen los artículos 250 y 276 de la Ley 36/2011 (LRJS), que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes de la ejecutada en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes, y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva. Acuerdo: Declarar a la ejecutada, «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., en situación de insolvencia por un total de ,87 euros en concepto de principal, más la de 6.544,97 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

8 8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 Lunes 20 de junio de 2016 Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el n.º de cuenta de este Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso, seguida del código. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso», seguida del «código». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Y para que sirva de notificación a la demandada, «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 4 de mayo de La Letrada de la Administración de Justicia, M. Consuelo Picazo García. 7W-3410 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 3 Doña María Auxiliadora Ariza Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número tres de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue procedimiento sobre ejecución de títulos judiciales 287/15 de los autos 365/12 a instancia de la ejecutante Alicia Francés González contra José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) en la que con fecha 12 de mayo de 2016 se ha dictado Decreto n.º 358/2016 de insolvencia cuya parte dispositiva extractada contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado todo ello de conformidad con la Circular 6/12 de la Secretaría de Estado de la Administración de Justicia: Parte dispositiva. Declarar al demandado ejecutado José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) con NIF n.º V, en situación de insolvencia con carácter provisional, por importe de euros de principal, más 900 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Expídanse a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al FGS, remitiéndose los mismos junto con la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso directo de revisión (art. 188 de la Ley 36/2011) ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso de la empresa ejecutada, deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander n.º , utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander n.º ES , debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social n.º 3 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-reposición». Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones. De conformidad con el artículo de la Ley 36/11, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, procédase a la anotación de la presente insolvencia en el Registro Mercantil Central. Lo acuerdo y mando. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación en forma a José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla conforme a la instrucción n.º 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos, con la prevención de que las citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 12 de mayo de La Letrada de la Administración de Justicia, María Auxiliadora Ariza Fernández. 6W-3578 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 202/2014. Negociado: J. N.I.G.: S De: Doña Cristina Guzmán González. Contra: Tapicería y Decoración San Eloy, S.L. Doña Rosa María Sánchez Carretero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 202/2014-J a instancia de la parte actora doña Cristina Guzmán González, contra Tapicería y Decoración San Eloy, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 6 de abril de 2016 del tenor literal siguiente:

9 Lunes 20 de junio de 2016 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Parte dispositiva. Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Tapicería y Decoración San Eloy, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 6 de abril de La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Sánchez Carretero. 6W-2640 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 7 Procedimiento: 247/12. Ejecución de títulos judiciales 79/2016. De: Fundación Laboral de la Construcción. Abogado: José Luis León Marcos. Contra: Guclaje Obra Civil, S.L. Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 79/2016, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Guclaje Obra Civil, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 3 de mayo de 2016 del tenor literal siguiente: «Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Guclaje Obra Civil, S.L., a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, por Importe de 498,92 euros de principal más otros 200 euros presupuestados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses y costas. Se autoriza la consulta de las bases de datos de las aplicaciones informáticas instaladas en este Juzgado de la Administración Tributaria, la Dirección General de Tráfico y demás integradas en el Punto Neutro Judicial, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada sobre los que trabar embargo o localización de la misma. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, conforme a lo establecido en el artículo de la LRJS. Así, por este auto, lo acuerdo mando y firma el ilustrísimo Sr. don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital y su provincia. Doy fe.» Asimismo se dictó decreto de 5 de mayo de 2016 que contiene el siguiente tenor literal: «Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad del demandada Guclaje Obra Civil, S.L., por la suma de 498,92 euros en concepto de principal, más la de 200 euros calculados para intereses y gastos, por la que se ha despachado esta ejecución en el anterior auto, y al encontrarse el mismo en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de dichas ejecutadas que puedan ser objeto de embargo. Sin perjuicio de lo anterior, habiéndose practicado la averiguación patrimonial se decreta el embargo de los siguientes bienes: Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, que la demandada mantenga o pueda contratar con la entidades bancarias que aparecen en la base de datos instalada en este Juzgado, y concretamente con Caixabank, S.A., Banco Popular Español, S.L., Caja Rural del Sur, Sdad. Coop. de Crédito y Cajasur Banco, S.A., efectuándose telemáticamente el embargo a través del punto neutro judicial hasta cubrir el principal e intereses y costas. Igualmente, se decreta el embargo de las cantidades que a la ejecutada le deban ser devueltas por Hacienda como consecuencia de la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro impuesto, debiendo quedar retenidas hasta cubrir las cantidades adeudadas y transferidas a la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, efectuándose este embargo a través de la aplicación telemática correspondiente. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución al ejecutado junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 454 bis LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la cuenta de consignaciones número /16 del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla, salvo que el recurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

