Poder Judicial de la Nación Autos: Tribunal: Fecha: Texto del Fallo: Y Vistos y Considerando: II. III. Acevedo Abogados
|
|
- David Lozano Ramos
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Poder Judicial de la Nación Autos: M., T. E. c. B., S. M. y otro s/desalojo por falta de pago Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala J. Fecha: 26 de septiembre de En los procesos de desalojo en los que hay menores, debe garantizarse primeramente que estos tengan acceso a una vivienda. Ello, en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, que garantiza al niño el derecho a una vivienda digna. Texto del Fallo: Y Vistos y Considerando: I. Disconforme con lo decidido a fs.107/108, se alza a fs.109 la Sra. Defensora Pública de Menores ante la primera instancia. A fs.161/173, sostiene el recurso concedido y funda los agravios del Ministerio Pupilar la Sra. Defensora de Cámara; siendo replicados los mismos por la actora a fs. 165/171. II. La resolución bajo recurso, previa integración de la caución real que se fija en la suma de treinta y ocho mil pesos, en los términos del artículo 684 bis del Código Procesal, decreta el lanzamiento de la demandada y demás subinquilino y/o ocupantes del inmueble motivo de autos, ubicado en extraña jurisdicción. Acto seguido, el a quo, haciendo mérito de las particularidades del caso, dispone la suspensión de la medida de entrega anticipada del inmueble que decreta. Asimismo, al ponderar el tiempo transcurrido desde que el Ministerio Pupilar diligenciara los oficios que obran a fs. 83/84, sin que haya respuesta alguna en la causa, dispone el libramientos de nuevos oficios, dejándose constancia en ello que si dentro del plazo perentorio de cinco días el organismo oficiado no adopta las medidas pertinentes con relación al menor que ocupa el inmueble, se dispondrá, automáticamente, el levantamiento de la suspensión del desahucio ordenado, a fin de no vulnerar los derechos del litigante. III. Se agravia el Ministerio Pupilar, en tanto aún no se encuentra asegurada la vivienda de su representado y solicita la revocación de la medida de desalojo anticipado
2 recurrida, en el marco de la más amplia defensa de las garantías procesales y derechos del menor de edad que habita el inmueble junto a su familia, derechos de neta raigambre constitucional y amparados en las convenciones que cita y en las disposiciones de la ley IV. De las constancias de autos resulta que, en oportunidad de diligenciarse la cédula de notificación de la demanda, la emplaza informa al Oficial de Justicia interviniente, que habita el inmueble junto a su hija y su nieto, sin que se identifique a los mismos (v. fs. 75/76). Al contestar la demanda, la locataria accionada nada manifiesta en torno al hecho que denunciara en oportunidad de la notificación (v. 72/73). Dispuesta, entonces, la vista de las actuaciones a la Sra. Defensora de Menores ante la primera instancia (fs. 82), la misma toma intervención en el proceso en defensa del menor que habita el inmueble y acredita haber diligenciado oficio al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de San Isidro, solicitando que con motivo de la presente acción, en oportunidad de llevarse a cabo el lanzamiento y en caso de que sus representantes legales no pueda proveerle una nueva vivienda en reemplazo de la que deberán desocupar, dispongan las medidas que estimen corresponder a efectos de garantizar al niño el derecho a una vivienda digna. A instancia de la Sra. Defensora de Menores, el 2 de mayo próximo pasado (fs. 86), el a quo suspende la decisión respecto del desahucio peticionado por la actora, hasta tanto el organismo oficiado adopte las medidas pertinentes con relación al menor. Llegados a este punto, frente al nuevo pedido de lanzamiento formulado por la actora fs. 107/108, se dicta la resolución bajo recurso y a fs. 109/110 la Sra. Defensora informa que el motivo por el cual no se ha respondido a la requisitoria que formulara al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de San Isidro, radicaba en que no se había identificado al menor de edad, razón por la cual solicita que se intime a la demandada a tales efectos; intimación que, cursada a fs. 111, fue cumplida por el letrado apoderado de la demandada a fs Finalmente, en respuesta a la vista que le fuera conferida con dicha información, a fs. 156/157, la Sra. Defensora acompaña la constancia de diligenciamiento de un nuevo oficio
3 dirigido al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de San Isidro, donde consta que fue recepcionado el 3 de julio próximo pasado. V. En cuanto concierne a la cuestión traída a conocimiento, no deviene ocioso destacar en primer término que la actuación del Ministerio Pupilar en autos se encuentra ajustada a las precisiones del Informe Anual 2008 del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina, que expone la labor llevada a cabo durante dicho período por todas las áreas de la institución conforme lo establecido por el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, la Sra. Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, explicitó los fundamentos que llevaron al dictado de la Resolución DGN Nº 1119/08 (25 de julio de 2008) por la que las Defensorías ante los Tribunales Orales en lo Criminal intervienen en representación de las personas menores de edad en causas penales por usurpación. En igual sentido, la resolución dispuso la intervención del Ministerio Público de la Defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Código Civil, en expedientes de desalojo cuando existan personas menores de edad habitando el inmueble en litigio. Respecto de esta última disposición, concerniente a la justicia civil, expuso textualmente: También la resolución se refirió a una cuestión sumamente discutida en el ámbito civil relativa a si correspondía o no la intervención del Defensor de Menores e Incapaces en causas de desalojos en caso de existir menores de edad habitando el inmueble en litigio, y se decidió que corresponde la intervención de este Ministerio Público de la Defensa en representación de los menores de edad en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59 del Código Civil. Concretamente, se dispuso en dicha Resolución DGN Nº 1119/08: I. Instruir a los Sres. Defensores Públicos de Menores e Incapaces en lo Civil, Comercial y del Trabajo para que tomen intervención en los procesos de desalojo en los que se vean afectados los derechos de los menores de edad a fin de adoptar las medidas necesarias que tengan por objeto la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico nacional e instrumentos internacionales de Derechos Humanos en los que el Estado es parte, de conformidad con los considerandos de la presente.
4 VI. De tal forma, más allá de las discrepancias que este tribunal ha dejado formulado respecto del alcance que cabe asignar a tal intervención en procesos en los que, como en el presente, las personas menores de edad no son parte en la causa, pero cuyo interés en el resultado del pleito es indiscutible (pues al habitar el inmueble a desalojarse podrían, eventualmente, verse privados de vivienda, en oportunidad de conocer cuestiones análogas, sostuvimos que si bien no es menester la intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces desde el inicio de la causa, la función que pueden y deben desempeñar los representantes del Ministerio Pupilar en este tipo de proceso se endereza a verificar que los niños y adolescentes no se vean privados de su derecho a una vivienda la que, obviamente, debe serles proporcionada, en primer término, por sus padres y demás obligados alimentarios y, ante la imposibilidad de éstos de garantizarles tal derecho, recurrir a las autoridades administrativas competentes (esta Sala, expte. nº /2009, Lattuga, Rosa Nilda c/ Zaracho, Carlos Roque y otros s/desalojo por falta de pago, del 24/08/2010; íd. in re, Farjat de Mehterian, Elena Flora c/urti, Carlos Alberto y otro s/ Desalojo por falta de pago, R , del 9 de diciembre de 2010, entre otros). En tales términos, entendemos ajustada a derecho la resolución recurrida, cuando se verifica en el sub examine que el Ministerio Público Pupilar ha tomado intervención en defensa del menor que habita el inmueble y el sentenciante de grado, con criterio de prudencia, frente a la eventualidad de que el desahucio ordenado pueda afectar los derechos del niño, ha dispuesto no dar curso al mismo hasta tanto no se agote el plazo que fija y se haya cumplido con la nueva comunicación que dispone cursar al ente administrativo, el que ya fuera puesto, con anterioridad, en conocimiento de las circunstancias de autos, para que adopte las medidas que se estimen oportunas a fin de garantizar la tutela y defensa de los derechos del niño a contar con una vivienda acorde a sus necesidades. Es que de este modo, al haberse efectuado las gestiones necesarias ante la autoridad administrativa y reafirmarse ello con la disposición de una nueva comunicación, se ha dado satisfactorio cumplimiento de lo establecido en el artículo 3º, ap. 2º de la Convención sobre los Derechos del Niño que reza: 2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y,
5 con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas ; y en la misma línea, que siempre mantiene a lo largo de todo el texto de dicha Convención, cuando la intervención del Estado en la protección de los derechos con carácter subsidiario. Específicamente el artículo 27 se refiere al tema de la vivienda, y establece: 2. A los padres u otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño. 3. Los Estados Partes, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda. VII. Sólo a mayor abundamiento, a los fines de satisfacer el mejor resguardo de los derechos del menor, debe quedar en claro que, en la rogatoria que se librará con los recaudos de la ley al Juez de igual grado y materia, en turno por ante la jurisdicción del estado provincial donde se llevará a cabo la medida, deberá ponerse en conocimiento del magistrado la intervención requerida al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de San Isidro, a fin de que verifique aquél que se adopten las medidas adecuadas para dar respuesta a la problemática planteada. VIII. En suma, cuando el decreto de la medida de entrega anticipada del inmueble tiene eficacia respecto de los familiares y otros ocupantes que convivan con la locataria demandada, aún frente a las particularidades que el caso pueda presentar, mantener la suspensión de su ejecución, cuando se ha puesto en conocimiento de los entes administrativos pertinentes la existencia de las actuaciones a fin de que se adoptasen las medidas adecuadas para dar respuesta a la problemática planteada, importaría la desnaturalizar el proceso en desmedro de los derechos que se procuran hacer valer. Por tanto, no se configura en la especie el requisito esencial de admisibilidad del recurso de apelación. En mérito a lo considerado y oído que fuera el Ministerio Pupilar, el Tribunal resuelve: Confirmar la resolución apelada, en todo cuanto decide y fuera materia de agravio.