10 10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 Lunes 20 de junio de 2016 Y para que sirva de notificación al demandado Guclaje Obra Civil, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 5 de mayo de La Letrada de la Administración de Justicia, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. 4W-3342 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 9 Doña Gracia Bustos Cruz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 42/2014, a instancia de la parte actora doña Rocío Redondo Vega contra Najurkos, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones del tenor literal siguiente: Diligencia de ordenación de la Secretaria Judicial Sra. doña Gracia Bustos Cruz. En Sevilla a 5 de mayo de Visto el contenido de la anterior diligencia y habiéndose transferido la cantidad de 2,66 euros como consecuencia del embargo trabado en las presentes actuaciones, procede hacer pago a la parte ejecutante de dicha cantidad en concepto de parte de principal, una vez firme la presente resolución, a cuyo efecto deberá comparecer en la Secretaría de este Juzgado a fin de serle entregado mandamiento de devolución por el citado importe, de lunes a viernes en horas de 9.00 a horas, advirtiéndosele que de no efectuarlo, transcurrido un año desde la notificación de la presente, se entenderá abandonada dicha cantidad y se transferirá su importe al tesoro público, quedando reducido el principal a 730,19 euros. Asimismo constando tener el ejecutado otras posiciones financieras en Banco Santander y Catalunya Caixa, procede librar oficio de embargo a dichas entidades, y habiendo sido devuelto el oficio de fecha , remitido a Doñana Cosmetics, S.L., con la nota «ausente reparto», procede reitararlo a través del servicio de Chrono Expres. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así lo acuerda y firma la Sra. Secretaria de este Juzgado. Diligencia de ordenación de la Letrada Judicial Sra. doña Gracia Bustos Cruz. En Sevilla a 1 de octubre de Visto el estado de las presentes actuaciones y habiéndose dictado insolvencia en el Juzgado Social núm. 6 de Sevilla, procede dar audiencia al Fogasa y a la parte ejecutante para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho convengan a los efectos previstos en el artículo 276 de la LRJS. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así lo acuerda y firma la Sra. Secretaria Judical de este Juzgado. Doy fe. Decreto núm. 183/16. En Sevilla a 2 de marzo de Parte dispositiva. S.S.ª la Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla doña Gracia Bustos Cruz, acuerda: Declarar al ejecutado Najurkos, S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 730,19 euros, más 117,56 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento y archivar las actuaciones una vez firme la presente resolución. Expedir a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al Fogasa, que serán entregados en la Secretaría de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Grupo Santander núm ,14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Grupo Santander IBAN ES , indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán ,14, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «69» y «Social-Reposición». Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra. Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla. La Letrada Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Najurkos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 2 de marzo de La Letrada de la Administración de Justicia, Gracia Bustos Cruz. 253W-1804

11 Lunes 20 de junio de 2016 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número SEVILLA. JUZGADO NÚM. 10 Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 866/2013. Negociado: LM. N.I.G.: S De: Doña Manuela Hidalgo Sabido Contra: INSS y TGSS y María del Carmen Castaño Tena. Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número diez de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 866/2013, se ha acordado citar a doña María del Carmen Castaño Tena como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 19 de julio de 2016, a las 9:40 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 6.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a doña María del Carmen Castaño Tena, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 30 de noviembre de La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodríguez. 2W SEVILLA. JUZGADO NÚM. 10 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1647/2013, a instancia de don Francisco Javier Raposo Esmoris, contra don Nicolás Troncoso Lobato, Diseño y Manufactura Decoración, S.A. y Servicio Público de Empleo Estatal, se ha acordado citar a Diseño y Manufactura Decoración, S.A., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 21 de junio de 2016, a las 10:00 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en avenida de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 6ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en los mismos día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Diseño y Manufactura Decoración, S.A., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 16 de junio de La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodrígue SEVILLA. JUZGADO NÚM. 11 N.I.G.: S Procedimiento: 1283/14. Despidos/ceses en general. Negociado: 5. De: José María Jurado Sánchez. Contra: Utrebur, S.L. La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 1283/2014, sobre despidos/ceses en general, a instancia de José María Jurado Sánchez, contra Utrebur, S.L., en la que con fecha 26 de abril de 2016 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: Fallo. Que estimando la demanda interpuesta por don José María Jurado Sánchez, contra Utrebur, S.L., en reclamación por despido, debo declarar y declaro el mismo como improcedente y asimismo declaro extinguida la relación laboral a fecha de 6 de diciembre de 2014, condenando a estar y pasar por esta declaración debiendo abonar la empresa al actor, la cantidad de ,25 euros en concepto de indemnización por despido, calculada a fecha de esta sentencia. Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) pero sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en el fundamento jurídico tercero de esta resolución. Notifíquese esta sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo Social. También se advierte a la Empresa condenada que si recurre deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de su condena en la cuenta de depósitos y consignaciones ES abierta a nombre de este Juzgado en el Santander, oficina 1652, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio del recurso. Al anunciar el recurso, deberá acreditar, además, el ingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.

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