6 Regístrese, comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada Nº 15/13, art. 4º), notifíquese a la Sra. Defensora de Menores de Cámara y devuélvase a la instancia de grado haciéndose saber que deberá disponerse la notificación de la recepción de las actuaciones y el presente fallo, en forma conjunta. Fdo.: Beatriz Alicia Verón Marta Del Rosario Mattera - Zulema Delia Wilde.
Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013
Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,
Más detalles2da.: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A LA PRIMERA CUESTION: la señora Juez doctora Ludueña, dijo:
INCONSTITUCIONALIDAD Ley 12774 Loquercio Enrique c/ Municipalidad de Morón s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 45364 R.S.: 58/03 Fecha: 20/03/03
Más detallesREGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES
REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES Junio 2006 ÍNDICE REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES
Más detallesCAPITULO I. Objeto Artículo 1.
Acuerdo de 18 de junio de 1996, del Pleno del Tribunal Constitucional, sobre asistencia jurídica gratuita en los procesos de amparo constitucional (BOE núm. 174, de 19 de julio) El artículo 80 de la Ley
Más detallesLEY XIX º 18 (Antes Ley 2349)
LEY XIX º 18 (Antes Ley 2349) ARTÍCULO 1.- Créase el Fondo Permanente de Seguridad Social para Abogados y Procuradores, que será administrado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones, y que
Más detallesI. Declaración de siniestro.
I. Declaración de siniestro. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PROTOCOLO DE ACTUACIONES El conocimiento de la reclamación formulada contra el Letrado asegurado puede
Más detallesY VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que
SALA PENAL II Libro de Autos y Sentencia VI Resolución N 122 Folio 241-243 Santa Fe, 27 de octubre de 2009 Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que RESULTA:
Más detalles- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional
08 _ justicia 2004 08 _ justicia 2004 - Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional ANTECEDENTES En este supuesto (expte. 03/176/J), la persona interesada nos mostraba su disconformidad
Más detallesTÍTULO DÉCIMOPRIMERO DE LA EJECUCIÓN FISCAL
Cobro judicial. TÍTULO DÉCIMOPRIMERO DE LA EJECUCIÓN FISCAL ARTÍCULO 127 - El cobro judicial de los créditos fiscales, por deudas de los contribuyentes, responsables o infractores morosos, correspondientes
Más detallesFUNDAMENTOS. Señor Presidente:
FUNDAMENTOS Señor Presidente: Se somete a consideración el presente proyecto por el cual se propicia la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios en Mora. Motiva este proyecto, la necesidad
Más detalles, P. s u p r e m a C o r t e:
, P I CL.A,0~A- S.C. P. 515, L. XLVII s u p r e m a C o r t e: -1- La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confi=ó la sentencia del juzgado de primera instancia que había desestimado
Más detalles- I - confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.y 667/668), y, en consecuencia,
Suprema Corte : - I - La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.y 667/668), y, en consecuencia, rechazó la petición
Más detallesCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
Rosario, 04 de julio de 2016. Visto en Acuerdo de la Sala A el expediente Nº FRO 73024014/2012 caratulado CANTELE ESTELA c/ ANSES Y OTRO s/varios, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de San
Más detallesCréase el Registro de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 2044/2009 Créase el Registro de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia. Bs. As., 15/12/2009 VISTO las Leyes Nros. 24.714, 25.326, 26.061, 26.206, 26.233
Más detallesESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES
ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES Conceptos y definiciones v. 1.0 Elaboración y edición:
Más detallesS u p r e m a C o r t e :
S u p r e m a C o r t e : -I- El Colegio de Abogados de Tucumán deduce la acción prevista en el art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, contra la Provincia de Tucumán, a fin de obtener
Más detallesCesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006
Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006 La consulta plantea si resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
Más detallesHONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO
HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO COSTAS PROCESALES Son los gastos en que debe incurrir cada una de las partes involucradas en un juicio. Dentro de las mismas se incluyen los gastos inherentes al proceso:
Más detallesBUENOS AIRES, Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de
BUENOS AIRES, AL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN: Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de ley, en virtud del cual se prevé
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA SENTENCIA Nº
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA RECURSO Nº 2139/03 SENTENCIA Nº En la Villa de Madrid, a Veinte de julio del año dos mil cinco. VISTO el recurso
Más detallesDISPOSICIÓN SGC Nº 51/11. Buenos Aires, 28 de septiembre de 2011. VISTO. El Expediente Nº OAyP 262/11 del. Registro de esta Defensoría General y;
DISPOSICIÓN SGC Nº 51/11 Buenos Aires, 28 de septiembre de 2011. VISTO Registro de esta Defensoría General y; El Expediente Nº OAyP 262/11 del CONSIDERANDO: Que a fs. 3 obra la solicitud de la Oficina
Más detallesExpte. DI-1428/2006-8. Asunto: Sugerencia sobre becas complementarias a las del programa europeo Sócrates-Erasmus. I. ANTECEDENTES
Expte. DI-1428/2006-8 EXCMA. SRA. CONSEJERA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y UNIVERSIDAD Plaza de los Sitios, 7 50001 ZARAGOZA ZARAGOZA Asunto: Sugerencia sobre becas complementarias a las del programa europeo
Más detallesConvención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958
Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la
Más detallesId. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia
Id. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 02/06/2015 Nº Recurso: 496/2014
Más detallesEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN VENEZUELA.
EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN VENEZUELA. Profesor investigador: Freddy Alberto Mora Bastidas 1 Contenido 1)Aspectos Constitucionales del Contencioso Administrativo. 2) El acto y la actividad
Más detallesReglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL
OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la
Más detalless U P r e m a C o r t e
el ASEGURADORA DE CREDITOS y GARANTIAS S.A. si proceso de conocimiento. s U P r e m a C o r t e -I- A fs. 865/867 de los autos principales (foliatura a la que me referiré en adelante), la Cámara Nacional
Más detallesIII REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES
III REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES Mayte de Miguel Ruiz Subdirectora de la Dirección del Servicio Contencioso y del Régimen Sancionador de la CNMV La Antigua, Guatemala,
Más detallesPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0049/2009
Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos
Más detallesLa defensa de los derechos JUAN PABLO OLMO (Abogado)
2 Congreso Argentina de Discapacidad en Pediatría Por una inclusión plena para una sociedad mejor Bs. As., 27, 28 y 29 de Septiembre de 2012 Mesa Redonda LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDADES Y SUS
Más detallesHONORARIOS. MONTO DEL PROCESO. CAPITAL E INTERESES. SIN EFECTO DE REGULACIONES PARCIALES.
HONORARIOS. MONTO DEL PROCESO. CAPITAL E INTERESES. SIN EFECTO DE REGULACIONES PARCIALES. El art. 19 de la ley 21.839 establece que se considerará monto del proceso la suma que resultare de la sentencia
Más detallesFicheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.
Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento
Más detallesAL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº XX DE XXXXX
AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº XX DE XXXXX D/Dña. Procurador/a de los Tribunales y de XXXXXXXX en el incidente de oposición a la ejecución hipotecaria interpuesto por la entidad XXXXXXXX, comparezco y como
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesSantiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y. 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de
Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y siete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de octubre de 1997, el Honorable Senado ha enviado el proyecto de ley, aprobado
Más detallesNro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de 2015. CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/
O01 986/14 Nro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de 2015. Y VISTOS: Estos autos: OFICIO N 156 DEL JUZGADO DE MENORES N 1 DE CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/ PREVENCIONAL" EXPTE N 6500/14, Expte.
Más detallesSISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ABRIL DE 2015
SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SONIA VILLATORO ABRIL DE 2015 Tratados y convenios internacionales los tratados y convenios internacionales garantiza de manera plena y especifica
Más detallesLA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CONTENCIOSAS ADMINISTRATIVAS A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CONTENCIOSAS ADMINISTRATIVAS A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PERÚ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUANCAVELICA NOE ÑAHUINLLA ALATA JUEZ SUPERIOR, PRESIDENTE DE LA SALA CIVIL
Más detallesLey Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales
Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto
Más detallesExpediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 80/2014.
Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 80/2014. En Madrid, a 13 de junio de 2.014 Visto el recurso interpuesto por D. X, en representación de la Federación G. de Remo contra la resolución
Más detallesVISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007
Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil ocho. VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007 interpuesto por D. Ramón representado
Más detallesCUESTIONES GENERALES
CUESTIONES GENERALES OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 1/2013, DE 14 DE MAYO, DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE
Más detallesque sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.
Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca
Más detallesPOLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES
POLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES INTRODUCCIÓN. La presente Política contiene los derechos, principios y/o parámetros que se aplican en GESTIÓN COMPETITIVA S.A.S., para el Tratamiento
Más detallesCAPÍTULO IV DERECHO COMPARADO
CAPÍTULO IV DERECHO COMPARADO 1. EL JUICIO ORDINARIO EN FRANCIA: Comienza con una tentativa de conciliación entre las partes, caso contrario el actor intíma al reo para que comparezca, ante el Juez, hasta
Más detallesEFECTOS DE LA SENTENCIA: B.4) DICTADAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL O LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL
EFECTOS DE LA SENTENCIA: En caso de error en la apreciación de la prueba o infracción de norma sustantiva, la Audiencia Provincial, anulará la Sentencia y dictará nuevo fallo, entrando a conocer sobre
Más detallesREGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE
REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Legislación El presente Reglamento
Más detallesAL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA
AL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA DOÑA ANTONIA BOCH FERRAGUT, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en la localidad de Palma (C/Avinguda Uruguay s/n, Palma Arena),
Más detallesGuía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil
Uso de la videoconferencia para obtener pruebas en materia civil y mercantil en virtud del Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001 Guía práctica Red Judicial Europea en materia civil
Más detallesClasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11
Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Introducción Propósito. Mantener y alcanzar una apropiada protección de los activos del Ministerio del Interior, en donde
Más detallesPreguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos
Más detallesExpte. DI-90/2012-4. I.- Antecedentes
Expte. DI-90/2012-4 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA ZARAGOZA Zaragoza, a 29 de noviembre de 2012. I.- Antecedentes Primero.- En su día tuvo
Más detallesdos de setiembre de dos mil trece.
Tribunal País Temas Sentencia Fecha Descripción Proceso electoral (Tema 4), etapa preparatoria, campaña electoral. Justicia electoral (Tema 5), características generales de la jurisdicción electoral; hermenéutica
Más detallesEL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TITULO I CREACIÓN DE LAS DEFENSORIAS OFICIALES DE LA VICTIMA DEL DELITO ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Créanse en el
Más detallesTRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones
TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS Apreciado Usuario: En este documento encontrará una guía que le permitirá ilustrarse acerca de los trámites, procedimientos y requisitos a seguir, cada vez que tenga
Más detallesDe este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado
Informe Jurídico 0221/2008 La consulta es continuación de la que fue objeto de informe de fecha 19 de septiembre de 2007, relativa a la existencia de amparo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
Más detallesRef.: Expte. NºS02:0004629/2006 Ministerio del Interior DICTAMEN DNPDP Nº 161/06. BUENOS AIRES, 21 de julio de 2006.
Ref.: Expte. NºS02:0004629/2006 Ministerio del Interior DICTAMEN DNPDP Nº 161/06 BUENOS AIRES, 21 de julio de 2006. SEÑOR DIRECTOR: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con relación al expediente de la referencia
Más detallesCONCLUSIONES FORO LABORAL
CONCLUSIONES FORO LABORAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL ACOSO EN EL TRABAJO Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social ILUSTRE COLEGIO DE
Más detallesEl TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad
El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad El TJUE ha dictado una sentencia, de fecha 18 de marzo de 2014 (asunto
Más detallesAbogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad
Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación
Más detallesCONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección General de Tesorería y Deuda Pública
INSTRUCCIÓN 1/2015, DE 13 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y DEUDA PÚBLICA SOBRE LA GESTIÓN DE LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS ACREEDORES EN EL SISTEMA GIRO La puesta en funcionamiento
Más detallesJuez de segunda instancia no tiene competencia para decidir apelaciones interpuestas por personas ajenas al proceso
Juez de segunda instancia no tiene competencia para decidir apelaciones interpuestas por personas ajenas al proceso REPUBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN
Más detallesH. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 20/06/2016 EN EL JUZGADO EXP. ASUNTO NOTIFICACION
Más detallesProcedimientos de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Rehabilitados en sus Derechos Políticos
Coordinación de Operación en Campo Dirección de Depuración y Verificación en Campo Procedimientos de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Rehabilitados en sus Derechos Políticos Reporte CIPEF-PIPEF
Más detallesCristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012
Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: SER PADRES MÁS ALLA DE LA RUPTURA. Uno de los agentes que más influye en que va a
Más detallesCONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL
CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL Secretaría General de Salud Pública y Participación. Sevilla, abril 2010 1 ESTADO DE SITUACION Y ELEMENTOS A CONSIDERAR EN EL NUEVO MARCO
Más detallesPRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
PROYECTO PRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Preámbulo El objetivo específico del presente documento es la elaboración
Más detallesAsunto C-238/05. Asnef-Equifax, Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L.,
Asunto C-238/05 Asnef-Equifax, Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L., y Administración del Estado contra Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) (Petición de decisión
Más detallesLos recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:
GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o
Más detallesINSTRUMENTOS INTERNACIONALES. La Educación Gratuita y Obligatoria
Enero 2014 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES La Educación Gratuita y Obligatoria Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 26) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículos
Más detallesEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO
EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO El Defensor del Pueblo Europeo trata los casos de mala administración en la acción de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea; interviene tanto por iniciativa
Más detalless U P r e m a C o r t e
ROQUEL, HECTOR ALBERTO CI SANTA CRUZ, PROVINCIA DE S.C., R.859, L.XLVIIL (ESTADO NACIONAL) si acción de (JUICIOS ORIGINARIOS) s U P r e m a C o r t e -1- Héctor Alberto Roquel, Rodrigo Sebastián López,
Más detalles363-2012 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día trece de
363-2012 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día trece de septiembre de dos mil trece. Tiénese por agregado el escrito
Más detallesConvenio de la Haya. Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional
Convenio de la Haya Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional RECONOCIENDO que para el desarrollo armónico de su personalidad, el niño debe crecer en un medio familiar, en
Más detallesMODELO PARA INTERPONER DERECHO DE PETICION
MODELO PARA INTERPONER DERECHO DE PETICION Ciudad y fecha Señor o Institución (Nombre del funcionario) Ciudad. Asunto: Derecho de petición art. 23 C. P., Ciudadano (a) colombiano (a) identificado con cedula
Más detallesA. PRINCIPIOS GENERALES PARA LA MANIPULACION DE INFORMACION CONFIDENCIAL
CONVENCION SOBRE LA PROHIBICION DEL DESARROLLO, LA PRODUCCIÓN, EL ALMACENAMIENTO Y EL EMPLEO DE ARMAS QUIMICAS Y SOBRE SU DESTRUCCION ANEXO SOBRE LA PROTECCION DE LA INFORMACION CONFIDENCIAL ("ANEXO SOBRE
Más detallesREF: Expte MJyDH Nº 155.107/06 DICTAMEN DNPDP N 160/06 BUENOS AIRES, 20 JUL 2006
REF: Expte MJyDH Nº 155.107/06 DICTAMEN DNPDP N 160/06 BUENOS AIRES, 20 JUL 2006 SRA. J. G.: Me dirijo a usted con relación a su solicitud de fecha 05/07/06, en la que adjunta al formulario Certificado
Más detallesInstrucción 13/S-131 1.- SUPUESTOS DE POSIBLE IMPUTACIÓN PENAL EN CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DECLARADA.
UON-SAR Asunto: Pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir por el agotamiento de la totalidad de los puntos asignados. Supuestos de imputación penal y de suspensión de la ejecución.
Más detallesExpte. DI-659/2015-8. EXCMO. SR. RECTOR MAGNIFICO UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Ciudad Universitaria. Pedro Cerbuna, 12 50009 ZARAGOZA ZARAGOZA
Expte. DI-659/2015-8 EXCMO. SR. RECTOR MAGNIFICO UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Ciudad Universitaria. Pedro Cerbuna, 12 50009 ZARAGOZA ZARAGOZA Asunto: Anulación de matrícula en Estudio Propio de la Universidad
Más detallesAdoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 41/85, de 3 de diciembre de 1986
Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos
Más detallesa trámite en forma preventiva. Inconforme promovió amparo, mismo que le fue concedido y es el motivo de la presente revisión por parte de la
El 15 de mayo del año en curso, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por primera vez un asunto que trata
Más detallesCAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.
CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. 3.1.- DERECHOS. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual
Más detallesDILIGENCIA.- En Madrid, a 6 de marzo de 2013.
DILIGENCIA.- En Madrid, a 6 de marzo de 2013. La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que en los autos de juicio verbal de desahucio número 1649/12 se dictó sentencia estimatoria de
Más detallesINFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011
INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO... 01 OBJETIVOS Y ALCANCE... 03 1. Objetivos de la auto-evaluación. 03 2. Alcance 03 RESULTADOS...
Más detallesDERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD
INFORME ESPECIAL DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD Con la Ley Nº 18.335 del 15 de agosto de 2008, se establecieron los derechos y las obligaciones de los pacientes
Más detallesEL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION
EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION Ponencia presentada por: LIC. Ma. De La Luz Bravo Hernandez EN EL TERCER FORO REGIONAL EN MATERIA DE ADOPCION. En el estado de Guanajuato se reglamenta la Adopción simple
Más detallesPoder Judicial de la Nación TRIBUNAL: CÁMARA NACIONAL ELECTORAL - SECRETARIA DE ACTUACION JUDICIAL. LUIS MARIANO GENOVESI Domicilio: 23210033459
Poder Judicial de la Nación ELC CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 14000000088989 TRIBUNAL: CÁMARA NACIONAL ELECTORAL - SECRETARIA DE ACTUACION JUDICIAL Sr.: LUIS MARIANO GENOVESI Domicilio: 23210033459 Tipo de Domicilio:
Más detallesResoluciones por número y/o año UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Resoluciones por número y/o año UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE ORGANISMOS NACIONALES DE CONTRALOR
Más detallesCampoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com
La cobertura de un seguro sin pagar acaba a los seis meses. Cuando un asegurado fracciona el pago de la prima y deja de pagar el el primer recibo de la prima, a su vencimiento, debe entenderse impagada.
Más detallesSentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil
Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015 quince. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil Vistos para pronunciar sentencia definitiva dentro de los autos del expediente número 1585/2015,
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige?
PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige? A todos los alumnos egresados de la Facultad de Derecho
Más detallesProcedimiento de devolución de dineros pagados concepto de Derechos de Registros Públicos
Página 1 de 7 1. OBJETIVO Documentar el procedimiento para la devolución de dineros pagados por por parte de los usuarios externos de la Cámara de Comercio de Montería. 2. ALCANCE Aplica desde la presentación
Más detallesAntecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.
Resolución del Ararteko, de 1 de febrero de 2012, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes
Más detallesADOPCIÓN INTERNACIONAL
ADOPCIÓN INTERNACIONAL En principio, de conformidad con el art. 29 de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, "cuando la adopción internacional se haya constituido en el extranjero y los adoptantes tengan
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesLEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL
LEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. PROPUESTA
Más detallesNovedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:
El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros
Más detallesPENAL: LESIONES EN UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO
INDICE PENAL: PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN CASOS DE DROGA... 2 PENAL: CONCILIACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DIRECTO... 5 PENAL: TIEMPO PARA CONTINUAR CON LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO DIRECTO...
Más detallesI.- NATURALEZA Y FUNCIONES DE ARCA GESTIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL.
Carta de Servicios I.- NATURALEZA Y FUNCIONES DE ARCA GESTIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL. II.- SERVICIOS PRESTADOS POR ARCA. III.- DERECHOS DE LOS CIUDADANOS. IV.- COMPROMISOS DE CALIDAD. V.- GARANTÍAS. VI.-
Más detalles